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CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA MIXTA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL

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Academic year: 2021

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CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA MIXTA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL

En _____________ a los ___ días del mes de ___ del año 20__; POR UNA PARTE: La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (en adelante UTE), con domicilio en _____________, representada en este acto por _____________, en ejercicio de facultades delegadas por R ---, y POR OTRA PARTE: _____________ y otros se adjunta nómina- (en adelante el/los Solicitantes), representado/s en este acto por los Sres. _____________ y _____________, domiciliados en _____________, considerada cada una en forma independiente como PARTE y en su conjunto como LAS PARTES; acuerdan otorgar el convenio de ejecución de obra mixta de electrificación rural que se regulará por las siguientes disposiciones:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

El/Los Solicitante/s ha/n requerido a UTE un suministro de energía eléctrica a instalarse en _____________, en el departamento de _____________, y reúne/n las condiciones estipuladas reglamentariamente exigidas para que la Obra de Electrificación Rural requerida para brindar los suministros se encuentra clasificada en la categoría _____________ de la REGLAMENTACIÓN DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL. LAS PARTES han acordado que la Obra de Electrificación Rural, que sea necesaria para brindar dicho/s suministro/s, sea ejecutada en el marco de la REGLAMENTACIÓN DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL. A tales efectos LAS PARTES han aprobado el correspondiente Proyecto Ejecutivo que se agrega al presente convenio como Anexo I, constituyendo parte integrante del mismo.

Los Solicitantes han notificado a UTE que la Empresa Constructora Eléctrica elegida para la realización de esta obra es _____________, domiciliada en _____________, inscripta con el número _____________ en el Registro de Empresas Constructoras Eléctricas de UTE.

UTE designará un representante de la Dirección de Obra a los efectos de la Recepción Provisoria, quien actuará como interlocutor durante la ejecución de las mismas.

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CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO

El presente convenio establece las condiciones complementarias a las que deberán ajustarse LAS PARTES, para la ejecución de la obra prevista en el Proyecto Ejecutivo adjunto en el Anexo I. En todo lo no previsto en el presente instrumento se estará a las disposiciones del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL.

CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL/LOS SOLICITANTE/S El/Los Solicitante/s se obliga/n a:

A. Suministrar a su costo todos los materiales y/o equipos con excepción de los que se indican como de aporte por UTE en el REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL.

B. Requerir a la Empresa Constructora Eléctrica que:

I. Respete la REGLAMENTACIÓN DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL, lo establecido en el presente convenio, la normativa vigente en la materia, en especial la relacionada con Medio Ambiente y Seguridad.

II. Ejecute la obra de acuerdo al Proyecto Ejecutivo aprobado y la normativa técnica de Distribución de UTE.

III. Cualquier apartamiento de la obra respecto del Proyecto Ejecutivo quede sujeto a la conformidad de UTE.

IV. Constituya garantía de contravalor por los materiales aportados por UTE, valorados a precios normalizados de UTE.

V. Constituya garantía escrita de buena ejecución de las mismas y de calidad de los materiales, con memoria de las obras y materiales garantizados, por el término mínimo de un año a contar desde la Recepción Provisoria de la Obra, de acuerdo a lo establecido en el REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL. VI. No ejecute trabajos que impidan el examen de las distintas partes de la

obra sin la aprobación de UTE.

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C. Asumir ante UTE la responsabilidad emergente por el incumplimiento de alguna de estas obligaciones por parte de la Empresa Constructora Eléctrica, hasta tanto no se efectivice la recepción definitiva de la obra.

D. Transferir a UTE la propiedad de la obra ejecutada de acuerdo a la legislación vigente (art. 18 del Decreto Ley Nº 14.694), una vez efectuada la Recepción Provisoria de la Obra.

CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE UTE UTE se obliga a:

A. Tomar a su cargo la ejecución de las tareas indicadas como de su responsabilidad en el Proyecto Ejecutivo (Anexo I), o en su defecto en el REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL.

B. Suministrar los materiales que se indica como de aporte sin cargo en el REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL, una vez que se haya constituido la garantía establecida en dicha reglamentación. Sin perjuicio de lo anterior, de surgir dificultades por parte de UTE para el suministro de los referidos materiales, podrá requerirse al/los Solicitante/s la provisión de los mismos (en este caso se le dará el tratamiento establecido en el numeral 4.2 del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL).

C. Realizar la inspección técnica de los materiales y equipos a instalar y, si correspondiere, su aprobación.

D. Tramitar a su costo la Imposición de Servidumbres y/o expropiaciones, incluyendo las notificaciones y/o publicaciones del caso si correspondiere. Una vez registrado el plano correspondiente en la Dirección General de Catastro y en caso que sea necesario el inicio de obra antes que la tramitación de imposición de servidumbres haya culminado, los Solicitantes tomarán a su cargo la obtención de la autorización escrita y debidamente certificada de los propietarios de los padrones afectados por la servidumbre de las líneas.

CLAUSULA QUINTA: EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

El/los Solicitante/s asume/n la responsabilidad por los daños y perjuicios propios o de terceros, de cualquier naturaleza, que surjan de la ejecución de obras.

El/los Solicitante/s exonera/n a UTE de dicha responsabilidad hasta tanto se efectivice la transmisión de la propiedad de la obra a UTE, oportunidad en la cual le quedarán transferidos los derechos emergentes de la responsabilidad del Constructor, inclusive la decenal. Asimismo, exonera a UTE de

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responsabilidad de cualquier naturaleza emergente de la custodia de los materiales.

CLAUSULA SEXTA: REGIMEN ECONOMICO

Los Solicitantes deberán abonar a UTE solamente la Tasa de Conexión, encontrándose exonerados de los pagos a realizar a UTE por concepto de Cargo por Expansión de Red.

En el caso de que la obra se encuentre clasificada en la Categoría Baja Densidad del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL, los Solicitantes deberán abonar también los materiales entregados con cargo, correspondientes a la cantidad de suministros conectados.

En el caso de que la obra se encuentre clasificada en la Categoría Estándar del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL, y que al momento de la energización de la misma existan instalaciones de Solicitantes que no estén en condiciones de tomar carga y esto implique el no cumplimiento de las densidades mínimas estipuladas en la Cláusula A.V. del referido reglamento, se considerará a la obra dentro la Categoría Baja Densidad, debiendo los Solicitantes abonar los materiales correspondientes según avalúo de UTE.

En el caso de que la obra se encuentre clasificada en la Categoría Especial del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL, y que al momento de la energización de la misma existan Solicitantes que pretendan contratar menor potencia a la Potencia Solicitada y esto implique el incumplimiento de la densidad mínima estipulada en la Cláusula B.IV. del referido reglamento, no se les exonerará de los pagos a realizar a UTE por concepto de Cargo por Expansión de Red y de Garantías de Permanencia y Contratación.

En estos casos la parte ejecutada por los Solicitantes será cotizada por UTE según valores unitarios de las Instalaciones de Distribución. UTE facturará a los Solicitantes, el Cargo por Expansión de Red neto del aporte de los mismos y la Tasa de Conexión, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 10 “Régimen Económico”, del REGLAMENTO DE OBRAS MIXTAS DE AMPLIACIÓN Y EXTENSIÓN DE LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN EN RÉGIMEN GENERAL.

CLAUSULA SEPTIMA: NOTIFICACIONES

LAS PARTES acuerdan darle plena validez al telegrama colacionado con copia (TCC CP) para las comunicaciones efectuadas entre sí, derivadas de la aplicación de este contrato. No obstante, cuando se trate de meras comunicaciones las mismas podrán realizarse mediante correo electrónico, fax, o cualquier otro medio fehaciente.

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CLAUSULA OCTAVA: DOMICILIOS

Constituyen domicilios especiales a todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que de lugar el presente convenio los indicados como suyos al principio de este documento.

Para constancia, previa lectura, se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

Nombre

Apellido Cédula Padrón Sección Judicial Departamento

Potencia/ Tensión/

Fases Firma

POR UTE:

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ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL

En _____________ a los ___ días del mes de ___ del año 20__; se deja constancia que los Solicitantes, representados en este acto por los Sres. ….……… …….…Titulares de las Cédulas de Identidad N°……… en su calidad de………y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) representada en este acto por……….Titular de la Cédula de Identidad N°…………. en su calidad de representante de Obras de UTE, EXPRESAN: PRIMERO: Con fecha …………las partes firmaron un contrato de Obra de Electrificación Rural______________________________.-

SEGUNDO: En este acto se efectúa la Recepción Provisoria de las Obras, habiéndose recibido por parte de UTE los planos correspondientes a las obras………(Referencia y Carpeta) con el visto del responsable de obra de UTE.

TERCERO: Se transfiere a UTE la garantía de buena ejecución de las obras y calidad de los materiales que la Empresa Constructora Eléctrica oportunamente otorgara a los Solicitantes.

CUARTO: En el plazo de un año a partir de la fecha se tendrá por otorgada la Recepción Definitiva de la Obra, salvo incumplimientos de cualquier naturaleza por parte de la Empresa Constructora Eléctrica, debidamente notificado por UTE.

Para constancia se suscriben dos ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha indicados.

Por los Solicitantes Por UTE

Referencias

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