• No se han encontrado resultados

Introducción Reglamento Para Operaciones Relevantes, Inusuales y Preocupantes

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Introducción Reglamento Para Operaciones Relevantes, Inusuales y Preocupantes"

Copied!
29
0
0

Texto completo

(1)

Introducci

Introducci

ó

ó

n

n

Reglamento Para Operaciones

Reglamento Para Operaciones

Relevantes, Inusuales y

Relevantes, Inusuales y

Preocupantes

Preocupantes

Detectar, Prevenir y

Detectar, Prevenir y

Evitar Realizar

Evitar Realizar

Operaciones con

Operaciones con

Recursos de

Recursos de

Procedencia Il

(2)

El contexto Global

El contexto Global

En Julio de 1989, durante la

En Julio de 1989, durante la

reuni

reuni

ó

ó

n de los siete pa

n de los siete pa

í

í

ses m

ses m

á

á

s

s

industrializados (G

industrializados (G

-

-

7) realizada en

7) realizada en

Par

Par

í

í

s, Francia, se crea el

s, Francia, se crea el

Grupo de Acci

Grupo de Acció

ón Financiera

n Financiera

GAFI/FATF

GAFI/FATF

Financial Action Task Force

Financial Action Task Force

En Abril de 1990, a menos de un

En Abril de 1990, a menos de un

a

a

ñ

ñ

o de su creaci

o de su creaci

ó

ó

n, emite su

n, emite su

primer reporte el cu

primer reporte el cu

á

á

l contiene 40

l contiene 40

recomendaciones que deben ser

recomendaciones que deben ser

adoptadas por los pa

(3)

40 Recomendaciones del

40 Recomendaciones del

GAFI/FATF

GAFI/FATF

Una copia de este reporte debe

Una copia de este reporte debe

estar disponible en cada sucursal

estar disponible en cada sucursal

de Compa

de Compa

ñí

ñí

a Internacional de

a Internacional de

Divisas, S.A. De C.V.

Divisas, S.A. De C.V.

Las 40 Recomendaciones

Las 40 Recomendaciones

constituyen el marco fundamental

constituyen el marco fundamental

de la lucha contra el lavado de

de la lucha contra el lavado de

dinero.

dinero.

Los pa

Los pa

í

í

ses miembros del

ses miembros del

GAFI/FATF est

GAFI/FATF est

á

á

n comprometidos a

n comprometidos a

aceptar la disciplina de estar

aceptar la disciplina de estar

sujetos a una vigilancia multilateral

sujetos a una vigilancia multilateral

y a evaluaciones mutuas.

(4)

CONTENIDO DE LAS 40 RECOMENDACIONES

CONTENIDO DE LAS 40 RECOMENDACIONES

S

S

istema Legal

istema Legal

Tipificaci

Tipificaci

ó

ó

n y sanci

n y sanci

ó

ó

n del delito de Lavado de Dinero

n del delito de Lavado de Dinero

(Recomendaciones 1

(Recomendaciones 1

-

-

3)

3)

Medidas preventivas

Medidas preventivas

Procedimientos que deben adoptar: Instituciones Financiera

Procedimientos que deben adoptar: Instituciones Financiera

s, Actividades y

s, Actividades y

Profesiones No Financieras y Autoridades

Profesiones No Financieras y Autoridades

(Recomendaciones 4

(Recomendaciones 4

-

-

25)

25)

Medidas Institucionales

Medidas Institucionales

Autoridades competentes, facultades y recursos

Autoridades competentes, facultades y recursos

(Recomendaciones 26

(Recomendaciones 26

-

-

34)

34)

Cooperaci

Cooperaci

ó

ó

n Internacional

n Internacional

Convenios Internacionales, asistencia legal y extradici

Convenios Internacionales, asistencia legal y extradici

ó

ó

n

n

(Recomendaciones 35

(5)

La Integraci

La Integraci

ó

ó

n del GAFI/FATF

n del GAFI/FATF

Actualmente el GAFI/FATF esta

Actualmente el GAFI/FATF esta

integrado por 29 pa

integrado por 29 pa

í

í

ses y dos

ses y dos

organismos internacionales.

organismos internacionales.

Todos unidos con un solo objetivo

Todos unidos con un solo objetivo

EL COMBATE AL LAVADO DE DINERO

EL COMBATE AL LAVADO DE DINERO

El 22 de Junio de 2000, en el

El 22 de Junio de 2000, en el

Reporte anual numero GAFI/FATF

Reporte anual numero GAFI/FATF

--

X emitido en Par

X emitido en Par

í

í

s, Francia, se

s, Francia, se

publica la admisi

publica la admisi

ó

ó

n de M

n de M

é

é

xico

xico

como pa

(6)

Material de Consulta

Material de Consulta

OFAC- OFFICE OF FOREIGN ASSETS CONTROL

(Oficina Para el Control de Activos Extranjeros).

La OFAC es una dependencia del Departamento del Tesoro de Los

Estados Unidos de América (U.S. Department of the Treasury)

encargada de administrar, imponer y ejecutar sanciones económicas,

comerciales y embargos en contra de países hostiles, organizaciones

que fomenten el terrorismo y narcotraficantes internacionales,

basándose en las políticas de relaciones exteriores y de seguridad

nacional establecidas por los Estados Unidos de América.

(7)

Material de Consulta

Material de Consulta

FinCEN- FINANCIAL CRIMES ENFORCEMENT NETWORK

(Agencia Judicial Contra el Crimen Financiero).

El FinCEN fue creado por la Secretaria del Tesoro de los Estados Unidos

de América el 25 de Abril de 1990. En un principio se le solicito a esta nueva organización que se enfocará a detectar posibles delitos dentro del sector financiero, proporcionando información analítica a las autoridades encargadas de investigar este tipo de crímenes. En 1994, se le otorgan las facultades y responsabilidades reguladoras del Acta del Secreto Bancario, de esta manera se crea una agencia dedicada únicamente a combatir el lavado de dinero a través de la elaboración de leyes al respecto, labores de inteligencia e investigación y misiones de supervisión. Desde entonces, los objetivos del FinCEN son el hacer mas eficiente y fácil el cumplimiento de las obligaciones de las instituciones financieras con respecto al Acta del Secreto Bancario y, al mismo tiempo, establecer un sistema de reportes que permitan que la información disponible sea de mayor utilidad a las autoridades investigadoras.

(8)

Factores B

Factores B

á

á

sicos del Lavado

sicos del Lavado

de Dinero

de Dinero

¿

¿

Qu

Qu

é

é

significa lavado de dinero?

significa lavado de dinero?

¿

¿

Cu

Cu

á

á

l es la magnitud del

l es la magnitud del

Problema?

Problema?

¿

¿

Como se lava el dinero?

Como se lava el dinero?

¿

¿

Donde se lava el dinero?

Donde se lava el dinero?

¿

¿

Como el Lavado de dinero afecta

Como el Lavado de dinero afecta

a las empresas?

a las empresas?

¿

¿

Que influencia tiene el lavado de

Que influencia tiene el lavado de

dinero en el desarrollo econ

dinero en el desarrollo econ

ó

ó

mico

mico

de un pa

de un pa

í

í

s?

s?

Continua...

(9)

Factores B

Factores B

á

á

sicos del Lavado

sicos del Lavado

de Dinero

de Dinero

¿

¿

Cu

Cu

á

á

l es su relaci

l es su relaci

ó

ó

n con la

n con la

sociedad en general?

sociedad en general?

¿

¿

Como al combatir el lavado de

Como al combatir el lavado de

dinero ayuda a combatir los

dinero ayuda a combatir los

í

í

ndices

ndices

de criminalidad?

de criminalidad?

¿

¿

Que es lo que los gobiernos de

Que es lo que los gobiernos de

cada pa

cada pa

í

í

s hacen al respecto?

s hacen al respecto?

¿

¿

Deber

Deber

í

í

an preocuparse los pa

an preocuparse los pa

í

í

ses

ses

que ya tienen medidas

que ya tienen medidas

establecidas?

establecidas?

Obteniendo respuesta a estas

Obteniendo respuesta a estas

preguntas mejorar

preguntas mejorar

á

á

substancialmente su conocimiento

substancialmente su conocimiento

sobre este tema.

(10)

El Contexto Nacional

El Contexto Nacional

M

M

é

é

xico ha establecido leyes enfocadas a

xico ha establecido leyes enfocadas a

combatir el lavado de dinero y siendo

combatir el lavado de dinero y siendo

pa

pa

í

í

s miembro del GAFI/FATF muchas de

s miembro del GAFI/FATF muchas de

ellas tomando en consideraci

ellas tomando en consideraci

ó

ó

n las 40

n las 40

recomendaciones de esta organizaci

recomendaciones de esta organizaci

ó

ó

n.

n.

Dentro de las leyes establecidas tenemos

Dentro de las leyes establecidas tenemos

las siguientes:

las siguientes:

1. LA LEY DE LA COMISI

1. LA LEY DE LA COMISI

Ó

Ó

N NACIONAL

N NACIONAL

BANCARIA Y DE VALORES

BANCARIA Y DE VALORES

2. LEY DEL MERCADO DE VALORES

2. LEY DEL MERCADO DE VALORES

3. LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

3. LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

4. C

4. C

Ó

Ó

DIGO PENAL FEDERAL

DIGO PENAL FEDERAL

5. LEY FEDERAL CONTRA LA

5. LEY FEDERAL CONTRA LA

DELINCUENCIA ORGANIZADA.

(11)

Compa

Compa

ñí

ñí

a Internacional de Divisas, S.A.

a Internacional de Divisas, S.A.

De C.V. Como centro cambiario esta

De C.V. Como centro cambiario esta

facultado para realizar las siguientes

facultado para realizar las siguientes

operaciones y de acuerdo a lo que se

operaciones y de acuerdo a lo que se

establece en el Articulo 81

establece en el Articulo 81

-

-

A de la

A de la

LGOAAC.

LGOAAC.

• I. Compra y venta de billetes asI. Compra y venta de billetes asíícomo piezas como piezas acu

acuññadas en metales comunes, con curso adas en metales comunes, con curso legal en su pa

legal en su paíís de emisis de emisióón, hasta por un n, hasta por un monto equivalente no superior a diez mil

monto equivalente no superior a diez mil

d

dóólares diarios de Los Estados Unidos de lares diarios de Los Estados Unidos de Am

Améérica por cada cliente;rica por cada cliente; •

• II. Compra y venta de cheques de viajero II. Compra y venta de cheques de viajero denominados en moneda extranjera, hasta por

denominados en moneda extranjera, hasta por

un monto equivalente no superior a diez mil

un monto equivalente no superior a diez mil

d

dóólares diarios de Los Estados Unidos de lares diarios de Los Estados Unidos de Am

Améérica por cada cliente;rica por cada cliente;

Continua...

Continua...

•Marco Jurídico y Legal

(12)

• III. Compra y venta de piezas metIII. Compra y venta de piezas metáálicas licas acu

acuññadas en forma de moneda, hasta por un adas en forma de moneda, hasta por un monto equivalente no superior a diez mil

monto equivalente no superior a diez mil

d

dóólares diarios de Los Estados Unidos de lares diarios de Los Estados Unidos de Am

Améérica por cada cliente;rica por cada cliente; •

• IV. Compra de documentos a la vista IV. Compra de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda

denominados y pagaderos en moneda

extranjera, a cargo de entidades financieras

extranjera, a cargo de entidades financieras

hasta por un monto equivalente no superior a

hasta por un monto equivalente no superior a

diez mil d

diez mil dóólares diarios de Los Estados Unidos lares diarios de Los Estados Unidos

de Am

de Améérica por cada cliente. Estos rica por cada cliente. Estos documentos solo podr

documentos solo podráán venderlos a las n venderlos a las

instituciones de cr

instituciones de créédito y casas de cambio.dito y casas de cambio. •

• En la celebraciEn la celebracióón de las operaciones descritas n de las operaciones descritas en las fracciones I a la IV anteriores, el

en las fracciones I a la IV anteriores, el

contravalor deber

contravalor deberáá entregarse en el mismo entregarse en el mismo

acto en que se lleven a cabo y

acto en que se lleven a cabo y úúnicamente nicamente podr

podráán liquidarse mediante la entrega de n liquidarse mediante la entrega de efectivo, cheques de viajero o cheques

efectivo, cheques de viajero o cheques

denominados en moneda nacional, sin que en

(13)

Antecedente

Antecedente

Considerando la necesidad de implementar procedimientos y controles para

prevenir y detectar actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que

procedan o representen el producto de un probable delito; que coadyuven a

combatir la posible utilización de las sucursales o agencias de Compañía

Internacional de Divisas, S.A. de C.V. – que por la naturaleza de la función

que realiza y el marco legal que la rige, debe de ser depositaria de la

confianza pública- por parte de personas u organizaciones que aprovechen

o pretendan aprovechar ilícitamente el régimen legal que al efecto se prevé,

para realizar, encubrir o distorsionar operaciones con recursos ilícitos.

(14)

Antecedente

Antecedente

Considerando que dichas prácticas ilícitas se desarrollan generalmente a través de operaciones múltiples o triangulando operaciones entre diversas sucursales o instituciones, con la finalidad de hacer más difícil la identificación de las verdaderas fuentes de los recursos así reciclados, comprometiendo con ello la seguridad integral de la empresa y la sana operación de sus sistemas financieros y económicos al ser indebidamente utilizados para los fines ya señalados.

En virtud de que Compañía Internacional de Divisas, S.A. de C.V. esta interesada en participar de manera cada vez más activa con las organizaciones intergubernamentales, que desarrollan acciones oficiales coordinadas, para coadyuvar a que la diversidad de regímenes legales establecidos, no se conviertan en un elemento que los delincuentes aprovechen para diluir y distorsionar el verdadero origen de los cuantiosos recursos financieros de que pueden llegar a disponer quienes se dedican, principal pero no exclusivamente, a delinquir, de manera organizada, tratando con ello de evadir sus responsabilidades legales.

(15)

Antecedente

Antecedente

Que por todo lo anterior y a fin de continuar

avanzando en la prevención y detección de

operaciones realizadas presumiblemente con

recursos de procedencia ilícita o de actos que

comprometan con ello la seguridad integral de

la empresa, la sana operación de sus sistemas

financieros y económicos y que contribuyan a la

debilitación de regímenes y controles

establecidos, Compañía Internacional de

Divisas, S.A. de C.V. Tiene a bien expedir el

siguiente:

Reglamento Para Operaciones Relevantes,

Inusuales y Preocupantes

.

(16)

DEFINICIONES, POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

DEFINICIONES, POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

a) “Operación Preocupante”, la operación , actividad, conducta o comportamiento de los directivos, funcionarios, empleados, y apoderados respectivos de la empresa que por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de lo dispuesto en la Ley las presentes disposiciones, o aquella que por cualquier otra causa resulte dubitativa para la empresa;

b) “Operación Relevante” La operación que se realice en los instrumentos monetarios

señalados para tal efecto en el punto c) de la presente disposición, por un monto igual o superior al equivalente a los $ 3,000.00 (Tres mil dólares) de los Estados Unidos, en moneda nacional o en cualquier otra de curso legal;

c) “Persona Políticamente Expuesta”, aquel individuo que desempeña o a

desempeñado funciones públicas destacadas en el extranjero o en territorio nacional, considerando, entre otros, a los jefes de estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros importantes de partidos políticos;

d) “Operaciones Múltiples” Aquellas realizadas por una persona a nombre de diferentes beneficiarios ó diferentes personas realizando operaciones a nombre del mismo beneficiario.

e) “Operaciones Fraccionadas” Las realizadas por una o varias personas con la intención de cambiar grandes cantidades en muchas operaciones de bajos importes para evadir cumplir con los requisitos.

(17)

Operaciones Inusuales

Operaciones Inusuales

f) “Operación Inusual” Para determinar si una operación es inusual se deberán

considerar entre otras, las siguientes circunstancias, que pueden llegar a presentarse en forma aislada o conjunta:

I. Conocimiento de las condiciones especificas y antecedentes de cada uno de los clientes, su actividad profesional, giro mercantil u objeto social correspondiente. II. Los montos de las operaciones que comúnmente realicen y su relación con las

actividades a las que se dediquen.

III. Los montos inusualmente elevados, la complejidad y las modalidades no habituales, de aquellas operaciones que no tengan una causa económica o lícita aparente.

IV. Los montos múltiples o fraccionados que sumados sean iguales o excedan al equivalente a los $3,000 dólares de los Estados Unidos de América.

V.

Que el cliente se niegue a proporcionar identificación o requisitos solicitados en la sección IDENTIFICACIÖN DEL CLIENTE, presenten información falsa, pretendan evadir los controles de reporte establecidos, intenten sobornar o intimidar al personal de la empresa con el propósito de lograr su colaboración para que se realicen operaciones inusuales o se contravengan las disposiciones para prevenirlas.

(18)

POLITICAS

POLITICAS

Políticas de Identificación del Cliente.

Cuando se realicen operaciones de las llamadas RELEVANTES por un monto igual o superior al equivalente a $ 3,000.00 (Tres mil dólares) de los Estados Unidos de América o su equivalente en Moneda Nacional o en cualquier otra divisa se llenará el REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES IDI-1000 A, Cuando se realicen operaciones de las llamadas INUSUALES, PREOCUPANTES o con personas políticamente expuestas deberán llenar el formato IDI- 1000 B, en todos los casos se deberán aplicar las medidas de identificación del cliente:

Independientemente de lo anterior, se deberá abrir un expediente a nombre de la empresa o persona que realiza la operación el cual deberá contener copias de los siguientes documentos:

1. Copia de la identificación presentada.

2. Copia del testimonio de su acta constitutiva debidamente registrada ante el Registro

Público de Comercio, o de documento que acredite fehacientemente la legal existencia de la empresa.

3. Copia del Testimonio del instrumento que acredite las facultades del representante o

de los representantes legales de la empresa.

4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la Cédula de Identificación Fiscal

de la persona moral expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

(19)

POLITICAS

POLITICAS

4. Políticas de conocimiento del Cliente.

La aplicación de la política de conocimiento del cliente esta basada en el grado de riesgo transaccional que represente un cliente; de tal manera que cuando el grado de riesgo sea mayor, se le requerirá mayor información, así como realizar una supervisión mas estricta del comportamiento transaccional del cliente.

Para efectos de lo anterior la empresa ha clasificado a los clientes por su grado de riesgo estableciendo clasificaciones de alto, medio y bajo riesgo de acuerdo al siguiente criterio:

Clientes de Riesgo Alto: Todo cliente cuyo nombre se encuentre en la lista de OFAC y todo cliente identificado como PERSONA POLÍTICAMENTE EXPUESTA de nacionalidad mexicana o de nacionalidad extranjera. La empresa prohíbe estrictamente la celebración de operaciones con clientes clasificados con riesgo alto.

Clientes de Riesgo Medio: Todos aquellos clientes que en periodos iguales o menores a 30 días realicen más de 10 operaciones. La celebración de estas operaciones deberán ser aprobadas a nivel directivo, cumplir con la elaboración de los reportes correspondientes, ser monitoreadas muy estrechamente, contar con el expediente correspondiente y hacerse del conocimiento del Oficial de Cumplimiento.

Clientes de Riesgo Bajo: Todos aquellos clientes que realicen entre 2 y 9 operaciones por mes y cuyos importes rebasen los $6,000.00 dólares americanos o su equivalente en Moneda Nacional o en otras divisas. La celebración de estas operaciones deberán cumplir con la elaboración de los reportes correspondientes, ser monitoreadas muy estrechamente, contar con el expediente correspondiente y hacerse del conocimiento del Oficial de Cumplimiento.

Estas clasificaciones aplican para los casos presentados en el Proceso Para Operaciones Inusuales punto 2. Conozca a sus Clientes.

(20)

Conozca a sus Clientes

Conozca a sus Clientes

Presentaci

Presentaci

ó

ó

n de diez casos,

n de diez casos,

como ejemplo, que le pueden

como ejemplo, que le pueden

ayudar a detectar si existe la

ayudar a detectar si existe la

posibilidad de que se este

posibilidad de que se este

realizando una operaci

realizando una operaci

ó

ó

n

n

ó

ó

actividad

(21)

Reportes IDI 1000 A y IDI 1000 B

Reportes IDI 1000 A y IDI 1000 B

Instrucciones para

Instrucciones para

llenar estos reportes.

llenar estos reportes.

Favor de anotar

Favor de anotar

observaciones para

observaciones para

entregar al final del

entregar al final del

curso

(22)

OFAC TRACKER INSPECTOR 4.5

(23)

PROCEDIMIENTO PARA CONSULTA

PROCEDIMIENTO PARA CONSULTA

A OFAC TRACKER.

A OFAC TRACKER.

El programa de OFAC TRACKER es un

El programa de OFAC TRACKER es un

sistema dise

sistema diseñ

ñado para Windows, el cu

ado para Windows, el cuá

ál

l

tiene la caracter

tiene la caracterí

í

stica de ser muy fá

stica de ser muy f

ácil de

cil de

utilizar, haciendo solo lo siguiente:

utilizar, haciendo solo lo siguiente:

Ingresar el nombre de la persona en el

Ingresar el nombre de la persona en el

espacio que aparece despu

espacio que aparece despué

és de

s de

Search

Search

for

for

Name”.

N

Para mayor rapidez, NO ingresar datos en

el espacio denominado como

“(

Optional

)”.

Posicione el cursor sobre el recuadro que

contiene la palabra “Search” y haga click

sobre la misma.

En base a los resultados obtenidos,

proceda con la operación de acuerdo a lo

que dicta el REGLAMENTO PARA

(24)

Se ingresa el

nombre de la

persona sujeta a

consulta y haga

click en

SEARCH.

(25)

EJEMPLO DE RESULTADO A

EJEMPLO DE RESULTADO A

CONSULTA A OFAC

CONSULTA A OFAC

EL RESULTADO PUEDE

SER:

1. Que el nombre ingresado aparezca

exactamente igual; No se proporcionara el

servicio.

2. Aparecen nombres similares, más no

idénticos; Si se proporcionará el servicio.

3. La pantalla muestra, NO MATCHES

FOUND; proceda a proporcionar el

servicio.

4. Todos los resultados de consultas

deberán ser impresos haciendo click en

PRINT é integrar la hoja al expediente de

la operación en caso.

Solo son sujetas a consulta todas las

operaciones denominadas como

RELEVANTES é INUSUALES.

(26)

Sistema de Archivo

Sistema de Archivo

é

é

Informaci

Informaci

ó

ó

n

n

Cajeros:

Cajeros:

Integrar expedientes con

Integrar expedientes con

fotocopias de documentos,

fotocopias de documentos,

reportes e informaci

reportes e informaci

ó

ó

n de la

n de la

operaci

operaci

ó

ó

n.

n.

Remitir Reporte Original con copia

Remitir Reporte Original con copia

de identificaci

de identificaci

ó

ó

n y comprobante de

n y comprobante de

domicilio a La Direcci

domicilio a La Direcci

ó

ó

n de

n de

Normatividad y Cumplimiento de

Normatividad y Cumplimiento de

Compa

Compa

ñí

ñí

a Internacional de Divisas,

a Internacional de Divisas,

S.A. De C. V. a m

S.A. De C. V. a m

á

á

s tardar al

s tardar al

siguiente d

siguiente d

í

í

a h

a h

á

á

bil de haberse

bil de haberse

realizado la operaci

(27)

Sistema de Archivo

Sistema de Archivo

é

é

Informaci

Informaci

ó

ó

n

n

Gerentes o Responsables de

Gerentes o Responsables de

Sucursal:

Sucursal:

Integrar Dos archivos para

Integrar Dos archivos para

expedientes de Operaciones

expedientes de Operaciones

Relevantes, Inusuales y

Relevantes, Inusuales y

Preocupantes.

Preocupantes.

Dividir reportes por mes.

Dividir reportes por mes.

Los reportes, documentos e

Los reportes, documentos e

informaci

informaci

ó

ó

n generada

n generada

deber

deber

á

á

mantenerse en la

mantenerse en la

empresa y estar disponible

empresa y estar disponible

para su consulta por al

para su consulta por al

menos

(28)

SISTEMA DE INSPECCI

SISTEMA DE INSPECCI

Ó

Ó

N Y

N Y

VIGILANCIA.

VIGILANCIA.

Las visitas podr

Las visitas podr

á

á

n ser

n ser

ordinarias, especiales y de

ordinarias, especiales y de

investigaci

investigaci

ó

ó

n

n

. Las primeras se llevar

. Las primeras se llevar

á

á

n a cabo de

n a cabo de

conformidad con el programa anual de la Direcci

conformidad con el programa anual de la Direcci

ó

ó

n de

n de

Normatividad y Cumplimiento. Las segundas, se

Normatividad y Cumplimiento. Las segundas, se

practicar

practicar

á

á

n siempre que sea necesario a Juicio del

n siempre que sea necesario a Juicio del

Director de la Direcci

Director de la Direcci

ó

ó

n de Normatividad y

n de Normatividad y

Cumplimiento, para examinar, y en su caso, corregir

Cumplimiento, para examinar, y en su caso, corregir

situaciones especiales operativas y por

situaciones especiales operativas y por

ú

ú

ltimo las de

ltimo las de

investigaci

investigaci

ó

ó

n que tendr

n que tendr

á

á

n por objeto aclarar una

n por objeto aclarar una

situaci

situaci

ó

ó

n espec

n espec

í

í

fica.

fica.

La Direcci

La Direcci

ó

ó

n de Normatividad y Cumplimiento es la

n de Normatividad y Cumplimiento es la

ú

ú

nica facultada para atender cualquier requerimiento

nica facultada para atender cualquier requerimiento

de informaci

de informaci

ó

ó

n por parte de las autoridades y asistir en

n por parte de las autoridades y asistir en

las diligencias que estas consideren necesarias.

las diligencias que estas consideren necesarias.

Para el caso de que autoridades del SAT o de otro

Para el caso de que autoridades del SAT o de otro

organismo de gobierno se presenten a la sucursal

organismo de gobierno se presenten a la sucursal

solicitando se les permita el acceso para llevar a cabo

solicitando se les permita el acceso para llevar a cabo

una revisi

una revisi

ó

ó

n, se deber

n, se deber

á

á

proceder a notificar

proceder a notificar

inmediatamente al Director de Normatividad y

inmediatamente al Director de Normatividad y

Cumplimiento sobre esta situaci

Cumplimiento sobre esta situaci

ó

ó

n, proporcionando

n, proporcionando

para esto informaci

para esto informaci

ó

ó

n del oficio presentado por los

n del oficio presentado por los

visitadores, as

visitadores, as

í

í

como los datos de las identificaciones

como los datos de las identificaciones

para que el Director pueda verificar esa informaci

para que el Director pueda verificar esa informaci

ó

ó

n

n

con la Autoridad correspondiente, mientras esto se

con la Autoridad correspondiente, mientras esto se

lleva a cabo no se le permitir

(29)

PROCESOS ADICIONALES

PROCESOS ADICIONALES

CAPACITACI

CAPACITACI

Ó

Ó

N

N

SISTEMA DE

SISTEMA DE

ACTUALIZACI

ACTUALIZACI

Ó

Ó

N DE

N DE

NUESTRO REGLAMENTO

NUESTRO REGLAMENTO

PARA OPERACIONES

PARA OPERACIONES

RELEVANTES INUSUALES

RELEVANTES INUSUALES

Y PREOCUPANTES.

Y PREOCUPANTES.

Referencias

Documento similar

4. Un particular contrata un préstamo con las siguientes condiciones: capital prestado 15.000 euros, a devolver mediante cuatro términos amortizativos semestrales con

Cuando en periodos sucesivos de noventa días y con el objeto de eludir las previsiones contenidas en este artículo, la empresa realice extinciones de contratos al amparo

Aparte de los posibles problemas técnicos que presenta un análisis de correlaciones (RePass 1976), lo que en ningún momento se plantea Converse es que la ausencia de

La CICAD insta al país a ratificar el Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, dado que esta recomendación le

(...) la situación constitucional surgida tras la declaración del estado de emergencia es motivo de preocupación para la Comisión de Venecia. La declaración en sí misma no definió

1. LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.—2. C) La reforma constitucional de 1994. D) Las tres etapas del amparo argentino. F) Las vías previas al amparo. H) La acción es judicial en

Esas adaptaciones requerirán conciliar la regulación de actividades abiertas a una competencia plena o acotada con los llamados servicios uni- versales sin alterar el modelo de

Artículo 16°.- (Seguimiento a la Ejecución del POA). La Unidad de Planificación y Proyectos, es responsable de generar reportes periódicos de la ejecución del POA donde se