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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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BOLETIN OFICIAL Nº 9 7 6

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

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1ra. Quincena de abril de 2017

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DrDr.. ÁÁnnggeell GGuussttavavoo PPOOSSSSEE

Secretario General Lic. Federico BEREZIUK

Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA

Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO Subsecretario General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Dr. Gustavo César HIRSCH Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Dr. Carlos PRASSEL Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: 8929 página 4

DECRETOS: 865 al 952 páginas 5 al 176 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Inspección General):

231 al 257 páginas 177 al 181

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 182 al 214 páginas 182 al 187 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT (Obras Particulares): 51 al 52 página 188 RESOLUCIONES (ARSI): _________ _________ RESOLUCIONES S.I.C.: _________ _________ RESOLUCIONES RR.HH.: 267 al 327 páginas 189 al 195 RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 263 al 316 páginas 196 al 199

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Ref.: Expte. Nº 15962-A-2016.-

SAN ISIDRO, 06 de Abril de 2017.-

Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su PRIMERA REUNIÓN – PRIMERA SESIÓN ORDINARIA de fecha 05 de abril de 2017, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8929 cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8929

CONVALIDACIONES Exención Tasa a Contribuyentes

Estación Acassuso

ARTÍCULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto N° 3369, de fecha 27 de diciembre de 2016.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

PROMULGADA POR DTO Nº 1063

Del 28 de abril de 2017.

GABRIEL F. ESTORONI

Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO

Presidente

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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Ref.: Expte. N°

4502-D-2016.-SAN ISIDRO, 3 de abril de 2017 DECRETO NÚMERO:

8 6 5

VISTO lo informado en autos por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, respecto de la concurrencia de la Dra. María José Fattore –legajo n° 63.224- y la Lic. María del Carmen Luongo –legajo n° 70.047-, a las II Jornadas de Actualizaciones de NEA en Neuroortopedia y Rehabilitación, a llevarse a cabo durante los días 7 y 8 de abril del corriente año, en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Nordeste, Provincia de Corrientes; y

Considerando:

QUE corresponde asignarles la suma total de $ 14.000,00 en concepto de viáticos y alojamiento, con oportuna rendición de cuentas;

QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la concurrencia de la Dra. María José Fattore –legajo n° ************* 63.224- y la Lic. María del Carmen Luongo –legajo n° 70.047-, a las II Jornadas de Actualizaciones de NEA en Neuroortopedia y Rehabilitación, a llevarse a cabo durante los días 7 y 8 de abril del corriente año, en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Nordeste, Provincia de Corrientes, asignándoles la suma total de PESOS CATORCE MIL ($ 14.000,00) en concepto de viáticos y alojamiento, con oportuna rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-

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Ref.: Expte. N°

4502-D-2016.-//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 7607-S-2014 – Alcance 2.-

SAN ISIDRO, 3 de abril de 2017 DECRETO NÚMERO:

8 6 6

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y

Considerando:

QUE la empresa FORESTACION URBANA S.R.L, prestadora del Servicio de Mantenimiento Integral del Arbolado Público del Partido de San Isidro, adjudicataria en los términos de la Licitación Pública Nº 11/2014 solicitan un reconocimiento de mayores costos en la contratación antes citada;

QUE las contrataciones plurianuales, son impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;

QUE ello, conlleva un estudio continuo y exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;

QUE por lo expuesto, la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, ha realizado un pormenorizado informe en forma unánime, recomendando efectuar un reconocimiento de mayores costos, estableciéndose un incremento del DIECISEIS POR CIENTO (16%), el cual deberá ser aplicado para los servicios que comenzaron a devengarse a partir del 1º de enero de 2017;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

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Ref.: Expte. N° 7607-S-2014 – Alcance 2.-

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POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Increméntase en un DIECISEIS POR CIENTO (16%), el precio de los ************* servicios adjudicados mediante Licitación Pública N° 11/2014, referente a la prestación del Servicio de Mantenimiento Integral del Arbolado Público del Partido de San Isidro, que le fuera adjudicado a la empresa FORESTACION URBANA S.R.L, en el marco de la Licitación Pública N° 11/2014. Dicho incremento rige para los servicios devengados a partir del 1° de enero de 2017.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N°

587-F-2017.-SAN ISIDRO, 3 de abril de 2017 DECRETO NÚMERO:

8 6 7

VISTO la solicitud interpuesta por la entidad Familias de Tránsito Nazaret Asociación Civil; y

Considerando:

QUE la peticionante se encuentra comprendida en las exigencias de las reglamentaciones vigentes;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad, solicita el dictado del acto administrativo pertinente, dando su aprobación para la inscripción solicitada;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1ro.- Inscríbase en el Registro Municipal de Entidades sin Fines de Lucro, ************** a la entidad Familias de Tránsito Nazaret Asociación Civil, con domicilio en la calle Don Bosco n° 657 de la Ciudad de San Isidro, con carácter provisorio.-

ARTÍCULO 2do.- Intervenga la Dirección de Relaciones Vecinales ONGs y Ceremonial. ************** Tome conocimiento la Dirección General de Rentas.-

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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Ref.: Expte. Nro.

4478-D-2017.-SAN ISIDRO, 04 de Abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO

: 8 6 8

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 240/433/ 2017; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 344.653, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 126/2017, para el “ALQUILER DE ************* VOLQUETES”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 05 de Abril de 2017, a las ************* 10:30 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.01.000 - 1, Categoría Programática 49, Objeto del Gasto 3. 2. 2, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. Nro.

3822-D-2017.-SAN ISIDRO, 04 de Abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO

: 8 6 9

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 240/457/ 2017; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 344.653, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 120/2017, para el “DESARROLLO E ************* IMPLEMENTACION DE SISTEMA DE PLATAFORMA, PARA

PORTAL DE DATOS ABIERTOS Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE SERVICIOS, POR LA VIGENCIA QUE SE ESTABLECE EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE RIGE LA PRESENTE LICITACION”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 07 de Abril de 2017, a las ************* 10:00 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.01.000 - 1, Categoría Programática 01. 10., Objeto del Gasto 3. 4. 6, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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12

Ref.: Expte. Nro. 16267-D-2016.-

SAN ISIDRO, 04 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO

: 8 7 0

VISTO el pedido de Suministros Nro. 700/1963/2016; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel, la Dirección General de Compras efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 23/2017, autorizado mediante Decreto Nro. 154/2017.-

QUE, el Deposito Central de Farmacia efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas a fs. 97 y en donde la Secretaría de Salud Pública de esta Municipalidad encuadra la siguiente contratación en el marco de la Resolución de la Licitación Pública Nro. 19/2017, se aconseja la adjudicación a las más convenientes para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase a las firmas que a continuación se detallan, los ítems que ************* rigieron la Licitación Privada Nro. 23/2017, referente a la “PROVISION DE MEDICAMENTOS”:

CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L., con domicilio en Victorino de la Plaza (calle 97) 210, Villa Lynch, los renglones: 3 – 7 – 9 – 14 - 15, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 207.250).-

DROGUERIA LUMA S.A., con domicilio en Pringles 2707, Caseros, los renglones: 2 – 5 11 – 12, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 272.466).-

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Ref.: Expte. Nro.

16267-D-2016.-//…

DNM FARMA S.A., con domicilio en Av. Juan Bautista Alberdi 3499, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los renglones: 1 – 4 – 6 – 8 – 10 – 13 - 14, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DOS ( $ 478.302).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 27, 28 , 29, Objeto del Gasto 2.5.2.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(14)

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Ref.: Expte. Nro. 3054-S-2017.-

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

8 7 1

Visto la presentación efectuada por la Subsecretaría General de Cultura, y;

Considerando:

QUE, en dicha presentación la aludida Subsecretaría General, da cuenta de la continuación del plan general del Gobierno Municipal de recuperar y jerarquizar el espacio público, los verdes, y los accesos, cuestiones que se vienen llevando a cabo desde el año 2014, mediante el estudio y generación de esculturas en sitios designados (site specific);

QUE, en esa inteligencia se consideró oportuno de encarar la creación de esculturas para los espacios designados, con temas especialmente elegidos para poner en valor las diferentes identidades locales, con el propósito que dichas obras se conviertan en íconos de nuestra ciudad y en emblemas de la identidad local, la Subsecretaría General antes mencionada ha llevado a cabo las acciones pertinentes, tendientes a detectar los accesos a las localidades y los espacios verdes en proceso de puesta en valor o ya jerarquizados que más visibilidad tengan para emplazar allí las esculturas a realizar, y a definir los temas o identidades que serán representadas en dichas obras;

QUE, se visitaron distintos talleres de artistas argentinos contemporáneos de gran trayectoria y con experiencia en realización de esculturas en espacios públicos;

QUE, así se han elegido los proyectos más interesantes por afinidad con el tema, escala, calidad artística y nobleza de materiales y su persistencia a través del tiempo, encontrándose la primera etapa en pleno proceso;

QUE, en esta segunda etapa, se ha elegido un acceso, y conforme a su identidad, se ha seleccionado la Obra escultórica “Rotonda de las bicicletas”, del artista Gabriel Soifer, consistente en una escultura de 25 metros de diámetro por 3 metros de altura, en chapa metálica de diferentes espesores compuesta por

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Ref.: Expte. Nro. 3054-S-2017.-

//…

formas de bicicletas, personas, perros y mariposas, con terminación en proceso de galvanizado en caliente, pintura automotriz y proceso bicapa, diseñada especialmente para ser emplazada en la rotonda sita en la Av. Sir Alexander Fleming y la Av. de la Unidad Nacional, luego de un intenso estudio del territorio, sus usos, sus habitantes y del análisis de una temática relacionada con la familia, el deporte, la diversidad, el compartir en comunidad y el uso del espacio público para disfrutar de la vida al aire libre;

QUE asimismo, dada la importancia del hecho descripto, la propia Subsecretaria General de Comunicación y Cultura considera pertinente se declare de Interés Municipal la escultura a emplazar;

QUE, respecto de la autorización del emplazamiento, el tema resulta de competencia del Honorable Concejo Deliberante, pero dado que la entidad y calidad de la cuestión requiere una pronta resolución se estima pertinente proyectar el acto administrativo pertinente, “ad referéndum” del aludido Alto Cuerpo Deliberativo Municipal;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- AUTORÍZASE el emplazamiento de la Obra escultórica “Rotonda de ************* las bicicletas”, del artista Gabriel Soifer, consistente en una escultura de 25 metros de diámetro por 3 metros de altura, en chapa metálica de diferentes espesores compuesta por formas de bicicletas, personas, perros y mariposas, con terminación en proceso de galvanizado en caliente, pintura automotriz y proceso bicapa, diseñada especialmente para ser emplazada en la rotonda sita en la Av. Sir Alexander Fleming y la Av. de la Unidad Nacional.-

ARTÍCULO 2º.- Declarase de Interés Municipal la Obra escultórica “Rotonda de ************* las bicicletas”, del artista Gabriel Soifer.-

ARTÍCULO 3º.- En virtud de lo establecido en el artículo 1º, el presente decreto se dicta ************* “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante.-

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16

Ref.: Expte. Nro. 3054-S-2017.-

///…

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

DM

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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17

Ref. Expte. N° 10137-D-2016 –Cuerpo 3.-

SAN ISIDRO, 4 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO

: 8 7 2

VISTO, los presentes actuados; y Considerando:

QUE, a los fines de la fiscalización de la obra “PROVISIÓN DE BACHEO CON HORMIGÓN ARMADO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, Licitación Pública N° 23/2016 y de la realización de todas las tareas inherentes a las mismas, se procede en el presente caso a la designación de un representante técnico, dado que, para el volumen de las obras programadas, el personal técnico municipal ordinariamente previsto, resulta insuficiente para cumplir eficientemente dichas tareas;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Inspector Técnico de la obra: “PROVISIÓN DE BACHEO ************* CON HORMIGÓN ARMADO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, a partir del Decreto N° 400/2017 de adjudicación, a la Ingeniera Civil María Soledad MALLAMACI, con domicilio en la calle Cerrito N° 2154 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2º.- El profesional designado en el artículo precedente, percibirá en ************* concepto de única remuneración, el Dos Por Ciento (2%) del monto de obra adjudicada, ejecutada y debidamente certificada. Dicho importe será deducido a la empresa contratista.-

ARTÍCULO 3º.- La presente designación, se realiza a efectos de que el profesional ************* proceda a:

- Revisión y visación de las Especificaciones Técnicas y Particulares para la construcción de la obra.

- Verificación de los términos contractuales.

- Visación de modificaciones y/o incrementos de obra y cálculos de los costos respectivos. - Recepción provisoria y definitiva de los trabajos.

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Ref. Expte. N° 10137-D-2016 –Cuerpo 3.-

//…

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(19)

19

Ref.: Expte. Nº 6059-S-2016

SAN ISIDRO, 04 de Abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

8 7 3

VISTO la presentación efectuada en autos por Adriana Ángela Rosalía Sandonati, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d) y disposiciones generales, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1°.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Adriana Ángela Rosalía Sandonati, con domicilio en Don Bosco Nº 1405- Depto. 143 “A” de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 733.169.-

ARTÍCULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

sc

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(20)

20

Ref.: Expte. Nº 10672-L-2015.-

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 7 4

VISTO la presentación efectuada en autos por Cristina Inés Lemoine, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3d) y disposiciones generales, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2015;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1°.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Cristina Inés Lemoine (separada del Señor Santana Eugenio), con domicilio en Dr. Raúl Bagnatti Nº 1224 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 650.172.-

ARTÍCULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(21)

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Ref. Expte. Nº 2695-D-2010

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 7 5

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo, la que en estos casos se estima, no debería superar el 50% de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y ************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

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Ref. Expte. Nº 2695-D-2010

//…

1.- Expte. Nº 2695/2010 – Cuenta corriente Nº 821.968 – Florencio Varela Nº 156 de Beccar.-

2.- Expte. Nº 5875/2014 - Cuenta corriente Nº 543.006 – La Calandria Nº 1642 – Villa Adelina.-

3.- Expte. Nº 2061/2014 - Cuenta corriente Nº 770.072 – Riobamba Nº 3245 de Beccar.- 4.- Expte. Nº 1802/2016 - Cuenta corriente Nº 670.265 – Bagnati Raúl Dr. Nº 797 de Boulogne.-

5.- Expte. Nº 1479/2016 – Cuenta corriente Nº 571.244 – Los Plátanos Nº 1163 de Villa Adelina.-

6.- Expte. Nº 634/2017 – Cuenta corriente Nº 221.545 – Maestro Santana Nº 502 de San Isidro.-

7.- Expte. Nº 1767/2016 – Cuenta corriente Nº 551.943 – Boedo Nº 2368 – Planta Baja – Villa Adelina.-

8.- Expte. Nº 10218/2016 – Cuenta corriente Nº 120.370 – Acassuso Nº 675 – San Isidro.- 9.- Expte. Nº 2618/2016 – Cuenta Corriente Nº 840.029 – Centenario Nº 2132 – Beccar.- 10.- Expte. Nº 1500/2016 - Cuenta corriente Nº 391.334 - Pasaje Newton Nº 2656 – Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.

DESPACHO Y LEGISLACION

sc

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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23

Ref. Expte. Nº 11773- C-2004

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 7 6

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente,:

1.- Expte. Nº 11773/2004 – Cuenta corriente Nº 843.108 – Lonardi Nº 823 Beccar.-

2.- Expte. Nº 780/2013 - Cuenta corriente Nº 340.524 – Mitre Emilio Nº 869 – Martínez.-

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Ref. Expte. Nº 11773- C-2004

//…

4.- Expte. Nº 1454/2014 - Cuenta corriente Nº 613.218 –B.S.I. Escalera Nº 112 – Piso 3ero. Dpto. “B” – Boulogne.-

5.- Expte. Nº 7325/2014 - Cuenta corriente Nº 372.631 – Gral. Piran Nº 1574 – Piso 1 – Depto. 2 - Martínez.-

6.- Expte. Nº 2997-2006 – Cuenta corriente Nº 760.590 – Murature Comodoro Nº 2176 – Beccar.-

7.- Expte. Nº 1257/2014 - Cuenta corriente Nº 432.990 – Corvalán Nº 1589 – (fondo) - Martínez.-

8.- Expte. Nº 5328/2002 - Cuenta corriente Nº 543.139 – Juramento Nº 1238 - Planta Baja – Frente - Boulogne.-

9.- Expte. Nº 790/2014 – Cuenta corriente Nº 831.290 – Luis de Flores Nº 2346 – P.B. Dpto. “D” - Beccar.-

10.- Expte. Nº 3618/2004 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 641.000 – Abriata Pablo Nº 1864 - Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION Sc.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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25

Ref.: Expte. N°

20-S-2017.-SAN ISIDRO, 4 de abril de 2017.- DECRETO NÚMERO:

8 7 7

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, con fecha 17 de enero de 2017, se ha confeccionado el Decreto N° 176, mediante el cual se autoriza a continuar con el sistema de incentivo a la productividad, que fuera establecido mediante Decreto N° 1650/2012, destinado a cubrir y atender las contingencias que se produzcan por diferentes hechos en el ámbito del tratamiento de la Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, conforme los alcances fijados en el mismo, con excepción del personal que desempeña tareas en la Subsecretaría Administrativa de Tránsito y en la Dirección General de Licencias;

QUE, el mismo ha sido firmado involuntariamente en forma errónea, circunstancia que, sin consecuencias de mayor naturaleza, es perfectamente subsanable mediante la ratificación del decreto antes mencionado;

QUE, procede, en consecuencia, el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la vigencia del Decreto N° 176 de fecha 17 de enero de 2017, ************* manteniéndose todos sus términos y condiciones.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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26

Ref. Expte Nº 9623-M-2016

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 7 8

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo;

QUE se incluye en los presentes el año 2016, el que en algunos casos fue solicitado en término y no ha sido resuelto a la fecha por esta administración, o bien en otros expedientes la solicitud se presentó en forma extemporánea por omisión del contribuyente, pudiendo el Departamento Ejecutivo disponer la exención conforme surge de las Disposiciones Generales del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, en tanto se trata de un beneficio por año intermedio entre dos solicitudes, siempre y cuando la situación no haya variado desde la última anterior;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMESE en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y ************* Servicios Generales por los años 2016 y 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

(27)

27

Ref. Expte Nº 9623-M-2016

//…

1.- Expte. Nº 9623/2016 – Cuenta corriente Nº 631.840 – Catorce de julio Nº 467 de Boulogne.-

2.- Expte. Nº 8403/1988 - Cuenta corriente Nº 512.469 – Gorriti Nº 670 – Planta Baja – Depto. 1 - Boulogne.-

3.- Expte. Nº 1462/2014 - Cuenta corriente Nº 412.443 – Haití Nº 2.585 de Martínez.-

4.- Expte. Nº 3093/2016 - Cuenta corriente Nº 353.001 – Juan J. Passo Nº 250 – Piso 6to. – Depto. “B” de Martínez.-

5.- Expte. Nº 6201/1994 – 9972/2010 – Cuenta corriente Nº 540.076 – Martina Céspedes Nº 1661 de Villa Adelina.-

6.- Expte. Nº 60/2004 – Cuenta corriente Nº 760.196 – Estanislao Zeballos Nº 2.128– Beccar.-

7.- Expte. Nº 8957/2016 – Cuenta corriente Nº 330.237 – Pedro Goyena Nº 1054 – Acassuso.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Sc.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(28)

28

Ref. Expte. Nº 6211-B-2015

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 7 9

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo, la que en estos casos se estima, no debería superar el 50% de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y ************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57 º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 6211/2015 – Cuenta corriente Nº 220.360 – Intendente Tomkinson Nº 662 de San Isidro.-

2.- Expte Nº 2166/1991 – Cuenta corriente Nº 841.162 – Julián Navarro Nº 792 – Beccar.-

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29

Ref. Expte. Nº 6211-B-2015

//…

3.- Expte. Nº 1109/2011 - Cuenta corriente Nº 450.390 – Primero de Mayo Nº 48 – Piso 1ero. – Dpto. 7 de San Isidro.-

4.- Expte. Nº 5578/2011 - Cuenta corriente Nº 222.157 – Maestro Santana Nº 631 de San Isidro.-

5.- Expte. Nº 14036/2011 – Cuenta corriente Nº 383.954 – Castro Barros Nº 2273 de Martínez.-

6.- Expte. Nº 76/2001 y 3267/2015 – Cuenta corriente Nº 431.709 – Rodríguez Peña Nº 1748 (fondo) de Martínez.-

7.- Expte. Nº 766/1991 – Cuenta corriente Nº 850.762 – Formosa Nº 1730 – P.B. de Beccar.-

8.- Expte. Nº 3682/1989 – Cuenta corriente Nº 352.282 – Remedios de Escalada Nº 2350 – Piso 1ero. Dpto. “D” – Martínez.-

9.- Expte. Nº 1613/2006 – Cuenta Corriente Nº 560.797 – Soldado de Malvinas Nº 2325 – Villa Adelina.-

10.- Expte. Nº 4051/2015 - Cuenta corriente Nº 741.628 - Avda. Márquez Bernabé Nº 2849 – San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.

DESPACHO Y LEGISLACION

SC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(30)

30

Ref. Expte Nº 12944-C-2003

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 8 0

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente,:

1.- Expte. Nº 12944/2003 – Cuenta corriente Nº 820.525 – Sarandí Nº 231 Beccar.-

2.- Expte. Nº 5946/2006 - Cuenta corriente Nº 570.708 – Rosas Manuelita Nº 1663 – Villa Adelina.-

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Ref. Expte Nº 12944-C-2003

//…

3.- Expte. Nº 2210/2005 – Cuenta corriente Nº 530.256 – Mazza Juan A. Nº 1180 – Boulogne.-

4.- Expte. Nº 1116/2002 - Cuenta corriente Nº 711.644 – García Manuela Maestra Nº 1971 – Beccar.-

5.- Expte. Nº 2572/2002 - Cuenta corriente Nº 571.017 – La Calandria Nº 1070 – Villa Adelina.-

6.- Expte. Nº 2107-2002 – Cuenta corriente Nº 571.005 – La Calandria Nº 1065 – Villa Adelina.-

7.- Expte. Nº 703/2003 - Cuenta corriente Nº 850.406 – Riobamba Nº 801 – Beccar.-

8.- Expte. Nº 14032/2003 - Cuenta corriente Nº 720.247 – Riobamba Nº 2207 - Beccar.-

9.- Expte. Nº 7726/2003 – Cuenta corriente Nº 390.508 – San Lorenzo Nº 2736 - Martínez.-

10.- Expte. Nº 11489/2007 - Cuenta corriente Nº 450.507 – Sánchez Florencio Nº 3076 - Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Sc.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(32)

32

Ref. Expediente Nº 6615-J-2003 y 12348-J-2007

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 8 1

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que les son propias, EL INTENDENTEMUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 6615/2003 y 12348/2007 Cuenta corriente Nº 612.017 – Cervantes Nº 2.528 - Boulogne.-

2.- Expte. Nº 2575/2015 - Cuenta corriente Nº 354.314 – Ladislao Martínez Nº 71- 3er Piso - Depto. “C” - Martínez.-

3.- Expte. Nº 775/2008 - Cuenta corriente Nº 221.997– Diego Palma Nº 902 – P.B. San Isidro.-

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33

Ref. Expediente Nº 6615-J-2003 y 12348-J-2007

//…

4.- Expte. Nº 2187-2008 -Cuenta corriente Nº 770.108 – Uspallata Nº 1.767- Beccar.-

5.- Expte. Nº 7234/2002 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 230.490 – Intendente Aphalo Nº 61 – San Isidro.-

6.- Expte. Nº 1531/2002 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 360.539 – Mariano Ezpeleta Nº 445 – Martínez.-

7.- Expte. Nº 3617/2002 - Cuenta corriente Nº 342.383 – Emilio Mitre Nº 334 – Martínez.-

8.- Expte. Nº 7708/2002 - Cuenta corriente Nº 212.625 – Tres de Febrero Nº 192 – 3er Piso - Depto. “C” San Isidro.-

9.- Expte. Nº 10260/2002 - Cuenta corriente Nº 391.863 – Edison Nº 1224– Martínez.-

10.-Expte. Nº 1392/1995 - Cuenta corriente Nº 640.732 – Pablo Abriata Nº 1.762 – Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Sc.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(34)

34

Ref. Expte. Nº 2452-R-2008

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 8 2

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo, la que en estos casos se estima, no debería superar el 50% de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y ************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 2452/2008 – Cuenta corriente Nº 560.223– Callao Nº 2.039- Villa Adelina.-

2.- Expte. Nº 6242/2016 - Cuenta corriente Nº 381.984 – Santiago Del Estero Nº 1.259– Martínez.-

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35

Ref. Expte. Nº 2452-R-2008

//…

3.- Expte. Nº 15329/2016 - Cuenta corriente Nº 373.733 – Gral. Piran Nº 208- 1er Piso-Martínez.-

4.- Expte. Nº 10.051/2015 -Cuenta corriente Nº 760.287 – Quesada Nº 2.187- Beccar.-

5.- Expte. Nº 167/2015 – Cuenta corriente Nº 511.761 – Coronel Bogado Nº 768 – Boulogne.-

6.- Expte. Nº 28/2013 – Cuenta corriente Nº 540.044 – Perito Moreno Nº 1.659 –Boulogne.-

7.- Expte. Nº 10.785/1987 – Cuenta corriente Nº 542.185 – José María Verduga Nº 1.230 – Boulogne.-

8.- Expte. Nº 12.550/2009 – Cuenta corriente Nº 220.838 – Diego Palma Nº 744- San Isidro.-

9.- Expte. Nº 2878/2009 – Cuenta Corriente Nº 381.700 – Rodríguez Peña Nº 1.187– Martínez.-

10.- Expte. Nº 3515/2009 - Cuenta corriente Nº 522.333 – General Lamadrid Nº 1.966- Casa Nº 2– Villa Adelina.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección ************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

SC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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36

Ref. Expte. Nº 1987-R-2013

SAN ISIDRO, 4 de Abril de 2017

DECRETO NÚMERO:

8 8 3

VISTO lo actuado en los cuerpos legales mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada expediente se especifica el/los requisitos incumplidos, los que sin embargo no obstan para que se considere una excepción en los términos del inciso 3D) del mencionado artículo;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXÍMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 1987/2013 – Cuenta corriente Nº 840.339 – Lonardi Nº 246 - Beccar.-

2.- Expte. Nº 6824/2016 - Cuenta corriente Nº 851.076 – Intendente Neyer Nº 125 – P.B. Dpto. “A” - Beccar.-

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Ref. Expte Nº 1987-R-2013

//…

3.- Expte. Nº 3568/2016 - Cuenta corriente Nº 110.995 – Pedro Mendoza Nº 455 – San Isidro.-

4.- Expte. Nº 9416/2006 - Cuenta corriente Nº 440.803 – García Merou Nº 1133 - Martínez.-

5.- Expte. Nº 999/2016 – Cuenta corriente Nº 216.171 – Alsina Nº 447 – Piso 1ero. Dpto. “D” - San Isidro.-

6.- Expte. Nº 06/2016 – Cuenta corriente Nº 750.555 – De Las Carreras Ernesto Nº 2145 – Beccar.-

7.- Expte. Nº 1271/2004 – Cuenta corriente Nº 520.595 – Roberto Wernicke Nº 1325 – Villa Adelina.-

8.- Expte. Nº 4929/2009 – Cuenta corriente Nº 362.661 – Castelli Nº 949 - Martínez.-

9.- Expte. Nº 6871/2016 – Cuenta Corriente Nº 542.148 – Verduga José María Nº 1483 – Villa Adelina.-

10.- Expte. Nº 8900/2013- Cuenta corriente Nº 420.933 – Corrientes Nº 3285 - Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y publíquese.

DESPACHO Y LEGISLACION

Sc.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(38)

38

Ref.: Expte. N°

4604-S-2017.-SAN ISIDRO, 4 de abril de 2017 DECRETO NÚMERO:

8 8 4

VISTO lo informado en autos, respecto de la concurrencia de la Directora de la Subsecretaría Administrativa de Tránsito, Sra. Jesica Porcelli –legajo n° 56.299-, a la Jornada de Intercambios en Gestión Institucional sobre Licencia Nacional de Conductor, a llevarse a cabo el día 8 de abril del corriente año, en la Ciudad de Mar del Plata; y

Considerando:

QUE es habitual intención de esta Administración Municipal colaborar permanentemente con el personal que, en pos de una mejor prestación de servicios, desarrollan y amplían sus capacidades individuales mediante estudios y/o cursos de capacitación o perfeccionamiento profesional;

QUE corresponde asignarle la suma total de $ 15.000,00 en concepto de viáticos y alojamiento, con oportuna rendición de cuentas;

QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la concurrencia de la Directora de la Subsecretaría ************* Administrativa de Tránsito, Sra. Jesica Porcelli –legajo n° 56.299-, a la Jornada de Intercambios en Gestión Institucional sobre Licencia Nacional de Conductor, a llevarse a cabo el día 8 de abril del corriente año, en la Ciudad de Mar del Plata, asignándole la suma total de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) en concepto de viáticos y alojamiento, con oportuna rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-

(39)

39

Ref.: Expte. N°

4604-S-2017.-//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(40)

40

Ref.: Expte. Nro.

4474-D-2017.-SAN ISIDRO, 04 de Abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO

: 8 8 5

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/127/ 2017; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 344.653, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 129/2017, para la “CONTRATACIÓN ************* DE HORAS DE CAMIONES CERRADOS CON PALA ELEVADORA

HIDRAULICA DE 1.500 KG. DE CARGA”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 06 de Abril de 2017, a las ************* 10:00 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000 - 5, Categoría Programática 25., Objeto del Gasto 3. 2. 2, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(41)

41

Ref. Expte. Nº 2870-D-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

8 8 6

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE, a fojas 1, obra informe del Departamento de Medicina Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos, en relación a la trabajadora Graciela Patricia Miriam CORTEZ MONROY ROBLES (Legajo N° 18.140) donde se solicita su inclusión en el artículo 48° del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850 a partir del 23 de marzo de 2017;

QUE, ante el diagnóstico de los estudios realizados a la mencionada trabajadora, se dispuso constituir una Junta Médica Provincial;

QUE, del dictamen de dicha comisión surgirá si la trabajadora en cuestión se encuentra incapacitada en forma permanente, alcanzando su incapacidad el límite de reducción de su capacidad laboral prevista por la ley previsional;

QUE, en virtud de lo mismo, procede el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Inclúyese a partir del 23 de marzo de 2017, a la trabajadora Graciela ************* Patricia Miriam CORTEZ MONROY ROBLES (Legajo N° 18.140), M.I. N°: 92.485.626 clase: 1952, en los alcances del artículo 48° del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

(42)

42

Ref. Expte. Nº 2870-D-2017

//…

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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43

Ref. Expte. Nº 12640-D-2016

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

8 8 7

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE, por Decreto N° 2651/2016, cuya copia obra a fojas 4 y 5 del presente, se incluyó en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la trabajadora Silvia Gabriela ORELLANO (Legajo N° 12.184), a partir del 15 de septiembre de 2016;

QUE, a fojas 8, el Departamento de Medicina Laboral de la Dirección de Recursos Humanos informa que la citada trabajadora fue dada de alta médica el día 23 de marzo de 2017, motivo por el cual se solicita su exclusión a partir de dicha fecha, del artículo 47° -primer párrafo- de la norma precitada;

QUE, resulta procedente el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exclúyese de los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio ************* Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, a la trabajadora Silvia Gabriela ORELLANO (Legajo N° 12.184), a partir del 23 de marzo de 2017, atento su alta médica, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(44)

44

Ref. Expte. Nº 2868-D-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.- DECRETO NÚMERO:

8 8 8

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, a fojas 1, el Departamento de Medicina Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos informa que la trabajadora Liliana Edith GARCÍA (Legajo N° 40.127), superó el plazo establecido en el artículo 45° del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se la incluya en el artículo 47° -primer párrafo- de la citada norma, a partir del 20 de febrero de 2017;

QUE, el artículo 45° del citado Convenio, establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos, el artículo 47° -primer párrafo- del mismo señala que el trabajador percibirá una remuneración equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE, resulta procedente el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Inclúyese en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio ************* Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, a la trabajadora Liliana Edith GARCÍA (Legajo N° 40.127), a partir del 20 de febrero de 2017, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

(45)

45

Ref. Expte. Nº 2869-D-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.- DECRETO NÚMERO:

8 8 9

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, a fojas 1, el Departamento de Medicina Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos informa que la trabajadora Gabriela Fernanda ALFONZO (Legajo N° 52.473), superó el plazo establecido en el artículo 45° del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se la incluya en el artículo 47° -primer párrafo- de la citada norma, a partir del 27 de marzo de 2017;

QUE, el artículo 45° del citado Convenio, establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos, el artículo 47° -primer párrafo- del mismo señala que el trabajador percibirá una remuneración equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE, resulta procedente el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Inclúyese en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio ************* Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, a la trabajadora Gabriela Fernanda ALFONZO (Legajo N° 52.473), a partir del 27 de marzo de 2017, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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