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Incidentes en Materia Laboral

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Academic year: 2021

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INCIDENTES EN MATERIA LABORAL INCIDENTES EN MATERIA LABORAL

SIGNIFICADO ETIMOLOGÍCO DE INCIDENTE SIGNIFICADO ETIMOLOGÍCO DE INCIDENTE Iniciado un jui

Iniciado un juicio suelen cio suelen suelen prsuelen proponerse cuestoponerse cuestiones ue de!en iones ue de!en " necesitan" necesitan ser resueltas antes del asunto o!jeto principal de auel# $or tal %oti&o ocurren ser resueltas antes del asunto o!jeto principal de auel# $or tal %oti&o ocurren accesorias a la %ateria central del pleito'

accesorias a la %ateria central del pleito' lo ue (ace darle la lo ue (ace darle la deno%inacideno%inaci)n de)n de incidentes en el juicio#

incidentes en el juicio#

El ter%ino incidente deri&a de la pala!ra latina

El ter%ino incidente deri&a de la pala!ra latina “inci“incidere”dere” en si*ni+cado deen si*ni+cado de

ocurrir o so!re&enir se co%pone del ,in- " ,cadere- es decir ,&enir en- o ocurrir o so!re&enir se co%pone del ,in- " ,cadere- es decir ,&enir en- o ,du

,duranrante un te un asasuntunto o prprincincipaipal- l- en otraen otras s papala!la!ras es ras es ,lo ue so!r,lo ue so!re&ie&ieneene accesoria%

accesoria%ente en ente en al*.n ne*ocio o asunto /uera al*.n ne*ocio o asunto /uera de lo principal-de lo

principal-CONCE$TO DE INCIDENTE CONCE$TO DE INCIDENTE

La pala!ra incidente tiene una acci)n a%plia " otra restrin*ida# La pri%era de La pala!ra incidente tiene una acci)n a%plia " otra restrin*ida# La pri%era de ellas si*ni+ca todo lo ue so!re&iene en el curso o un asunto " tiene con el ellas si*ni+ca todo lo ue so!re&iene en el curso o un asunto " tiene con el al*.n enlace#

al*.n enlace# La La se*unda es se*unda es propia%ente jur0dica#propia%ente jur0dica#

Se le conoce con no%!re de incidente a todas auellas e&entualidades ue Se le conoce con no%!re de incidente a todas auellas e&entualidades ue so!re&ienen accesoria%ente a lo principal de en al*.n ne*ocio# Ta%!i1n se so!re&ienen accesoria%ente a lo principal de en al*.n ne*ocio# Ta%!i1n se pued

puede e decir ue decir ue ,son todos ,son todos los acontecilos aconteci%ien%ientos tos adicadicionaionales les o o i%pri%pre&iste&istosos o

orrii**iinnaaddoos s een n aall**..n n nnee**oocciio o " " uue e ((aan n dde e sseer r rreessuueellttoos s pprree&&iia a oo si%ult2nea%

si%ult2nea%ente se*.n constitu"an o ente se*.n constitu"an o no un o!st2culo para la no un o!st2culo para la continuaci)continuaci)n deln del proceso-#

proceso-#

3n ele%ento i%portante de se4alar acerca del concepto de incidente es ue 3n ele%ento i%portante de se4alar acerca del concepto de incidente es ue los %is%os sie%pre resuel&en cuestiones de car2cter .nica%ente procesal' sin los %is%os sie%pre resuel&en cuestiones de car2cter .nica%ente procesal' sin caer en el error de ue toda cuesti)n procesal se resuel&e en incidente#

caer en el error de ue toda cuesti)n procesal se resuel&e en incidente#

Se puede decir ue los incidentes son todas auellas cuestiones distintas " Se puede decir ue los incidentes son todas auellas cuestiones distintas " accesorias del asunto principal de un juicio' ue present2ndose durante el accesorias del asunto principal de un juicio' ue present2ndose durante el curso de este puede en ciertos casos suspenderlo " so!re el cual puede caer curso de este puede en ciertos casos suspenderlo " so!re el cual puede caer una resoluci)n de la 5unta#

una resoluci)n de la 5unta#

ELEMENTOS $RINCI$ALES DE LOS INCIDENTES ELEMENTOS $RINCI$ALES DE LOS INCIDENTES

a

a66 CC33EESTSTIIONONEES S DDE E CACARR77CCTETER R $R$ROCOCESESAALL# # NNo o popodde%e%os os (a(a!!lalar r dede cuestiones sustan

cuestiones sustanti&as en los ti&as en los incidentes' pues estas se su!stancian en elincidentes' pues estas se su!stancian en el  juicio

 juicio principal principal " " su su /unda%ento /unda%ento lo lo encontra%oencontra%os s en en el el Art# Art# 89: 89: LE;LE; FE

FEDEDERRAL AL DEDEL L TRTRABABA5A5O O ,L,Los os inincicidedentntes es se se trtra%a%ititarar2n 2n dedentntrro o dedell e<pediente principal donde se pro%ue&e' sal&o los casos pre&istos en e<pediente principal donde se pro%ue&e' sal&o los casos pre&istos en esta

(2)

Le"-!6 SOBRE=IENEN DENTRO DEL $ROCESO# De su si*ni+cado eti%ol)*ico se &io ue incidente si*ni+ca so!re&enir ocurrir por lo ue (ace necesario ue na>can a partir del procedi%iento " no antes de 1l#

c6 CON DE$ENDENCIA DEL AS3NTO $RINCI$AL# Los incidentes nunca se re+eren al /ondo del asunto principal a pesar de ue en ocasiones ten*an una trascendencia de enor%e %a*nitud en el /ondo del %is%o procedi%iento#

d6 TRAMITACI?N $RO$IA# Los incidentes no si*uen necesaria%ente las re*las del procedi%iento principal' toda &e> ue tienen una re*ulaci)n propia#

e6 RESOL3CI?N $RO$IA# Los incidentes se resuel&en a tra&1s de resoluciones interlocutorias o autos incidentales tal co%o lo %enciona el Art# @8 /racci)n se*unda de la LE; FEDERAL DEL TRABA5O#

CLASIFICACI?N DE LOS INCIDENTES

Los incidentes pueden ser clasi+cados desde di/erentes puntos de &ista' las principales clasi+caciones son las si*uientes

• INCIDENTES ORDINARIOS E INCIDENTES ES$ECIALES# Desde el punto de

&ista de las re*las ue deter%inan la tra%itaci)n ue de!e darse a los incidentes estos se clasi+can en ordinarios " especiales# Los pri%eros son auellos cu"a su!stanciaci)n est2 deter%inada por las le"es por auellas nor%as o disposiciones ue le son aplica!les a todos los juicios sal&o e<cepciones' es decir sal&o ue la le" se4ales una tra%itaci)n especial#

Los incidentes especiales son auellos ue atendidas sus /unciones espec0+cas ser2n so%etidos a tra%itaci)n deter%inada e<presando clara%ente cu2les son' de tal %anera ue auellos no conte%plados especial%ente por la le" (an de &entilarse con sujeci)n a las nor%as de car2cter *eneral#

• INCIDENTES ES$ECIFICADOS ; NO ES$ECIFICADOS# Dentro de los

especi+cados encontra%os

a6 Los ue %odi+can la estructura del proceso !6 Los ue de+niti&a%ente %odi+can el proceso

c6 Auellos ue interru%pen transitoria%ente la estructura del proceso d6 Los ue suspenden de+niti&a%ente el proceso

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 Los no especi+cados son auellos ue so!re&ienen concluido el proceso con laudo condenatorio' co%o el de liuidaci)n los laudo con/or%e a la le" de!en liuidar la condena aunue la 5unta no lo (a*an " de a(0 la necesidad del incidente de liuidaci)n#

• INCIDENTES DE $RE=IO ; ES$ECIAL $RON3NCIAMIENTO# Esta di&isi)n se

(ace atendiendo al e/ecto ue producen en la tra%itaci)n del asunto principal# El principio de econo%0a procesal tiende a e&itar ue el  Tri!unal " las $artes desarrollen una la!or in.til' suscepti!le lue*o de ser anulada' es por eso ue se o!li*a a los liti*antes a pro%o&er las incidencias tan pronto co%o lle*ue a su conoci%iento los (ec(os ue las cusan# Los incidentes de pre&io " especial pronuncia%iento ue parali>a la acti&idad procesal' son auello ue i%piden ue el juicio si*a su curso %ientras no se resuel&an' "a ue se re+eren a cuestiones o presupuestos le*ales sin los ue el proceso no puede ser &2lido# Son conte%plados en el si*uiente

ART# 89 LE; FEDERAL DEL TRABA5O

Se tra%itar2n co%o incidentes de pre&io " especial pronuncia%iento las si*uientes cuestiones# I# Nulidad II# Co%petencia III# $ersonalidad I=# Acu%ulaci)n " =# E<cusas

INCIDENTE DE LI3IDACI?N DE LA3DO

Los incidentes de liuidaci)n sur*en co%o consecuencia de los laudos condenatorios' ue por su naturale>a (acen necesario dictar resoluciones tendientes a o!tener su cu%pli%iento' por lo ue en ellos no se pueden o/recer prue!as para acreditar los (ec(os ajenos a la contro&ersia' sino solo auellos enca%inados a cuanti+car la condena o en la /or%a conte%plada en el laudo# OB5ETO# $or tanto el o!jeto del incidente de liuidaci)n es cuanti+car las prestaciones adeudadas " la 5unta de!er2 apreciar las prue!as tendientes a acreditar el cu%pli%iento de la condena para e&itar la reali>aci)n de un do!le pa*o#

El ART @ DE LA LE; FEDERAL DEL TRABA5O %enciona

,En los laudos' cuando se trate de prestaciones econ)%icas' se deter%inar2 el salario ue sir&a de !ase a la condena cuanti+c2ndose el i%porte de la prestaci)n se se4alar2n las %edidas con arre*lo a las cuales de!er2 cu%plirse con la resoluci)n# S)lo por e<cepci)n' podr2 ordenarse ue se a!ra incidente de liuidaci)n-#

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 Tal disposici)n no es a!soluta pues ad%ite e<cepci)n " por otra parte la %is%a tiende a i%pedir el retardo en el cu%pli%iento de laudos de a(0 ue cuando un laudo ordena la apertura de incidente de liuidaci)n' el posi!le perjuicio ue deri&e de esa circunstancia' recae so!re la parte ue la o!tu&o#

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE LAUDO. LAS JUNTAS ESTÁN FACULTADAS PARA  ABRIRLO COMO CASO DE EXCEPCIÓN, SIEMPRE QUE EN EL JUICIO NO SE HAYAN  APORTADO DATOS PARA CUANTIFICAR EL IMPORTE DE LAS PRESTACIONES

RECLAMADAS.

De la ine!"!ea#i$n %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a( /e a%0ie!e 1'e #'an%( /e !e#la2en "!e/a#i(ne/ e#(n$2i#a/, la J'na al e2ii! el la'%( %e-e #'ani3#a! el i2"(!e %e la #(n%ena "(! la 1'e %e/"a#4a!5 ee#'#i$n,   /(la2ene en #a/( %e 1'e (2ia 4a#e!l( "(%!5 "!(2(0e!/e el in#i%ene %e li1'i%a#i$n !e/"e#i0(6 %e %(n%e /e #(n#l'e 1'e /i -ien e/ #ie!( 1'e la/  J'na/ e/5n 7a#'la%a/ "a!a a-!i! el in#i%ene %e li1'i%a#i$n %e la'%(, a2-i8n l( e/ 1'e ell( /e!5 9ni#a2ene #(2( e:#e"#i$n a la !e;la ;ene!al,  /ie2"!e 1'e en el 'i#i( n( /e 4'-ie!en a"(!a%( %a(/ /'3#iene/ "a!a #'ani3#a! el i2"(!e %e la/ "!e/a#i(ne/ !e#la2a%a/,  a/& /e "!e#i/e en el "!("i( la'%(, /in 1'e /ea ne#e/a!i( 1'e la J'na !a<(ne /' i2"(/i-ili%a% "a!a lle0a! a #a-( la

!e7e!i%a #'ani3#a#i$n.

TERCER TRIBUNAL COLE=IADO DEL D>CIMO QUINTO CIRCUITO.

 A2"a!( %i!e#( ?@). =(-ie!n( %el E/a%( %e Baa Cali7(!nia P(%e!  Ee#'i0(, Se#!ea!&a %e Se;'!i%a% P9-li#a. ) %e %i#ie2-!e %e . Unani2i%a% %e 0((/. P(nene Ra9l M(lina T(!!e/. Se#!ea!ia O!alia Ba!-a Ra2&!e<.

INCIDENTE DE LIQUIDACION DEL LAUDO, SI SE OMITE SEGALAR EL SALARIO QUE PERCIBIA ELTRABAJADOR O NO SE EXHIBE EL CONTRATO COLECTIO DE TRABAJO EN EL JUICIO LABORAL, LA NE=ATIA A ORDENAR ABRIR AQUEL, NO CONCULCA =ARANTIAS INDIIDUALES.

Si el 1'e(/( (2ie "!e#i/a! la #ani%a% a la 1'e a/#en%&a el /ala!i( 1'e  "e!#i-&a  a%e25/ n( e:4i-i$ el #(n!a( #(le#i0( %e !a-a(  #(n a!!e;l( a

8/e /e "'%ie!a %ee!2ina! el /'el%( 1'e !e#i-&a, e/ in#(n#'/( 1'e n( /e e/5 en "!e/en#ia %el #a/( %e e:#e"#i$n "!e0i/( en la "a!e 3nal %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a(, "a!a (!%ena! 1'e /e a-!ie!a el in#i%ene %e li1'i%a#i$n %e la'%(, a 1'e el #(neni%( %e la %i/"(/i#i$n #ia%a, "e!2ie #(n#l'i! 1'e e/e in#i%ene /e a-!e /ie2"!e  #'an%( e:i/a %ee!2ina%a -a/e /ala!ial, #(n7(!2e a la #'al /ea 7a#i-le la #'ani3#a#i$n %e la/ "!e/a#i(ne/ e#(n$2i#a/ !e#la2a%a/, "(!1'e al %ee!2ina! la a"e!'!a %e a1'8l, /e %a!&a al 1'e(/( 'na n'e0a ("(!'ni%a% %e a2"lia! la #(n!(0e!/ia ( in!(%'#i! n'e0(/ ele2en(/ #(2( /e!&a el "!e#i/a! el /ala!i( 1'e (-en&a ( a"(!a! el #(n!a(

(5)

#(le#i0( %e !a-a( 1'e n( 7'e!(n e:4i-i%(/ en el 'i#i( ;ene!a%(!, %e a4& 1'e /ea #(!!e#( el "!(#e%e! %e la J'na !e/"(n/a-le %e (2a! en #'ena #(2( -a/e "a!a la #'ani3#a#i$n %e la #(n%ena al "a;( %e 0a#a#i(ne/  "!i2a 0a#a#i(nal el /ala!i( 2&ni2( ;ene!al 0i;ene %e e/a <(na e#(n$2i#a al 2(2en( en 1'e /e ;ene!a!(n e/a/ "!e/a#i(ne/.

SE=UNDO TRIBUNAL COLE=IADO DEL SEXT CIRCUITO.  A2"a!( %i!e#( *. Ce#ili( %e la C!'< 

S(el(.  %e /e"ie2-!e %e @.

Unani2i%a% %e 0((/. P(nene Ma!&a E';enia E/ela Ma!&ne< Ca!%iel. Se#!ea!i( J(/8 Ca!l(/ R(%!&;'e< Na0a!!(.

$or otro lado el ART# 9 DE LA LE; FEDERAL DEL TRABA5O se4ala

,La ejecuci)n de!er2 despac(arse para el cu%pli%iento de un derec(o o el pa*o de cantidad l0uida' e<presa%ente se4alados en el laudo' entendi1ndose por 1sta' la cuanti+cada en el

%is%o#- TRAMITACI?N# El incidente de tra%itaci)n de laudo de!er2 interponerse " sustanciarse una &e> dictado el laudo' cuando este no &en*a con cantidad deter%inada o liuida' con el o!jeto de ue la parte a la cual !ene+cio el laudo " la contraparte sepan e<acta%ente la cantidad a la ue se conden)#

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN. SÓLO PROCEDE SI SE ORDENA SU APERTURA EN EL LAUDO.

La inele##i$n %el a!&#'l( )*+ %e la Le Fe%e!al %el T!a-a(, 1'e "!e08 la /'/an#ia#i$n %el in#i%ene %e li1'i%a#i$n, %e-e /e! en el /eni%( %e 1'e /$l( e/ %a-le "(! e:#e"#i$n, /ie2"!e  #'an%( /e %i/"(n;a %e/%e el la'%( 1'e /e e2ia en el 'i#i( na'!al, ( -ien, a'n #'an%( n( /e e/a-le<#a /' a"e!'!a, la/ #(n%ena/ n( 4aan /i%( #'ani3#a%a/ en 7(!2a l&1'i%a6 %e al /'e!e 1'e !e/'la ile;al 1'e la J'na %8 !52ie a %i#4( "!(#e%i2ien( a in/an#ia %e la  "a!e ine!e/a%a, al n( 4a-e! /i%( (!%ena%( en el la'%( !e/"e#i0(  

en#(n!a!/e #'ani3#a%a/ en #ani%a% l&1'i%a la/ #(n%ena/. D>CIMO TERCER TRIBUNAL COLE=IADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

 A2"a!( en !e0i/i$n *++. In/i'( Me:i#an( %el Se;'!( S(#ial.  %e a-!il %e +. Unani2i%a% %e 0((/. P(nene J(/8 Man'el He!n5n%e< Sal%aKa. Se#!ea!i( A;'/&n %e Je/9/ O!i< =a!<$n.

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