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El acceso al Perfil del Contratante se podrá realizar a través de la WEB del Instituto (

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P PLLIIEEGGOO DDEE CCLLÁÁUUSSUULLAASS DDELEL PPRROOCCEEDDIMIMIIEENNTTOO S SIIMMPPLLIIFFIICCAADDOO PPOORR CCOONNCCUURRSSOO P PAARRAA LLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN DDEELL SSEERRVVIICCIIOO DDEE T TAASSAACCIIÓÓNN DDEE AACCTTIIVVOOSS DDEELL IINNSSTTIITTUUTTOO DDEE CCRRÉÉDDIITTOO OOFFIICCIIAALL M Maaddrriidd,, nnoovviieemmbbrree ddee 22001122

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P PLLIIEEGGOO DDEE CCLLÁÁUUSSUULLAASS DDEELL PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOO SSIIMMPPLLIIFFIICCAADDOO PPOORR C COONNCCUURRSSOO PPAARRAA LLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN DDEELL SSEERRVVIICCIIOO DDEE TTAASSAACCIIÓÓNN DDEE A ACCTTIIVVOOSS DDEELL IINNSSTTIITTUUTTOO DDEE CCRRÉÉDDITITOO OOFFIICCIIAALL 1 1..-- OBOBJJEETTOO DDEE LLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN..

El objeto de la presente contratación es la prestación del servicio de tasación de los bienes que designe el Instituto de Crédito Oficial (en adelante ICO), en el marco de su actividad y en todos aquellos municipios dentro del territorio español en los que se requiera.

Los elementos que constituyen el servicio, así como los demás requerimientos del mismo, se encuentran recogidos en este Pliego de Condiciones Generales y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se adjunta.

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2..-- PRPROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOO,, FOFORRMMAA DEDE AADDJJUUDDIICCAACCIIÓÓNN YY NNAATTUURRAALLEEZZAA DDEE LALA C

COONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN..

2.1.- El contrato objeto del presente procedimiento no está sujeto a

regulación armonizada en razón de la cuantía y conforme con lo previsto en el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP.

2.2.- El procedimiento de contratación se regirá conforme con lo previsto en

las Instrucciones Internas de Contratación del Instituto, publicadas en el Perfil del Contratante.

2.3.- De conformidad con la normativa interna del ICO, el procedimiento

aplicable en la presente contratación será el Simplificado y la forma de adjudicación, el Concurso, en el que la adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto haga la proposición económica más ventajosa en función de los criterios de valoración que se detallan en la cláusula séptima del presente Pliego.

2.4.- La presente contratación se rige por el Derecho Privado.

El acceso al Perfil del Contratante se podrá realizar a través de la WEB del Instituto (www.ico.es).

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3..-- PEPERRIIOODDOO DDE E VVIIGGEENNCCIIAA DDEELL CCOONNTTRRAATTOO..

El contrato tendrá un plazo de vigencia de DOS (2) AÑOS, a contar desde la fecha de su formalización, pudiéndose prorrogar el mismo ANUALMENTE por un periodo máximo de DOS (2) AÑOS más, previo acuerdo expreso entre las partes y de conformidad con lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación del ICO.

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4..-- CACAPPAACCIIDDADAD PPAARRAA CCOONNTTRRAATTAARR..

4.1.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o

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obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60.1 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP.

4.2.- Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o

actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

4.3.- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea

deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la LCAP.

4.4.- Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de

obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 TRLCSP.

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5..-- CACAPPAACCIIDDADAD YY SSOOLLVVEENNCCIIAA TTÉÉCCNNIICCAA EESSPPEECCÍÍFFIICCAA PPAARRAA CCOONNTTRRAATTAARR Para concurrir al presente procedimiento de contratación, los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos de capacidad y solvencia tanto económica y financiera como técnica y profesional:

5.1.- Los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de

Sociedades de Tasación del Banco de España.

5.2.- El volumen de facturación anual durante los ejercicios 2009, 2010 y

2011 será superior a 1.000.000,00 € (UN MILLÓN DE EUROS).

5.3.- Experiencia de la empresa durante los ejercicios 2009, 2010 y 2011 en

trabajos para entidades financieras y administraciones públicas.

5.4.- Disponer, sin coste alguno para el ICO, de una plataforma WEB de

gestión de tasaciones, a través de la cual, de manera segura tener acceso al seguimiento de los trabajos, desde el encargo hasta la emisión del correspondiente informe en formato PDF y con firma digitalizada.

5.5.- Tener implantado un Sistema de Calidad, certificado anualmente por

técnicos de la Asociación Española de Normalización y Certificación AENOR conforme a la Norma UNE-EN ISO 9001:2008 o similar.

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6..-- REREMMIISSIIÓÓNN DDEE IINNVVIITTAACCIIOONNEESS YY PPRREESSEENNTTAACCIIOONN DDEE OOFFEERRTTAASS..

6.1.- El Área de Servicios Generales y Patrimonio será la responsable de

seleccionar a las empresas concurrentes y la encargada de recibir y negociar las ofertas.

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6.2.- A tal efecto remitirá, a un mínimo de tres empresas, una invitación para que participe en la presente contratación, a la que se acompañará un ejemplar de este Pliego de Condiciones.

6.3.- Una vez efectuada dicha notificación, las empresas que estuvieran

interesadas en participar deberán presentar ante el Área de Servicios Generales y Patrimonio del ICO, la propuesta en TRES (3) sobres separados e independientes, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente y en cuyo exterior se indicará el número de sobre, el nombre del licitador, domicilio y número/s de teléfono/fax y/o dirección de correo electrónico de contacto y la siguiente referencia: "Proposición para tomar parte en el procedimiento para la contratación del Servicio de Tasación de Activos del Instituto de Crédito Oficial"

SOBRE 1

El sobre 1 deberá contener la siguiente documentación:

ƒ Características básicas de la empresa (número de delegaciones, número de trabajadores, y principales clientes).

ƒ Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Sociedades de Tasación del Banco de España.

ƒ Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador o su representante legal otorgada ante una autoridad administrativa, organismo profesional cualificado, notario público o ante el órgano de contratación del ICO, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP), conforme al modelo del Anexo II de este Pliego. ƒ Declaración responsable del licitador o su representante legal

otorgada ante una autoridad administrativa, organismo profesional cualificado, notario público o ante el órgano de contratación del ICO, de cumplir con el requisito especificado en el punto 5.2.- “El volumen de facturación anual durante los ejercicios 2009, 2010 y 2011 será superior a 1.000.000,00 € (UN MILLÓN DE EUROS). ƒ Declaración responsable del licitador o su representante legal

otorgada ante una autoridad administrativa, organismo profesional cualificado, notario público o ante el órgano de contratación del ICO, de cumplir con el requisito especificado en el punto 5.3.- “Experiencia de la empresa durante los ejercicios 2009, 2010 y 2011 en trabajos para entidades financieras y administraciones públicas”, junto con la relación de los principales clientes tanto del sector bancario y financiero como de organismos públicos, sociedades mercantiles estatales y fundaciones públicas estatales. • Declaración responsable del licitador o su representante legal

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cualificado, notario público o ante el órgano de contratación del ICO, de cumplir con el requisito especificado en el punto 5.4.- referido al seguimiento de los encargos por vía WEB, así como posibilidad de acceso a una demostración en dicha WEB.

ƒ Certificado en vigor, emitido por una entidad de certificación acreditada por ENAC, en el que se refleje el cumplimiento de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008, o similar.

ƒ Cualquier otra información o datos que el licitador considere oportuno presentar, para avalar su experiencia como empresa de servicios profesionales y más concretamente en la prestación de servicios similares a los especificados en el objeto del contrato. SOBRE 2:

El sobre 2 deberá contener la propuesta técnica con el contenido referido en los apartados 4 y 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas. SOBRE 3:

El sobre 3 contendrá la Proposición económica, suscrita por persona física con poder suficiente de representación del licitador, en la que deberán incluir oferta con el precio para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación. Dicho precio no deberá incluir el IVA. La proposición económica se realizará conforme con el modelo que se adjunta al presente pliego como Anexo I.

6.4.- El plazo de presentación de las ofertas estará abierto hasta las 12,00

horas del próximo día 9 de enero de 2013.

6.5.- En el caso de envío por correo, el licitador deberá remitir al órgano de

contratación, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio, justificante expedido por la oficina de correos de la remisión de la oferta, al fax número 915921898. No será admitida la proposición si dicha justificación es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo de admisión señalado en el anuncio.

6.6.- Asimismo, no serán admitidas las proposiciones en las que, aun

habiéndose remitido la comunicación por fax en el plazo establecido, la proposición no hubiere sido recibida por el ICO en el plazo de siete (7) días a contar desde la fecha de terminación del plazo de admisión señalado en el anuncio.

6.7.- A los efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores, se entenderá

por “plazo de admisión señalado” tanto la fecha como la hora dispuestas en el anuncio.

6.8.- La presentación de la oferta supondrá, a todos los efectos, la aceptación

incondicional y acatamiento, por parte del licitador, del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente Pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas.

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La apertura de los sobres tendrá lugar en un plazo no superior a siete (7) días hábiles, a contar desde la fecha máxima de presentación de las solicitudes.

Una vez abierto el sobre 1, y comprobado el cumplimiento de los requisitos previos de capacidad y solvencia, se procederá a la apertura de los sobres 2 y 3 a fin de valorar las ofertas recibidas en los términos que se indican en la cláusula 7 del presente pliego.

6.9.- Las proposiciones económicas que supongan una rebaja superior al 25%

de la mediana de las ofertas recibidas, podrán ser consideradas bajas temerarias. A estos efectos, el ICO, previo análisis de las mismas y previa solicitud por escrito al licitador para que justifique los extremos que le requiera el ICO relativos a la proposición económica, podrá excluirlas del procedimiento o admitirlas previa presentación o constitución de garantías suficientes que permitan asegurar la correcta ejecución del contrato, caso de resultar adjudicatarios. Las citadas garantías serán determinadas por el ICO y podrán consistir en la constitución de aval a primer requerimiento de entidad financiera o la retención de un porcentaje del precio, a determinar por el ICO, hasta la ejecución total del contrato.

6.10.- Recibida la documentación citada, eell ÁÁrreeaa ddee SSeerrvviicciiooss GGeenneerraalleess yy P

Paattrriimmoonniio o podrá realizar las consultas pertinentes con los licitadores para llevar a cabo las aclaraciones que resultaran precisas.

6.11.- El ICO podrá llevar a cabo negociaciones con los licitadores que estime

oportunos, sobre el precio y otras materias que fueran objeto de valoración en el presente pliego, con la finalidad de obtener la propuesta más beneficiosa para el ICO.

6.12.- El Área de Servicios Generales y Patrimonio elaborará un

informe-propuesta y lo remitirá, junto con el resto del expediente de contratación, al órgano de contratación del ICO para su aprobación, en su caso.

6.13.- El ICO podrá declarar desierta la adjudicación cuando concurra alguno

de los supuestos contemplados en el apartado 7.3.j de las Instrucciones Internas de Contratación.

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7..-- CRITERIOS DE VALORACIÓN.

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CONCEPTO VALORACIÓN

Oferta económica 85 puntos

Plazos de Ejecución 5 puntos

Precio ofertado para la emisión de informes de

ilocalización 5 puntos

Reducciones expresadas en porcentajes en los honorarios de tasación en los siguientes supuestos:

5 puntos - No realizar visita al interior del inmueble a

tasar puntos 2,50

- Actualización de las tasaciones realizadas por

la empresa adjudicataria 2,50 puntos • De 6 meses a 1 año 1,25 puntos

• De 1 año a 2 años 1,25 puntos

Cada concepto se valorará según el porcentaje que aparece en la columna de valoración. El valor de dicho porcentaje se corresponde con el peso estimado de dicho concepto referido a un total de cien (100) puntos.

Para la valoración de la “Oferta económica” se tendrán en consideración los inmuebles reflejados en la relación que se incluye en el punto 2 del Pliego de Prescripciones Técnicas.

En todos los casos, se asignará la puntuación máxima a la oferta más ventajosa y el resto de ofertas se valorarán según la siguiente fórmula:

En el supuesto de igualdad de puntos, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por el licitador que presente el precio más bajo.

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8..-- PRPREESSUUPPUUEESSTTOO EESSTTIIMMAADDOO..

El importe estimado, IVA excluido, del presupuesto para el objeto del contrato será de NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (95.000,00 €) para el tiempo máximo de duración del contrato, incluidas las dos prórrogas anuales previstas en la cláusula tercera. En todo caso, el ICO no estará obligado a agotar la totalidad del presupuesto estimado. No obstante, y a los meros efectos de información, en el Pliego de Prescripciones Técnicas se recoge información tanto del volumen de tasaciones realizadas en los tres últimos años, así como del importe total de la media anual de tasaciones.

Los precios ofertados se aplicarán sin variación durante todo el período de vigencia del contrato formalizado.

El ICO abonará el importe de los trabajos contra la presentación de la correspondiente factura por parte de la adjudicataria, en el plazo de treinta (30) días.

En el supuesto de que se prorrogara el contrato de acuerdo con lo previsto en la cláusula 3, el precio del contrato se mantendrá durante el período

P

Puunnttuuaacciióónn:: P

Puunnttuuaacciióónn mmááxxiimmaa xx ooffeerrttaa mmááss vveennttaajjoossaa O

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prorrogado, sin subidas del IPC, salvo acuerdo expreso de las partes, en virtud del cual se incremente o reduzca dicho importe.

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9..-- FOFORRMMAALLIIZZAACCIIÓÓNN DDEELL CCOONNTTRRAATTOO..

9.1.- Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la notificación de

la adjudicación, se procederá a formalizar el oportuno contrato que regulará las relaciones entre el ICO y el adjudicatario.

9.2.- Al contrato que se formalice se unirá un ejemplar de los Pliegos.

9.3.- Con carácter previo a la contratación, el adjudicatario deberá presentar

certificación expedida por el órgano competente que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1098/2001. Igualmente y si el adjudicatario estuviera sujeto al Impuesto de Actividades Económicas, deberá acreditar el hallarse al corriente del mismo mediante la presentación de otra certificación administrativa expedida por el órgano competente o, en su defecto, el último justificante del pago del mencionado impuesto.

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100..-- OBOBLLIIGGAACCIIOONNEESS DDELEL AADDJJUUDDICICAATTAARRIIOO YY EEJJEECCUUCCIIÓÓNN DDEELL CCOONNTTRRAATTOO.. El adjudicatario se compromete a:

10.1.- Prestar sus servicios con la debida diligencia y en los términos que se

establezcan en el contrato, guardando la máxima reserva y discreción en el desarrollo de las tareas requeridas en la prestación de un servicio de esta naturaleza. En todo caso, cuando proceda, se cumplirá la normativa de protección de datos de carácter personal.

10.2.- Al fiel cumplimiento de sus obligaciones establecidas en materia laboral,

de Seguridad Social y fiscal.

10.3.- Mantener en vigor, durante la vigencia del contrato, una Póliza de

Responsabilidad Civil que cubra cualquier incidencia que pueda derivarse del servicio.

10.4.- Disponer del personal con la capacidad precisa para cubrir las

obligaciones que se deriven del contrato.

Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello, las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.

10.5.- No subcontratar con terceros la ejecución del servicio ni ceder a

terceros los derechos y obligaciones que se deriven de la presente contratación, sin el consentimiento expreso y por escrito del ICO y debiéndose cumplir en todo caso los requisitos establecidos en las Instrucciones Internas de Contratación del ICO para estos supuestos. 1

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Con independencia de las causas generales de resolución de los contratos, el ICO podrá acordar la resolución del mismo en caso de que concurra alguna de las siguientes causas:

11.1.- Deficiencias graves en la ejecución de las prestaciones derivadas de la

presente contratación.

11.2.- La falsedad comprobada por el ICO en los datos aportados por el

adjudicatario que hubiera influido en la adjudicación del contrato al mismo.

11.3.- Cuando el adjudicatario pasara a estar incurso en alguna de las

prohibiciones de contratar recogidas en el art. 60.1 del TRLCSP.

11.4.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el

presente Pliego. 1

122..-- JUJURRIISSDDIICCCCIIÓÓNN..

Para la solución de las discrepancias que puedan surgir de la aplicación de este contrato, las partes se someten a los Juzgados de esta capital.

1

133..-- CLCLÁÁUUSSUULLAASS DDEE PPEENNAALLIIZZAACCIIÓÓNN::

Por incumplimiento de los plazos de ejecución fijados en la oferta presentada por el adjudicatario, el ICO podrá establecer la siguiente penalización:

• Un 10 % sobre el importe de la tasación correspondiente por cada semana de retraso en que incurra el adjudicatario sobre el plazo ofertado, para cada “tipología”, por el Licitador en Solución Propuesta. Dicha cantidad no excederá del 20 % del precio total. Producido el retraso en los plazos establecidos, el ICO podrá aplicar las penalizaciones correspondientes, sin que medie comunicación alguna previa por parte del Instituto.

Si el ICO procediera a penalizar a la empresa adjudicataria, le comunicará a ésta por escrito la aplicación de la correspondiente penalización.

No obstante lo anterior, la aplicación de las penalizaciones por parte del Instituto es plenamente compatible con el ejercicio de las facultades de resolución del contrato y con la correspondiente reclamación de daños y perjuicios.

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A ANNEEXXOO II M Mooddeelloo ddee pprrooppoossiicciióónn eeccoonnóómmiiccaa:: D Doonn…………………………………………………………………………………………,, ccoonn DNDNII nºnº ……………………....,, eenn susu prprooppiioo n noommbbrree o o enen rerepprreesseennttaacciióónn dede ……..,, coconn CCIIFF nºnº……..,, enentteerraaddoo dede lala c coonnvvooccaattoorriaia dedell prproocceeddiimmiieennttoo paparraa lala coconnttrraattaacciióónn ddeell SeSerrvviicciioo dede T Taassaacciióónn ddee AcActtiivvooss ddeell IInnssttiittuuttoo dede CrCrééddiittoo OOffiicciiaall,, dede llaass coconnddiicciioonneess ququee r reeggiirráánn eenn eell mmiissmmoo yy ccoonnffoorrmmee ccoonn ssuu ccoonntteenniiddoo ssee ccoommpprroommeettee aa ttoommaarr aa s suu ccaarrggoo lala ejejeeccuucciióónn dedell rereffeerriiddoo sseerrvviicciioo,, enen loloss tétérrmmiinnooss y y coconnddiicciioonneess r reeccooggiiddooss enen loloss PlPliieeggooss dede CoConnddiicciioonneess dedell rereffeerriiddoo PPrroocceeddiimmiieennttoo,, ppoorr elel i immppoorrtete rreefflleejjaaddoo eenn llaass ttaabbllaass aaddjjuunnttaass:: T TAARRIIFFAASS AA AAPPLLIICCAARR AA LLAASS TTAASSAACCIIOONNEESS ((IIVVAA EEXXCCLLUUIIDDOO)) T TIIPPOOLLOOGGÍÍAA TRTRAAMMOOSS MÍMÍNNIIMMOO ((€€)) € € // mm22 A Appaarrccaammiieennttooss HHaassttaa3300mm22 M Máássddee3300mm22 F Fiinnccaassrrúússttiiccaass HHaassttaa55..000000mm22 M Máássddee55..000000mm22 L Looccaalleess H Haassttaa110000mm22 D Dee110000aa550000mm22 M Máássddee550000mm22 N Naavveess HHaassttaa11..000000mm22 M Máássddee11..000000mm22 O Offiicciinnaass H Haassttaa225500mm22 D Dee225500aa11..000000mm22 M Máássddee11..000000mm22 S Sóóttaannooss HHaassttaa110000mm22 M Máássddee110000mm22 T Teerrrreennooss i inndduussttrriiaalleess HHaassttaa550000mm 2 2 M Máássddee550000mm22 T Teerrrreennooss u urrbbaannooss H Haassttaa550000mm22 M Máássddee550000mm22 E Eddiiffiicciiooss c coommpplleettoossuussooss v vaarriiooss H Haassttaa550000mm22 D Dee550000aa11..000000mm22 M Máássddee11..000000mm22 V Viivviieennddaass HHaassttaa110000mm22 M Máássddee110000mm22

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P PLLAAZZOO MMÁÁXXIIMMOO PPAARRAA LLAA EELLAABBOORRAACCIIÓÓNN YY EENNTTRREEGGAA DDEE L LOOSS IINNFFOORRMMEESS SSOOLLIICCIITTAADDOOSS T TIIPPOOLLOOGGÍÍAA DDÍÍAASS HHÁÁBBIILLEESS A Appaarrccaammiieennttooss F Fiinnccaassrrúússttiiccaass L Looccaalleess N Naavveess O Offiicciinnaass S Sóóttaannooss T Teerrrreennoossiinndduussttrriiaalleess T Teerrrreennoossuurrbbaannooss E Eddiiffiicciioossccoommpplleettoossuussoossvvaarriiooss V Viivviieennddaass T TAARRIIFFAA PPOORR EEMMIISSIIÓÓNN DDEE IINNFFOORRMMEESS IMIMPPOORRTTEE €€ I Innffoorrmmeeppoorriimmppoossiibbiilliiddaaddddeellooccaalliizzaacciióónnddeeffiinnccaass C COONNDDIICCIIOONNAANNTTEESS AA AAPPLLIICCAARR AA LLAASS TTAARRIIFFAASS C COONNCCEEPPTTOO % % RREEDDUUCCCCIIÓÓNN S SOOBBRREE TTAARRIIFFAA MÍMPRPREÍNNIECCIIMMOIOO O N Nooaacccceeddeerraalliinntteerriioorrddeelliinnmmuueebblleeaattaassaarr A Accttuuaalliizzaacciióónnttaassaacciióónnpprreecceeddeenntteerreeaalliizzaaddaa p poorrllaaeemmpprreessaaaaddjjuuddiiccaattaarriiaa -- DDee66mmeesseessaa11aaññoo -- DDee11aaññooaa22aaññooss F Fiirrmmaayyffeecchhaa..

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A ANNEEXXOO IIII D DEECCLLAARRAACCIIÓÓNN RREESSPPOONNSSAABBLLEE DDEE NNOO EESSTTAARR IINNCCUURRSSOO EENN NNIINNGGUUNNAA DDEE LLAASS P PRROOHHIIBBIICCIIOONNEESS DDEE CCOONNTTRRAATTAARR QQUUEE SSEE EESSTTAABBLLEECCEENN EENN EELL AARRTTÍÍCCUULLOO 6600..11 DDEELL R REEAALL DDEECCRREETTOO LLEEGGIISSTTLLAATTIIVVOO 33//22001111,, DDEE 1144 DDEE NNOOVVIIEEMMBBRREE PPOORR EELL QQUUEE SSEE A APPRRUUEEBBAAEELL TTEEXXTTOORREEFFUUNNDDIIDDOODDEE LLAA LLEEYYDDEE CCOONNTTRRAATTOOSS DDEELLSSEECCTTOORR PPÚÚBBLLIICCOO Y Y EESSTTAARR AALL CCOORRRRIIEENNTTEE DDEE PPAAGGOO DDEELL CCUUMMPPLLIIMMIIEENNTTOO DDEE OOBBLLIIGGAACCIIOONNEESS T TRRIIBBUUTTAARRIIAASSYYDDEESSEEGGUURRIIDDAADDSSOOCCIIAALL D D//DDªª……….... DD..NN..II.. nnºº ………,, eenn nnoommbbrree yy r reepprreesseennttaacciióónn ddee……… ccoonn CC..II..FF.. nnºº ……… ddoommiicciilliioo eenn ( (ccaallllee//ppllaazzaa))………....nnºº ………....,, PPoobbllaacciióónn ……… PPrroovviinncciiaa … ………..CCóóddiiggooPPoossttaall……….... D DEECCLLAARRAA RREESSPPOONNSSAABBLLEEMMEENNTTEE:: QQuuee nnii eell ffiirrmmaannttee ddeellaaddeeccllaarraacciióónn,, nnii llaappeerrssoonnaa f fííssiiccaa//jjuurrííddiiccaa aa llaa qquuee rreepprreesseennttaa,, nnii nniinngguunnoo ddee ssuuss AAddmmiinniissttrraaddoorreess oo r reepprreesseennttaanntteess,,sseehhaallllaanniinnccuurrssoosseennnniinngguunnaaddee llaasspprroohhiibbiicciioonneess ppaarraaccoonnttrraattaarraa l laass qquuee ssee rreeffiieerree eell aarrttííccuulloo 6600..11 ddeell RReeaall DDeeccrreettoo LLeeggiissllaattiivvoo 33//22001111,, ddee 1144 ddee n noovviieemmbbrree ppoorr eell qquuee ssee aapprruueebbaa eell TTeexxttoo RReeffuunnddiiddoo ddee llaa LLeeyy ddee CCoonnttrraattooss ddeell S SeeccttoorrPPúúbblliiccoo.. A Assiimmiissmmoo,, ddeeccllaarraa qquuee llaa eemmpprreessaa ssee hhaallllaa aall ccoorrrriieennttee ddeell ccuummpplliimmiieennttoo ddee llaass o obblliiggaacciioonneess ttrriibbuuttaarriiaass yy ccoonn llaa SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall iimmppuueessttaass ppoorr llaass ddiissppoossiicciioonneess v viiggeenntteess.. F Feecchhaayyffiirrmmaaddeellddeeccllaarraannttee

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