MANUAL
PRACTICO
DE
CONTRATOS
Dr. Benjamín Saravia Imaña
Colección Jurídica “Zegada”
EJZ
Editorial Jurídica “Zegada”
LA PAZ REPUBLICA DE BOLIVIA 1994EDITORIAL JURÍDICA “ZEGADA”
COLECCIÓN JURIDICA
- Contratos 2 Tomos - Dr. Walter Kaune Arteaga. 1992
- Consideraciones Jurídicas sobre Zonas Francas en el Perú Dr. Rodolfo López del Solar Elío. 1992
- Derecho de la Seguridad Social - Dr. Alfredo Bocangel Peñaranda 1993 - Intangibilidad Territorial ante el Derecho - Dr. René Álvarez Cortés 1993 - Ley del Régimen de la coca y Sustancias Controladas
- Recurso de Apelación, Materia Civil - Dr. F. Yves Ortíz Zuñiga - Dr. Carlos H. Pinilla Orihuela.
COLECCIÓN LEGISLATIVA 01/93
• Ley de Organización Judicial - Ley del Ministerio Público.
02/93 COMPILACION DE LEYES 1993
- Ley de Necesidad de Reforma Constitucional - Ley de Organización Judicial
- Ley de Organización Ministerial Público - Ley de dos Tercios
- Ley de Transferencia del Registro Civil - Ley Electoral
- Reformas a la Ley Electoral
- Código del Menor - Decreto Reglamentario Ley de Bancos y Entidades Financieras
PRESENTACION
Profícua, minuciosa e inclaudicable la tarea desarrollada por el Dr. Benjamín Saravia Imaña que en encomiable entrega contribuye a la difusión del pensamiento y la práxis jurídica en el importante campo de los contratos regulados por la ley sustantiva.
Contratos como los de compra-venta de departamentos en edificios multifamilíares, oficinas, locales comerciales, de acciones y derechos de propiedad inmueble, de promesa y opción de venta con arras, adjudicaciones originadas en diferentes causas, contrato de compra-venta con Pacto de Rescate, permuta de Bienes Muebles, el Contrato de Comodato, Anticresis, Hipoteca y Préstamo, Documentos privados sobre Reconocimiento de deudas y compromisos de pago, Contratos de Trabajo, a plazo fijo, prestación de servicios de consultaría.
También se insertan Contratos de Sociedades Comerciales, colectivas, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónimas, sociedades cooperativas y las más importantes modalidades que organizan y presiden nuestra convivencia civilizada en una sociedad mutuante y dinámicas decisiones en aras del progreso celectivo.
La comunidad que labora de modo incesante por lograr mejores perspectivas para el desarrolla integral de sus vástagos, precisa sin mayares dilaciones normatividad expedita, oportuna y transparente que promueva el bienestar colectivo.
Definitivamente, el ocaso del milenio y del siglo exigen una renovada visión y práxis de la interacción humana caracterizada por su rebelde iniciativa por vivir más y mejor.
“Cuando tenía todas las respuestas me cambiaron las preguntas “, concepto filosófico-social de la circunstancia que nos envuelve de modo incontrovertible, proyectando al devenir inmediato exigentes cambios en el subyacente contexto social urgido por encontrar parámetros del ansiado equilibrio entre el capital y el trabajo.
Constituye para Editorial Jurídica “Zegada “motivo de especial complacencia ofertar a la sociedad civil del país un enriquecido trabajo, sistematizado bajo una mística de la absoluta entrega a la geografía política que le brindó su seno telúrico al autor incorporándolo en la magnificiencia del aserto universal: hombre es aquel que en vida trae un niño al mundo, siembra un árbol y escribe un libro, trilogía conceptual que caracteriza el tránsito terráqueo del abogado e ilustre ciudadano, Don Benjamín Sara vía ¡maña.
Bienvenida cordial al “Manual Práctico de Contratos”, insigne contribución al mejoramiento cualitativo de la dinámica societaria ansiosa de conocer y ejercitar en la práctica cotidiana la proposición del autor que hoy se incorpora con méritos propios en los anales de la bibliografía jurídica nacional.
Abogado - Editor
Dr. M. Benjamín Saravia Imaña
Derechos reservados de autor Secretaría Nacional de Cultura
Resolución Administrativa No. 262/93 De 8 de diciembre de 1993.
Depósito Legal 4-1 –949 –93, De conformidad a los DD. SS. Nos. 16762 de 11 de julio de 1979 y 18059 de 4 de marzo de 1981.
Dr. M. Benjamín Saravia Imaña
A la memoria de mis recordados padres don Germán Saravia y Doña Isabel Imaña de Saravia, y de mi hijo adhemar Benjamín Saravia Luna.
A mis hijos: Jaime Roger, Nelson Gastón, Ronald Eduardo, Selma Isabel y Fresia Maritza Saravia Luna, por su permanente estimulo para la realización de esta obra.
PREFACIO
La convivencia humana, por varios motivos, ya sea de trabajo, intercambio de medios de producción o satisfacción de necesidades básicas, etc., gen era relaciones sociales y jurídicas, las que, a su vez, dan lugar a derechos y obligaciones, cuya eficacia y cumplimiento dependerá de la correcta interpretación y aplicación de las normas establecidas en los códigos sustantivos y adjetivos.
El conocimiento de tales códigos es de innegable importancia: los sustantivos regulan la conducta humana mediante previsiones y prescripciones; los adjetivos, impulsan la acción jurisdiccional del Estado para la efectiva realización de los primeros.,
El mero conocimiento de esas normas y preceptos, sin embargo, no será suficiente. Se requiere también un hábito, ejercicio en las formas de aplicarlos dentro de principios y cánones estrictamente jurídicos.
Precisamente, el fin de la cátedra de Práctica Forense en las facultades de Derecho de las Universidades del país, es proporcionar a los alumnos de los últimos cursos una orientación objetiva - o si se quiere técnico -mecánica - para capacitarlos en la práctica profesional, de manera que a su egreso tengan los conocimientos necesarios en elaboración y redacción de escritos, memoriales, alegatos, recursos, etc.
La enseñanza práctica, no obstante, alcanza sólo a las materias consideradas como esenciales por estar estrechamente relacionadas con la administración de justicia en los tribunales ordinarios y los correspondientes al orden laboral o fiscal; por lo tanto, el estudio se concentrará en el conocimiento de los códigos civil, penal o del trabajo y sus respectivos cuerpos legales procedimentales.
Todo lo anterior, ineludible y vital en el estudio del Derecho. No se debe preterizar, sin embargo, el conocimiento más profundo de otras ramas jurídicas - igualmente importantes -, en las que el jurista, jurisconsulto, abogado, legista, causídico o defensor intervendrá aportando sus conocimientos en la redacción de documentos, minutas, estatutos, reglamentos, contratos y otros instrumentos jurídicos que regulan el funcionamiento de empresas públicas o privadas, consorcios mercantiles, sociedades, civiles, comerciales, cooperativas, instituciones deportivas y otros, con arreglo a las leyes vigentes y de acuerdo a las características y peculiaridades de cada entidad.
Ante esa realidad, cumplo con el anhelo de publicar este trabajo sobre la base de algunas fórmulas acumuladas en el largo ejercicio de la Abogacía. Mí aporte, en ningún modo pretende ser novedoso pero si de utilidad para quienes tengan profunda vocación por la compleja ciencia jurídica, como que, en efecto, tienen los estudiantes de Derecho y los jóvenes abogados que precisan de un entendimiento racional, consciente y reflexivo, para cada caso que les corresponda resolver en el desempeño de su delicada profesión.
Este libro, en virtud de su contenido, no es sino un Manual Práctico de Contratos. Es decir, el acopio sistemático de una serie de documentos jurídicos, los que he considerado importantes como medios de ilustración.
El lector encontrará una relación didáctica de los contratos básicos más usuales. Sucintamente podemos citar: contratos de compraventa bajo el régimen de propiedad horizontal, transferencia por compensación de obligaciones, compraventa de inmueble con reconocimiento de paredes medianeras, por compensación y confusión entre recíprocos deudores y acreedores, por compensación de créditos y consiguiente cancelación de garantía hipotecaria, prestación de servicios y de obra, contratos de trabajo, finiquitos, comodato, arrendamiento, hipoteca, anticresis, etc., etc., en sus diferentes modalidades y manifestaciones.
La obra incluye, asimismo, diferentes modelos sobre constitución de sociedades mercantiles y civiles de diferentes tipos, concluyendo con la inserción de fórmulas relativas a instrucciones de poder o mandato notarial, todas ellas adaptables a cualquier acto jurídico de carácter particular, civil, comercial, judicial, laboral, etc.
Los ejemplos coleccionados -claro está- son imaginarios y tienen carácter simplemente referencial y, por tanto, corresponderá al jurista superar el modelaje, introduciendo las modificaciones pertinentes o adecuando las fórmulas a cada caso jurídico especial, lo cual será posible, solamente, gracias a una madurez intelectual y experiencia profesional acrisolada y,
-ante todo- obrando con ética, honestidad y elevado sentido de responsabilidad, todos ellos
valores imprescindibles para el imperio de la Ley y la Justicia.
CONTRATOS
1.- Definición.- Para la generalidad de los autores de Derecho, el CONTRATO es sinónimo de convención, así Savígni, del mismo modo que otros tratadistas, manifiesta que Convención es el acuerdo de voluntades y, contrato, cuando dicho acuerdo ha ingresado a la esfera jurídica, constituyendo, modificando o suprimiendo obligaciones; definición ésta que, en términos más o menos semejantes, se halla prescrita en el Art. 450 del Código Civil Boliviano en actual vigencia, cuando dice: “HAY CONTRATO CUANDO DOS O MAS PERSONAS SE PONEN DE ACUERDO PARA CONSTITUIR ENTRE SI UNA RELACIÓN JURÍDICA”.
De manera que, al referirnos al CONTRATO, diremos que éste no es un simple compromiso de amistad sino que al pactarlo -generalmente, mediante documento privado o escritura pública- se lo hace con la intención de crear derechos, por una parte y, obligaciones, por otra, teniendo la protección de los tribunales, si fuere preciso, en caso de incumplimiento.
Con tales antecedente, diremos que en la formación y nacimiento de un contrato, concurren dos voluntades, la una, en cuyo favor se establecen derechos y, la otra, impelida al cumplimiento de la obligación.
Por ello es que, para que un contrato surta eficacia jurídica, el Art. 519 del mismo Código Civil, señala que: “EL CONTRATO TIENE FUERZA DE LEY ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES. NO PUEDE SER DISUELTO SINO POR EL CONSENTIMIENTO MUTUO O POR LAS CAUSAS AUTORIZADAS POR LEY”
Aun cuando también será preciso destacar que las convenciones que extinguen o modifican una obligación preexistente, no son propiamente contra tos, como por ejemplo en el caso de remisión de una deuda, que vendría a constituir una simple convención, según el concepto de nuestro Código.
2.- Formación de los contratos.- Todo contrato, en su formación y nacimiento tiene por base el acuerdo que se da por todos y cada uno de los que intervienen en los actos y puntos que son concertados, caso contrario no habría tal acuerdo o acuerdo de voluntades. En lo que concierne a las personas jurídicas, morales, colectivas, abstractas, incorporales, etc., reconocidas por el ordenamiento jurídico como sujetos de derecho (asociaciones, sociedades, fundaciones, etc.), el consentimiento se entenderá haber sido otorgado de conformidad a lo establecido en la ley, es decir, cuando tal consentimiento surge de la voluntad mayoritaria de sus integrantes a través de normas prescritas en los respectivos estatutos, legalizados y aprobados por el Esta do mediante la correspondiente Resolución Suprema.
De acuerdo a lo que dispone el Art. 450 del Código Civil vigente, es preciso señalar que los requisitos esenciales para la formación de los contratos son:
a) El consentimiento de las partes, que es una condición indispensable para la existencia del Contrato. Propiamente, es la aceptación voluntaria que cada uno de los contratantes hace de las obligaciones que de él se derivan.
b) El Objeto, que no es otra cosa que la operación jurídica que las partes pretenden realizar (arrendamiento, venta al contado, permuta, etc.), o dicho de otro modo, es la cosa o acción a que se aplica la fuerza del con trató, que no debe con fundirse con el objeto de la obligación que es la prestación prometida (un entregar, un hacer o un no hacer).
c) La Causa, que es el propósito o razón que motiva a cada una de las partes a celebrar el contrato.
d) La Forma, siempre que sea legalmente exigible. Se refiere a los requisitos o solemnidades que la ley prescribe para que nazcan a la vida del derecho ciertos actos jurídicos. Solemnidades que consisten en la intervención de una autoridad y/o en el cumplimiento de una forma determinada. Por ejemplo, en el caso de la hipoteca y/a anticresis, que, necesariamente, deben celebrarse mediante escritura pública.
Al respecto, el parágrafo 1 del Art. 493 del Código Civil, expresa, “Si la ley exige que el contrato revista una forma determinada no asume validez sino mediante dicha forma salva otra disposición de la ley. Y, a continuación, el parágrafo II del mismo artículo, prevé lo siguiente: “Fuera del caso previsto en el parágrafo anterior si las partes han convenido en adoptar una forma determinada para la conclusión de un contrato, esa forma es la exigible para la validez. Sin embargo, conforme reiteradamente lo han señalado los tratadistas y estudiosos del Derecho, para que un contrato pueda surtir plenos efectos jurídicos, será necesario que reúna ciertos requisitos de validez que son:
1) CAPACIDAD, 2) CONSENTIMIENTO NO VICIADO, 3) OBJETO CIERTO Y, 4) CAUSA O MOTIVO LICITO, ya que, la falta de uno solo de tales requisitos, determina que el acto jurídico o contrato sea anulable o nulo. Por ejemplo, la anulabilidad que puede ser demandada o interpuesta en el caso de incapacidad de uno de los contratantes o, la nulidad, por faltar en el contrato el objeto, o ser contrario a la ley.
3.- Clasificación. - Características y denominaciones - En verdad, las características y denominaciones que se dan a los contratos son varias conforme a las modalidades percibidas por el hombre, siempre y cuando que para tales vínculos jurídicos o contractuales no exista prohibición legal.
Así tenemos que los contratos se clasifican en: Unilaterales, aquellos en que una o varias personas se obligan en favor de una o más personas para hacer o dar algo sin ninguna obligación para éstas; por ejemplo: el depósito, el comodato, el mutuo, la donación, etc; Bilaterales o Sinalagmáticos, aquellos en que las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra. Ejm: la compraventa, el arrendamiento, la sociedad, etc.
El vocablo sinalagmático es de origen griego con el significado de obligatorio para las distintas partes que intervienen en un acto jurídico. (Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Osorio, Editorial Heliasta S.R.L., 1979).
Según el citado autor, “El contrato recibe el nombre de sinalgmático imperfecto cuando el contratante que a nada se había obligado, adquiere con posterioridad a su celebración una obligación respecto al otro”. Como el caso del mandante o depositante que se encuentra
obligado a reembolsar al mandatario o depositario, los gastos que aquéllos hubiesen efectuado por razón del mandato o depósito.
A título gratuito, aquellos en que una de las partes se obliga a efectuar una prestación sin recibir en cambio nada, como por ejemplo: el contrato de donación; por lo que también se los denomina contratos de beneficiencia.
A título oneroso, son aquellos en que las partes se hallan obligadas a dar, a hacer o no hacer recíprocamente, es decir, que contienen utilidad para ambos contratantes. Como es el caso de la compraventa en que uno se obliga a entregar una cosa o mercancía a cambio del precio estipulado que cancela el otro.
Contratas conmutativos y aleatorios.- Esta distinción, tiene también mucha importancia en la materia, puede considerársela como una subdivisión de los contratos aleatorios.
En efecto, es contrato oneroso conmutativo, cuando las partes se obligan a dar, a hacer o no hacer una cosa que se reputa equivalente de lo que se hace, da o recibe; pero, si la equivalencia depende de un acontecimiento incierto, el contrato toma el nombre de aleatorio, puesto que las ganancias y las pérdidas son de cualesquiera de las partes, en virtud del azar, fortuna u otro acontecimiento imprevisto o fortuito.
El término conmutativo, proviene del latín conmutativus que significa, justicia, igualdad, equivalencia y, el vocablo aleatorio, de alea, que significa azar, fortuna, suerte.
Contratos principales y accesorios.- Se entiende por contrato principal, aquel que tiene vida propia o sea cuando constituye la razón o existencia de otro. En cambio, el contrato accesorio, será aquel en que no existe por sí solo, sino que, después de la existencia de otro, que en tal caso se llama principal.
Ejemplos de contratos accesorios serían la prenda, la hipoteca, anticresis, etc., que dependen del contrato de préstamo.
Contratos solemnes y no solemnes.- Los primeros, llamados también formales, son aquellos que para su plena validez necesariamente deben ser intervenidos por autoridad competente que les otorgue autenticidad y asimismo, se hallan sujetos a formalidades que la ley exige, sin las cuales no surten efectos jurídicos. Por el contrario, los contratos no solemnes no requieren de tales formalidades y son simplemente consensuales.
Como ejemplos de contratos solemnes podemos citar, la constitución de hipoteca y las capitulaciones matrimoniales que hacen los contrayentes antes de la celebración del matrimonio y que tienen por objeto establecer el régimen económico de la sociedad familiar, determinando los bienes que cada cónyuge aporta.
Ni en el Capítulo relativo a Contratos del Código Civil, ni en el Código de Familia, se hace referencia alguna a este régimen contractual de capitulaciones matrimoniales; sólo en el Art. 26 del Reglamento de la Dirección General de Comercio y Sociedades por Acciones, puesto e vigencia por Decreto Ley No. 16833 de 19 de julio de 1979, de conformidad a lo prescrito en el Art. 26 del Código de Comercio, se dispone la inscripción de las anotadas capitulaciones matrimoniales, cuando el marido o la mujer o alguno de ellos sea comerciante, así como la
liquidación de las sociedades conyugales en caso de divorcio, adjuntando en cada caso los testimonios respectivos.
Sin embargo, no existiendo disposición legal prohibitiva o restrictiva a esta modalidad de contrato, en la circunstancia de que dos contrayentes, deseen someterse a este régimen matrimonial, en la elaboración de la escritura pública correspondiente, habrá de tomarse en cuenta los siguientes aspectos: 1) Otorgamiento personal por los que han de contraer matrimonio; 2) Aprobación de quienes deben autorizar el matrimonio si se trata de menores adultos; 3) Contenido de las estipulaciones; 4) Enumeración de los bienes que aportan, con responsabilidad del Notario en caso de omisión, las donaciones y concesiones recíprocas que pudieran hacerse; 5) Facultades que se otorgan al marido; 6) Prohibiciones de pactar contra las buenas costumbres o las leyes, como las que afecten a la patria potestad; 7) La revocabilidad de la capitulación matrimonial, etc., etc.
De todos modos, en el caso de celebrarse una capitulación matrimonial, por la importancia y delicadeza que reviste este régimen contractual, habrá de consultarse con especial atención los capítulos referentes a donación y sucesiones hereditarias áel Código Civil, con el fin de no incurrir en vicios anula torios o de nulidad absoluta prescrita por ley.
Contratos consensuales y reales.- Son los que se perfeccionan por el solo consentimiento o que dependen de la tradición o traspaso real de la cosa motivo del contrato.
Contratos nominados e innominados.- Los contratos nominados son aquellos que tienen nombre específico en la legislación respectiva, como en el caso nuestro, en el Código Civil y se hallan sujetos a reglas especiales. Adversamente, los contratos innominados, son los que carecen de denominación o nombre especial en el ordenamiento jurídico.
Guillermo Cabanellas, en su Diccionario de Derecho Usual, al referirse a esta clase de contratos, dice: “A estos contratos se les aplica en primer término la voluntad de los contratantes; en segundo lugar, la costumbre; y de manera supletoria, los principios generales de la contratación”.
Aclarando mejor el concepto, el parágrafo 1 del Art. 451 del Código Civil Boliviano, preceptúa que: “Las normas contenidas en este Título (se refiere a los contratos en general) son aplicables a todos los contratos, tengan o no denominación especial, sin perjuicio de las que se establezcan para alguno de ellos en particular y existan en otros códigos o leyes propias”. Como acontece por ejemplo en los con tratos de seguro y de transportes que se encuentran claramente prescritos en el Código de Comercio.
A continuación, el parágrafo II del mismo artículo, nos señala “que son aplicables también, en cuanto sean compatibles y siempre que no existan disposiciones legales contrarias, a los actos unilaterales de contenido patrimonial que se celebran entre vivos así como a los actos jurídicos en general”.
Por otra parte, el Art. 454 del mismo Código, al referirse a la libertad contractual, prescribe que: “1. Las partes pueden determinar libremente el contenido de los contratos que celebren y acordar contratos diferentes de los comprendidos en este código. II. La libertad contractual está subordinada a los límites impuestos por la ley y a la realización de intereses dignos de protección jurídica”.
Lo que nos da a entender en forma clara y categórica que, dentro de la vida de relación de las personas, se puede celebrar contratos de cualquier naturaleza, es decir que tengan o no denominación específica, pero que, para su validez, deberá existir una causa lícita y un motivo también lícito, y que, asimismo, no sea contrario al orden público y a las buenas costumbres, conforme lo prescriben los artículos 489 y 490 de anotado Código Civil.
4.-Importancia de los contratos en las actividades jurídicas, mercantiles y civiles.- Indudablemente que, dentro de toda actividad sea ésta jurídica, comercial, mercantil o civil, la realización de un contrato adquiere suma importancia, por cuanto que a través de él se genera obligaciones dando origen en determinados casos a responsabilidades de orden civil o penal, según las circunstancias o hechos, por incumplimiento de las normas o cláusulas estipuladas. Pues, del mismo modo, en el orden económico, presentan gran utilidad puesto que mediante ellos van asociados los factores de producción, es decir, capital, trabajo y naturaleza, así como aquellos que tienen relación con la circulación, distribución y consumo de bienes y servicios. Pero, entre todos los actos o negocios jurídicos, como son en efecto todos los contratos, corresponde destacarla mayor importancia del contrato de venta o compraventa, por cuanto que éste adquiere varias modalidades para su perfeccionamiento y, además, porque puede celebrárselo ya sea mediante documento privado o a través de documento público; en el primer caso cuando la cosa o bien materia de la transferencia no reviste importancia, como por ejemplo la venta de un mueble o lote de libros, etc., pero que, en la transferencia de un inmueble, terreno, empresa comercial, etc., por su significación o trascendencia necesariamente deberá constar en escritura pública con intervención de Notario Público y su consiguiente inscripción en la Oficina de Registro de Derechos Reales, que acredite el derecho de propiedad conforme a lo prescrito por el Art. 1538 y sgtes. del Código Civil.
5.- Características de una escritura pública.- La escritura pública se caracteriza por ser un instrumento jurídico otorgado por Notario competente y que es firmado por los otorgantes y testigos que intervienen en su celebración, cuyo original toma el nombre de escritura pública matriz, rubricada además, por el Notario interviniente y que queda en el protocolo de éste (colección ordenada de escrituras matrices) para fines legales consiguientes.
Queda sobreentendido que el testimonio denominado también escritura pública y que se entrega al o a los interesados en el papel sellado correspondiente, con las formalidades de ley, deberá ser una copia fiel y exacta de la escritura matriz.
Los testigos que intervienen en la celebración de un contrato mediante escritura pública, pueden ser de dos clases: los instrumentales y de conocimiento. Los primeros, cuya presencia es imprescindible para dar solemnidad al acto y para testificarlo si fuera necesario y, los segundos, o sea los de conocimiento, que ocasionalmente intervienen con objeto de garantizar la identidad personal de los otorgantes o estípulantes, cuando éstos no son personas conocidas del Notario o no posean su respectiva cédula de identidad.
6.-Partes de que consta una escritura pública.- Cualesquiera que sean los actos jurídicos o contratos en los que ha de intervenir un Notario de Fe Pública para la elaboración de las correspondientes escrituras públicas, éstas, constan de las siguientes partes:
1.- La Comparencia, que comprende el lugar, fecha, Notario y antecedentes personales de los otorgantes.
2.- Exposición o explicación de los motivos que dan origen al otorgamiento.
3.- Estipulación, que se refiere a los derechos y obligaciones de las partes interesadas o, en términos más claros, la explicación detallada de los actos que motivan la escritura.
4.- El otorgamiento, que es la declaración de que los interesados y testigos leyeron y oyeron leerla escritura, manifestando su conformidad sobre el contenido de la misma.
5.- La autorización, en cuyo apartado las partes interesadas firman juntamente con el Notario dando fe a todo lo actuado.
FORMULA DE ESCRITURA NOTARIAL DE UN CONTRATO
Explicadas como se encuentran las partes esenciales de que consta una escritura pública, creemos de suma utilidad presentar la fórmula en que, más amenos, se encuentra redactado el encabezamiento de esta clase de instrumentos notariales, así como la parte relativa a la conclusión de los mismos; fórmula que, como es de colegir, podrá servir en forma genérica en la elaboración de diversas escrituras públicas, y que, para no incidir o repetir en la variedad de temas que esbozamos en el presente libro, ésta servirá de ejemplo para cada una de ellas, claro está, adecuando los términos de su redacción a cada caso específico.
El ejemplo es el siguiente:
(Sello y rúbrica del Notario)
-CORRESPONDE- -TESTIMONIO-Número (literal)...No. 12/90
ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA DE OFICINA COMERCIAL (DE PROPIEDAD INMUEBLE, TERRENO, ETC.) SUSCRITA POR EL SEÑOR (O SENORES) EN FAVOR DE ...
En la ciudad de , a horas (literal) del día (literal) del mes de...de mil novecientos...años.- Ante mi (nombre completo del Notario), Notario de Fe Pública de Primera Clase (Segunda Clase) de este Distrito Judicial y testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes, por una parte, el señor (los señores)... y ... en calidad de propietario (s) vendedor (es) y, por otra, el señor (los señores)... y ... en calidad de comprador (es); todos ellos, mayores de edad, vecinos de esta ciudad y hábiles por derecho, de cuya (s) identidad (es) personal (es)doy fe y, para que eleve a instrumento público en el Registro de Contratos y Escrituras Públicas a mi cargo, me ha (n) entregado una minuta de compraventa de oficina comercial (casa, inmueble, terreno, etc.); adjunta de un Comprobante de pago de Impuestos (sise acompaña testimonio de poder notarial, se hará también referencia a dicha instrumento jurídico), documento (s) que trascrito (s) literalmente es (o son) del tenor que sigue:...
(Acá se da comienzo a la transcripción del tenor de la minuta presentada por las partes interesadas, en forma literal y en su integridad conforme a los términos contenidos en las cláusulas respectivas, sin ninguna alteración, debiendo trascribirse, asimismo, a continuación, el tenor del Comprobante de Pago de Impuestos Fiscales a las transacciones y del testimonio de
poder o poderes notariales que pudieran haber sido conferidos a cualesquiera de las partes, conforme lo prescriben los artículos 23 y 24 de la Ley del Notariado de 5 de marzo de 1958). Conclusión.- Es conforme con la minuta (el testimonio de poder si hubiera éste) y el Comprobante original de pago de Impuestos que me fueron entregados, los mismos que después de numerados y rubricados por el suscrito Notario, han sido agregados a la colección respectiva de documentos de su clase, bajo el número________ en el cumplimiento alo dispuesto por los artículos 31 de la Ley del Notariado de 5 de marzo de 1858 y 1287 del Código Civil. En consecuencia, los comparecientes aprueban y ratifican todas y cada una de las partes de la presente Escritura Pública de compraventa (hipoteca, permuta, etc.) de oficina comercial, (casa, inmueble, terreno, etc.), otorgada en la forma y condiciones establecidas en la Minuta. Así dijeron, lo otorgan y firman previa lectura de principio a fin, sin observación en su tenor juntamente con los testigos instrumentales señores______________________ (C.I.No. ...) y ... (CI. No.____.), ambos mayores de edad, casados (o el estado civil que cada uno tenga, según las circunstancias), vecinos de esta ciudad, hábiles por derecho, capaces e idóneos para este otorgamiento, de todo lo que yo, el suscito Notario, doy fe.
... Fdo. ______________ (C.I. No ______ ) Fd.o. ____________ (CI. No ). Vendedores
__________________ Fdo._____________ (C.I. No ) Fdo.____________ (C.l. No ____________ ) Compradores Fdo._________________ y___________ , testigos instrumentales ____________________ Ante mi Fdo. ________________ Notario de Fe Pública de Primera Clase (Segunda Clase), sello y signo notariales.______________________.
Concuerda el presente testimonio, con la escritura original de su referencia, al que en caso necesario me remito, el mismo que después de confrontado, corregido fiel y legalmente, lo autorizo, sello, signo, firmo y expido en la ciudad de _____________ a los (literal) _______ días del mes de _____________ de mil novecientos noventa y_____ años.
Fdo._________________
Notario de Fe Pública.
CONTRATO DE COMPRAVENTA
El contrato de compraventa, al que el Código Civil Boliviano en su Art. 584, define simplemente como contrato de venta, señalando que “es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio en dinero’; en el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Osorio, además de señalar esa su particularidad, en términos más o menos semejantes, amplía con estos conceptos: “Es un contrato consensual, por cuanto se perfecciona por el consentimiento de las partes respecto a las condiciones del negocio; sinalagmático, porque exige prestaciones recíprocas; onerosa, desde el momento que requiere por una parte la entrega de una cosa y por la otra el pago de su precio; y conmutativo, pues las recíprocas prestaciones han de ser equitativas.
El contrato de compraventa cuando se refiere a operaciones de carácter comercial o mercantil, es decir, de la compra o transferencia de bienes destinados a la venta, se halla sujeto a las disposiciones y prescripciones establecidas en el Código de Comercio, sin perjuicio de aplicarse
los principios y normas de los contratos y obligaciones que se instituyen en el Código Civil, así como las pruebas reguladas en el Código de Procedimiento Civil.
FORM. No 1. CONTRATO DE COMPRAVENTA DE DEPARTAMENTO EN
EDIFICIO MULTIFAMILIAR CON INTERVENCIÓN DE APODERADO DE LA PARTE VENDEDORA
SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
En el registro de contratos y escrituras públicas que se encuentra a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de departamento en edificio multifamiliar, al tenor de las siguientes cláusulas:
Primera.-Dirá Ud., que la Sra. (C.I. No_______),es legítima propietaria
del Departamento No____ Bloque ____, situado en el ler., (2do., o 3er.) piso del Edificio Multifamiliar denominado “____________________”, construido entre las calles
___________________________ y _________________ de esta capital, el mismo que le fue
adjudicado a título de compraventa, bajo el régimen de propiedad horizontal, por el (la) (Nombre de la Institución o persona), de conformidad a las previsiones contenidas en los artículos 184,185, 1 86y sgtes.. del Código Civil y Ley de 30 de diciembre de 1949, cual consta en el testimonio de escritura pública_______ de ______ de ______________ de 19 ___, otorgado por el Notario de Gobierno de este Distrito, Dr. __________________________ Departamento que, asimismo, se encuentra definitivamente inscrito en la Oficina de Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No. _______, fojas _________ del libro _____________, en fecha_____de______________ del9
____.
Segunda.-Al presente, yo,____________________ (C.I.No_______ domiciliada en la (calle o
avenida) __________________ No ______ de la zona _______________ de esta ciudad, hábil por derecho, declaro que en virtud del poder especial y suficiente conferido por dicha propietaria, Sra. ______________________ conforme se evidencia por el adjunto testimonio No ________ de ___ de _______________ de 19 ___ ,otorgado por el Notario Público
_____________________ y que formará parte de este contrato, por convenir así a sus intereses,
en representación de su persona, acciones y derechos, el referido Departamento, con metros cuadrados útiles de extensión superficial que representa al (tanto) por ciento de fracción ideal de terreno del total de_____ metros cuadrados que tiene el inmueble, con todas sus dependencias, construcciones, instalaciones y características especificadas en el anotado instrumento público, con el que originalmente le fue adjudicado por (nombre de la institución
adjudicadora o vendedora), doy, cedo y transfiero en calidad de venta real y enajenación perpetua en favor de____________________________ por la suma libremente estipulada de
_____________________ 00/100 BOLIVIANOS (Bs. _____), valor que declaro haber recibido
en moneda de curso legal y corriente, a mi plena satisfacción.
Tercera.- El Departamento objeto del contrato de compraventa que representa el (Tantos) por
ciento de la superficie de terreno referido en el correspondiente plano de ubicación, no reconoce gravámen ni hipoteca de ninguna naturaleza y, sin embargo de ello, la propietaria, como vendedora de buena fe, en su caso, se obliga a la garantía de evicción y saneamiento de ley.
dormitorios, living -comedor, cocina, cuarto de baño y lavandería, así como la instalación de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, comprendiendo asimismo, todos los servicios y bienes comunes del Edificio Multifamiliar, con las obligaciones y derechos establecidos en el Art. 184 y sgtes.. del Código Civil y Ley de 30 de diciembre de 1949, que instituye el régimen de condominio y propiedad horizontal.
Cuarta.- El Departamento limita al Norte, con _____________; al Sud, con_______ al Este, con
y, al Oeste, con_________________.
Quinta.- Por acuerdo de partes, a la presente minuta le otorgamos la calidad de instrumento
privado hasta tanto se haya suscrito la escritura pública de transferencia; el mismo que en su caso, previo reconocimiento de firmas y rúbricas, surtirá efecto legales de instrumento público.
Sexta.- Nosotros, ________________________, como vendedora y apoderada legal, por una
parte y, (C.I. No________) como (comprador o compradora), por otra, declaramos nuestra plena conformidad con todas la s cláusulas suscritas en la presente minuta para su fiel y estricto cumplimiento.
Usted señor Notario, se dignará agregarlas demás cláusulas de seguridad y estilo. Lugar y fecha.
________________________ __________________________
Firma de la vendedora. Firma del comprador o compradora.
Firma y sello del Abogado que interviene
FORM. No. 2. CONTRATO DE COMPRAVENTA DE DEPARTAMENTO Y
GARAJE BAJO EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA, SUSCRITO ENTRE UNA ENTIDAD DE CRÉDITO O ASOCIACIÓN MUTUAL DE AHORRO PARA LA VIVIENDA Y UN MATRIMONIO.
SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de Departamento y garaje, y préstamo con garantía hipotecaria, al tenor de las siguientes cláusulas:
Primera.- Intervienen en este contrato, por una parte, la “ _________________”, representada
legalmente por su Presidente Sr. __________y su Gerente General, Sr. ___________________ que, para efectos de este contrato se denominará ___________________ y, por otra, los esposos ________ y __________que en lo sucesivo se denominarán “COMPRADORES” O “PRESTATARIOS”.
_______ metros cuadrados de superficie, situado en (calle, plaza o avenida) de la ciudad de ___________, ha construido un edificio multifamiliar denominado” “ de ________
departamentos y _________ garajes, para ser adjudicados en propiedad horizontal entre sus asociados, conforme a la Ley de 30 de diciembre de 1949 y a las disposiciones legales y estatutarias que norman sus actividades. El derecho de propiedad sobre el referido inmueble se halla inscrito definitivamente en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No___ fojas _______ del Libro __________ en fecha _____ de ___________ de 199 ___ años.
Tercera.- Al presente, por convenir a sus intereses” “da en venta real y
enajenación perpétua, sin reserva ni limitación alguna, el Departamento marcado con el No____ con una superficie construida de ___________ metros cuadrados y el garaje No______ ubicado en la planta baja con una superficie de ______ metros cuadrados, en favor de los “COMPRADORES”por la suma total de (_______) Aclarándose
que de la suma total indicada de________________ , han sido
cancelados_____________________), mediante préstamo otorgado a los “COMPRADORES” por esta entidad; hecho que consta en este mismo documento y, el saldo de
____________________ que ha sido cancelado en efectivo.
Cuarta.- El Departamento y garaje objeto del contrato de compraventa, que representa la
fracción ideal del (tantos) por ciento y el (tantos) por ciento, respectivamente, de la superficie de terreno referida en la cláusula segunda no reconoce gravámen ni hipoteca de ninguna naturaleza y, sin embargo de ello,” ____ “se obliga a la garantía de evicción y saneamiento de ley. Puntualizándose, asimismo, que el derecho de propiedad que adquieren los “COMPRADORES” sobre el Departamento y garaje indicados se hace extensivo a las partes comunes del Edificio “ _______________________”, con las obligaciones y derechos establecidos por la Ley de 30 de diciembre de 1949 y Art. 184 y sgtes.. del Código Civil y por las que reconoce la naturaleza del condominio. Igualmente se aclara que forman parte de este contrato el Reglamento del Edificio ____________“y los planos de ubicación del Departamento y garaje de referencia.
Quinta.- La Junta Directiva de ‘‘______________”, en su reunión de ______ de _____________ de 19___ , acordó a los “COMPRADORES” y “PRESTATARIOS” un préstamo
con garantía hipotecaria por la suma de _________________ ( ___ ) con destino a la compra del Departamento No_____ del Edificio”___________ “, hecho lo cual los mismos se dan por recibidos a su entera satisfacción, vale decir, del importe total del préstamo.
Sexta.- El préstamo devengará un interés del ____________ por ciento anual el que podrá ser
reajustado por “ __________ “, en los límites que fije la Caja Central de Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
Séptima.- Los “COMPRADORES” o ”PRESTATARIOS” se obligan a pagar
a”________________“en sus oficinas el importe total del préstamo, más los intereses respectivos.
Este total será cancelado en el término máximo de cinco años, en cuotas mensuales vencidas y mínimas de _____________________ (__________) cada una, suma que incluye el pago de amortización y los intereses, a estas cuotas se agregará el reajuste estipulado en la cláusula sexta que antecede. La primera cuota mensual será abonada a los_______días de la firma del presente documento.
Octava.- Los “PRESTATARIOS” podrán cancelar sin penalidades sus cuotas ordinarias
vencidas, dentro de los tres (3) días siguientes a su vencimiento. En caso de incumplimiento de esta previsión, los “PRESTATARIOS” se obligan a pagar un interés penal con una tasa equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de la estipulada en la cláusula sexta para los intereses corrientes, la que será reajustable en la misma proporción en la que se modifique esta última por efectos de la revisión prevista en-dicha cláusula. Este interés penal se aplicará sobre todo saldo pendiente de pago por el tiempo de la mora y se computará por cada día de atraso desde la fecha de vencimiento de la obligación señalada en la cláusula séptima de este contrato, hasta regularizar la cancelación de las cuotas ordinarias.
Novena.- Los “PRESTATARIOS” podrán cancelar por antelado la integridad de su deuda, para
con”___ “, o anticipar libremente el pago de las cuotas mensuales. Toda amortización parcial extra se aplicará a reducir el capital adecuado, sin perjuicio de la obligación de los “PRESTATARIOS” a atender el pago de las cuotas ordinarias.
Décima.- Independientemente de la hipoteca legal establecida por el inc. 3) del Art. 1 368 de1
Código Civil, los “PRESTATARIOS” garantizan el pago del capital recibido en préstamo, los intereses convencionales y penales, y demás sumas que deben abonar en virtud de este contrato, con la generalidad de sus bienes, derechos y acciones presentes y futuras y’ especialmente, con la primera hipoteca privilegiada que constituyen en favor de “ _______“ sobre el Departamento No
_____ del Edificio Multifamiliar”_____________“y sus correspondientes fracciones ideales del
terreno que adquieren en virtud e este contrato, ampliándose dicha hipoteca a toda mejora que pueda realizarse en el Departamento. Para cualquier mejora los “COMPRADORES” y “PRESTATARIOS” deberán ser autorizados por escrito por “_________ “ y/o por la Asociación de Copropietarios, sobre planos aprobados por la H. Alcaldía Municipal, de acuerdo a los Reglamentos de copropiedad del Edificio.
Décima-primera.- Queda terminantemente prohibido a los “PRESTATARIOS”, transferir,
enajenar, gravar, hipotecar, dar en uso o usufructo o arrendamiento o a título gratuito a familiares o terceros, el Departamento que les ha sido adjudicado, por el plazo de cinco(5) años indefectiblemente, sin previa autorización escrita de” ____________________“; prohibición que subsistirá aunque los adjudicatarios paguen el total del préstamo otorgado y se prolongará por un período mayor, silos “PRESTATARIOS” tuvieran pendiente cualquier obligación derivada de este contrato. El incumplimiento de esta previsión hará nulo de pleno derechos todo acto jurídico que celebren los “PRESTATARIOS”.
El citado plazo de cinco años caduca y queda automáticamente sin efecto el _____ de
___________ de 199 . Las partes conviene para el caso de que los adjudicatarios incumplieran
con lo estipulado precedentemente, que ‘‘______________” podrá:
1.- Ejercer el derecho de rescate del inmueble objeto de la presente compraventa por un término de dos años, computables a partir de la suscripción de la presente minuta, de acuerdo a lo previsto por los artículos 641 y siguientes del Código Civil.
2.- Vencido el término anteriormente señalado,”_____________________” podrá durante un lapso de tres (3) años adicionales, resolver la transferencia que realiza de conformidad a lo dispuesto por los artícu1o los 500 y 501 del Código anteriormente citado.
3.- Si hubiesen obligaciones pendientes de pago,” _________________” podrá dar por vencido el plazo del préstamo y cobrar por la vía ejecutiva el total adeudado más los intereses convencionales, penales, gastos judiciales y extrajudiciales en cualquier momento.
Décima-segunda.- Los “PRESTATARIOS” reconocen a suficiente acción y derecho para
exigirles por la vía ejecutiva el pago total del préstamo o sea, capital, interese, costas judiciales y extrajudiciales, en los siguientes casos:
a) Si los “PRESTATARIOS” dejaren de pagar tres o más cuotas mensuales de amortización. b) Por incumplimiento o mora de los “PRESTATARIOS” por otra obligación o deuda
con”_____________________
c) Silos “PRESTATARIOS” fueren demandados por acción concursal o proceso de quiebra. d) Si él departamento hipotecado fuese objeto de anotaciones, embargo, secuestro y otros
gravaménes en favor de terceros.
e) Silos “PRESTATARIOS” no cancelan los aportes señalados en las cláusula décima-tercera.
Décima-tercera.- Los “PRESTATARIOS” se obligan:
a) Mantener al día el pago de los tributos fiscales y municipales del inmueble hipotecado. b) A pagar a” “las respectivas cantidades resultantes de los
reajustes -si los hubiera- de los saldos del préstamo y que aumenten las obligaciones pendientes de los “PRESTATARIOS”, es decir, las cuotas mensuales señaladas en la cláusula séptima de este contrato.
c) A no realizar modificaciones, adaptaciones, ampliaciones en el Departamento sin previa autorización escrita de” ___________” y de la Asociación de Copropietarios , de acuerdo a los reglamentos de copropiedad.
d) A pertenecer a la Asociación de Copropietarios del Edificio “_____________” por el sólo hecho de adquirir un Departamento en el mismo, manifestando su plena adhesión a los Estatutos y Reglamentos de Copropiedad debidamente aprobados por las autoridades correspondientes.
e) A pagar puntualmente la suma que fije la Junta Directiva de la Asociación de Copropietarios como cuota mensual para gastos de mantenimiento del Bloque y del Edificio en favor de la Asociación de Copropietarios.
Décima-cuarta.- La omisión, transgresión o incumplimiento por los “PRESTATARIOS” a
cualquiera de las obligaciones señaladas en las cláusulas décima-segunda y décima-tercera de este contrato, dará acción y derecho a”________________“para exigir inmediatamente por la vía ejecutiva el pago del importe total del préstamo, incluyendo capital, intereses convencionales, penales y demás obligaciones accesorias, a cuyo efecto se considerará el plazo vencido y exigible
la obligación, sin necesidad de requerimiento alguno.
Para el caso de ejecución judicial los “PRESTATARIOS”, señalan por domicilio, la Secretaría o Actuaría del Juzgado donde se siga la ejecución para el pago de sus obligaciones y, renuncian:
a) A la compensación, a la excepción de excusión u orden, fianza de costas y resultas, apelación y demás recursos ordinarios y extraordinarios.
b) A la tasación catastral o pericial, admitiendo como base del remate la cantidad que “___________________“ fije, reconociendo al documento, liquidez, exigibilidad y fuerza ejecutiva.
Los “PRESTATARIOS”, aceptan mediante este documento, que el remate de los bienes hipotecados y cualquier otro bien que se embargue dentro del proceso, se practique sobre la liquidación que presente “___________” y de conformidad a la estimación de los peritos de esta entidad, no pudiendo en ningún caso los “PRESTATARIOS”, invocar la revocatoria de la valorización señalada por para excluir de la hipoteca alguna parte que pertenece al inmueble en forma accesoria o principal.
Asimismo, los “PRESTATARIOS” renuncian al nombramiento del depositario, que se hará en la persona que “_____________________“elija.
Décima-quinta.- Nosotros, ___________ y___________________ en representación de”_____________ “, por una parte, como vendedora, y _______________________, por otra, como compradora, declaramos nuestra absoluta conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes, a las que acordamos otorgarle todo el valor de documento privado, mientras sea elevada a escritura pública.
Usted señor Notario, se dignará agregarlas demás cláusulas de seguridad y estilo. (Lugar y fecha de suscripción de la minuta)
Fdo. ________________ Fdo._______________ Gerente General Presidente
Fdo._________________ Compradora
(Firma y sello de Abogado)
FORM. No 3. CONTRATO DE COMPRAVENTA DE OFICINA COMERCIAL
BAJO EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL, CON INTERVENCIÓN DE APODERADO EN FAVOR DE UNO DE LOS COMPRADORES
SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de oficina comercial, al tenor de las siguientes cláusulas:
Primera.- Dirá Ud. ,que nosotros (C.I. N )y ___________ (C.I. No
______________), mayores de edad, hábiles por derecho, somos legítimos propietarios del lote
de terreno de ________ metros cuadrados de extensión superficial, en el que hicimos construir el Edificio actualmente denominado”______________“, situado en ______________________ de esta misma ciudad, señalado con el No ______. Derecho de propiedad que consta en la escritura pública No de de de199__, Otorgada por el Notario Público, don __________________,e inscrito definitivamente en la Oficina del Registro de DD.RR., bajo la partida computarizada No ____ en fecha ___ de
___________ de199 __.
Segunda.- En el referido inmueble” “, existe la Oficina Comercial No ___________ que se encuentra situada en el ______ piso de ________ metros cuadrados útiles de
extensión superficial, con instalación completa de baño, inodoro, lavamanos, puertas, ventanas y cerraduras, así como de instalación eléctrica.
Tercera.- Al presente, por convenir a nuestros intereses, la mencionada oficina Comercial No ____ de ______ metros cuadrados útiles de extensión superficial que representa el (tantos) por
ciento de fracción ideal del terreno, conforme al respectivo plano de situación y que, asimismo, se encuentra comprendido e incluido en los términos suscritos en el presente contrato, damos, cedemos y transferimos en calidad de venta real y enajenación perpétua a favor de los señores__________y _________________ este último representado por el señor Dr.
_____________________ que interviene como su apoderado legal, conforme se establece a
través del adjunto poder notarial especial y suficiente No. _____ de ______ de _____________ de 199__ , conferido por ante el Notario de Fe Pública, señor ___ , el mismo que también formará parte de este contrato y será protocolizado en la escritura pública respectiva.
Cuarta.- El valor estipulado de la compraventa es de ____________________ Dólares
Americanos ($us. ), valor que los vendedores- declaramos haber recibido a tiempo de suscribir la presente minuta, en moneda de curso legal y corriente, a nuestra plena satisfacción.
Quinta.- Se hace constar expresamente que, al efectuarla transferencia de laya señalada Oficina
Comercial, bajo el régimen de propiedad horizontal, de conformidad a la Resolución No ____ de
_____ de _____________ de 199, dictada por la Honorable Alcaldía Municipal de _____________ se otorgan a los compradores los derechos correspondientes a áreas de uso
común, de acuerdo a las prescripciones establecidas en la Ley de 30 de diciembre de 1949 y artículos 187 y 188 del Código Civil vigente; por tanto. con derecho a colocar en la fachada o el tablero de rótulos comerciales y profesionales, el cartel respectivo.
Sexta.- La Oficina Comercial materia de esta transferencia es alodial; no soporta gravámen o
hipoteca alguna, sin embargo, los vendedores garantizan a los compradores su quieta y pacífica posesión, comprometiéndose a salir, en su caso, a la evicción y saneamiento de ley, en la forma más amplia.
Séptima.- Nosotros, ___________________ y_____________________ como vendedores, por una parte y, nosotros ____________________ (C.I. No ________) y__________________ (C.I. No _________), como compradores, por otra, mayores de edad, hábiles por derecho, el último en representación legal de señor ________ , declaramos nuestra plena conformidad con todas las cláusulas suscritas en la presente minuta, a la que acordamos otorgarle todo el valor de documento privado, mientras sea elevada a escritura pública.
Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo. Lugar, fecha, mes y año.
Fdo. ___________________ Fdo. _________________ Fdo. _________________ Fdo. ________________
Firma y sello de Abogado
FORMALIDADES Y REQUISITOS PREVIOS QUE DEBEN CONTEMPLARSE PARA LA TRANSFERENCIA O COMPRA VENTA
DE INMUEBLES DE SUCESIÓN HEREDITARIA
El modelo de contrato de compraventa de inmueble que se propone, se refiere propiamente a una imaginaria transferencia de acciones y derechos por parte de los miembros de una sucesión hereditaria al fallecimiento de su causante; contrato en el que -como en los de esa misma naturaleza -debe cumplirse ciertos requisitos de formación y validez, a fin de evitar a las partes contratantes complicados trámites administrativos posteriores para subsanarlos, en unos casos y, en otros, demandas de carácter judicial sobre nulidad o anulabilidad de los actos jurídicos realizados por no haberse observado o cumplido las normas prescritas y establecidas por el Código Civil.
De ahí que, será preciso recordar que en los casos semejantes al propuesto como ejemplo, quienes intervengan como vendedores, enajenantes o transferentes, principalmente, deberán proceder:
1.- Al trámite judicial de declaratoria de herederos abintestato, si acaso no se hubiese hecho testamento o, en su defecto, a la protocolización de dicho instrumento jurídico (abierto o cerrado). cuando hubiere sido otorgado par el causante o el de cujus, de acuerdo a las formalidades y prescripciones señaladas en el código sustantivo.
2.- Realizar el trámite administrativo de pago de impuestos sucesorios y luego de cancelados éstos en la correspondiente Administración Regional de la Renta Interna, efectuar la inscripción del o de los derechos de propiedad sobre el inmueble en las oficinas del Registro de Derechos Reales, presentando para dicha finalidad, el respectivo testimonio de
Resolución de aprobación sobre pago de tales impuestos y, sobre cuya base la señalada repartición judicial (DD.RR.), extenderá otro testimonio que acredite los legítimos derechos de cada uno de los interesados o causahabientes.
3.- Con tales antecedentes y si fuera preciso realizarla venta del inmueble, luego del convenio formalizado entre partes interesadas, se procederá a la cancelación de los impuestos de transferencia, presentando la minuta ante la autoridad notarial para su consiguiente protocolización, más o menos, de acuerdo a los términos esbozados a manera de ejemplo en el siguiente modelo que, como es de colegir, susceptible a modificaciones y otras modalidades, de conformidad a las circunstancias que se presenten.
Sin embargo, dichos trámites prescritos por legislación anterior, han sido simplificados con la promulgación de la Ley No 843 de 20 de mayo de 1986 y la Ley Complementaria No 926 de 25 de mayo de 1987, limitándose el pago de impuestos sucesorios a los siguientes actos:
a) El pago del impuesto sucesorio sobre la base del avaluó del inmueble.
b) La protocolización notarial, para cuyo efecto se acompaña sentencia judicial de declaratoria de herederos, título de propiedad y el formulario que acredite el pago de impuestos.
c) Finalmente, el registro o inscripción de la propiedad en la Oficina de Derechos Reales, obteniendo el testimonio respectivo que acredite la nueva titularidad del inmueble o terreno.
FORM. No 4.
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE PROPIEDAD INMUEBLE SUSCRITO POR MIEMBROS DE UNA SUCESION HEREDITARIA
SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
En el registro de contratos y escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compraventa de bien inmueble urbano, de conformidad a las siguientes cláusulas:
Primera.- Dirá Ud., que nosotros: AA y BB., somos causahabientes y herederos legales de los
que en vida fueron esposos: CC y DD., en primer lugar, sobre la mitad del inmueble situado en la calle _______________ No.____ Zona de ___________ de esta ciudad; inmueble del que eran propietarios los referidos difuntos esposos y, en el cual, nuestra hermana DD, era propietaria de un cincuenta por ciento (50%) de acciones y derechos en concepto de bien ganancial adquirido dentro de la unión matrimonial con su fallecido esposo Sr. CC. El derecho de propiedad de nuestro citados causahabientes se halla definitivamente inscrito en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No ____,fojas ____ del Libro__________ en fecha____
de__________ de199__.
Segunda.- Que, asimismo, por el legítimo derecho de sucesión que tenía nuestra hermana Sra.
DD., al fallecimiento de su esposo Sr. CC., en la otra mitad que le correspondía a éste en el inmueble de referencia, nosotros: AA y BB., tenemos también nuestra cuarta parte de acciones y derechos en dicha mitad; correspondiendo las otras tres cuartas partes de acciones y derechos en esa misma mitad, a los herederos de los hijos de Sr. CC., los que en vida fueron señores EE y FF; acciones y derechos en los que tiene igualmente su cuota hereditaria la Sra. GG, como hija del Sr. CC.
Tercera.- En tal sentido, las acciones y derechos de la Sra. AA., y del Sr. BB., tanto en la mitad
del inmueble como en la cuarta parte de la otra mitad, se hallan definitivamente inscritos en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No ____,fojas _______ del Libro
______________ en fecha ____ de ___________ de 199__.
Cuarta.- La segunda y tercera cuartas partes de acciones y derechos en la mitad correspondiente
al esposo fallecido, Sr. CC., y que actualmente pertenecen, por una parte, a la Sra. HH y sus hijos II, JJ. KK y LL., en representación de su extinto esposo y padre, respectivamente, Sr. FF., y por otra, o sea la tercera cuarta parte, a la Sra. GG., hija del ya mencionado Srl CC., se encuentran definitivamente inscritos en la Oficina del Registro de, Derecho Reales, bajo la Partida No_____, Fojas _____ del Libro _______ en fecha ___ de __________ de 199__.
Quinta.- Finalmente, la última cuarta parte de acciones y derechos, igualmente, en la mitad del
inmueble que correspondía al extinto Sr. CC., al pertenecer por sucesión hereditaria a la Sra. MM y sus hijos NN, ÑÑ y 00, en representación de su finado esposo y padre, respectivamente, Sr. EE., se halla definitivamente inscrito en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No. ____, Fojas_____ del Libro___, en fecha ___ de __________ 199___.
Sexta.- Al presente, nosotros: AA, (C.I. No____), BB., (C.I. No_______) GG., (C.I.
No_____________) y MM., (C.I. No ____________), por propio derecho y en representación de mis hijos: NN, ÑÑ y 00, todos ellos mayores de edad y coherederos del que en vida fue Sr. EE., en mérito del poder notarial que se me ha conferido para este acto, cual se evidencia del testimonio No_____adjunto, otorgado por el Notario Público, don _____________ en fecha ___ de _________ de 199__ y, además, representando a los otros coherederos para este otorgamiento, Sra. HH., Sres. II, JJ. KK. y LL., esposa e hijos, respectivamente, del que en vida fue Sr. FF, cual consta en el testimonio del poder notarial No. ____ , igualmente adjunto, otorgado en fecha____ de ____________ de 199__. por el Notario Público, Sr. ___________________, por convenir a nuestros intereses, de común acuerdo entre todos y como herederos de las acciones y derechos que tenemos al fallecimiento de los esposos: CC y DD., damos, cedemos y transferimos en calidad de venta real y enajenación perpétua, sin reserva ni limitación alguna, con todos sus usos, costumbres y servidumbres, todas nuestras acciones de la casa situada en la calle________________ No__de la Zona de __________ de esta capital, con una extensión superficial de ______ metros cuadrados, en favor de ____________________, por la suma libremente convenida entre partes de________________________ 00/100 BOLIVIANOS (Bs._________ ), que declaramos haber recibido en su integridad, a nuestro plena satisfacción; de cuyo valor nos distribuiremos en las proporciones a que tenemos derecho sucesorio, saliendo todos nosotros a la evicción y saneamiento del bien inmueble trasferido, en la forma más amplia y conforme a ley; haciendo presente que la casa vendida no reconoce gravámen ni hipoteca de
ninguna clase que perjudique su condición de bien alodial.
Séptima.- Las colindancias del inmueble materia de la transferencia, de acuerdo al plano
respectivo, son las siguientes: al Norte, con la propiedad de ___________; al Sud, con la propiedad de _________; al Este, con la propiedad de_________; y, al Oeste, con _______.
Octava.- Por acuerdo de partes, damos a este minuta al carácter de documento privado, mientras
ella sea elevada a instrumento notarial, pudiendo ser reconocidas nuestras firmas ante cualquier autoridad judicial para cuyo efecto le prorrogamos jurisdicción y competencia.
Novena.- Yo, ___________________(C.I. No ______ ), mayor de edad, de este vecindario, hábil
por derecho, de mi parte como compradora, manifiesto mi plena conformidad con todas las cláusulas suscritas en la presente minuta, para su fiel cumplimiento.
Usted señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo para su validez. La Paz, etc. etc.
Fdo. _______ Fdo. _______ Fdo. ________ Fdo. _________
FORM. No 5 CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES Y
DERECHOS DE PROPIEDAD INMUEBLE SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA
En el registro de escrituras públicas que se encuentra a su cargo, se ha de servir insertar una de compraventa de acciones y derechos de propiedad inmueble, al tenor de las siguientes cláusulas:
Primera.- Dirá Ud., que, al fallecimiento de los esposos: A.A____________y _____B.B. , quedaron como herederos legítimos y forzosos del inmueble situado e la calle
___________________ No___ de esta capital, sus hijos C.C. , ____D.D._______ y
E.E.____; inmueble que lo han venido poseyendo en lo proindiviso, en la proporción de una tercera parte cada uno de ellos, previa la declaratoria judicial de herederos ab-intestato, pago de impuestos sucesorios e inscripción definitiva del derecho de propiedad en la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida No ____,fojas ________ del Libro ____________ del año 19___.
Segunda.- Como emergencia del posterior fallecimiento del señor________E.E. , acaecido en
fecha ______de_______de 19 ___, nosotros: ________F.F._, ____G.G.__ y_____H.H.___, en nuestras calidades de cónyuge supérstite e hijos legítimos del de cujus, respectivamente, hemos sido instituidos como herederos forzosos de la tercera parte que le correspondía a aquél en el inmueble de referencia, en la misma forma que sus hermanos_________C.C.___ y