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BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE SANTACRUZ DE TENERIFE

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ... III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

Cabildo Insular de Tenerife ... Ayuntamiento de Icod de los Vinos ...

Página 14677

Página 14712 Página 14713

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

GOBIERNO DE CANARIAS

Año LXXIX

Martes, 19 de octubre de 2004

Número 147

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia

Servicio de Publicaciones e Información Edificio de Usos Múltiples II, planta baja Avda. José Manuel Guimerá, 8 Tfno.: (922) 47.69.63. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife

Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. C/ San Francisco, 47

Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38002 Santa Cruz de Tenerife

TARIFAS Inserción: 0,77 euros/mm

de altura Suscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la

Consejería de Presidencia y Justicia mediante oficio

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Santa Cruz de Tenerife

Unidad de Recaudación Ejecutiva 38010 E D I C T O

15209 8433

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14), que modifica la an-terior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no

im-putables a la Tesorería General de la Seguridad So-cial, se pone de manifiesto, mediante el presente edic-to, que se encuentran pendientes de notificar los ac-tos correspondientes a las diligencias de embargo de cuentas corrientes y de ahorro, cuyo interesado y de-más datos identificativos se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indica-dos, o sus representantes debidamente acreditaindica-dos, podrán comparecer en horario laboral ante los órga-nos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva de San-ta Cruz de Tenerife, siSan-ta en Ruiz de Padrón, 8-10, en el plazo de DIEZ días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, para el conocimiento del conte-nido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se en-tenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

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EDICTO DE EMBARGO DE BIENES

15210 8434

Ante la imposibilidad por ausencia o ignorado para-dero de comunicar el contenido de las notificaciones que se relacionan, se les hace saber que por la presen-te notificación, una vez transcurridos OCHO días há-biles siguientes a la publicación, sin que se persone el interesado en esta Administración, sita en la Ruiz de Pa-drón, 8-10 de Santa Cruz de Tenerife o en las distintas Administraciones de la Seguridad Social, se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Ad-ministrativo Común (B.O.E. 27.11.92).

Diligencia de embargo de sueldos, salarios, pensio-nes y prestaciopensio-nes económicas.

Diligencia: notificados a los deudores de referencia, conforme al artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguri-dad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en

ex-pedientes que se instruyen en esta Unidad de Recauda-ción Ejecutiva, sin que los hayan satisfecho, de acuer-do con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo y conociendo como embargables los que vie-ne percibiendo en su calidad de empleado/a.

Declaro embargado el sueldo/prestación, en cumpli-miento de lo dispuesto en el artículo 133 del Regla-mento General de Recaudación citado (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre, B.O.E. del día 24), y en el artículo 115 ap. 1.4 de su Orden de De-sarrollo de 26 de mayo de 1999 (B.O.E. del día 4 de ju-nio) y con arreglo a la escala autorizada por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El/la empresa/organismo procederá a descontar y re-tener a disposición de esta Unidad de Recaudación, en calidad de depósito, la cantidad que legalmente corres-ponda, según la cuantía de las remuneraciones a perci-bir por el deudor, hasta llegar a cubrir el importe del descubierto. Las cuantías líquidas retenidas deberán ser entregadas a esta Unidad de Recaudación.

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14685

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Contra el acto notificado, que no agota la vía ad-ministrativa, podrá formularse Recurso de Alzada an-te la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, tando a partir de su recepción por el interesado, con-forme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Ge-neral de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden So-cial, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garan-tías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de TRES meses desde la in-terposición de dicho Recurso de Alzada sin que re-caiga resolución expresa, el mismo podrá entender-se deentender-sestimado, entender-según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Re-cursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de octubre de 2004. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Santos Torralbo. 14686 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004

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EDICTO DE EMBARGO DE BIENES

15211 8435

En los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecu-tiva contra los deudores a continuación detallados, por deudas contraídas a la Seguridad Social, se pro-cedió al embargo de determinados bienes cuya dili-gencia acompaña al presente edicto.

Al propio tiempo, se requiere al deudor, para que en el plazo de OCHO días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que sigue, a fin de proceder a la práctica de las noti-ficaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le ten-drá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimien-to, de conformidad con lo preceptuado en los artícu-los 109 y 120.1.a del Reglamento General de Re-caudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24).

Santa Cruz de Tenerife, a 05 de octubre de 2004. El Recaudador Ejecutivo.

Diligencia de embargo de vehículos.

Diligencia: notificados a los deudores de referencia, conforme al artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Segu-ridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en los expedientes que se instruyen en esta Unidad de Re-caudación Ejecutiva, sin que los hayan satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dic-tada en el mismo, declaro embargados los vehículos que se detallan en la relación adjunta.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 128.4 del Re-glamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real De-creto 1.637/1995, de 6 de octubre; B.O.E. del día 24), procede lo siguiente:

1.- Notificar a los deudores el embargo decretado has-ta cubrir el importe tohas-tal de los débitos, indicándoles que dichos vehículos se pondrán, en un plazo de CIN-CO días, a disposición inmediata de esta Unidad de Re-caudación Ejecutiva, con su documentación y llaves ne-cesarias para su apertura, funcionamiento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, en caso contrario, dichos actos podrán ser suplidos a costa del deudor.

2.- Notificar al deudor que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigen-te Reglamento de Recaudación, a efectos de la posi-ble venta en pública subasta de los mismos, si no atien-de al pago atien-de su atien-deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte de los apre-miados.

No obstante, si no estuvieses de acuerdo con la va-loración que se efectúe, podrán presentar vava-loración contradictoria de dichos bienes en el plazo de QUIN-CE días a contar desde el día siguiente al de la notifi-cación de la valoración inicial, efectuada por los ór-ganos de recaudación o sus colaboradores.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bie-nes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará a los deudores para dirimir las diferen-cias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Uni-dad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva va-loración por perito adecuado y su vava-loración de los bie-nes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servi-rá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artícu-lo 139 del Reglamento General de Recaudación cita-do y 116 de su Orden de Desarrollo, aprobada por Or-den de 26 de mayo de 1999 (B.O.E. del día 4 de junio).

3.- Siendo el bien embargado de los comprendidos en el artículo 12 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, procede ex-pedir mandamiento al Registro correspondiente para la anotación preventiva del embargo a favor de la Teso-rería General de la Seguridad Social y solicitar del mis-mo la certificación de cargas que graven el vehículo.

4.- De no ser puestos a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva por parte del apremiado los bienes reseñados, se procederá a solicitar a las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación, y a las demás que proceda, la captura, depósito y precinto de los vehículos objeto de em-bargo, en el lugar donde se hallen, poniéndolos a dis-posición del recaudador embargante. Asimismo que impidan la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de los derechos de la Seguridad Social.

Contra el acto notificado, que no agota la vía ad-ministrativa, podrá formularse Recurso de Alzada an-te la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, conta-do a partir de su recepción por el interesaconta-do, confor-me a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Gene-ral de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden So-cial, significándose que el procedimiento de apremio Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14687

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no se suspenderá sin la previa aportación de garan-tías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de TRES meses desde la in-terposición de dicho Recurso de Alzada sin que re-caiga resolución expresa, el mismo podrá entender-se deentender-sestimado, entender-según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los

Re-cursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Relación adjunta de vehículos embargados: 14688 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004

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E D I C T O

15212 8436

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido po-sible practicarla por causas no imputables a la Teso-rería General de la Seguridad Social, se pone de ma-nifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos correspondientes a las diligencias de embargo de devoluciones tributa-rias, cuyo interesado y demás datos identificativos se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pa-sivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer en horario laboral ante los órganos res-ponsables de su tramitación en esta Dirección Pro-vincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva de Santa Cruz de Tenerife, sita en Ruiz de Padrón, 8-10, en el plazo de DIEZ días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se en-tenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

14690 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004

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En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2004. El Recaudador Ejecutivo, Jesús Santos Torralbo.

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E D I C T O

15213 8438

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido po-sible practicarla por causas no imputables a la Teso-rería General de la Seguridad Social, se pone de ma-nifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos correspondientes a las certificaciones de descubierto del Instituto Nacional de Empleo, cuyo interesado y demás datos identifi-cativos se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indica-dos, o sus representantes debidamente acreditaindica-dos, podrán comparecer en horario laboral ante los órga-nos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva de San-ta Cruz de Tenerife, siSan-ta en Ruiz de Padrón, 8-10, en el plazo de DIEZ días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, para el conocimiento del conte-nido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se en-tenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado pa-ra comparecer.

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14709

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Unidad de Recaudación Ejecutiva 04 EDICTO DE EMBARGO DE BIENES MUEBLES 15214 8468 Tipo/Identificador: 07 380021031800. Régimen: 0521. Número de expediente: 38 04 90 00250641.

Nombre/razón social: GARCÍA GARCÍA, VI-CENTE.

Número documento: 38 04 343 04 008031644.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nú-mero 04, de Santa Cruz de Tenerife.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva con-tra el deudor García García, Vicente, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Tinguaro, 2, 7º, se procedió con fecha ---al embargo de bienes muebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de septiembre de 2004. El/la Recaudador/a Ejecutivo/a, el Jefe de Nego-ciado, Lucio H. Bacallado Bermúdez.

14710 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004

En Santa Cruz de Tenerife, a 07 de octubre de 2004.

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Notificación al deudor del embargo de devolucio-nes de la AEAT.

Notificadas al deudor de referencia las providen-cias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y conforme a lo previsto en el artículo 97 del Regla-mento General de Recaudación de la Seguridad So-cial aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), se ha embargado la de-volución de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) por un importe de 1.732,62 eu-ros, en cumplimiento de la orden de embargo de fe-cha 31 de agosto de 2004.

Importe de la deuda:

Principal Recargo Intereses Costas Total 7.139,59 2.013,84 0,00 0,00 9.153,43

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agote la vía ad-ministrativa, podrá formularse Recurso de Alzada an-te la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, conta-do a partir de su recepción por el interesaconta-do, confor-me a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refun-dido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de ju-nio (B.O.E. del día 29), significándose que el proce-dimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de TRES meses desde la in-terposición de dicho Recurso de Alzada sin que re-caiga resolución expresa, el mismo podrá entender-se deentender-sestimado, entender-según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguri-dad Social, lo que se comunica a efectos de lo esta-blecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E del día 27), de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de septiembre de 2004. El/la Recaudador/a Ejecutivo/a, el Jefe de Nego-ciado, Lucio H. Bacallado Bermúdez.

E D I C T O

15215 8469

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Se-guridad Social, aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25) y en aplicación de lo establecido en los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), se-gún la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden So-cial, se pone de manifiesto, mediante el presente edic-to, que se encuentran pendientes de notificar los ac-tos administrativos que se acompañan.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indica-dos, o sus representantes debidamente acreditaindica-dos, podrán comparecer en horario laboral ante los órga-nos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva de San-ta Cruz de Tenerife, siSan-ta en calle General Mola, 31, en el plazo de DIEZ días, contados desde el siguien-te a la publicación del presensiguien-te edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del con-tenido íntegro de los mencionados actos y constan-cia de tal conocimiento.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se en-tenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado pa-ra comparecer.

En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de octubre de 2004. El Recaudador Ejecutivo, Daniel Gonzalo Rodrí-guez.

Requerimiento de bienes.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva con-tra los deudores de referencia, por deudas a la Segu-ridad Social, debidamente notificadas en tiempo y for-ma, y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14711

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Una vez transcurrido el plazo señalado para el in-greso voluntario de la totalidad de las cantidades adeu-dadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 89 del Re-glamento General de Recaudación de la Seguridad So-cial, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), se le requiere para que efectúe manifestación sobre sus bienes, con la preci-sión necesaria para garantizar sus responsabilidades.

Asimismo se le hace constar que si incumple con el deber de manifestación de sus bienes, no podrá esti-marse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de pre-lación a observar en el embargo de los mismos, a que se refiere el art. 91 del citado Reglamento General de Recaudación en relación con bienes y derechos no se-ñalados por el deudor.

El importe reclamado podrá hacerlo efectivo me-diante ingreso en la cuenta restringida de la U.R.E. que a continuación se indica:

Entidad financiera: Banco Santander Central Hispa-no.

Número de cuenta: 0049 5321 14 2816849212.

Para abonar la deuda deberá consignar en el docu-mento bancario de ingreso, además del importe a pa-gar, los siguientes datos:

Tipo/identificador, número de expediente, nombre o razón social y C.I.F. o N.I.F., que se le indican en el anexo I que acompaña a este documento.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de octubre de 2004. El Recaudador Ejecutivo, Daniel González Rodrí-guez.

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CABILDO INSULAR DE TENERIFE Área de Medio Ambiente y Paisaje Servicio Técnico de Sostenibilidad

de Recursos y Energía A N U N C I O

15216 8470

La Comisión de Gobierno de esta Corporación, en sesión de 27 de septiembre de 2004, acordó aprobar inicialmente el PROYECTO DE RECRECIDO DEL

DIQUE NORTE DE LA CELDA DE R.S.U. Nº 1 DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DE ARI-CO.

Lo que de conformidad con lo previsto en el art. 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régi-men Local, se hace público para que en el plazo de VEINTE (20) días contados a partir de la publica-ción de este anuncio puedan presentarse alegaciones a dicho documento. Transcurrido el plazo sin que se presenten alegaciones, el proyecto se entenderá apro-bado definitivamente.

El proyecto se encuentra en el Servicio Técnico de Sostenibilidad de Recursos y Energía del Cabildo In-sular de Tenerife, sito en el Edificio Anexo al Pabe-llón Santiago Martín, 2ª planta, calle Las Macetas, s/n, Los Majuelos, término municipal de La Laguna.

La Laguna, a 4 de octubre de 2004.

El Consejero Insular accidental, Lorenzo Dorta García.

Servicio Administrativo de Medio Ambiente INFORMACIÓN PÚBLICA

15217 8471

La Comisión Insular de Gobierno, en sesión cele-brada el día 27 de septiembre de 2004, acordó tomar en consideración el Proyecto de “MEJORA DE SEN-DERO AGRÍCOLA A LA ZONA DE LAS HOYAS EN ROQUE NEGRO”, QUE AFECTA AL TÉRMI-NO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERI-FE, PARQUE RURAL DE ANAGA con un presu-puesto de ejecución material que asciende a la cantidad de catorce mil ochocientos treinta y nueve euros con veintiún céntimos (14.839,21 euros), lo que se so-mete a información pública durante el plazo de VEIN-TE días hábiles a efectos de que los interesados pue-dan formular las alegaciones que estimen convenientes y, durante el plazo de UN MES, a efectos de cumplir el trámite previsto en el art. 27.2b) del Decreto Le-gislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, previo a la obtención de la Calificación Te-rritorial, ambos plazos contados a partir del día si-guiente a la inserción del presente anuncio en el Bo-letín Oficial de la Provincia.

San Cristóbal de La Laguna, a 4 de octubre de 2004. El Consejero Insular acctal. de Medio Ambiente y Paisaje, Lorenzo Dorta García.

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Área de Medio Ambiente y Paisaje Servicio Técnico de Sostenibilidad

de Recursos y Energía A N U N C I O

15218 8472

La Comisión de Gobierno de esta Corporación, en sesión de 27 de septiembre de 2004, acordó aprobar inicialmente el PROYECTO DE IMPLANTACIÓN DE UNA PLANTA DE MACHAQUEO Y UN TRI-TURADOR DE VOLUMINOSOS EN EL COM-PLEJO MEDIOAMBIENTAL DE ARICO.

Lo que -de conformidad con lo previsto en el art. 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régi-men Local-, se hace público para que en el plazo de VEINTE (20) días contados a partir de la publica-ción de este anuncio puedan presentarse alegaciones a dicho documento. Transcurrido el plazo sin que se presenten alegaciones, el proyecto se entenderá apro-bado definitivamente.

El proyecto se encuentra en el Servicio Técnico de Sostenibilidad de Recursos y Energía del Cabildo In-sular de Tenerife, sito en el edificio anexo al Pabe-llón Santiago Martín, 2ª planta, calle Las Macetas, s/n, Los Majuelos, término municipal de La Laguna.

La Laguna, a 4 de octubre de 2004.

El Consejo Insular accidental, Lorenzo Dorta Gar-cía.

ICOD DE LOS VINOS Secretaría General

A N U N C I O

15219 8524

Carmen Neri Cordobés Sánchez, Secretaria acci-dental del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Icod de los Vinos, Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Certifico.- Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión extraordinaria celebrada el día 18 de sep-tiembre de 2004, adoptó, entre otros el siguiente acuer-do:

Punto primero.- (Urgencia).- Propuesta de la Al-caldía-Presidencia relativa a la MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE CARGOS DE LA COR-PORACIÓN QUE LO DESEMPEÑARÁN EN RÉ-GIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PAR-CIAL.

A continuación, por el Alcalde-Presidente, se pro-cede a justificar la necesidad de tratar el presente asunto incluido en el orden del día sin dictaminar por la correspondiente Comisión Informativa y con el voto favorable de los miembros del Grupo Munici-pal Socialista, don Juan José Dorta Álvarez, don Ma-ximino Fuentes Pérez, doña Carmen Casilda Her-nández Martín, don Ramón Jesús Socas Luis, don Bernardo Martín Socas, doña Ana María Pérez Dí-az, doña Elena Fajardo Ocón, don Jesús Manuel Ro-lo Rodríguez, don Luciano López Estévez, doña Can-delaria Coromoto Gutiérrez Alonso y don José Alberto Ruiz Guzmán, y el voto en contra de los miembros del Grupo Municipal de Coalición Canaria, don Die-go Silvestre Afonso Guillermo, don Francisco Javier González Díaz, doña Mª del Carmen Domínguez González, don Francisco José Rivero Martín, doña Mª Mercedes Vera León, don Faustino José Estévez González, don Constantino Luis González y doña Yurena León García y del Grupo Municipal Mixto, doña Mª Isabel García Luis, es decir, con la mayo-ría señalada en el artículo 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ratificó la inclusión del asunto en el orden del día de la presente sesión ple-naria y se pasó a tratar el asunto.

Se conoce la propuesta que suscribe el Sr. Alcal-de-Presidente, que consta en el expediente, y que en su parte expositiva señala lo siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el artícu-lo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se formula la presen-te propuesta de modificación de la relación de car-gos de la Corporación que desempeñarán sus fun-ciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial, y por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad, las cuales no superan las determinaciones del Presupuesto vigen-te.

Las variaciones que se producen en la relación de cargos con dedicación exclusiva o parcial es la si-guiente:

a).- Se delega en la Concejalía Delegada del Área de Obras, Servicios, Patrimonio, Plan de Barrios, De-portes y Señalización Viaria las competencias rela-tivas a Tráfico y Policía Local y se propone se de-sempeñe en régimen de dedicación exclusiva.

b).- Se delega en la Concejalía Delegada del Área de Hacienda, Desarrollo Económico, Comercio, Es-tadística, e Innovación Tecnológica las competencias relativas a Mercado Municipal y se avocan las com-Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14713

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petencias relativas a Empleo. Se propone se desem-peñe en régimen de dedicación exclusiva.

c).- Se delega en la Concejalía Delegada del Área de Recursos Humanos y Régimen Jurídico las com-petencias relativas a Empleo y Relaciones Institu-cionales y se avocan las competencias relativas a Po-licía Local y Tráfico. Se propone se desempeñe en régimen de dedicación exclusiva.

d).- Se delega en la Concejalía Delegada del Área de Educación, Turismo, Consumo, Sanidad, Ecolo-gía y Medio Ambiente las competencias relativas a Cultura.

e).- Se delega en la Concejalía Delegada del Área de Juventud, Ocio y Tiempo Libre las competencias relativas a Fiestas, Playas, Costas y Pesca. Se pro-pone su dedicación en régimen parcial.

f).- Se delegan en la Concejalía del Área de Plan de Embellecimiento, Plan de Fachadas, Jardines y Parque Móvil Municipal, las competencias en mate-ria de Urbanismo, Actividades y Patrimonio Histó-rico. Se propone se desempeñe en régimen de dedi-cación exclusiva.

g).- Se mantienen las competencias delegadas en la Concejalía Delegada Genérica del Área de Servi-cios a las Personas y Política de Igualdad, Menor, Fa-milia, Mujer, en el Concejal Delegado del Área de Empresa Municipal, Aguas, Vivienda, Limpieza Via-ria y Recogida de Residuos Sólidos y en el Concejal Delegado Específico del Área de Agricultura y Plan de Medianías.

h).- No se modifican las retribuciones a percibir por la dedicación exclusiva o parcial de los cargos, habiendose incluido el incremento del I.P.C. corres-pondientes al año 2004.

Abierto el turno de intervenciones.

Cerrado el turno de intervenciones, y sometida a votación la propuesta de acuerdo suscrita por el Sr. Alcalde-Presidente, y se obtiene el siguiente resul-tado:

Votan a favor: los miembros del grupo municipal Partido Socialista Obrero Español, don Juan José Dorta Álvarez, don Maximino Fuentes Pérez, doña Carmen Casilda Hernández Martín, don Ramón Je-sús Socas Luis, don Bernardo Martín Socas, doña

Ana María Pérez Díaz, doña Elena Fajardo Ocón, don Jesús Manuel Rolo Rodríguez, don Luciano Ló-pez Estévez, doña Candelaria Coromoto Gutiérrez Alonso y don José Alberto Ruiz Guzmán.

Votan en contra: los miembros del grupo Coalición Canaria, don Diego Silvestre Afonso Guillermo, don Francisco Javier González Díaz, doña Mª del Car-men Domínguez González, don Francisco José Ri-vero Martín, doña Mª Mercedes Vera León, don Faus-tino José Estévez González, don ConstanFaus-tino Luis González y doña Yurena León García y por el grupo municipal Mixto, doña Mª Isabel García Luis.

Se abstienen: ninguno.

En consecuencia, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del nú-mero de miembros que de hecho y de derecho forma la Corporación, acuerda:

Primero.- Modificar el acuerdo plenario adoptado el día 25 de junio de 2003 relativo a la determina-ción de la reladetermina-ción de cargos de la Corporadetermina-ción que se desempeñarán en régimen de dedicación exclusi-va o parcial, y por tanto, con derecho a retribución, en el sentido que se indica a a continuación: 14714 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004

CARGO DEDICACION RETRIBUCIÓN

BRUTA ANUAL

ALCALDE-PRESIDENTE EXCLUSIVA 53.887,54 €

CONCEJAL DELEGADO GENÉRICO DEL ÁREA DE HACIENDA, DESARROLLO ECONÓMICO, COMERCIO, MERCADO MUNICIPAL, ESTADÍSTICA E INNOVACIÓN TECNOLOGICA.

EXCLUSIVA 28.531,44 €

CONCEJALA DELEGADA GENÉRICA

DEL ÁREA DE RECURSOS

HUMANOS, RÉGIMEN JURÍDICO,

EMPLEO Y RELACIONES

INSTITUCIONALES.

EXCLUSIVA 28.531,44 €

CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA

DE OBRAS, SERVICIOS,

PATRIMONIO, PLAN DE BARRIOS, DEPORTES, POLICÍA LOCAL Y TRÁFICO.

EXCLUSIVA 37.865,52 €

CONCEJALA DELEGADA GENÉRICA DEL ÁREA DE FIESTAS, JUVENTUD, OCIO , TIEMPO LIBRE, PLAYAS, COSTAS Y PESCA.

PARCIAL. 17.678,64 €

CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE URBANISMO, ACTIVIDADES, PATRIMONIO HISTÓRICO, PLAN DE EMBELLECIMIENTO, PLAN DE FACHADAS, JARDINES Y PARQUE MÓVIL MUNICIPAL.

EXCLUSIVA 28.531,44 €

CONCEJALA DELEGADA GENÉRICA DEL ÁREA DE SERVICIOS A LAS PERSONAS Y POLÍTICA DE IGUALDAD, MENOR, FAMILIA, MUJER.

(39)

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Ré-gimen Jurídico de las Corporaciones Locales el nom-bramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos sólo supondrá la aplicación del régi-men de dedicación exclusiva si es aceptado expre-samente por aquel, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión or-dinaria.

Tercero.- El régimen de dedicación mínima nece-saria para la percepción de las retribuciones estable-cidas a la Concejalía que desempeñará su cargo en régimen de dedicación parcial es de cuatro horas y treinta minutos diarios.

Cuarto.- Publicar íntegramente en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, así como fijar en el tablón de anuncios de la Corporación el presente acuerdo.

Se advierte, a efectos de lo dispuesto en el art.145 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas de Canarias, que la presente certificación se extiende antes de ha-ber sido aprobada el acta de la sesión que contiene dicho acuerdo, y por lo tanto, a reserva de los térmi-nos que resulten de la aprobación del acta corres-pondiente”.

Y para que conste, expido la presente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en la ciudad de Icod de los Vinos, a 20 de setiembre de 2004.

V.º B.º: el Alcalde, Juan José Dorta Álvarez.

A N U N C I O

15220 8525

A los efectos previstos en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se procede a publicar el conte-nido íntegro del acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión extraordinaria ce-lebrada el día 18 de setiembre de 2004:

“Decreto.- Una vez constituida la Corporación Mu-nicipal surgida de las Elecciones Locales celebradas el día 25 de mayo de 2003 se procedió a establecer, mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de junio de 2003, la estructuración de los órganos de gobierno del Ayuntamiento.

Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fe-cha 17 de junio de 2004, y al objeto de agilizar la tra-mitación administrativa de los distintos expedientes,

se realizaron determinadas modificaciones en el con-tenido del mismo.

Se considera preciso INTRODUCIR MODIFICA-CIONES EN LA CONFIGURACIÓN DE LAS DE-LEGACIONES GENÉRICAS, motivado por una nueva redistribución de competencias por áreas ho-mogéneas, por el estado de tramitación del Plan Ge-neral de Ordenación y su posterior ejecución que de-termina la necesidad de delegar las competencias que ostenta esta Alcaldía en materia de Urbanismo, Ac-tividades y Patrimonio Histórico, así como por la vo-luntad manifestada por la Concejala Delegada Ge-nérica del Área de Cultura, Fiestas, Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana, de incor-porarse a su puesto de trabajo como docente lo que impide el ejercicio efectivo de la delegación de com-petencias genérica efectuada a su favor mediante la Resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de junio de 2003.

Considerando.- Lo dispuesto en los artículos 20, 21.3, 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regulado-ra de las Bases del Régimen Local, artículos 61 y 76 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas de Canarias, y concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entida-des Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, y demás disposiciones de ge-neral aplicación.

Dispongo.- Primero.- Modificar las Resoluciones de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de junio de 2003 y 17 de junio de 2004, otorgando nuevas De-legaciones Genéricas por Áreas, y/o reajustando las materias comprendidas en cada una de ellas, las cua-les serán desempeñadas por los siguientes Conceja-les:

DON RAMÓN JESÚS SOCAS LUIS, ostentará la condición de Concejal Delegado Genérico del Área de Hacienda, Desarrollo Económico, Comercio, Mer-cado Municipal, Estadística e Innovación Tecnoló-gica.

DON JESÚS MANUEL ROLO RODRÍGUEZ, os-tentará la condición de Concejal Delegado Genérico del Área de Educación, Cultura, Turismo, Consumo, Sanidad, Ecología, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

DOÑA CARMEN CASILDA HERNÁNDEZ MAR-TÍN, Concejala Delegada Genérica del Área de cursos Humanos, Régimen Jurídico, Empleo y Re-laciones Institucionales.

DON MAXIMINO FUENTES PÉREZ, ostentará la condición de Concejal Delegado del Área de Obras, Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14715

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Servicios, Patrimonio, Plan de Barrios, Deportes, Po-licía Local y Tráfico.

DOÑA CANDELARIA COROMOTO GUTIÉ-RREZ AFONSO, ostentará la condición de Conce-jala Delegada Genérica del Área de Fiestas, Juven-tud, Ocio, Tiempo Libre, Playas, Costas y Pesca.

DON JOSÉ ALBERTO RUIZ GUZMÁN, osten-tará la condición de Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Actividades, Patrimonio Histórico, Plan de Embellecimiento, Plan de Fachadas, Jardines y Parque de Vehículos del Ayuntamiento.

DOÑA ELENA FAJARDO OCÓN, ostentará la condición de Concejala Delegada Genérica del Área de Participación Ciudadana y Bibliotecas.

Segundo.- En la medida en que no se modifican las materias comprendidas dentro de sus respectivas áreas, se ratifica, con efectos de esta misma fecha, los nom-bramientos realizados por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de junio de 2003, y por la que se confirieron Delegaciones Genéricas por Áreas, a fa-vor de los Concejales que se dirán, al sólo efecto de uni-ficar la fecha de referencia de la Resolución por la que se confieren las nuevas delegaciones y que deberá cons-tar en las Resoluciones que se dicten por delegación, sin perjuicio de la efectividad de la misma desde el día de su primer otorgamiento, el día 20 de junio de 2003:

DON BERNARDO MARTÍN SOCAS, ostenta la condición de Concejal Delegado Genérico del Área de Empresa Municipal, Aguas, Vivienda, Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Sólidos.

DOÑA ANA MARÍA PÉREZ DÍAZ, ostenta la condición de Concejala Delegada Genérica del Área de Servicios a las Personas y Política de Igualdad, Menor, Familia, Mujer.

Tercero.- Las Delegaciones Genéricas conferidas abarcan la facultad de dirigir y gestionar los servi-cios comprendidos en cada área, así como la facul-tad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, y en concreto, se delegan las si-guientes competencias:

a) Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos dentro del área de su competencia, y sancionar las faltas por infracciones a las mismas, salvo en los ca-sos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. b) Dirigir e inspeccionar obras o servicios dentro del área que tiene asignada.

c) Vigilar y hacer cumplir las directrices, acuerdos o resoluciones del Excmo. Ayuntamiento Pleno, Al-calde-Presidente o Junta de Gobierno Local.

d) Presidir las mesas de contratación de las subas-tas, concurso, procedimiento negociado para la con-tratación de ejecución de obras, servicios y suminis-tros, enajenaciones, arrendamientos, obras, servicios y suministros, concesiones administrativas, dentro del área de su competencia.

e) Ejercer la dirección del personal adscrito al área que tiene asignada, en cuanto al funcionamiento de la misma.

f) Formular propuestas a la Alcaldía sobre asuntos del área de su competencia, que hayan de ser some-tidos a la consideración de la Junta de Gobierno Lo-cal.

g) Formular propuestas a la Alcaldía en aquellos asuntos que estime conveniente, con objeto de que se emita el oportuno informe por la Junta de Gobierno Local.

h) Proponer a la Alcaldía-Presidencia la inclusión de aquellos asuntos que deben ser conocidos por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, previo informe de la Comisión Informativa correspondiente.

i) Las contrataciones y concesiones de toda clase, de cuantía inferior a dieciocho mil (18.000) euros, incluidas las de carácter plurianual, que afecten al área específica objeto de delegación.

j) Proponer al órgano competente los gastos preci-sos, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto Ge-neral para su área.

k) Proponer al órgano competente la realización de las obras dimanantes del área que le está asignada.

l) Proponer, asimismo, al órgano competente, la adquisición de bienes, artículos y efectos que fueren precisos para su área.

ll) Conformar facturas y recibos que correspondan al área de su competencia, relativas a propuestas de gastos emanados de la misma en los casos en que no proceda, por la naturaleza del gasto, el recibí y con-forme que señala la regla 38 de la Instrucción de Con-tabilidad.

m) Dictar resoluciones que afecten a terceros en los asuntos o materias comprendidos en el área de su competencia y que no estén expresamente atribuidos al Excmo. Ayuntamiento Pleno o a la Junta de Go-bierno Local, o que tengan el carácter de indelega-bles, en virtud de disposición legal.

n) Aprobación de las liquidaciones de tributos y precios públicos que se practiquen por la Sección de Administración e Inspección Tributaria y Rentas, co-mo consecuencia de las licencias de todo tipo que ca-da Concejal Delegado otorgue.

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o) El Alcalde conservará la competencia relativa a la suscripción de todo tipo de contratos.

p) Las relaciones con las Entidades, organismos e instituciones públicas con relación a los asuntos del área de su competencia.

Cuarto.- Modificar la Resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de junio de 2003 y 17 de junio de 2004, atribuyendo de forma específica al Concejal Dele-gado del Área de Hacienda, Desarrollo Económico, Comercio, Mercado Municipal, Estadística e Inno-vación Tecnológica, las siguientes competencias:

1) Las competencias sobre el ejercicio de las tareas desarrolladas por los Servicios de Intervención y Te-sorería y Sección de Administración Tributaria y Ren-tas, conforme a la Relación de Puestos de Trabajo de la Corporación.

2) El desarrollo de la gestión económica de acuer-do con el Presupuesto aprobaacuer-do y rendir cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en cada ejercicio económico, así como las labores de ins-pección fiscal.

3) La autorización, disposición y ordenación de gastos, por importe inferior a dieciocho mil (18.000) euros, autorizar los documentos que impliquen fmalización de ingresos en Tesorería, así como la or-denación de los pagos que se efectúen con cargo a la Tesorería Municipal.

4) La competencia sobre el ejercicio de las fun-ciones desarrolladas por el la dependencia de esta-dística correspondiente a la sección primera de la Re-lación de Puestos de Trabajo de la Corporación.

5) Las competencias que ostenta este Excmo. Ayun-tamiento en materia de Comercio y Mercado Muni-cipal.

6) La gestión de todas las competencias de la Uni-dad de Proceso de Datos.

Quinto.- Modificar la Resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de junio de 2003 y atribuir de forma es-pecífica al Concejal Delegado del Área de Educa-ción, Cultura, Turismo, Consumo, Sanidad, Ecolo-gía, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, las siguientes competencias:

a) La competencia sobre el ejercicio de las funcio-nes desarrolladas por el la Sección de Servicios So-cioculturales, en cuanto a Educación, es decir:

La tramitación de cualquier asunto relativo a los Centros Escolares Públicos de este término munici-pal.

Estudios de las necesidades sobre puestos escola-res y docencia en general del municipio y creación

de nuevos centros escolares o ampliación y reforma de los existentes.

Relaciones con el Ministerio de Educación. Relaciones con la Consejería de Educación del Go-bierno de Canarias.

Becas, ayudas, préstamos.

Junta Municipal de Educación y Consejo Escolar Municipal.

Oficina de Información al Consumidor. Consumo.

b) La competencia sobre el ejercicio de las fun-ciones desarrolladas por la Sección de Obras, Servi-cios, Patrimonio y Contratación, en cuanto a Sani-dad, es decir:

Tramitación de cualquier asunto o materia relati-vos a los Centros Sanitarios y que específicamente no competen a otras unidades administrativas.

Consejo Municipal de Sanidad. Desinfección y desinsectación. Vacunación y recogida de perros. Campaña de desratización.

Salubridad de locales de negocios y viviendas, vías públicas y barrancos.

Limpieza de pozos absorbentes.

Los incoados en virtud de petición de informes de otras Administraciones sobre condiciones sanitarias de establecimientos.

Sanidad veterinaria.

c) La protección, conservación y mejora del Me-dio Ambiente.

Contaminación de las aguas superficiales y subte-rráneas y zonas húmedas o problemas derivados de ellas.

Graves deterioros y contaminación del litoral y de las aguas marítimas costeras, de sus recursos natu-rales, así como de la riqueza paisajística y estética.

La contaminación atmosférica de origen industrial o urbano.

Casos graves de contaminación por ruidos, radia-ciones y otros supuestos equiparables.

(42)

Atentados contra el medio natural y de la riqueza faunística, de la flora, del paisaje, con atención es-pecial a los espacios naturales protegidos o protegi-bles.

Expedientes que se tramiten como consecuencia de infracciones por ruidos, vibraciones, etc.

d) El diseño y ejecución de la política municipal en materia turística.

Promoción y desarrollo turístico del municipio. e) La competencia sobre el ejercicio de las funcio-nes desarrolladas por la Sección de Servicios Socio-culturales, en cuanto a Cultura, es decir:

Organización y promoción de la actividad cultural en este término municipal.

Asuntos relacionados con Museos. Creación de monumentos artísticos.

Institución de premios a la creación artística y li-teraria y los concursos para otorgarlos.

Relaciones con el Ministerio de Cultura, Conseje-ría de Cultura del Gobierno de Canarias, Cabildo In-sular de Tenerife e Instituciones Culturales.

Publicaciones.

Sexto.- En la medida en que no se modifican las materias comprendidas dentro de su respectiva área, se ratifica con efectos de esta misma fecha la Reso-lución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de ju-nio de 2003, por la que se delegaron competencias a favor de la Concejala Delegada de Servicios a las Personas y Política de Igualdad, Menor, Familia, Mu-jer, al solo objeto de unificar la fecha de referencia de la Resolución por al que se confieren las nuevas delegaciones y que deberá constar en las Resolucio-nes que se dicten por delegación, sin perjuicio de la efectividad de la misma desde el día de su primer otorgamiento el veinte de junio de dos mil tres, es decir:

Las competencia sobre el ejercicio de las funcio-nes desarrolladas por:

La Sección Tercera de Servicios Socio-Culturales y que no correspondan a otra Concejalía Delegada, y en concreto se delegan las siguientes competen-cias:

Diseño y ejecución de programas de intervención comunitaria desde la perspectiva psicológica y que son:

Talleres ocupacionales para minusválidos psíqui-cos adultos (chipsíqui-cos/as mayores de 16 años).

Salud Comunitaria-Drogodependencia. Escuela municipal de padres.

Ayudas económicas y/o especiales por circunstan-cias de índole socio-económicos a:

3ª Edad. Minusválidos.

Tramitación de ayudas, prestaciones y/o pensiones asistenciales o no contributivas a minusválidos y 3ª edad.

Cobertura sanitaria. Emergencia social.

Pensiones no contributivas.

Pensiones del fondo de asistencia social.

Ayudas económicas individuales de la Dirección General de Servicios Sociales para 3ª edad y minus-válidos.

Tramitación de prestaciones de asistencia hospita-laria, liquidación de las asistencias en Centros Hos-pitalarios.

Servicios de prevención de la delincuencia, pros-titución, prevención contra las drogas.

Fomento de estas actividades cuando fueren reali-zadas por otros entes o particulares.

Asistencia a la 3ª edad.

Centros de alfabetización de adultos.

Centros de incapacitados físicos, psíquicos y sen-soriales.

Centro de enfermos crónicos.

Centros de rehabilitación para alcohólicos y toxi-cómanos.

Relaciones con Asociaciones de carácter humani-tario.

Centro de Servicios Sociales.

Recibir información a través de distintos entes in-sulares, autonómicos, estatales o europeos y difusión de la información de interés a través de diferentes puntos de difusión local.

Tramitación de la Bolsa de Parados del Servicio Doméstico.

(43)

Asistencia a la infancia y a la juventud.

Creación y dotación de establecimientos guarde-rías y fomento de los entes y particulares que reali-cen esta actividad.

Protección de menores, creación de hogares fun-cionales, centro de rehabilitación de menores.

Tramitación de documentos relacionados con sub-sidio familiar, plus familiar, familias numerosas, li-bro de familia, prestaciones de seguros sociales.

Diseño y ejecución de programas de intervención comunitaria desde la perspectiva psicológica y que son:

Estimulación precoz. Atención niños/as de 0-6 años con problemas en su desarrollo (Motrices, visuales, auditivos, parálisis, autismo, etc.).

Ayudas económicas y/o especiales por circunstan-cias de índole socio-económicos a:

Familias. Menores.

Ayudas y subvenciones de la Dirección General de Protección al Menor y la Familia.

Organización y gestión de programas de acción so-cial para mujeres.

Asistencia a la mujer:

Planificación familiar, orientación y consulta con personal especializado, promoción de la mujer me-diante creación de centros de formación y asesora-miento.

Séptimo.- Modificar la Resolución de esta Alcal-día de fecha 20 de junio de 2003 y 17 de junio de 2004, atribuyendo de forma específica a la Conceja-la Delegada del Área de Recursos Humanos, Régi-men Jurídico, Empleo y Relaciones Institucionales, las siguientes competencias:

Se delega la competencia sobre el ejercicio de las funciones desarrolladas por la Sección Primera, Ofi-cina de Ventanilla Única, Archivo Municipal, Uni-dad de Subalternos y sobre el ejercicio de las fun-ciones desarrolladas por la Sección de Personal, asignadas en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento, es decir:

Expedientes sobre estadísticas y encuestas intere-sadas por la Dirección General de Administración Local, y por Organismos o Entidades Locales y Au-tonómicas.

Denominación de calles. La demarcación territorial.

Agrupaciones, Consorcios y Mancomunidades. Registro de Asociaciones.

El archivo general.

Dirección, inspección y control de todas las tareas desarrolladas por el personal subalterno que trabaja en oficinas municipales.

Oferta de Empleo Público.

Plantilla, escalafones y sus modificaciones. Relación de puestos de trabajo y provisión. Oposiciones, concursos y nombramientos. Licencias y plan de vacaciones anuales.

Variaciones de haberes y demás emolumentos así como anticipos reintegrables.

Trienios, dietas y complementos en sus diversas modalidades.

Control de la asistencia y permanencia del perso-nal propio de la Corporación.

Relaciones con la Seguridad Social:

Expediente de jubilación por edad, invalidez y vo-luntaria.

Prestaciones de natalidad, nupcialidad y socorros por gastos de sepelio.

Haberes pasivos devengados y no percibidos. Boletines de liquidación mensual.

En general, cualquier asunto relacionado con la Se-guridad Social.

Asistencia médico farmacéutica al personal fun-cionario y clases pasivas:

Expedientes de peticiones de ayudas económicas por gastos de enfermedad.

Contratación y relación con los facultativos y Cen-tros que presten asistencia médica a los funcionarios. Cualquier asunto relacionado con la asistencia mé-dica a funcionarios y clases pasivas.

Prestaciones auxiliares y generales.

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Plantillas de personal laboral.

Excedencias, reintegros y bajas definitivas. Altas y Bajas en la Seguridad Social. Relaciones de cotizaciones.

Boletines de liquidación. Personal contratado.

Fichero de personal laboral y contratado.

Control de la asistencia y permanencia del perso-nal.

Prestaciones y auxilios generales. Personal eventual.

Gestión de Nóminas del Personal.

Gestión de Nóminas miembros de la Corporación. La gestión de todo el personal, salvo las atribuidas al Excmo. Ayuntamiento Pleno y las que por su na-turaleza tengan el carácter de indelegables.

La información al público, que se canalizará a tra-vés de la Oficina de Ventanilla Única.

Relaciones con la Administración de Justicia, así como la comparecencia ante los Juzgados y Tribu-nales de Justicia, para cumplimentar algún trámite, retirar o aportar documentos, recibir y cumplimen-tar notificaciones y requerimientos, etc., en los ex-pedientes, recursos, juicios, etc., en los que sea par-te espar-te Excmo. Ayuntamiento.

Nombramiento de abogados y procuradores. Seguimiento de los expedientes en vía contencio-sa.

Remisión y recepción de expedientes a y de Tri-bunales y Juzgados.

Expedientes relativos a la solicitud de información de todo tipo por los miembros de la Corporación.

b) Las competencias en materia de Empleo atri-buidas a la Unidad de Asistencia Sociolaboral de es-te Excmo. Ayuntamiento.

La orientación a empresas o futuros empresarios en subvenciones, contrataciones, observatorio de mer-cado, etc.

Gestión y ejecución de cursos de formación ocu-pacional o no, de la Consejería de Trabajo, INEM, u otras Consejerías o entes.

Tramitación de expedientes de homologación de cursos de formación ocupacional.

Tramitación de los expedientes para Cursos de For-mación Ocupacional, Escuelas-Taller y Casas de Ofi-cio, etc.

c) Relaciones con otras Administraciones Públicas e Instituciones.

No obstante, esta Alcaldía conservará competen-cias sobre las siguientes materias:

Honores y distinciones. Actos Institucionales.

Expedientes de constitución y renovación del Ayun-tamiento: constitución de Comisiones y sus modifi-caciones, representación municipal en otros orga-nismos, delegaciones.

Expedición de certificaciones acreditativas de la cualidad de miembros de la Corporación.

Expedientes relativos al nombramiento de conce-jales en todos sus trámites, desde la declaración de vacantes a la toma de posesión.

Expedientes sobre asignación de miembros de la Corporación a determinadas Comisiones o trabajos concretos.

Expedientes personales de los miembros de la Cor-poración.

Expedientes sobre ausencias de los miembros de la Corporación del término municipal por asuntos particulares.

Ordenanzas, reglamentos y bandos municipales. Octavo.- Modificar la Resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de junio de 2003 atribuyendo de forma específica al Concejal Delegado del Área de Obras, Servicios, Patrimonio, Plan de Barrios, Deportes, Po-licía y Tráfico, las siguientes competencias.

a) La tramitación de cualquier asunto o materia que corresponda a la Sección de Obras, Servicios, Patri-monio y Contratación y que específicamente no com-peten a otros negociados, unidades o servicios, en lo que respecta a obras, siempre que por razón de su cuantía, no supere los dieciocho mil euros, ambos in-clusive, es decir:

Contratación Administrativa de obras, y concesión administrativa de obra pública.

Pliego de condiciones. Concursos.

(45)

Subastas.

Procedimiento negociado.

Adjudicaciones provisionales, definitivas. Fianzas por contratistas. Constitución y devolu-ción.

Formalización de contratos.

Rescisión, resolución y denuncia de contratos. Cumplimiento de recepción provisional y definiti-va.

Certificaciones de obras que se expidan.

Responsabilidades derivadas de la contratación ad-ministrativa por razón de obras municipales.

Ejecución de obras mediante convenios de cola-boración con otras Administraciones Públicas y, en su caso, justificación de las subvenciones que se con-cedan.

Ejecución de obras municipales mediante admi-nistración directa.

Redacción de planos de proyectos de iniciativa mu-nicipal.

Dirección de las obras anteriores y expedición de las certificaciones de obras que se produzcan, y pro-poner las modificaciones o reformas que se requie-ran para la ejecución de las obras.

Planes y proyectos de iniciativa particular. Inspección de la ejecución de planes y proyectos. Obras por administración, compra de materiales y su justificación.

Dirección de las obras a que se refiere la redacción de planes y proyectos de urbanización de iniciativa municipal, así como cualquier instrumento de pla-neamiento.

Dirección de las obras municipales, comprensivas de replanteo, de actas del mismo, inspección de ma-teriales, controlar las instalaciones provisionales, los medios auxiliares de la construcción y los sistemas de protección exigiendo el cumplimiento de las dis-posiciones vigentes sobre seguridad e higiene en el trabajo, ordenar la elaboración y puesta en obra de cada una de sus unidades, comprobando las dimen-siones y correcta disposición de los elementos cons-tructivos, medir las unidades de obras ejecutadas y confeccionar las relaciones valoradas de las mismas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el pro-yecto y documentación que las define, y las

relacio-nes cuantitativas de los materiales a emplear en obra, suscribir certificaciones de obras y actas de recep-ción provisional y definitiva, así como todas las ac-tuaciones que estime necesarias para la mejor direc-ción de la obra entre las que están el proponer las modificaciones o reformas que se requieran para la ejecución de la obra.

Cuidado y conservación de edificios municipales, así como realización de las obras, proyectos de re-paraciones, de reforma y ampliación.

Cuidado y conservación de vías, comprensivo de su estado, medición y valoración de daños, presu-puestos de reparación.

Obras de administración en edificios municipales y vías públicas, compra de materiales y posterior jus-tificación.

Traslado de oficinas.

Gestión y dirección del Personal del Parque Móvil que realicen los trabajos relacionados con el área que se delega.

Expedientes de modificación y señalización de trá-fico.

Vados, aparcamiento exclusivo.

Licencias señalización de vías de entrada de ca-rruaje.

Reservas de estacionamiento.

La formación del inventario y su rectificación anual. La inscripción en el Registro de la Propiedad de sus bienes inmuebles y derechos reales.

Liberación y cancelación de las cargas que los gra-ven.

Los expedientes de deslinde, reivindicación y de-fensa de sus bienes.

Los de alteración de la calificación jurídica de los mismos.

Los que tengan por objeto la utilización de los bie-nes de dominio público y de los patrimoniales y la enajenación de los segundos.

Los originados por desperfectos causados en bie-nes e instalaciobie-nes municipales.

Altas y bajas de Contribuciones y pago de seguros así como toda clase de diligencias en Organismos Oficiales con ocasión de propiedades municipales. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 147, martes 19 de octubre de 2004 14721

(46)

Enajenación (cesiones, ventas de bienes munici-pales).

La tramitación de todos los expedientes que ten-gan por objeto la contratación de gestión de servi-cios públicos municipales, suministro y demás ad-quisiciones de bienes muebles e inmuebles.

Aquellos contratos o negocios jurídicos que se re-gulen por normas específicas.

La formación del inventario y su rectificación anual. La inscripción en el Registro de la Propiedad de sus bienes inmuebles y derechos reales.

Liberación y cancelación de las cargas que los gra-ven.

Los expedientes de deslinde, reivindicación y de-fensa de sus bienes.

Los de alteración de la calificación jurídica de los mismos.

Los que tengan por objeto la utilización de los bie-nes de dominio público y de los patrimoniales y la enajenación de los segundos.

Los originados por desperfectos causados en bie-nes e instalaciobie-nes municipales.

Altas y bajas de Contribuciones y pago de seguros así como toda clase de diligencias en Organismos Oficiales con ocasión de propiedades municipales.

Enajenación (cesiones, ventas de bienes munici-pales).

La tramitación de todos los expedientes que ten-gan por objeto la contratación de gestión de servi-cios públicos municipales, suministro y demás ad-quisiciones de bienes muebles e inmuebles.

Aquellos contratos o negocios jurídicos que se re-gulen por normas específicas.

b) Las tareas asignadas a la Sección de Servicios Socio-Culturales, en cuanto a Deportes:

Formular borrador de presupuesto del Área de De-portes.

Formular borrador de presupuesto de las activida-des deportivas a activida-desarrollar durante cada ejercicio económico, con la antelación suficiente a la aproba-ción del Presupuesto General de la Entidad para el año correspondiente.

Propuesta sobre los recursos humanos necesarios para asegurar el normal desarrollo y mantenimiento de las diferentes actividades deportivas municipales.

Propuesta sobre Organización y programación de las diferentes actividades y servicios que se prestan en el área, controlando la normal ejecución de los programas o proyectos aprobados.

Coordinar las necesidades de material precisas pa-ra el normal desarrollo de las actividades, dando las instrucciones oportunas a los encargados de las ins-talaciones.

Propuesta sobre fijación de los horarios para la uti-lización de las diferentes instalaciones deportivas municipales.

Propuesta al objeto de la concesión de autoriza-ciones para el uso de las instalaautoriza-ciones deportivas mu-nicipales, previa satisfacción a la Hacienda Local de los derechos económicos previstos en la correspon-diente Ordenanza.

Vigilar el estricto cumplimiento de las normas vi-gentes dentro de las instalaciones, poniendo en co-nocimiento de la Alcaldía-Presidencia o del Conce-jal Delegado para la Policía Local de acontecimientos que por sus características o circunstancias especia-les hagan aconsejable la adopción de las medidas de prevención y vigilancia que fueren precisas.

Elaboración de proyectos en materia deportiva que deban financiarse con cargo a fondos propios de la Corporación, o en virtud de los cuales se solicite sub-vención a una Administración Pública distinta de la Municipal.

Piscina municipal, respecto de la tramitación de cualquier asunto o materia relativos al servicio de re-ferencia y que específicamente no competen a otros negociados, unidades o servicios.

c) Respecto al Servicio de Cementerio: Inhumaciones y reinhumaciones.

Cesiones temporales de nichos-sepulcros.

Licencias para colocación de atributos en nichos, sepulcros, bóvedas y otras obras.

Adjudicaciones a perpetuidad de nichos de restos (citaciones a los interesados, apertura de expedien-tes, cambios de titularidad, etc.).

Adjudicaciones a perpetuidad de nicho de restos. Autorizaciones para el traslado de restos mortales dentro del propio cementerio, en éste procedentes de otro y a otros procedentes del mismo.

Emisión de informes (titularidad, fechas de inhu-maciones, traslados, etc.).

(47)

d) Alumbrado Público.- Tramitación de cualquier asunto o materia relativos al servicio de Alumbrado Público, y las incluidas en el anexo VIII del Perso-nal Laboral.

e) Gestión y dirección de la Policía Local.

• Resolver los expedientes sancionadores por in-fracción de la normativa vigente en materia de Trá-fico y Seguridad Vial.

• Resolver los expedientes que se tramiten por el empleo del servicio de grúa para la retirada de ve-hículos de la vía pública.

• Resolver los expedientes que se tramiten por la utilización indebida de la zona de estacionamiento regulada por parquímetro.

• En general, la tramitación de los expedientes que guarden relación con el servicio de la Policía Local y todos aquellos otros que, no estando comprendi-dos en los casos anteriores estén relacionacomprendi-dos con los servicios de policía, vigilancia, tráfico y transportes, orden público y otros de la misma naturaleza.

• Expedientes de imposición de sanciones como consecuencia de denuncias de servicio de Policía Lo-cal, que no sean referidas a infracciones por tráfico rodado.

• Expedientes sobre infracciones que hayan reque-rido el empleo de servicio de grúa para la retirada de vehículos de la vía pública.

• En general, la tramitación de los expedientes que guarden relación con el servicio de Policía Local y todos aquellos otros que, no estando comprendidos en los casos anteriores, estén relacionados con los servicios de policía, vigilancia, tráfico y transportes, orden público y otros de la misma naturaleza.

Noveno.- En la medida en que no se modifican las materias comprendidas dentro de su respectiva área, se ratifica con efectos de esta misma fecha la Reso-lución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de ju-nio de 2003, por la que se delegaron competencias a favor del Concejal Delegado del Área de Empresa Municipal, Aguas, Vivienda, Limpieza Viaria y Re-cogida de Residuos Sólidos, al solo objeto de unifi-car la fecha de referencia de la Resolución por al que se confieren las nuevas delegaciones y que deberá constar en las resoluciones que se dicten por

delega-ción, sin perjuicio de la efectividad de la misma des-de el día des-de su primer otorgamiento el veinte des-de ju-nio de dos mil tres, y que son las siguientes:

Las tareas asignadas a la Sección de Segunda en lo que respecta al Servicio de Aguas, Limpieza Viaria, Recogida de Residuos Sólidos, Recogida Selectiva de Residuos Sólidos y las incluidas en los anexos IV, V y VII del Personal Laboral de este Excmo. Ayun-tamiento.

Promoción y establecimiento de viviendas.

Plan Municipal de Viviendas.

Autoconstrucción.

Las competencias en relación con la Empresa Mu-nicipal de Turismo y Servicios ICODEM, S.A., y res-pecto a aquellas que se constituyan.

Décimo.- Modificar la Resolución de esta Alcal-día de fecha 20 de junio de 2003, atribuyendo a la Concejala Delegada del Área de Participación Ciu-dadana y Bibliotecas, las siguientes competencias:

Cuantas competencias ejerza este Excmo. Ayunta-miento en materia de Participación Ciudadana, y que no estén atribuidas, por norma legal o reglamentaria, a otro órgano municipal distinto, entre ellas:

Asociacionismo (trámites asociaciones, subven-ciones, etc.).

Consejos Sectoriales.

Asuntos relacionados con bibliotecas.

La Concejalía Delegada del Área de Participación Ciudadana y Bibliotecas conservará las competen-cias relativas a fiestas, en aquellas materias relativas a la organización, desarrollo y Celebración de las Fiestas del Cristo del año 2004, y durante el tiempo de celebración de las mismas.

Undécimo.- Modificar la Resolución de esta Al-caldía de fecha 20 de junio de 2003 y atribuyendo a la Concejala Delegada del Área de Fiestas, Juven-tud, Ocio, Tiempo Libre, Playas, Costas y Pesca, las siguientes competencias:

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