• No se han encontrado resultados

BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR UNA PLAZA DENOMINADA DIRECCIÓN DE EMPRESAS PARTICIPADAS, NO SUJETA A CONVENIO PROPIO

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR UNA PLAZA DENOMINADA DIRECCIÓN DE EMPRESAS PARTICIPADAS, NO SUJETA A CONVENIO PROPIO"

Copied!
14
0
0

Texto completo

(1)

BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR UNA PLAZA DENOMINADA DIRECCIÓN DE EMPRESAS PARTICIPADAS, NO

SUJETA A CONVENIO PROPIO. PROCEDIMIENTO MOVILIDAD INTRAADMINISTRATIVA.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

En aplicación de lo establecido en el artículo 19. Cinco. 3, de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con el objeto de posibilitar la adecuada optimización de los recursos humanos existentes en el sector público la plaza que se convoca se corresponde con la autorización de la contratación de 1 Director de Empresas Participadas a través de la modalidad de movilidad intraadministrativa, por Resolución conjunta de la Dirección General de Costes de Personal y la Dirección General de la Función Pública de 22 de diciembre de 2020. El objeto de la convocatoria es regular el proceso de selección, mediante sistema de movilidad intraadministrativa voluntaria, para cubrir un único puesto de trabajo de Director/a de Empresas Participadas por el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz. Precisar las bases que han de regir en la convocatoria para la provisión mediante concurso - oposición.

La presente convocatoria incorpora el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, sobre la base del artículo 14 de la Constitución Española, de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo y del Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de enero de 2015, por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

La designación para el puesto se realizará sobre la base de los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, garantizando la publicidad y la concurrencia.

ÁMBITO SUBJETIVO

Podrá participar en este procedimiento de movilidad intraadministrativa, siempre que se halle en servicio activo y reúna las condiciones previstas en la convocatoria:

-Tener la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo de la Administración General del Estado así como de sus organismos y entidades dependientes

No podrán participar en esta convocatoria:

-El personal laboral fijo, temporal o eventual que se encuentre prestando servicios para el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.

(2)

-Quienes se encuentren en situación de suspensión firme de funciones en tanto dure la suspensión.

Cese:

Quien obtenga plaza mediante la presente convocatoria, deberá cesar en la que en su caso desempeñe, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Resolución Definitiva, salvo que puedan derivarse problemas de cobertura asistencial, debidamente motivados, en cuyo caso el cese podrá demorarse por el tiempo indispensable para la adecuada resolución de los mismos y en todo caso por un periodo máximo de 30 días.

En supuestos de incapacidad temporal, permiso por maternidad/paternidad o disfrute de cualquier otro permiso o licencia establecidos en la normativa vigente, u otra causa de fuerza mayor apreciada por la Administración, el cómputo del plazo para el cese se contará a partir de la finalización de dicha situación, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender su disfrute.

Incorporación:

La incorporación en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese si la plaza desempeñada y la adjudicada se encuentran en la misma provincia; en el plazo de quince días hábiles si pertenecen a distinta provincia, o en el de un mes si la plaza desempeñada corresponde a otra Comunidad Autónoma.

A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, reingreso o destino provisional o comisión de servicios.

En los supuestos de permisos/licencias indicados, el plazo se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido a la persona interesada, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender su disfrute.

Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición del interesado, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el órgano convocante.

1.- NORMAS GENERALES DE LA CONVOCATORIA

Primera.-Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de Dirección de

(3)

A efectos de remuneración este puesto se encuentra actualizado conforme a los incrementos retributivos dispuestos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio 2018, 2019 y 2020.

Se suscribirá contrato laboral indefinido como Directivo/a, Fuera de Convenio.

Segunda.- El proceso selectivo se desarrollará mediante sistema de concurso

oposición.

La información relativa a la descripción de la plaza se detalla en Anexo I de las Bases de la convocatoria.

La información relativa a temario, ejercicios y valoraciones se encuentra en el Anexo II de las Bases de la convocatoria.

2.1 La fase de oposición se compondrá de dos etapas: -Un ejercicio con tema para desarrollo escrito.

-Una entrevista de defensa curricular, para quienes superen el punto de corte indicado.

La puntuación obtenida en el ejercicio escrito tendrá carácter eliminatorio, de manera que solo accederán a la entrevista de defensa curricular los/as aspirantes que hayan superado la prueba escrita.

2.2 La fase de concurso. Valoración de los méritos alegados.

Finalizada la fase de oposición, se procederá a la valoración de méritos alegados. 2.3 La puntuación total será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Tercera.- Entre los/as aspirantes que superen el proceso de selección y acrediten los requisitos exigidos sólo una persona optará a formalizar contrato, coincidiendo con el número máximo de plazas convocadas: 1.

No se podrá formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.

Cuarta.- A efectos de comunicaciones y publicaciones a emitir por la entidad para

esta convocatoria, los medios en los que se llevarán a efecto serán la página web de la Entidad www.zonafrancacadiz.com y la página web del Punto de Acceso General www.administracion.gob.es

(4)

2.- REQUISITOS DE LOS/AS CANDIDATOS/AS

El personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en activo, de la Administración General del Estado así como de sus organismos y entidades dependientes que deseen participar en el proceso selectivo, para ser admitidos, deberán cumplir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo estipulado en el Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre):

1.-Nacionalidad: tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

2.-Edad: tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.-Titulación: Licenciatura o Grado en Economía, Licenciatura o Grado en Administración y Dirección de Empresas, Doble Licenciatura o Grado en Administración de Empresas y Derecho, o titulación universitaria superior equivalente.

Lengua Extranjera: B1 idioma inglés o formación acreditada equivalente. Aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deben estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

4.-Compatibilidad funcional: poseer capacidad funcional para realizar las tareas. 5.-Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas u órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que realizaban en el caso de personal laboral en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.

6.- Formalidades de los documentos:

La documentación acreditativa de los requisitos podrá ser copia, siempre y cuando los originales de todos los documentos se presenten para su comprobación cuando el Tribunal lo solicite y, en todo caso, antes de adjudicar la plaza.

Si en algún momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que cualquier aspirante no posee alguno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de las partes, acordará su exclusión, comunicándole las exactitudes o falsedades que se hubieran podido cometer.

(5)

El Tribunal declarará la nulidad de actuaciones de las personas que no presenten la documentación original correspondiente al completo o no acrediten estar en posesión de los requisitos exigidos. No valorará aquellas formalidades que, siendo alegadas en la solicitud, no se encuentren debidamente justificados antes de la fecha final del plazo para presentar la solicitud. Todas las condiciones y circunstancias alegadas por las personas que participen en el proceso de selección, deberán poseerse a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

La acreditación de nacionalidad y edad, se realizará mediante aportación de fotocopia simple del D.N.I, N.I.E o Pasaporte, con plena vigencia. Se deberá presentar junto con la solicitud de participación en proceso selectivo.

La acreditación de la titulación académica oficial se realizará mediante aportación de fotocopia simple del título legalmente expedido o, en su defecto, de la certificación académica que acreditase haber realizado y superado estudios completos así como el comprobante de abono de tasas para expedición de dicho título. Se presentará junto con la solicitud de participación en proceso selectivo.

La acreditación de la habilitación profesional, se realizará mediante declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en habilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a la que desempeñaba en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Presentar junto con la solicitud de participación en proceso selectivo.

La acreditación de experiencia en sector público y / o privado se efectuará mediante la certificación de la correspondiente unidad de personal, en la cual deberá constar fecha de inicio y fin, denominación de puesto y detalle de funciones realizadas. Se deberá presentar junto con la solicitud de participación en proceso selectivo.

La acreditación del requisito de compatibilidad funcional se realizará mediante la entrega de certificado médico oficial (sin perjuicio del oportuno reconocimiento médico al ingreso en la Entidad). Se llevará a cabo una vez superado el proceso de selección y dentro del plazo para la formalización del contrato de trabajo.

3.- SOLICITUDES

Las personas que deseen participar en este proceso deben cumplimentar el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el Anexo III de la presente convocatoria, el cual se encuentra disponible para su descarga en la página web de la entidad www.zonafrancacadiz.com, y en el edificio de la sede social del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, sita en Ronda de Vigilancia s/n, en el recinto interior de la Zona Franca de Cádiz.

(6)

La presentación de solicitudes y documentación se realizará, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias deben ir dirigidas al Sr. Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, acompañadas de D.N.I o equivalente, así como de la documentación para la acreditación de requisitos y méritos que se aleguen.

La presentación de solicitudes y documentación se realizará a través de la dirección de correo selecció[email protected] o bien en el Registro General del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz (sito en edificio de la sede social, en Recinto Interior de la Zona Franca de Cádiz) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. También podrán presentarse en la forma dispuesta en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La no presentación en plazo y forma de la solicitud conllevará la exclusión del proceso. Todos los documentos deben estar redactados en castellano.

A la solicitud, se acompañará:

-Documentación acreditativa de los requisitos de participación en la convocatoria (a excepción del certificado relativo a compatibilidad funcional). -Documentación acreditativa de los méritos que desee le sean valorados en fase de concurso, sobre la base de aquellos que puedan ser alegados y se recogen en Anexo I.

-Aquellos/as participantes con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deben adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

4.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Delegado Especial del Estado, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.

En la resolución se indicará un plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de publicación para subsanar defectos que hayan motivado, en su caso, la omisión o exclusión del / la aspirante.

(7)

Finalizado el plazo anterior, y resueltas, en su caso, las alegaciones planteadas, se publicará resolución con la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas. Se indicará la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada caso la adaptación concedida o, en su caso, la razón por la cual se deniega.

Junto con la publicación de la lista definitiva se determinará la fecha, lugar y hora del ejercicio escrito de la fase de oposición.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal Calificador tendrá la siguiente composición: .-Presidente: Don Manuel Rodríguez Tey (Director Área Financiera) .-Secretario: Don Pablo del Río Cobián (Secretario General)

.-Vocal: Doña Mª del Pilar González Vázquez (Directora de Organización y RRHH) .-Vocal: Doña Rocío García-Delgado Coronel (Directora de Promoción Empresarial y Comercio Exterior)

Se determinan como miembros suplentes del Tribunal Calificador a las siguientes personas: Don Felipe Martínez García en sustitución del Presidente, Doña Pilar Vinuesa Villanueva en sustitución del Secretario, Don Ignacio Javier Gutiérrez Arévalo y Don Pablo Callealta Martín, en sustitución de los Vocales designados por la Entidad, que por cualquier causa no puedan asistir a las sesiones del mismo.

El Tribunal se reúne a convocatoria de su Presidente y se constituye con la presencia de la mayoría de sus miembros. El Presidente tendrá voto de calidad para casos de empate. El Tribunal levantará acta de todas sus actuaciones y decisiones formales.

Le corresponderá la consideración, verificación y apreciación de incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso de selección, adoptando decisiones motivadas al respecto.

Se encuentra facultado para resolver cuantas dudas y reclamaciones se presenten, pudiendo tomar las medidas que estime necesarias para el buen orden y cumplimiento de esta convocatoria.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/a especialistas, personal colaborador y asistencia técnica externa cuando lo estime preciso. Todo el personal que preste auxilio al Tribunal se limitará al ejercicio de las funciones propias de su materia o de las tareas que le hayan sido encomendadas en relación con el proceso selectivo.

(8)

El Tribunal Calificador se regulará en su funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones de aplicación vigentes.

El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Todas las publicaciones referentes a la presente convocatoria se efectuarán en la página web del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz (apartado Consorcio Zona Franca/Recursos Humanos) y en la página web del punto de acceso general www.administracion.gob.es. A estos efectos y a los de comunicaciones e incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la sede social del Consorcio Zona Franca de Cádiz, sita en C/ Ronda de Vigilancia s/n (Recinto Interior), C.P.: 11.011, Cádiz. Teléfono: 956 29 06 06.

6.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO Y CALIFICACIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS

El proceso de selección consta de una fase de oposición y una fase de concurso. La descripción del proceso selectivo se recoge en el Anexo II.

Los/as aspirantes serán convocados al ejercicio escrito en llamamiento único, siendo excluidos/as del proceso quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse.

El anuncio de celebración de la prueba se hará público con cuarenta y ocho horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio.

Concluido el ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con indicación de la calificación obtenida en dicha prueba. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles parar realizar alegaciones.

Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación que con la valoración definitiva del ejercicio escrito, y convocará a la realización de la entrevista de defensa curricular, a los aspirantes que hayan superado la prueba, con una antelación mínima de 48 horas a su celebración.

(9)

Finalizada la fase de oposición, se procederá a la valoración de los méritos. El Tribunal publicará la relación con la puntuación obtenida en la fase de oposición y valoración provisional de los méritos de las personas candidatas que hayan superado la fase de oposición.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación, para efectuar las alegaciones frente a la valoración provisional de los méritos. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de los méritos. La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

7.- SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO

Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal publicará la relación de candidatos/as que hayan superado el proceso selectivo con sus calificaciones parciales y total, relacionándolos/as por orden de mayor a menor puntuación.

El Tribunal elevará al Delegado Especial del Estado la relación de candidatos que hayan superado el proceso selectivo con sus calificaciones parciales y total, relacionándolos/as por orden de mayor a menor puntuación, proponiendo la admisión de la primera persona de la lista, que deberá corresponderse con la más alta puntuación otorgada, plazo para la firma del contrato e incorporación.

En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del/la aspirante con mayor puntuación en méritos profesionales.

No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.

8.- ADJUDICACIÓN DE PLAZA

La adjudicación del puesto se realizará de acuerdo con la puntuación total obtenida, mediante Resolución de la autoridad convocante que será, asimismo, publicada.

El/la aspirante que resulte contratado/a deberá superar un periodo de prueba de seis meses, durante el cual la unidad de recursos humanos correspondiente realizará el seguimiento de evaluación de su desempeño adecuado en el puesto de trabajo, emitiendo la pertinente certificación al respecto.

En caso de que la persona propuesta para la adjudicación renunciara a la plaza, desistiera de la contratación causando baja definitiva, o la certificación por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de

(10)

prueba resultara desfavorable, el puesto será adjudicado por el candidato/a de la relación definitiva de aprobados cuya puntuación ocupe el siguiente lugar.

Asimismo, si una vez formalizado el contrato, el/la aspirante contratado causara baja definitiva, se podrá sustituir por el/la siguiente candidato/a según el orden de puntuación.

9.- NORMA FINAL

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Convenio Colectivo del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Delegada Especial del Estado en Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Así mismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cádiz, 6 de mayo de 2021.- El Delegado Especial del Estado en el Consorcio Zona Franca de Cádiz, Francisco González Pérez.

(11)

ANEXO I

Anexo a Bases de Convocatoria para prueba selectiva puesto “Dirección de Empresas Participadas por el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz”. Puesto no sujeto a convenio. Procedimiento de movilidad intraadministrativa.

Titulación requerida: Titulación universitaria de Licenciatura o Grado en Economía o Licenciatura o Grado en Administración y Dirección de Empresas o Doble Licenciatura o Grado en Administración de Empresas y Derecho, o titulación universitaria superior equivalente.

Lengua Extranjera: B1 idioma inglés o formación acreditada equivalente. Descripción del puesto de trabajo objeto de convocatoria:

-Ejecutar la estrategia fijada por el Consejo de Administración de la sociedad matriz de empresas participadas, “Desarrollos Empresariales de la Zona Franca de Cádiz, S.A.U” y directrices que le sean encomendadas por su Consejero/a Delegado/a en relación con el objeto social de la empresa.

-Adoptar las determinaciones necesarias para el mejor funcionamiento de la mercantil “Desarrollos Empresariales de la Zona Franca de Cádiz, S.A.U” cuya competencia no se encuentre reservada al Consejo de Administración ni a sus integrantes.

-Actuar en el ejercicio de los poderes que se le otorguen como persona física Administrador Único Societario, en las sociedades participadas “Aparcamientos de la Zona Franca de Cádiz, S.L” y “Servicios Documentales de Andalucía S.L” -Proponer planes, acciones, normas y criterios de actuación necesarios para el buen funcionamiento de la Sociedad, efectuando un previo estudio económico de los mismos, si ello fuera oportuno.

-Elaborar los informes que le sean solicitados, dentro del ámbito de su competencia, y supervisar la elaboración de la memoria anual de actividades. -Desarrollar la gestión de la Sociedad de acuerdo con la normativa legal vigente que le sea de aplicación, asegurando su buen funcionamiento. -Gestionar la financiación de las actuaciones y proyectos de las Sociedades. -Coordinar y supervisar el trabajo desarrollado por personal de la empresa, estableciendo métodos de trabajo y estrategias orientadas a lograr óptimos resultados respecto de los objetivos propuestos e implementando acciones tendentes a elevar la eficiencia.

(12)

ANEXO II

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO

El proceso de concurso-oposición cuenta con dos fases diferenciadas en su sistema de selección:

1.-Fase de Oposición (máximo 25 puntos).

Prueba escrita sobre un tema a desarrollar. Puntuación máxima: 10 puntos. Preguntas sobre temario a responder con desarrollo de respuesta abierta. Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos siendo indispensable alcanzar una puntuación mínima de 5 para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para realizar la prueba será de 60 minutos. Entrevista personal. Puntuación máxima: 15 puntos.

Se enfocará a contrastar información sobre el currículum profesional del/a aspirante en las tareas propias del puesto al que se aspira.

Se calificará de 0 a 15 puntos. Para determinar la nota obtenida se sumarán las puntuaciones que otorgue cada uno de los miembros del Tribunal y se dividirá por el número de miembros asistentes al mismo.

En caso de empate el orden de prelación para la puntuación de la entrevista, se establecerá atendiendo al número de días en activo en puestos de trabajo de la misma categoría profesional y actividad similar a la que se opta en proceso selectivo.

2.-Fase de Concurso (máximo 15 puntos).

En esta fase se valorarán los méritos aportados por los/as aspirantes hasta un máximo de 15 puntos. La documentación susceptible de valoración en la fase de concurso deberá presentarse junto con la solicitud de admisión en el proceso. 2.1.- Méritos Profesionales: máximo 10 puntos

Criterio y Puntuación máxima

-Por cada 12 meses de experiencia como director/gerente de entidades o similar: 0.60 puntos (fracción mes =0.05). Máximo: 7,2puntos

-Por cada 12 meses experiencia como coordinador equipos: 0,40 puntos (Fracción mes= 0.033). Máximo: 4.8 puntos

(13)

Forma de acreditación: certificación expedida por la unidad de personal de la Entidad, Organismo, Sociedad o Empresa del Sector Público, en la cual consten explícitamente las fechas de inicio y de fin, la denominación del puesto, las funciones desempeñadas, fotocopia de contrato de trabajo y nombramiento en su caso. Certificado Vida Laboral.

Fracciones de tiempo inferiores al año se realizarán para meses completos de 30 días, a contabilizar sobre la base del Certificado de Vida Laboral.

2.2.- Méritos Académicos y de formación: máximo 5 puntos Criterio y Puntuación Máxima

.- Máster en Dirección de Empresas: 1 punto.

-Por cada título Licenciatura/Grado en otro ámbito de conocimiento al exigido como requisito: 0.50 puntos. Máximo: 1 punto.

-Por cada curso de especialización en materias relacionadas con la Gestión / Dirección Equipos (Mínimo 100 horas) realizado en los últimos 8 años: 0,50 puntos. Máximo: 2 puntos

-Por cada curso de especialización en materias relacionadas con Calidad, Responsabilidad Social Corporativa, Transparencia (Mínimo 40 horas), realizado en los últimos 8 años: 0.25 puntos. Máximo: 0,75 puntos

-Por titulación superior a B1 idioma inglés o formación acreditada equivalente: 0,25 puntos.

Sólo se valorarán los cursos impartido por universidades, organizaciones públicas o privadas, cámaras de comercio y centros oficiales de formación de empleados públicos.

Forma de acreditación: copia autenticada de la titulación (anverso y reverso), donde se pueda apreciar con claridad denominación del título, contenidos en su caso, fecha de expedición y entidad que la emite.

CONTENIDO y TEMARIO

El puesto de director de las empresas participadas deberá tener conocimientos sobre contabilidad, finanzas y gestión financiera, siendo el temario básico el siguiente:

(14)

TEMARIO de CONTABILIDAD

1. La contabilidad financiera y la regulación contable

2. Normas de registro y valoración del Plan General de Contabilidad 3. Las Cuentas Anuales. El Balance. La Cuenta de Pérdidas y Ganancias 4. La Memoria y el Informe de Gestión

5. Impuesto sobre el valor añadido 6. Impuesto sobre Beneficios 7. Consolidación contable TEMARIO de FINANZAS

1. Análisis Financiero de la empresa. Balance empresarial. Ratios financieros 2. Análisis de inversiones. Criterios de evaluación económica

3. Fondo de Maniobra 4. Umbral de rentabilidad 5. Margen de contribución 6. Apalancamiento

TEMARIO de GESTIÓN FINANCIERA

1. Fundamentos financieros básicos: Leyes financieras, tipos de interés, etc. 2. Las decisiones de financiación. Las fuentes financieras. El coste de capital 3. La gestión del circulante y la liquidez

4. Gestión y planificación financiera 5. Gestión de la tesorería

Referencias

Documento similar

Como medida de precaución, puesto que talidomida se encuentra en el semen, todos los pacientes varones deben usar preservativos durante el tratamiento, durante la interrupción

dente: algunas decían que doña Leonor, "con muy grand rescelo e miedo que avía del rey don Pedro que nueva- mente regnaba, e de la reyna doña María, su madre del dicho rey,

No había pasado un día desde mi solemne entrada cuando, para que el recuerdo me sirviera de advertencia, alguien se encargó de decirme que sobre aquellas losas habían rodado

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

Y tendiendo ellos la vista vieron cuanto en el mundo había y dieron las gracias al Criador diciendo: Repetidas gracias os damos porque nos habéis criado hombres, nos

Entre nosotros anda un escritor de cosas de filología, paisano de Costa, que no deja de tener ingenio y garbo; pero cuyas obras tienen de todo menos de ciencia, y aun

Habiendo organizado un movimiento revolucionario en Valencia a principios de 1929 y persistido en las reuniones conspirativo-constitucionalistas desde entonces —cierto que a aquellas

diabetes, chronic respiratory disease and cancer) targeted in the Global Action Plan on NCDs as well as other noncommunicable conditions of particular concern in the European