GACETA
MUNICIPAL
DE
BARCELONA
«Lucha entre ángeles y demonios», de Jaume Cirera. Siglo xv. (Colección Muntadas.)
Ano
XLIV
: Núm. 25 24 deSUMARIO
Páginas
Comisión municipal permanente • 399
Hacienda . 400
Urbanismo y Obras públicas 401
Gobernación 402
Abastos y Transportes 403
Publicaciones y disposiciones oficiales 404
Modificación de sueldos de los funcionarios de Administración local . 405
Anuncios oficiales . 410
Tablero de anuncios 416
Notas informativas:
El Alcalde, en la Escuela «Massana» 417
«Mis Algodón», en el Ayuntamiento 417
Concierto de la U. S. Army Field Band, de Washington .... 417
Visitas destacadas 417
Objetos hallados • 4iS
Movimiento turístico. ... 41S
Actos oficiales 418
Año XLIV 24 de junio de 1957 Núm. 25
GACETA
MUNICIPAL
DE
BARCELONA
La correspondencia se dirigirá al ilustrísimo señor Secretario general del
Excelentísimo Ayuntamiento de Barcelona
COMISION
MUNICIPAL
PERMANENTE
En las Casas Consistoriales de la Ciudad de Bar¬
celona, a 29 de mayo de 1957, se reunió, en sesión
ordinaria, la Excma. Comisión municipal perma¬ nente, bajo la presidencia del ilustrísimo señor don
Juan M.a Roger Gallés, Primer Teniente de Alcal¬
de, en funciones de Alcalde accidental, y concurrie¬
ron los ilustrísimos señores Tenientes de Alcalde don Marcelino Coll Ortega, don Santiago Udina
Martorell, don Narciso de Carreras Guiteras, don José Solano Eatorre, don Manuel Borràs París, don Agustín de Semir Rovira, don Santiago de Cruylles de Peratallada y Bosch, don José Pascual Graneri, don Manuel Ayxelá Tarrats y don Alberto de Grau y de Grau, asistidos del ilustrísimo señor Secretario
general, don Juan Ignacio Bermejo^ y Gironès. Ex¬ cusó su asistencia el ilustrísimo señor don Mateo Molleví Ribera, por estar ausente de la Ciudad.
Se adoptaron los acuerdos
que siguen :
Aprobar el acta de la sesión anterior.
—• Adherirse
al homenaje a Agustina de Aragón para conmemorar el primer centenario del falleci¬ miento de la inmortal heroína de los Sitios de
Zaragoza,
doña Agustina Zaragoza y Domènech, nacida en Barcelona, el año 1786,y bautizada en la parroquia de Santa María del Mar, que simbolizó la ardorosa participación del pueblo llano en la Guerra de la Independencia.
—1
Encargar al señor Teniente de Alcalde dele¬ gado de Fiscalización económica
y Régimen jurídico
Queestudie elsistema económico-financiero
con arre¬ glo al cual funciona el Palacio de Deportes
en rela¬ ción con la Instrucción de Contabilidad
de las Cor¬ poraciones locales y con las bases de ejecución del
Presupuesto.
Quedar enterada de los ditámenes técnicos acreditativos de que se han cumplido las condicio¬
nes de los respectivos pliegos de las contratas que
constan en las relaciones que presentan los Nego¬ ciados de Servicios públicos, Obras públicas y Admi¬ nistración de la Guardia Urbana.
—
Aprobar el pliego de condiciones y presu¬
puesto de 1.824,793'09 ptas., para las obras de cons¬
trucción del alcantarillado' para el desagüe de la
zona del nuevo campo del Club de Fútbol Barce¬
lona; convocar subasta pública para adjudicar las mencionadas obras, con reducción a la mitad de los
plazos convocados para la licitación; aplicar el
expresado gasto a la part. 46 del Presupuesto espe¬
cial de Urbanismo, y señalar como porcentaje a re¬
percutir por la imposición de mejoras el 90 por 100 del coste de la obra.
—
Destinar, con cargo al cap. xvin, «Impre¬ vistos», 1,500 ptas., para losgastos del Homenaje a los Ancianos que se celebrará en la parroquia de
Nuestra Señora del Coll ; 5,000 ptas., para coope¬
rar, por una sola vez, a la celebración del Centena¬ rio de las Conferencia de San Vicente de Paúl por parte de la Sección Femenina de las mismas ; 5,000
pesetas, como cooperación a los gastos del VIII Ho¬
menaje a la Vejez del Patronato local de San Pablo del Campo, del Distrito V
; 5,000 ptas., como cooperación a los gastos del IV
Homenaje
a la Vejez de la barriada de la Sagrada Familia,
y 5,000 ptas., para dotar dos primeros premios
del concurso organizado1 entre alumnos de las Es¬ cuelas primarias por la Comisión organizadora de la Cruzada escolar de Reparación por la Paz y Sal¬
vación del Mundo, mediante la práctica del Men¬
saje de Fátima.
—-Destinar, con cargo al cap. xvui, ((Impre¬ vistos», 5,000 ptas., para atender a los gastos de
400
del Jefe Director ele los Servicios de
Extinción de
Incendios al Congreso de la Unión de Zapadores,
Bomberos del sudoeste de Francia, que se celebrará
en Toulouse.
—• Conceder,
como en años anteriores y con
cargo al cap. xviir, «Imprevistos», 15,000 ptas.,
como cooperación a la obra cultural de la Academia
de Doctores del Distrito Universitario.
—
Aprobar las siguientes relaciones : De certi¬
ficaciones de sumlinistros y obras, que presenta la
Sección de Gobernación, por pesetas 7oò,95ó'34 y
i.774,728*29; de facturas de material, que presenta
la Sección de Hacienda, por S5,7io'óo ptas.; de cer¬
tificaciones de obras y facturas, que presenta la Sec¬
ción de Urbanismo V Obras públicas, por pesetas
3.842,214*89 y 9,561*20, y de certificaciones de
obras, trabajos y suministros, que presenta la
Sec¬
ción de Abastos y Transportes, por 2.240,189*77 y
2.643,037*61 ptas.
HACIENDA
IMPUESTOS INDIRECTOS
Concertar con «Galletas F'laja», de Gerona, el
pago del impuesto de consumos de lujo •correspon¬ diente a la introducción de galletas de dicha marca
destinadas al consumo en este término municipal,
por el cupo de 39,000 ptas.
— Desestimar las
peticiones formuladas por don Jaime Maña Ferré sobre devolución de cantidades
por la entrada de arenas, liquidadas para asegurar
la eficacia de la concesión otorgada al Puerto
Franco.
IMPUESTO DE LUJO
Y RECARGOS FISCALES
Devolver a don Francisco Rodés Ballesté 946 pe¬
setas, con cargo a la part. 846, y 473 ptas., con
cargo al cap. vi, art. 5.0, del Presupuesto ordinario
de 1956, por no existir duplicidad de los referidos
pagos- realizados, por declaración jurada, en los
meses de diciembre de 1955 y enero, febrero-, marzo
y abril de 1956, en razón de las actividades del bar sito en la calle de Asturias, 11.0 17, bajos, por los
conceptos de impuesto ele lujo y arbitrio con fines
no fiscales, con los efectuados a través del Gremio fiscal sindical de Cafés, Restaurantes y Tabernas
del Distrito VIII.
PRESUPUESTOS
Declarar nulos, de conformidad con lo orde¬
nado por el Juzgado de Primera Instancia de Man¬ resa, los primitivos ejemplares de los títulos de la
Deuda municipal, emisión 31 de marzo de 1941,
Gaceta Municipal de
Barcelona
serie A, 11.8 26151/53, que han sufrido extravío;
expedir duplicados de dichos títulos con los que,
sin numerar, tiene en custodia, para estos casos, la
Depositaría de Fondos; encargar al Instituto Grᬠfico Oliva de Vilanova la impresión numérica que
corresponda, con tinta encarnada, y hacer constar
en los'mismos el acuerdo- municipal y la orden ju¬
dicial relativa a su expedición, y que se haga en¬ trega de los referidos duplicados a don Mariano
Vendrell Boix, previo pago de los gastos que se
ocasionen para ello-, y adherir las matrices de los
nuevos ejemplares a las de los títulos extraviados, con anotación al dorso de éstas de la indicada en¬
trega.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
Desestimar la reclamación formulada por don
Juan Mari Oliva al expediente por obras de expla¬
nación y pavimentación de la calle de Codmbra y, "en su consecuencia, dejar firme y subsistente la cuota de 57,184*24 ptas., impuesta por razón de
aquellas obras, por carecer de fundamentos legales
las razones aducidas para su exención.
—
Denegar la reclamación formulada por doña
Ménica Chamois Rigody al expediente por obras
de pavimentado de la calle de Vallirana y dejar,
por tanto, subsistente la cuota de 3,721*80 ptas.
que le fué impuesta.
—- Rectificar el
padrón de contribuyentes por
obras, respectivamente, de pavimentación y alum¬
brado público en la avenida de la Meridiana, en el sentido de dejar sin efecto las cuotas de 3,602'16 y 4,688*85 ptas., impuestas a doña Clementina
Coll
y González de Cos, propietaria de la fincan.° 128
de la referida avenida, por venir tributando
dicho
inmueble desde fecha anterior al acuerdo de la im¬ posición con el recargo extraordinario del 4 por 100 de Ensanche, incompatible conlaaplicación de
con¬ tribuciones especiales.— Admitir la reclamación formulada
por Sor
Baldomera Jiménez Beorlegui, Superiora de las
Sa¬
las del Asilo de San Juan Bautista, alexpediente
por obras de construcción de aceras de la
calle
del
Mediterráneo y de Balboa, por tener la
calidad
dicho
edificio de Centro benéfico- docente, dependiente
de
la jerarquía eclesiástica.
—1 Imponer contribución especial de
mejoras
alos propietarios beneficiados por las obras
de
cons¬trucción de la acera en la calle de Casanova, frente a la finca n.° 234; por las obras de
construcción
de
aceras en la calle de Denia, entre las de
Oliana
yMadrazo ; por las obras de
urbanización
enla
calle
de Denia, entre las de Oliana y
Madrazo
; porlas
Gaceta Municipal de Barcelona
calle ele San Roque; por las obras de explanación
V colocación
de bordillos
en la calle de San Fruc¬ tuoso, entre las de Santa Dorotea y México ; pol¬ las obras de pavimento en el pasaje de Isabel Ribó,y por las
obras de
pavimentación
en las calles del Padre Mañanet y de Santa Coloma.ARBITRIOS
Acceder a la petición de don Antonio Valls Sal-vaterra, propietario del establecimiento ele cafetería
.((Terminus», y, en consecuencia, dejar sin efecto el
acta de invitación por la que se da de alta el con¬
cepto de «Anuncios luminosos», «tubo neón», en la fachada del citado establecimiento, sito en la calle de Aragón, n.° 280.
— Concertar
con «Corvi, S. A.», el pago de la tasa correspondiente al reparto de anuncios en la vía pública referentes al bar-restaurante Nuria, du¬ rante el período fiscal comprendido entre el i.° de
junio y el 30 de septiembre del ejercicio económico
encurso, y fijar, como cifra
líquida del concierto, la
cantidad de 6,000 ptas.
TECNICA ESTADISTICA
Acceder a la petición formulada
por la Sociedad
Española de Automóviles de
Turismo,
y anular elcargo girado a la misma por el concepto de traslado demuebles, cambio de domicilio
y registro de con¬
trato, correspondiente al local sito en el 11Ç 385 de la avenida de José Antonio, y practicar nueva liqui¬
dación por dichos concepto
y local, de importe 200 pesetas.
PATRIMONIO
Autorizar a «Cobega, S. A.»,
para que pueda
mantener el anuncio interior
que tiene instalado en
la parcela de
propiedad municipal sita en la calle de
hrgel, chaflán a la avenida de
Roma, y a «Publi¬
cidad Urbe»,
para que pueda continuar utilizando,
confines
publicitarios,
los espacios aptos para anun¬ cios en la pared de cerca del solar sito en la callede
Pelayo,
n.813 al 39.
URBANISMO
Y OBRAS PUBLICASOBRAS PUBLICAS
Aprobar el pliego de condiciones
y presupuesto
|e
292,795'85
ptas.,
con cargo ala
part. 58 delresupuesto especial de
Urbanismo,
para concertar,mediante subasta pública, la ejecución de las obras
ce
construcción de una pista de patinaje infantil,
campo de juegos infantiles
e instalación de bancos
en a plaza
de la Sagrada Familia.
401
—
Adjudicar a S. y J. Olivella Paulí, S. Ltda., l,or 343j3°o ptas., en virtud de subasta, las obras de construcción de cloacas en las calles de la Manigua
y de Federico Mayo y plaza del Doctor
Modrego, y
aplicar el expresado gasto a la part. 27 del Presu¬
puesto especial de Urbanismo.
—
Concertar directamente con don Magín Martí
. Ribó,
por 45,000 ptas., las obras de cubierta de los tramos de acera anejos a la nave lanar del Ma¬ tadero general, con
cargo' a la part. 129 del Pre¬
supuesto ordinario ; con don FranciscoAlarcón To¬
rres, por 63,000 ptas., las obras de reposición de las canales deterioradas en la cubierta del Mercado de la Barceloneta, con cargo
a la part. 124; con don
Magín Martí Ribó, por 6,000 ptas., varias obras de reparación del Mercado del Porvenir, con cargo a la
partida citada; con el mismo, por 115,000 ptas., las
obras de aprovechamiento' de la nave derruida del Matadero general, para estabulación de
reses, con
cargo a idéntica partida; con el mismo, por 125,000
pesetas, la instalación ele puertas metálicas en las corralizas de estabulación de reses del Matadero ge¬
neral, con cargo a la repetida partida, y con el
mismo, por 20,000ptas., las obras de modificación de los accesos alsótano delMercado de Sans, con cargo
a la partida dicha.
—<
Aplicar 30,000 ptas.. a la part. 542 del Pre¬ supuesto ordinario vigente, para atender a los gas¬ tos de adquisición directa de materiales
con destino
a los trabajos que ordinariamente tiene a su
cargo
*
la Brigada de Conservación y
Reparación de Edifi¬ cios municipalesy aquellos otrosde carácter urgente
que en cualquier momento pueda decretar la Supe¬ rioridad.
—■
Destinar 5,000 ptas., con cargo a la par¬ tida 549a del Presupuesto vigente,
para atender,
durante el tercer trimestre del año en curso, a los
gastos de adquisición de útiles y abono de jorna¬
les.de limpieza de los locales
que el Servicio téc¬ nico de Conservación de la vía pública ocupa en
el edificio municipal de la calle de Wellington, nú¬
meros i y 3, esquina al
paseo de Pujadas, y pese¬ tas 623,644*35, con cargo a la part.
39 del vigente
Presupuesto especial de Urbanismo, para indem¬
nizar a Industrias Feco, S. L-, por el desocupo
forzoso de los locales que ocupa en una finca sin número del pasaje de Gutenberg, que debe ser derribada.
—< Denuucia'r el contrato
adjudicado a don Ra¬ fael Soler Lagar, para la ejecución de las obras de urbanización de la plaza de la Villa de Madrid, sin responsabilidad del contratista,
por cuanto ha tenido que desistirse de la obra para estudiar un nuevo proyecto que modificará esencialmente el
aprobado, con motivo de las excavaciones realizadas en la mencionada plaza para
poner al descubierto
las tumbas de una necrópolis romana halladas en
el subsuelo de la misma; abonar al expresado con¬
realiza-402 Gaceta Municipal de Barcelona
dos, con cargo al
intencionado
contrato, yel ini-
la
comprade
material
de
limpieza
con
destino
aporte correspondiente en
concepto
de
resarcimiento
Mayordomía
muncipal,
durante el segundo
trimes-de los daños e indemnización de perjuicios, y
dis-
trede
1957, y con cargo ala
part.
286,
226,202'gg
poner la cancelación y
devolución al
propio
con-pesetas
para
atender
a
los
gastos
de la Brigada
de
tratista de las garantías definitiva y
complementa-
Festivales,
correspondientes
al
suministro'
del
per-ria que tieneconstituida
enDepositaría de
Fondos.
señal
ycamionaje,
hasta fin
del primer
semestre.
—- Cancelar
y devolver la
garantía de
13,000 • —Reintegrar,
con
cargo a
la
part.
593
del
pesetas nominales,
constituida
anombre de
doña
Presupuesto,
140 y
280 ptas.
al Cuerpo
Municipal
Carmen y doña Concepción JoverPascual,
parade
Vigilantes Nocturnos,
por
los servicios
presta-responder, por parte de
Ecisa,
Compañía
"
Construe-
dos
pordon.
Manuel
Grimaldos
y
don Liberto
Li-tora, S. A., del cumplimiento
del
contrato, con- nares, ensubstitución de clon
Vicente García
y
cluído, de obras de construcción-de
cloacas
enlas
don
Tomás Parra.'
calles de Santa Amelia y de Benedicto1 Mateu.
URBANIZACIÓN
Aceptar la cesión
gratuita,
ofrecida
en expe¬diente de expropiación forzosa, por
don Juan
Piñol
Puig, del terreno
vial de
supropiedad, de
360
me¬tros cuadrados de extensión, afectado por la aper¬ tura de la calle en proyecto entre las
de
Llobregós
y Sigüenza.
—
Fijar en 1.210,650 ptas.
el
justiprecio
portodos los conceptos de la finca
afectada
porla
ca¬rretera de Ribas, y por calle en proyecto que
lia de
substituir al torrente de Calan; aplicar el gasto con cargo a la part. 39
del Presupuesto
especial
de Urbanismo, y pagar el precio a lapropietaria,
doña Antonia Prades Fargas.—
Adjudicar la parcela
procedente
del
torrente
del Marge Calent, de 246 metros
cuadrados
de
ex¬tensión, a doña Mercedes
García Nieto,
única
pro¬pietaria colindante, por
el
precio de 76,014 ptas.
GOBERNACIÓN
CENTRAL
Señalar al funcionario1 separado del
servicio,
exguardia urbano,
don Domingo1
Dulong
Carnicero,
la pensión de
jubilación anual
de 5,625
ptas.
—1 Conceder la
pensión de i2,9i6'20 ptas. anua¬ lesa doña Concepción Pascual
Sanmartí,
comoviuda
del médico jubilado don RafaelDalí
Cusí,
yla de
•7,548*76 ptas. a doña
Marina Just
Campa,
comoviuda del funcionario jubilado don
Francisco1
Bollo
San Antonio.
TURISMO Y ASUNTOS
GENERALES
Destinar, con cargo a la part.
548
del Pre¬
supuesto, 12,261'60 ptas. para
los trabajos de
re¬forma a efectuar en la Oficina municipal de
Tu¬
rismo e'Información de la Estación Términode la
R.E.N.F.E. ; con cargo a la part. 549c, 25,000pesetas para
atender
alos gastos
originados
por
DEPORTES
Autorizar a Peña Motorista Barcelona para que
celebre, durante los
días 6
y 7de
julio, desde las
20 horas del primero hasta la
misma
hora del si¬
guiente, y eldía
5del
mismo
mes yaño,
desde
las 19.30 a las 22.30 horas,
la prueba motociclista
denominada «24 HorasMotociclistas
de
Mont-juich» y los
entrenamientos
oficiales,
enel circuito
del recinto del Parque municipal de
Montjuich,
con cierre del mismo, mediante el pago-
del
canon de 5,000 ptas. ; a laPonencia de Cultura
para quecelebre en el Palacio municipal de Deportes,
el
día 15 de junio,
desde las
17horas
alas
19.30, los II Campeonatosdeportivos
de
Enseñanza
Pri¬
maria, previo pago de los gastos
originados
porsu utilización, y sin abono
del
canon queseñala
la Ordenanza fiscal num. 1, en atención a
la
natu¬raleza de la Entidad peticionaria y a
la
finalidad
docente y de
divulgación
deportiva
que se per¬sigue; a la Obra
Sindical
Educación
yDescanso,
para quecelebre el
día
9de
junio,
ensesiones
de
mañana, tarde y noche, un
festival
denominado
«Día del folklore regional»,previo
pagode
los
gastos originados por suutilización
ysin
abono
del canon que señala la
Ordenanza
fiscal
núm.
1,
y a la Federación
española de
Patinaje
para
que
celebre, en el Palaciomunicipal de Deportes, en
sesión nocturna y durante los
días
29, 3° Y31
de
mayo, y 1, 2 y 3 de
junio
de
1957,los
XXIII Cam¬
peonatos de Europa
de
Hockey
sobre
patines,
pre¬
vio pago del canon
de
7,500ptas.
— Patrocinar la prueba
denominada «II
Rallye
de los Pirineos - Trofeo de la
Merced»,
quese
celebrará desde el día 28 de
septiembre al
i.°
de
octubre de 1957,
organizada
porla Peña
Motorista
Barcelona.
— Destinar 16,442 ptas. para
el
pago,durante
el segundo trimestre
del
año1
en curso1,de
los
gas¬
tos ocasionados por lalimpieza
del
Palacio
mu¬
nicipal de Deportes, con cargo a
la
part.
587
del
Presupuesto ordinario
vigente;
15,000ptas.
parc¬
el pago, durante
el
segundo
trimestre,
de
los gas¬
tos ocasionados por la
calefacción
del
Palacio mu¬
Gaceta Municipal de Barcelona
75,000 ptas. para
el
pago,durante
el segundo tri¬mestre, de los gastos originados por la adquisición
de material deportivo, con cargo a la part. 588;
37,500 ptas. para
el
pago,durante
el segundo1 tri¬ mestre, de los gastos originados por la adquisiciónde premios y trofeos para festivales deportivos, con
cargo a la part. 589, y 250,000 ptas. de la par¬
tida 590 a disposición de la Alcaldía para que ésta, previo informe de la Comisión municipal de Vida
Corporativa y a propuesta del Concejal delegado de Educación física y Deportes, ordene, durante el segundo trimestre del año en curso, el pago de
gastos ocasionados por la organización de concur¬ sos deportivos y en concepto' de colaboración mu¬
nicipal para el fomento del deporte.
ENSEÑANZA
Conceder, con cargo a la part. 494 del Presu¬ puesto ordinario, una gratificación de 2,500 ptas.
al reverendo Padre don Jaime Batlle Bosch, Con¬ siliario de la Escuela municipal de Sordomudos y
Deficientes, para compensarlo, al. igual que en
años anteriores, por su labor de formación moral
y religiosa durante el curso 1956-57.
BEEEAS ARTES Y MUSEOS
Destinar, con cargo a la part. 477a del Presu¬
puesto ordinario, 1,350 ptas. para atender, durante
el segundo trimestre de
1957, a Ia adquisición de partituras con destino a la Orquesta municipal de Barcelona; con cargo a la part. 4776, 1,350 ptas. para atender, durante el segundo trimestre,
a los trabajos de eopistería y encuademación de parti¬
turas de la Orquesta municipal
; con cargo a la
part. 477c/, 14,531'25 ptas. para gratificar, durante
el segundo
trimestre, las actuaciones de los Pro¬ fesores que actúan en mlás de una sección de la
Orquesta municipal y a aquellos músicos
comple¬
mentarios que se necesitan eventualmente para la
ejecución de alguna obra determinada ; con cargo
a la part. 477e,
2,000 ptas. para atender, durante
O segundo
trimestre, a los gastos cíe reparación y
conservación del instrumental de la Orquesta mu¬
nicipal;
con cargo a la part. 477g, 4,500 ptas. paia atender, durante elsegundo1 trimestre, a los
gastos de acarreo de instrumentos y facistoles de la Orquesta
municipal; con cargo a la part. 477/7,
925 ptas. para atender, durante el segundo'
trimes-fie, al pago de los derechos
de la Sociedad de
Autores por los conciertos celebrados
por la Or¬
questa municipal
; con cargo a la part. 4777, 7,500
pesetas para
atender, durante el segundo trimes¬
tre,a los gastos de
adquisición de instrumental para
a
Orquesta municipal;
con cargo a la part. 4850,->4oo ptas. para gratificar, durante el
segundo
tri-4°3
mestre, a la Becaria adscrita al Museo de Zoolo¬
gía; con cargo a la part. 4856, 2,500 ptas. para
atender, durante el segundo trimestre, a los gastos de vestuario del personal de los Museos e Instituto Botánico; con cargo a la
part. 4857/, 6,250 ptas.
para atender, durante el segundo trimestre, a los gastos de conservación de las instalaciones del Ins¬ tituto municipal de Ciencias Naturales
; con cargo
a la part. 485c,
11,250 ptas. para atender, durante
el segundo trimestre,
a los gastos de material de
laboratorio,
recolecciones, preparación y conserva¬ ción de herbarios, etc., del Institutomunicipal de
Ciencias Naturales; con cargo
a la part. 485/, 16,250 ptas. para atender, durante el segundo tri¬ mestre, a los gastos de Biblioteca y publicaciones del Instituto municipal de Ciencias Naturales;
con
cargo a la part. 485g, 1,250 ptas. para atender,
durante el segundo trimestre, a la adquisición de material para el Jardín Botánico; con cargo .a la part. 485/1, 875 ptas. para atender, durante el se¬
gundo trimestre, a los gastos de material de lim¬
pieza para el Instituto municipal de Ciencias Na¬
turales; con cargo a la part. 485/, 2,750 ptas. para
atender, durante el segundo trimestre, a los gastos de limpieza de los Museos ((Martorell»
y «Zoolo¬
gía», y con cargo a la part. 490, 18,750 ptas. para
atender, durante el segundo trimestre, al pago de
publicaciones y pequeños gastos de la Ponencia de Cultura.
—■
Adquirir, con cargo a la part. 481g del Pre¬
supuesto ordinario, un pie de relicario gótico con las armas reales de Aragón y punzón de
Valencia, por el precio de 20,000 ptas. y con destino a los Museos municipales de Arte.
ABASTOS Y TRANSPORTES
MERCADOS Y COMERCIOS
Cancelar y devolver las fianzas de 1,000 y 1,000 pesetas nominales, constituidas a nombre de doña Ana Fanadés Urgell, para responder de las obli¬
gaciones reglamentarias relativas a la matanza de ganado vacuno }T lanar, cuyas fianzas se hallan pen¬ dientes de cancelación y sin que estén afectas a reclamación alguna.
•
TRANSPORTES
Informar al Jefe de Obras públicas en el sen¬
tido de que, por parte del Ayuntamiento, se con¬ sidera de gran interés la aprobación del Proyecto de trolebús «ramal al barrio1 de la Trinidad por la
carretera de Ribas», integrándolo en la concesión «Líneas de trolebuses de Marqués del Duero a
San Andrés de Palomar», de la que es concesio¬ naria Tranvías de Barcelona, S. A.'
—
liquida-4°4 baceta Municipal de Barcelona
ciones presentadas por
el
Administrador del Par¬
que Móvil
municipal, relativas
alos
servicios de
microbuses del Parque de
Montjuich,
prestados
durante los meses de noviembre y
diciembre
de
1956 y enero y
febrero
de
1957,de importe
23,119pesetas, y en cuanto sea
de
competencia
munici¬
pal, la
modificación
yprolongación del
servicio
de
tranvías núm. 67 de plaza deCataluña
acalle de
la Cruz (Sarrià), de modo quedesde el
crucede la
avenida de José Antonio con la calle de Muntaner
se dirigirá por ésta y
rondas de
San Antonio ySan Pablo, hasta la calle del Marqués del Duero, en cuyo bucle por la
calle
de Vila Vilá tendrá elterminal, con las mismas tarifas vigentes para la
generalidad de la red, y
la condición
de conservar la misma frecuencia de servicio. Informar favora¬ blemente dicha modificación al Ingeniero Jefe de Obras públicas.PUBLICACIONES
Y
DISPOSICIONES OFICIALES
Los diarios oficiales que a continuación se men¬ cionan han publicado las inserciones de
interés
mu¬nicipal que se expresan:
boletín oficial del estado
Mes de junio
Día 6. — Cotnisión Central de Sanidad Local. —
Se aprueba el proyecto de
estudio de
alineaciones
y rasantes de la manzana
limitada
porlas
calles de
Feliu y Codina, Canigó, DoctorLetamendi
yEduar¬
do Toda, para el establecimientode
unazonadepor¬
tiva, y el de modificación
de
alineaciones
yrasantes
en lasmanzanas afectadas por los talleres y cocherasdel ramal del metro de Horta.
Día 12.—Ministerio dc\ ¡a Gobernación.—Orden
por la que se desarrolla
el
Decreto-ley sobre
modi¬
ficación de sueldos.BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE
BARCELONA
Mes de junio
Día 7. — Gobierno
civil.
—Circular relativa
alas subvenciones parciales a los
Ayuntamientos,
a través de las Diputaciones
provinciales
odirecta¬
mente, para la construcciónde obras
de
carácter
públicoo de
interés
municipal.
— Ayuntamiento
de
Barcelona.
—Exposición
al público, en el
Negociado de Patrimonio,
de las
cuentas de administración de determinados bienes
del patrimonio, sus
justificantes
ylos
acuerdos de
la Comisión municipal permanente.Día 8. — Doña Elvira Not Tarrago interesa el
duplicado del resguardo de
depósito n.° 736S, de
importe 900 jitas.,constituido
a sunombre,
comoconcesionaria del restaurante «Font del Gat».
—
Exposición al público, en
el
Negociado de
Obras joúblicas, del pliego decondiciones
relativo
a las obras de demolición, adaptación a
la
nuevalínea de fachada y reforma de la finca
n.°
40de la
calle de Torrijos.Día 10. — Concurso-subasta para adjudicar las obras de construcción de un edificio destinado a gim¬
nasio en el parque de Montjuich.
Día 12. — Gobierno civil. — Circular relativa a los documentos-guías para la compraventa de
ganado.
—
Exposición al público, en el Negociado de
Obras públicas, de los pliegos de
condiciones rela¬
tivos a lasobras de construcción de pistaparajuegosinfantiles y bancos en la plaza de la Sagrada
Fa¬
milia, y a las obras de construcción dealcantarillado
para desagüe de la zona del nuevo campo
del
Club
de Fútbol Barcelona.— Patronato municipal de la Vivienda.
—Cita¬
ción dirigida a don Andrés Casabán Pastor,
bene¬
ficiario de la vivienda 11.0 452 —calle 24—Ba-cella 32 —, del Grupo 2.0 «Milans
del
Bosch».
Día 14. —Ayuntamiento de
Barcelona.
—Se
rectifica el error observado en el anuncio relativo
al concurso público para la
adquisición
de
nueveproyectores para el Palacio
Nacional de
Montjuich,
en el sentido de que el tipo
licitatorio
esde
pe¬setas 1,170,000.
— Relaciones de deudores al Ayuntamiento, a
los que se declara incursos en
apremio de
único
grado.
Día 15. — Exposición al
público,
enel
Nego¬
ciado de Urbanización, de los
expedientes
de
decla¬
ración de sobrante de vía pública de
dos
parcelas
procedentes, una, de la
calle
de
Murcia
yotra
de
la de la Concordia.— El
próximo día 28 de
junio
seprocederá
a
levantar las actas previas'a la
ocujiación
de
las
fincas afectadas por el «Plan
parcial de
ordenación
del sector final de la avenida del
Generalísimo
Franco».
Día 17. —Exposición al
público
del
proyecto
de modificación del Presupuesto
extraordinario
de
Transportes y del contrato
de préstamo
asuscribir
con el grupo bancario que
ostentaba la
mayoría
de
la Compañía de
Tranvías de
Barcelona,
S.
A.,
con
destino a la adquisición del restode
las
acciones
Gaceta Municipal de Barcelona
405
— Servicio de Ganadería. — Estado-resumen de
las enfermedades infeetocontagiosas y parasitarias
que han
atacado
a los animales domésticos de la demarcación.— Tribunal de lo Contencioso Administrativo'.—
Interposición de recurso por parte de don Carlos
Pineda Xirau contrala resolución del Excmo. Ayun¬
tamiento de Barcelona, que tácitamente le denegó la petición de que fuera equiparado
su sueldo base al de otros empleados municipales.
>
Modificación
de sueldos de los
funcionarios
de
Administración
local
limo. Sr. : El Decreto-ley de 12 de abril de 1957 establece unos nuevos sueldos mínimos de los fun¬
cionarios y obreros de plantilla de las Corporaciones locales. El art. 8.° del mismo autoriza al Ministerio de la Gobernación para dictar las normas necesarias
para su aplicación. En su virtud, y haciendo uso de
lamencionada autorización legal,
Este Ministerio ha tenido a bien dictar la
pre¬
sente Orden, en la que se procura
recoger los dife¬
rentes casos que pueden presentarse en la aplicación del Decreto-ley, con objeto de reunir en un solo
texto complementario, del Reglamento de 30 de mayo de 1952, lo legislado en materia de sueldos de funcionarios.
I
Corporaciones locales obligadas al pago de los
sueldos establecidos en el decreto-ley de 12
de abril de 1957
1." Todas las Corporaciones locales españolas
sujetas a la Eey de Régimen local y a su Regla¬ mento de
Funcionarios,
de30 de mayo de 1952,
estarán obligadas a satisfacer a sus funcionarios los nuevos sueldos mínimos señalados por el art. i.° del Decreto-ley de
12 de abril de 1957, a partir de i.° de abril de
1957".
2." Todo funcionario tendrá derecho
a percibir
los sueldos citados según la categoría que
ocupe en las plantillas de la entidad
local, debidamente aprobadas por la Superioridad.
3-° A los efectos de los sueldos citados quedan suprimidas las asimilaciones internas de unoscargos a otros que
hayan podido hacer las Corporaciones
locales, que necesariamente tendrán que clasificar al
personal en alguna de las categorías fijadas
en el
Decreto-ley
de 12 de abril de 1957.II
Personal con derecho a los sueldos fijados en el Decreto-ley
de 12 de abril de 1957
0) Personal con derecho a los nuevos
sueldos:-l- Eos funcionarios
en propedad ocupando
plaza deplantilla de la
respectiva Corporación local.
— Eos
funcionarios interinos de esas mismas
Corporaciones que ocupen plaza vacante de plan¬
tilla.
3.0 Eos funcionarios excedentes forzosos de la
Corporación,
que tendrán derecho a percibir el 80 por 100 del nuevo sueldo de la categoría en que estuvieren clasificados. Eas Corporaciones localesrevisarán la situación de sus excedentes forzosos, y
caso de no poderles colocar en
cargo semejante
al que ocupaban al'declararlos en tal
situación, los
asimilarán a alguna de las categorías de las seña¬ ladas en el Decreto-ley.
4.0 Eossuspensos preventivamente, quetendrán
derecho a los dos tercios del nuevo sueldo que les
corresponda, siempre que cumplan el deber de re¬
sidencia.
5.0 Eos obreros fijos de plantilla, que tendrán
derecho a cobrar los nuevos jornales establecidos
para la respectiva localidad en el art. i.° del
Decreto-lev, con total independencia de las reglamentaciones
laborales que rijan en la misma.
b) Personal al que no afectan los nuevos
sueldos:
1.° Eos funcionarios accidentales
que
circuns-tancialmente desempeñen plazas cubiertas por otro funcionario.
2.°" Eos funcionarios habilitados para desempe¬
ñar funciones de la entidad local cuando ésta no
pueda, a tenor de las normas reglamentarias, man¬
tener plaza de plantilla para un servicio
permanente ni se mancomune o sea agrupada con otrasa efectos
de su sostenimiento.
3.0 Eos temporeros designados para la realiza¬ ción de trabajos transitorios de la entidad local.
4.0 El personalcontratado con
arreglo
al art. 8.°del Reglamento de Funcionarios de Administración local.
5.0 Eos suspensos por orden de la Autoridad
judicial.
6.° El personal perteneciente a la agrupación temporal militar.
7.0 Eos obreros de la entidad local que no for¬
men parte de la plantilla de la misma.
El personal que no tenga derecho a los nuevos
sueldos fijados en el Decreto-ley de 12 de abril de, 1957 continuara sujeto a las normas por las que se
regíay seguirá cobrando los emolumentos que antes de la publicación de aquél percibiera o los que en
4O6
Gaceta Municipal deBarcelona
III ••
Retribuciones especiales de los funcionarios
de Administración local
i.° Secretarios desempeñando el cargo de
In¬
terventor :
a) Ros Ayuntamientos que 110 tengan
creada
la
plaza de Interventor y lasfunciones de éste
las
desempeñe con carácter obligatorio,
el
Secretario
de la Corporación tendrá derecho a un aumento
del
sueldo equivalente al 25 por 100 del que
le
corres¬ponda por el Decreto-ley, como tal
Secretario.
Este
aumento tendrá para todos los efectos el carácterde sueldo y sobre él girarán los
quinquenios-
yaumentos graduales.
b) Ros Ayuntamientos que tengan
creada la
plaza de Interventor y éstaesté
vacante,podrán
confiarla accidentalmente al Secretario, con arreglo
a las normas reglamentarias. Ra cantidad que
le
abonen por este concepto nopodrá exceder
del
40 por 100 del cargo de Interventor queaccidental¬
mente ocupe.2.0 Secretarios e Interventores con plazas acu¬ muladas :
Ros Secretarios e Interventores con plazas acu¬
muladas, conforme a. las disposiciones en
vigor,
tendrán derecho a cobrar el 40 por 100 del nuevo sueldo asignado a la plaza que se lesacumule,
sin
poder percibir ningún otroemolumento'
comple¬
mentario ni pagas extraordinarias.
3.0 Secretarios e Interventores
de
Agrupa¬
ciones:
Ros Secretarios e Interventores de Agrupaciones
de Ayuntamientos para sostener una
plaza común
con arreglo a las disposiciones
vigentes,
tendrán de¬
recho a percibir el sueldo
correspondiente
ala
plaza
que ¿esempeñen,
sumando los
censosde los
Muni¬
cipios agrupados. Además
tendrán
derecho
a per¬ cibir:a) En las Agrupaciones de dos
Municipios,
una indemnización equivalente al 20 por 100 del nuevo sueldo.b) En las Agrupaciones de tres,
el
30 por 100del.nuevo sueldo, sin que esta
indemnización,
cual¬
quiera que sea el número de
Municipios
agrupados,
pueda exceder del 40 por 100del sueldo
queperciba
el funcionario. Esta indemnización será indepen¬diente de los quinquenios, que girarán
exclusiva¬
mente sobre el sueldo base de la plaza. 4.0 Secretarios de Tenencias de
Alcaldía
: Ros Secretarios de Tenencias de Alcaldía ten¬drán derecho a percibir el sueldo del cargo
de Jefe
de Sección correspondiente al Ayuntamiento en que presten sus servicios fijado enel Decreto-ley
de
12 de abril de 1957.5.0 Vieeinterventores de
Fondos de
Diputacio¬
nes Provinciales y de Municipios de más
de
100,000 habitantes.Tendrán el sueldo fijado por
eí
Decreto-ley
de 12 de abril de 1957- Si algún Ayuntamiento o Cor¬poración menor de 100,000 habitantes diera la deno¬ minación de Viceinterventor de Fondos a algún fun¬
cionario administrativo, éste no tendrá derecho al
sueldo fijado para los Vieeinterventores, pero la
Corporación podrá
indemnizarle
con arreglo a lasnormas de la legislación general.
6." Oficiales Mayores de Municipios de más de
8,000 habitantes y menores de 20,000.
Ros Oficiales Mayores de estos Municipios en
que la Corporación haya creado voluntariamente
la plaza de Oficial Mayor, deberán ser indemniza¬ dos discrecionalmente por la Corporación por dicho
cargo, pudiendo abonarles hasta el 80 por 100 del
sueldo base del Secretario.
7.0 Funcionarios de Servicios especiales:
a) Si estuvieren asimilados a Auxiliares ten¬ drán derecho a los sueldos y demás retribuciones
que perciban éstos.
b) Si estuvieren asimilados a subalternos ten¬
drán derecho a los sueldos fijados para éstos en el
Decreto-ley. Cuando la Corporación hubiere hecho
subgrupos entre los mismos tendrán los siguientes
sueldos mínimos:
1. Municipios de más de 100,000 habitantes: Pesetas
Sin clasificación 12,500
Primer subgrupo 15,000
Segundo' subgrupo 18,000
Tercer subgrupo 21,000
Cuarto subgrupo 24,000
*
2. Municipios de 8,00.1 a 100,000
habitantes:
Pesetas
Sin clasificación . 10,400
Primer subgrupo 12,500
Segundo subgrupo 15>000
Tercer subgrupo 17,000
Cuarto subgrupo ... 20,000
3. Municipios de menos
de 8,000
habitantes:-Pesetas
Sin clasificación 8,000
Primer subgrupo 10,000
Segundo subgrupo n,500
Tercer subgrupo 13,000
8.° Subalternos :
Ra clasificación y sueldo de los
funcionarios
he
servicios especialesasimilados
osubalternos,
sera
utilizada para éstoscuando las
Corporaciones, con
arreglo a las normas
legales,
hubieran
hecho grupos
Gaceta
Municipal
deBarcelona
407IV
Personal que no dedique su actividad primordial a la Administración local
Los nuevos sueldos del Decreto-ley ele 12 de abril de 1957 sólo serán aplicados a los funcionarios
que dediquen su
actividad primordial
a la Adminis¬ tración local.Se entenderá que dedican su actividad primor¬
dial a la Administración local:
i.° Los funcionarios de Cuerpos nacionales.
2.0 Los administrativos, con obligación de asis¬ tencia a la oficina en jornada normal reglamentaria. 3.0 Los Técnicos que ocupen cargo de plantilla. 4.0 Los subalternos y de servicios especiales.
Los demás funcionarios que no estén compren¬
didos en los grupos anteriores percibirán los aumen¬ tos que determine la Corporación, proporcionales al número de horas de la jornada normal que ejerzan gu trabajo.
V
Sueldos superiores a los establecidos
por el Decreto-ley y reforma de plantillas
i.° Las Corporaciones locales que tuvieren auto¬
rizados sueldos superiores a los señalados por De¬ creto-ley los conservarán como sobresueldo personal
de los funcionarios que actualmente lo perciben.
2.0 Para que las Corporaciones locales puedan pedir autorización de nuevos aumentos de sueldos
se requerirá:
a) Tener establecida la Ayuda Familiar normal a sus funcionarios.
b) Haber transformado los quinquenios anti¬ guosen los nuevos con arreglo a las normas de esta
Orden.
c) No superar los porcentajes de gastos de per¬ sonal del art. 331 de la Ley de Régimen local, texto refundido de 24 de junio de 1955, y art. 90 del Reglamento de
Funcionarios, de 30 de mayo
de 1952.
3-° Iguales requisitos que los señalados en el apartado anterior se exigirán para autorizar aumen¬
tos de personal en las plantillas de las
Corporacio¬
nes, salvo casos excepcionales debidamente justi¬
ficados.
VI
Profesores
de Bandas de Música y personalcontratado
Fos Profesores de Bandas de Música
que la Cor¬
poración tenga nombrados
en virtud de las facul¬ tades que le
otorga el Reglamento de Funcionarios fie
Administración
local tendrán los sueldos que se
hubieren fijado al anunciarse los correspondientes
concurso-oposiciones, incrementados
proporcional-mente según la categoría de la Banda
y el incre¬
mento que hubiere experimentado su Director, como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto-ley de
12 de abril de 1957.
F1 personal contratado podrán conservarlo, pero procurando que sea el imprescindible y siempre sin
poderle asignar sueldos superiores a los análogos
de cargos de plantilla de la entidad, según lo fijado
en el Decreto-ley de 12 de abril de 1957.
Queda prohibido, de acuerdo con las disposicio¬
nes legales, dar de baja a los interinos
y temporeros y nombrarlos seguidamente para el mismo cargo o
análogo, salvo que su nombramiento sea en pro¬
piedad en forma reglamentaria.
VII
Ayuda Familiar a los funcionarios
de las Corporaciones locales
i.° La Ayuda Familiar, establecida en la Ley de 27 de diciembre de 1956
y desarrollada en la Circular de 17 de enero de 1957, 'se mantendrá pol¬ la Corporación en el grado que la hubiere conce¬
dido, sin ser normalmente rebajable con ocasión de los nuevos sueldos fijados en el Decreto-ley de 12 de abril de 1957.
2.0 Si las Corporaciones locales 110 pudieran
hacer frente al grado de ayuda establecido po¬ drán hacer uso del procedimiento fijado en la norma 51 de la Circular de la Dirección General
de Administración local de 17 de enero de 1957.
VIII
Cantidades absorbibles en los aumentos
de sueldos señalados por el decreto-ley
de 12 de abril de 1957
Con arreglo al art. 3.0 del Decreto-ley de 12 de
abril de 1957, serán voluntariamente absorbibles por las Corporaciones locales:
i.° Los pluses de carestía de vida concedidos
voluntariamente por la Corporación.
2.0 Las pagas extraordinarias que excedieran de las dos reglamentarias anuales.
3.0 Las gratificaciones que de hecho fueran per¬
manentes.
Hstas cantidades voluntariamente absorbibles serán necesariamente absorbibles mientras la Corpo¬ ración local no tuviera establecido en su grado nor¬
mal la Ayuda Familiar.
Los sobresueldos personales que existieran al
publicarse el Decreto-ley quedarán absorbidos por
4o8
Gaceta Municipal deBarcelona
IX
Impuesto de utilidades
Los acuerdos de las Corporaciones sobre pago de utilidades a sus funcionarios quedarán vigentes
para todos aquellos que estuvieren gozando de este
beneficio el 12 de abril de 1957.
X
Gastos de funciones secretariates donde no haya funcionario del cuerpo
X.° Con arreglo al art. 5/' del Dëcreto-ley de 12 de abril de 1957, se eleva a 30 ptas. por habitante y año el límite máximo establecido en el art. 136
del Reglamento de Funcionarios de Administración
local, sin que pueda exceder la cantidad máxima a invertir, por este concepto, de 13,500 ptas. anua¬ les. La distribución de la cantidad a invertir será la siguiente: 75 por 100 para el vecino habilitado y 25 por 100 para el Secretario asesor. Si el gasto
rebasara en algún momento dicho límite máximo se
procederá a crear en el Municipio la plaza de Secre¬
tario, o agruparlo para sostener con otros una plaza
de .Secretario común, según dispone él citado ar¬ tículo reglamentario.
2.0 Los gastos de funciones secretariales.de las entidades locales menores se regirán por lo dispuesto
en el apartado anterior, sin que el Secretario del
Municipio a que pertenezca la entidad local pueda
percibir más que un 10 por 100 del sueldo fijado por el Decreto-ley a la plaza que ocupe en propiedad,
por cada uno de los mencionados asesoramientos.
Si fueran varios los asesoramientos de entidades lo¬
cales menores, lo máximo que podrá cobrar serán
cuatro.
XI
Quinquenios de los funcionarios de Administración local
Se mantendrán, con arreglo al art. 2.0 del De¬
creto-ley, sin modificación por la
publicación de los
nuevos sueldos.
Las Corporaciones locales transformarán estos' quinquenios en quinquenios sobre los nuevos sueldos.
i.° Obligatoriamente cuando los gastos de per¬
sonal de las Corporaciones, incluyendo los que su¬
pongan los nuevos quinquenios, no excedan
de
los límites fijados en el art. 331 de la Ley de Régimenlocal, texto refundido, y art. 90 del Reglamento de
Funcionarios, de 30 de mayo de 1952. En este caso
no requerirán autorización alguna.
2.0 Potestativamente cuando, aun excediendo
de dichos límites, la Corporación local lo solicite de
la Dirección General de Administración local, de¬ mostrando:
Primero. — Que tiene establecida la Ayuda Fa¬
miliar en su grado normal.
Segundo. — Que los servicios mínimos de la entidad local están debidamente atendidos, según informe del Servicio Nacional de Inspección y Ase-soramiento de las Corporaciones locales.
Tercero. — Que desenvuelve sus servicios con el
trabajo del personal de plantilla de la Corporación,
sin utilizar personal contratado ni temporero, salvo
en casos muy excepcionales.
XII
Suplementos de crédito •
i.° Todas las Corporaciones locales, en el plazo
de un mes, a contar de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, suplementarán en sus presupuestos ordinarios las cantidades precisas para satisfacer losnuevossueldos a sus funcionarios,
con arreglo a las normas contenidas en la Ley de
Régimen local, texto refundido de 2 de junio
de 1955, en sus arts. 691 y 692-.
2.0 Estos suplementos de crédito se nutrirán
con los siguientes recursos por el mismo orden de
preferencia consignado en esta Orden.
a) Sobrantes de liquidación del último ejercicio.
b) Transfiriendo los créditos necesarios de otras partidas del Presupuesto ordinario cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respec¬
tivo servicio ni de los intereses generales del Mu¬ nicipio. Las Corporaciones locales reducirán
todo
gasto voluntario, entendiendo por tal todo
aquel
que nosea consecuencia deuna disposiciónlegal
que lo imponga a sus límites mínimos y siempre queello
no trastorne los intereses generales por los que
tie¬
nen que velar en todo momento.
c) Solicitando del Banco de
Crédito
Local de
España los anticipos necesarios en lascondiciones
que se determinen.
3.0 Al mismo tiempo que el
acuerdo
de suple¬
mento de crédito, la Corporación local
acordará
:a) Cantidades que decida
absorber
conarreglo
a lo dispuesto en el apartado vinde
estaOrden.
b) Si las pagas
extraordinarias
de
julio
yNa¬
vidad del presente ejercicio las
mantienen sobre
los
sueldos antiguos o sobre losestablecidos
enel De¬
creto-ley de 12 de abril de 1957.
c) Cantidad que suponen para
la
Corporación
local los aumentos establecidos en elDecreto-ley de
12 de abril de 1957.
d) El importe a que se
eleven
los
gastos
de
personal de la entidad
local,
conseparación.
1), de los gastos de
personal
de
plantilla;
2),
del
resto del personal.
gaceta Municipal de Barcelona 409
adopción
del acuerdo, al
Jefe de la Sección
Provin¬
cial de
Administración local,
quelos
totalizará
en otroplazode
quince
días
ylos remitirá, convenien¬
temente ordenados por
orden
alfabético,
a este Mi¬nisterio (Dirección
General
de
Administración
Local).. XIII
Normas finales
i.° Funcionarios técnico - administrativos que
no tengan
título alguno.
Serán asimilados a los técnicos con título ele¬
mental, a los efectos de percepción de los sueldos señalados por el Decreto-ley de 12 de abril de 1957,
a no ser que vinieran cobrando' como' los técnicos
con título superior, en cuyo' caso conservarán esos
derechos.
LasCorporaciones que tengan unificados los suel¬
dos de sus técnico-administrativos podrán seguir asi¬
milándolos a los técnicos con título superior.
2.0 Gastos de personal.
a) Se considerarán gastos de personal, a los
efectos de los porcentajes señalados en los arts. 331
de la Ley de Régimen Local y 90 del Reglamento
de 30 de mayo de 1952, los siguientes:
Primero. —Los gastos del personal técnico en
activo de la Corporación local.
Segundo. — Los gastos del personal adminis¬
trativo, en activo, de la Corporación.
Tercero. —Los gastos de personal de la Policía
Municipal, subalternos, funcionarios de servicios es¬ peciales y obreros de plantilla.
b) No se computarán, a los efectos del art. 331
de la Ley de Régimen Local y 90 del Reglamento como gastos de personal:
Primero. —Los haberes activos y pasivos de los
Sanitarios generales, que tienen la consideración de
funcionarios del Estado.
Segundo. — Los haberes pasivos de los funcio¬
narios de la Entidad local, que tienen la considera¬
ción de obligación legal y no se refieren a relación activa de servicio.
Tercero. — Los gastos de vestuario de los fun¬
cionarios que usan uniformes de la Corporación, que tienen la consideración de gastos de material.
Cuarto. — Los jornales de obreros que no sean
de plantilla y que la Corporación local puede dis-crecionalmente variar, así como losgastos de seguros sociales a que están obligados.
c) Los gastos de personal que están compren¬ didos en el apartado a) del número 2 de estas nor¬
mas finales son :
Primero.— Los sueldos base.
Segundo. — Los quinquenios que tengan dere¬
cho a percibir.
Tercero. — Las retribuciones complementarias
por intervención acumulada o accidental y las re¬
tribuciones por agrupación.
Cuarto. —La casa-habitación de Secretarios e
Interventores.
Quinto. —Los pluses de carestía de vida, esta¬
blecidos con carácter general por la Corporación
para todo su personal.
Sexto. — Las gratificaciones que tengan carác¬
ter fijo y que están consignadas en presupuesto. Séptimo. — Las pagas extraordinarias de julio y de Navidad.
Octavo. —La indemnización que tienen dere¬
cho a percibir los funcionarios de Canarias y Africa,
con arreglo a la Ley de Régimen Local.
Noveno. —• Los gastos de Ayuda familiar del
personal de la Corporación que se rija por el Re¬ glamento de Funcionarios de 30 de mayo de 1952.
Décimo. — Los gastos de asistencia sanitaria y
farmacéutica a sus funcionarios.
Undécimo. — El quebranto de moneda que tie¬
nen derecho apercibir los Depositarios.
Duodécimo. — Los gastos de Utilidades de per¬
sonal.
Cualquier otro gasto quevoluntariamente haga la
Corporación no podrá computarse a los efectos de los arts. 331 de la Ley y 90 del Reglamento de Fun¬
cionarios.
3.0 Depositarios de Corporaciones de más de
100,000 habitantes y Oficiales Mayores de las
mismas.
Se cumplirá lo dispuesto en el apartado 4.0 del
art. 80 del Reglamento de Funcionarios de Admi¬ nistración Local. En caso de existir en las mismas
Jefes de Sección, la Corporación determinará la can¬ tidad que debe percibir' el Depositario para poder
cumplir dicho apartado, en cuyo supuesto se man¬ tendrán los porcentajes diferenciales con el Secre¬ tario e Interventor.
4.0 Jefaturas y Direcciones de Servicios.
Para tener derecho a los sueldos especiales,que
señala el Decreto-ley, será condición indispensable
que estén creadas dichasplazas en plantilla y que se
hayan provisto en forma reglamentaria.
5.0 Personal de telegrafistas municipales.
Este personal será asimilado, únicamente a los
efectos de sueldo, a los funcionarios de servicios
especiales, siempre que preste la jornada normal
de
trabajo y, en caso contrario, se aplicarán las normas del apartado 4.0 de esta Orden. LosTelegrafistas
municipales se seguirán rigiendo por su legislación
especial.
6.° Peones Camineros de las Diputaciones pro¬
vinciales.
Cuando residan en lugar distinto de la capitali¬
dad de la Diputación, podrán ser retribuidos con
arreglo a los sueldos de los de su especialidad res¬
pectiva del pueblo en que presten sus
servicios.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
. Madrid, 3 de junio de 1957. — Alonso Vega.