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IGUALANDONOS EN LA RED

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(1)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

IGUALANDONOS

EN LA RED

El comercio electr

ó

nico como

herramienta de conciliaci

ó

n para las

herramienta de conciliaci

ó

n para las

aut

ó

nomas andaluzas

(2)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Índice de contenidos:

1. Alta en Hacienda

2. Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas (IRPF)

Físicas (IRPF)

3. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

4. Otras novedades fiscales contenidas en la Ley

de Emprendedores

5. Otras obligaciones tributarias

6. La Administración Electrónica

(3)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

DECLARACIÓN CENSAL

Modelos 036 / 037.

Declaración de alta.

1. Alta en Hacienda

Declaración de alta.

Modificación.

Baja.

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Sujetos exentos.M

Modelos 840 / 848.

1. Alta en Hacienda

Incompatibilidad entre

Regímenes.

Renuncia.

Exclusión.

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Nueva figura mercantil:

Emprendedor/a de Responsabilidad Limitada, “ERL”.

• Exclusivamente para personas físicas que se encuentren en un momento

inicial de su actividad empresarial para evitar que la responsabilidad de

sus deudas empresariales afecte a su vivienda habitual.

1. Alta en Hacienda

sus deudas empresariales afecte a su vivienda habitual.

• La limitación de responsabilidad no se aplicará a:

• Deudas que no provengan de la actividad empresarial o profesional

• Deudas contraídas con anterioridad a su publicación en el Registro de la Propiedad y Mercantil (SALVO si existiese “consentimiento expreso” de los deudores, en cuyo caso sí se aplicaría la exención de responsabilidad a estas deudas).

• Obligaciones tributarias o con la Seguridad Social

(6)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Requisitos y obligaciones

:

Nueva figura mercantil:

Emprendedor/a de Responsabilidad Limitada, “ERL”.

1. Alta en Hacienda

• Inscribir en el Registro Mercantil de su domicilio su condición ERL, junto con el inmueble que quede excluido de la responsabilidad. Sirve de base bien acta notarial o la instancia suscrita y remitida al Registro telemáticamente con firma electrónica.

• El valor de la vivienda no podrá superar los 300.000 euros, (base imponible del ITPAJD) en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil. Dicho importe se incrementará en un 50% (450.000 euros) para las viviendas situadas en poblaciones de más de 1.000.000 de habitantes.

• Obligación de formular y en su caso someter a auditoría las cuentas anuales, y depósito en el Registro Mercantil. En caso de incumplimiento en plazo de 7 meses desde el cierre del ejercicio social- se perdería la exención de responsabilidad del bien.

• Una vez inscrita la condición de bien no sujeto a responsabilidad empresarial- habrá comunicación directa entre los Registros Mercantil y de la Propiedad

• En caso de venta de este bien a un tercero, dicha venta producirá inmediatamente la extinción de la no vinculación de este inmueble a la responsabilidad empresarial del ERL vendedor.

las viviendas situadas en poblaciones de más de 1.000.000 de habitantes. • La vivienda podrá ser propia o común.

• En toda su documentación profesional deberá constar su condición mediante las palabras “emprendedor de responsabilidad limitada” o “ERL” tras su nombre y apellidos y su identificación fiscal.

(7)
(8)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

FORMAS DE ESTIMACIÓN

Estimación Directa Normal.

Estimación Directa Simplificada.

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

Estimación Directa Simplificada.

Estimación Objetiva.

(9)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Pagos Fraccionados:

Estimación Directa normal: Mod. 130

Estimación Objetiva: Mod. 131

Declaración Anual:

Mod. D-100

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ESTIMACION DIRECTA

Novedades en materia de gastos deducibles

:

Para el ejercicio 2013 las cuotas satisfechas a las Mutualidades de Previsión Social por los profesionales serán deducibles con el límite anual del 50 por 100 de la cuota máxima por contingencias comunes que esté establecida, en cada ejercicio económico, en el citado Régimen especial (6.125,15 euros en 2013 y si la cotización fuese inferior únicamente serán deducibles los importes efectivamente satisfechos.)

Se prorroga a 2013 el límite máximo de la deducción del fondo de comercio y del inmovilizado

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

Se prorroga a 2013 el límite máximo de la deducción del fondo de comercio y del inmovilizado intangible con vida útil indefinida (art. 12.6 y 7 LIS) para los contribuyentes que no tengan la consideración de empresas de reducida dimensión.

Para 2013 y 2014 una limitación a la deducibilidad de los gastos por amortización que será aplicable a los contribuyentes que no cumplan los requisitos para ser considerados ERD (solo podrá deducirse como gasto hasta el 70% del importe que hubiera resultado fiscalmente deducible).

No serán deducibles los gastos de personal que corresponda a indemnizaciones derivadas de la extinción de la relación laboral, común o especial, o de la relación mercantil de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, producidas desde 1 de enero de 2013, cuando superen determinados importes (1.000.000 € o, el importe exento según el art. 7.e) LIRPF).

(11)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ESTIMACION DIRECTA

Se introduce un nuevo supuesto de REDUCCIÓN DEL RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, para los contribuyentes que inicien una actividad económica en el ejercicio, que podrán reducir el rendimiento neto declarado, minorado por las reducciones previstas en los apartados 1 y 2, en el primer periodo en el que el mismo sea positivo y en el siguiente.

(artículo 32.3 de la LIRPF introducido por el R.D.Ley 4/2013, de 22 de febrero) Requisitos (todos y cada uno ):

a) Que inicien el ejercicio de una actividad económica y determinen el rendimiento el

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

a) Que inicien el ejercicio de una actividad económica y determinen el rendimiento el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación directa.

b) Que la actividad económica se haya iniciado a partir de 1 de enero de 2013.

c) Que no se haya ejercido ninguna otra actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la nueva actividad.

Podrán reducir en un 20% el importe del rendimiento neto positivo declarado de todas las actividades, previamente minorado, en su caso, por aplicación de la reducción por rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, y por la reducción que corresponda por el ejercicio de determinadas

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ESTIMACION DIRECTA

La reducción se aplicará en el primer periodo impositivo en el que el rendimiento sea positivo y en el siguiente.

En aquellos casos en que se inicie, a partir del 1 de enero de 2013, una actividad que genere el derecho a aplicar esta reducción y posteriormente se inicie otra, sin haber cesado en la anterior, la reducción se empezará a aplicar en el periodo impositivo en el que la suma de los rendimientos netos positivos de ambas actividades sea positiva, aplicándose sobre dicha suma.

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

suma.

Límite máximo de la reducción: La cuantía de los rendimientos netos sobre la que se aplicará la citada reducción no puede superar el importe de 100.000 euros anuales.

Exclusión: La reducción no resulta de aplicación en el período impositivo en el que más del 50 % de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.

Por último, se prorroga la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.

(13)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ESTIMACION OBJETIVA

Se establecen dos nuevas causas de

exclusión del método

de estimación objetiva:

1) Para los contribuyentes que ejerzan las actividades empresariales a las que sea de aplicación la retención del 1 por 100, cuando el volumen de los rendimientos íntegros delas actividades sujetas a retención haya superado en 2012 (año inmediato anterior) las siguientes cantidades:

- 50.000 euros anuales, siempre que además represente más del 50 por 100 del volumen

2. Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas (IRPF)

- 50.000 euros anuales, siempre que además represente más del 50 por 100 del volumen total de rendimientos íntegros correspondiente a estas actividades

- 225.000 es anuales

Excluidos: transporte de mercancías por carretera y de servicios de mudanzas

2) Para los contribuyentes que ejerzan las actividades de transporte de mercancías por carretera (epígrafe 722 IAE) y de Servicios de mudanzas (epígrafe 757 IAE) que el volumen conjunto de rendimientos íntegros para el conjunto de estas actividades supere los 300.000 euros en el año 2012 (en el año inmediato anterior).

(14)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

• Actividades exentas de IVA.

• Regímenes de tributación:

• Régimen General.

Mod. 303

• Régimen Especial Simplificado. Mod. 310 /

311 / 370

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• Régimen Especial del Recargo de

Equivalencia

(15)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

El nuevo Régimen Especial: Criterio de Caja en el IVA

Aspectos generales

Ámbito subjetivo de aplicación

Ámbito temporal de aplicación

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Ámbito temporal de aplicación

Ámbito objetivo de aplicación

Devengo y deducibilidad

Renuncia y exclusión

Obligaciones formales

(16)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ASPECTOS GENERALES

Devengo (exigibilidad del impuesto): realización de la EB o PS (reglas especiales: tracto sucesivo y

pagos antic.)

Art. 66: los EM podrán disponer que el impuesto sea exigible (determinadas operaciones o categorías de sujetos pasivos)

Expedición de la factura

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Expedición de la factura

Cobro del precio

Plazo determinado desde el devengo

Nacimiento del derecho a la deducción: momento en que es exigible el impuesto deducible

Art. 167 bis: régimen optativo diferimiento hasta pago para sujetos cuyo IVA es exigible conforme al art. 66 b). Umbral máximo de volumen de negocios ANUAL

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Ámbito de aplicación

:

• Todas las operaciones realizadas en el TAI

• Exclusiones:

REGÍMENES ESPECIALES: simplificado; agricultura, ganadería y pesca;

recargo de equivalencia; oro de inversión; servicios por vía electrónica; grupos

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

recargo de equivalencia; oro de inversión; servicios por vía electrónica; grupos

EXPORTACIONES y EIB exentas

ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS BIENES

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO

IMPORTACIONES y operaciones asimiladas

AUTOCONSUMO de bienes y servicios.

(18)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Opción

:

• Declaración de comienzo de la actividad.

• Mes de diciembre RD 1042/2013: hasta 31/3/2014

• Prórroga tácita. Sin periodo mínimo

Renuncia

:

• Declaración censal en mes de diciembre

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• Efectos durante un periodo mínimo de tres años

Exclusión

• Volumen de operaciones superior a 2.000.000 €

• Cobros en efectivo mismo destinatario > a 100.000 €

• Efectos exclusivamente en el año inmediato siguiente

Renuncia y exclusión: se mantienen las normas respecto de las operaciones durante la

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Contenido:

• DEVENGO del impuesto

• Cobro total o parcial, por el importe percibido

• 31 de diciembre del año inmediato posterior

Cobro mediante cheques, pagarés, letras: momento del

vencimiento (abono en cuenta). No descuento bancario

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• REPERCUSIÓN: al expedir y entregar la factura

• NACIMIENTO DEL DERECHO A LA DEDUCCIÓN

• Pago total o parcial, por el importe satisfecho

• 31 de diciembre del año inmediato posterior

(20)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Contenido:

• DESTINATARIO de las operaciones afectadas por el régimen especial:

• NACIMIENTO DEL DERECHO A LA DEDUCCIÓN

• Pago total o parcial, por el importe satisfecho

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• Pago total o parcial, por el importe satisfecho

• 31 de diciembre del año inmediato posterior

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Obligaciones formales

Sujeto acogido al régimen

• Libro registro de facturas expedidas

• Fecha de cobro total o parcial con importe

• Cuenta bancaria o medio de cobro utilizado

• Libro registro de facturas recibidas

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• Libro registro de facturas recibidas

• Fecha de pago total o parcial con importe

• Medio de pago

Destinatario de las operaciones acogidas: Libro

facturas recibidas

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelo 303

-

Se refunden en

un solo modelo 303

el régimen general y el simplificado: se eliminan

los modelos 310,311,370 y 371.

-

En el

apartado de Identificación

se pregunta si se está acogido al criterio de caja o si

es destinatario de operaciones en caja.

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

es destinatario de operaciones en caja.

-

Se han incorporado

4 casillas en el apartado de “Información adicional”

que

permitirán identificar con la periodicidad correspondiente a cada autoliquidación:

El importe de las operaciones de entregas de bienes y prestaciones de

servicios a las que habiéndose aplicado el régimen especial del criterio de

caja, se hubieran devengado en dicho período conforme a la regla general de

devengo.

El importe de las adquisiciones a las que afecte el régimen especial del

criterio de caja.

(23)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

(24)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

(25)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelo 347.

Operaciones afectadas por el criterio de caja

Se deben declarar de forma separada del resto de operaciones conforme a los dos

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Se deben declarar de forma separada del resto de operaciones conforme a los dos

criterios siguientes:

- regla general de devengo (art 75 LIVA)

(26)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

(27)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

(28)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelo 340.

: imputación temporal de las anotaciones

Nº factura Fecha factura Tipo Base Cuota Total factura

1 20/01/2013 10 1.000,00 100 1.100,00

2 25/01/2013 0 1.500,00 0 1.500,00 ISP

3 30/01/2013 10 500,00 50 550,00

Total a pagar 3.150,00

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Fecha Importe pagado

10/02/2013 3.000

Factura Fecha factura/ pagoTipo Base Cuota Total Medio de pago Importe pago

1 10/02/2013 100 IBAN 1.100

3 10/02/2013 36,36 IBAN 400

Respecto a las facturas anteriores se producen los siguientes pagos:

(29)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelo 340.

Orden HAP/2215/2013 cambios:

• Nueva clave “Z” obligatoria

para identificar las facturas expedidas y recibidas por

operaciones que tributen de acuerdo con el criterio del IVA de Caja.

• Nuevas claves numéricas, voluntarias

, para identificar operaciones afectadas por IVA de

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

• Nuevas claves numéricas, voluntarias

, para identificar operaciones afectadas por IVA de

caja en las que concurra otra característica con clave propia ,p.e arrendamiento

• Añadir casillas

tanto en el libro de facturas expedidas como en el de facturas recibidas

afectadas por el criterio de caja para:

declarar la fecha de los cobros/pagos

declarar los importes cobrados/pagados

(30)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelos 036 y 037

OM HAP/2215/2013 se han incluido los siguientes cambios:

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

-En el apartado 6.C) de “Regímenes aplicables” que aparece en la página 5 del

Modelo

036

se

introduce la nueva modalidad

de régimen especial del criterio de caja.

-En el apartado 4.C) de “Regímenes aplicables” que aparece en la página 2 del

Modelo

037 se introduce la nueva modalidad

de régimen especial del criterio de caja.

(31)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

ADAPTACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQ./DECLARACIÓN

Modelo 347.

En la declaración de 2014 a presentar en 2015:

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

En la declaración de 2014 a presentar en 2015:

Nueva casilla para identificar las operaciones realizadas de acuerdo con el criterio del

IVA de caja.

Nueva casilla para consignar el importe anual de las operaciones devengadas de

acuerdo con el criterio del IVA de caja.

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LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores

Ley 16/2013, de 29 de octubre, de medidas de fiscalidad

medioambiental y otras medidas tributarias…

(BOE 30/10)

Real Decreto-Ley1/2014, de 24 de enero

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del

Estado para 2014(BOE 26/12)

Real Decreto-Ley1/2014, de 24 de enero

(BOE 25/10)

Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, que modifica el

Reglamento del IVA y otras normas tributarias(BOE 26/10)

(33)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Ley 14/2013 (i)

No introduce grandes novedades, sino las tradicionales adaptaciones y actualizaciones

normativas:

En el IRPF:

Se prorroga para 2014 la aplicación del gravamen complementario a la cuota íntegra estatal establecido inicialmente para 2012/13

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

Igualmente, se prorroga la aplicación de la reducción del 20% en el rendimiento neto de

las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo

También se prorroga la aplicación de la deducción del 1-2% por los gastos e inversiones

para habituar a los empleados en la utilización de las TIC

Se actualizan al 1% los coeficientes de actualización de los valores de adquisición de bienes inmuebles no afectos, a los efectos de la determinación de las ganancias y pérdidas patrimoniales que se ocasionen en su transmisión

(34)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Ley 14/2013 (ii)

En el IRPF,

Se extiende la aplicación de la nueva deducción por inversión de beneficios en el IS a los

contribuyentes que obtienen rendimientos de AAEE

La base de la deducción será la parte de la base liquidable general positiva que se

corresponda con los rendimientos netos de actividades económicas que son objeto de

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

corresponda con los rendimientos netos de actividades económicas que son objeto de inversión obtenidos a partir del 1/1/2013

El límite de la deducción será la cuantía resultante de sumar las cuotas íntegras

estatal y autonómica

El porcentaje general de deducción será del 10%- Sin embargo, será del 5 % cuando

se apliquen la reducción del artículo 32.3 LIRPF (inicio de nuevas actividades), la

reducción de la DA 27ª (mantenimiento de plantilla) o la deducción del artículo 68.por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.

(35)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Real Decreto-Ley 1/2014

Incluye, además, dos cambios en la LIVA, con efectos a partir del 26/1/2014:

Se reduce del 21 al 10% el tipo de gravamen aplicable a las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, así como a las entregas y a las adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte, siempre que sean los

propios autores o sus derechohabientes y los empresarios no revendedores con

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

propios autores o sus derechohabientes y los empresarios no revendedores con derecho a deducción íntegra del impuesto soportado, los que lleven a cabo las entregas de los mismos

Con relación al régimen especial de los bienes usados, objetos de arte,

antigüedades y objetos de colección, se incluye entre los sujetos que pueden

aplicarlo a los revendedores que realicen entregas de objetos de arte adquiridos a

(36)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Real Decreto 828/2013 (i)

Desarrollo reglamentario de las previsiones de la Ley 14/2013 sobre el IVA de Caja

Modificación de la base imponible por créditos incobrables y concurso del destinatario (nueva redacción del artículo 24.1 y 2 del RIVA):

Se introduce expresamente la exigencia al sujeto pasivo, como condición para la modificación de la base imponible, la acreditación de la remisión de la factura rectificativa al

destinatario

A partir del 1/1/2014, la obligación de comunicación de las modificaciones de bases

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

A partir del 1/1/2014, la obligación de comunicación de las modificaciones de bases imponibles, tanto para el acreedor como para el deudor, debe realizarse por medios

electrónicos, en el formulario disponible en la sede electrónica de la AEAT

Los documentos que acompañen la comunicación mencionada por parte del acreedor deberán remitirse a través del registro electrónico de la AEAT

En caso de concurso del destinatario de las operaciones (artículo 80.Tres LIVA):

Las facturas rectificativas serán también remitidas a las administraciones concursales

Se elimina de los documentos que deben presentarse en la AEAT acompañando a

la comunicación de modificación de base imponible, la copia del auto judicial de

(37)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Real Decreto 828/2013 (ii)

Otras modificaciones relativas al modelo 347 (para operaciones realizadas a partir del 1/1/2014)

Pasan a incluirse como nuevos obligados a presentar la declaración las comunidades

de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o

establecimientos de carácter social, con determinadas excepciones.

Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas

por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas

Se produce la eliminación del límite mínimo excluyente de 3.005,06 € exclusivamente para obligar a declarar todas las subvenciones otorgadas por las distintas AAPP a una misma persona o entidad.

Deberán identificarse separadamente las operaciones en las que se produzca la aplicación de la inversión del sujeto pasivo en el IVA

(38)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Real Decreto 960/2013

En el IRPF se establece la nueva obligación de información para las empresas de nueva o reciente creación cuyos partícipes o accionistas (business angels) hubieran suscrito acciones o participaciones con derecho a la deducción por inversión en este tipo de entidades

Se concreta posteriormente por Orden Ministerial en la aprobación del modelo 165 Se exige la llevanza de un libro registro de ventas o ingresos a efectos de controlar y acreditar los

4. Otras novedades fiscales

de la Ley de Emprendedores

la llevanza de un libro registro de ventas o ingresos a efectos de controlar y acreditar los requisitos en cuanto al volumen de rendimientos procedentes de sujetos obligados a retener y no obligados, que afecta tan solo a los empresarios en módulos cuyas actividades están

sujetas a la retención del 1%

Igualmente, se realizan las adaptaciones del Reglamento del IRPF como consecuencia de la

supresión a partir del 1/1/2013 de la deducción por inversión en vivienda habitual

Tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades, y respecto de los sujetos pasivos que tienen obligación mensual de presentar la declaración y realizar el ingreso correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta, se elimina el plazo excepcional que

(39)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de trabajo,

actividades económicas, premios y determinadas imputaciones

de renta. Mod. 110/ 111 /190.

Retenciones por arrendamiento de bienes inmuebles. Mod. 115

/ 180.

5. Otras obligaciones fiscales

Retenciones del capital

mobiliario. Mod. 123 / 193.

(40)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

DECLARACIONES INFORMATIVAS

Declaración

informativa

de

operaciones

incluidas en los libros de registro. Mod. 340.

5. Otras obligaciones fiscales

Declaración

recapitulativa

de

operaciones

intracomunitaria. Mod. 349.

Declaración de operaciones con terceros. Mod.

347.

(41)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LOS IMPUESTOS:

IMPRESO

6. Administración electrónica

VÍA TELEMÁTICA

TELEPROCESO

(42)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

CERTIFICADO ELECTRÓNICO

OBTENCIÓN.

INSTALACIÓN.

PERIODO DE VALIDEZ.

RENOVACIÓN.

6. Administración electrónica

RENOVACIÓN.

REVOCACIÓN.

ELIMINACIÓN.

(43)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

PIN 24 horas

Establecer una única norma sobre formas y

procedimientos de presentación y en su caso de pago,

atendiendo a:

La naturaleza del obligado tributario El resultado final(autoliquidaciones)

Las características de la declaración informativa

Incrementar la presentación telemática reduciendo al

6. Administración electrónica

Incrementar la presentación telemática reduciendo al

máximo posible la presentación en papel preimpreso:

Se potencian las vías de presentación ya existentes (certificado electrónico, “predeclaraciones” en autoliquidaciones).

Apertura de un nuevo sistema de firma electrónica no avanzada para que las Personas Físicas tramiten y presenten declaraciones por internet, mediante un sistema de autenticación en 2 pasos que

(44)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

PIN 24 horas

(45)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

PIN 24 horas

(46)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

(47)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Ámbito sujetivo y temporal:

Volumen de operaciones no superior a 2.000.000 €

Año natural

Las operaciones se entenderán realizadas en el momento del devengo según las

reglas generales

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Año 2014: opción por el RECC

Ventas sin IVA cobradas en 2014: 1.000.000

Ventas sin IVA pendientes de cobro: 1.500.000

• IVA devengado 2014: 1.000.000 x 21%= 210.000 (criterio de caja) • Excluido del régimen especial 2015. Ventas sin IVA 2015: 500.000 • IVA devengado 2015: 500.000 x 21% + 1.500.000 x 21%= 420.000

(48)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Año 2013

Importe total de ventas sin IVA: 1.000.000 €

Año 2014

Opta por RECC:

Importe total de ventas sin IVA: 3.000.000 €

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

Importe total de ventas sin IVA: 3.000.000 €

Todas las ventas se efectúan al contado excepto la entrega de maquinaria por

importe de 500.000 € cuyo cobro se produce, la mitad en el momento de la

entrega el 1 de junio de 2014 y la cantidad restante el 1 de junio de 2015

IVA devengado en el segundo trimestre por venta de maquinaria: 250.000 x 21% =

52.500 € (el devengo se produce con el cobro)

(49)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Año 2015

El volumen de ventas de 2014 supera los 2.000.000 € por lo que queda excluido

del régimen especial del criterio de caja

Importe total de ventas sin IVA: 1.000.000 €

Todas las ventas se efectúan al contado excepto la entrega de un inmueble por

importe de 600.000 € cuyo cobro se produce, la mitad en el momento de la

entrega el 1 de junio de 2015 y la cantidad restante el 1 de junio de 2016

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

entrega el 1 de junio de 2015 y la cantidad restante el 1 de junio de 2016

IVA devengado en el segundo trimestre 2015:

por venta del inmueble: 600.000 € x 21% = 126.000 € (devengo se produce con

la entrega independientemente del cobro).

por venta de maquinaria: 250.000 x 21% = 52.500 € (el devengo se produce

con el cobro)

En el año 2016 podrá optar de nuevo por el criterio de caja pues el volumen de

ventas no supera los 2.000.000 € si se cumplen el resto de requisitos.

(50)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Contenido: Reglas especiales

1. Modificación de la base imponible por impago (art. 80. Cuatro) realizada por el

destinatario.

Nacimiento del derecho a la deducción de las cuotas pendientes de deducción

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

La entidad A (volumen oper. < 6 millones) entrega bienes a B, acogida al régimen

especial, por importe de 100.000 € el 1 de enero de 2014, fijándose para el pago

la fecha de 1 de abril de 2014. El 10 de agosto, al producirse el impago, se emite

una factura rectificativa art. 80. Cuatro

• 1T: IVA deducible = 0

• 3T: IVA deducible: 21.000

(51)

LA IMPORTANCIA DEL ASOCIACIONISMO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

Contenido: Reglas especiales

2. Declaración de concurso del sujeto acogido al RECC

Devengo de las cuota repercutidas pendientes

Nacimiento del derecho de deducción de las cuotas soportadas pendientes de pago.

Imputación a declaración operaciones anteriores concurso.

3. Impuesto sobre el Valor

Añadido (IVA)

La entidad A, acogida al régimen especial, se encuentra en situación concursal

por auto de 1 de marzo de 2014. Datos:

IVA repercutido no cobrado:

300.000

IVA soportado no pagado operaciones en reg. especial: 20.000

IVA soportado no pagado operaciones rég. general:

70.000

• 1T: Preconcursal

Referencias

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