AUDITORIA AMBIENTAL INDEPENDIENTE RELLENO SANITARIO SANTIAGO PONIENTE
INFORME Nº 205 – RCA Nº266/2008 MES: FEBRERO 2019
1. INTRODUCCIÓN. ... 3
1.1. OBJETIVO Y ALCANCE DE LA AUDITORÍA. ... 3
1.2. REVISIÓN DE INFORMACIÓN. ... 4
1.3. SEGUIMIENTO Y VISITAS INSPECTIVAS. ... 4
1.3.1. CALIFICACIÓN DE MEDIDAS Y PLANES DE SEGUIMIENTO. ... 5
1.4. PLAN DE AUDITORÍA AMBIENTAL. ... 6
2. MEDIDAS DE MITIGACIÓN, REPARACIÓN Y COMPENSACIÓN RESOLUCIÓN 266/2008. ... 7
2.1. RESUMEN GRADO DE CUMPLIMIENTO RESOLUCIÓN N°266/2008 ... 13
ANEXOS
ANEXO 1. FICHAS DE CONTROL RESOLUCIÓN Nº266/2008.
ANEXO 2. INFORME MENSUAL DE BIOGÁS FEBRERO 2019
1. INTRODUCCIÓN.
El presente informe corresponde a la Auditoría Ambiental Independiente Nº 205 del mes de Febrero 2019 del Proyecto de Relleno Sanitario Santiago Poniente.
Con fecha 24 de Agosto de 2001, la Comisión Regional del Medio Ambiente – Región Metropolitana (COREMA RM) calificó favorablemente el proyecto Relleno Sanitario Santiago Poniente (RSSP) por medio de la Resolución de Calificación Ambiental Nº 479/2001.
De acuerdo a los antecedentes descritos en la Resolución de Calificación Ambiental RCA 479/2001, que califica en forma favorable el EIA del Proyecto de Relleno Sanitario Santiago Poniente, con fecha 24 de agosto de 2001, el titular debe implementar, a su costa, una Auditoria Ambiental Independiente, la cual se desarrollará hasta la culminación de todas las etapas vinculadas con el proyecto.
El desarrollo de esta Auditoria permitirá controlar aquellos requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la Resoluciones de calificación aprobadas. El seguimiento del relleno sanitario Santiago Poniente está siendo desarrollado por el Grupo de Residuos Sólidos de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (GRS – PUCV), la cual fue seleccionada por la COREMA RM según se deja constancia en el ORD. Nº 669 del 17 de marzo de 2005.
El GRS – PUCV, se hizo cargo del seguimiento del proyecto desde abril de 2005, recopilando y analizando toda aquella información que era necesaria tener en consideración para la elaboración del seguimiento y verificación del cumplimiento de las resoluciones aprobadas.
El presente informe presenta la evaluación de los considerandos comprometidos en la Resolución de Calificación Ambiental N°266/2008.
1.1. OBJETIVO Y ALCANCE DE LA AUDITORÍA.
En base a lo requerido por la CONAMA Región Metropolitana en la Resolución de Calificación Ambiental RCA, el objetivo general de la Auditoría Ambiental Independiente del "Relleno Sanitario Santiago Poniente", es disponer de un Informe Técnico Especializado destinado a los organismos del estado con competencia ambiental, que les permita conocer y analizar los antecedentes del proyecto, la información de control y seguimiento ambiental, y la evolución de estas variables durante la etapa de construcción, operación, cierre y abandono del relleno sanitario.
Los objetivos específicos son:
Verificar e informar el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto.
Verificar e informar el cumplimiento de las medidas y exigencias establecidas en la resolución de calificación ambiental.
Verificar e informar el cumplimiento del plan de seguimiento ambiental y los resultados de cada uno de sus componentes.
Verificar e informar el cumplimiento de las medidas de mitigación, reparación y/o compensación.
Detectar e informar sobre impactos no previstos durante el proceso de evaluación ambiental.
Verificar e informar sobre los hitos de avance del proyecto.
El alcance de la presente auditoria corresponde a la de etapa de operación del relleno sanitario principalmente. La etapa de construcción producto de habilitación de nuevas zonas para la disposición de residuos se revisa en la medida que se desarrollen actividades de este tipo. Por otro lado la etapa de cierre y abandono comenzará a observarse en mayor medida una vez que algunos sectores del relleno o bien el alveolo alcance cotas de coronamiento definitivas.
Respecto del objetivo específico de verificar e informar sobre los hitos de avance del proyecto, se han proporcionado entregas parciales que da cuenta del estado de avance del proyecto y con la finalidad que tanto el titular como la autoridad sanitaria sean informados oportunamente. El acta preliminar consiste principalmente a los hallazgos del mes auditado junto con las recomendaciones específicas realizadas por el auditor, que son incorporadas en el presente informe.
1.2. REVISIÓN DE INFORMACIÓN.
Se ha procedido a revisar toda la documentación facilitada por el Titular y que ha sido oportunamente solicitada por el auditor.
En general se puede señalar que el Auditor a la fecha cuenta con todos aquellos procedimientos y documentación de mayor relevancia para el desarrollo del presente informe de auditoría.
Aspectos más específicos son consultados directamente con el titular, recabando la información que sea pertinente conocer o bien saber su estado de avance.
1.3. SEGUIMIENTO Y VISITAS INSPECTIVAS.
Para el desarrollo del seguimiento del proyecto en todas sus etapas (operación, construcción y abandono), se han verificado todas las variables ambientales que se encuentran indicadas en la Resolución Nº479/2001 y su modificación en la Resolución Exenta Nº206/2003 y modificación en la Resolución Nº 059/2005, que ha entrado en vigencia el 26 de enero de 2006, Resolución Nº 001/2007 del 2 de enero de 2007, Resolución Nº266/2008 del 11 de Abril de 2008, Resolución Nº 413 del 26 de Mayo del 2009 y Resolución Nº 535 del 07 de Diciembre del 2012.
Respecto de la RCA 453/2012, esta fue revocada a través de un fallo de la corte suprema de fecha 23/04/2013.
Inspecciones de terreno por el equipo auditor encargado y sus colaboradores directos.
Recopilación de los resultados derivados de monitoreos ambientales externos e internos realizados durante el periodo auditado.
Recopilación de registros operacionales del relleno sanitario y monitoreo de autocontrol.
Revisión de estudios, proyectos, planes, y antecedentes técnicos que son entregados a la autoridad competente.
Revisión de metodologías de monitoreo y seguimiento ambiental utilizado hasta la fecha.
Revisión de cumplimiento ambiental en base a las resoluciones y normativas vigentes.
Reuniones de trabajo con encargados de la operación en terreno.
Reuniones de coordinación con el titular.
Se han realizado dos visitas de inspección durante el mes, las cuales fueron realizadas los días 12 y 27 de febrero 2019. Las reuniones y visitas del mes han quedado registradas en las actas que se adjunta al presente documento y son remitidas a las autoridades competentes.
El seguimiento realizado a la fecha consiste principalmente en:
Inspecciones permanentes en terreno, consistentes en visitas periódicas de los especialistas del equipo de trabajo a terreno.
Reuniones con los responsables en terreno y oficina técnica de VEOLIA
Revisiones de los antecedentes técnicos a entregar a las autoridades
Revisión de planes a entregar a las autoridades.
Revisión de metodologías de monitoreo y seguimiento ambiental.
Revisión de cumplimiento de las normas ambientales.
Reuniones permanentes de coordinación con el Titular y sus respectivos encargados de medio ambiente y de riesgos.
Toda la información recopilada ha sido controlada por medio de fichas de control de las resolución 266/2008, calificando su compromiso o medida, los cuales conforman los informes de acuerdo al calendario estipulado en las RCA del proyecto.
1.3.1. CALIFICACIÓN DE MEDIDAS Y PLANES DE SEGUIMIENTO.
Se ha diseñado la ficha de control conteniendo todos y cada uno de los considerandos enunciados en las resoluciones vigentes a la fecha, quedando la posibilidad de asignar el grado
de cumplimiento correspondiente, basados en la información a la vista del consultor y lo observado en las visitas inspectivas.
Los grados de calificación son los siguientes:
Total. Las acciones pertinentes a la fecha permiten cumplir completamente con lo indicado en el considerando, por lo tanto lo informado por medio de documentos e informes ha sido posible verificarlos en cada una de las visitas inspectivas desarrolladas en el mes.
Parcial. Las acciones realizadas a la fecha de cierre del informe permiten establecer que si bien ha cumplido con lo exigido en la resolución, no se ha observado una continuidad en las medidas implementadas, o bien no permite alcanzar el cumplimiento total de lo señalado en el considerando.
Nulo. Corresponde a un no cumplimiento permanente de lo indicado en la resolución o bien de lo indicado en acciones estipuladas por algún servicio en específico.
No implementado. Corresponde a una indicación que la acción señalada en el considerando, no ha sido posible calificarla, porque no se encuentra implementada, dado que su desarrollo depende de una acción anterior calificada en no cumplimiento permanente (Calificado “Nulo”), y que tiene una programación.
No aplicable. Es una indicación de que el considerando no ha sido posible calificarlo, dado que de acuerdo a la etapa del proyecto, no corresponde implementarlo y/o ejecutarlo, o bien este ha sido modificado en una nueva resolución, indicando que no se ejecutará tal acción.
No evaluable. Corresponde a una situación en donde el auditor no cuenta con los suficientes antecedentes para poder calificar el considerando.
1.4. PLAN DE AUDITORÍA AMBIENTAL.
El Plan de Auditoría Ambiental considera controlar y verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales establecidos para las diferentes etapas del desarrollo del Proyecto, mediante tres modalidades principales:
Estudio y revisión de los informes emanados de los diferentes actores involucrados y reuniones de coordinación;
La inspección ambiental permanente en terreno durante la etapa de operación y abandono; y
Las visitas a terreno del auditor ambiental, sus asesores directos y los especialistas de acuerdo con el Plan de medidas de Mitigación, reparación y/o Compensación.
La información obtenida es verificada y controlada, y posteriormente sistematizada en fichas de control de avance de proyecto, las cuales forman parte de los Informes Mensuales de Seguimiento contemplados en la RCA.
2. MEDIDAS DE MITIGACIÓN, REPARACIÓN Y COMPENSACIÓN RESOLUCIÓN 266/2008.
Los antecedentes indicados en la Declaración de Impacto Ambiental, sobre el Proyecto “Captura y Quema de Biogás del Relleno Sanitario Santiago Poniente”, tiene por objetivo precisar la cantidad de biogás a quemar en el sistema de manejo del biogás generado en el Relleno Sanitario Santiago Poniente (RSSP), autorizado mediante Resolución Exenta (RE) Nº 479/2001 de COREMA RM, estableciendo el compromiso por parte del Titular de capturar, para posteriormente quemar un mínimo de 5% del biogás teóricamente generado en el RSSP.
Por su parte, a través de la Resolución Exenta Nº 206/2003, de fecha 30 de abril de 2003, de la COREMA RM, se modificó parcialmente el proyecto originalmente evaluado al modificar el sistema de manejo de lixiviados, permitiendo aumentar la generación de biogás del relleno sanitario. En dicho proyecto se optimizó el proceso de manejo de lixiviados del relleno sanitario, mediante su recirculación a la masa del relleno, fomentando la generación del biogás, lo cual permitió una estabilización en menos tiempo y un potencial aprovechamiento energético optimizado.
Al respecto, cabe puntualizar que es relevante establecer el porcentaje mínimo de quema de biogás debido a que permite establecer las condiciones para evitar situaciones de peligro a los trabajadores y el entorno por la migración de biogás, de modo de asegurar una completa y adecuada combustión de la quema, evitando la formación de mezclas explosivas.
El proyecto se localizará al interior del Relleno Sanitario Santiago Poniente (RSSP), la comuna de Maipú, provincia de Santiago, Región Metropolitana. Siendo sus coordenadas UTM las que se indican en la tabla siguiente:
Tabla 7.1 Tabla de coordenadas UTM.
UTM PSAD-56, huso 19
Nº NORTE ESTE
1 6.289.506,11 325.808,99 2 6.289.509,00 326.795,00 3 6.288.867,63 326.833,98 4 6.288.860,88 325.807,99
La superficie a ocupar por la planta de manejo de biogás dentro del RSSP es de 1.200 m2. El cronograma de implementación de la planta de quema de biogás se presenta en la Tabla a continuación. El primer módulo de la planta de quema de biogás se construirá para quemar del orden de 3.000 Nm3/h de biogás.
Figura 2.1 Vistas de instalaciones Planta de biogás.
La inscripción de la Antorcha en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminante (RETC) corresponde a EIND: 016425-5 y N° de Registro Fuente en el F2: PC003051.
En Res. Exenta N° 0041121 de fecha 16 de Febrero 21016, Aprueba el Proyecto “Sistema de Captación y Quema de Biogás” del RSSP, particularmente la ingeniería de detalle del proyecto Red de Captación de Biogás RSSP-Alveolo N°1 y de la ingeniería de detalle del proyecto Plataforma de Extracción y Destrucción Térmica de Biogás.
En el Alveolo N°1, la red está compuesta de 5 manifolds distribuidos a dos colectores secundarios, que luego se juntan en un colector matriz de 315 mm conectados en dirección a la planta. A la fecha el Alveolo 1 ha cerrado el ingreso de residuos, lo que ha llevado a levantar nuevas chimeneas en la corona del Alveolo N° 1, dando inicio al levantamiento de las nuevas conexiones, de los tres manifold que se encontraban desconectados. Alveolo N°2, la red se compone por tres manifold móviles conectados a 30 chimeneas provenientes de la fase 1 y 2, con conexión a una submatriz de 200 mm y esta al colector N° 2 con dirección a la planta.
Actualmente se desarrolla nuevo proyecto para la conexión de 10 pozos en la Fase 1 y Fase 2 del Alveolo N°2, como primera etapa de este proyecto se realizarían conexiones de un manifold móvil (10 pozos por manifold) conectados a la una línea de 200mm.
El equipo utilizado para analizar la composición del biogás detectado es el “GEM 2000” de la empresa LANDTEC. El detector interno corresponde a un analizador infrarrojo autocompensante, especialmente diseñado para la operación y medición de gases producidos en rellenos sanitarios.
El equipo portátil permite medir concentraciones de metano (CH4), dióxido de carbono (CO2) oxígeno (O2), Nitrógeno (BAL), ácido sulfhídrico (H2S), monóxido de carbono (CO).
También se cuenta con un anemómetro “MiniAir 20”, que determina la velocidad de flujo (m/s) y temperatura (Cº). Este instrumento cuenta con sensores intercambiables de ruedas aladas pudiendo ser ajustadas a mediciones concretas realizadas en un canal de aire.
Con respecto a las actividades desarrolladas en forma mensual se pueden mencionar las siguientes:
Regulaciones de campo una vez por semana en el Alveolo 2 fase 1, fase 2; y 1 vez al mes el Alveolo 1 ya que su aporte en Nm3/h es menor. Esto con el objetivo de generar un mayor flujo de biogás con las condiciones deseadas. (1% de O2 y sobre el 50% de CH4)
Construcciones de las estructuras de madera (canastillo de madera + malla de alambre 5014), que se utilizan para la construcción de gaviones acostados y chimeneas.
Constantemente se realizan capacitaciones al personal del área, esto sobre: Tipos de chimeneas, Gaviones acostados y tuberías HDPE con sus perforaciones respectivas.
Se realizan perforaciones de tuberías de HDPE, para construcción de chimeneas mixtas, chimeneas gavión, gaviones acostados y drenajes horizontales.
Construcción, reparación y adaptación de chimeneas; para así aumentar la cantidad de biogás captado.
Seguimiento al avance de los residuos, para llevar un control de estos. Con esto se asegura una adecuada planificación; para las conexiones de nuevos gaviones acostados y chimeneas a la red de captación de biogás.
Observación de la vegetación circundante al área de disposición de residuos.
Las medidas de Mitigación, Reparación y compensación comprometidas en la Resolución exenta Nº266/08, hacen referencia a los diferentes impactos que se pueden ocasionar sobre las siguientes componentes ambientales
Aire
Agua
Suelo
Vialidad adyacente
De acuerdo a los antecedentes recopilados se ha evaluado el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por la RCA, los resultados de la evaluación se presentan en el anexo 1 en la Tabla de la Resolución 266/08.
En términos generales los grados de cumplimientos de los 32 considerandos evaluados para esta resolución se resumen en lo siguiente:
Tabla 7.2 grados de cumplimientos evaluados.
Calificación
Total de considerandos Febrero - 2019
Total de considerandos
Enero - 2019
Total de considerandos Diciembre - 2018
Total de considerandos Noviembre - 2018
Total de considerandos Octubre - 2018
Total 23 23 23 23 23
Parcial 0 0 0 0 0
Nulo 1 1 1 1 1
No Implementado 0 0 0 0 0
No Aplicable 7 7 7 7 7
No Evaluable 1 1 1 1 1
A continuación, se resumen los principales considerandos calificados como Totales
Considerando Descripción Observación
5.1.1 Fase Operación
Respecto de la generación de material particulado y óxidos de nitrógeno presentar una vez que se inicie la operación de la planta de quema de biogás, un plan de compensación en el cual se dará cuenta de las emisiones efectivamente generadas por el proyecto, y presentar, según corresponda, las medidas de compensación de emisiones en las condiciones y porcentajes indicados en el DS 58/2003 Minsegpres (PPDA).
La RCA 295/2014 indica que tanto para MP y NOx, el titular debe presentar un nuevo Plan de Compensación de Emisiones de acuerdo a las emisiones presentadas en la tabla N° 78 del Anexo 1 de la Adenda 2 del EIA "Ajustes al Acceso Vial" (tabla 7). Lo anterior, no obstante que se deberán adicionar las emisiones de MP10 y NOx provenientes de la Quema de Biogás.
Mediante ORD AIRE 742 de fecha 05 de Octubre 2016, la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Aprueba Programa de Compensación de Emisiones de MP10 del RSSP conforme a lo dispuesto en considerando 9.1.1 de la RCA 295/2014.
Mediante ORD AIRE 0764 de fecha 02 de Octubre 2017, la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Aprueba Programa de Compensación de Emisiones de NOx del proyecto " Ajuste al Acceso Vial" conforme a los dispuesto en considerandos 6.1.52 y 6.1.53 de la RCA 295/2014.
En Carta CPS 024/2018 del 05 de abril 2018 VEOLIA remite verificadores de compraventa de emisiones asociados al PCE NOx del RSSP de acuerdo a lo señalado en Carta Aire N°764/2017.
En Carta CSP 043/2018 del 04 de Septiembre 2018 VEOLIA remite informe de aplicación II del PCE Nox de acuerdo a lo señalado en la Carta Aire N°776.
El Titular presenta programa de compensación de emisiones del RSSP aprobado mediante Carta Aire N°764 del 02/10/2017.
5.1.5 Dar cumplimiento a la exigencia de monitoreo ambiental, señalado en el punto 9.1.15 de la RCA 479/2001, considerando meteorología, gases como CO, SO2, NO2,
De acuerdo al plan de monitoreo de la RCA 479/01, el titular cumple con lo indicado.
Considerando Descripción Observación COV (medido como metano). Al respecto
debe entregarse un cronograma con el calendario de las mediciones y entregar las especificaciones y antecedentes técnicos señalados en el considerando 9.1.17 y la ubicación o emplazamiento de las estaciones en las comunidades habitadas.
Contemplar inicialmente una antorcha de quemado, la cual se podrá incrementar según el caudal de biogás generado.
Se realiza las mediciones isocinético de material particulado y mediciones de Nox, So2, Covs, CO, a la Antorcha de la Planta de Quema de Biogás el día 24 de Octubre 2018 , informado en visita Técnica de la AAI al RSSP el dia 30/10/2018.
5.1.7 Cumplir con las siguientes condiciones para conectar un pozo al sistema de extracción forzada: mínimo 40% de metano en el biogás y caudal mínimo de 200 m3/h.
Para evaluar que chimeneas se podrán conectar a la extracción forzada, se realiza una prueba de estas condiciones. Si no se cumplen las condiciones, se cumplirá con lo estipulado en la considerando N° 6.1.32 de la RCA N°479/2001.
Los pozos son conectados bajo las condiciones establecidas y se sigue con el proceso de regulaciones de campo (una vez por semana) con el objetivo de generar un mayor flujo de biogás con las condiciones deseadas (0,1% de O2 y sobre el 50% de CH4)
5.1.10 Informar el caudal de generación una vez que se inicie la campaña de perforación de pozos, para lo cual se medirá el caudal en 6 pozos representativos de las 18 perforaciones. Estas mediciones se incorporarán al Plan de Monitoreo actualmente desarrollado por el titular y se informarán a COREMA en un informe específico.
El Titular entrega mensualmente un Informe de biogás en el cual se señalan los puntos de monitoreo y resultados.
5.1.12 Informar y enviar copia de los resultados de los análisis de los parámetros monitoreados, una vez operativa la Planta de Quema de biogás.
Los ingenieros a cargo realizan monitoreos permanentes, entregando los resultados en el informe mensual de Biogás.
5.1.13 Realizar el monitoreo continuo u otro sistema que garantice un seguimiento adecuado de las emisiones de CO.
Respecto al Plan de Compensación, este considerando fue modificado por RCA 295/20104, ya que el PPDA vigente ya no incluye la compensación de emisiones por gas CO.
SMA Formula cargos Res. Ex.N°1/Rol F- 016-2016 (26/04/2016).
El titular entrega Programa de Cumplimiento Indicando que serán realizados los monitoreos de CO a la salida de la Antorcha según lo establecido en el PPDA.
SMA EN RES.EX.Nº5/ROL NºF-0162016
Considerando Descripción Observación de Fecha 11 de Agosto 2016, Aprueba Programa de Cumplimiento y Suspende proceso administrativo sancionatorio en contra de Proactiva. En RES.EX.Nº8/ROL NºF-0162016 de Fecha 07 de Marzo 2017, aprueba solicitud de modificaciones al Programa de cumplimiento, las que deberán ser ejecutadas satisfactoriamente.
Se realiza las mediciones isocinético de material particulado y mediciones de Nox, So2, Covs, CO, a la Antorcha de la Planta de Quema de Biogás el día 24 de Octubre 2018 , informado en visita Técnica de la AAI al RSSP el dia 30/10/2018.
5.1.14 Presentar 60 días después de notificada la presente Resolución, la información de los pozos que serán conectados en primera instancia al sistema de quema forzada, además debe incluir detalladamente los pozos que serán reparados, eliminados y cuales serán construidos nuevamente. Esta información deberá incluir a lo menos todos los pozos que se encuentren en etapa de coronamiento es decir que hayan llegado a su cota final, considerando las profundizaciones hasta la base del relleno, las reparaciones y los reemplazos de pozos mal construidos o de baja eficiencia.
En CSP 004/2013 de fecha 21 de febrero de 2013, fue aclarado la ingeniería de construcción de los distintos sistemas de drenaje utilizados en el relleno (pozo o chimenea, tubo de succión y cabezal), que corresponden a Pozo perforado ATAZ, Pozo perforado TERRA TEST, Pozo Operaciones, Pozo Conexión Biogás, Pozo pendiente a Construir, Pozo Recirculación de Lixiviados y Pozo de Bombeo de Lixiviados.
Durante el mes de noviembre 2015, el Titular entrega información complementaria y aclaratoria solicitada en el Ord. N° 5962, de fecha 09 de noviembre de 2015, donde se indica las profundidades y la altura de los pozos de TERRATEST, desde la superficie basal del relleno, entendiendo como superficie basal la superficie del vaso o de los taludes perfilados de cerro.
5.2.1 Profundizar pozos existentes
aproximadamente 18 y esto corresponde al total de pozos a ser perforados.
Se constataron la construcción de los pozos exigidos en el presente considerando. Se profundizaron un total de 729,1 metros lineales, correspondiente a 60 pozos profundizados. El desglose es el siguiente: 13 pozos por RSSP, 26 por Empresa ATAZ y 22 por Empresa Terratest.
2.1. RESUMEN GRADO DE CUMPLIMIENTO RESOLUCIÓN N°266/2008
Tabla 2.3 Tabla resumen de Considerandos.
Resolución de Calificación Ambiental
Total Considerandos
Evaluados
RCA 266/2008 32
Total Considerandos
Aplicables y Evaluables RCA
Cumplimiento Total
Cumplimiento
Parcial Incumplimiento
Considerando de RCA Sin Implementar
24 22 0 1 1
Considerandos Evaluables y Aplicables RCA
Total Considerandos No
Aplicables y No Evaluables RCA
Considerando No Aplicable a RCA
Considerando No Evaluable en RCA
8 7 1
Considerandos No Evaluables y No Aplicables RCA
Figura 2.2 Gráficos % calificaciones de los grados de cumplimiento de la RCA 266/2008
% Cumplimiento Total
% Cumplimiento
Parcial % Incumplimiento
% Considerando de RCA Sin Implementar
91,67% 0,00% 4,17% 4,17%