UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
“ESTUDIO CIENTÍFICO JURÍDICO SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA”
AUTOR: TNGLO. CRISTIAN EMILIO CADENA ESTÉVEZ. ASESOR: DR. MERCK BENAVIDES BENALCÁZAR
II
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
DR. MERCK BENAVIDES, en calidad de Asesor de Tesis, designado por disposición de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES, certifico que el estudiante CRISTIAN EMILIO CADENA ESTÉVEZ, egresado de la Facultad de Jurisprudencia, Carrera de Derecho, ha culminado su trabajo de Tesis de Grado, con el tema denominado: “ESTUDIO CIENTÍFICO JURÍDICO SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA” quien ha cumplido con todos los requisitos exigidos por las disposiciones reglamentarias de la Institución, por lo que se le aprueba la misma.
Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad, facultándole al interesado hacer uso de la
presente en los trámites correspondientes para su graduación, así como también se autoriza la presentación para la evaluación por parte del jurado respectivo.
Atentamente,
Dr. Merck Benavides
III
DECLARACIÓN DE AUTORÍA
CRISTIAN EMILIO CADENA ESTÉVEZ, portador de la cédula de Identidad No. 100299966-0 declaro que los resultados de las nociones, definiciones, proposiciones y conceptos utilizados en la tesis, a partir de fuentes bibliográficas, linkongráficas y afines, previo la obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son de exclusiva responsabilidad del investigador, así como también, los aportes expresados en la propuesta son de mi autoría, de tal modo que autorizo a la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES, para que haga de este trabajo un elemento disponible como bibliografía, para futuras investigaciones relacionadas con el
tema planteado, según las normas de la Universidad.
IV
DEDICATORIA
Este trabajo de investigación quiero dedicar a mis padres Oswaldo Cadena y Carmela Estévez quienes me dieron la vida y además han sido los que de forma incondicional me han brindado su apoyo tanto económico y por sobre todo su apoyo moral para llegar a cumplir una de mis metas, en este caso el de ser un profesional del Derecho.
También va dedicado, a una persona muy especial, quien ha llegado a mi vida para hacer de mi una persona de bien y a quien llevo muy dentro de mi corazón, y por tanto una de
mis razones por quien me he propuesto superarme, ya que ha sido quien ha estado conmigo tanto en los momentos felices y por sobre todo en los momentos más difíciles de mi vida,
V
AGRADECIMIENTO
Un agradecimiento a la UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES por darme la oportunidad de enriquecer mi conocimiento que irán en beneficio de nuestra sociedad.
Mi más profundo y sincero agradecimiento a todos los docentes de UNIANDES, quienes de manera innegable han depositado en mí lo mejor de sus conocimientos y de esta manera formar un profesional de calidad y por sobre todo un mejor ser humano.
VI
ÍNDICE GENERAL
Introducción ... 1
Antecedentes de la investigación ... 1
Planteamiento del problema ... 3
Formulación del problema ... 4
Delimitación del problema ... 4
Objeto de investigación y campo de acción ... 4
Identificación de la línea de investigación ... 5
Objetivos: ... 5
Objetivo general ... 5
Objetivos específicos ... 5
Idea a defender ... 5
Justificación del tema. ... 6
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear. ... 7
Resumen de la estructura de la tesis. ... 8
Aporte teórico, significación práctica y novedad. ... 8
CAPÍTULO I ... 10
MARCO TEÓRICO ... 10
1.1.- Los derechos de los niños, niñas y adolescentes. ... 10
1.1.1.- El derecho a ser considerado un grupo de atención prioritaria. ... 10
1.1.1.1.- El interés superior del niño. ... 11
1.1.2.- El derecho a una educación de calidad. ... 12
1.1.2.1.- La equidad, la relevancia y pertinencia como cualidades esenciales para una educación de calidad ... 13
1.1.2.2.- Parámetros para hacer efectivo el derecho a la educación ... 15
1.1.2.3.- Obligaciones para asegurar el derecho a una educación de calidad. ... 16
1.1.3.1.- Definición de discriminación. ... 17
1.1.3.2.- Discriminación en la educación. ... 19
1.1.3.3.- Formas de discriminación ... 20
1.1.4.- El derecho a que se respete sus culturas y especificidades de cada región y lugar.21 1.2.- La educación como un derecho fundamental ... 22
1.2.1.- La educación como un derecho fundamental. ... 22
1.2.1.1.- Obligaciones para asegurar el derecho al acceso a la educación. ... 22
1.2.2.- El reconocimiento del derecho a la educación. ... 23
1.2.3.- Los derechos humanos en la Constitución. ... 24
1.2.3.1.- Principios de los derechos humanos ... 25
1.2.3.2.- Generaciones de los derechos humanos. ... 26
1.2.4.- Principios de la educación en el Ecuador. ... 27
1.2.5.- Finalidades de la educación en el Ecuador. ... 29
1.3.- El derecho a la educación obligatoria y gratuita. ... 30
1.3.1.- Reconocimiento de la educación obligatoria y gratuita... 30
1.3.2.- Definición de obligatoriedad. ... 31
1.3.3.- Definición de gratuidad. ... 32
1.3.4.- Mínimo esencial de la educación básica. ... 32
1.3.4.1.- Contenido mínimo del derecho a la educación. ... 33
1.3.5.1.- Principio de corresponsabilidad. ... 35
1.4.- Estudio comparativo sobre el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con otras legislaciones. ... 35
1.4.1.- Legislación Chilena. ... 35
1.4.1.1.- Organización del sistema educacional chileno. ... 36
1.4.2.- Legislación Colombiana. ... 37
1.4.2.1.-Organización del sistema educacional colombiano. ... 38
1.4.3.1.- Organización del sistema educacional Mexicano. ... 39
1.4.4.- Legislación Venezolana. ... 40
1.4.4.1.- Organización del sistema educacional venezolano. ... 41
1.5.- Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. . 42
1.6.- Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobe el objeto de investigación. ... 42
1.7.- Análisis crítico sobre el objeto de investigación... 43
1.8.- Conclusiones parciales del capítulo ... 43
CAPÍTULO II ... 45
MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 45
2.1 Caracterización del problema de investigación. ... 45
2.2.- Descripción del procedimiento metodológico... 45
2.2.1.- Método inductivo-deductivo. ... 45
2.2.2.- Método analítico-sintético. ... 45
2.2.3.- Método histórico-lógico. ... 46
2.2.4.- Método científico. ... 46
2.3.- Técnicas. ... 46
2.3.1.- La encuesta. ... 46
2.3.3.- Observación. ... 47
2.4.- Instrumentos. ... 47
2.5.- Población y muestra de la investigación. ... 47
2.5.1.- Población. ... 47
2.5.2.- Muestra. ... 48
2.5.3.- Calculo de la muestra de la población. ... 48
2.5.3.1.- Formula. ... 48
2.6.- Análisis e interpretación de resultados. ... 48
CAPÍTULO III ... 60
DESARROLLO DE LA PROPUESTA ... 60
3.1.- Tema: ... 60
3.2.- Objetivo. ... 60
3.3.- Justificación. ... 60
3.4.- Descripción de la propuesta. ... 61
3.5.- Desarrollo del cuerpo central. ... 61
3.5.1.- Validación, aplicación, evaluación de los resultados a la aplicación de la propuesta. ... 66
3.6.- Impactos. ... 67
3.6.1.- Impacto social. ... 67
3.6.2.- Impacto jurídico. ... 67
3.7.- Conclusiones parciales del capítulo. ... 68
CONCLUSIONES GENERALES. ... 69
RECOMENDACIONES. ... 70 BIBLIOGRAFÍA
VII
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico Nº 1 en referencia a la pregunta Nº 1………..49
Gráfico Nº 2 en referencia a la pregunta Nº 2………...50
Gráfico Nº 3 en referencia a la pregunta Nº 3………..51
Gráfico Nº 4 en referencia a la pregunta Nº 4………..52
Gráfico Nº 5 en referencia a la pregunta Nº 5………..53
Gráfico Nº 6 en referencia a la pregunta Nº 6………..54
Gráfico Nº 7 en referencia a la pregunta Nº 7………..55
Gráfico Nº 8 en referencia a la pregunta Nº 8………..56
Gráfico Nº 9 en referencia a la pregunta Nº 9………..57
VIII
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla Nº 1 en referencia a la pregunta Nº1………...49
Tabla Nº 2 en referencia a la pregunta Nº2………..50
Tabla Nº 3 en referencia a la pregunta Nº3………..51
Tabla Nº 4 en referencia a la pregunta Nº4………..52
Tabla Nº 5 en referencia a la pregunta Nº5………..53
Tabla Nº 6 en referencia a la pregunta Nº6………..54
Tabla Nº 7 en referencia a la pregunta Nº7………...55
Tabla Nº 8 en referencia a la pregunta Nº8………...56
Tabla Nº 9 en referencia a la pregunta Nº9………...57
IX
RESUMEN EJECUTIVO
La presente tesis de grado trata de un tema de gran importancia, por cuanto se ve reflejado en uno de los grupos más vulnerables y de atención prioritaria de nuestra sociedad como son los niños, niñas y adolescentes, debido a la falta de atención que se le ha prestado a este importante sector social y por sobre todo humano, especialmente al tema de la educación que desde hace mucho tiempo atrás y hasta la actualidad ha venido siendo un problema que no ha podido ser erradicado.
La educación es un derecho humano y un derecho de la niñez, que permite el completo ejercicio y disfrute de los demás derechos. La educación protege el bienestar, promueve las
oportunidades de aprendizaje e impulsa el desarrollo emocional, cognitivo y físico de los niños, niñas y adolescentes. Por lo que el presente trabajo de investigación trata de alguna
manera de dar una solución al problema de falta del acceso libre a la educación de todos los niños y adolescentes.
Los actos discriminatorios en la educación, la falta de recursos económicos de los padres o representantes legales de los menores constituyen entre otros, los obstáculos que existen e impiden el acceso libre a la educación de este grupo vulnerable, dándose este problema con mayor frecuencia en los sectores rurales donde la educación se ha convertido en un privilegio al que no todos los niños y adolescentes pueden acceder.
EXECUTIVE SUMMARY
The present grade thesis is about a topic of great importance, since it is reflected in one of the most vulnerable groups and of high-priority attention of our society like they are the children, girls and adolescents, due to the lack of attention that has been lent to this important social sector and for mainly human, especially to the topic of the education that for a lot of time behind and until the present time he/she has come being a problem that he/she has not been able to be eradicated.
The education is a human right and a right of the childhood that it allows the complete
exercise and enjoyment of the other rights. The education protects the well-being, it promotes the learning opportunities and it impels the emotional development, cognitive
and physical of the children, girls and adolescents. For what the present investigation work tries somehow to give a solution to the problem of lack of the access free to the education of all the children and adolescents.
The discriminatory acts in the education, the lack of the parents' economic resources or the minor legal representatives constitute among other, the obstacles that exist and they impede the access free to the education of this vulnerable group, being given this problem with more frequency in the rural sectors where the education has become a privilege to the one that not all the children and adolescents can consent.
1 Introducción
El Derecho a la educación de los niños y adolescentes es considerado tanto Constitucional como internacionalmente como un derecho fundamental y sobre todo un derecho humano, por cuanto la educación en la actualidad es la herramienta principal para el desarrollo personal y en consecuencia para el progreso y avance de los pueblos.
No es suficiente el solo hecho de que el derecho a la educación de los niños y adolescentes esté plasmado en una ley o tratados internacionales, para que este derecho se cumpla es necesario que todos conozcamos y de esta manera lo defendamos en cada momento, por lo que es necesario difundir y exigir que el derecho a la educación de este grupo vulnerable y
de atención prioritaria se haga efectivo.
Es por esto de la elección de este tema a describir, ya que se busca tratar de profundizar de la importancia y trascendencia de este derecho fundamental, por lo que la falta del libre acceso a la educación de los niños y adolescentes sigue siendo en la actualidad un problema que no ha podido ser solucionado y de esta manera dejándose al margen a muchos niños y adolescentes del acceso libre a la educación.
En virtud del mandato Constitucional, el Estado tiene el deber de realizar todas las acciones pertinentes para alcanzar las garantías contenidas en la Constitución y contraídas a través de Instrumentos Internacionales ratificados por el Ecuador, respecto al derecho a la educación de los niños y adolescentes; debemos tener muy en claro que garantizar el derecho a la educación de los niños y adolescentes no solamente depende o es deber del Estado en sí, ya que hacer efectivo este derecho es deber y responsabilidad de toda una comunidad educativa, en donde está incluido la familia como participe directo en la formación y desarrollo de los menores.
Antecedentes de la investigación
Sobre el tema materia de esta investigación, el autor Juan Pablo Bustamante, en su obra “Derechos y Garantías de la Niñez y la Adolescencia”, publicado en el año 2010, nos da a
2
derecho a la educación, además trata sobre las garantías Constitucionales y la exigibilidad, aplicados a los niños, niñas y adolescentes.
El autor antes mencionado, al referirse a este tema dice: “Todavía la reducción legal de la división del sistema educativo en fragmentos como la educación Hispana, la educación intercultural bilingüe, la educación fiscomisional, la educación privada, experimental, municipal, etc., sin la existencia de un marco jurídico e institucional que ampare a la educación como un bien y un derecho público, más allá del tipo de prestación de servicios al cual se refiera el sujeto de derechos”.(Bustamante, 2010, pág. 233)
Por su parte el autor Marco Monroy referente al tema de esta investigación en su obra “Derecho de Familia y de la Infancia y de la Adolescencia”, publicado en el año 2008 hace
conocer acerca del derecho de familia en forma general, así como también de los derechos
de los niños y adolescentes, en los cuales está el derecho a la educación como un derecho fundamental, además trata acerca de los deberes y responsabilidades de la niñez y de la adolescencia para con sus padres y la sociedad.
El autor mencionado anteriormente, al referirse a este tema materia de investigación dice: “La educación es un derecho humano que debe ser accesible a todas las personas, sin
discriminación alguna. Las normas internacionales reconocen la importancia del derecho a la educación e insisten en la necesidad de hacer de la educación primaria un derecho accesible a todos los niños. Por lo tanto, los Estados deben concentrar sus esfuerzos en la educación primaria para hacer las escuelas accesibles y gratuitas para todos los niños, permitiéndoles así aprender a leer y escribir.(Monroy, 2008, pág. 58)
Es necesario destacar que nuestra Constitución de la República en el Art. 45 en su parte pertinente determina: “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física
y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación (…)”.(Constitución de la República)
A través del tiempo el acceso libre a la educación por parte de los niños y adolescentes ha sido y viene siendo un problema que no ha podido ser solucionado por los gobiernos de
3
ni tampoco se han hecho las inversiones necesarias para de alguna manera tratar de que se cumpla con este derecho que tienen los niños y adolescentes.
Planteamiento del problema
La insuficiente implementación de acciones reglamentarias, así como también el no cumplimiento estricto de aquellas disposiciones establecidas previamente acerca del derecho al libre acceso a la educación que tienen los niños y adolescentes en nuestra sociedad, pese a que Constitucionalmente están amparadas en nuestra Legislación, así como también en Tratados y Convenios Internacionales que declaran a la educación como un derecho humano y que es irrenunciable, ha provocado que se deje al margen a muchos
niños y adolescentes y no puedan acceder de manera libre a la educación, principalmente a aquellos que pertenecen a los grupos vulnerables.
La irregularidad en el servicio por falta de escuelas y por ausentismo docente en zonas rurales, ha sido uno de los factores principales para que muchos niños, niñas y adolescentes no puedan acceder de manera libre a un establecimiento educativo, debido a que las autoridades de educación no se han preocupado en crear instituciones educativas, especialmente en los sectores rurales, donde el estudio se ha convertido en un derecho que muy pocos lo pueden ejercer.
Es necesario también destacar que la desviación de los recursos fiscales destinados a la educación, constituye otro de los problemas que existe en nuestra sociedad, por cuanto dichos recursos son utilizados para otros fines, muchos de ellos fines personales de aquellas autoridades a quienes se les confía el manejo y administración, dejando al margen a la educación y consigo privando a los niños y adolescentes a que puedan ejercer el derecho a la educación de manera libre.
Las actitudes discriminatorias a aquellos niños, niñas y adolescentes que quieren acceder a la educación debido a la ignorancia e inobservancia de leyes y reglamentes por parte de aquellas personas encargadas de salvaguardar este derecho fundamental, ha causado la violación de esta norma Constitucional y consecuentemente se ha dejado al margen a
4
La falta del establecimiento de verdaderas acciones reglamentarias necesarias y adecuadas que garanticen la aplicación de las normas constitucionales, ha traído como consecuencia que muchos niños, niñas y adolescentes no puedan tener el libre acceso a la educación tal y cual está consagrado en nuestra Carta Magna, como también en los Tratados y Acuerdos Internaciones, en los cuales determinan a la educación como un derecho fundamental para el desarrollo humano y de esta manera el de las sociedades.
En muchos de los casos en las instituciones de educación y su personal carecen de los conocimientos acerca de los derechos de los niños y adolescentes, en este caso del derecho al libre acceso a la educación, considerado este como un Derecho Constitucional y humano plasmado en los Tratados y Acuerdos Internacionales, lo cual ha provocado que dichas
normas no se respeten y los derechos de este grupo de atención prioritario sea violentado.
Formulación del problema
¿La falta del libre acceso a la educación de todos los niños, niñas y adolescentes, genera la violación del Derecho Constitucional a la Educación?
Delimitación del problema
El presente trabajo se lo realizará en la Ciudad de Atuntaqui, Cantón Antonio Ante, Provincia de Imbabura, en el periodo comprendido entre el mes de enero del 2012 a diciembre del 2012.
Objeto de investigación y campo de acción
En el presente trabajo el objeto de la investigación es el Derecho Constitucional, por cuanto es la norma jurídica que garantiza los derechos fundamentales de los ciudadanos, y entre ellos está el derecho al libre acceso a la educación que tienen los niños, niñas y adolescentes.
El campo de acción se concentrara principalmente al estudio sobre el derecho a la
5 Identificación de la línea de investigación
En el tema propuesto la línea de investigación se relaciona con los “Derechos de Grupos de Atención Prioritaria” que tienen los niños, niñas y adolescentes, por lo que les corresponde
a los Jueces Constitucionales, hacer respetar esta garantía Constitucional, y de esta manera evitar la violación de este derecho y asegurar su cumplimiento.
Objetivos:
Objetivo general
Realizar un estudio científico jurídico sobre el libre acceso a la educación de los niños, niñas y adolescentes, para garantizar el Derecho Constitucional a la Educación.
Objetivos específicos
- Analizar jurídicamente sobre el libre acceso a la educación de los niños, niñas y
adolescentes, en base al estudio de la Constitución, la Ley, los Tratados y Acuerdos Internacionales, la Doctrina y la Jurisprudencia dictados para el efecto.
- Realizar un diagnóstico sobre el grado de conocimiento que tienen los involucrados
en el problema, en base a un trabajo de campo.
- Realizar un estudio científico jurídico sobre el libre acceso a la educación de los
niños, niñas y adolescentes.
- Validar el presente trabajo de investigación mediante el criterio de expertos.
Idea a defender
6 Justificación del tema.
Es de suma importancia el presente tema de investigación, ya que a través del mismo se puede conocer la realidad que existe en nuestro sistema nacional respecto al derecho al libre acceso a la educación de los niños y adolescentes, y la necesidad imperiosa de crear verdaderas acciones tendientes a garantizar el derecho a la educación de la manera como nuestra Constitución y Tratados Internacionales lo establecen.
Todavía es común ver a muchos niños y adolescentes privados del derecho a la educación, especialmente en los sectores rurales donde el factor económico es uno de los principales obstáculos para impedir el acceso libre a la educación, convirtiéndose de esta manera la
educación como un privilegio y no un derecho al que no todos pueden acceder; de igual manera los actos discriminatorios en la educación a aquellos niños y adolescentes que
quieren acceder a centro educativo, debido a la ignorancia por parte de las personas encargadas de salvaguardar este derecho fundamental.
La educación de los niños y de los adolescentes en nuestro país, viene siendo un tema al que se debería darle la importancia que lo amerita, por ser la educación un derecho fundamental, humano y que es irrenunciable, y por tanto se debe tomar las medidas que sean necesarias tendientes a garantizar este derecho de la manera como nuestro sistema jurídico nacional lo estable. De ahí la necesidad de realizar un estudio científico jurídico acerca del derecho a la educación de los niños y adolescentes, ya que se podrá conocer a profundidad sobre este derecho y darle la importancia que lo amerita.
7
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear.
Con el fin de obtener la información pertinente para el correcto desarrollo de la presente tesis, se ha utilizado varios métodos, técnica e instrumentos entre los cuales se encuentran el método inductivo-deductivo.- El mismo que nos va a llevar a verificar el resultado obtenido, partiendo de lo particular a lo general y descubrir conocimientos, partiendo de lo general a lo particular extendiendo los conocimientos que se tienen sobre una clase determinada de fenómenos a otro cualquiera que pertenezca a esa misma clase. Método analítico-sintético.- En cuanto al método analítico–sintético.- El método analítico sintético permitirá realizar un estudio, análisis profundo y detallado de la idea a defender, la misma que ha sido planteada con la finalidad de determinar el grado de veracidad de la propuesta.
Método histórico-lógico.- Está vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetos en su sucesión cronológica, para conocer la evolución y desarrollo del objeto o
fenómeno de investigación. Los métodos lógicos se basan en el estudio histórico poniendo de manifiesto la lógica interna de desarrollo, de su teoría y halla el conocimiento más profundo de esta, de su esencia. Método científico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo, una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos por la comunidad científica.
Con respecto a las técnicas tenemos las siguientes: La encuesta.-Es una técnica que utiliza un conjunto de procedimientos estandarizados de investigación mediante los cuales se recoge y analiza una serie de datos de una muestra de casos representativa de la población o universo más amplio, del que se pretende explorar, describir, predecir y explicar una serie de características. La entrevista.- Es un formulario previamente elaborado, este tipo de entrevistas se aplican a personas conocedores del tema y se busca conocer lo que saben. Consiste en una conversación entre el entrevistado y el entrevistador, a fin de obtener del primero la información necesaria.
Finalmente se encuentran los instrumentos los cuales tenemos: Para la entrevista se utilizará una guía, este instrumento permite la utilización de instrumentos de grabación. En la encuesta se utilizará el cuestionario con preguntas cerradas y de alternativa, son planteadas sobre hechos y aspectos que interesan al investigar, las cuales son contestadas
8 Resumen de la estructura de la tesis.
La presente tesis se encuentra desarrollada de la siguiente manera, en el primer capítulo se hace conocer las diferentes definiciones, criterios de diferentes tratadistas, así como también nuestra Constitución de la República y demás cuerpos legales, y también los diversos Tratados y Acuerdos Internacionales, los cuales nos han permitido conocer detalladamente de los diferentes temas, y de los análisis efectuados de los diferentes tratadistas y así mismo se realizó un análisis de las diferentes posiciones de dichos autores.
En el segundo capítulo se hace conocer la metodología empleada, así como también de las encuestas realizadas a la población que ha sido objeto de estudio, en las cuales se da a
conocer que no todos los niños y adolescentes pueden acceder de manera libre a la educación como nuestras normas legales lo establecen, y que el Estado debe tomar las
medidas que sean necesarias tendientes a garantizar que este derecho fundamental sea respetado.
El tercer capítulo contiene el desarrollo de la propuesta del estudio científico jurídico sobre el derecho a la educación de los niños y adolescentes, el análisis e interpretación de los datos obtenidos de las encuestas aplicadas a los habitantes de la ciudad de Atuntaqui. Se presentan las conclusiones y recomendaciones producto de la investigación; la bibliografía que ha sido muy importante como base teórica; y finalmente los anexos.
Aporte teórico, significación práctica y novedad.
9
La educación no debe ser un privilegio de unos cuantos, sino que todo lo contrario que la educación esté al alcance de todas las personas, especialmente de todos los niños y adolescentes, y para eso es deber primordial del Estado poner un poco más de atención al respecto y crear verdaderas leyes que vayan encaminadas al fiel cumplimiento de este derecho que es a nivel mundial reconocido como un derecho humano, y como derecho humano debe ser respetado por sobre cualquier otro derecho, ya que como todos sabemos la educación tiene como principio fundamental que es irrenunciable.
Por la importancia que tiene este tema de investigación y con su desarrollo se pretende que todas las personas conozcamos acerca de este derecho fundamental, así como también conocer acerca de las consecuencias que genera cuando un niño o adolescentes es privado
de ejercer de manera libre este derecho tan importante como es el de la educación.
En cuanto a la novedad científica, al respecto en la actualidad no existen trabajos de investigación centrados específicamente en lo que se centra mi tema que es un estudio científico jurídico del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes, al efecto, solo existen documentos y datos bibliográficos en lo que se hace conocer en forma general acerca del derecho a la educación en todo nivel.
10 CAPÍTULO I
MARCO TEÓRICO
1.1.- Los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
1.1.1.- El derecho a ser considerado un grupo de atención prioritaria.
En nuestra Constitución está planamente garantizado este derecho Art. 44. “El Estado, la
sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas”. (Constitución de la República)
En nuestra Constitución está claramente determinado que los niños, niñas y adolescentes son considerados uno de los grupos de atención prioritaria, por tanto es obligación primordial no solo del Estado sino que también es deber y obligación de la familia y la sociedad en general, promover y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos, dentro de los
cuales está el derecho a la educación. Debemos tener claro que al ser considerado a la niñez y adolescencia un grupo de atención prioritaria, sus derechos prevalecerán sobre el
de las demás personas en particular.
De la misma manera Juan Pablo Bustamante en su obra “Derechos y Garantías de la Niñez y Adolescencia”, nos da a conocer lo siguiente: “En resumen, la Constitución ecuatoriana
del 2008 reitera lo establecido en la Convención sobre los derechos del Niño: reconoce de manera expresa que los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derechos, titulares de todos los derechos además de los específicos de su edad, que requieren una protección especial de parte del Estado, la sociedad y la familia. Por tanto, son titulares de todas las garantías establecidas en la Constitución para protegerse, individual o colectivamente, de las omisiones o acciones que amenacen o vulneren sus derechos”.
11
Los niños y adolescentes son sujetos plenos de derechos, y por lo tanto todos sus derechos para que sean efectivamente respetados, se necesita primeramente de la protección del Estado, pero que también la familia y la sociedad cumplen un papel muy importante para de esta manera garantizar el ejercicio eficaz y evitar de esta manera que aquellos Derechos Constitucionales y humanos sean vulnerados.
1.1.1.1.- El interés superior del niño.
Al respecto la Convención Sobre los Derechos del Niño en el Art. 3, numeral 1, dice lo siguiente: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los
órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”. (Convención Sobre los Derechos del Niño)
La Convención Sobre los Derechos del Niño, es un instrumento internacional del cual nuestro país es suscriptor, es por esto, tal como establece este instrumento internacional los niños son un grupo de atención prioritaria y sus derechos prevalecen sobre el de los demás, por lo tanto en cualquier medida que sea tomada relacionada con los niños, ya sea por instituciones públicas o privadas, primeramente se debe tomar en cuenta el interés superior del niño. Todas las medidas respecto del niño deben estar basadas en la consideración del interés superior del mismo. Corresponde al Estado asegurar una adecuada protección y cuidado, cuando los padres y madres, u otras personas responsables, no tienen capacidad para hacerlo.
De igual manera nuestro Código de la Niñez y Adolescencia en el Art. 11 al respecto determina lo siguiente: “El interés superior del niño es un principio que está orientado a
satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; e impone a todas las autoridades administrativas y judiciales y a las instituciones públicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento (…). El interés superior del niño es un principio de interpretación de la presente Ley. Nadie podrá invocarlo contra norma expresa y sin escuchar previamente la opinión del niño, niña o adolescente involucrado, que esté en condiciones de expresarla”.
12
El interés superior del niño, es un principio que está reconocido en nuestra legislación por nuestra Constitución y demás leyes afines al tema, en este caso por el Código de la Niñez y Adolescencia, cuyo fin de este principio es el fiel cumplimiento de los derechos de los niños y adolescentes, imponiendo a las autoridades administrativas y judiciales, como también a las instituciones públicas y privadas el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento; además este principio prevalece sobre otros principios como el de diversidad étnica y cultural.
1.1.2.- El derecho a una educación de calidad.
En el Art. 27 de nuestra Carta Magna en su parte pertinente está garantizado este derecho que textualmente lo determina así: “La educación se centrará en el ser humano y
garantizará su desarrollo holístico, en el marco al respeto a los derechos humanos, al medio
ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez…”. (Constitución de la República)
Nuestra carta magna, reconoce y establece como un derecho de los niños y adolescentes, el acceso a una educación de calidad, la cual debería fomentar el adecuado desenvolvimiento intelectual y afectivo del individuo. Debería desarrollar el sentido de la responsabilidad social y de la solidaridad con los grupos menos afortunados y debería conducir a la observancia de los principios de igualdad en la conducta diaria.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, respecto a la educación de calidad dice “Una educación de calidad, libre y gratuita, es derecho inalienable de los niños, niñas y
adolescentes. Tal educación debe habilitarlos para tener una inserción laboral adecuada, armonizar la vida familiar con la laboral, contar con niveles adecuados de destrezas y conocimientos, ejercer sus derechos ciudadanos, continuar estudios superiores y adaptarse a sociedades de aprendizaje permanente”. (Unicef, 2006, pág. 6)
Una educación de calidad debe estar encaminada a fomentar cualidades, aptitudes y capacidades que lleven a los individuos a adquirir una comprensión crítica de los problemas nacionales e internacionales, a entender y explicar los hechos, las opiniones y
13
reglas elementales de procedimiento aplicables a toda discusión y a basar sus juicios de valor y sus decisiones en un análisis racional de los hechos y factores pertinentes.
La educación a que tiene derecho todo niño es aquella que se concibe para prepararlo para la vida cotidiana, fortalecer su capacidad de disfrutar de todos los derechos humanos y fomentar una cultura en la que prevalezcan unos valores de derechos humanos adecuados. La educación en la esfera de los derechos humanos debe constituir un proceso integral que se prolongue toda la vida y empiece con la manifestación de valores de derechos humanos en la vida y las experiencias cotidianas de los niños
Para el autor Melik Ozden relator especial de la ONU, en su obra “El Derecho a la Educación”, respecto a la educación de calidad dice: “El derecho a una educación de
calidad implica la necesidad de orientar los procesos de aprendizaje y todo el entorno y la
infraestructura escolar para que los conocimientos, habilidades y destrezas se construyan en el seno de una ciudadanía propicia para el respeto de la dignidad y de los valores superiores de la humanidad, la diversidad, la paz, la solidaridad y la cooperación mutua”.(Melik, 1999, pág. 8)
Es bien sabido que no es suficiente con tener edificios adecuados o docentes debidamente formados para que se dispense una enseñanza de calidad. Si bien el contenido de lo que se enseña es esencial, no hay por ello que dejar de lado las condiciones y el proceso de dicha enseñanza. Estos aspectos se completan y refuerzan mutuamente. Se debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente.
1.1.2.1.- La equidad, la relevancia y pertinencia como cualidades esenciales para una educación de calidad
La autora Rosa Blanco, en su obra titulada “Una Educación de Calidad para Todos, un asunto de Derechos Humanos”, en relación con las cualidades esenciales para una
14 La equidad
“Es una realidad que los niños y las niñas de la región llegan a la escuela en condiciones
muy desiguales y, en muchos casos, éstas se acentúan debido a factores internos de los sistemas educativos, tales como la segregación socioeconómica y cultural de las escuelas; la desigual distribución de las oportunidades educativas; y los procesos educativos que tienden a discriminar a aquellos estudiantes con capital cultural distinto al dominante y que comúnmente provienen de familias de menores ingresos económicos o de otras etnias y culturas”.
La Relevancia.
La relevancia se refiere al “qué y para qué” de la educación; es decir, las intenciones
educativas, las cuales condicionan otras decisiones como las formas de enseñar y la evaluación. Como se ha visto, la principal finalidad de la educación es lograr el pleno desarrollo de la personalidad y de la dignidad humana, por lo que ésta es relevante si promueve el aprendizaje de las competencias necesarias para participar en las diferentes actividades de la sociedad”.
La Pertinencia
La pertinencia de la educación nos remite a la necesidad de que ésta sea significativa para personas de distintos estratos sociales y culturas, y con diferentes capacidades e intereses, de forma que puedan apropiarse de los contenidos de la cultura, mundial y local, y construirse como sujetos en la sociedad, desarrollando su autonomía, autogobierno, su libertad y su propia identidad. Para que haya pertinencia, la educación tiene que ser flexible y adaptarse a las necesidades y características de los estudiantes y de los diversos contextos sociales y culturales”. (Blanco, 2007, págs. 34-41-43)
La equidad comprende los principios de igualdad y diferenciación, porque tan sólo una educación ajustada a las necesidades de cada uno asegurará que todas las personas tengan las mismas oportunidades de hacer efectivos sus derechos y alcanzar los fines de la
15
promueva aprendizajes significativos desde el punto de vista de las exigencias sociales y de desarrollo personal. La educación será relevante si los estudiantes tienen la oportunidad de conocerlos y vivirlos, lo cual significa aprender no sólo conocimientos y habilidades sino sobre todo valores, actitudes y comportamientos.
1.1.2.2.- Parámetros para hacer efectivo el derecho a la educación
Respecto a estos criterios para medir la calidad de la educación, el autor Melik Ozden relator especial de la ONU, en su obra “El Derecho a la Educación”, hace el siguiente comentario:
Dotación o disponibilidad.
“Deben existir centros de enseñanza y programas educativos en número suficiente. El
número de alumnos por clase no debe ser demasiado elevado. El material pedagógico debe ser adecuado e incluso según las necesidades comportar una biblioteca, ordenadores y material informático”.
Accesibilidad.
“Los centros de enseñanza y los programas educativos deben ser accesibles para todos, sin
discriminación. La enseñanza debe darse en un lugar razonablemente accesible”.
Aceptabilidad.
“La forma y el fondo de la educación, comprendidos los programas de estudio y los
métodos pedagógicos, han de ser aceptables para los estudiantes y, cuando proceda, los
16 Adaptabilidad.
La educación ha de tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades de sociedades y comunidades en transformación y responder a las necesidades de los alumnos en contextos culturales y sociales variados”. (Melik, 1999, págs. 8-9-10-11)
Las instituciones y programas educativos deben estar distribuidos en forma suficiente a lo largo de todo el país. Esto depende de numerosos factores, como construcciones escolares, docentes preparados, materiales didácticos y otros elementos deseables tales como computadores y el poder acceder a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. En relación con el acceso a la educación, el objetivo es reducir las brechas
en la educación inicial, secundaria y terciaria entre estudiantes de distinto origen social y cultural. La educación debe constituir un espacio de libertad para el ejercicio y el
aprendizaje de todos los derechos, responsabilidades y capacidades humanas.
1.1.2.3.- Obligaciones para asegurar el derecho a una educación de calidad.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en su obra titulada “Un Enfoque de la Educación para todos basado en los Derechos Humanos” nos hace referencia a las
obligaciones para asegurar el derecho a una educación de calidad, que en forma textual expone:
“(…) Promover el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales
y preparar a los niños para una vida responsable animada por deseos de paz, tolerancia, igualdad y amistad.
Promover el respeto de la identidad, cultural, el idioma y los valores del niño, de
sus progenitores y de otras personas.
Asegurar que se tenga siempre muy en cuenta el interés superior del niño.
Respetar el derecho de los niños al descanso, el ocio, el juego, la diversión y la
17
Los padres o tutores deben ser quienes deban escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
1.1.3.- El derecho a la no discriminación.
1.1.3.1.- Definición de discriminación.
Se entiende por discriminación toda distinción, exclusión, limitación o preferencia,
fundada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o el nacimiento,
que tenga por finalidad o por efecto destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza.
Referente a la discriminación en el Art. 6 de nuestro Código de la Niñez y la Adolescencia establece: “Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley y no serán
discriminados por causa de su nacimiento, nacionalidad, edad, sexo, etnia; color, origen social, idioma, religión, filiación, opinión política, situación económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad o diversidad cultural o cualquier otra condición propia o de sus progenitores, representantes o familiares. El Estado adoptará las medidas necesarias para eliminar toda forma de discriminación”. (Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia)
Constituye discriminación excluir a una persona o a un grupo del acceso a los diversos grados y tipos de enseñanza, limitar a un nivel inferior la educación de una persona o de un grupo, instituir o mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados para personas o grupos, colocar a una persona o a un grupo en una situación incompatible con la dignidad humana.
18
derechos, es decir se los considera “indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía, no existe por tanto gradación entre ellos. El “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales” es uno de los “deberes primordiales” del Estado”.(Bustamante, 2010, pág. 448)
La educación debe ser accesible a todos, especialmente a los grupos vulnerables de hecho y de derecho, sin discriminación por ninguno de los motivos prohibidos. Todos los derechos deben ser aplicados a todos los niños, sin excepción alguna, y es obligación del Estado tomar las medidas necesarias para proteger al niño de toda forma de discriminación.
En cuanto que en nuestra Constitución en el Art. 46, numeral 7, determina: “protección
frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia o discriminación racial o de género. Las políticas públicas de
comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad (...)” (Constitución de la República)
La Convención Sobre los Derechos del Niño es el primer tratado internacional especializado de carácter obligatorio que reconoce los derechos humanos de todos los niños, niñas y adolescentes del mundo, en él se establece Art. 2 numeral 1: “Los Estados
Parte respetarán tales derechos y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales”. (Convención Sobre los Derechos del Niño)
Los Estados Parte deberán tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres o tutores o familiares. Toda persona perteneciente a una minoría nacional individual y colectivamente, tienen el derecho a usar su lengua en público o en privado, oralmente y por escrito, a aprender su lengua, a la creación y gestión de centros privados de enseñanza y de
19
“La discriminación se basa en un conjunto de estigmas inmerecidos, prejuicios
desventajosos, estereotipos enraizados, y tabúes aceptados acríticamente. Comparte la sinrazón del machismo, la intolerancia religiosa, el racismo, el antisemitismo, la homofobia, el clasismo y la xenofobia. Promueve la ruptura de las familias y el odio entre los grupos. Legitima la ley del más fuerte. Es caracterización de superioridad y de inferioridad, y negación de igualdad en derechos. Se expresa en maltrato, en abusos, en exclusión, en miedo y en ruptura del tejido social. La discriminación es negación de la dignidad humana, afianza la pobreza, es tierra fértil para la violencia y cáncer para la democracia”. (Conapred, 2010, pág. 7)
El derecho a la no discriminación está estrechamente relacionado con la participación que
es de vital importancia para el ejercicio de la ciudadanía y el desarrollo de sociedades más inclusivas. La exclusión va más allá de la pobreza, porque tiene que ver con la dificultad de
desarrollarse como persona, la falta de un proyecto de vida, la ausencia de participación en la sociedad y de acceso a sistemas de protección y de bienestar.
1.1.3.2.- Discriminación en la educación.
La Convención de la Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en relación a la discriminación en la esfera de la educación dice: “Se entiende por “discriminación” toda distinción, exclusión, limitación o preferencia, fundada en la
raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o el nacimiento, que tenga por finalidad o por efecto destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza y, en especial: a) Excluir a una persona o a un grupo del acceso a los diversos grados y tipos de enseñanza; b) Limitar a un nivel inferior la educación de una persona o de un grupo; c) A instituir o mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados para personas o grupos; o d) Colocar a una persona o a un grupo en una situación incompatible con la dignidad humana”. (Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura)
La discriminación en la esfera de la educación puede ser étnica, religiosa o lingüística, pero
20
social, personas desfavorecidas y ejercerse también con respecto a los inmigrantes. Esta discriminación se manifiesta, en consecuencia, tanto en el campo del trabajo como en todas las relaciones sociales y económicas.
1.1.3.3.- Formas de discriminación
Una de las principales fuentes de la desigualdad es la discriminación. Según Cesar Rodríguez, en su texto titulado Derecho a la igualdad, los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el género, el origen étnico, la nacionalidad, la filiación religiosa o la ideología política dan lugar a las formas de discriminación:
- Discriminación por género
“La discriminación de género es un fenómeno social, puesto que son necesarias
representaciones de ambos sexos para que pueda darse esta situación, la base de este fenómeno es la supuesta supremacía de uno de los géneros”.
- Discriminación por origen étnico
“La discriminación racial es un concepto que suele identificarse con el de racismo y que lo
abarca, aunque se trata de conceptos que no coinciden exactamente. Mientras que el racismo es una ideología basada en la superioridad de unas razas o etnias sobre otras, la discriminación racial es un acto que, aunque suele estar fundado en una ideología racista, no siempre lo está”.
- Discriminación por orientación sexual
“Este tipo de discriminación, llamada sexismo por lo general, se diferencia de la
21
Al tratarse de una elaboración social, el género es un concepto muy difuso, no sólo cambia con el tiempo, sino también de una cultura a otra y entre los diversos grupos dentro de una misma cultura. En consecuencia, las diferencias son una construcción social y no una característica esencial de individuos o grupos y, por lo tanto, las desigualdades y los desequilibrios de poder no son un resultado “natural” de las diferencias biológicas. Este
tipo de discriminación se da tanto del hombre a la mujer como de la mujer hacia el hombre. La discriminación del hombre hacia la mujer, se caracteriza por el hecho de que las mujeres tienen menos oportunidades en trabajos que anteriormente sólo eran para hombres, y además las mujeres tienen salarios más bajos.
1.1.4.- El derecho a que se respete sus culturas y especificidades de cada región y lugar.
Art. 45, inciso segundo de la Constitución de la República dice: “Las niñas, niños y
adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar”. (Constitución de la República)
Por su parte el Art. 29, literal c de la Convención Sobre los Derechos del Niño habla acerca de: “Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:
Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya” (Convención Sobre los Derechos del Niño)
En los lugares donde existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas o personas de origen indígena, no se negará a un niño que pertenezca a tales minorías o que sea indígena el derecho que le corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su
22
El niño tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley. Así mismo es derecho de los niños que pertenecen a minorías o a poblaciones indígenas tener su propia vida cultural, practicar su propia religión y emplear su propio idioma.
1.2.- La educación como un derecho fundamental
1.2.1.- La educación como un derecho fundamental.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural en su Art. 4 respecto a la educación como derecho fundamental establece lo siguiente: “La educación es un derecho humano
fundamental garantizado en la Constitución de la República y condición necesaria para la realización de los otros derechos humanos”. (Ley Orgánica de Educación Intercultural)
Todo niño tiene derecho a la educación y es obligación del Estado asegurar por lo menos la educación primaria gratuita y obligatoria. La aplicación de la disciplina escolar deberá respetar la dignidad del niño en cuanto persona humana. El Estado debe reconocer que la educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño, a fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcarle el respeto de los derechos humanos elementales y desarrollar su respeto por los valores culturales y nacionales propios y de civilizaciones distintas a la suya.
1.2.1.1.- Obligaciones para asegurar el derecho al acceso a la educación.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en su obra titulada “Un Enfoque de la
Educación para todos basado en los Derechos Humanos”, en su parte pertinente habla acerca de las obligaciones para asegurar el derecho al acceso a la educación:
• “Instaurar la enseñanza primaria gratuita y obligatoria.
• Impartir la educación conforme a la igualdad de oportunidades.
• Asegurar el respeto del derecho a la educación sin discriminación alguna por
23
• Asegurar un nivel de vida suficiente para el desarrollo físico, mental, espiritual,
moral y social.
• Proteger frente a la explotación económica y el trabajo que obstaculiza la educación”. (Unicef U. , 2008, pág. 29)
La educación es un derecho humano universal fundamental para el ejercicio de otros derechos humanos; de conformidad con la legislación internacional de derechos humanos, todos tienen derecho a la educación. La educación es también un derecho del ámbito de la autonomía de la persona a través del cual las personas marginadas desde el punto de vista económico y social pueden llegar a participar plenamente en sus comunidades y economías y en la sociedad en general.
1.2.2.- El reconocimiento del derecho a la educación.
Nuestra Constitución de la República en el Art. 26, establece: “La educación es un derecho
de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”. (Constitución de la República)
El derecho a la educación es más vital para su desarrollo integral y bienestar. Gracias a la aplicación de este derecho los niños, niñas y adolescentes tendrán un futuro promisorio, lleno de esperanza e ilusiones. La realización personal de ellos y por tanto, de la sociedad entera, depende del grado de educación que el Estado, la sociedad y la familia los prodiguen.
En la Convención Sobre los Derechos del Niño, en el Art. 28, está expresamente reconocido el derecho a la educación, que textualmente dice: “Los Estados Partes
24
La educación es uno de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes, así lo determina la convención sobre los derechos del niño, uno de los tratados internacionales más importantes que busca garantizar la protección de este grupo de atención prioritaria, es así que en nuestra Constitución se reconoce a la educación como deber y función del Estado, con carácter de obligatoria y gratuita.
La educación goza oficialmente de la condición de derecho humano desde que se adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948. Desde entonces, se ha reafirmado en numerosos tratados mundiales de derechos humanos, comprendidos la Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza
(1960), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
(1981), y Protocolo de San Salvador (1988).
Estos tratados establecen el derecho de todos los niños a la enseñanza primaria gratuita y obligatoria; la obligación de desarrollar la enseñanza secundaria, la responsabilidad de proporcionar una instrucción básica a las personas que no hubieren completado la enseñanza primaria. Además, afirman que la finalidad de la educación es promover la realización personal, robustecer el respeto de los derechos humanos y las libertades, habilitar a las personas para que participen eficazmente en una sociedad libre y promover el entendimiento, la amistad y la tolerancia.
1.2.3.- Los derechos humanos en la Constitución.
Se entiende que los derechos humanos son los que posee todo ser humano por el hecho de serlo con independencia de que sean reconocidos o no por el derecho. Los derechos humanos se han ido reconociendo a lo largo de la historia, a través de un lento proceso de aprendizaje moral que no ha terminado todavía, sin ningún tipo de distinción o discriminación, ya sea referente al color, idioma, posición económica o de otra índole.
Art. 27 de la Constitución de la República “La educación se centrará en el ser humano y
25
ambiente sustentable y a la democracia; será laica, democrática, participativa, de calidad y calidez; obligatoria, intercultural, incluyente y diversa;, impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos, la construcción de un país soberano y es un eje estratégico para el desarrollo nacional”. (Constitución de la República)
La educación en materia de derechos humanos es indispensable para establecer y promover relaciones estables y armoniosas entre las comunidades y para fomentar la comprensión mutua, la tolerancia y la paz. Todos los Estados e instituciones deberían incluir los derechos humanos, el derecho humanitario, la democracia y el imperio de la ley como temas de los programas de estudio de todas las instituciones de enseñanza académica y no
académica.
1.2.3.1.- Principios de los derechos humanos
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en su obra titulada “Un Enfoque de la Educación para todos basado en los Derechos Humanos”, nos da a conocer de los
principios que informan un enfoque basado en los derechos humanos:
Universalidad e inalienabilidad: Nadie puede renunciar voluntariamente a ellos, ni tampoco puede una persona privar a otra de ellos.
Indivisibilidad: Tanto si son civiles, como culturales, económicos, políticos o sociales, todos ellos son inherentes a la dignidad de cada persona y, por consiguiente, todos gozan de igual rango en tanto que derechos y no pueden ser ordenados jerárquicamente.
Igualdad y no discriminación: Todas las personas son iguales en tanto que seres humanos y, en virtud de la dignidad innata de cada persona, poseen estos derechos sin discriminación de ningún tipo.
Participación e integración: Todas las personas y todos los pueblos tienen derecho a participar activa, libre y positivamente en el desarrollo civil, económico, social, cultural y político y a contribuir a él y a disfrutarlo.
26
Rendición de cuentas y respeto del imperio de la ley: Un enfoque basado en los derechos humanos exige elaborar leyes, procedimientos administrativos y prácticas y mecanismos para asegurar el cumplimiento de los derechos. (Unicef U. , 2008, págs. 10-11)
Los derechos humanos son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano por el hecho de serlo, y que tienen que ser satisfechas porque se refieren a unas necesidades básicas, cuya satisfacción es indispensable para que puedan desarrollarse como seres humanos. Son unos derechos tan básicos que sin ellos resulta difícil llevar una vida digna. En conclusión, los derechos humanos son unos mínimos morales de justicia que deben ser satisfechos porque sin ellos no se puede construir una sociedad justa ni un
mundo en paz y armonía.
1.2.3.2.- Generaciones de los derechos humanos.
La mutación histórica de los Derechos Humanos ha dado lugar en función de un enfoque periódico basado en la progresiva cobertura de los mismos al establecimiento de lo que se ha denominado generaciones.
Primera generación.
“La primera generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la libertad y está
constituida por aquellos que nacen con una impronta individualista, como libertades individuales y la defensa de éstas ante los poderes públicos. Dentro de esta primera generación esta por ejemplo los derechos como el derecho a la vida, a la intimidad, y a la integridad física y psíquica, etc.”.
Segunda generación.
“La segunda generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la igualdad y en
ella se incluyen los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Imponen a los estados un deber positivo, puesto que tienen la obligación de proporcionar los recursos para la
27 Tercera generación.
“La tercera generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la solidaridad. A
estos derechos se les denomina Derechos de los Pueblos o Derechos de Solidaridad, si bien se hallan todavía poco definidos. Por ejemplo tenemos al Derecho a la paz, Derechos civiles y políticos, etc.”
(http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&task=view&id=5024)
La primera generación de los de derechos está relacionado con el concepto de estado de derecho de la tradición liberal; En líneas generales, podemos considerar estos derechos como inspirados en un valor moral básico que les sirve de guía es decir la libertad. Los
derechos de la segunda generación se dice que constituye un conjunto de exigencias de la igualdad, con esto se pretende garantizar las mismas libertades que el modelo liberal. Por
último, los derechos de la tercera generación son unos derechos muy básicos, como por ejemplo tenemos el derecho a vivir en una sociedad en paz y a desenvolverse en un medio ambiente sano. Evidentemente, si no se cumplen estos derechos no parece posible que se puedan ejercer los de las dos generaciones anteriores
1.2.4.- Principios de la educación en el Ecuador.
Art. 27 de la Constitución de la República del Ecuador: “La educación se centrará en el ser
humano y deberá garantizar su desarrollo holístico, el respeto a los derechos humanos, a un medio ambiente sustentable y a la democracia; será laica, democrática, participativa, de calidad y calidez; obligatoria, intercultural, incluyente y diversa, impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz (…)”. (Constitución de la República)
28
La Ley Orgánica de Educación Intercultural respecto a los principios de la educación en el Art. 2 los enumera: “La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes
principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito educativo:
Universalidad.-La educación es un derecho humano fundamental y es deber ineludible e inexcusable del Estado garantizar el acceso, permanencia y calidad de la educación para toda la población sin ningún tipo de discriminación.
Libertad.- La educación forma a las personas para la emancipación, autonomía y el pleno ejercicio de sus libertades.
Interés superior de los niños, niñas y adolescentes.-Está orientado a garantizar el ejercicio efectivo del conjunto de sus derechos e impone a todas las instituciones y autoridades, públicas y privadas, el deber de sus decisiones y acciones para su
atención.
Atención prioritaria.-Atención e integración prioritaria y especializada de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad o que padezcan enfermedades catastróficas de alta complejidad;
Igualdad de género.- La educación debe garantizar la igualdad de condiciones, oportunidades y trato entre hombres y mujeres. Se garantizan medidas de acción afirmativa para efectivizar el ejercicio del derecho a la educación sin discriminación de ningún tipo;
Motivación.-Se promueve el esfuerzo individual y la motivación a las personas para el aprendizaje, así como el reconocimiento y valoración del profesorado, la garantía del cumplimiento de sus derechos y el apoyo a su tarea, como factor esencial de calidad de la educación;
Calidad y calidez.-Garantiza el derecho de las personas a una educación de calidad y calidez, pertinente, adecuada, contextualizada, actualizada y articulada en todo el proceso educativo, en sus sistemas, niveles, subniveles o modalidades; y que incluya evaluaciones permanentes;