INCIDENTES EN MATERIA LABORAL INCIDENTES EN MATERIA LABORAL
SIGNIFICADO ETIMOLOGÍCO DE INCIDENTE SIGNIFICADO ETIMOLOGÍCO DE INCIDENTE Iniciado un jui
Iniciado un juicio suelen cio suelen suelen prsuelen proponerse cuestoponerse cuestiones ue de!en iones ue de!en " necesitan" necesitan ser resueltas antes del asunto o!jeto principal de auel# $or tal %oti&o ocurren ser resueltas antes del asunto o!jeto principal de auel# $or tal %oti&o ocurren accesorias a la %ateria central del pleito'
accesorias a la %ateria central del pleito' lo ue (ace darle la lo ue (ace darle la deno%inacideno%inaci)n de)n de incidentes en el juicio#
incidentes en el juicio#
El ter%ino incidente deri&a de la pala!ra latina
El ter%ino incidente deri&a de la pala!ra latina “inci“incidere”dere” en si*ni+cado deen si*ni+cado de
ocurrir o so!re&enir se co%pone del ,in- " ,cadere- es decir ,&enir en- o ocurrir o so!re&enir se co%pone del ,in- " ,cadere- es decir ,&enir en- o ,du
,duranrante un te un asasuntunto o prprincincipaipal- l- en otraen otras s papala!la!ras es ras es ,lo ue so!r,lo ue so!re&ie&ieneene accesoria%
accesoria%ente en ente en al*.n ne*ocio o asunto /uera al*.n ne*ocio o asunto /uera de lo principal-de lo
principal-CONCE$TO DE INCIDENTE CONCE$TO DE INCIDENTE
La pala!ra incidente tiene una acci)n a%plia " otra restrin*ida# La pri%era de La pala!ra incidente tiene una acci)n a%plia " otra restrin*ida# La pri%era de ellas si*ni+ca todo lo ue so!re&iene en el curso o un asunto " tiene con el ellas si*ni+ca todo lo ue so!re&iene en el curso o un asunto " tiene con el al*.n enlace#
al*.n enlace# La La se*unda es se*unda es propia%ente jur0dica#propia%ente jur0dica#
Se le conoce con no%!re de incidente a todas auellas e&entualidades ue Se le conoce con no%!re de incidente a todas auellas e&entualidades ue so!re&ienen accesoria%ente a lo principal de en al*.n ne*ocio# Ta%!i1n se so!re&ienen accesoria%ente a lo principal de en al*.n ne*ocio# Ta%!i1n se pued
puede e decir ue decir ue ,son todos ,son todos los acontecilos aconteci%ien%ientos tos adicadicionaionales les o o i%pri%pre&iste&istosos o
orrii**iinnaaddoos s een n aall**..n n nnee**oocciio o " " uue e ((aan n dde e sseer r rreessuueellttoos s pprree&&iia a oo si%ult2nea%
si%ult2nea%ente se*.n constitu"an o ente se*.n constitu"an o no un o!st2culo para la no un o!st2culo para la continuaci)continuaci)n deln del proceso-#
proceso-#
3n ele%ento i%portante de se4alar acerca del concepto de incidente es ue 3n ele%ento i%portante de se4alar acerca del concepto de incidente es ue los %is%os sie%pre resuel&en cuestiones de car2cter .nica%ente procesal' sin los %is%os sie%pre resuel&en cuestiones de car2cter .nica%ente procesal' sin caer en el error de ue toda cuesti)n procesal se resuel&e en incidente#
caer en el error de ue toda cuesti)n procesal se resuel&e en incidente#
Se puede decir ue los incidentes son todas auellas cuestiones distintas " Se puede decir ue los incidentes son todas auellas cuestiones distintas " accesorias del asunto principal de un juicio' ue present2ndose durante el accesorias del asunto principal de un juicio' ue present2ndose durante el curso de este puede en ciertos casos suspenderlo " so!re el cual puede caer curso de este puede en ciertos casos suspenderlo " so!re el cual puede caer una resoluci)n de la 5unta#
una resoluci)n de la 5unta#
ELEMENTOS $RINCI$ALES DE LOS INCIDENTES ELEMENTOS $RINCI$ALES DE LOS INCIDENTES
a
a66 CC33EESTSTIIONONEES S DDE E CACARR77CCTETER R $R$ROCOCESESAALL# # NNo o popodde%e%os os (a(a!!lalar r dede cuestiones sustan
cuestiones sustanti&as en los ti&as en los incidentes' pues estas se su!stancian en elincidentes' pues estas se su!stancian en el juicio
juicio principal principal " " su su /unda%ento /unda%ento lo lo encontra%oencontra%os s en en el el Art# Art# 89: 89: LE;LE; FE
FEDEDERRAL AL DEDEL L TRTRABABA5A5O O ,L,Los os inincicidedentntes es se se trtra%a%ititarar2n 2n dedentntrro o dedell e<pediente principal donde se pro%ue&e' sal&o los casos pre&istos en e<pediente principal donde se pro%ue&e' sal&o los casos pre&istos en esta
Le"-!6 SOBRE=IENEN DENTRO DEL $ROCESO# De su si*ni+cado eti%ol)*ico se &io ue incidente si*ni+ca so!re&enir ocurrir por lo ue (ace necesario ue na>can a partir del procedi%iento " no antes de 1l#
c6 CON DE$ENDENCIA DEL AS3NTO $RINCI$AL# Los incidentes nunca se re+eren al /ondo del asunto principal a pesar de ue en ocasiones ten*an una trascendencia de enor%e %a*nitud en el /ondo del %is%o procedi%iento#
d6 TRAMITACI?N $RO$IA# Los incidentes no si*uen necesaria%ente las re*las del procedi%iento principal' toda &e> ue tienen una re*ulaci)n propia#
e6 RESOL3CI?N $RO$IA# Los incidentes se resuel&en a tra&1s de resoluciones interlocutorias o autos incidentales tal co%o lo %enciona el Art# @8 /racci)n se*unda de la LE; FEDERAL DEL TRABA5O#
CLASIFICACI?N DE LOS INCIDENTES
Los incidentes pueden ser clasi+cados desde di/erentes puntos de &ista' las principales clasi+caciones son las si*uientes
• INCIDENTES ORDINARIOS E INCIDENTES ES$ECIALES# Desde el punto de
&ista de las re*las ue deter%inan la tra%itaci)n ue de!e darse a los incidentes estos se clasi+can en ordinarios " especiales# Los pri%eros son auellos cu"a su!stanciaci)n est2 deter%inada por las le"es por auellas nor%as o disposiciones ue le son aplica!les a todos los juicios sal&o e<cepciones' es decir sal&o ue la le" se4ales una tra%itaci)n especial#
Los incidentes especiales son auellos ue atendidas sus /unciones espec0+cas ser2n so%etidos a tra%itaci)n deter%inada e<presando clara%ente cu2les son' de tal %anera ue auellos no conte%plados especial%ente por la le" (an de &entilarse con sujeci)n a las nor%as de car2cter *eneral#
• INCIDENTES ES$ECIFICADOS ; NO ES$ECIFICADOS# Dentro de los
especi+cados encontra%os
a6 Los ue %odi+can la estructura del proceso !6 Los ue de+niti&a%ente %odi+can el proceso
c6 Auellos ue interru%pen transitoria%ente la estructura del proceso d6 Los ue suspenden de+niti&a%ente el proceso
Los no especi+cados son auellos ue so!re&ienen concluido el proceso con laudo condenatorio' co%o el de liuidaci)n los laudo con/or%e a la le" de!en liuidar la condena aunue la 5unta no lo (a*an " de a(0 la necesidad del incidente de liuidaci)n#
• INCIDENTES DE $RE=IO ; ES$ECIAL $RON3NCIAMIENTO# Esta di&isi)n se
(ace atendiendo al e/ecto ue producen en la tra%itaci)n del asunto principal# El principio de econo%0a procesal tiende a e&itar ue el Tri!unal " las $artes desarrollen una la!or in.til' suscepti!le lue*o de ser anulada' es por eso ue se o!li*a a los liti*antes a pro%o&er las incidencias tan pronto co%o lle*ue a su conoci%iento los (ec(os ue las cusan# Los incidentes de pre&io " especial pronuncia%iento ue parali>a la acti&idad procesal' son auello ue i%piden ue el juicio si*a su curso %ientras no se resuel&an' "a ue se re+eren a cuestiones o presupuestos le*ales sin los ue el proceso no puede ser &2lido# Son conte%plados en el si*uiente
ART# 89 LE; FEDERAL DEL TRABA5O
Se tra%itar2n co%o incidentes de pre&io " especial pronuncia%iento las si*uientes cuestiones# I# Nulidad II# Co%petencia III# $ersonalidad I=# Acu%ulaci)n " =# E<cusas
INCIDENTE DE LI3IDACI?N DE LA3DO
Los incidentes de liuidaci)n sur*en co%o consecuencia de los laudos condenatorios' ue por su naturale>a (acen necesario dictar resoluciones tendientes a o!tener su cu%pli%iento' por lo ue en ellos no se pueden o/recer prue!as para acreditar los (ec(os ajenos a la contro&ersia' sino solo auellos enca%inados a cuanti+car la condena o en la /or%a conte%plada en el laudo# OB5ETO# $or tanto el o!jeto del incidente de liuidaci)n es cuanti+car las prestaciones adeudadas " la 5unta de!er2 apreciar las prue!as tendientes a acreditar el cu%pli%iento de la condena para e&itar la reali>aci)n de un do!le pa*o#
El ART @ DE LA LE; FEDERAL DEL TRABA5O %enciona
,En los laudos' cuando se trate de prestaciones econ)%icas' se deter%inar2 el salario ue sir&a de !ase a la condena cuanti+c2ndose el i%porte de la prestaci)n se se4alar2n las %edidas con arre*lo a las cuales de!er2 cu%plirse con la resoluci)n# S)lo por e<cepci)n' podr2 ordenarse ue se a!ra incidente de liuidaci)n-#
Tal disposici)n no es a!soluta pues ad%ite e<cepci)n " por otra parte la %is%a tiende a i%pedir el retardo en el cu%pli%iento de laudos de a(0 ue cuando un laudo ordena la apertura de incidente de liuidaci)n' el posi!le perjuicio ue deri&e de esa circunstancia' recae so!re la parte ue la o!tu&o#
INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE LAUDO. LAS JUNTAS ESTÁN FACULTADAS PARA ABRIRLO COMO CASO DE EXCEPCIÓN, SIEMPRE QUE EN EL JUICIO NO SE HAYAN APORTADO DATOS PARA CUANTIFICAR EL IMPORTE DE LAS PRESTACIONES
RECLAMADAS.
De la ine!"!ea#i$n %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a( /e a%0ie!e 1'e #'an%( /e !e#la2en "!e/a#i(ne/ e#(n$2i#a/, la J'na al e2ii! el la'%( %e-e #'ani3#a! el i2"(!e %e la #(n%ena "(! la 1'e %e/"a#4a!5 ee#'#i$n, /(la2ene en #a/( %e 1'e (2ia 4a#e!l( "(%!5 "!(2(0e!/e el in#i%ene %e li1'i%a#i$n !e/"e#i0(6 %e %(n%e /e #(n#l'e 1'e /i -ien e/ #ie!( 1'e la/ J'na/ e/5n 7a#'la%a/ "a!a a-!i! el in#i%ene %e li1'i%a#i$n %e la'%(, a2-i8n l( e/ 1'e ell( /e!5 9ni#a2ene #(2( e:#e"#i$n a la !e;la ;ene!al, /ie2"!e 1'e en el 'i#i( n( /e 4'-ie!en a"(!a%( %a(/ /'3#iene/ "a!a #'ani3#a! el i2"(!e %e la/ "!e/a#i(ne/ !e#la2a%a/, a/& /e "!e#i/e en el "!("i( la'%(, /in 1'e /ea ne#e/a!i( 1'e la J'na !a<(ne /' i2"(/i-ili%a% "a!a lle0a! a #a-( la
!e7e!i%a #'ani3#a#i$n.
TERCER TRIBUNAL COLE=IADO DEL D>CIMO QUINTO CIRCUITO.
A2"a!( %i!e#( ?@). =(-ie!n( %el E/a%( %e Baa Cali7(!nia P(%e! Ee#'i0(, Se#!ea!&a %e Se;'!i%a% P9-li#a. ) %e %i#ie2-!e %e . Unani2i%a% %e 0((/. P(nene Ra9l M(lina T(!!e/. Se#!ea!ia O!alia Ba!-a Ra2&!e<.
INCIDENTE DE LIQUIDACION DEL LAUDO, SI SE OMITE SEGALAR EL SALARIO QUE PERCIBIA ELTRABAJADOR O NO SE EXHIBE EL CONTRATO COLECTIO DE TRABAJO EN EL JUICIO LABORAL, LA NE=ATIA A ORDENAR ABRIR AQUEL, NO CONCULCA =ARANTIAS INDIIDUALES.
Si el 1'e(/( (2ie "!e#i/a! la #ani%a% a la 1'e a/#en%&a el /ala!i( 1'e "e!#i-&a a%e25/ n( e:4i-i$ el #(n!a( #(le#i0( %e !a-a( #(n a!!e;l( a
8/e /e "'%ie!a %ee!2ina! el /'el%( 1'e !e#i-&a, e/ in#(n#'/( 1'e n( /e e/5 en "!e/en#ia %el #a/( %e e:#e"#i$n "!e0i/( en la "a!e 3nal %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a(, "a!a (!%ena! 1'e /e a-!ie!a el in#i%ene %e li1'i%a#i$n %e la'%(, a 1'e el #(neni%( %e la %i/"(/i#i$n #ia%a, "e!2ie #(n#l'i! 1'e e/e in#i%ene /e a-!e /ie2"!e #'an%( e:i/a %ee!2ina%a -a/e /ala!ial, #(n7(!2e a la #'al /ea 7a#i-le la #'ani3#a#i$n %e la/ "!e/a#i(ne/ e#(n$2i#a/ !e#la2a%a/, "(!1'e al %ee!2ina! la a"e!'!a %e a1'8l, /e %a!&a al 1'e(/( 'na n'e0a ("(!'ni%a% %e a2"lia! la #(n!(0e!/ia ( in!(%'#i! n'e0(/ ele2en(/ #(2( /e!&a el "!e#i/a! el /ala!i( 1'e (-en&a ( a"(!a! el #(n!a(
#(le#i0( %e !a-a( 1'e n( 7'e!(n e:4i-i%(/ en el 'i#i( ;ene!a%(!, %e a4& 1'e /ea #(!!e#( el "!(#e%e! %e la J'na !e/"(n/a-le %e (2a! en #'ena #(2( -a/e "a!a la #'ani3#a#i$n %e la #(n%ena al "a;( %e 0a#a#i(ne/ "!i2a 0a#a#i(nal el /ala!i( 2&ni2( ;ene!al 0i;ene %e e/a <(na e#(n$2i#a al 2(2en( en 1'e /e ;ene!a!(n e/a/ "!e/a#i(ne/.
SE=UNDO TRIBUNAL COLE=IADO DEL SEXT CIRCUITO. A2"a!( %i!e#( *. Ce#ili( %e la C!'<
S(el(. %e /e"ie2-!e %e @.
Unani2i%a% %e 0((/. P(nene Ma!&a E';enia E/ela Ma!&ne< Ca!%iel. Se#!ea!i( J(/8 Ca!l(/ R(%!&;'e< Na0a!!(.
$or otro lado el ART# 9 DE LA LE; FEDERAL DEL TRABA5O se4ala
,La ejecuci)n de!er2 despac(arse para el cu%pli%iento de un derec(o o el pa*o de cantidad l0uida' e<presa%ente se4alados en el laudo' entendi1ndose por 1sta' la cuanti+cada en el
%is%o#- TRAMITACI?N# El incidente de tra%itaci)n de laudo de!er2 interponerse " sustanciarse una &e> dictado el laudo' cuando este no &en*a con cantidad deter%inada o liuida' con el o!jeto de ue la parte a la cual !ene+cio el laudo " la contraparte sepan e<acta%ente la cantidad a la ue se conden)#
INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN. SÓLO PROCEDE SI SE ORDENA SU APERTURA EN EL LAUDO.
La inele##i$n %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a(, 1'e "!e08 la /'/an#ia#i$n %el in#i%ene %e li1'i%a#i$n, %e-e /e! en el /eni%( %e 1'e /$l( e/ %a-le "(! e:#e"#i$n, /ie2"!e #'an%( /e %i/"(n;a %e/%e el la'%( 1'e /e e2ia en el 'i#i( na'!al, ( -ien, a'n #'an%( n( /e e/a-le<#a /' a"e!'!a, la/ #(n%ena/ n( 4aan /i%( #'ani3#a%a/ en 7(!2a l&1'i%a6 %e al /'e!e 1'e !e/'la ile;al 1'e la J'na %8 !52ie a %i#4( "!(#e%i2ien( a in/an#ia %e la "a!e ine!e/a%a, al n( 4a-e! /i%( (!%ena%( en el la'%( !e/"e#i0(
en#(n!a!/e #'ani3#a%a/ en #ani%a% l&1'i%a la/ #(n%ena/. D>CIMO TERCER TRIBUNAL COLE=IADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
A2"a!( en !e0i/i$n *++. In/i'( Me:i#an( %el Se;'!( S(#ial. %e a-!il %e +. Unani2i%a% %e 0((/. P(nene J(/8 Man'el He!n5n%e< Sal%aKa. Se#!ea!i( A;'/&n %e Je/9/ O!i< =a!<$n.