• No se han encontrado resultados

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO"

Copied!
9
0
0

Texto completo

(1)

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Con fundamento en los artículos 132 quinto párrafo de la Ley General de Bienes Nacionales; 31 fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 apartado D fracción VI y 98C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracciones VII, y XXIX, 4 fracción I, inciso a), 6 fracción XXXVI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y en la norma segunda fracción XVIII de las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales expide la siguiente:

LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

C O N C E P T O UNIDAD DE MEDIDA VALOR UNITARIO

PESOS

Aceite quemado Litro 0.8820

Acero cobrizado (copperweld) Kilogramo 1.3451

Acero inoxidable (baleros, instrumental médico dañado y

pedacería) Kilogramo

8.7731

Acero inoxidable 430 Kilogramo 8.7731

Acumuladores Kilogramo 3.9401

Aisladores de porcelana Kilogramo 0.4372

Alambre de cobre con papel Kilogramo 61.9373

Alfombra y bajo alfombra Kilogramo 0.8900

Aluminio Kilogramo 9.5000

Aluminio granular Kilogramo 19.4107

Artículos de porcelana con herraje Kilogramo 0.5558

Aserrín Kilogramo 0.0199

Balastra Kilogramo 1.5102

Block de grafito Kilogramo 13.6432

Boleto de metro Kilogramo 0.6265

Bolsas de polietileno Kilogramo 2.7696

Bronce Kilogramo 114.2115

Cable aluminio (AAC) Kilogramo 14.8921

(2)

Cable aluminio con forro Kilogramo 11.4745

Cable armado (TAFP) Kilogramo 21.7454

Cable cobre concéntrico Kilogramo 48.3373

Cable cobre conductor (EKC y EKI) Kilogramo 132.5757

Cable cobre y forro de plástico autosoportado Kilogramo 29.6057

Cable cobre con forro de plomo (TA y TAP) Kilogramo 15.6221

Cable cobre paralelo con forro Kilogramo 28.1090

Cable de fuerza Kilogramo 31.6566

Cable polilam Kilogramo 39.5215

Cámara de hule Kilogramo 0.4977

Carretes de madera: 0.60 m. Pieza 14.3484 0.80 m. Pieza 29.1989 1.00 m. Pieza 42.7972 1.20 m. Pieza 64.5593 1.40 m. Pieza 105.7597 1.60 m. Pieza 115.0553 1.70 m. Pieza 134.0622 1.80 m. Pieza 143.7394 2.00 m. Pieza 199.8534 2.20 m. Pieza 289.7084 Cartón Kilogramo 0.3820

Cartón de tapas Kilogramo 0.5966

Cartoncillo (cubierta defectuosa) Kilogramo 0.4040

Cartuchos de cinta para máquina de escribir Kilogramo 2.3673

Catalizador IMP-TPC-1 usado y/o agotado Kilogramo 0.0652

Cintas correctores IBM Kilogramo 0.6540

Cobre desnudo Kilogramo 98.7439

Conductores eléctricos de cobre con forro de plástico de

diversos tipos y calibres Kilogramo

(3)

Corbatas de hule Kilogramo 0.0815

Costales:

a) Henequén y palma (cortados) Pieza 0.2232

b) Yute capacidad de 40-50 Kgs. Pieza 1.7184

c) Yute capacidad de 70-75 Kgs. (cortados

transversalmente) Pieza

0.3346

Cubeta para cera (plástico) Pieza 3.2189

Cuchillas corta circuito con aislante de porcelana Kilogramo 1.5130

Cuñetes:

a) Capacidad de 50 Kgs. Pieza 12.2426

b) Capacidad de 100 Kgs. Pieza 19.3298

Desecho ferroso:

a) Primera especial.- Acero al carbón, fierro dulce, accesorios de vía, sobrantes de piezas troqueladas, etc., que no requiere preparación (corte) para fundición.

Kilogramo

2.5420

b) Primera.- Acero al carbón, fierro dulce, cigüeñal de locomotora, durmiente metálico, bastidor de truck, placa proveniente de carros, tanques y toneles de ferrocarril, etc., que requiere preparación (corte) para fundición.

Kilogramo

1.7274

c) Segunda.- Alambre y cable de acero, fierro galvanizado, postes metálicos, tubería de acero, desecho mixto de fierro y lámina.

Kilogramo

1.1984

d) Tercera.- Fleje, lámina y cable galvanizado. Kilogramo 1.0677

e) Mixto contaminado Kilogramo 0.4202

Desecho ferroso proveniente de:

a) Compactadoras Kilogramo 4.0043

b) Motoconformadoras Kilogramo 3.9462

c) Pavimentadoras Kilogramo 3.5003

d) Petrolizadoras Kilogramo 3.1639

e) Tractores Kilogramo 3.8363

f) Tractores agrícolas Kilogramo 3.6877

Desecho ferroso vehicular Kilogramo 3.3521

(4)

a) Proveniente de cocina Kg./lt. 0.2982

b) Proveniente de comedor y dietología Kg./lt. 0.2615

c) Proveniente de planta Kilogramo 0.2386

Durmientes de madera de 4a. Pieza 4.8750

Ejes de carro de ferrocarril y locomotora Kilogramo 3.1155

Escoria de bronce Kilogramo 93.0073

Escoria de hierro Kilogramo 0.4082

Esferas para máquina de escribir Kilogramo 8.3720

Fierro colado Kilogramo 1.4734

Garrafón: -

a) Plástico de un galón Pieza 0.3136

b) Plástico de 18 lts. Pieza 1.5672

c) Plástico de 20 lts. Pieza 1.7750

d) Plástico de 50 lts. Pieza 4.3362

e) Vidrio de 20 lts. Pieza 4.7200

Grasa de coco Kilogramo 2.7403

Grasa de soya Kilogramo 2.5842

Grasas diferentes especificaciones (contaminada) Kilogramo 4.1881

Ladrillo refractario (pedacería) Kilogramo 0.2190

Lata alcoholera Pieza 4.4760

Latón Kilogramo 92.0917

Leña común Kilogramo 0.0428

Líquido fijador cansado con recuperación de gramos-plata por litro:

a) Hasta 3.9 grs./lt. Litro 14.0092

b) De 4.0 grs./lt. hasta 4.9 grs./lt. Litro 18.0119

c) De 5.0 grs./lt. hasta 5.9 grs./lt. Litro 22.0145

d) A partir de 6.0 grs./lt. Litro 24.0159

Literas (tubulares) Kilogramo 1.1984

Luminaria (desecho) Kilogramo 1.3098

(5)

a) Completas y/o renovables Kilogramo 0.9775

b) Segmentadas y/o no renovables Kilogramo 0.2038

Machimbradoras manuales Kilogramo 8.1770

Madera creosotada Kilogramo 0.0855

Madera de empaque Kilogramo 0.2669

Madera proveniente del desmantelamiento de coches y

carros de ferrocarril Kilogramo

0.3525

Madera proveniente de tarimas Kilogramo 0.7259

Mancuerna de carro y coche de ferrocarril Kilogramo 2.7190

Medidores de energía eléctrica, de gas, registradores de

potencia y factor de potencia Kilogramo

1.2778

Papel archivo Kilogramo 0.4238

Papel archivo con calca Kilogramo 0.1591

Papel cesto Kilogramo 0.0405

Papel con tubo Kilogramo 0.8137

Papel de capa o lomo Kilogramo 0.9175

Papel de revoltura Kilogramo 0.2745

Papel kraft Kilogramo 0.3209

Papel listado de computadora (forma continua) Kilogramo 1.0806

Papel periódico Kilogramo 0.4374

Papel pliego impreso Kilogramo 0.4788

Papel proveniente de imprenta (impreso y recorte de

bond ahuesado y cartulina) Kilogramo

0.8190

Papel proveniente de revistas, publicaciones y folletos Kilogramo 0.4083

Papel viruta color Kilogramo 0.3747

Papel viruta de 2a. con goma Kilogramo 0.3002

Piedra de esmeril Kilogramo 0.1043

Pintura caduca y gelada Litro 1.4401

(6)

Plástico acrílico Kilogramo 1.7240

Plomo Kilogramo 31.2739

Plomo con clavo y pabilo Kilogramo 26.9005

Polietileno Kilogramo 1.1966

Polipropileno Kilogramo 2.2208

Polvo de grafito Kilogramo 0.3116

Postes de concreto Pieza 32.8103

Postes de madera Kilogramo 0.2480

Radiadores de ferrocarril y automotrices Kilogramo 29.7015

Rebaba de acero tipo listón y granel Kilogramo 0.4082

Rebaba de aluminio Kilogramo 18.4417

Rebaba de bronce Kilogramo 73.6971

Rebaba de cobre Kilogramo 83.6897

Rebaba de fierro colado Kilogramo 0.5479

Residuos de catalizador Kilogramo 0.0516

Riel de ferrocarril:

a) 4 Rayas mayor de 3.05 m. (sin cortar) Kilogramo 2.6908

b) 4 Rayas menor de 3.05 m. (sin cortar) Kilogramo 2.6309

Rodillos de computadora Kilogramo 0.8251

Rueda de acero de carro y coche de ferrocarril Kilogramo 2.9270

Sacos:

a) Manta Pieza 1.9250

b) Papel kraft y polietileno (multicapas) Pieza 2.3306

c) Polipropileno Pieza 3.3448

d) Polipropileno (pedacería) Kilogramo 2.0108

Tambos de lámina capacidad de 200 lts.:

(7)

b) Regulares Pieza 27.9265

c) Mal estado (picado o corroído) Pieza 10.8625

Tambos de plástico capacidad de 200 lts. Pieza 82.9000

Tarjeta IBM Kilogramo 2.2214

Tela (recorte de maquila) Kilogramo 0.9000

Tierra de plomo Kilogramo 14.5689

Tierra de zinc Kilogramo 17.3330

Transformadores de corriente Kilogramo 4.8890

Transformadores de distribución y potencia con aceite Kilogramo 3.0411 Transformadores de distribución y potencia sin aceite Kilogramo 6.6106 Trapos:

a) Colchas, cobijas, sábanas, cortinas, vestuarios, campos, portacharolas y otros de tela proveniente de los hospitales (limpios)

Kilogramo

7.5000

b) Desperdicios sucios y manchados (no contaminados) Kilogramo 3.8500

Tubería admiralty Kilogramo 80.8522

Tubería de cuproníquel Kilogramo 180.8475

Tubería HK 40 Kilogramo 22.8236

Tubos de acero al carbón en tramos mayores de 3 m. de longitud con diámetro exterior:

a) Hasta 33.40 mm. (1 5/16") Kilogramo 27.0814

b) Mayor de 33.40 mm. hasta 114.30 mm. (4 1/2") Kilogramo 19.8647 c) Mayor de 114.30 mm. hasta 219.08 mm. (8 5/8") Kilogramo 15.1695

d) Mayor de 219.08 mm. hasta 406.40 mm. (16") Kilogramo 12.3180

e) Mayor de 406.40 mm. hasta 1,219.20 mm. (48") Kilogramo 9.6406

Tubos fluorescentes (rotos) Kilogramo 0.0902

(8)

Zinc metálico (desecho) Kilogramo 41.6686

Los valores de la presente lista no incluyen el Impuesto al Valor Agregado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Esta Lista estará vigente hasta en tanto no se emita una nueva Lista.

Sufragio Efectivo No Reelección.

Ciudad de México a 1 de noviembre de 2018.- El Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Julio César Guerrero Martín.- Rúbrica.

NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con el artículo 6 fracción VI, ambos de la Ley General de Bienes Nacionales.

NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con el artículo 6 fracción VI, ambos de la Ley General de Bienes Nacionales.

A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA.

P R E S E N T E S

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26, 31 fracciones XXIX, XXX y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones VI y VII, 3 fracción III, 4, 6 fracción VI, 10, 13, 28, fracciones I, III y VII, 29, fracción IV, 32 y 40 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. apartado D fracción VI, 6 fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y 98-Crédito Público, así como los artículos 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ambos Reglamentos adicionados mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017; ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017; 2, 3 fracción VI, 4, 8 y 10 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como lo disponen los artículos 2o. apartado D fracción VI, 6 fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de esta última y 1 de su propio Reglamento, al cual le corresponde llevar el inventario, registro y catastro de los inmuebles federales, así como la administración, vigilancia, control, protección, adquisición, enajenación y afectación de inmuebles federales competencia de la propia Secretaría, de conformidad con los artículos 1, 3 fracción X y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, facultades que son ejercidas a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.

N O T I F I C A

El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:

No. RFI Denominación ubicación y

superficie Orientación Colindancia Medidas

Metros 1

9-17641-7 “Policía Judicial Federal” ubicado en Calle Jaime Nunó, N° 25, Colonia Morelos, C.P. 6200, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. Superficie de 694.00 metros cuadrados. NORTE SUR OESTE NOROESTE PONIENTE

Calle Jaime Nunó Lote 45

Propiedad Particular Casa 27 de Calle Jaime Nunó Línea curva con Pancoupe Intersección de las Calles Jaime

Nunó y la Cerrada de Libertad

(9)

Calle Cerrada de Libertad

Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo la posesión, control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y con fundamento en el Art. 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, SE CONCEDE un PLAZO de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten su inconformidad mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se funde su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México.

Referencias

Documento similar

La Comisión de Hacienda, con fundamento en los artículos 41 fracción XXV y 47 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, 54, 56 fracción V y 58

Ahora bien, corresponde al Pleno del Instituto conforme a lo establecido en los artículos 15 fracción IV, 16 y 17 fracción I de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Si al vencimiento del plazo que al efecto otorgue la Secretaría en términos de la excepción respectiva, el Formador de Mercado o Formador de Mercado de UDIBONOS no disminuye

artículos 9 fracción III, 78, 80, 81 y 82 fracción XII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; artículos 36, 37, fracción XII, 49, fracción VIII, 124 y

La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción

Fundamento Legal para dispensar la lectura: artículos, 39 fracción I inciso e) de la Ley Orgánica Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí; y 75 fracción IV del Reglamento

el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias. En particular, los artículos 15, fracción XVII y 17, fracción I,

 Conocer las operaciones básicas con números enteros: suma, resta, multiplicación y división