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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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BOLET

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

1

BOLETÍN OFICIAL Nº

2da.Quincena de agosto

Publicado, el día

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

N OFICIAL Nº1081

agosto de 2 0 21

Publicado, el día 10 de diciembre de 20

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

de 2021.

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

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2

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

BOLETÍN OFICIAL Nº 1081

2da. Quincena deagosto de 2021

AUTORIDADES MUNICIPALES

INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Ángel Gustavo POSSE

Secretario General Dr. Sebastián WEINSCHELBAUM

Secretario de Economía y Presupuesto Lic. Federico BEREZIUK

Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI

Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA Secretario de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario de Salud Pública Dr. Juan Aníbal VIAGGIO Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario Privado Sr. Christian Antonio QUIROGA Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO Subsecretario General de Economía Cdor. Carlos A. OUBIÑA

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: 9167 Página 4

DECRETOS: 975 a 1027 páginas 5 a 99

RESOLUCIONES SIRUyT (Inspección General) 273 a 315 páginas 100 a 107

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito) _________ _________

RESOLUCIONES SIRUyT (O. Particulares) 90 a 102 página 108 a 109

RESOLUCIONES SEAR(ARSI) 65 página 110

RESOLUCIONES SIC _________ _________

RESOLUCIONES SOP (Obras Públicas) _________ _________

RESOLUCIONES RR.HH. 592 a 669 páginas 111 a 121

RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública) 534 a 598 páginas 122 a 131

Nota: La Resolución S.S.P. N° 463 pendiente de publicación en ediciones anteriores, se publica en la presente.

Las Resoluciones RR.HH. Nros. 608, 660 y 665 de la presente quincena, quedan pendientes de publicación.

(3)

3

DIRECCIÓN GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACIÓN

ÍNDICE TEMÁTICO

Ordenanza N° 9167 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 04

Decreto N° 975/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 05

Decreto N° 978/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1231 (30 de agosto del 2021)

Página 10

Decreto N° 986/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1232 (30 de agosto del 2021)

Página 25

Decreto N° 987/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 26

Decreto N° 988/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 27

Decreto N° 989/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 28

Decreto N° 1025/2021 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 (28 de octubre del 2021)

Página 96

(4)

4 ORDENANZA NÚMERO:

9167

Expte. N° 673-D-2020 – Alcance 1

Publicada en Boletín Edición Extra N° 1234 del 28 de octubre de 2021.

CONVALIDAR lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 843 del 16 de julio del 2021, por conducto del cual se incrementaron los sueldos básicos del personal en un doce por ciento (12%) y en un diez por ciento (10%), a partir del 1 de julio y del 1 de noviembre del 2021, respectivamente.

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5 DECRETO NÚMERO:

975

Expte. N° 6107-2021

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 del 28 de octubre de 2021.

ADHERIR a la Tercera Edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”.-

(6)

6

Ref.: Expte. Nº 8406-2021.-

SAN ISIDRO, 20 de agosto del 2021

DECRETO NÚMERO:

976

VISTO el Programa de Cuidado Comunitario, siendo de público conocimiento su notable aporte a la seguridad, en su actuación contra la delincuencia y el flagelo de la inseguridad; y

Considerando:

QUE resulta menester conservar el normal funcionamiento del mismo para seguir aportando desde el Municipio herramientas para la prevención y represión del delito, colaborando con el accionar policial en su actuación;

QUE los agentes policiales que se desempeñan en dicho Programa son una pieza fundamental ya que, tanto por su vocación como por su capacidad, resultan imprescindibles para llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos del mismo;

QUE por Decretos Nros. 684/2011, 3036/2016 y 1466/2017, se implementó una asignación a cada agente policial que desempeñara tareas de manera efectiva en los móviles correspondientes al citado Programa y se dispuso la reestructuración del sistema de adicionales previsto con el fin de motivar la participación y la continuidad de los mencionados agentes en el cuidado de los vecinos de San Isidro, estableciéndose el último incremento a partir del 1° de mayo de 2017;

QUE la medida arrojó resultados exitosos que aseguraron la efectiva prestación del servicio;

QUE en virtud de lo expuesto, la Secretaría de Prevención Ciudadana, conforme surge del informe obrante a fojas 1 del presente, solicita un incremento del adicional en Pesos Cincuenta ($ 50) por hora POLAD de lunes a domingo inclusive, a partir del 1° de agosto del corriente año;

QUE en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Secretaría de Prevención Ciudadana, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

(7)

7

Ref.: Expte. Nº 8406-2021.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Establecer un incremento de Pesos Cincuenta ($ 50) en la asignación

************** adicional por hora POLAD, a cada agente policial que cumpla tareas de manera efectiva en una jornada completa de ocho horas en los móviles correspondientes al Programa de Cuidado Comunitario de lunes a domingo inclusive, a partir del 1° de agosto del 2021.-

ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto se dicta “ad referéndum” del Honorable Concejo

************** Deliberante.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

mlg

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(8)

8

Ref.: Expte. Nro. 7517-2021.-

SAN ISIDRO, 20 de agosto del 2021

DECRETO NÚMERO:

977

VISTO la nota presentada por la

“FUNDACIÓN CREAR VALE LA PENA”; y Considerando:

QUE la citada entidad solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos correspondientes al pago de honorarios profesionales y sueldos del personal; mantenimiento edilicio, arreglos, reparaciones y limpieza;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), pagaderos en cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************** por la “FUNDACIÓN CREAR VALE LA PENA”, por la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), pagaderos en cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar los gastos correspondientes al pago de honorarios profesionales y sueldos del personal; mantenimiento edilicio, arreglos, reparaciones y limpieza.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-

(9)

9

Ref.: Expte. Nro. 7517-2021.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************** Reglamentario N° 1444/1985.-

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(10)

10 DECRETO NÚMERO:

978

Expte. N° 8189-2021

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1231 del 30 de agosto del 2021.

DISPONER que las Declaraciones Juradas Patrimoniales de actualización previstas en la Ordenanza Municipal N° 8996, correspondientes al año 2021, podrán ser presentadas hasta el último día hábil del mes de septiembre. El presente Decreto se dicta “Ad- Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante.-

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11

Ref. Expte. N° 8018-2021.-

SAN ISIDRO, 20 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

979

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 1, la Subsecretaría de Deportes solicita declarar de Interés Municipal los “CURSOS DE NIVEL 1 EN STAND UP PADDLE – 2021”, organizados por la Asociación de Surf Argentina, los cuales se realizarán los días 21 y 22 de agosto (en forma virtual) y los días 28 y 29 de agosto (de forma presencial) del corriente año, en la Escuela de SUP ALOHA NAMASTE – YACHT CLUB SAN ISIDRO;

QUE el curso está destinado a personas interesadas en iniciarse en este deporte, instructores en actividad, docentes y personal de Escuelas de SUP, en el marco de un proyecto de regulación y mejora cualitativa de las mentadas escuelas que funcionan en las playas de la Costa Atlántica y en el interior del país;

QUE en esta capacitación se brindarán herramientas pedagógicas, técnicas de metodología y contenidos necesarios para que los interesados formen conocimientos teóricos que les permitan mejorar la técnica individual e iniciar a otros individuos; conocimientos básicos sobre seguridad, primeros auxilios, RCP y gestión de riesgos, como así también experiencias relacionadas a escuelas deportivas; herramientas digitales para potenciar el crecimiento de centros de instrucción y servicios relacionados a la actividad;

QUE en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo comparte y promueve esta iniciativa, correspondiendo en tal sentido el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

(12)

12

Ref. Expte. N° 8018-2021.-

//…

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal los “CURSOS DE NIVEL 1 EN

************** STAND UP PADDLE – 2021”, organizados por la Asociación de Surf Argentina, los cuales se realizarán los días 21 y 22 de agosto (de forma virtual) y los días 28 y 29 de agosto (de forma presencial) del corriente año, en la Escuela de SUP ALOHA NAMASTE – YACHT CLUB SAN ISIDRO.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(13)

13

Ref. Expte. N° 7250-2021.-

SAN ISIDRO, 23 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

980

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700- 1117/2021 elaborado por la Secretaría de Salud Pública; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel, se efectuó el pertinente Llamado a Licitación Privada N° 69/2021, autorizado por conducto del Decreto N° 882/2021;

QUE la Dirección General de Compras a fojas 207 y la Secretaría de Salud Pública a fojas 208, solicitan desestimar las ofertas presentadas en el mentado proceso licitatorio y en consecuencia, efectuar un Segundo Llamado a la Licitación Privada N° 69/2021;

QUE por lo expuesto, y conforme el informe técnico obrante a fojas 216, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Desestimar las ofertas presentadas en el Primer Llamado a la

************** Licitación Privada N° 69/2021, en virtud de las consideraciones vertidas en el presente Decreto y a los informes técnicos obrantes en el cuerpo de marras.-

ARTÍCULO 2°.- Efectuar un Segundo Llamado a la Licitación Privada N° 69/2021,

************** para la adquisición de “APARATOLOGÍA PARA EL SERVICIO DE OFTALMOLOGÍA”, cuyo acto de apertura tendrá lugar el día 27 de agosto del 2021 a las 10:00 horas en la Dirección General de Compras, sita en Avenida Centenario N° 77 -1°

Piso-, de este Partido.-

ARTÍCULO 3°.- El presupuesto oficial será de Pesos Tres Millones Cuatrocientos Mil

************** ($ 3.400.000).-

(14)

14

Ref. Expte. N° 7250-2021.-

//…

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 45, Objeto del Gasto 4.3.3., del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(15)

15

Ref. Expte. N° 7688-2021.-

SAN ISIDRO, 23 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

981

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700- 1154/2021 elaborado por la Secretaría de Salud Pública; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel, se efectuó el pertinente Llamado a Licitación Privada N° 72/2021, autorizado por conducto del Decreto N° 910/2021;

QUE a fojas 126, la Dirección General de Compras procede a desestimar la oferta presentada por CLINICALTECH S.R.L., C.U.I.T.

N° 30-71098151-1, atento a que no cumple con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales;

QUE en virtud de ello, y siendo admisible un único oferente, la Secretaría de Salud Pública a fojas 127 solicita efectuar un Segundo Llamado a la Licitación Privada N° 72/2021, con el fin de garantizar la debida compulsa de precios en orden al interés municipal;

QUE por lo expuesto, conforme los informes técnicos mencionados y lo requerido por la Dirección General de Compras a fojas 134, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Desestimar las ofertas presentadas en el Primer Llamado a la

************** Licitación Privada N° 72/2021, en virtud de las consideraciones vertidas en el presente decreto y a los informes técnicos obrantes en el cuerpo de marras.-

ARTÍCULO 2°.- Efectuar un Segundo Llamado a la Licitación Privada N° 72/2021,

************** para la adquisición de “APARATO MICRÓTOMO ROTACIONAL SEMIAUTOMÁTICO”, cuyo acto de apertura tendrá lugar el día 27 de agosto del 2021 a las 10:30 horas en la Dirección General de Compras, sita en Avenida Centenario N° 77 - 1° Piso-, de este Partido.-

(16)

16

Ref. Expte. N° 7688-2021.-

//…

ARTÍCULO 3°.- El presupuesto oficial será de Pesos Dos Millones Setecientos Mil

************** ($ 2.700.000).-

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría programática 45, Objeto del Gasto 5.1.4.11., del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(17)

17

Ref. Expte. N° 8458-2021.-

SAN ISIDRO, 23 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

982

VISTO el Pedido de Suministro Nro.600- 411/2021, elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 2.187.480, y en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el informe técnico obrante a fojas 15, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Llamar a Licitación Privada Nro. 77/2021, para la adquisición de

************** “MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CUNETAS, PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE MANTA GEOTEXTIL EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO”.-

ARTÍCULO 2°.- El acto de apertura tendrá lugar el día 27 de agosto del 2021 a las

************** 11:00 horas en la Dirección General de Compras, sita en la Avenida Centenario N° 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.76, Objeto del Gasto 4.2.2.04. del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(18)

18

Ref. Expte. N° 6152-2021 – Cuerpo 1 y 2.-

SAN ISIDRO, 23 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

983

VISTO el Pedido de Suministro N° 307- 534/2021, elaborado por la Secretaría de Prevención Ciudadana; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada N° 59/2021, autorizado mediante el Decreto N°

765/2021;

QUE por conducto del Decreto 885/2021 se declaró desierto el Primer Llamado al proceso licitatorio, y se efectuó un Segundo Llamado, de acuerdo a las consideraciones vertidas en el mentado acto administrativo;

QUE realizada la apertura de las ofertas de las diversas empresas participantes de la presente licitación, la Secretaría de Prevención Ciudadana a fojas 304 efectuó la comparación y estudio de las mismas, aconsejando se proceda a la adjudicación de la oferta más conveniente para la comuna;

QUE en consecuencia, conforme el informe técnico antes citado y lo solicitado por la Dirección General de Compras a fojas 308, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Adjudicar a INTERNATIONAL HEALTH SERVICES ARGENTINA

************** S.A., C.U.I.T. N° 30-61029860-1, la Licitación Privada N° 59/2021, referente a la adquisición de “DESFIBRILADORES EXTERNOS AUTOMÁTICOS”, por un importe total de Pesos Seis Millones Doscientos Cincuenta y Seis Mil Novecientos Sesenta y Dos ($ 6.256.962).-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

(19)

19

Ref. Expte. N° 6152-2021 – Cuerpo 1 y 2.-

//…

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 19.01, Objeto del Gasto 4.3.3., del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(20)

20

Ref. Expte. N° 8119-2021.-

SAN ISIDRO, 23 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

984

VISTO el Pedido de Suministro N° 600- 378/2021, elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada N° 74/2021, autorizado mediante el Decreto N°

926/2021;

QUE realizada la apertura de las ofertas de las diversas empresas participantes de la presente licitación, la Secretaría de Obras Públicas a fojas 92 efectuó la comparación y estudio de las mismas, aconsejando se proceda a la adjudicación a la oferta más conveniente para la comuna;

QUE en consecuencia, conforme el informe técnico antes citado y lo solicitado por la Dirección General de Compras a fojas 100, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Adjudicar a MINERA BERMEJO S.A., C.U.I.T. N° 33-70786122-9,

************** la Licitación Privada N° 74/2021, referente a la provisión de “MANO DE OBRA, EQUIPOS, HERRAMIENTAS E INSUMOS PARA BACHEO DE CONCRETO ASFÁLTICO EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, por un importe total de Pesos Seis Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil ($ 6.545.000).-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

(21)

21

Ref. Expte. N° 8119-2021.-

//…

Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.76, Objeto del Gasto 4.2.2.03., del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(22)

22

Ref. Expte. N° 3609-2021.-

SAN ISIDRO, 25 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

985

VISTO el Decreto N° 550/2021, por conducto del cual se declaró de Interés Municipal la XV Edición del Premio Municipal de Literatura 2021 “Manuel Mujica Lainez”, disponiéndose su desarrollo para el presente año; y

Considerando:

QUE el citado certamen se encuentra enmarcado en las políticas públicas de incentivo, apoyo y acompañamiento institucional a las prácticas artísticas y culturales;

QUE dada la naturaleza de la iniciativa y en atención a la Convocatoria y Reglamento de Bases y Condiciones que la rigen, corresponde establecer la organización del cronograma de entrega de premios, conforme lo solicitado por la Subsecretaría General de Cultura;

QUE tal cual surge de la referida Convocatoria elaborada por la repartición interviniente, con fecha 18 de octubre de 2021 se entregarán los siguientes premios: Primer premio: $ 40.000; Segundo premio:

$ 25.000, entregándose asimismo ocho (8) menciones especiales, diplomas y la publicación de la antología en el año 2022;

QUE como fuere indicado en el Decreto N°

550/2021, la selección de obras ganadoras se hallaría a cargo de un jurado de preselección conformado por diez (10) integrantes y un jurado principal constituido por los escritores María Elisa GAINZA, Francisco Rogelio GARAMONA, María de los Dolores REYES;

QUE a fojas 29 la Subsecretaría General de Cultura informa el reemplazo de la Sra. María Elisa GAINZA por el Sr. Andrés Lautaro DI TELLA APPARAO, por razones de salud;

QUE a fojas 60 la Subsecretaría General de Cultura solicita incrementar la cantidad de jurados de preselección a veinte (20) miembros, motivado en la cantidad inusitada de obras llegadas de todas partes del mundo, que prácticamente duplicó la cantidad de aspirantes de un año a otro;

(23)

23

Ref. Expte. N° 3609-2021.-

//…

QUE en virtud de ello, el jurado de preselección será integrado por los Sres. María Eugenia PEREZ TOMAS, Lucía EVANGELISTA, Gabriela ALBUQUERQUE LUIZ FERREIRA, Lautaro FURMAN, Antonella Noemí SALDICCO, Lucía María VILLANUEVA, Pilar PLANAS, Matías de RIVAS, Florencia Gala GOMEZ GARCIA, Mariano Nicolás DONADIO, Maia TARCIC, Inés RIPARI, Luciana CONSIGLIO, Natalia Jimena VIÑES, Azul María PERESON, Manuela MARTINEZ MORAN, Julieta PASTORINO, Luciana CANCER, Ignacio FISCHMAN y Flavia Beatriz CALISE KAPP;

QUE los honorarios en concepto de participación e intervención serán de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000) para cada uno de los tres jurados principales y de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) para cada uno de los jurados de preselección;

QUE se deja expresa constancia que los pagos de premios y honorarios serán efectuados previa certificación remitida por la Subsecretaría General de Cultura a la Contaduría General municipal, que determine la conclusión y cumplimiento de las diferentes instancias del Concurso citado;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Modificar el punto 10 de las Bases del Premio Municipal de Literatura

************** 2021 “Manuel Mujica Lainez”, elevando la cantidad de los jurados de preselección a veinte (20) miembros, por las consideraciones de mención exordial.-

ARTÍCULO 2°.- Establecer el cronograma de entrega de Premios del concurso

************** mencionado en el artículo precedente, con arreglo a la Convocatoria y Reglamento de Bases y Condiciones que rigen el citado certamen, declarado de Interés Municipal por conducto del Decreto N° 550/2021.-

(24)

24

Ref. Expte. N° 3609-2021.-

///…

ARTÍCULO 3°.- Los pagos de los premios y honorarios serán efectuados previa

************** certificación remitida por la Subsecretaría General de Cultura a la Contaduría General municipal, que determine la conclusión y cumplimiento de las diferentes instancias del Concurso citado en el artículo 1°.-

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos provenientes de la Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MB

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(25)

25 DECRETO NÚMERO: 986

Expte. N° 10437-2020

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1232 del 30 de agosto del 2021.

DISPONER la actualización del valor de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales así como las restantes Tasas y Derechos Municipales, a excepción de los Derechos de Estacionamiento Medido en la Vía Pública e Inmuebles Municipales (Título IV – CAPÍTULOS I y II), en un dos coma nueve por ciento (2,9%) respecto a la cuota anterior, a partir del 1 de septiembre del 2021.

(26)

26 DECRETO NÚMERO: 987

Expte. N° 673-2020 – Alcance 1

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 del 28 de octubre del 2021.

PROMULGAR y cumplir la Ordenanza Municipal N° 9167 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 18 de agosto del corriente año.-

(27)

27 DECRETO NÚMERO: 988

Expte. N° 2491-2020

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 del 28 de octubre del 2021.

PROMULGAR y cumplir la Ordenanza Municipal N° 9165 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 4 de agosto del corriente año.-

(28)

28 DECRETO NÚMERO: 989

Expte. N° 13772-2019

Publicado en Boletín Edición Extra N° 1234 del 28 de octubre del 2021.

PROMULGAR y cumplir la Ordenanza Municipal N° 9166 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 4 de agosto del corriente año.-

(29)

29

Ref. Expte. N° 8085-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

990

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 1, la Subsecretaría General de Cultura solicita declarar de Interés Municipal el evento “SAN ISIDRO TE ESCUCHA – 4° EDICIÓN”, organizado por la mentada dependencia a través de la Casa de la Juventud, el cual se realizará en el mes de noviembre del corriente año;

QUE el acontecimiento tiene como finalidad promover y difundir nuevos talentos musicales, convocando a todos aquellos interesados en ser parte;

QUE la inscripción será libre y gratuita, otorgando de esta manera la posibilidad de concursar artistas sin límites de edad, individualmente o no en grupo, que reúnan los requisitos establecidos en las Bases y Condiciones, hasta el 7 de octubre del 2021 inclusive;

QUE como en ediciones anteriores, el jurado estará conformado por un artista, un periodista especializado y un productor artístico, y serán quienes evaluarán el material presentado. El jurado realizará una preselección de treinta (30) concursantes que se presentarán en vivo entre el 2 y 16 de noviembre del corriente en el Teatro del Viejo Concejo, en el que escogerán a cinco (5) que participarán de una final el 18 de noviembre del 2021, donde será elegido un solo ganador;

QUE los premios consistirán en grabaciones, ediciones, filmaciones, distribución digital de material y participación como invitado en eventos organizados por la Subsecretaría General de Cultura;

QUE en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo comparte y promueve esta iniciativa, correspondiendo en tal sentido el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

(30)

30

Ref. Expte. N° 8085-2021.-

//…

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el evento “SAN ISIDRO TE ESCUCHA

************** - 4° EDICIÓN”, el cual se llevará a cabo en el mes de noviembre del 2021, conforme las Bases y Condiciones que rigen el mentado concurso.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(31)

31

Ref. Expte. N° 2043-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

991

VISTO las presentes actuaciones y el informe de Contaduría General obrante en autos; y

Considerando:

QUE de la recaudación al 30 de junio del 2021 surge que existen ingresos de cuentas con afectación que deben ser registrados en la ejecución presupuestaria;

QUE el artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza al Departamento Ejecutivo a practicar directamente las ampliaciones y/o creaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados y de los convenios firmados con organismos provinciales o nacionales;

QUE en consecuencia, se deberá efectuar la correspondiente modificación dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos vigente;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Modificar dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto General de

************** Gastos vigente, las siguientes Partidas:

a) CALCULO DE RECURSOS Ampliación de Partidas

Jurisdicción 1.1.1.01.01.000

Código Fuente Denominación Total

1.7.2.04.23 1.3.3 Integración Urbana de Barrios Populares $ 137.175.285,19

1.3.3 TOTAL GENERAL $ 137.175.285,19

(32)

32

Ref. Expte. N° 2043-2021.-

//…

b) PRESUPUESTO DE GASTOS Ampliación de Partidas

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

Jur. 1.1.1.01.07.000 Cat. 55 Fte. 1.3.3

$ 137.175.285,19 4.2.1.01 Infraestructura Edilicia

1.3.3 TOTAL GENERAL $ 137.175.285,19

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(33)

33

Ref. Expte. N° 5953-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

992

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 1, el Sr. Facundo Sebastián DÍAZ, D.N.I. N° 32.781.524, solicita un reintegro respecto del pago de Patente con relación al moto vehículo Dominio N° A131ADM;

QUE el interesado solicita la devolución de la suma de Pesos Seis Mil Setecientos Sesenta y Uno Con Treinta y Nueve Centavos ($ 6.761,39), abonada en demasía por el pago de la cuota 2021-1 y Derechos por Alta;

QUE a fojas 10/12, Tesorería General deja constancia del efectivo ingreso de dicho importe al Municipio;

QUE a fojas 15, la Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI) estima pertinente la devolución de la suma mencionada, debiendo el requirente aportar los recibos originales;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reintegrar a el Sr. Facundo Sebastián DÍAZ, D.N.I. N° 32.781.524, el

************** importe de Pesos Seis Mil Setecientos Sesenta y Uno Con Treinta y Nueve Centavos ($ 6.761,39), abonado en demasía en concepto de Patente con relación al moto vehículo Dominio N° A131ADM, debiendo el requirente aportar los recibos originales.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

(34)

34

Ref. Expte. N° 5953-2021.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(35)

35

Ref. Expte. N° 7251-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

993

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL SOPA DE PIEDRA”; y Considerando:

QUE la citada entidad solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos correspondientes al pago de honorarios profesionales; alquiler y servicios; mantenimiento edilicio; compra de alimentos y elementos para talleres;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000), pagaderos en cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Treinta Mil ($ 30.000), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************** por la “ASOCIACIÓN CIVIL SOPA DE PIEDRA”, por la suma de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000), pagaderos en cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Treinta Mil ($ 30.000), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar los gastos correspondientes al pago de honorarios profesionales;

alquiler y servicios; mantenimiento edilicio; compra de alimentos y elementos para talleres.-

ARTÍCULO 2°.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-

(36)

36

Ref. Expte. N° 7251-2021.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************** Reglamentario N° 1444/1985.-

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(37)

37

Ref. Expte. N° 7378-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

994

VISTO lo informado por el área de Control de Asistencia perteneciente a la Dirección General de Recursos Humanos, obrante a fojas 1 y el Certificado de Defunción a fojas 2; y

Considerando:

QUE se produjo el fallecimiento del trabajador Pascual PANTALENA (Legajo N° 55917), el día 24 de mayo de 2021;

QUE en virtud de ello y atento a lo establecido por el artículo 10 inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalido por Ordenanza N° 8850 y su modificatoria, corresponde dar por concluida la relación laboral del trabajador antes mencionado con la Administración Municipal, a partir de la fecha citada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Tener por concluida la relación laboral entre la Administración

************** Municipal y el trabajador Pascual PANTALENA (Legajo N° 55917), M.I. 94.970.815 conforme al artículo 10 inciso (b del Convenio Colectivo de Trabajo, convalido por Ordenanza N° 8850 y su modificatoria, Clase 1952, con categoría 10 (35) incluido en los alcances del artículo 13 primer párrafo (Bonificación por Jornada Prolongada “30%”), de la Ordenanza 9150, (J:1.1.1.01.09.000-C:30-O:1.1.1.05), y funciones de Administrativo, en el Centro Periférico Villa Adelina (Oficina 780), a partir del 24 de mayo de 2021, atento a su fallecimiento.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

CAS

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(38)

38

Ref. Expte. N° 7131-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

995

VISTO lo informado por la Subsecretaría Administrativa de Tránsito a fojas 1; y

Considerando:

QUE en el mismo solicita se reintegre al Sr.

Mariano Fabián MAYORCA, D.N.I. N° 16.236.909, el importe abonado en demasía en concepto de derechos de oficina;

QUE a fojas 6, Tesorería General ha verificado el efectivo ingreso del pago cuyo recibo obra a fojas 3;

QUE, a fojas 7, Contaduría General solicita el dictado del presente, haciendo lugar a la devolución de la suma de Pesos Ochocientos Veintidós ($ 822), debiendo el interesado aportar los recibos originales;

QUE de conformidad a lo informado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reintegrar al Sr. Mariano Fabián MAYORCA, D.N.I. N° 16.236.909,

************** la suma de Pesos Ochocientos Veintidós ($ 822), abonado por error en concepto de derechos de oficina, debiendo el interesado aportar los recibos originales.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(39)

39

Ref. Expte. N° 7944-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

996

VISTO la renuncia presentada a fojas 1 por la trabajadora Mónica Estela MÉNDEZ (Legajo N° 17.816), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de agosto del 2021; y

Considerando:

QUE atento a lo establecido por el artículo 10 inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850 y su modificatoria, se encuentran reunidas las condiciones para aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 inciso f) de la mentada normativa, producido el cese de la trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este caso el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, a partir del 1° de agosto del 2021 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la conformidad de la beneficiaria;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la trabajadora Mónica Estela

************** MÉNDEZ (Legajo N° 17.816), M.I. N° 12.659.268, Clase 1956, con Categoría 13 y funciones de Jefa de Área en Tesorería General y Cajas –oficina 250- (J:1.1.1.01.01.000-C:01.03-O:1.1.1.02), incluida en los alcances de los artículos 14 (Bonificación por Mayor Dedicación Horaria “23%”) y 17 (Bonificación por Función Personal Superior y Jerárquico “18%”), ambos de la Ordenanza N° 9150, a partir del 1°

de agosto del 2021, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

(40)

40

Ref. Expte. N° 7944-2021.-

//…

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la comuna, durante su extensa

************** trayectoria laboral.-

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y

************** la trabajadora Mónica Estela MÉNDEZ (Legajo N°17.816), mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1° de agosto del 2021 y hasta que se le otorgue el beneficio jubilatorio, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************** Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(41)

41

Ref. Expte. N° 7945-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

997

VISTO la renuncia presentada a fojas 1 por la trabajadora Mónica Adriana NIETO (Legajo N° 17.764), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de agosto del 2021; y

Considerando:

QUE atento a lo establecido por el artículo 10 inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850 y su modificatoria, se encuentran reunidas las condiciones para aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 inciso f) de la mentada normativa, producido el cese de la trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este caso el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1° de agosto del 2021 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la conformidad de la beneficiaria;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la trabajadora Mónica Adriana

************** NIETO (Legajo N° 17.764), M.I. N° 13.711.507, Clase 1957, con Categoría 15 y funciones de Directora en la Dirección de Tasas Varias –oficina 224- (J:1.1.1.01.11.000-C:01.11-O:1.1.1.02), incluida en los alcances de los artículos 14 (Bonificación por Mayor Dedicación Horaria “23%”) y 17 (Bonificación por Función Personal Superior y Jerárquico “18%”), ambos de la Ordenanza N°9150, a partir del 1° de agosto del 2021, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

(42)

42

Ref. Expte. N° 7945-2021.-

//…

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la comuna, durante su extensa

************** trayectoria laboral.-

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y

************** la trabajadora Mónica Adriana NIETO (Legajo N° 17.764), mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1° de agosto del 2021 y hasta que se le otorgue el beneficio jubilatorio, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************** Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(43)

43

Ref. Expte. N° 6175-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

998

VISTO la presentación efectuada en autos por la Sra. Daniela Porino, D.N.I. N° 24.495.582; y

Considerando:

QUE la solicitante reclama un resarcimiento por los daños que dice haber sufrido como consecuencia de una caída mientras se encontraba caminando con su hijo por la calle Alvear N° 148 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, siempre según sus dichos;

QUE dice haber sido asistida por personal policial y posteriormente se dirigió a un nosocomio privado –Sanatorio Las Lomas-, donde habría sido observada hasta las 20 horas del día informado, retirándose del mismo por sus propios medios sin revisar lesión alguna;

QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Municipal, la misma se expide mediante el Dictamen N° 9243, obrante a fojas 4, manifestando que del relato no se desprende daño físico o lesión que pudiera otorgar entidad al presente reclamo, como así tampoco acompaña a la presentación prueba alguna que respalde sus dichos, por lo que la mentada dependencia considera que se debe rechazar el reclamo incoado;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte en todos sus términos el criterio sustentado por la citada repartición, por lo que se estima procedente dictar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo efectuado por la Sra. Daniela Porino, D.N.I. N°

************** 24.495.582, por los daños que dice haber sufrido como consecuencia de una caída mientras se encontraba caminando con su hijo por la calle Alvear N° 148 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, en un todo de acuerdo al Dictamen N°

9243 de la Asesoría Legal Municipal.-

(44)

44

Ref. Expte. N° 6175-2021.-

//…

ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que en el expediente de marras no se encuentra

************** acreditada la existencia de los hechos denunciados ni de los derechos invocados por la peticionante, ni circunstancia de la que derive responsabilidad alguna de parte del Municipio.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(45)

45

Ref. Expte. N° 2251-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

999

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 1, la Sra. Gabriela Inés Lugilde, D.N.I. N° 18.058.482, y el Sr. José Luis Fuentes, D.N.I. N° 20.383.942, solicitan una quita en los recargos por mora generados de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 2020 y un plan de pago para regularizar la deuda, respecto a la Cuenta N° 630.682, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Bulnes N° 185 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido;

QUE en su solicitud manifiestan que en el inmueble en cuestión funcionaba un Jardín Maternal que tenía un convenio con Educación, sector becas, que la exceptuaba de pagar la Tasa en cuestión, y que a partir de la emergencia sanitaria de público conocimiento, se vieron obligados a cerrar el establecimiento, no pudiendo obtener el beneficio, sin generar ingresos y debiendo hacerse cargo de los sueldos de los docentes;

QUE este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado conforme lo dispuesto en los artículos 37 y 46 de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE a fojas 7/8, la Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI) emite informe haciendo lugar a lo peticionado, entendiendo procedente otorgar “un convenio de pago en hasta 60 cuotas para regularizar la deuda” y “eximir el 100% de accesorios por mora en la cuenta de referencia”;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

(46)

46

Ref. Expte. N° 2251-2021.-

//…

ARTÍCULO 1°.- EXIMIR el pago de los accesorios por mora generados en la deuda de

************** la Tasa por Alumbrado Limpieza y Servicios Generales, sobre el período 2020, respecto a la Cuenta N° 630.682, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Bulnes N° 185 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

ARTÍCULO 2°.- Autorizar un plan de facilidades de hasta sesenta (60) cuotas dejando

************** constancia que la falta de cumplimiento en término provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio.-

ARTÍCULO 3°.- Tome conocimiento la Subdirección de Tasas Inmobiliarias,

************** dependiente de la Dirección General de Rentas.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL Cdor. Juan José Miletta, Secretario Ejecutivo ARSI

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(47)

47

Ref. Expte. N° 4287-2019.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

1000

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 22, la “ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA” solicita la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, para el año 2020, respecto a la Cuenta N° 720.268, correspondiente al inmueble sito en la calle Int. Neyer N° 2119 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido;

QUE la mentada institución se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, por conducto del Decreto N° 34/2016, y en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas por Legajo N°

217.884, matrícula N° 42.635, y tiene como objeto acompañar los procesos de crecimiento de las personas con el fin de buscar la transformación de las familias del Barrio La Cava;

QUE a fojas 23, la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad informa que la entidad cumplimenta los requisitos previstos en el Artículo 58° inciso 8) de la Ordenanza Fiscal, entendiendo procedente otorgar una eximición del 100% del pago de Tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, correspondiente a la cuenta 720.268, para el año 2020;

QUE de acuerdo a lo previsto en el artículo 58° - EXENCIONES – DESGRAVACIONES, Inciso 8), de la Ordenanza Fiscal vigente

“Las entidades sin fines de lucro que realicen actividades que signifiquen un aporte sostenido a la comunidad, podrán solicitar anualmente la eximición total o parcial de la presente Tasa. Para acceder a este beneficio la Entidad solicitante deberá tener Personería Jurídica vigente y estar inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de la Municipalidad de San Isidro”;

QUE a fojas 31/32, la Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI) emite informe haciendo lugar a lo peticionado;

QUE en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo;

(48)

48

Ref. Expte. N° 4287-2019.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************** Generales, para el año 2020, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a la “ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA”, respecto a la Cuenta N° 720.268.-

ARTÍCULO 2°.- Tomen conocimiento la Dirección General de Rentas y las demás

************** oficinas competentes en la materia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL Cdor. Juan José Miletta, Secretario Ejecutivo ARSI

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(49)

49

Ref. Expte. N° 7977-2021.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

1001

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 1, la contribuyente solicita la exención de multas generadas por mora, respecto a la Cuenta N° 341.285, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Ricardo Gutiérrez N° 2131 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido;

QUE tal como surge de las constancias obrantes a fojas 6, la contribuyente abonó “a resultas del presente” los períodos 2006/6A a 2021/3B, incluyendo los recargos correspondientes;

QUE este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado, conforme lo dispuesto en el artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- EXIMIR del pago de las multas por mora generadas en la Cuenta N°

************** 341.285, otorgándose carácter cancelatorio a los pagos “a resultas del presente” efectuados con fecha 30 de julio de 2021, todo ello en relación a los períodos 2006/6A a 2021/3B de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales.-

ARTÍCULO 2°.- Tome conocimiento la Subdirección de Tasas Inmobiliarias,

************** dependiente de la Dirección General de Rentas.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL Cdor. Juan José Miletta, Secretario Ejecutivo ARSI

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(50)

50

Ref. Expte. N° 10346-2017 y agregado.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

1002

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 61, la “ASOCIACIÓN CANARIA ZONA NORTE” solicita la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, para el año 2020, respecto a la Cuenta N° 560.954, correspondiente al inmueble sito en Av. Bernardo Ader N° 1067 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido;

QUE la mentada institución se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, por conducto del Decreto N° 402/1999, y en la Inspección General de Justicia por Expediente C-1.588.948, y tiene como objeto brindar servicios sociales a la comunidad a través del “Centro de día”

en el cual se dictan distintos talleres en forma gratuita a los vecinos de Villa Adelina;

QUE a fojas 65, la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad informa que la entidad cumplimenta los requisitos previstos en el Artículo 58° inciso 8) de la Ordenanza Fiscal, entendiendo procedente otorgar una eximición del 100% del pago de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, correspondiente a la cuenta 560.954, para el año 2020;

QUE de acuerdo a lo previsto en el artículo 58° - EXENCIONES – DESGRAVACIONES, Inciso 8), de la Ordenanza Fiscal vigente

“Las entidades sin fines de lucro que realicen actividades que signifiquen un aporte sostenido a la comunidad, podrán solicitar anualmente la eximición total o parcial de la presente Tasa. Para acceder a este beneficio la Entidad solicitante deberá tener Personería Jurídica vigente y estar inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de la Municipalidad de San Isidro”;

QUE a fojas 73/74, la Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI) emite informe haciendo lugar a lo peticionado;

QUE en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo;

(51)

51

Ref. Expte. N° 10346-2017 y agregado.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************** Generales, para el año 2020, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a la “ASOCIACIÓN CANARIA ZONA NORTE”, respecto a la Cuenta N° 560.954.-

ARTÍCULO 2°.- Tomen conocimiento la Dirección General de Rentas y las demás

************** oficinas competentes en la materia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACIÓN

MR

Dr. Gustavo Posse, INTENDENTE MUNICIPAL

Dra. María Rosa García Minuzzi, Secretaria Legal y Técnica

(52)

52

Ref. Expte. N° 14700 y agregado.-

SAN ISIDRO, 26 de agosto del 2021.-

DECRETO NÚMERO:

1003

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE a fojas 14, el “CLUB VELEZ SARSFIELD DE MARTÍNEZ” solicita la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, para el año 2020, respecto a la Cuenta N° 370.282, correspondiente al inmueble sito en la calle Córdoba N° 139 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido;

QUE la mentada institución se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, por conducto del Decreto N° 2221/1991, y en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas por Legajo N°

5.196, matrícula N° 2.898, y tiene como objeto el desarrollo de actividades sociales, deportivas y culturales para los vecinos de Martínez;

QUE a fojas 22, la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad informa que la entidad cumplimenta los requisitos previstos en el Artículo 58° inciso 8) de la Ordenanza Fiscal, entendiendo procedente otorgar una eximición del 100% del pago de Tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, correspondiente a la cuenta 370.282, para el año 2020;

QUE de acuerdo a lo previsto en el artículo 58° - EXENCIONES – DESGRAVACIONES, Inciso 8), de la Ordenanza Fiscal vigente

“Las entidades sin fines de lucro que realicen actividades que signifiquen un aporte sostenido a la comunidad, podrán solicitar anualmente la eximición total o parcial de la presente Tasa. Para acceder a este beneficio la Entidad solicitante deberá tener Personería Jurídica vigente y estar inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de la Municipal de San Isidro”;

QUE a fojas 27/28, la Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI) emite informe haciendo lugar a lo peticionado;

QUE en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo;

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