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Forward Rate Agreement
y Seguro de Cambio II
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Índice
1 Utilidad de los Contratos de FRAS... 3
1.1 Utilización de los FRAs como instrumento de cobertura: ... 3
1.2 Utilización de los FRAs como Instrumento de Especulación: ... 4
2 Seguro de Cambio ... 5
2.1 Concepto ... 5
2.2 Características ... 5
2.3 Formación del Precio ... 5
2.4 Formulación del Seguro de Cambio ... 6
03 ASTURIAS: RED DE UNIVERSIDADES VIRTUALES IBEROAMERICANAS 2016®
Not a Técnica preparada por Asturias: Red de Universidades Virtual es Iberoamericanas. Su difusión, reproducción o uso t otal o parcial para cual quier ot ro propósito queda prohibida. Todos los derechos reservados.
Objetivos
Conocer el origen de los contratos FRAs y las tres fechas relevantes para el comprador y el vendedor de los contratos FRAS
Aprender a determinar el precio de un FRA o tipo de interés garantizado en el contrato (ig)
Estudiar la utilidad de los contratos de FRAs como instrumento de cobertura y como instrumento de especulación
Definir los seguros de cambio y aprender su formulación
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Utilidad de los Contratos de FRAS
Los contratos de FRAS se pueden enfocar desde diferentes puntos de vista en función de los fines de su utilización:
* Desde el punto de vista de la cobertura entre la volatilidad de los tipos de interés. * Desde el punto de vista de la especulación.
1.1 Utilización de los FRAs como instrumento de cobertura:
Estos contratos podrán ser empleados como cobertura de las oscilaciones que se pueden producir en los tipos de interés. En este caso, los FRAs se utilizan para operaciones interbancarias y para operaciones con activos financieros a corto plazo donde exista una relación estrecha entre los tipos de interés a los que se encuentran sometidos esos activos y los tipos de interés por los que se rige el mercado interbancario. La cobertura tratará de restringir el riesgo de interés derivado de una posición mantenida en un mercado contrato como el mercado de depósitos o el mercado de crédito.
Ejemplo:
Supongamos que un individuo realiza una compra de un contrato de FRA a un tipo de interés pactado del 9%. Transcurridos 2 meses, ante la situación que se ha desarrollado en el mercado, el mismo individuo decide dar cobertura a la operación anterior y por ello lleva a cabo un contrato de venta de un FRA con un tipo de interés pactado del 9 %. De esta manera, dicho individuo habrá cubierto la operación inicial, de tal forma que llegado el momento de la liquidación, en la fecha de inicio del depósito subyacente, independientemente del valor del tipo de interés registrado por el mercado se podrán dar dos situaciones:
a) Que el tipo de interés de mercado sea superior a el tipo pactado en el contrato inicial de compra del FRA; por un lado el individuo recibirá el importe de la liquidaci ón correspondiente a dicho contrato de compra, pero por otro lado esta persona física o
“Los FRAs se utilizan para operaciones interbancarias y para operaciones con activos financieros a corto plazo donde exista una relación estrecha entre los tipos de interés a los que se encuentran sometidos esos activos y los tipos de interés por los que se rige el mercado interbancario.”
jurídica (como ya recogimos anteriormente, suelen ser personas jurídicas) deberá liquidar al comprador del contrato de venta, el cual se acordó con idéntico tipo de interés que el reflejo en el primer contrato, por lo que la liquidación será la misma para ambos contratos.
b) Que el tipo de interés de mercado sea inferior al tipo pactado en el contrato inicial de compra del FRA; en este caso el individuo que compró inicialmente el FRA, deberá liquidar al vendedor del mismo, pero en ese momento, dicho individuo recibirá un importe idéntico al pagado, como consecuencia de la liquidación del FRA en el que figuraba como vendedor.
Este ejemplo recoge el caso especial de cobertura que es denominado como "neutralización de una posición", donde la posición neta final será cero.
Para el caso de activos o pasivos relacionados con el euríbor, los contratos de FRA serán útiles, puesto que el riesgo derivado de la variación de los tipos de mercado se verá compensado por las liquidaciones correspondientes a este tipo de contratos.
1.2 Utilización de los FRAs como Instrumento de Especulación:
Lo que buscan los especuladores es la obtención de un beneficio en base a las fluctuaciones de los tipos de interés, pero no hay que olvidar que están asumiendo el riesgo de que los tipos de interés del mercado sigan una senda diferente a la recogida en sus expectativas. La posición de estos especuladores se podría asemejar a un juego donde las posibilidades de resultado son dos: blanco o negro.
El especulador apuesta en virtud de una determinada expectativa, de forma que si sale blanco significará que la apuesta ha sido la correcta para el especulador y por ello obtendrá un beneficio. Si por el contrario saliese negro, la apuesta habría sido fallida y entonces el especulador sufriría una pérdida. También podría darse la posibilidad de que los tipos de interés no variasen, en cuyo caso el especulador ni ganaría ni perdería. Sin embargo, no debemos olvidar que este tipo de contratos se realizan en base a un depósito teórico y a una liquidación por diferencias, por lo que la liquidez de la que hay que disponer para llevarlos a cabo será menor que las necesidades requeridas en otros tipos de instrumentos utilizados para la especulación y además, debido al sistema de liquidación seguido podemos afirmar que los contratos de FRA´s son instrumentos modestos para la toma de posturas especulativas. En otro orden, hay que reflejar que el riesgo de las posiciones de especulación con convenios de este tipo en ocasiones es elevado, debido a que se "apuesta" por valores de los tipos de interés de un determinado día e incluso dentro del día a una hora concreta.
“El riesgo de las posiciones de especulación con convenios de este tipo en ocasiones es elevado, debido a que se apuesta por valores de los tipos de interés de un determinado día e incluso dentro del día a una hora concreta.”
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Seguro de Cambio
2.1 Concepto
Se trata de un contrato a plazo cuyo objetivo es el de contratar hoy el tipo de cambio comprador o vendedor que vamos a tener entre dos divisas cualquiera.
2.2 Características
Existe una cotización para la compra de la divisa, Import, y una cotización para la venta de la divisa, Export.
Se trata de un contrato vinculante entre las partes. Se trata de un futuro y por tanto de un compromiso que debemos de respetar.
Sus condiciones básicas no están estandarizadas, cada entidad en función de la oferta y demanda tendrá sus propias cotizaciones de la divisa a plazo.
No existe un desembolso inicial.
La liquidación se realizará mediante diferenciales, entre el precio pactado y el de mercado en la fecha de futuro.
2.3 Formación del Precio
El precio vendrá dado en función del precio al contado (+/-) el diferencial de intereses entre las dos divisas objeto del intercambio, transportadas al plazo objeto del seguro. Este diferencial de intereses capitalizado desde la fecha actual es el que nos permitirá fijar la cotización futura de la divisa.
Para clarificar este concepto vamos a realizar un ejemplo:
Supongamos que vamos a realizar una importación que requiere el pago de 1.000.000 de dólares americanos dentro de un año y queremos fijar la cantidad de euros necesaria para hacer frente a dicho pago.
Se plantean entonces dos preguntas: ¿Cuántos euros debería recibir el banco para obtener el millón de dólares?, esto es ¿cuál es el tipo de cambio justo $/Euro para dentro de un año?
La entidad lo que necesita es realizar una operación que le proporcione un millón de dólares americanos dentro de un año pase lo que pase en el mercado. Así la entidad tomará prestados hoy los euros necesarios para que una vez cambiados por dólares y capitalizados, estos últimos, durante un año le proporcionen un total de un millón d e dólares. Para ello la entidad calculará la capitalización de los euros transformados en dólares hoy durante un año, fijándose así un tipo de cambio dólar euro teórico con vencimiento dentro de un año.
Evidentemente este es un tipo de cambio teórico pero que proporciona una cotización futura de una determinada divisa respecto de otra.
“El precio vendrá dado en función del precio al contado (+/-) el diferencial de intereses entre las dos divisas objeto del intercambio, transportadas al plazo objeto del seguro.”
Continuando con nuestro ejemplo:
Tipo de cambio de contado, hoy, 1,12 US Dólar/Euro
Tipo de interés, hoy, del Dólar al plazo de un año: 1,25 %
Tipo de interés, hoy, del Euro al plazo de un año: 2,09 %
1ª cuestión, ¿Cuántos dólares necesito hoy que capitalizados un año al 1,25 % me proporcionen un millón?
1.000.000 ∙ (1 + 0,0125)−1= 987.654,32 $
2ª cuestión, ¿a cuántos euros equivalen los dólares que necesito?
987.654,32
1,12$/€ = 881.834,21€
3ª cuestión, ¿a cuántos euros equivalen los euros que necesito hoy dentro de un año?
1.000.000
900.264,55= 1,11078$/€
Una vez que tengo el importe de los Euros de dentro de un año simplemente dividiendo el importe de los dólares entre el importe de los euros obtengo el tipo de cambio teórico Dólar Euro para dentro de un año:
1.00.000/ 900.264,55 =1,11078 US Dólar/ Euro
2.4 Formulación del Seguro de Cambio
Tipo de Cambio Teórico del Seguro de Cambio
Donde:
F = Tipo de cambio teórico resultante a plazo.
S = Actual tipo de cambio al contado.
iq = Es el tipo de interés de la moneda cotizada, moneda que deseamos
adquirir a plazo.
ib = Tipo de interés de la moneda base, moneda que vamos a entregar a
plazo.
Días = Es el número de días desde la fecha de contado hasta la fecha de plazo.
Baseq = Es el número convencional de días del año para la moneda
cotizada.
b b q qBASE
DIAS
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BASE
DIAS
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S
F
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Baseb = Es el número convencional de días del año para la moneda base.
2.5 Riesgo
Para la entidad el riesgo es puro o de insolvencia pues hasta el vencimiento de la operación no se establece la liquidación por diferencias de la misma.