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Auto de Sobreseimiento

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Academic year: 2021

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Expediente

Expediente : : 3233-20083233-2008 Juzgado

Juzgado : : Tercer Tercer Juzgado Juzgado De De Investigación Investigación Preparatoria Preparatoria De De LimaLima Imputado

Imputado : : Jorge Jorge Solís Solís SotoSoto  Agraviado

 Agraviado : José Cuba Tuesta: José Cuba Tuesta Delito

Delito : : Robo Robo agravadoagravado – – Delito contra el patrimonio Delito contra el patrimonio

Juez

Juez : : Gerardo Gerardo Gutiérrez Gutiérrez PérezPérez Secretario

Secretario : : Juan Juan Carlos Carlos Zarate Zarate RodríguezRodríguez

AUTO DE SOBRESEIMIENTO AUTO DE SOBRESEIMIENTO RESOLUCIÓN N°

RESOLUCIÓN N°

Lima, 27 de mayo del 2015. Lima, 27 de mayo del 2015. OÍDOS

OÍDOS en en audiencia audiencia pública, pública, presente el presente el Fiscal, Fiscal, el el abogado abogado defensor dedefensor dell imputado y el imputado y

imputado y el imputado y CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

Primero.-Primero.- Que, el abogado defensor del imputado con primaria incompleta,Que, el abogado defensor del imputado con primaria incompleta, JORGE SOLIS SOTO, ha sustentado su solicitud de sobreseimiento a favor de su JORGE SOLIS SOTO, ha sustentado su solicitud de sobreseimiento a favor de su patrocinado indicando que se desprende del hecho materia de la presente patrocinado indicando que se desprende del hecho materia de la presente investigación que

investigación que no existe razonablemente la posibilidad de incorporarno existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación

nuevos datos a la investigación y que no hay elementos de conviccióny que no hay elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado JORGE suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado JORGE SOLIS SOTO, con la finalidad de acreditar la comisión del Delito Contra el SOLIS SOTO, con la finalidad de acreditar la comisión del Delito Contra el Patrimonio (Robo Agravado), por lo siguiente:

Patrimonio (Robo Agravado), por lo siguiente:

El imputado se encontraba en casa de sus padres celebrando el cumpleaños de El imputado se encontraba en casa de sus padres celebrando el cumpleaños de su padre

su padre el día el día de sucedido los de sucedido los hechos, mostrando hechos, mostrando como pruebas como pruebas fotos y fotos y lala declaración de testigos. Por esta razón pido el

declaración de testigos. Por esta razón pido el SOBRESEIMIENTOSOBRESEIMIENTO de lade la acusación fiscal por los siguientes fundamentos:

acusación fiscal por los siguientes fundamentos:

1.

1. De conformidad con lo De conformidad con lo previsto en el Art. previsto en el Art. 344° numeral 2 del 344° numeral 2 del D. Leg. 957: D. Leg. 957: elel sobreseimiento procede cuando:

sobreseimiento procede cuando: a)a) El hecho objeto de la causa no seEl hecho objeto de la causa no se realizó o no puede atribuírsele al imputado y

realizó o no puede atribuírsele al imputado y d)d) y no haya elementos dey no haya elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado.

imputado.

2. En caso no se acepte el sobreseimiento ofrezco los siguientes medios 2. En caso no se acepte el sobreseimiento ofrezco los siguientes medios

probatorios para el juicio: probatorios para el juicio:

-- Fotos Fotos tomadas tomadas de de donde donde me me encontraba encontraba el el día día de de ocurrido ocurrido los los hechos.hechos. -- Declaración Declaración de de testigos.testigos.

(2)

Segundo.- Por su parte el Fiscal Provincial Penal de la Fiscalía Provincial de Lima, dispone el SOBRESEIMIENTO de JORGE SOLÍS SOTO libre de la causa, por no ser el hecho objeto de la causa no se realizó o no puede atribuírsele al imputado y no hay elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado.

Tercero.-FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

PRIMERO.- El 29 de marzo del 2014 a horas 04:30 Aprox. Personal de la PNP de la expresada intervino a la persona de JORGE SOLIS SOTO (22), en la intersección de la Av. Uruguay y Jr. Chota cercado de Lima, al haberlo reconocido plenamente como el autor del delito contra el Patrimonio, que fuera víctima minutos antes, siendo conducido a esta sub-unidad para las investigaciones del caso.

SEGUNDO.- Mi persona reconoció plenamente al detenido antes indicado como uno de los autores del robo en su agravio de conformidad al Acta de Reconocimiento que se anexa al presente, señalando que éste, me asaltó cogiéndome del cuello a sustraerme $25.000 DLS. USA. Y con la finalidad de cometer ilícito penal me arrojó al suelo dejándome golpeado dándose a la fuga. TERCERO.- El detenido JORGE SOLIS SOTO (22), en presencia del representante del Ministerio Público niega su participación en los hechos de la materia de la presente investigación, aduciendo en su descargo que tan solo en forma circunstancial se encontraba en el lugar toda vez que recién llegaba de la

discoteca “TROPICAL”, que era un trabajador sexual refiriendo que observó cómo

cinco hombres se daban a la fuga luego de haber asaltado al denunciante, así

como conocer a uno de estos con el alias de “el menta”, el cual frecuenta dicha

zona y se dedica al meretricio clandestino.

CUARTO.- Que, personal de la PNP a cargo de las investigaciones sea constituido a inmediaciones al lugar de los hechos con la finalidad de poder obtener información con relación a la identidad del participante en el presente ilícito penal con resultados negativos, prosiguiéndose con las investigaciones tendientes a la identificación, ubicación y captura de este sujeto, de cuyo resultado positivo se comunicará en forma oportuna a su despacho.

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FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

El hecho denunciado se encuentra debidamente tipificado y sancionado por el Art. 188 como tipo base, y la circunstancias agravantes del Art. 189 inciso 2 y 4 del código penal.

MEDIOS PROBATORIOS:

- Adjunto la pericia del reconocimiento médico legal en el detenido JORGE

SOLIS SOTO (22), a fin de determinar lesiones recientes.

- La manifestación del agraviado. - La manifestación del detenido. - Notificación de detención.

- Los certificados de antecedentes policiales, judiciales, penales del mismo. - Se formuló la hoja de datos indentificatorios de JORGE SOLIS SOTO (22).

SE

RESUELVE.-1.- Declarar FUNDADO el requerimiento de SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra el imputado con primaria incompleta, JORGE SOLIS SOTO, como presunto autor del delito de Robo Agravado – Delito Contra el Patrimonio que se

encuentra debidamente tipificado y sancionado por el Art. 188 como tipo base, y la circunstancias agravantes del Art. 189 inciso 2 y 4 del código penal.

2.- ORDENAR el archivo de la causa.

3.- LEVANTAR todas las medidas coercitivas personales y reales que se hubieran dictado contra la persona o bienes de la imputada;

4.- ANULAR los antecedentes policiales y demás generados en contra del sobreseído, cursándose los oficios correspondientes para tal fin.

(4)

FAC ULTA D DE

DER E CHO Y C IE NCIAS POLÍTICA S

 A UTO DE S OB R E S E IMIE NTO

Profesor:

Dr. J es ús Pr ado León

ALUMNA:

Nattier De L ama Dios es

LIMA

 –

 PERÚ

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Referencias

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