MANEJO DE CASOS Y
MANEJO DE CASOS Y
RECOMENDACIONES
RECOMENDACIONES
RECOMENDACIONES
RECOMENDACIONES
PRACTICAS PARA LA
PRACTICAS PARA LA
CALIFICACION Y ARCHIVO DE
CALIFICACION Y ARCHIVO DE
CALIFICACION Y ARCHIVO DE
CALIFICACION Y ARCHIVO DE
DENUNCIAS
DENUNCIAS
DR. SANTIAGO IRIGOYEN DIAZ
DR. SANTIAGO IRIGOYEN DIAZ
DR. SANTIAGO IRIGOYEN DIAZ
Fiscal Superior Coordinador del Distrito
Fiscal Superior Coordinador del Distrito
Fiscal Superior Coordinador del Distrito
J di i l d A
i
J di i l d A
i
J di i l d A
i
p
p
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Judicial de Arequipa
Judicial de Arequipa
Judicial de Arequipa
DESAFÍOS DEL NUEVO MODELO PROCESAL
S
OS
U
O
O
O
OC S
PENAL
Trabajo armonizado entre Fiscales Jueces PNP Abogados de Defensa Jueces PNPEl Fiscal asume rol protagónico en el desarrollo de las investigaciones
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Plazo de 20 días
Plazo de 20 días + prórroga de 100 días
Principio de Oportunida d Acuerdos Reparatorios Proceso Inmediato Terminación Anticipada
GESTION DE DENUNCIAS – SELECCIÓN DE CASOS
Los fiscales coordinadores y en su casos los provinciales y adjuntos al provincial tenemos la misión de “filtrar” diariamente los casos que
GESTION DE DENUNCIAS
SELECCIÓN DE CASOS
provincial, tenemos la misión de filtrar diariamente los casos que ingresan al sistema corporativo a efectos de optimizar nuestros recursos humanos en función de nuestra organización, ello implica diferenciar cuando no tenemos caso, separar los casos que se consideran “débiles o sin futuro”, continuar con los casos “fuertes o con futuro” e identificar los casos donde sea posible aplicar salidas alternativas.
Con
una
eficiente
selección
de
casos
en
Base
a
parámetros
preestablecidos,
se
mantiene
el
equilibrio
del
Bumerang de la carga de trabajo
se
mantiene
el
equilibrio
del
despacho
fiscal.
GESTION DE LA CARGA DE TRABAJO
J
No sólo en el Perú, sino en todo Latinoamérica, existe
un problema de
gestión de la carga de trabajo de función fiscal
Esto no tiene que ver con
gestión de la carga de trabajo de función fiscal,
Esto no tiene que ver con
las posibilidades normativas que establezca o no un Código Procesal Penal,
sino con los bajos o altos índices de
utilización
de las herramientas que se
proveen, es decir las
SALIDAS ALTERNATIVAS – FACTOR HUMANO
GESTION DE LA CARGA DE TRABAJO
GESTION DE LA CARGA DE TRABAJO
FISCALIAS DE DECISIÓN TEMPRANA
FISCALIAS DE DECISIÓN TEMPRANA
FISCALIAS DE DECISIÓN TEMPRANA
LOS FISCALES DE DECISIÓN TEMPRANA esta integradas por fiscales que deben reunir los siguientes perfiles:
1.- Habilidades comunicativas adquiridas a través de la capacitación en técnicas 1. Habilidades comunicativas adquiridas a través de la capacitación en técnicas de conciliación (manejo de técnicas de conciliación, escucha activa, neutraliza mensajes negativos, etc.).
2.- Habilidades sociales adquiridas a través del desarrollo personal (ser empático, fi fi bl fl ibl j t b f t t bl generar confianza, ser confiable, flexible, justo, buena fe, trato amable, desenvolverse bien en el trabajo en equipo, respetar valores e ideas distintos a los suyos).
3.- Características personales como estabilidad emocional, rapidez para actuarp , p p positivamente en momentos de crisis, capacidad de reconocer limitaciones, ser paciente, controlar su carácter, no ser violento.
4.- Características cognitivas: inteligente, capacidad de análisis y síntesis, poseer razonamiento lógico y abstracto creatividad capaz de crear conceptos propios razonamiento lógico y abstracto, creatividad, capaz de crear conceptos propios, tener criterio, capacidad de resolver problemas, capaz de integrar
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
FISCALIAS DE DECISIÓN TEMPRANA
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Y APLICACIÓN
LO ESTABLECIDO EN LA LEY NATURALEZA DEL DELITO
PROPENDER A LA PREDISPOSICION DE LAS PARTES
SUSTENTO DE FUENTES DE PRUEBA SUSTENTO DE FUENTES DE PRUEBA ETAPA EN QUE SE ENCUENTRA LA
DENUNCIA - INVESTIGACION.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
Esta facultad le permite abstenerse del ejercicio de la acción penal, evitando el proceso penal y la imposición de la pena, al existir un acuerdo entre imputado y victima que busca la reparación del daño causado
reparación del daño causado.
Cuando en una investigación existen suficientes elementos de responsabilidad y el hecho materia de imputación cumpla con los supuestos de ley el fiscal promoverá la aplicación del los supuestos de ley, el fiscal promoverá la aplicación del principio de oportunidad, antes de formularse la acusación.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
¿ EN QUE SUPUESTOS SE APLICA EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD? ¿ EN QUE SUPUESTOS SE APLICA EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD?
AUTOR VICTIMA (Art. 2.a)
Cuando el autor resulta perjudicado por el delito
PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
Escasa significancia (Art.2.b)
La pena mínima no supere los dos años de privación de la libertad.
MINIMA CULPABILIDAD Art.2.c)
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
EL FISCAL PUEDE IMPONER EL PAGO EL FISCAL PUEDE IMPONER EL PAGO
•
Además del acuerdo reparatorio y en atención a la gravedad del
hecho o de la responsabilidad, el fiscal podrá imponer
p
,
p
p
adicionalmente el pago de un importe a una institución social o
del Estado y la aplicación de reglas e conducta.
•
La propuesta del principio de oportunidad debe
ser propuesta
por el fiscal antes de la acusación fiscal
con aprobación del
EN LA INVESTIGACION PREPARATORIA
por el fiscal antes de la acusación fiscal
, con aprobación del
Imputado y citación del agraviado para posteriormente dictar
el auto de sobreseimiento.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
ACUERDOS REPARATORIOS
S li d f bli i i i d
Se aplican de forma obligatoria, como un requisito de procedibilidad de la acción penal, en los delitos de:
1. Lesiones 2. Hurto simplep
3. Hurto de uso 4. Hurto simple de ganado 5. Apropiación ilícita 6. Sustracción de bien propio 7. Apropiación irregular 8. Apropiación de prenda
E t f Lib i t i d bid
9. Estafa 10. Libramiento indebido, y 11. En delitos culposos
Siempre que no exista pluralidad de victimas o concurso de otrop q p delito.
En estos delitos, no se puede formalizar la investigación
preparatoria, si antes no se cito a diligencia de acuerdo reparatorio.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Se puede p aplicar de oficio o a pedido del imputado o de la victimap p p , , Propondrán un acuerdo reparatorio. Si ambos convienen el mismo. El fiscal se abstendrá de ejercitar la acción penal.
Si el imputado no concurre a la segunda citación o se ignora su Si el imputado no concurre a la segunda citación o se ignora su Domicilio o paradero, el Fiscal promoverá la acción penal
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
LA
DILIGENCIA
DE
ACUERDO
PARA
APLICAR
EL
PRINCIPIO
DE
OPORTUNIDAD
Y
LOS
ACUERDOS
REPARATORIOS
Requisitos: L l iti ió d l t
Fiscal aplica (Art.2)
De oficio a pedido del imputado •La legitimación de las partes.
•El consentimiento de las partes sea mutuo y libre. •Las partes tengan conocimiento de sus derechos.
De oficio, a pedido del imputado o agraviado, cita a las partes.
Inconcurrencia del imputado (Art.2.6)
Se promueve acción penal Diligencia de acuerdos ( Art.2.3)
•En inasistencia del agraviado puede determinar el monto de la reparación.
Disposición de abstención (Art.2.4) Fiscal dicta cuando se ha
satisfecho el acuerdo p
•El plazo para el pago de la reparación no puede exceder de 9 meses.
•De no producirse el pago de la reparación, el fiscal promueve la acción penal.
•De concretarse el acuerdo ningún otro fiscal
Existe acuerdo publico o privado (Art.2.3)
No hay necesidad de diligencia de acuerdo.
•De concretarse el acuerdo, ningún otro fiscal puede promover acción por este hecho.
•Fija el plazo para el pago de la reparación cuando no hay acuerdo.
TERMINACIÓN ANTICIPADA
Mecanismo alternativo al proceso penal ordinario que tiene
lugar cuando el imputado y el persecutor publico convienen
concluir por anticipado el conflicto, vía de un acuerdo
concluir por anticipado el conflicto, vía de un acuerdo
consensuado sobre los cargos, la sanción y el monto
pecuniario.
DESTACAMOS
Simplificación del procedimiento
Descarga procesal (evita congestión)
DESTACAMOS
Derecho penal premial
Negociación : Consenso
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
¿Cuando
opera
?
Después de haber formalizado investigación preparatoria y antes de formularse acusación fiscal.
• Se aplica a todo tipo de delitos
• En procesos con pluralidad de hechos punibles y/o imputados, sep ocesos co p u a dad de ec os pu b es y/o pu ados, se requiere el acuerdo de todos los imputados y por todos los cargos que se atribuye a cada imputado. Art. 469.
El juez podrá aprobar acuerdos parciales (esto es de alguno de • El juez podrá aprobar acuerdos parciales (esto es, de alguno de los imputados), si la falta de acuerdo se refiere a delitos conexos en relación con otros imputados. Art. 469
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
¿Cuando no procede acuerdos parciales?
• Si el acuerdo perjudica el éxito de la investigación
¿Que
efectos tiene?
• Evita los efectos negativos de la publicidad de juzgamiento (estigmatización del imputado)
• La expectativa social queda satisfecha en doble aspecto: todo delito
i d id i ñ l b d l
es sancionado y se evidencia una señal para abandonar el escepticismo
• Reducción de índices de impunidad
• Celeridad, menor gasto a asumir por el Estado, g p
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Principales
Características
• Puede ser solicitada a petición del Fiscal o del imputado, o de ambos en conjunto.
• Para su materialización se requiere de la no oposición del fiscal o el • Para su materialización se requiere de la no oposición del fiscal o el
imputado.
• Puede intentarse por una sola vez
• El Fiscal y el imputado pueden sostener reuniones preparatorias informales
• La participación de la parte civil y el tercero civilmente responsable
• Su tramitación es incidental, no impide la continuación del proceso originario
originario
• No se permite la actuación de prueba en la audiencia • La audiencia es de carácter privada
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
ESQUEMA PROCEDIMENTAL DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA
Solicitud de celebración Juez de investigación preparatoria
ESQUEMA PROCEDIMENTAL DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA
De la audiencia de Terminación anticipada
Fi l I t d
Juez de investigación preparatoria Corre traslado a los sujetos
procesales
Fiscal o Imputado
Formalizada la investigación Preparatoria hasta antes que El fiscal acuse
Absolución del traslado Formulando sus Pretensiones (5 días).
Art. 468.3
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Audiencia de terminación Anticipada Resolución Judicial Sentencia Homologando El acuerdo entre el Fiscal y el imputado Sentencia De absolución
Auto que desaprueba el Acuerdo llegado entre El fiscal y el imputado
y p
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
PROCESO INMEDIATO
PROCESO INMEDIATO
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
FINALIDAD
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Quien puede requerir
el proceso inmediato?
Q
p
q
p
•
El
articulo
446
del
CPP
señala
que
•
El
articulo
446
del
CPP,
señala
que
corresponde
al
Fiscal
solicitar
la
vía
del
Proceso
Inmediato.
d
l
l d l
l
•
Se trata de una Decisión unilateral del Fiscal, que
debe ser adoptada luego
de una evaluación
preliminar de los elementos de fuente de prueba,
p
p
,
que existe en el proceso.
•
No es necesidad consultar con
las
partes
que
intervienen ni discutirlas ellas
intervienen ni discutirlas ellas.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
En
que
casos
procede?
Cuando el Imputado ha sido sorprendidop p y detenido en flagrante delito
Cuando el Imputado ha confesado la
comisión del delito
Cuando los elementos de convicción
acumulados durante las diligencias
preliminares, y previo interrogatorio del imputado sean evidentes
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
Oportunidad de presentación
del Proceso Inmediato
*
Se presenta ante el juez de investigación preparatoria
culminadas las diligencia
preliminares o antes de 30
días de formalizar la investigación preparatoria “traslado
dí
l
j t
l ”
por 03 días a los sujetos procesales”.
* El imputado lo puede solicitar antes de la acusación
* Basta que se configure cualquiera de estos supuestos para
Basta que se configure cualquiera de estos supuestos para
que el fiscal solicite
al juez de la investigación
preparatoria el inicio del proceso inmediato.
Dr. Santiago Irigoyen Díaz Fiscal Superior Coordinador
DECISIÓN DEL JUEZ DE LA
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
ACTUACIÓN DEL FISCAL DESPUÉS DE LA DECISIÓN 1. Fiscal formula acusación Decide en el plazo de 03 días.
• Dispone el inicio del proceso. • Rechaza el proceso
2. Fiscal formaliza investigación preparatoria 3. Fiscal dispone la continuación de la
investigación
JUEZ DE LA
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA * Remite al juez penal para
JUEZ COMPETENTE Dicta acumulativamente: a) Auto de enjuiciamiento Remite al juez penal para
continuar el proceso
a) Auto de enjuiciamiento b) Citación al juicio