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MODELOS DE UTILIDAD. 14 de septiembre de OEPM 2021 Modelos de Utilidad

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(1)

MODELOS DE UTILIDAD

Alberto Sarabia Ruiz

Técnico Superior Examinador – Área de Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Topografías de Productos Semiconductores

(2)

• ¿Qué es la Propiedad Industrial?

• ¿Qué es un Modelo de Utilidad?

• Origen y situación actual

• El Modelo de Utilidad en la legislación española

• El procedimiento de concesión

• Algunos ejemplos

CONTENIDO

(3)

¿Qué es la Propiedad

Industrial?

(4)

¿Qué es la Propiedad Industrial?

Conjunto de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de 1978 para la protección de las creaciones humanas

Art. 33 CE Propiedad

privada Art. 20 CE

Producción y creación literaria, artística, científica y técnica

Art. 149 CE

Competencia estatal en materia de legislación en PI

(5)

¿Propiedad Industrial o Intelectual?

En España

Propiedad Industrial

Propiedad Intelectual

Creaciones técnicas y estéticas con fines industriales y comerciales

Patentes, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales, Marcas…

Derecho de autor

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Ministerio de Cultura y Deporte

(6)

¿Qué es un Modelo de

Utilidad?

(7)

¿Qué es un Modelo de Utilidad?

Es un título de Propiedad Industrial que protege invenciones

Conjunto de derechos que otorga el Estado con el fin de proteger las creaciones técnicas y estéticas del ser humano a través de procedimientos

administrativos sujetos a una serie de requisitos.

Creaciones de carácter técnico Resuelven un problema técnico

(8)

¿Qué es un Modelo de Utilidad?

Protección de invenciones

Patente de invención

Modelo de Utilidad

La OMPI define un Modelo de Utilidad como una forma especial de patente concedida por un Estado o jurisdicción a un inventor o solicitante por un periodo de tiempo determinado.

Requisitos

(9)

Origen de los Modelos de

Utilidad y situación actual

(10)

Origen y situación actual Creación 1891 en Alemania

Respuesta al aumento de solicitudes de patentes de talleres sobre utensilios y herramientas de trabajo con una nueva configuración y nuevos efectos técnicos.

Resultado 48.000 solicitudes hasta 1895

• En 1936 se admiten las máquinas dentro del ámbito de protección.

• En 1986 y 1990 se elimina el requisito de corporeidad (objetos)

• Actualmente, sólo se excluyen los procedimientos y la materia

biológica

(11)

Origen y situación actual

Los Modelos existen en 90 países

Notorias

excepciones: US, CA,

UK

(12)

Origen y situación actual

(13)

Los Modelos de Utilidad en la

legislación española

(14)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

1920 1930 1940 1950 1960 1970 1980 1990 2000 2010 2020

Estatuto de la Propiedad Industrial (1929)

Ley de Patentes

11/1986

Ley de Patentes 24/2015

Objetos

esencialmente en el campo de la

mecánica

Productos y objetos, incluyendo composiciones químicas

Excepciones

(15)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Título I Título II

Título V Solicitud y procedimiento Requisitos de protección Ámbito de aplicación

Título XIII Modelos de Utilidad Ley 24/2015, de 24

de julio, de Patentes

(16)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Ámbito de aplicación

Art. 1 – La ley concede tres tipos de protección Modelo de utilidad Patente

CCP

Art. 2 – El registro de estos títulos corresponde a la OEPM, O.A.

Art. 3 – Pueden presentar solicitudes todas las personas físicas y

jurídicas, incluidas las de Derecho Público.

(17)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos

¿Qué NO se puede proteger como Modelo de Utilidad?

Art. 137

2. No podrán ser protegidas como modelos de utilidad además de las materias e invenciones excluidas de patentabilidad en aplicación de los artículos 4 y 5 de esta Ley, las invenciones de procedimiento, las que recaigan sobre materia biológica y las sustancias y composiciones farmacéuticas.

(18)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos ¿Qué NO se puede proteger como Modelo de Utilidad?

Art. 4 Creaciones que no se consideran invenciones (juegos, reglas matemáticas, descubrimientos científicos, etc.)

Art. 5

Invenciones excluidas de protección (cuerpo humano, métodos de tratamiento, quirúrgicos o de diagnóstico, variedades vegetales, razas animales, invenciones contrarias al orden público, etc.)

Art. 137 Procedimientos, materia biológica y sustancias y composiciones farmacéuticas

(19)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos

¿Qué se puede proteger como Modelo de Utilidad?

Art. 137

1. Podrán protegerse como modelos de utilidad (…) las invenciones industrialmente aplicables que, siendo nuevas e implicando actividad inventiva, consisten en dar a un objeto o producto una configuración, estructura o composición de la que resulte una ventaja técnica prácticamente

(20)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos ¿Qué se puede proteger como Modelo de Utilidad?

Art. 6 Se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica

Art. 140

Se considera que una invención implica una actividad inventiva si no resulta del estado de la técnica de una manera muy evidente para un experto en la materia.

Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola.

Art. 9

(21)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

¿Publicar o proteger los resultados?

La novedad se “anula” por cualquier tipo de divulgación anterior a la solicitud aunque sea del mismo inventor.

Si tengo una invención:

1. Proteger

(22)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos Actividad inventiva – Diferencia con patentes PATENTES MODELOS DE UTILIDAD

Art. 8 Art. 140

Se considera que una invención implica una actividad inventiva si no resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.

Se considera que una invención implica una actividad inventiva si no resulta del estado de la técnica de una manera muy evidente para un experto en la materia.

El requisito de actividad inventiva está relajado, pero… ¿es menor?

(23)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos ¿Patente o Modelo de Utilidad?

Mezcladora planetaria para la producción de conglomerados a base de cemento o de resina, en concreto, hormigón

(24)

El Modelo de Utilidad en la legislación española

Ley 24/2015 – Requisitos Actividad inventiva – Diferencia con patentes

(25)

El procedimiento de concesión

(26)

El procedimiento de concesión

ANTES DE SOLICITAR EL MODELO DE UTILIDAD

• ¿Conozco el estado de la técnica?

• ¿He desarrollado una solución técnica a un problema técnico?

• ¿Tengo intención de explotar

industrial y comercialmente la

invención?

(27)

El procedimiento de concesión

Presentación de la solicitud

Documentos:

Instancia

Descripción

• Reivindicaciones

• Figuras

• Tasas

Admisión a trámite Examen formal

Se asigna fecha de presentación (FP)

La vida legal del MU se mide desde

este punto

Se comprueban requisitos de tipo formal (presentación en español de todos los documentos, claridad de la redacción, etc.)

(28)

El procedimiento de concesión

Examen formal Supera Publicación en

BOPI

NO Contestación a defectos

2 meses

Oposiciones de terceros

2 meses desde publicación de la

solicitud

Contestación del solicitante

Réplica del oponente Examen de las

oposiciones por una Comisión de

Expertos Concesión del

Modelo

Resolución motivada

negativa Contestación del

solicitante

Comisión Expertosde Denegación

(29)

El procedimiento de concesión - Características

• Procedimiento ágil

La primera comunicación se hace en menos de 5 meses. Puede llegar a ser concedido en 6 meses*

• Con oposiciones pre-concesión

• Procedimiento económico Tasas menores que en patentes

(30)

El procedimiento de concesión - Documentos

DESCRIPCIÓN

• Indicación del campo de la técnica de la invención

• Antecedentes conocidos por el inventor

• Indicación del problema técnico que resuelve y de la ventaja que aporta la invención

• Explicación suficientemente clara y completa de la invención como para que un experto en la materia reproduzca la invención sin un esfuerzo intelectual adicional

(31)

El procedimiento de concesión - Documentos

REIVINDICACIONES

• Establecen el ámbito de protección del Modelo de Utilidad

• Deben ser claras y concisas basándose EXCLUSIVAMENTE en características técnicas, no en ventajas o valoraciones del solicitante

• Todo lo que se reivindique debe aparecer en la Descripción y, en su caso, en las Figuras. Lo no descrito no puede ser reivindicado

(32)

El procedimiento de concesión - Documentos

FIGURAS

• Son opcionales. Pueden incluirse para facilitar la comprensión de la invención

• No deben contener texto si no es imprescindible. Las partes o elementos se señalan con referencias numéricas, mencionadas en Descripción y Reivindicaciones

• Siempre realizadas con herramientas de dibujo técnico (CAD, por ejemplo)

(33)

El procedimiento de concesión - Documentos

TASAS

• Con la presentación de la solicitud debe satisfacerse la tasa de presentación

• Las Universidades públicas cuentan con bonificaciones de las tasas (¡hasta el 100%!) – Art. 106 Ley 24/2015, de Patentes

(34)

El procedimiento de concesión – Diferencias con patentes

PATENTES MODELO DE UTILIDAD Publicación 18 meses desde FP Al superar examen de

oficio

Examen de patentabilidad Durante el procedimiento En oposiciones / IET Informe sobre el Estado de

la Técnica (IET) Obligatorio Sólo en caso de emprender acciones judiciales por infracción

Duración de la protección 20 años improrrogables

desde FP 10 años improrrogables

desde FP Admite CCP Sí, para medicamentos y

productos fitosanitarios No

Resumen de la invención Obligatorio No se presenta

(35)

Algunos ejemplos

(36)

Algunos ejemplos – Bases de datos OEPM

(37)

ES1244900U

Calzado deportivo fabricado mediante tecnologías de

fabricación aditiva– Universidad de Cádiz

(38)

ES1255024U

Dispositivo óptico para identificación de regiones tumorales

– IDIVAL, SCS, Universidad de Cantabria, Fotoglass

(39)

Muchas gracias por su atención

Alberto Sarabia Ruiz

Técnico Superior Examinador – Área de Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Topografías de Productos Semiconductores

Referencias

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