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República de Honduras Secretaría de Industria y Comercio. DICTAMEN DSL- No

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DICTAMEN – DSL- No.-671-2011

SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO. DIRECCION DE SERVICIOS LEGALES, TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.

VISTO: Para emitir Dictamen Legal de conformidad con lo ordenado en providencia de

fecha diecinueve (19) de diciembre del año Dos Mil Once (2011) emitida por la Secretaria General en el Expediente No.-743-2011 contentivo de la SOLICITUD DE

MODIFICACION DE LA RESOLUCION DE AUTORIZACION AL AMPARO DEL REGIMEN DE IMPORTACION TEMPORAL No. 26-A-98 DEL 26 DE ENERO DE 1998, EN EL SENTIDO DE AMPLIAR EL LISTADO DE BIENES AUTORIZADO A IMPORTAR AL AMPARO DEL REGIMEN, presentada por el Abogado ERNESTO PORFIRIO COLINDRES SEVILLA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras

bajo el No. 04324, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad

ELECTRO CONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA). Con domicilio

en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán. Esta Dirección de Servicios Legales en aplicación de los Artículos: 7 y 120, de la Ley General de la Administración Publica, 60, inciso b), 83 y 89, de la Ley de Procedimiento Administrativo, 1 del Régimen de Importación Temporal, modificado mediante Decreto 190-86 del 31 de octubre de 1986, 2 y 25 del Acuerdo No. 545-87 del 6 de mayo de 1987, contentivo de su Reglamento.: DICTAMINA.

PRIMERO: Que la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) se incorporo al Régimen de Importación Temporal mediante

Resolución No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, para dedicarse a la manufactura de productos eléctricos como ser: conductores desnudos de aluminio, conductores ailados de polietileno, conductores de aluminio múltiplex y alambre de aluminio de amarre y otros usos, productos que deberán ser exportados en su totalidad.

SEGUNDO: Que la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) solicita ampliación de lista de bienes autorizada a importar al amparo

del Régimen, incluyendo bienes necesarios para el desarrollo de su proceso productivo de exportación.

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TERCERO: Que mediante Dictamen DGSP-RIT m. /107-2011, de fecha diecinueve (19) de diciembre del año 2011, emitido por la Dirección General de Sectores

Productivos recomienda:

1. Autorizar a la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) la modificación de la Resolución de Autorización al amparo del

Régimen de Importación Temporal No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, en el sentido de ampliar la lista de bienes autorizada a importar al amparo del Régimen, incluyendo los que a continuación se detallan:

A). MAQUINARIA, EQUIPO, REPUESTOS, HERRAMIENTAS.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION Seiscientos cincuenta (650) catalizadores para

polietileno. 3815.90.90 Partes y accesorios para maquinas de las

partidas. 8462 y 8463 8466.94.00

B) MATERIAS PRIMAS, ENVASES, EMPAQUES Y OTROS INSUMOS NECESA- RIOS EN EL PROCESO PRODUCTIVO QUE REALIZA LA EMPRESA.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION. Polietileno de densidad superior o igual a 094 3901.20.00

C) COEFICIENTE DE UTILIZACION Y PORCENTAJE DE DESPERDICIO POR CADA 907 CAJAS DE POLIETILENO A EXPORTAR.

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UTILIZADA %

MEDIDA DESPERDICIO

Polietileno kilogramos 250,000 10

NOTA: El coeficiente de Utilización y Porcentaje de Desperdicio descrito anteriormente

deberá ser verificado en las auditorias que se realicen en la empresa peticionaria por parte de la Dirección General de Sectores Productivos y/o Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).

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CUARTO: Que una vez analizada la documentación acompañada a la presente

solicitud, y tomando en consideración el Dictamen DGSP-RIT m. /107-2011, de fecha diecinueve (19) de diciembre del año 2011, emitido por la Dirección General de Sectores Productivos; esta Dirección de Servicios Legales es del parecer que se

CONCEDA la modificación de la Resolución de autorización al amparo del Régimen de

Importación Temporal No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, en el sentido de ampliar el listado de bienes autorizado a Importar al amparo del Régimen, solicitada.

QUINTO: Remítanse las presentes diligencias a la Secretaria General para la

continuación de su trámite, constado de setenta y cinco (75) folios útiles

ALEX JAVIER BORJAS LAINEZ

Director Legal

JOSE HERNAN QUIROZ ZELAYA

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Recibido de la Dirección de Servicios Legales, en fecha veintisiete (27) de diciembre del

2011, siendo las diez de la mañana con cuarenta y dos 10:42 a.m. para la continuación

de su trámite, emítase la Resolución que en derecho corresponda. Consta de setenta y cinco (75) folios útiles. CUMPLASE.

RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA

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RESOLUCION No.-1012 -2011

SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.

VISTO: Para Resolver el expediente No.-743-2011, contentivo de la SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA RESOLUCION DE AUTORIZACION AL AMPARO DEL REGIMEN DE IMPORTACION TEMPORAL No. 26-A-98 DEL 26 DE ENERO DE 1998, EN EL SENTIDO DE AMPLIAR EL LISTADO DE BIENES AUTORIZADO A IMPORTAR AL AMPARO DEL REGIMEN, presentada por el Abogado ERNESTO PORFIRIO COLINDRES SEVILLA, en su condición de Apoderado legal de la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA).

RESULTA: Que la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) se incorporo al Régimen de Importación Temporal mediante

Resolución No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, para dedicarse a la manufactura de productos eléctricos como ser: conductores desnudos de aluminio, conductores ailados de polietileno, conductores de aluminio múltiplex y alambre de aluminio de amarre y otros usos, productos que deberán ser exportados en su totalidad.

CONSIDERANDO: Que la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) solicita ampliación de lista de bienes autorizada a importar al

amparo del Régimen, incluyendo bienes necesarios para el desarrollo de su proceso productivo de exportación.

CONCIDERANDO: Que mediante Dictamen DGSP-RIT m. /107-2011, de fecha

diecinueve (19) de diciembre del año 2011, emitido por la Dirección General de Sectores Productivos recomienda:

1. Autorizar a la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA) la modificación de la Resolución de Autorización al amparo del

Régimen de Importación Temporal No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, en el sentido de ampliar la lista de bienes autorizada a importar al amparo del Régimen, incluyendo los que a continuación se detallan:

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A). MAQUINARIA, EQUIPO, REPUESTOS, HERRAMIENTAS.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION Seiscientos cincuenta (650) catalizadores para

polietileno. 3815.90.90 Partes y accesorios para maquinas de las

partidas 8462 y 8463 8466.94.00

B) MATERIAS PRIMAS, ENVASES, EMPAQUES Y OTROS INSUMOS NECESA- RIOS EN EL PROCESO PRODUCTIVO QUE REALIZA LA EMPRESA.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION. Polietileno de densidad superior o igual a 094 3901.20.00

D) COEFICIENTE DE UTILIZACION Y PORCENTAJE DE DESPERDICIO POR CADA 907 CAJAS DE POLIETILENO A EXPORTAR.

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UTILIZADA %

MEDIDA DESPERDICIO

Polietileno kilogramos 250,000 10

NOTA: El coeficiente de Utilización y Porcentaje de Desperdicio descrito

anteriormente deberá ser verificado en las auditorias que se realicen en la empresa peticionaria por parte de la Dirección General de Sectores Productivos y/o Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).

CONSIDERANDO: Que mediante DICTAMEN-DSL-No.-671-2011, de fecha veintisiete (27) de diciembre del año 2011, emitido por la Dirección de Servicios Legales de esta

Secretaria de Estado, Dictamino que es del parecer que se CONCEDA la modificación de la Resolución de autorización al amparo del Régimen de Importación Temporal No.

26-A-98 del 26 de enero de 1998, en el sentido de ampliar el listado de bienes

autorizado a Importar al amparo del Régimen.

POR TANTO:

LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO; en aplicación de los artículos: 7 y 120 de la Ley General de la

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Administración Pública, 60 inciso b) 83, 89 y 120, de la Ley de Procedimiento Administrativo, 1 del Régimen de Importación Temporal, modificado mediante Decreto

190-86 del 31 de octubre de 1986, 2 y 25 del Acuerdo No. 545-87 del 6 de mayo de 1987, contentivo de su Reglamento

RESUELVE:

PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de modificación de la Resolución de

autorización al amparo del Régimen de Importación Temporal No. 26-A-98 del 26 de enero de 1998, en el sentido de ampliar el listado de bienes autorizado a Importar al amparo del Régimen de la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE HONDURAS S.A.

DE C.V. (ECOHSA).

SEGUNDO: Modificar la Resolución Nº- 26-A-98 del 26 de enero del 1998, mediante la

cual esta Secretaría de Estado autorizo a la Sociedad ELECTROCONDUCTORES DE

HONDURAS S.A. DE C.V. (ECOHSA). en el sentido de ampliar la lista de bienes

autorizada a importar al amparo del Régimen, incluyendo los que a continuación se detallan:

A). MAQUINARIA, EQUIPO, REPUESTOS, HERRAMIENTAS.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION Seiscientos cincuenta (650) catalizadores para

polietileno. 3815.90.90 Partes y accesorios para maquinas de las

partidas 8462 y 8463 8466.94.00

B) MATERIAS PRIMAS, ENVASES, EMPAQUES Y OTROS INSUMOS NECESA- RIOS EN EL PROCESO PRODUCTIVO QUE REALIZA LA EMPRESA.

DESCRIPCION GENERAL POSICION ARANCELARIA

SAC-IMPORTACION. Polietileno de densidad superior o igual a 094 3901.20.00

E) COEFICIENTE DE UTILIZACION Y PORCENTAJE DE DESPERDICIO POR CADA 907 CAJAS DE POLIETILENO A EXPORTAR.

(8)

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UTILIZADA %

MEDIDA DESPERDICIO

Polietileno kilogramos 250,000 10

NOTA: El coeficiente de Utilización y Porcentaje de Desperdicio descrito anteriormente

deberá ser verificado en las auditorias que se realicen en la empresa peticionaria por parte de la Dirección General de Sectores Productivos y/o Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).

TERCERO: Transcribir la Resolución a la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) para

que en el marco de su competencia, proceda de acuerdo a lo establecido en la Ley del Régimen de Importación Temporal, su Reglamento y demás aplicables.

CUARTO: La presente Resolución no agota la vía administrativa y procede contra ella

el Recurso de Reposición mismo que deberá ser presentado dentro del plazo de (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. En caso de no utilizar el recurso señalado y trascurrido que sea el termino del mismo; archívense las presentes diligencia, sin más tramites NOTIFIQUESE

JOSE FRANCISCO ZELAYA

Secretario de Estado en los Despachos de Industria y Comercio

RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA

Secretario General

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Referencias

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