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SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TERRAZA DE VERANO

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AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN – C/ Santo Domingo, 1 - 13600 - ALCAZAR DE SAN JUAN (C. Real) Tel. 926 57 91 00 – [email protected]

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TERRAZA DE VERANO

Datos del interesado

Tipo de persona

Física Jurídica

Nombre y Apellidos/Razón Social NIF/CIF

Datos del representante

Tipo de persona

Física Jurídica

Nombre y Apellidos/Razón Social NIF/CIF

Datos a efectos de notificaciones

Medio de Notificación1

Notificación electrónica Notificación postal

Dirección

Código Postal Municipio Provincia

Teléfono Móvil Fax Correo electrónico

Objeto de la solicitud

EXPONE

PRIMERO. Que es titular del establecimiento hostelero _______________ (denominación

comercial), sito en calle _____________________________________ nº _____, de esta población, que se dedica a ________________________ [ej.bar, restaurante, etc.], estando

1

Conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

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SEGUNDO. Que desea instalar sobre la vía pública una terraza con las siguientes características:

VELADOR (Se entiende como velador el conjunto formado por una mesa y hasta cuatro sillas. La dimensión de la mesa habrá de ser de 70 por 70 centímetros como máximo).

Cada velador podrá disponer de una sombrilla, entendida como tal el utensilio destinado a producir sombra consistente en un único pie derecho dotado de una base. Que soporta una lona o toldo extensible y plegable por la acción de unas varillas, de forma, función y mecánica similares a los de un paraguas. Cualquier otro objeto o instalación que no responda a las características indicadas, y en todo caso los que requieran algún tipo de anclaje fijado al suelo, no será considera como tal y quedará sometido a la regulación establecida a continuación para los toldos, marquesinas o cerramientos.

TOLDO O MARQUESINA (Se considera toldo, marquesina, entoldado, pérgola, etc. aquella instalación fácilmente desmontable dotada de una cubierta para proteger del sol o de la lluvia, sin ningún tipo de cerramiento vertical (fijo o enrollable) anclado con soportes al suelo o a la fachada del establecimiento.

CERRAMIENTO (Se considera cerramiento aquella instalación que además de una cubierta dispone de uno o varios paramentos verticales (fijos o enrollables) destinados a cerrar la instalación de forma permanente o provisional como máximo por tres de sus caras.

Estos cerramientos precisarán, a lo sumo, obras puntuales de cimentación que en todo caso no sobresaldrán del terreno; estarán constituidos por elementos prefabricados, sin elaboración de materiales en obra ni empleo de soldaduras, y se montarán y se desmontarán mediante procesos secuenciales, pudiendo realizarse su levantamiento sin demolición, siendo el conjunto de sus elementos fácilmente transportable.

TERCERO. Que la superficie de terreno de dominio público que es necesario proceder a ocupar es

de ___________ m2. Según plano acotado, con definición exacta de su ubicación, distancia a fachada y bordillos, superficie a ocupar, número y colocación del mobiliario.

CUARTO. Que dicha ocupación desea realizarla en el período comprendido entre el

_______________ y el _______________.

PARA LA TEMPORADA DE VERANO (1 DE ABRIL A 31 DE OCTUBRE). ANUAL

QUINTO. Que el mobiliario a instalar es el siguiente:

— Mesas _______________ [n.º de mesas que se pretenden instalar]. — Sillas ________________ [n.º de sillas que se pretenden instalar].

— Mobiliario auxiliar: [indicar n.º y descripción del mobiliario, ej. sombrillas, maceteros, jardineras, caballitos, etc]. En caso de autorizarse los elementos indicados DECLARO que éstos elementos se encontrarán en el espacio de ocupación autorizado, no siendo causa de disminución del espacio destinado al tránsito peatonal.

SÉPTIMO. Que conforme a lo dispuesto en la Ordenanza reguladora de la Tasa nº 25 de este

Ayuntamiento de Ocupación de terrenos públicos o privados con terrazas y estructuras auxiliares, DECLARO:

- Que en todo momento quedará garantizado la accesibilidad del local principal, otros locales y entradas a fincas colindantes.

- Que conozco las obligaciones establecidas en el apartado III de la Ordenanza Municipal relativas a limpieza, seguridad y ornato; recogida diaria de residuos; obligación de instalar

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Se considera Zona A: Plaza de España, Pasaje Plaza de España, Plaza de Santa Quiteria, calles Emilio Castelar, Avda. Alvarez Guerra, Doctor Bonardell, Avda. Herencia, Alcalde Pedro Arias, Júpiter, Avda. Constitución, Los Angeles, Tomás Tapia, Juan Carlos I, Avda de los Institutos, Margarita Xirgu, María Zambrano, Maruja Mallo, Zenobia Camprubí, Emilia Pardo Bazán, Rigoberta Menchú,

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AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN – C/ Santo Domingo, 1 - 13600 - ALCAZAR DE SAN JUAN (C. Real) Tel. 926 57 91 00 – [email protected]

ceniceros (si se permite fumar en la terraza); prohibición de celebración de cualquier espectáculo, actuación musical, instalación de altavoces o cualquier otro aparato amplificador o reproductor de sonido o vibraciones acústicas.

- Que la autorización se concede con carácter personal e instransferible, estando prohibido el subarriendo y su explotación por terceros.

- Que el horario de cierre de la terraza es el siguiente: a.- Domingo a Jueves: 1.30 h.

b.- Viernes: 2 h.

c.- Sábado y Víspera de Festivos: 3.00 h.

d.- Pub y similares instalados en la zona industrial: (Sólo en sábados y vísperas de festivos): 4 h.

En ningún caso, el horario de cierre de la terraza puede ser superior al horario de cierre del establecimiento a la que ha sido otorgada la licencia.

Se entiende como cierre la terraza completamente cerrada así como la recogida perfecta del mobiliario.

Por todo lo cual, SOLICITO que, previos los trámites oportunos, se le otorgue autorización para la ocupación de una superficie de __________ m2 en el establecimiento indicado en el apartado expositivo 1º para la instalación de una terraza o velador en los términos señalados anteriormente, presentando la siguiente documentación adjunta:

 Plano acotado con definición exacta de la ubicación de la terraza, distancia a fachada y bordillos, superficie a ocupar, número y colocación del mobiliario.

En el caso de solicitar la instalación de toldos, marquesinas o cerramientos:

Documento acreditativo de haber depositado fianza por importe de 10 € por metro cuadrado solicitado.

Cuando la terraza se vaya a instalar en terrenos privados de uso público: Autorización

de la Comunidad de Propietarios.

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS DEL SILENCIO

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con su solicitud de licencia de ocupación, se le comunica que el PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN de este procedimiento y para la notificación del acto que le ponga término es de un mes, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955. Transcurrido el plazo señalado sin que se haya dictado y notificado por la Administración la resolución correspondiente, el EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO será desestimatorio, en virtud del artículo 21.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

.

3

No obstante, el citado plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en los casos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3

Se entenderán desestimadas aquellas solicitudes de licencia o autorización por las que se transfieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o cuyo contenido sea contrario al Ordenamiento Jurídico.

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He sido informado de que el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan va a tratar y guardar los datos aportados en la

instancia y en la documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos.

Responsable

Ayuntamiento de Alcázar de San Juan

Datos de contacto del responsable

C/ Santo Domingo, 1. 13600 Alcázar de San Juan (Ciudad Real)

Tfno. 926 57 91 00. Email: [email protected]

Finalidad Principal

Tramitación, gestión de expediente administrativo de autorización

ocupación de terrenos con terrazas y estructuras auxiliares.

Legitimación

4

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el

ejercicio de poderes públicos otorgados a este Ayuntamiento.

Ley 39/2015, 1 octubre.

R.D.L. 2/2004, 5 marzo.

Ordenanza Tasa nº 25.

Destinatarios

Los datos se cederán a otras Administraciones Públicas. No hay

previsión de transferencias a terceros países.

Plazo de conservación

Ilimitado

Derechos

De conformidad con lo dispuesto en el art. 11 de la L.O. 3/2018, de 5 de

diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos digitales,

puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión,

limitación del tratamiento, notificación de rectificación o supresión de

datos personales o limitación del tratamiento, portabilidad de los datos,

oposición y decisiones individuales autorizadas

Información Adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección

de datos en la siguiente url www.alcazardesanjuan.es

4

En lo relativo a la legitimación para el tratamiento de los datos, se hace referencia a la base jurídica en la que se fundamente el tratamiento de los datos y que viene regulada en el artículo 6 del Reglamento(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en concordancia con los artículos 6, 7 y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con las siguientes posibilidades:

— Ejecución de un contrato.

— Cumplimiento de una obligación legal.

— Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos. — Interés legítimo del responsable o interés legítimo de un tercero. — Consentimiento del interesado.

La presente instancia fundamenta el tratamiento de los datos contenidos en ella, en el cumplimiento de misión realizada en interés

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AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN – C/ Santo Domingo, 1 - 13600 - ALCAZAR DE SAN JUAN (C. Real) Tel. 926 57 91 00 – [email protected]

FECHA Y FIRMA

Declaro bajo mi responsabilidad que los datos facilitados son ciertos.

Alcázar de San Juan, a ______ de _______________ de 20__. El solicitante o su representante legal,

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE

ALCÁZAR DE SAN JUAN.

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