UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACION PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA EN EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
AUTORA: MASALEMA VACA JOHANNA ROSIBEL
TUTORA: AB. DEL POZO FRANCO PATTY ELIZABETH. MGS.
Babahoyo – Ecuador
APROBACION DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACION
Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la señorita Johanna Rosibel Masalema Vaca, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA EN EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL”,
ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por lo que apruebo su presentación.
Babahoyo, Enero del 2019
--- Ab. Del Pozo Franco Patty Elizabeth, Mgs.
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
Yo, Johanna Rosibel Masalema Vaca, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.
Babahoyo, Enero del 2019
Srta. Johanna Rosibel Masalema Vaca C.I. 1206650457
CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
Yo Abg. Iyo Cruz Piza,Mg. En calidad de Lector del Proyecto de Titulación
CERTIFICO:
Que el presente trabajo de titulación realizado por la estudiante Johanna Rosibel Masalema Vaca sobre el tema “LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA EN EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.
Babahoyo Enero del 2019
Abg. Iyo Cruz Piza, Msc.
DERECHOS DE AUTOR
Yo, Johanna Rosibel Masalema Vaca, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice El patrimonio de la UNIANDES, está constituido por La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría la Universidad o por cuenta de ella.
Babahoyo Enero del 2019
--- Johanna Rosibel Masalema Vaca
DEDICATORIA
Dedico este trabajo principalmente a Dios a quien quiero expresar mi total gratitud quien con su bendición y sabiduría llena siempre mi vida para así culminar con éxito mis metas propuesta.
Gracias Dios por nuestra vida que ha sido consecuente en este caminar objetivo que se ha hecho más flexible en compañía de personas extraordinarias que me han brindado lo mejor en cada instante de mi vida.
A mis queridos padres e hermano, sobrinos, primo, tía mis pilares fundamentales quienes que con su apoyo incondicional me brindan la seguridad y fortaleza son los que me han dado la existencia y en ella lo cual la capacidad y valores, para seguir por la vida en cada paso por este largo camino que no ha sido fácil pero tampoco ha sido imposible, Gracias por su presencia que me han ayudado a formarme e forjar la persona que hoy por hoy soy.
A mis docentes y amigos, porque a lo largo de este sendero cada uno de ustedes han motivado mis sueños y esperanzas en afianzar un mundo más humano con justicia. Gracias a todos los que han recorrido conmigo en este trayecto, porque me han enseñado y formándome en una buena profesional.
AGRADECIMIENTO
Este presente Proyecto de Investigación no hubiera sido posible sin el apoyo de mi tutora ab. Patty Elizabeth del Pozo Franco.Msg, quien con su paciencia encausó este trabajo con sus conocimientos me oriento al correcto desarrollo si bien ha requerido de mucho esfuerzo y dedicación si no hubiese sido posible la finalización con éxito para la obtención del título de Abogada de la República del Ecuador.
el amor recibido e empeño, dedicación y la paciencia con la cual cada día se han preocupado mis padres e hermano por el avance y desarrollo de esta tesis. A ellos por ser los principales impulsadores de mis sueños, gracias a ellos por cada día confiar e creer en mí y logar mis metas propuestas.
Gracias a Dios por la vida de mis pilares Padres, Hermano, Sob rinos, Tía, Primo, porque cada día bendice mi vida con la bendición de estar a su lado e disfrutar a lado de las personas que amo, Gracias a Dios por permitirme amar a mis padres, gracias por permitirme conocer de Dios y su infi nito amor.
RESUMEN
ABSTRACT
ÍNDICE GENERAL
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
DERECHOS DE AUTOR
DEDICATORIA
RESUMEN
ABSTRACT
ÍNDICE GENERAL
INTRODUCCIÓN ___________________________________________________________ 1
Actualidad e Importancia del tema __________________________________________ 1
Descripción de la actualidad internacional y nacional con respecto al tema propuesto. ________________________________________________________________ 2
Importancia del tema a desarrollar __________________________________________ 4
Problema de Investigación _________________________________________________ 4
Formulación del Problema _________________________________________________ 4
Árbol de Problemas _______________________________________________________ 5
Objetivos de investigación _________________________________________________ 5
Estructura capitular _______________________________________________________ 6
Capítulo I. Fundamentación Teórica ________________________________________ 6
Actualidad del objeto de estudio de la investigación. _________________________ 7
Principales conceptos expuestos por autores a nivel nacional e internacional _ 7
Delito _____________________________________________________________________ 7
La tipicidad del delito ______________________________________________________ 8
Sujetos del delito en cuanto a su grado de participación ____________________ 10
Atenuantes y agravantes del delito ________________________________________ 13
La pena dentro de la legislación ecuatoriana _______________________________ 14
Clasificación de la pena dentro de la legislación ecuatoriana ________________ 15
Tipos de Penas ___________________________________________________________ 16
Reseña histórica de la suspensión condicional de la pena ___________________ 18
La suspensión condicional de la pena _____________________________________ 20
La suspensión condicional de la pena en el Ecuador ________________________ 22
La suspensión condicional de la pena dentro del Código Orgánico Integral Penal ____________________________________________________________________ 23
Aporte y limitaciones en el análisis de la teoría y de los trabajos desarrollados en el área del conocimiento. _________________________________ 25
Actualidad ecuatoriana del sector donde desarrolla el proyecto _____________ 26
Capítulo II. Diseño metodológico y diagnóstico _____________________________ 27
Paradigma y tipo de investigación _________________________________________ 27
Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos. _________________ 28
Población y Muestra de la Investigación ___________________________________ 28
Plan de recolección de la información _____________________________________ 29
Planes de procesamiento y análisis de la información. ______________________ 29
Resultados del diagnóstico de la situación actual ___________________________ 29
ENCUESTA, RESULTADOS Y ANÁLISIS ____________________________________ 30
Capítulo III. Propuesta de solución al problema. ____________________________ 35
Aplicación práctica parcial o total de la propuesta __________________________ 38
CONCLUSIONES _________________________________________________________ 39
RECOMENDACIONES _____________________________________________________ 40
1 INTRODUCCIÓN
A los tiempos de la humanidad el ser humano ha buscado encontrar una vida más fácil que no le produzca contratiempos en la vida, rigiéndose a las normativas y leyes que existen en cada sociedad o comunidad. Es aquí donde los gobernantes han adecuado de distintas formas las leyes, reglamentos, etc. y ha creado derechos y obligaciones para todos los ciudadanos.
Al existir leyes en las cuales se regula el desenvolvimiento de los individuos en la sociedad, hay también individuos que no quieren acatar las leyes tal cual como lo manda la Constitución de la República del Ecuador y estas personas determinan haciendo caso omiso a las mismas, en materia de derecho se debe implicar mayor cuidado en su cumplimiento y mayor severidad para poder sancionar cuando se cometa algún delito en materia penal.
El tiempo ha dado un giro diverso en la actualidad, es aquí donde se ha evolucionado hasta la manera de sancionar los incumplimientos de las normativas y leyes, teniendo ahora un sistema más garantista que podrá sancionar conforme a derecho todo conflicto penal que se suscite. Es aquí donde se encuentran las nuevas tendencias para dar un final a las formas de un juicio penal y que en esta investigación va a ser necesaria tratándose de la Suspensión Condicional.
La suspensión condicional de la pena, Esla que da ley antes nombrada para aquellas personas que se encuentran privadas de la libertad, pero siempre y cuando cumplan ciertos requisitos establecidos en la ley, el Juez es quien da esos parámetros y proceder para su aplicación de ser necesario.
Actualidad e Importancia del tema
2
cumplir ciertos parámetros dentro del Código Orgánico Integral Penal podrán acogerse a esta medida, este tipo de acogimiento solo estará a órdenes del Juez o Jueza que es quien toma la decisión si se da o no la medida de la Suspensión Condicional de la Pena, aquí también el juez o jueza de garantías penales debe verificar el delito para cumplir con la Suspensión de la misma.
Plan Nacional del Buen Vivir 2017- 2021, denominado: “Derechos para Todos Durante Toda la Vida”, mismo que está elaborado a partir del principio de que todo ser humano es sujeto de derechos, desde el principio de su vida hasta el final de la misma; con base en lo dispuesto dentro del artículo tres de la Constitución de la República, que prevé que es deber del Estado otorgar una protección adecuada de estos derechos.
Descripción de la actualidad internacional y nacional con respecto al tema propuesto.
3
En Colombia la suspensión Condicional actúa de la siguiente manera: desde aquí se manifiesta que cuando un delito es punible se concluye con la exigencia de una pena privativa de libertad. En Colombia se utiliza mucho la suspensión condicional de la pena, el procesado, reo o privado de la libertad puede hacer uso de este procedimiento haciendo que la misma se cumpla como arresto domiciliario u hospitalaria por enfermedad sumamente grave. Para que se acojan a la suspensión condicional de la pena, el procesado debe acogerse a ciertos requisitos como son 1.- Que la pena no pueda exceder de cuatro años, 2.- El Juez concederá la suspensión siempre y cuando carezca de antecedentes penales; 3.- Cuando el sentenciado tenga antecedentes penales no habrá necesidad de la ejecución de la pena.
4 Importancia del tema a desarrollar
Al hablar de la importancia del tema a desarrollar se puede decir que el tema planteado en esta investigación va a ser de mucha utilidad para el Cantón ya que en las Unidades Penales a nivel Provincial se descongestionarán las cargas procesales, cuando los delincuentes, procesados etc, se quieran a acoger a la Suspensión Condicional de la Pena, es más serviría de mucho la Reforma que se requiere plantear para aquellas personas que han sido víctima de familiares que han muerto y los delincuentes se acogen a esta medida. Más que nada esto ocurre en delitos de tránsito, pero se debe especificar en el Código Orgánico Integral Penal que solo no debe aplicarse cuando haya resultado de muerte.
Problema de Investigación
En la legislación penal ecuatoriana se incorporó la figura de la suspensión condicional de la pena, derecho que tiene el sentenciado que cometió una infracción, penal ¿qué pasa con la víctima? deja a la misma en una situación de desprotección frente a este proceso.
Por ejemplo, en el artículo 377 Código Orgánico Integral Penal se tipifica la muerte culposa y puede ocurrir que una conducta por la violación al deber objetivo de cuidado comenta un accidente y como consecuencia del mismo pierdan la vida muchas personas, como lo sucedido el 17 de septiembre del 2017 que en un accidente de tránsito algunos Funcionarios Judiciales fallecieron entre ellos una niña y el conductor que cometió la infracción se le acepto la Suspensión Condicional de la Pena.
Formulación del Problema
5 Árbol de Problemas
Objetivos de investigación
Objetivo General
Realizar una Reforma Legal al artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal para que no se conceda la Suspensión Condicional de la pena en los delitos culposos de tránsito con resultado de muerte.
Objetivos Específicos
Determinar jurídica y doctrinariamente a través de autores extranjeros todo lo referente a la suspensión condicional de la pena.
Diseñar una metodología que permita garantizar los derechos d elas Víctimas.
Proponer un anteproyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal, en el que se pueda establecer que la Suspensión Condicional de la pena no se aplicará para aquello que haya resultado de muerte.
CAUSAS
Suspensión Condicional de la pena
Reforma al artículo 630 del COIP
EFECTOS Cumplimiento de las normas
establecidas en el COIP
6 Estructura capitular
Capítulo I. Fundamentación Teórica
Antecedentes de la investigación
Como antecedente hay que cuenta que desde el siglo XVIII hay alternativas importantes contra los escenarios inhumanos, aquí se convierte al delito como un punto de partida de una reforma penitenciaria, que dará como resultado de las ejecuciones de la pena y que se busca la rehabilitación del delincuente en la sociedad.
Desde hace muchos años a nivel mundial se ha venido buscando las formas o maneras en las que las personas privadas de libertad, no solamente cumplan sus condenas en los centros de rehabilitación social, sino al contrario se han venido estableciendo diferentes medidas alternativas, con el afán de siempre buscar la reinserción de estas personas a la sociedad, con el propósito sobre todo de que al cumplir su condena, sean recibidos por la sociedad sin complicación alguna.
7
Actualidad del objeto de estudio de la investigación.
Principales conceptos expuestos por autores a nivel nacional e internacional
Delito
En muchos años se ha tratado de regular las leyes para que sus individuos sean legalmente juzgados, el derecho emergió con la finalidad de normar la convivencia entre las personas, es aquí donde se determina sanciones y actúa la parte legal donde te juzgan por cometer un delito, estas malas actuaciones son llamados delitos.
Carrará indica que la finalidad del derecho es hacer respetar los derechos y garantías de los seres humanos con el medio de cumplir con los dereres estipulados en la ley. (Carrará Francisco, 2012)
La palabra delito viene de la palabra delictium que significa delinquir. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española manifiesta que la acción de delito es la acción u omisión de un acto ilícito y esta es castigada por la ley penal. (Diccionario de la Real Lengua Española, 2007)
Las normativas vigentes a veces vulnerar los derechos de las personas en un correcto convivir social y a su vez adecuan su actuar produciendo con esto el reproche de la sociedad por haber sido castigado con una pena grave.
La sociedad se constituía y esta se iba evolucionando cada día más, las mismas que se determinaban para delimitar el desenvolvimiento de los individuos y de sus integrantes. Las organizaciones sociales regularon el comportamiento de las personas para tener una sociedad de paz. En estos tiempos se decía que la monarquía en el cual el Rey era como la representación de Dios, la palabra del rey era ley en estos siglos, el mismo disponía y lo que él decía era ley.
8
El entorno garantista como la religión, se enfoca en un sistema práctico y consistente, esta acción conocida como delito entonces se constituye como una vulneración de la ley, que promulga es proteger y dar una seguridad a los individuos.
Crespo 2014, “Considera que el delito está establecido en la ley, la misma que impone una pena e introduce en su sistema la determinación de un contenido.” (Crespo Eduardo, 2014).
Becaria 2015, indica que esto era una necesidad a la oposición de los mismos, encontrándose en una escala de mucho desorden, esto le compete inmediatamente a la sociedad que esta inmiscuida en estos temas, estas acciones sobre los delitos cometida por los ciudadanos son opuestas al bien público. (Becaria César, 2015).
Zaffaroni 2013, se refiere al concepto de delito manifestando que son aquellos que manejan la ley para tomar medidas con respecto a las penas establecidas. Es la formalización que habilita el ejercicio de la sleyes en función punitiva. (Zaffaronni Eugenio, 2013). Es decir, el delito es aquella acción que se comete en contra de otra persona causando la muerte o invalidez en un individuo, y por este delito se dará una sanción o pena establecida en la ley.
La tipicidad del delito
9
creación de leyes para juzgar cualquier acción penal, la Fiscalía es quien califica y los Jueces penales son quien aplica la medida sancionadora.
Al hablar de tipicidad nos damos cuenta que estos poseen elementos legales, normativos, constitutivos y demás. Podemos dar una breve referencia de cada uno por ejemplo los normativos son aquellos que trata sobre la conducta del legislador, aquí es donde se establece el tipo penal y la sanción que va a recibir el procesado, legal, al manifestar de legal este está basado en las leyes con las cuales se van a sancionar al o los individuos que cometieron el acto ilícito, estos deben estar legalmente tipificado en la legislación, los constitutivos. Se dice que son los que forman la conducta del individuo y es el objeto de la misma.
La función que desempeña esta es que protege a todos los ciudadanos o individuos sin distinción alguna, por los actos que han cometido tipificados en la ley como delitos penales o infracciones legales, es aquí que para juzgar a un procesado la conducta debe estar tipificada en el Código Orgánico Integral Penal y haber estado contemplada como ilícita, previo a las circunstancias en la cual se pretenda garantizar la aplicación de la normativa.
Demetrio 2012. El autor manifiesta que para juzgar a alguien penalmente se necesita conocer si el acto ilícito fue cometido con intención, en materia penal cada situación es diferente, ya que existe el dolo y la culpa, así mismo existe negligencia, impericia e imprudencia. (Demetrio Eduardo, 2012)
Cuando se manifiesta sobre la fundamentación, esto quiere decir que se refiere a que la medida para sancionar debe ser clara y concisa y precisa para juzgar a ese individuo sin cometer errores.
10
normativa los tipos penales en la cual establece sanciones adecuadas para los mismos procesados.
Robles 2010. Aquí el autor manifiesta que la tipicidad debe darse por una constatación de un estado físico imputable a un sujeto, el cual carece de un sentido normativo sobre la corrección legal de la conducta. (Robles Ricardo, 2010)
La tipicidad en estos entonces es la determinación expresa de las conductas de los procesados, pero a estos se los juzgará conforme a la gravedad del delito, constituyendo como punto de partida como menores delitos a los que tengan que sancionar como menores en cuanto a su connotación.
En la legislación penal lo que se ve es la forma de actuar de la persona que se está juzgando, y dar a conocer si esta persona actúa con acción u omisión verificándose que va a ser un delito más grave que el que se quería. (Asamblea Constituyente, 2015). Al hablar del delito hay que darse cuenta que estos de manera expresa constituyen acción u omisión y estos a su vez tienen como resultados delitos preterintencionales los cuales se encuentran inmersos en estos delitos.
Sujetos del delito en cuanto a su grado de participación
Los sujetos de delitos en este tema son actor y cómplice que es lo que ahora enmarca el Código Orgánico Integral Penal, cada categorización responderá al grado del delito cometido y la pena será distinta así mismo al delito que han cometido.
11
Es así que cada delito es de acuerdo al actuar de cada acusado, ellos participan según el delito que se le ha estipulado como autor o cómplice, y dependiendo de esta acusación se dará la sanción correspondiente.
El autor Cabanellas manifiesta que se entiende por autor al sujeto activo del delito y su complicidad como autor o cómplice. (Cabanellas de la Torre Guillermo, 2007).
Lozano 2005, el autor manifiesta en un párrafo sobre los sujetos del delito e indica que son aquellas personas que intervienen para cometer un hecho ilícito y estos a su vez estarán sancionados con una pena equivalente al grado de responsabilidad del hecho (Lozano Amparo, 2005). Por eso parte desde este concepto que no existe sujetos participes del delito a más de actores, dependiendo cual fuere su grado de participación, es por esta razón que muchas veces la proporcionalidad de la pena no va cogida de la mano con el delito, porque no se mira la participación ni el grado de responsabilidad del mismo.
En esta investigación sobre los sujetos del delito, se puede decir que el Código Orgánico Integral Penal mantiene una autoría directa que es la que se refiere a la persona de una manera inmediata, así como también aquellas personas que tienen el deber jurídico de hacerlo y no impide el cometimiento del delito. Así mismo establece la autoría mediata que no es otra cosa que la rapidez de la infracción, y la instigación para acelerar más rápido el proceso que se está siguiendo.
También serán expuestos aquellos individuos que reciba dádivas, recompensas, etc. estas personas bajo cualquiera circunstancia que hayan pedido cualquier cosa para ellos tendrán una sanción tal cual como lo indica el COIP, es por esta razón que serán juzgados tal cual como corresponde.
12
2013). Aquí se llega a la conclusión que cómplice es aquel que, sin ser autor principal, se lo considera como responsable también del delito al cual han cometido, igual sus actuaciones fueron secundarias.
Benítez 2008. Aquí se está manifestando que la participación y la autoría es netamente para los autores que cometen el hecho delictivo y a los cómplices serán responsables por el hecho delictivo, pero serán juzgado con una pena menos grave. (Benítez Ignacio, 2008).
En el COIP se manifiesta que la complicidad que serán responsables como cómplices las personas que hayan actuado de forma dolosa o que cooperen como (Asamblea Constituyente, 2015). Indicando así que la participación como cómplice se refiere a aquellas personas que solo cometen delito con dolo mas no que son infracciones culposas.
13 Atenuantes y agravantes del delito
Levence. El autor indica que sobre las atenuantes y agravantes y estas son las que están ejecutadas por una infracción penal en la que el Juzgador puede indicar este tipo de circunstancias para el proceso, en función del señalamiento del delito, previo a considerarse una sanción penal deberá existir la existencia del hecho o la circunstancia penal así mismo la gravedad del delito que se le esta imputando al procesado.
Cabanellas manifiesta que las atenuantes son todas aquellas en la que un privado de libertad se podrá acogerse cuando sea un delito menos grave. (Cabanellas de la Torre Guillermo, 2007). Al manifestarse sobre las atenuantes se está indicando de que en estas las penas van a disminuir en el delito que ocasiono la persona que está siendo procesada, con las atenuantes se rebaja el grado de la pena debe de cumplir ciertos requisitos estipulados en el COIP. (Urraza Jesús, 2014). Estas atenuantes deben ser analizadas al momento que el juzgador las aplique y contempladas en el momento de la resolución considerándose una reducción de la sanción.
En cambio, al hablar de agravantes estas son aquellas que son consideradas que aumentan las penas dentro de la infracción penal, estas se incrementan, constan de hechos accesorios aumentando la ilicitud del delito de la acción o culpabilidad de la persona privada de la libertad. (Arias Manuel, 2008). En esta etapa el juzgador va a discutir el cometimiento del delito aumentando la pena y esto va a influir para el procesado.
14
mucho las agravantes ya que es un bien jurídico afectado y es protegido y garantizado por las leyes nacionales e internacionales.
La pena
Cabanellas en su diccionario manifiesta que es el castigo que le imponen la o el Juez de Garantías Penales conforme a la legislación a un individuo que ha cometido un acto ilícito como un delito, esta pena será establecida conforme a las leyes y normas establecidas dentro de cada país, sin vulnerar sus derechos Constitucionales.
La pena conocida como la que establecen los jueces o juezas por algún ilícito o delito que comete un delito, también se constituye en aquella en la cual se busca proporcionar el agente activo y la reinserción social, estableciendo la paz en la sociedad.
Con la pena que se establezca a quien cometió el ilícito o delito, será satisfecha en te caso la víctima o familiares de la víctima en caso de que el infractor haya causado la muerte y es ahí donde obtiene justicia cuando se le pone una pena mayor a la establecida por la ley.
La Carta Magna en su artículo 77 manifiesta que luego que se declara la culpabilidad de la persona este cumplirá su pena en un centro de Rehabilitación Social, cumpliendo con la pena impuesta que le impuso el juez o jueces, pero también podrá tener medidas alternativas en este tipo de casos. (Asamblea Constituyente, Constitución de la República del Ecuador, 2015).
15
Esta es manifestada como una restricción a la libertad, por una pena impuesta por los jueces o juezas, pena impuesta a individuos que cometen delitos, estas se basan en la disposición legal e impuesta por una sentencia condenatoria. (Asamblea Constituyente, Código Orgánico Integral Penal, 2015). En este sentido hay que tomar en cuenta que la pena se establece y es el resultado de la acción del hombre al haber cometido un delito que se encuentra tipificado en el Código Orgánico Integral Penal y por este delito cometido se tendrá una pena.
Como lo manifiesta Francesco Carrara manifiesta que la pena es aquella con la cual se pone una sanción solo por el hecho de cometer un delito y así no poder vulnerar los derechos de ningún ser humano que se encuentre privado de la libertad, tal cual como lo manda la Carta Magna (Carrará Francisco, 2012).
Clasificación de la pena dentro de la legislación ecuatoriana
Las penas dentro de la legislación ecuatoriana se clasifican en penas privativas de libertad y penas no privativas de libertad, las primeras se tratan sobre aquellas en la cual tiene que ver las condenas, reclusiones y las penas no privativas de libertad son las que se trata solamente de carácter restrictivo.
Melendez manifiesta que ninguna persona privada de la libertad o que está siendo procesado no debe ser: torturado, lacerado, pisoteado, humillado, etc, es por esta razón que la pena debe emplerizar y no se puede restringir los derechos del ser humano y peor ser inhumanos de sanción (Melendez Leonardo, 2013). Al manifestar sobre el COIP hay que darse cuenta que se topa o se manifiesta sobre las penas restrictivas y se dice que estas tienen una duración de hasta cuarenta años.
16
restricciones de ciertos derechos y potestades. La importancia de este tipo de penas es que se une estrechamente al sistema penitenciario y a las políticas del Estado, es aquí donde se liberan el afinamiento con los centros de Rehabilitación social. Se puede decir que aquí tal como lo manifiesta el COIP en su artículo 3 que manifiesta sobre la mínima intervención en la que dice que esto es una descendencia en materia legal y no se puede continuar con la posibilidad de mantener recursos de orden legal vulnerado. (Battola Karina, 2016).
Para terminar con el capítulo investigado, se puede decir que esta tiene medios de extinción medidas como: el indubio pro-reo. La del delito. A de la acción y otras más que ya las conocemos.
Tipos de Penas
Blanco Carlos 2005. Como se indicó anteriormente las penas pueden ser privadas de libertad y no privadas de libertad, penas restrictivas y penas pecuniarias, mientras que las penas no privativas de libertad son restrictivas. Al referirse a penas privativas de la libertad se debe saber que son las que se mencionó en líneas anteriores y estas a su vez su pena puede ser mayor o menor para su libertad, depende del cometimiento del delito. (Blanco Carlos, 2005)
Para conocer más sobre la pena privativa de libertad, hay que tomar en cuenta que es la que se determina como pena de reclusión y está establecida y con una pena menor a cinco años se denomina como prisión, las dos penas que se han nombrado corresponden a un internamiento en un centro de rehabilitación social.
17
En este concepto se habla de las penas restrictivas que son aquellas que no implican la libertad a la vida o al patrimonio, son aquellas sanciones que se establecen a un individuo.
Cuando se refiere a las penas pecuniarias se refiere a las del tipo económicas, en la cual el procesado tiene que cumplir con las víctimas. Así dando un concepto sobre esta investigación se puede decir que es de carácter accesorio y son estrictamente monetario que se imponen en materia penal. (Prada J., 2010).
Este tipo de delitos pueden clasificarse por su naturaleza o por su duración, al hablar de naturaleza decimos que el rango del bien jurídico del delito cometido es grave, menos grave o leve, y cuando se indica de duración es el tiempo de la pena ya sea de reclusión o de prisión.
Faraldo 2013. Este autor dice que se las puede clasificar de acuerdo a aquellas que se vinculan por un delito, estas son llamadas principales, y accesorias aquellas que no se vinculan por un delito sino más bien por la pena.
Las penas privativas de libertad pueden ser principales y accesorias, quedando así de la siguiente manera, se clasifican de acuerdo a cada característica, es decir, las principales son aquellas que están vinculadas directamente con el delito y las accesorias aquellas que se vinculan a la pena principal. (Faraldo Patricia, 2013).
Aquí se refieren a las penas acumulativas, y se dice que son aquellas penas que se constituyen una sola pena dependiendo su naturaleza estas son en función de su composición; en cambio las acumulativas son aquellas que se derivaban por algunos delitos cometidos, estas penas se acumulan dependiendo el caso.
18
de carácter accesorias, estas características de las penas son iguales o similares en toda la investigación realizada.
Reseña histórica de la suspensión condicional de la pena
A lo largo de los años los problemas más graves que se han suscitados en un pueblo son los que tienen que ver con el Derecho Penal, la finalidad de la pena, etc.
En este sentido, Beccaria manifiesta que toda finalidad de la suspensión es garantizar la libertad de la persona procesada y darle una estabilidad emocional fuera de la cárcel, siempre y cuando se trate de penas menos graves.
Arzúa 2012. Este autor manifiesta que la Suspensión Condicional de la Pena, es una pena privativa de libertad y que esta suspensión solo se da en delitos menores es decir en delitos menos graves y que no cause tanto perjuicio a la víctima, muchas veces quienes aplicaban esta medida en tiempos antiguos lo que hacían era que no ingresaban en el establecimiento, sustituyendo el encierro y aplicaban esta medida para asegurar la rehabilitación del procesado. (Arzúa Enrique, 2012).
La narración histórica de la suspensión condicional de la pena es muy remota, desde tiempos muy antiguos se partia medidas alternativas para dicha suspensión y se llegaba a creer que con estas alternativas la persona privada de la libertad no iba a cometer el mismo
19
así delimitar el cumplimiento de derechos y cumplimiento del mismo para aquellas personas que están desterradas.
Avanzando en el tiempo, hay que hacer un pequeño relato desde donde empezó el procesado a acogerse a este procedimiento y nos remontamos a Europa donde apareció este método por primera vez, en el cual se beneficiaban muchas personas privadas de la libertad, personas que se les suspendía la pena aplicándoles medidas alternativas, pero sin perjudicar a la víctima. (Zaffaronni Eugenio, 2013)
Las mencionadas leyes narraban a la imagen de la suspensión condicional de la pena, instituyendo de una manera distinta si el acusado o procesado no tenía antecedentes penales o si el delito que cometió es de una pena menos grave, aquí en estos tiempos se acusaba al delincuente pero así mismo se prorrogaba su ejecución ya que se decía que debía cumplir con ciertos requisitos, caso contrario se ejecutoría con la prisión.
En los países anglosajones ya existía la suspensión condicional de la pena, la misma que se determinaba con la no existencia de una sentencia.
Al tener en estos entonces una suspensión condicional de la pena es porque ya existía una sentencia en firme, la misma que era dar cumplimiento que la persona privada de la libertad tenía que pasar o cumplir su pena en la cárcel, estas suspensiones condicionales debían cumplir con requisitos establecidos en el Derecho Penal de cada país que aplicaba este procedimiento.
20
reinserción adecuada ante estas medidas alternativas como lo es la prisión, mismas que cuando son vulneradas van a producir la culminación de la sentencia.
En Estados Unidos utilizan un sistema distinto denominado “probation”, o llamado también de prueba, es que donde evitan que el culpable del cometimiento de un delito deje sus normas habituales de vida, que se sienta que está lejos de estar encerrado o que se dé a la remota idea de que este en una cárcel, más bien a esta persona se le brinda todas las facilidades posibles como sea necesario estas son: asistencia y vigilancia profunda sobre lo que hace o deje de hacer.
Al establecer la pena privativa de libertad como una medida para el individuo, esta se da como última alternativa y que en la práctica no se beneficia al reo; ya que anteriormente o antiguamente nace la suspensión condicional de la pena que es la que se encarga de suspender la sentencia como su palabra lo dice, pero siempre y cuando cumpliendo los requisitos establecidos en el COIP.
La suspensión condicional de la pena
Esta es una medida de la cual el órgano regular competente, esto es el Juez, es aquí donde el juez toma la decisión de que se acoge o no el procesado a la Suspensión Condicional la pena, pero como se ha manifestado anteriormente siempre y cuando analizando los antecedentes penales, pero sin vulnerar los derechos constitucionales de ningún individuo. Esta suspensión se da cuando el autor de u delito esta previamente delimitado, y si este carecería de un objetivo establecido.
Asimismo, se toma en cuenta la conducta demostrada del procesado para que este se pueda beneficiar conforme a lo previsto a la pena definitiva a plasmarse.
21
siga cumpliendo la pena en un centro de rehabilitación social ya que estos centros no son bien estructurados dentro de la cárcel.
Vidal Alberto 2008. El autor indica que esta suspensión trata sobre la acción sobre un hecho en el cual la pena privativa de libertad podría convertirse en un hecho innegable, readaptando medidas implantadas, en la cual se puede estimular la voluntad de recuperarse por parte de quien ha cometido el delito o llamado también procesado, es por esta razó que se cree que este tema es importante y de gran eficacia, ya que fortalece la amenza de ejecutar la pena para que le procesado se reinserte en la sociedad. (Vidal Alberto, 2008).
Lo que se quiere es evitar que la persona que esta privada de la libertad este encerrado con reos que han cometido delitos más graves que aquel sujeto que cometió un delito leve, y que este procesado sea favorecido con la suspensión y la reducción de la pena hasta por buen comportamiento del mismo.
La idea de la suspensión condicional de la pena es que el sujeto activo este encerrado en una centro de rehabilitación, por el poco tiempo de la pena que le impuso el Juez o Jueza que está a cargo de la causa, ya que si le impuso esa pena tan baja es porque no es de peligrosidad y tampoco es un delincuente peligroso, y así evitar la realidad carcelaria que se vive en el país, implicando el beneficio para esta personas y este se reintegre a la sociedad como un hombre de bien y no vuelva a cometer los mismo esa es como primera razón, la segunda seria es que aquellas penas cortas son susceptibles de la suspensión condicional de la pena ya que son penas menos graves y de poca peligrosidad.
22
suspensión si la llega dar debe darse motivadamente por el tribunal. (García Jerónimo, 2013).
Sierra María. La autora manifiesta que al momento que se da la Suspensión Condicional de la pena se debe cumplir con lo de la sentencia, es decir su status condicional, pero hay que tomar en cuenta que no se da en todos los casos sino solo en aquellos delitos leves o menos graves dando inicio a que el Juez o Jueza interpreten los hechos tal cual como se ha perpetrado.
Así también expresa la autora que esta suspensión condicional de la pena no se dará en aquellos delitos donde está de por medio la integridad sexual, los bienes jurídicos como la vida, aquí se estigmatiza al o los delincuentes por el mero hecho de cometer ciertos delitos en contra de los bienes jurídicos de cada ser humano, y para a sociedad son repudiables en toda su totalidad. (Sierra María, 2013).
Este procedimiento es muy bueno para aquellos que no tienen una pena más de cinco años, y aquí también se aplica ya que no se toma en cuenta el pasado o delitos anteriores de los delincuentes. Parece que este procedimiento no ofreciera problemas, pero es todo lo contrario, así como tiene requisitos hay que cumplir muchas normativas. (Vidal Alberto, 2008).
Las garantías judiciales manifiestan que no se puede discriminar a ninguna persona privada de libertad o que hayan estado privadas de libertad de discriminarla por el pasado judicial; pero no está por demás observar los antecedentes penales, ya que esto es un beneficio para la persona que se acoge a la suspensión condicional de la pena, esta observación sobre los antecedentes penales lo hace el Juez o Jueza y es ahí donde le permite al individuo o individuos reintegrarse a la humanidad.
23
Esta nace de las tendencias garantistas que existen en el país, y apareciendo en el Código Orgánico Integral Penal desde su publicación que fue en el año 2014, todas estas leyes, normativas, las garantiza la Constitución de la República del Ecuador y los Derechos humanos y encaminados en el entorno social y se ha incurrido en las infracciones penales.
Este tipo de procedimiento lo que busca es marcar un camino de justicia, ágil y con celeridad y que estas personas privadas de la libertad sean reinsertadas a la sociedad como personas de bien, con esto procedimiento hasta se reduce el principio de economía procesal y restaura el derecho sin violentar la víctima.
En este tipo de investigación lo que ha buscado el legislador es un beneficio para aquellas personas que no tienen una pena o un delito tan largo, el juez o jueza busca llegar a un acuerdo y analizar todos los antecedentes del procesado para que en esos momentos realizar bien su veredicto y concederle a la persona o individuo la Suspensión Condicional de la pena, sin perjudicar tanto al procesado como a las víctimas.
La suspensión condicional de la pena dentro del Código Orgánico Integral Penal
24
Esta Suspensión Condicional de la Pena se podrá solicitar dentro de la misma audiencia dentro de las veinte y cuatro horas posteriores al haberse dictado la sentencia. Este tiempo se lo toma en cuenta para que la persona privada de la libertad lo haga dentro de este plazo y pueda acogerse a este procedimiento y así la Fiscalía y el Tribunal como dueños del proceso y de la acción puedan acoger dicha petición.
Hay que darse cuenta que en el Código Penal anterior no existía la figura legal de la suspensión Condicional de la Pena, pero si hay que darse cuenta que en esos entonces si existía una figura similar a la Suspensión Condicional de la pena. Pero ahora con el nuevo Código Orgánico Integral Penal favorece a algunas personas privadas de la libertad, esto en su beneficio para el infractor y así no vulnerar sus derechos constitucionales y establecer este procedimiento tal cual como es debido.
Cuando se hace el procedimiento de la Suspensión Condicional de la Pena, aquí se está respetando los derechos Constitucionales, pero también aquí se han desechado la presunción de inocencia para hacer respetar sus derechos, dentro de esta Suspensión Condicional de la Pena el Juez o Jueza debe valorar muchas cosas como el tiempo del delito, porque según este podrá acogerse a determinado procedimiento.
25
Aporte y limitaciones en el análisis de la teoría y de los trabajos desarrollados en el área del conocimiento.
Al haber realizado dicha investigación, hay que observar que la Suspensión Condicional de la Pena es un beneficio para muchas personas que se encuentran privadas de la libertad y que han cometido delitos leves más o graves, es dar la oportunidad de que estas personas no estén encerradas con otros procesados que si los pueden dañar causando un gran perjuicio a la sociedad.
Este tipo de mecanismo se viene dando a partir de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal, ya que anteriormente con el antiguo Código Penal, no existía este mecanismo y si existía estaba con otra figura, donde no se podían acoger bajo este procedimiento, con este mecanismo o procedimiento se pretende que muchas personas con delitos leves sean beneficiados, es un problema tanto social como jurídico, llegó el COIP con nuevas tendencias para garantizar los derechos de muchas personas.
Aquí se considera a la tortura a todo acto que lo realiza intencionalmente por una persona hacia la persona privada de la libertad, causándole sufrimiento físico, mental, este tipo de figuras no deben ser cometidas por nadie, ya que las personas privadas de la libertad son garantizadas también por la Constitución de la República del Ecuador, y es aquí que al tratar el tema investigado es que se rehabilite al procesado o persona privada de libertad.
26
víctimas, se pretende que este ser humano se reinserte en la sociedad y tenga una restauración integral dentro de la comunidad, sin que sea juzgado por el delito o hecho que cometió.
Actualidad ecuatoriana del sector donde desarrolla el proyecto
27
Capítulo II. Diseño metodológico y diagnóstico
Paradigma y tipo de investigación
En este segundo capítulo, se tratará sobre la metodología que se aplicará y la investigación dada, se hizo un estudio de las instituciones jurídicas que conforman para aplicar estas medidas en beneficio de las personas que se encuentran privadas de libertad y que se cumpla lo que dice la legislación ecuatoriana.
Se realizó una investigación de campo donde se pudo dar una figura legal sobre la investigación dada, determinado la influencia dentro del sistema judicial ecuatoriano.
Modalidad y tipo de investigación
Analítico. - Se aplicará por la descomposición de un todo en sus partes realizando como un proceso mental.
Cuestionarios. - Se lo utilizará en la realización y esquematización de temas y subtemas de gran importancia en la realización del presente proyecto.
Investigación Exploratoria. - Esta persigue el objetivo de conocer un hecho o fenómeno poco estudiado.
28
Investigación Correccional. - Analiza la forma en que se relacionan varios fenómenos entre si y los efectos que se produce.
Investigación Explicativa.- Busca las causas que dan origen a ciertos fenómenos.
Método Histórico - Lógico. - Los métodos a utilizarse en la investigación son histórico-lógico, el cual permite tener una perspectiva del desarrollo del fenómeno a través del tiempo.
Método Analítico - Sintético. - Permite que los fenómenos encontrados sean analizados por cada uno de sus componentes, a fin de adquirir cabal comprensión del hecho global, por el contrario, mediante la síntesis se entenderán los fenómenos en conjunto.
Método Inductivo-Deductivo. - La investigación abordará el fenómeno desde hechos particulares y generales.
Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos.
Población y Muestra de la Investigación
Se realizará encuestas a profesionales del derecho, asi mismo, a Jueces de las Unidades Penales de la ciudad de Babahoyo y a ciudadanos de la ciudad de Babahoyo Capital de la Provincia de Los Ríos.
POBLACIÓN
TOTAL DE POBLACIÓN
Abogados en libre ejercicio 50
Jueces de la Unidad Penal de Babahoyo 8
Ciudadanos de Babahoyo 42
29 Plan de recolección de la información Técnicas.
Las técnicas a utilizar son:
Encuesta. - Al tratar de las encuestas se manifiesta que se aborda preguntas referentes a la investigación, esto es sobre el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal
Instrumentos
Cuestionarios. - Se planteó pregunta acorde a la investigación realizada, la misma que se pudo evidenciar que si existe un problema en el país con respecto al artículo 630 COIP.
Planes de procesamiento y análisis de la información.
- Aquí se realizó encuestas realizadas acorde a la investigación planteada - Donde se llegó a la conclusión que se debe dar una Reforma al artículo 630
del COIP.
- Y para que exista esa reforma se llegó a la conclusión que dicha Reforma debe plantearse
Resultados del diagnóstico de la situación actual
30
ENCUESTA, RESULTADOS Y ANÁLISIS
Encuesta N. 1.- ¿Sabe usted en que consiste la Suspensión Condicional de la pena?
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 60 60%
NO 40 40%
TOTAL 100 100%
Análisis e Interpretación
En esta pregunta la mayoría de los encuestados manifiestan conocer sobre la suspensión condcional de la pena, mientras que el otro grupo de personas desconocen sobre esta figura jurídica.
SI 60% NO
40%
31
Encuesta N. 2.- ¿Está usted de acuerdo que las personas sentenciadas deberían beneficiarse con la Suspensión Condicional de la Pena?
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 69 69%
NO 31 31%
TOTAL 100 100%
Análisis e Interpretación
La mayoría de los encuestados manifiestan que se debe dar el beneficio de la suspensión condicional de la pena, pero siempre y cuando el delito no sea grave.
SI 69% NO
31%
32
Encuesta N. 3.- ¿Cree usted que existe vulneración de derechos al acogerse a la Suspensión Condicional de la Pena?
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 75 75%
NO 25 25%
TOTAL 100 100%
Análisis e interpretación
La mayoría de los encuestados manifiestan que, si existe vulneración de los derechos, limitándose al procesado en buscar medidas alternativas.
SI 75% NO
25%
33
Encuesta N. 4.- ¿Cree usted que deba aplicarse la Suspensión Condicional
de la Pena, pero solo para ciertos tipos penales establecidos en la normativa?
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 80 80%
NO 20 20%
TOTAL 100 100%
Análisis e interpretación
La mayoría de los encuestados manifestaron que para que se dé la Suspensión Condicional de la Pena debe ser en delitos menos graves.
SI 80% NO
20%
34
Encuesta N. 5.- ¿Cree usted que se deba dar una Reforma al artículo 630 del
Código Orgánico Integral Penal, en el que se establezca que no procederá la Suspensión Condicional de la Pena cuando haya muerte de por medio?
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 100 100%
NO 0 0%
TOTAL 100 100%
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados manifestaron que están de acuerdo en una reforma al artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal, para que así no se aplique la Suspensión Condicional de la Pena para todos los delitos, sino para ciertos delitos.
SI 100%
2 0%
35
Capítulo III. Propuesta de solución al problema.
Propuesta de solución al Problema
REFORMA AL ARTÍCULO 630 DE CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
Antecedentes
Una vez habiendo concluido con la investigación tanto conceptual como metodológica, hay que darse cuenta que se necesita una reforma urgente al artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal, estableciéndose que en este caso se acojan personas o individuo que no hayan cometido la muerte de alguna persona, es ahí donde radica el problema, muchas veces hay personas que ya están procesadas o son reincidentes y se acogen a esta pena cada vez y cuando, no debería ser así, como se exige cumplir ciertos requisitos debería establecerse también lo anteriormente dicho
Hay que tomar en cuenta que el COIP brinda a las personas a acogerse a este procedimiento, pero siempre y cuando cumpla con parámetros establecidos en el mismo, con el fin de poner fin a su pena privativa de libertad.
Justificación
Como justificación se puede decir que esta investigación va a ser de gran relevancia ya que servirá de mucho para aquellas personas que se encuentran privadas de la libertad y esta es el último ratio para que encuentren una solución al problema dado.
36
ha probado que no lo han cometido, este artículo también busca que la persona privada de libertad se reinserte a la sociedad como un ser común.
Para tomar una medida alternativa a que el privado este en el Centro de Rehabilitación Social lo que se hace es que este se acoja a la Suspensión Condicional de la Pena, dándole una segunda oportunidad para que este pueda hacer su vida tranquila fuera de la cárcel, y sea reinsertado en la sociedad como una persona de bien.
Objetivo General
Constituir la investigación en el aporte de criterios sobre los actores en el proceso penal.
Objetivos Específicos
- Haber determinado su incidencia en el proceso penal y haber planteado propuestas dentro de su sistema jurídico.
PROPUESTA
LA ASAMBLEA NACIONAL EN EL PLENO: CONSIDERANDO
Que, La Suspensión Condicional de la Pena es una normativa legal de la cual el fin que tiene es que el procesado se beneficie de esta institución, ya que estos son procedimientos especiales que son reconocidos por las leyes penales.
37
Que, De conformidad al artículo 76 de la Carta Magna manifiesta sobre la proporcionalidad y las sanciones e infracciones penales, deben existir sanciones no privativas de la libertad, las que tienen que respetar los derechos de las personas y ser impuestas mediante procedimientos adversariales, transparentes y justos;
Que, Para cumplir lo dispuesto en el artículo 201 de la Constitución, es impostergable sustituir el actual sistema de ejecución de penas por otro que tenga debe ser primordial la mejora de las capacidades de todos los individuos que cumplen una pena y hacer cumplir sus derechos y garantías al cumplir con la pena impuesta, rehabilitándose y reinsertándose en la sociedad;
Que, El sistema penal en su componente sustantivo mantiene tipos obsoletos, pues no responde a las necesidades actuales de la población; en su componente adjetivo es ineficiente y no ha logrado afianzar procesos justos, rápidos, sencillos, ni tampoco ha coordinado adecuadamente las acciones entre todos sus actores; y, en su componente ejecutivo no ha cumplido con sus objetivos y se ha convertido en un sistema burocrático y poco eficaz, lo que justifica una reforma integral y urgente en este ámbito;
Que, La Asamblea Nacional de acuerdo con el artículo 84 de la Constitución, tiene la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución e instrumentos internacionales;
38
LEY REFORMATORIA AL ARTÍCULO 630 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL.
Dirá
Art. 630.- Suspensión condicional de la pena. -
5.- No procederá la suspensión Condicional de la Pena en los delitos culposos de tránsito con resultado de muerte.
Dado en la ciudad de Quito, en la Sala de Sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional, a los ….. días del mes de …. del año 2018.
Aplicación práctica parcial o total de la propuesta
39 CONCLUSIONES
Se considera a la suspensión condicional de la pena un procedimiento especial, cuya normativa jurídica regula los actos jurídicos dentro de la sociedad y dentro de una investigación de determinados delitos, y enjuiciamientos de los responsables de los mismos, las mismas que permiten obviar las sanciones inherentes a la privación de libertad.
Esta aplicación de la suspensión condicional de la pena beneficiara a todas las personas que por alguna razón se van a acoger a este sistema y así se puedan beneficiar para no causar ningún perjuicio a la sociedad.
40 RECOMENDACIONES
se recomienda a la Asamblea Nacional, que reforme dicho artículo para aplicar de manera correcta la Suspensión condicional la pena sin perjudicar a nadie, y que esta pena solo se palique para aquellos que no hayan causado la muerte.
También se debe tomar en cuenta y recomendar a todos los estudiantes y profesionales de la Carrera de Derecho, para que en cada una de sus aulas y vida profesional amplíen este tema sobre la importancia de la aplicación de la suspensión condicional de la pena.
Bibliografía
Arias Manuel. (2008). Responsabilidad Criminal. España: Bosch.
Arzúa Enrique. (2012). Derecho Penal. Chile.
Asamblea Constituyente. (2015). Código Orgánico Integral Penal. Quito - Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones.
Asamblea Constituyente. (2015). Constitución de la República del Ecuador.
Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones.
Battola Karina. (2016). Alternativas a la Pena de Prisión. Alveroni.
Becaria César. (2015). Tratado de los delitos y las penas. Buenos aires: Atalaya.
Benítez Ignacio. (2008). La Participación en el delito. España: Dykinson.
Blanco Carlos. (2005). Tratado de Derecho Penal. España: Bosch.
Cabanellas de la Torre Guillermo. (2007). Sujeto activo. Buenos aires: Heliasta.
Carocca Alex. (2012). Etapa intermedia o Reparación del Juicio. Red Ius Ex Praxis.
Carrará Francisco. (2012). Programa de Curso de Derecho Criminal. San José: Tipografía Nacional.
Demetrio Eduardo. (2012). Curso de Derecho Penal. Barcelona: Experiencia.
Diccionario de la Real Lengua Española. (2007). Etimología de delito. Ecuador: Océano.
Faraldo Patricia. (2013). Las Penas Privativas de Derechos. España: Tirant Lo Blanch.
García Jerónimo. (2013). La Suspensión de la Ejecución y Sustitución de las
Penas. Madrid: Dykinson.
Levene Ricardo. (2013). Manual de Derecho Procesal Penal. Buenos aires: Depalma.
Lozano Amparo. (2005). La Autoría y la Participación en el delito. España: Universidad de Madrid.
Márquez Rafael. (2010). El Tipo Penal. Ecuador: Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.
Martínez Amparo. (2006). Nuevas Tendencias Políticos Criminales. Madrid: Dykinson.
Melendez Leonardo. (2013). Principios, Garantía y Derechos Humanos.
Venezuela: Vadel Hermanos.
Prada J. (2010). El Poder sancionador de la administración y la Crisis del Sistema
Robles Ricardo. (2010). La crisis del derecho Penal Contemporanéo. Barcelona: Atelier.
Roca Luis. (2008). El sistema de sanciones en el derecho Penal. España: Bosch.
Sierra María. (2013). La Medida de Libertad Vigilada. Madrid: Tirant Lo blanch.
Urraza Jesús. (2014). Circunstancias Agravantes y atenuantes. Deusto.
Vidal Alberto. (2008). La Institución de la Suspensión y sustitución de las penas
Privativas de Libertad. España: Bosch.