ACTA DE PLENO 25 DE FEBRERO DE 2016
En el Salón de Sesiones de las Consistoriales de San Martín del Rey Aurelio, siendo las dieciocho horas y treinta y seis minutos del día 25 de febrero de 2016, se reúne en sesión ordinaria el Pleno del Ayuntamiento.
Preside el Alcalde D. ENRIQUE FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
Dª GUADALUPE Mª CASANOVA BARAGAÑO. D. JOSÉ ÁNGEL ÁLVAREZ FERNÁNDEZ Dª CINTIA ORDÓÑEZ CAMPOS
D. HONORINO MONTES MARCOS. Dª MARIA ALONSO GARCÍA. D. LUIS GARCÍA CALVO D. JULIO ANTUÑA ROMÁN. Dª. FLOR Mª ALONSO ÁLVAREZ
D. MANUEL ANTONIO REINOSO SIMÓN.
Dª ALBA FERNÁNDEZ GARCÍA. (Se incorpora en el punto 3.2) D. SAÚL ARIAS RODRÍGUEZ
Dª MÓNICA GONZÁLEZ SANTANA Dª AROA ÁLVAREZ DÍAZ
D. ALFONSO ORVIZ FERNÁNDEZ. D. ROBERTO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO GENERAL:
D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
PARTE RESOLUTORIA.
Primero.- Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior de fecha 28 de enero de 2016.
Conocido el borrador del acta de la sesión de fecha 28 de enero de 2016, por los Señores Concejales, al haberse facilitado copia de la misma con la suficiente antelación, no se hace necesaria su lectura por el Secretario.
EL AYUNTAMIENTO PLENO, POR UNANIMIDAD DE LOS DIECISÉIS CONCEJALES PRESENTES,
ACUERDA
APROBAR EL ACTA DE PLENO DE FECHA 28 DE ENERO DE 2016.
2.1.- Dictamen de la Comisión Informativa de este área sobre Aprobación definitiva Cuenta General 2014.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto octavo) que dice:
“Vista tramitación del expediente hasta la fecha.
Visto el Artículo 212 de TRLHL que señala:
La Cuenta General formada por la Intervención será sometida a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la Entidad Local, que estará constituida por miembros de los distintos Grupos Políticos integrantes de la Corporación.
La Cuenta General con el informa de la Comisión Especial a que se refiere el apartado anterior será expuesta al público por plazo de 15 día, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Examinados esto por la Comisión especial y practicadas por ésta cuantos comprobaciones estime necesarias, emitirá nuevo informe.
Acompañada de los informes de la Comisión Especial y de las reclamaciones y reparos formulados, la cuenta general se someterá al Pleno de la corporación, para que, en su caso, pueda ser aprobada.
Examinada demás documentación obrante en el expediente.
La Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, por mayoría con la abstención del Partido Popular, Izquierda Unida y Somos, emite el siguiente,
DICTAMEN-PROPUESTA:
APROBAR DEFINITIVAMENTE LA CUENTA GENERAL DEL 2014.”
Abierto turno de intervenciones se concede la palabra al Portavoz del Grupo Municipal Popular D. Roberto González González, que manifiesta: “Buenas tardes. Voy a empezar haciendo una crítica constructiva. Se trae aquí esto hoy, la aprobación definitiva de las Cuentas Generales del 2014, cuando se tenía que haber traído cinco meses atrás y fuimos unos de los ocho Ayuntamientos, creo recordar, que no entregamos a tiempo las cuentas a la Sindicatura; salimos en prensa con lo que conlleva la mala imagen que damos etc, etc, etc. Oye podemos tolerar ciertos retrasos, pero lo lógico es que otros Ayuntamientos también tendrían retrasos pero entregaron las cuentas a tiempo.
Esperemos que este año, con las del 2015 no pase esto, se traigan aquí al Pleno antes del 1 de octubre que creo recordar que es el plazo y se entreguen a continuación a la Sindicatura de Cuentas en plazo.
Vamos a mantener la abstención que ya expresamos en la Comisión de Cuentas, y en la Comisión de Hacienda, y recordar que envíen cuanto antes a la Sindicatura. Nada más.”
A continuación interviene Dª Tamara Iglesias Marcos, Portavoz del Grupo Municipal Podemos Sra, y dice: “Totalmente de acuerdo con Roberto. Esta clase de retrasos y de cuestiones de este estilo la oposición puede ser muy razonable, muy permisiva en algunos puntos, podemos entender que hay algún tipo de retrasos lógicos pero esto ya es salvaje, y esto no puede ser la nota común, el punto común en todos los plenos que siempre se tenga que llamar la atención en cuanto a plazos, en cuanto a uno en cuanto a otro; vamos a mantener la abstención.”
Sometido a votación se produce el siguiente resultado.
VOTOS A FAVOR: 7 (GRUPO MUNICIPAL PSOE) VOTOS EN CONTRA: 0
ABSTENCIONES: 9 (GRUPOS IU, SOMOS SRA Y P.P.)
EL AYUNTAMIENTO PLENO, POR MAYORÍA DE SIETE VOTOS A FAVOR (GRUPO PSOE) Y NUEVE ABSTENCIONES (GRUPOS IU, SOMOS SRA Y P.P)
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA, ANTERIORMENTE TRASCRITO EN SUS MISMOS TÉRMINOS.
2.2.- Dictamen de la Comisión Informativa de este área. sobre informes de seguimiento Plan de ajuste 4º trimestre de 2015.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa Hacienda y Administración Municipal emitido en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto cuarto) que dice:
“Visto informe del Sr. Interventor Municipal de fecha 29 de enero 2016, en relación a este asunto que dice:
I. Normativa aplicable.
•••• Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.
•••• Real Decreto Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.
•••• Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
II. Antecedentes de hecho
Mediante acuerdo plenario de fecha 30 de marzo de 2012, el Ayuntamiento de San Ayuntamiento del Rey Aurelio aprobó el Plan de Ajuste del mecanismo de pago a proveedores de conformidad con lo regulado en el artículo 7 del RD Ley 4/2012, acorde al modelo previsto en la Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste.
Resultando que el Ministerio de Administraciones Públicas, a través de la Secretaría general de coordinación autonómica y local, emitió informe favorable al Plan de Ajuste del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio.
Considerando que el desarrollo reglamentario a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto Ley 7/2012, de marzo, lo ha realizado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, que en su artículo 10, recoge que:
“1. La Administración que cuente con un plan de ajuste acordado con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, durante su vigencia, deberá remitir al mencionado Ministerio antes del día quince de cada mes, en el caso de la Comunidad Autónoma, y antes del día quince del primer mes de cada trimestre en el caso de la Corporación Local, información sobre, al menos, los siguientes extremos:
Avales públicos recibidos y operaciones o líneas de crédito contratadas identificando la entidad, total del crédito disponible y el crédito dispuesto.
Deuda comercial contraída clasificada por su antigüedad y su vencimiento.
Igualmente, se incluirá información de los contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores.
Operaciones con derivados.
Cualquier otro pasivo contingente.
Análisis de las desviaciones producidas en el calendario de ejecución o en las medidas del plan de ajuste.
2. En el caso de que sea una Comunidad…
3. Las Corporaciones Locales deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas antes del día quince de enero de cada año o antes del día quince del primer mes de cada trimestre, si se trata de Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el informe sobre la ejecución del plan de ajuste, con el siguiente contenido mínimo:
Resumen trimestral del estado de ejecución del presupuesto. Si se trata de Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales también se incluirá información referida a la previsión de liquidación del ejercicio, considerando la ejecución trimestral acumulada.
Ejecución de las medidas de ingresos y gastos previstas en el Plan y, en su caso, de las medidas adicionales adoptadas.
Comparación de los detalles informativos anteriores con las previsiones contenidas en el Plan para ese año y explicación, en su caso, de las desviaciones.”
Considerando que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha liberado con fecha 1 de enero de 2015, la plataforma de captura de datos relativa al “Informe de seguimiento del plan de ajuste aprobado y otra información conforme a los apartados 4 y 6 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera”, plataforma que estará disponible hasta el 31 de enero de 2016.
Por todos los hechos y fundamentos de derecho descrito se emite el siguiente informe:
I. CONSIDERACIONES:
PRIMERA.- La información a suministrar en el seguimiento trimestral del Plan de Ajuste, de conformidad con lo regulado en el artículo 10 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, es la siguiente, con las explicaciones que se indican al pie de cada cuadro:
1.- Información sobre ingresos: Comparativa con la previsión contenida en el plan de ajuste.
- Explicación
Se ha realizado la ejecución presupuestaria conforme a los parámetros normales de gasto.
En relación con la medida 3ª, Plan de Apoyo en la Inspección del IBI, hay que especificar dos aspectos:
* El Ayuntamiento de San Martín ha sido seleccionado por la Dirección General del Catastro, para ser incluido en el procedimiento de Regularización Catastral 2013-2016.
* El Ayuntamiento de San Martín, está pendiente de una actualización en materia de ponencia de Valores del catastro, de la cual se han obtenido resultados a partir del año 2015, aún así se incluyen datos relativos a la inspección municipal en materia de inspección sobre tasas como son el Agua, Basura, Vados, Voladizos y aquellos tributos que permitan una mejora de gestión.
En relación con la medida 4ª, se ha llevado a cabo la eliminación de las bonificaciones en las instalaciones deportivas, y se ha equiparado el precio del uso al resto de las instalaciones similares de la zona, lo que ha conllevado a su vez que haya habido una bajada en los bonos deportivos, compensándose ambas situaciones entre ellas, por lo que no ha habido un aumento de los ingresos por este concepto.
En relación con la medida 5ª, se mantienen las medidas adoptadas en materia de arrendamientos y otros gastos.
2.- Información relativa a medidas de ajuste de gastos comparativa con la previsión contenida en el plan de ajuste
Respecto a las medidas previstas en plan en materia de gastos:
B) MEDIDAS DE GASTOS
En relación con la medida 1ª, si ha habido una bajada en determinadas productividades.
En relación con la medida 7ª, va relacionada con contratos externalizados con empresas de Limpieza, que al haberse concertado planes de empleo, no se contratan.
En relación con la medida 13ª, ha habido una reducción de las dietas, aunque todavía no ha disminuido las retribuciones a los grupos políticos.
En relación con la medida 14ª se ha llevado a la reestructuración en algunos departamentos (como Gestor Energético, Conserjería, Limpieza….), pero su cuantificación en términos de ahorro no se puede llevar a cabo.
En relación con la medida 16ª: no hay reflejos.
* Se han obtenido ofertas para los contratos de telefonía y por otro lado de estudio y control para la reducción de determinados contratos como son los de electricidad y gas, ya habiéndose realizado y pudiendo comparar el del mantenimiento de ascensores.
* Se ha llevado a cabo una reducción en las subvenciones y en las actividades de patrocinio.
3.- Información de avales recibidos del sector público.
No se han recibido.
4.- Información sobre operaciones o líneas de crédito contratadas y contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores
Se ha procedido a actualizar la CIR local certificando la deuda viva a 30/12/2015.
5.- Informe trimestral de seguimiento de deuda comercial. No se han podido obtener datos.
6.- Información sobre operaciones con derivados y otro pasivo contingente. No existe ninguna operación con derivados.
7.- Plazo previsto de finalización del plan de ajuste.
Será necesario continuar con las medidas contenidas en el plan de ajuste del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio en el futuro para ver si se consolida el cumplimiento de los objetivos contenidos en el mismo.
De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, del presente informe debe darse cuenta a Pleno de la Corporación.
Examinada demás documentación obrante en el expediente.
La Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, por unanimidad, emite el siguiente,
DICTAMEN-PROPUESTA:
DARSE POR ENTERADA DEL INFORME DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE AJUSTE CUARTO TRIMESTRE 2015.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO SE DA POR ENTERADO.
2.3.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre informe de Morosidad y PMP cuarto trimestre de 2015.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto quinto) que dice:
“Visto informe del Sr. Interventor Municipal de fecha 29 de enero 2016, en relación a este asunto que dice:
“ASUNTO: PMR 4º TRIMESTRE DEL 2015.
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, emito el siguiente informe:
PRIMERO. Lo dispuesto en el siguiente informe, es de aplicación a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales entre empresas y la Administración de esta Entidad Local, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Así, según establece el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato en el 2015.
En caso de demora en el plazo previsto anteriormente, la Administración deberá abonar al contratista los intereses de demora así como la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 222.4 y 235.1, la Administración deberá aprobar las certificaciones de obra o los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio, salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación.
Sin embargo, se debe estar a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que establece una aplicación progresiva de estos plazos para el pago previstos en el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
SEGUNDO. Se analizan los indicadores precisados en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera:
Ratio de operaciones pagadas Importe de operaciones pagadas
Ratio de operaciones pendientes de pago. Importe de operaciones pendientes de pago. Periodo Medio de Pago de la Entidad.
TERCERO:
Ratio de operaciones pagadas: 13,25
Importe de operaciones pagadas: 1167.812,50 Ratio de operaciones pendientes de pago: -23,43
Importe de operaciones pendientes de pago: 487.755,06 Periodo Medio de Pago de la Entidad: 2,44
CUARTO: Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno del Ayuntamiento, este informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Hacienda y al órgano competente de la Comunidad Autónoma de que, con arreglo al artículo 51.bis del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias LO 7/81, tiene atribuida la tutela financiera de la Entidad Local
Para que así conste, esto es lo que cabe informar salvo mejor opinión fundada en Derecho.”
Examinada demás documentación obrante en el expediente.
La Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, por unanimidad, emite el siguiente,
DICTAMEN-PROPUESTA:
DARSE POR ENTERADA DEL INFORME SOBRE MOROSIDAD Y PMP CUARTO TRIMESTRE DEL 2015, PRESENTADO POR EL INTERVENTOR MUNICIPAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO SE DA POR ENTERADO.
2.4.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre Ejecución trimestral cuarto trimestre 2015.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto sexto) que dice:
“Visto el estado de ejecución del 01-01-2015 al 31-12-2015, obrante en expediente.
Examinada demás documentación obrante en el expediente
La Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, por unanimidad, emite el siguiente,
DICTAMEN-PROPUESTA:
DARSE POR ENTERADA DE LA EJECUCIÓN TRIMESTRAL DEL CUARTO TRIMESTRE 2015.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO SE DA POR ENTERADO.
2.5.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre propuesta de actualización de tarifas de Taxis.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto tercero) que dice:
EL ENTREGO SOTRONDIO BLIMEA
DIA NOCHE DIA NOCHE DIA NOCHE
ZONA LANTERO LACEBAL 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 LARAGUSTIN 14,60 17,40 18,80 22,60 19,80 23,80 ARTOSA 13,10 15,70 17,30 20,80 18,30 22,00 BAR FALCÓN 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 CASTAÑERA 14,10 16,90 18,30 22,00 19,40 23,30 CEMENTERIO 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 COLLAU CRUCE 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 COLLAU DENTRO 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 CUETOS 11,80 14,20 16,00 19,20 17,10 20,50 LA FIGAR 12,80 15,40 17,10 20,50 18,10 21,80 LOS FORNOS 7,00 8,40 11,20 13,50 12,30 14,80 LLANTERO 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 LLAGOS 8,50 10,10 12,70 15,30 13,80 16,60 LLANECES VILLACEDRE 10,40 12,40 14,70 17,60 15,70 18,90 MADALENA 12,30 14,80 16,60 19,90 17,60 21,10 MAYAU SOLÍS 12,30 14,80 16,60 19,90 17,60 21,10 PUMARIN LANTERO 7,70 9,30 12,00 14,40 13,10 15,70 LA REBOLLADA 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 LA REBOLLADA DE ARRIBA 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 REBOLLOS 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 ROCES 10,40 12,40 14,70 17,60 15,70 18,90 TARIZ 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 VALLES DE ABAJO 7,70 9,30 12,00 14,40 13,10 15,70 VALLES DE ARRIBA 10,40 12,40 14,70 17,60 15,70 18,90 VALLINA 11,30 13,70 15,60 18,70 16,70 20,00 VALLEYA 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 ZONA CARROCERA CARROCERA 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 CARROCERA BARRIADA 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 PAYARIN 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 PERLA 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 PIPE 7,90 9,50 12,20 14,70 13,30 15,90 PUMARABIN 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60
VIÑA 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20
ZONA SAN VICENTE
LABUNION 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 ARBEJIL 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 CAPILLA 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 CASA OTILIO 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 EL ENTREGO 4,70 5,80 8,90 10,70 10,00 11,90 SAN VICENTE 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 TRABANQUIN 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 ZONA VENTURO CIRIAGO RIBA 8,70 10,50 13,00 15,50 14,00 16,80 CIRIAGOBAXO 7,00 8,40 11,20 13,50 12,30 14,80 CUARTELES 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 GARRAFA 7,90 9,50 12,20 14,70 13,30 15,90 IFRERA 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 ROILES 6,80 8,00 11,00 13,20 12,10 14,50 ROTELLA 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 VENTURO 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 ZONA BEDAVO BEDAVO 4,90 5,80 9,10 11,00 10,20 12,20 CASA PILO 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20 CASONA 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 FAYONA 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 FAYUCA 6,00 7,20 10,30 12,40 11,30 13,60 FRESNU 8,50 10,10 12,70 15,30 13,80 16,60 FOLLEO 8,70 10,40 13,00 15,50 14,00 16,80 INVERNAL 7,20 8,70 11,50 13,70 12,50 15,00 ARMENDITE 7,70 9,30 12,00 14,40 13,10 15,70 LAVALLOS 10,90 13,10 15,20 18,20 16,20 19,50 MERUXEO 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 NESPRAL 6,30 7,50 10,50 12,60 11,60 13,90 OTARIELLU 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 PELUNEGRU 8,50 10,10 12,70 15,30 13,80 16,60 PICU LA SIERRA 6,80 8,10 11,00 13,20 12,10 14,50
PICU LOS XIERROS 7,20 8,70 11,50 13,70 12,50 15,00
REBOLLAL 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10
ROZA 5,60 6,70 9,90 11,80 10,90 13,10 ZONA CAMPERONA PEDROCO 9,40 11,30 13,70 16,40 14,80 17,70 EL CAFÉ 6,00 7,30 10,30 12,40 11,30 13,60 CAMPERONA 14,10 16,90 18,30 22,00 19,40 23,30 CAMPILLIN 7,00 8,40 11,20 13,50 12,30 14,80 CANDANAL 13,50 16,20 17,70 21,30 18,80 22,60 COCAÑIN 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 COCAÑU 9,40 11,30 13,70 16,40 14,80 17,70 LA FAYA 9,40 11,30 13,70 16,40 14,80 17,70 FELECHOSES BAJO 9,40 11,30 13,70 16,40 14,80 17,70 FELECHOSES RIBA 11,30 13,70 15,60 18,70 16,70 20,00 FORNIELLES 7,50 9,00 11,80 14,10 12,80 15,40 POLLIU 7,90 9,50 12,20 14,70 13,30 15,90 RINA 14,60 17,40 18,80 22,60 19,80 23,80 XIMINIZ 10,60 12,70 14,90 17,80 15,90 19,10
ZONA CAMPA SAN
JUAN LOS ARTOS 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 BRAÑINA 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 CABAÑINA 10,10 12,20 14,30 17,20 15,40 18,50 CALIYU 10,10 12,20 14,30 17,20 15,40 18,50 CORVERO 8,70 10,40 13,00 15,50 14,00 16,80 COTARIELLA 8,90 10,70 13,20 15,80 14,20 17,10 ENCARNA 7,50 9,00 11,80 14,10 12,80 15,40 FATORGA 11,10 13,40 15,40 18,50 16,50 19,70 GUERTA 7,00 8,40 11,20 13,50 12,30 14,80
LLANU LOS ARTOS 7,50 9,00 11,80 14,10 12,80 15,40
LA LLONGA 11,30 13,70 15,60 18,70 16,70 20,00
REBOLLAL 7,70 9,30 12,00 14,40 13,10 15,70
RIUSGUES 9,40 11,30 13,70 16,40 14,80 17,70
VILLA SAN JOSÉ 6,60 7,80 10,80 13,00 11,90 14,20
ZONA SAN MARTÍN
VARAOSA 8,90 10,70 6,90 8,30 7,90 9,50
CABAÑESNUEVES 12,00 14,50 7,90 9,50 9,00 10,80
CAMPETA 15,20 18,20 9,00 10,80 10,10 12,10
CEMENTERIO 7,20 8,70 5,30 6,40 6,40 7,60 FLORIDA 7,50 9,00 5,30 6,40 6,40 7,60 FUENTE ROCES 8,70 10,50 5,80 7,00 6,90 8,30 LINARES 12,30 14,80 6,90 8,30 7,90 9,50 LLANECES 12,80 15,40 6,90 8,30 7,90 9,50 PEDRERU 11,30 13,70 7,40 8,90 8,50 10,20 PEDRIEGO 14,10 16,90 7,90 9,50 9,00 10,80 PERUYERA 9,60 11,60 6,40 7,60 7,40 8,90 PIQUERA 6,60 7,80 6,40 7,60 7,40 8,90 PUMARA 11,10 13,40 6,40 7,60 7,40 8,90 ROTURA 10,80 13,10 6,40 7,60 7,40 8,90 SAMPEDRO 14,10 16,90 7,90 9,50 9,00 10,80 SAN MARTIN 7,20 8,70 5,30 6,40 6,40 7,60 LA VENTA 13,30 15,90 7,90 9,50 9,00 10,80 ZONA SANTA BÁRBARA CALEYOS 16,00 19,10 11,10 13,40 12,20 14,70 CANTU LE MATES 11,10 13,40 6,40 7,60 7,40 8,90 CASACIMA 15,20 18,20 9,00 10,80 10,10 12,10 CASUCA 12,80 15,40 7,60 9,20 8,70 10,50 CEMENTERIO 10,60 12,70 6,00 7,30 7,10 8,50 CAREZAL 15,20 18,20 7,90 9,50 9,00 10,80 COLLADIELLA 17,90 21,50 12,80 15,40 13,90 16,70 COLLAU ESCOBAL 14,60 17,40 7,90 9,50 9,00 10,80 CORRALÓN 10,90 13,10 6,90 8,30 7,90 9,50 LA CRUZ 9,60 11,60 5,30 6,40 6,40 7,60 LEDRAU 15,20 18,20 11,80 14,10 12,80 15,40 ESCOBAL 14,60 17,40 7,90 9,50 9,00 10,80 FRESNEAL 10,10 12,20 5,80 7,00 6,90 8,30 GRANXA 11,10 13,40 6,60 7,90 7,60 9,20 IGLESIA 10,60 12,70 5,80 7,00 6,90 8,30 YANU 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 MIERA 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 LA PARE 15,20 18,20 8,50 10,20 9,50 11,50 PERABELES 12,30 14,80 7,40 8,90 8,50 10,20 CASACIMA 12,30 14,80 7,20 8,70 8,30 9,90 POLAURA 16,50 19,70 10,60 12,70 11,70 14,00 POTOXA 10,10 12,20 5,30 6,40 6,40 7,60
POZO CEREZAL 10,10 12,20 5,30 6,40 6,40 7,60 PRAON 12,30 14,80 7,40 8,90 8,50 10,20 ROBELLA 11,80 14,20 6,90 8,30 7,90 9,50 REZALERU 14,10 16,90 7,40 8,90 8,50 10,20 SANTA BÁRBARA 10,60 12,70 6,40 7,60 7,40 8,90 SECALAGUA 15,50 18,70 9,00 10,80 10,10 12,10 VERO 14,10 16,90 8,50 10,20 9,50 11,50 ZONA SOTRONDIO CAVITE 9,60 11,60 6,90 8,30 7,90 9,50 LA CENTRAL 4,90 5,80 7,00 8,40 8,00 9,70 PEÑATEYERA 9,90 11,80 6,40 7,60 7,40 8,90 PONTON 7,50 9,00 4,90 5,80 5,90 7,10 SERRALLO 7,50 9,00 4,90 5,80 5,90 7,10 SOTON 6,00 7,30 6,40 7,60 7,40 8,90 SOTRONDIO 7,50 9,00 4,70 5,60 5,70 6,90 TETUAN 6,80 8,00 5,30 6,40 6,40 7,60 VENTA VILLAR 7,90 9,50 5,80 7,00 6,90 8,30 VILLAR 7,90 9,50 5,30 6,40 6,40 7,60 ZONA SANFRENCHOSO LA CABAÑA 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 LARCARBU 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 EL CUARTU 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 MADREÑERU 9,60 11,60 5,80 7,00 6,90 8,30 LORTIGAL 10,10 12,20 6,40 7,60 7,40 8,90 SOLESCAMPES 10,60 12,70 6,40 7,60 7,40 8,90 SANFRECHOSO 7,90 9,50 4,90 5,80 5,90 7,10 REBURDIELES 11,80 14,20 7,90 9,50 9,00 10,80 ZONA CASILLA BURGANEO 12,80 15,40 7,90 9,50 6,90 8,30 CASILLA 14,10 16,90 9,00 10,80 7,90 9,50 COLLAU 12,00 14,50 7,40 8,90 6,40 7,60 FELGUERA 12,80 15,40 7,90 9,50 6,90 8,30 FELGUEROSA 13,30 16,00 8,50 10,20 7,40 8,90 LA GUERIA 10,60 12,70 6,90 8,30 5,80 7,00 QUINTANA 10,60 12,70 6,90 8,30 5,80 7,00 PICU LA XIERRA 12,80 15,40 8,50 10,20 7,40 8,90 QUINTANES 13,30 16,00 8,50 10,20 7,40 8,90
RAPOSERA 11,10 13,40 6,40 7,60 5,30 6,40 SAN ROQUE 9,40 11,30 6,40 7,60 5,30 6,40 TEYERA 12,00 14,50 7,90 9,50 6,90 8,30 ZONA VILLALAZ BLIMEA 8,50 10,10 5,80 7,00 4,80 5,70 LLAI 10,10 12,20 6,40 7,80 5,30 6,40 NIETU 10,60 12,70 6,90 8,70 5,80 7,00 PEÑACORVERA 9,40 11,30 6,40 7,30 5,30 6,40 VILLALAZ 11,10 13,40 6,90 9,20 5,80 7,00
ZONA SAN MAMES
ABEYES * 17,50 21,00 8,50 10,20 7,40 8,90 ALMURIU 12,80 15,40 7,90 9,50 6,90 8,30 BOVIA 14,10 16,90 8,50 10,20 7,40 8,90 CABUERNOS 10,60 12,70 6,70 8,00 5,60 6,80 CANTU 11,10 13,40 6,90 8,30 5,80 7,00 CEPEAL 12,80 15,40 8,50 10,20 7,40 8,90 LAISANCHO 12,80 15,40 6,90 8,30 5,80 7,00 MOLATERA 10,60 12,70 6,90 8,30 5,80 7,00 PERUYAL 12,00 14,50 7,40 8,90 6,40 7,60 RIOLAPIEDRA * 12,80 15,40 7,90 9,50 6,90 8,30 SANMAMES 11,60 14,00 6,90 8,30 5,80 7,00 SIENRRA 9,40 11,30 6,40 7,60 5,30 6,40
Visto que en reunión con los representantes de los taxistas del municipio, estos solicitan la actualización de las tarifas que cobran dentro del municipio, que están sin actualizar desde el año 2013.
Teniendo en cuenta que la subida de los tributos municipales para el año 2016 fue del 2,5%, se propone una subida en las tarifas de taxis en el mismo porcentaje (se adjunta tabla de tarifas.
Así mismo, en los conceptos que figuran en la siguiente tabla y que no habían sido modificados desde 2011, se propone:
Concepto Tarifa 2011
Incremento no aplicado
en 2013 (2,10%) Tarifa 2016
Tarifa 2016 (redondeada) Transporte de bultos desde supermercados
y cooperativas agropecuarias 0,60 0,61 0,63 0,65
Primera hora de espera en casco urbano 10,80 11,03 11,30 11,30
Espera superior a una hora, por cada
Visto igualmente el informe del Sr. Interventor Municipal de fecha 25 de enero de 2016, que dice.
“A petición de la Tenencia de Alcaldía se solicita informe a esta Intervención sobre la modificación de las tarifas de taxi del concejo de San Martín del Rey Aurelio.
Por ello, esta Intervención informa:
PRIMERO. Que la normativa reguladora de esta situación establece que la modificación de las tarifas corresponde al Pleno del ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio conforme al art. 22 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros.
“1. El régimen tarifario aplicable a los servicios urbanos e interurbanos regulados en este Reglamento, se establecerá por las administraciones en cada caso competentes sobre el servicio, previa Audiencia de las asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores representativas del sector y las de los consumidores y usuarios, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre control de precios.
2. Será obligatoria la colocación del correspondiente cuadro de tarifas en el interior del vehículo, en lugar visible para el público. En dicho cuadro se contendrán también los suplementos y las tarifas especiales que proceda aplicar a determinados servicios con ocasión de traslados a campos deportivos, puertos, aeropuertos, estaciones ferroviarias o de autobuses, cementerios y otros, así como de la celebración de ferias y fiestas, en especial las de Navidad y Año Nuevo.”
Y el art. 23 del mismo Real Decreto señala:
“La revisión de las tarifas se realizará con arreglo al procedimiento en el artículo anterior para su autorización.”
SEGUNDO. Conviene mencionar en este punto la variación de porcentaje en el IPC desde la fecha de la última actualización del régimen tarifario de taxis en el concejo:
Variación del Indice General Nacional según el sistema IPC base 2011 desde Enero de 2013 hasta Diciembre de 2015
Indice Porcentaje(%)
Nacional 0,5
Para que así conste, esto es lo que cabe informar salvo mejor opinión fundada en derecho.”
La Comisión Informativa de Hacienda y Administración Municipal, por mayoría con la abstención del Partido Popular, Izquierda Unida y Somos, emite el siguiente,
DICTAMEN-PROPUESTA:
PRIMERO.- APROBAR PROVISIONALMENTE LAS NUEVA TARIFAS DE TAXI PARA EL AÑO 2016.
SEGUNDO.- EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL ACUERDO Y PLAZO PARA PRESENTAR RECLAMACIONES CONTRA EL MISMO, TREINTA DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DE EXPOSICIÓN EN EL BOPA Y EN, AL MENOS, UN DIARIO DE LOS DE MÁS DIFUSIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS Y APROBACIÓN DE LA REDACCIÓN DEFINITIVA LA TARIFA DE TAXIS PARA EL AÑO 2016. EN CASO DE NO HABER RECLAMACIONES SE ENTENDERÁ DEFINITIVAMENTE ADOPTADO EL ACUERDO HASTA ENTONCES PROVISIONAL.
TERCERO.- PUBLICACIÓN EN EL BOPA DEL TEXTO ÍNTEGRO DE LA
TARIFA DE TAXIS PARA EL EJERCICIO 2016 APROBADA
DEFINITIVAMENTE”.
Abierto turno de intervenciones se concede la palabra al Portavoz del Grupo Municipal Popular, D. Roberto González González, que dice: “Desde el P.P. vamos a mantener el voto que hemos expresado en la Comisión de Hacienda que es la abstención.”
A continuación interviene la Portavoz del Grupo Municipal de Somos, Dª Aroa Álvarez Díaz, diciendo: “Nuestro voto va a ser favorable, entendemos que se suban los precios, ya que sus tasas han subido, pero sí pedimos que haya un mayor control de las tarifas que se están cobrando. Pedimos que el Ayuntamiento ponga en las paradas y dentro de los taxis, unas tablas con las tarifas para que el cliente sepa lo que le van a cobrar, y se cumpla lo que ellos ponen.”
Seguidamente interviene el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, D. Julio Antuña Román, que dice: “Nosotros vamos a votar favorablemente, entendemos que esta gente, el colectivo de autónomos que sustentan el servicio de taxis en el Ayuntamiento de San Martín, llevan años con las tarifas congeladas, pero los precios de cotización de autónomos y otros impuestos y tasas pues van subiendo. Es cierto que el precio del combustible estos años tendió a la baja, pero poniendo en la balanza uno y otro, nos parece que podía ser correcto.
Ahora bien, nosotros aquí pedimos un compromiso al Equipo de Gobierno, porque nos están llegando quejas del funcionamiento del servicio de taxis en San Martín del Rey Aurelio, y emplazamos al Equipo de Gobierno a que convoque a la representación de los taxistas para analizar la situación del servicio y ver de que manera se puede mejorar, y se puede hacer una mejor prestación a los servicios de San Martín.
Hay un modelo que está funcionando bastante bien, que es el de el Ayuntamiento de Langreo, y habrá que fijarse en él, por ejemplo, por poner un modelo, y ver como podemos mejorar un poquitín el servicio de San Martín, que redunda en beneficio de los vecinos. Nada más.”
Dª Guadalupe María Casanova Baragaño, Portavoz del Grupo Municipal Socialista, manifiesta: “Desde el Grupo Socialista seguimos manteniendo que vamos a
votar sí como hemos dicho en la Comisión, porque creemos que son unos trabajadores que desde el 2013 no han subido las tarifas, y efectivamente tienen bastantes impuestos que pagar, autónomos, por tanto nuestro voto a seguir siendo sí.”
Solicita la palabra el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, D. Julio Antuña Román: “Sí nosotros hicimos un planteamiento al Equipo de Gobierno, y queremos saber si se va hacer o no se va hacer pedíamos de que haya una reunión en la que participen los Grupos Municipales con la representación de los taxistas para garantizar y ver cómo se puede mejorar el servicio y dar salida a las quejas de San Martín, que encuentran algunas deficiencias en la prestación del servicio.”
Finalizadas las intervenciones, se somete a votación por la Presidencia:
VOTOS A FAVOR: 14 (GRUPOS MUNICIPALES PSOE, IU Y SOMOS SRA) VOTOS EN CONTRA: 0
ABSTENCIONES: 2 (GRUPO MUNICIPAL P.P.)
EL AYUNTAMIENTO PLENO, POR MAYORÍA DE CATORCE VOTOS A FAVOR (GRUPOS MUNICIPALES PSOE, IU Y SOMOS SRA) Y DOS ABSTENCIONES (GRUPO MUNICIPAL P.P.)
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA, ANTERIORMENTE TRASCRITO EN SUS MISMOS TÉRMINOS.
Tercero.- CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTES
3.1.- Dictamen de la Comisión Informativa de este área para fijar Fiestas Locales del Concejo 2017.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en sesión de fecha 23 de febrero de 2016 (asunto segundo) que dice:
“Se da cuenta del escrito enviado por la Consejería de Economía y Empleo, que dice cuanto sigue:
"""Al objeto de elaborar el Calendario de Fiestas Locales del año 2017 a que se refiere el art. 37.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, y de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 46 del Real Decreto 2.001/83, de 28 de julio (B.O.E del 29), le ruego se sirva participar a esta Dirección General de Trabajo, sita en la Plaza de España nº 1, 33007 Oviedo, antes del día 31 de marzo de 2016, los días de FIESTA LOCAL PARA EL AÑO 2017, expresando cuál sea la conmemoración que el Pleno de ese Ayuntamiento proponga para el Municipio, teniendo presente lo siguiente:
Primero.- El número de fiestas de ámbito local no podrá exceder de DOS en el año, de acuerdo con lo prevenido en los expresados preceptos.
Segundo.- La propuesta que se formule sólo podrá ser alterada posteriormente en base a la existencia de un error material o de trascripción, por lo que tendrán que observarse especialmente los casos de posible coincidencia de una festividad local con otra nacional o en domingo.""
LA COMISIÓN, POR MAYORÍA, CON LAS ABSTENCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS I.U., SOMOS Y P.P, EMITE EL SIGUIENTE DICTAMEN PROPUESTA:
Primero.- FIESTAS LOCALES PARA 2017
a).- DIA 28 DE FEBRERO MARTES DE CARNAVAL.
Declarar Fiesta Local para todo el Concejo. b).- DIA 13 DE NOVIEMBRE
Festividad de “San Martín” Patrono del Concejo y fiesta gastronómica de “Los Nabos”.Fiesta local para las parroquias de San Martín, Santa Bárbara y Blimea.
c).- DÍA 30 DE NOVIEMBRE
Festividad de “San Andrés” y Fiesta Gastronómica “Les Cebolles Rellenes”. Fiesta local para las parroquias de San Andrés en L’Entregu/El Entrego y Cocañín en La Güeria.
Segundo.- DAR TRASLADO DE ESTA PROPUESTA AL AYUNTAMIENTO
PLENO PARA SU APROBACIÓN, SI PROCEDE, ELEVANDO
POSTERIORMENTE EL ACUERDO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, SITA EN LA PLAZA DE ESPAÑA Nº 1, 33007 OVIEDO.”
Abierto turno de intervenciones, tiene la palabra en primer lugar el Portavoz del Grupo Municipal Popular, D. Roberto González González: “Sí, lo único que decir, que espero que el Equipo de Gobierno se haya reunido con antelación con las Asociaciones de Vecinos, con los comerciantes y hosteleros, y demás para llegar aquí a un acuerdo, que hayan llegado a un acuerdo y a un consenso referente a estos de las fiestas del 2017 que se trae hoy aquí. Nada más.”
Dª Tamara Iglesias Marcos, Portavoz del Grupo Municipal Somos Sra, manifiesta: “Nosotros estamos bastante contentas de que se haya recapacitado con el tema de la fiesta local de Santa Bárbara, que si bien es cierto que es muy emblemática para todas las Cuencas Mineras, también era cierto que se nos juntaba con otras muchas fiestas, con puentes inclusive y tal, y nos dejaba la primera parte del primer año, para los trabajadores muy corta en festividades, y los trabajadores necesitan descansar, y tenemos que mirar bien el calendario de esos trabajadores, que no todos los descansos se les pongan en la misma semana.
Con lo cual estamos muy contentas, hablamos con Ecosam, ya habían considerado que no era buena idea en el momento en que se puso, la fiesta de Santa Bárbara como fiesta local, fundamentalmente porque la gente marchaba de puente y no consumía aquí, y era lo que nos venían a decir; con lo cual, por lo menos, por parte de
los hosteleros y empresarios de San Martín parece que tienen el parabién con esto. Vamos a votar favorablemente.”
Interviene como Portavoz de Izquierda Unida, D. Saúl Arias Rodríguez diciendo: “Pues nosotros no lo vemos así, y desde Izquierda Unida siempre se apostó porque fuera Santa Bárbara fiesta local, el día 4; hay gente en Ecosam que sí está favorable a eso, e igual que lo fue en 2015, aunque no se hizo una fiesta con nada de contenido ni nada, seguimos pensando que debería de ser fiesta local por el vínculo que tiene este municipio con la minería. Pensamos que sí debería de ser.”
Finalizadas las intervenciones se somete a votación:
VOTOS A FAVOR: 10 (GRUPOS MUNICIPALES PSOE Y SOMOS SRA) VOTOS EN CONTRA: 4 (GRUPO MUNICIPAL IU)
ABSTENCIONES: 2 (GRUPO MUNICIPAL P.P.)
EL AYUNTAMIENTO PLENO POR MAYORÍA DE DIEZ VOTOS A FAVOR (GRUPOS PSOE Y SOMOS SRA) CUATRO VOTOS EN CONTRA (GRUPO IZQUIERDA UNIDA) Y DOS ABSTENCIONES (GRUPO PARTIDO POPULAR)
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA, ANTERIORMENTE TRASCRITO EN SUS MISMOS TÉRMINOS.
3.2.- Dictamen de la Comisión Informativa de este área sobre solicitud al Principado de Asturias de Fiestas de Interés Turístico para los Pimientos Rellenos.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en sesión de fecha 23 de febrero de 2016 (asunto tercero) que dice literalmente:
“La Presidenta de la Comisión, Sra. Dª. María Alonso da cuenta de la documentación presentada por la Asociación Cultural y de la Fiesta de la Plaza San Roque para que el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio plantee al Gobierno del Principado de Asturias el reconocimiento de la Fiesta de los Pimientos Rellenos de Blimea como Fiesta de Interés Turístico.
En esa documentación se adjunta ejemplares de prensa que recogen noticias sobre los pimientos rellenos desde el año 1978, así como otro material elaborado para la promoción de esta fiesta que lleva celebrándose cuarenta años. Junto al apoyo de once asociaciones de San Martín del Rey Aurelio para reconocimiento como Fiesta de Interés Turístico.
Los Pimientos Rellenos de Blimea se celebran en torno al 8 de diciembre y con la edición del 2015 llevan 40 años celebrándose. Un periodo en el que se ha ratificado su
estabilidad y arraigo y en el que han contribuido a dinamizar la vida social, cultural y festiva del pueblo.
Los componentes de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes coinciden en comentar la idoneidad de la propuesta como Fiesta de Interés Turístico del Principado de Asturias y el merecido reconocimiento tras 40 años de programación estable, en los que se ha promocionado turística, cultural y económicamente a la localidad de Blimea y al Concejo de San Martín del Rey Aurelio y reunir los requisitos exigidos en la convocatoria en cuanto a: Originalidad de la celebración, tradición popular, valor sociocultural, tener una antigüedad superior a 10 años y estar ligada a productos representativos del Principado de Asturias, capacidad de atracción de visitantes de fuera de la región y celebración de forma periódica y en fecha fácilmente determinable.
LA COMISIÓN, POR UNANIMIDAD, PROPONE:
PRIMERO.- APOYAR LA SOLICITUD DE FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS A LA FESTIVIDAD DE LOS PIMIENTOS RELLENOS EN BLIMEA
SEGUNDO.- DAR TRASLADO DE ESTA PROPUESTA AL
AYUNTAMIENTO PLENO PARA SU APROBACIÓN, SI PROCEDE, ELEVANDO POSTERIORMENTE EL ACUERDO AL REGISTRO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO, PLAZA DE ESPAÑA 1, BAJO, 33007 OVIEDO.”
(Se incorpora la Concejala Dª Alba Fernández García, del Grupo Municipal de Izquierda Unida)
Abierto turno de intervenciones, en primer lugar tiene la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Popular, D. Roberto González González: “Es una solicitud, creo recordar, que está avalada por unas 18 entidades. Es una de las tres fiestas más emblemáticas en cuanto a gastronomía de aquí de San Martín del Rey Aurelio, junto con Los Nabos y Les Cebolles Rellenes, que ambas ya fueron declaradas en su día de interés turístico. Es una fiesta que creo que esto año hizo sus 40 años de celebración, y nosotros creemos desde el Partido Popular que si están los Nabos, y están Les Cebolles Rellenes, por que no van a estar Los Pimientos de Blimea. Nada más.”
Dª Aroa Álvarez Díaz, como Portavoz del Grupo Municipal Somos Sra, manifiesta: “Totalmente de acuerdo con Roberto. Nosotros también estamos a favor. Creemos que puede ser algo muy beneficioso para el pueblo, y teniendo en cuenta los años que lleva, totalmente.”
D. Saúl Arias Rodríguez, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, manifiesta: “Lo mismo. Seguimos manteniéndonos a favor. La propuesta que se presentó era muy buena, y estaba muy bien documentada, y si Les Cebolles y Los Nabos siguen siendo interés turístico, por qué no los Pimientos.”
Dª María Alonso García, Presidenta de la Comisión de Cultura, como Portavoz del Grupo Municipal Socialista, manifiesta: “Lo mismo que los demás miembros de esta Corporación, mostraré el apoyo me imagino de toda la Corporación a esta iniciativa, que además viene avalada como vimos en la Comisión, con muchísimo apoyo vecinal y de otras asociaciones, y mostrar nuestro apoyo y nuestro voto a favor.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO, POR UNANIMIDAD DE LOS DIECISIETE CONCEJALES QUE LEGALMENTE LO INTEGRAN
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA, ANTERIORMENTE TRANSCRITO EN SUS MISMOS TÉRMINOS.
3.3.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre solicitud al Principado de Asturias de Fiesta de Interés Turístico para el Alcuentru Medieval.
Este asunto, por unanimidad de los asistentes, se retira del orden del día.
3.4.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre apoyo al Ayuntamiento de Mieres para la declaración de Fiesta de Interés Turístico a “La Fiesta del Pote de Turón”.
La Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2016 (asunto quinto) que dice literalmente:
“La Presidenta de la Comisión, Sra. Dª. María Alonso da cuenta del escrito remitido por el Alcalde Mieres para apoyar la fiesta de interés turístico las Jornadas del Pote de Turón. Una iniciativa de la Sociedad de Festejos de Turón al cumplir en el año 2015 veinticinco ediciones del Certamen en el que destacan la vinculación de las jornadas culturales y gastronómicas de realce del plato típico del Valle con la minería y la festividad de Santa Bárbara.
LA COMISIÓN POR UNANIMIDAD, PROPONE AL AYUNTAMIENTO PLENO:
DAR SU APOYO Y ADHESIÓN PARA QUE SE PUEDA OTORGAR EL RECONOCIMIENTO DE FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS A LAS JORNADAS GASTRONÓMICAS DEL POTE DE TURÓN DADA LA ARRAIGADA TRADICIÓN E IMPORTANCIA CULTURAL, FESTIVO Y SOCIAL QUE REPRESENTA PARA EL VALLE DE TURÓN, EL MUNICIPIO DE MIERES, NUESTRO PROPIO MUNICIPIO (POR PROXIMIDAD), LA MANCOMUNIDAD VALLE DEL NALÓN, LA COMARCA MONTAÑA CENTRAL Y ASTURIAS EN GENERAL.
ESTAS JORNADAS QUE EN EL PRESENTE AÑO CELEBRARON SU 25 ANIVERSARIO, CUENTAN CON EL RECONOCIMIENTO DEL PÚBLICO (VISITANTES Y TURISTAS) Y FORTALECEN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y TURÍSTICA DE UN VALLE ASTURIANO QUE SE RESIENTE DE LA CAÍDA DE LA ACTIVIDAD MINERA.
ESPERANDO QUE NUESTRO APOYO SIRVA COMO UN PILAR MÁS DE REFORZAMIENTO EN SU PETICIÓN.”
D. Roberto González González, Portavoz del Grupo Municipal Popular, en el uso de la palabra, manifiesta: “Sólo esperar que como nosotros apoyamos esto, esperar que ellos también apoyen lo de los Pimientos Rellenos. Nada más que sea el apoyo mutuo. Nada más.”
La Portavoz del Grupo Municipal Somos Sra, Dª Tamara Iglesias Marcos, manifiesta: “Eso mismo. Está pisándonos Roberto. Apoyamos a la Cuenca hermana y que la Cuenca hermana nos apoye a nosotros.”
D. Saúl Arias Rodríguez, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, manifiesta: “Lo vemos bien y lo apoyamos.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO POR UNANIMIDAD DE LOS DIECISIETE CONCEJALES QUE LO INTEGRAN
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA EN TODOS SUS TÉRMINOS.
Cuarto.- BIENESTAR SOCIAL, VIVIENDA, IGUALDAD Y JUVENTUD
4.1.- Dictamen de la Comisión Informativa de esta área sobre el Convenio de Colaboración para la Encomienda de Gestión de la prestación de los Servicios de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia para Personas Dependientes.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Bienestar Social, Vivienda, Igualdad y Juventud, en sesión de fecha 22 de febrero de 2016 (asunto tercero), el cual se transcribe a continuación:
“Se informa a los presentes sobre el Convenio de colaboración de la Encomienda de Gestión de los servicios de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia para Personas Dependientes del ejercicio 2016, firmado por primera vez en 2013, (con anterioridad el presupuesto para SAD y Teleasistencia venía incluido dentro del Plan Concertado de Servicios Sociales).
Por parte de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales se ha remitido al Ayuntamiento el borrador del Texto del Convenio para su aprobación por el Órgano
competente, en este caso el Pleno. Una vez autorizada su firma, el Acuerdo se ha de devolver a la Consejería, desde donde posteriormente se hará envío del Convenio definitivo para la firma de los ejemplares y consiguiente entrada en vigor.
La Sra. Flor Maria de IU pregunta si el presupuesto que consta en dicho Convenio es cerrado, respecto a lo cual se pone en conocimiento de los presentes que este Convenio es el instrumento por el que el Principado subvenciona el coste que para los Ayuntamientos supone la Prestación de los Servicios de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia a las Personas con Dependencia y PIA reconocido. El Ayuntamiento envía mensualmente unas certificaciones a modo de factura con el coste de estos Beneficiarios, y desde la Consejería se financia el 100% de dicho coste .Este coste puede ir variando según las altas y bajas que se van produciendo a lo largo de los meses.
La Comisión de Bienestar Social, Vivienda, Igualdad, y Juventud, por unanimidad, emite el siguiente
DICTAMEN PROPUESTA:
APROBAR EL TEXTO DEFINITIVO DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE SMRA PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO Y TELASISTENCIA DE PERSONAS DEPENDIENTES PARA EL EJERCICIO 2016 AUTORIZANDO AL SR. ALCALDE PARA LA FIRMA DEL MISMO.”
EL AYUNTAMIENTO PLENO, POR UNANIMIDAD DE LOS DIECISIETE CONCEJALES PRESENTES
ACUERDA
APROBAR EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA,
ANTERIORMENTE TRANSCRITO EN SUS MISMOS TÉRMINOS,
AUTORIZANDO AL SR. ALCALDE A LA FIRMA DE CUANTOS DOCUMENTOS SEAN NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE ACUERDO.
Quinto.- MOCIONES:
5.1.- Moción del Grupo Municipal de Izquierda Unida contra la Ley 4/2015 de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal.
Por el Secretario se procede a la lectura de la moción presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida:
“A petición de la Asamblea 22 M-ASTURIES, Izquierda Unida Samartín compartiendo los planteamientos que a continuación se expone y a falta de un Reglamento de Participación Ciudadana para que los diversos colectivos puedan
presentar directamente sus iniciativas, presenta al Pleno para su debate la siguiente MOCIÓN:
Más de veinte años después de la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana 1/92, el Gobierno del Partido Popular ha sancionado, en su tónica del “reformazo regresivo”, una nueva Ley, que viene a sustituir la Ley del 92.
Un texto redactado en paralelo a la reforma del Código Penal, también de marcado carácter restrictivo en derechos, por lo que pedimos su derogación, y que viene a transformar la eliminación de la mayoría de las infracciones penales tipificadas como faltas en infracciones administrativas que con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana pasarían a considerarse infracciones administrativas de carácter muy grave, grave o leve, que lleva consigo la pérdida de Garantías Judiciales y la posibilidad real del aumento de la arbitrariedad gubernamental a la hora de sancionar al ciudadano. El Código Penal es también de carácter anti constitucional en alguno de sus puntos: “Devoluciones en Caliente”, “Prisión permanente revisable”, “Delitos por solidaridad con personas que administrativamente no tienen los documentos en regla”, etc.., ya que en muchos de sus artículos no cumple los principios fundamentales de la Carta Magna, como son el principio de resocialización de las penas, el principio de igualdad o el principio de intervención mínima del derecho penal, así como incumple también los tratados internaciones en materia de asilo y refugio suscritos por España y vigentes en la actualidad.
La discrecionalidad que otorga la Ley de de Protección de la Seguridad Ciudadana a la Administración a la hora de establecer sanciones, la elevada cuantía de las mismas, que en el caso de las infracciones muy graves podrían llegar a los 600.00 euros y la fijación en la regulación de conductas habituales en las protestas ciudadanas, definen a esta Ley de Seguridad Ciudadana como la “Ley del miedo” o la “Ley Mordaza”. Se habilita, por tanto, un procedimiento administrativo que legaliza la criminalización y persecución de las movilizaciones y crea un instrumento gubernamental, para sancionar derechos democráticos básicos como la libertad de expresión y de manifestación que recoge nuestra carta magna como derechos fundamentales.
La Ley Mordaza tipifica nuevas figuran sancionables, considerando tales los escraches a diferencia de la opinión del Presidente del Supremo, Gonzalo Moliner, que declaró que “no es posible decir a priori si un escrache es o no legal”), las concentraciones ante el Congreso y el Senado o la escalada en fachadas oficiales (como ocurrió con el Palacio de las Cortes). Sanciona el uso de capuchas en manifestaciones, faculta a la policía a establecer “zonas de seguridad” en perímetros urbanos, y habilita a las fuerzas y cuerpos de seguridad a retirar de forma expeditiva vehículos que taponen una vía pública, en caso de que los concentrados desobedezcan la orden de los antidisturbios de despejar la zona. No se citan expresamente, pero todo indica que apunta a impedir tractoradas, marchas de taxistas o de camioneros.
Esta breve descripción de algunas conductas que serán reguladas por esta Ley, nos indica que esta “Ley Mordaza”, vuelve a ubicar la seguridad ciudadana en la órbita del viejo concepto de orden público, muy alejado de la concepción democrática y constitucional de la seguridad, entendiendo esta como la responsabilidad del Estado.
El propio Consejo de Europa, institución encargada de velar por el respeto a los derechos humanos en el continente, quien ya calificó como el proyecto de Ley de “Altamente problemática” la propuesta original de Ley. Nils Muiznieks, su responsable de derechos humanos, duda de que “estas restricciones sean necesarias en una sociedad democrática” y cree que se debería velar por la seguridad “sin interferir demasiado en la libertad de reunión y de manifestación”.
Otra Ley más, por tanto, que supone un claro retroceso social, una anacronismo constitucional, un trasnochado concepto de oren público y un claro atentado contra derechos y libertades democráticos, que son encorsetados en procedimientos sancionadores que pretenden impedir la protesta, la crítica y la demostración cívica de desacuerdo político.
La democracia es expresión y la seguridad ciudadana protección de libertades públicas, no cercenamiento de las mismas. El delito se combate de forma integral, con educación, con promover una vida digna, con eliminar las diferencias sociales, con buenas políticas de reinserción y con unas instituciones que trabajen en la prevención, no en el castigo.
Concluimos, exponiendo que esta Ley, reiterativa en regular conductas que ya tipificaba el código penal, y creadora de un nuevo Estado policial, controlador y limitador de libertades públicas, es inadmisible en un entorno europeo democrático, que convierte a este País en una república bananera.
El nuevo Código Penal convierte la solidaridad en delito. La reforma planteada modifica también la redacción del artículo 318 bis, que está dedicado a “Los delitos contra los derechos de los extranjeros”. Por un lado, se castiga a quien ayude a una persona en situación irregular a entrar o transitar por el Estado Español, salvo cuando se realice por razones humanitarias, y por otro castiga también a quien ayude, con algún tipo de aprovechamiento económico, a los migrantes irregulares a realizar una vida normalizada en España. Sin embargo, no se define qué supone “prestar ayuda por razones humanitarias” o “con ánimo de lucro”, lo que deja un amplio margen de interpretación: ¿Habrá que esperar a que la persona en cuestión sufra malnutrición o tenga una enfermedad grave para poder prestarle ayuda sin que ello se convierta en delito? ¿Y alquilarle un piso, o empelarla sin contrato, o llevarle en “blablacar” será delito porque obtienes dinero? Parece que la solidaridad y la acogida pasará a ser delito si prestas apoyo a un persona en situación irregular (sin papeles), pues darle alojamiento, llevarla en autostop o cualquier otra conducta similar, podrá ser sancionada penalmente si no es considerada ayuda humanitaria.
Por todo ello se propone el acuerdo siguiente:
PRIMERO.- EXIGIR AL GOBIERNO DE LA NACIÓN, LA RETIRADA INMEDIATA DE LA LEY ORGÁNICA 4/2015, DE 30 DE MARZO, DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA ASÍ COMO DE LA LEY ORGÁNICA 1/2015, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL.
SEGUNDO.- SOLICITAMOS UN DEBATE CONSENSUADO ENTRE TODAS LAS FUERZAS POLÍTICAS, PARA LA ELABORACIÓN DE UN TEXTO
QUE REGULE LA MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA INCLUYENDO, EN EL DEBATE ASÍ MISMO, LA REFORMA DE LA LEY 2/1986 DE 13 DE MARZO, DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, SUPERADA Y OBSOLETA EN MUCHOS DE SUS ASPECTOS, ASÍ COMO LA LEY ORGÁNICA
GENERAL PENITENCIARIA. SOLICITAMOS TAMBIÉN EL DEBATE
CONSENSUADO ENTRE TODAS LAS FUERZAS POLÍTICAS PARA LA ELABORACIÓN DE UN TEXTO JUSTO EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL. TODO ELLO, CON EL OBJETIVO DE REFORMAR CON CARÁCTER INTEGRAL TODOS AQUELLOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD, QUE DEBERÁ CONFORMAR UN AMPLIO DEBATE SOCIAL, ENFOCADO NO ÚNICAMENTE DESDE LOS TRADICIONALES ASPECTOS REACTIVOS SINO Y FUNDAMENTALMENTE PREVENTIVOS, ENFOCANDO EL ANÁLISIS DEL DELITO Y SU CONTENCIÓN, COMO UN PROBLEMA SOCIAL QUE ABARCA VARIABLES SOCIO ECONÓMICAS Y QUE REQUIERE UN AMPLIO TRABAJO DE CARÁCTER TRANSVERSAL.
TERCERO.- DAR TRASLADO DEL ACUERDO AL GOBIERNO DE LA NACIÓN Y A TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL CONGRESO DE DIPUTADOS.”
En primer lugar tiene la palabra el Grupo de Izquierda Unida, como grupo que presenta la moción, interviniendo D. Julio Antuña Román, que dice: “Antes de empezar yo quería plantear una cuestión de orden. Quería plantear concretamente que un portavoz de la Asamblea del 22 M pudiese intervenir en este tema con carácter excepcional.”
El Sr. Alcalde manifiesta: “Si va a seguir por ahí, como ya sospecho lo que va a decir, el orden es el legal. Aténganse, no pida cosas que no permite la Ley. Es que este debate se va a reproducir todas las semanas y ya el mes pasado tuvimos suficiente tiempo para ir a este debate y se manifestó la postura de esta mesa, así, que yo le voy a pedir también que se ciña a temas que ya están debatidos, y ya se dijo que hay una regulación legal que a día de hoy no lo permite, y que se está trabajando en un Reglamento, un borrador, que está actualmente el Secretario elaborando y que pueda permitir.
Es que ha empezado por ahí y yo ya sé donde va a terminar. Yo le llamo a que reconduzca el debate, es mi función y ya le digo y si es una cuestión de orden ya le digo lo que va a decir la mesa.
Ahora diga lo que quiera está en su tiempo.
Les recuerdo otra cosa, el público puede acudir y esto es la Ley, no es el capricho de este Alcalde que les habla, y es la Ley en este Ayuntamiento y en los ocho mil cien que hay en España. El público tiene derecho a asistir a los Plenos, son abiertos a los vecinos y vecinas. La propia Ley establece que los vecinos no este Alcalde que les habla, repito, establece el comportamiento debe ser absolutamente silente, lo dice la Ley, incluso establece que no ha lugar a signos de aprobación ni de rechazo.
Vamos, yo, me voy a limitar hacer que se cumpla la Ley en el tiempo que a mí me toque ser Alcalde, y es lo único que les digo.
También les anuncio que está en marcha un borrador de Reglamento que permita esas intervenciones, pero a día de hoy no es efectivo, porque no se ha aprobado democráticamente. Así que yo bien que lo siento, no es que tenga un interés especial en aguarle la fiesta a nadie, pero bueno.
Adelante, continúe con su palabra.”
Continúa el Sr. Portavoz de Izquierda Unida, D. Julio Antuña Román: “Vamos a ver, excepciones en este Ayuntamiento ya se cometieron, y sino hagamos memoria. Pero claro se hacen excepciones cuando interesa y cuando no interesa. Yo quiero recordar una Comisión de Urbanismo que había un problema con los trabajadores del Centro Tic, que venían reubicados para el centro de El Entrego, y se permitió en la propia Comisión que dos Portavoces del Comité de Empresa hablasen. Yo estoy hablando del funcionamiento ordinario del Ayuntamiento. Y el Reglamento es para todo, vale para todo, pero bueno, es cuestión de voluntad. Es verdad y es cierto que estamos a la espera de un Reglamento de Participación Ciudadana, que nosotros habíamos propuesto en una moción y que llevamos dos meses esperando por él, y los trabajaos no avanzan. Entonces queda a su elección. Nosotros no vamos hacer batalla ahí, porque al final quien modera el Pleno es el Alcalde, eso lo tenemos muy claro, pero como cuestión de orden nosotros tenemos derecho a plantear lo que nos de la gana. Ahora si no lo estima, pues dígalo. No lo estima.
Bien, yo voy a entrar al fondo de la moción, y lamentando esta situación que no se de voz.
La moción no es de Izquierda Unida. Compartimos los fines y compartimos los contenidos, y compartimos la inquietud por una Ley muy grave. Muy grave y preocupante, que recorta después de todos los recortes que sufre la ciudadanía española, pues recorta las libertades, una cuestión esencial y fundamental en un País que se dice democrático y de derecho y con garantías.
Yo voy a explicarlo. Me decía la gente ¿cómo los vas a explicar? Voy a explicarlo como gente corriente, que lo entiende muy bien. Y lo entiendes muy bien en el sentido de que por ejemplo pueden caerte entre 100 y 600 euros por deslucimiento de bienes muebles, o sea dormir en un banco, una persona que no tiene, un mendigo, o un indigente, o una persona que duerme en un banco tiene 600 euros. Reuniones en espacios públicos, lo mismo. Escalar un edificio en un acto de protesta, en una empresa, en un institución, en no sé que más. Ocupación o permanencia en cualquier edificio ajeno, bueno pues puedes entrar en un edificio por solidaridad con unos trabajadores de un conflicto en una lucha o cualquier tipo de cuestión y puede caerte eso. Ocupación de la vía pública, una sentada por ejemplo, puede caerte una sanción importante. Venta ambulante, la gente del top manta, la gente que no tiene recursos, gente que está en una situación precaria, de 600 a 30.000 euros. Manifestarse frente al Congreso, al Senado, o al Parlamento Autonómico, que se supone que la libertad de expresión, se supone no, porque luego al final nos encontramos con la realidad del funcionamiento de este País. Negativa a disolver una reunión, lleguen y te dicen disuélvanse, pues pasan estas cosas.