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EDICTOS EDICTO EDICTO. lunes, 23 de agosto de 2021 Monterrey, Nuevo León

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lunes, 23 de agosto de 2021 | Monterrey, Nuevo León

EDICTOS

EDICTO

122892

En la ciudad de García, Nuevo León, en el Juzgado de lo Civil y de Juicio Civil Oral del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, se señalan las 14:00 catorce horas del día 13 trece de septiembre del 2021 dos mil veintiuno, para que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda dentro del expediente judicial 1154/2019, relativo al juicio ordinario civil, promovido por María del Carmen Tovar Acosta, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, sobre los derechos que le correspondan a la parte demandada Nelly Alejandra Reyes Campos, respecto del bien inmueble consistente en: “Lote de terreno marcado con el número 52 cincuenta y dos, de la manzana número 12 doce, del Fraccionamiento Valle de San Blas, ubicado en el municipio de García, Nuevo León, con una superficie total de 90.00 m2 noventa metros cuadrados: al Norte mide 6.00 seis metros a colindar con el lote 2 dos; al Sur mide 6.00 seis metros a dar frente a la calle Dr.

Alfonso Pruneda García; al Este mide 15.00 quince metros a colindar con el lote 51 cincuenta y uno; al Oeste mide 15.00 quince metros a colindar con el lote 53 cincuenta y tres. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al Norte Dr. Alexander Fleming; al Sur Dr. Alfonso Pruneda García; al Este Dr. José Eleuterio González Pte; y al Oeste Dr. William Hervey. Dicho inmueble tiene como mejoras la finca marcada con el número 151 ciento cincuenta y uno, de la calle Doctor Alfonso Pruneda García (Dr. Alfonso Pruneda García, según Catastro), del citado Fraccionamiento, ubicado en el municipio de García, Nuevo León.”

Siendo la postura legal para intervenir en la subasta la cantidad de

$214,000.00 (doscientos catorce mil pesos 00/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes de $321,000.00 (trescientos veintiún mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde al valor del bien inmueble, de acuerdo al avalúo pericial que obra en autos. Convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse dos veces una cada tres días en el periódico el Porvenir, el Norte, Milenio, ABC, a elección de la interesada, así como en el Boletín Judicial del Estado y en los estrados de este juzgado. Debiendo los licitadores consignar en la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, la cantidad de $32,100.00 (treinta y dos mil cien pesos 00/100 moneda nacional), sin cuyo requisito no serán admitidos. Hágase saber a los interesados en la subasta que en la secretaría del juzgado se les proporcionará mayores informes. Doy fe. García, Nuevo León a 25 veinticinco de junio de 2021 dos mil veintiuno. Rubricas.-

NOÉ DANIEL PALOMO SOTO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO DE LO CIVIL Y DE JUICIO CIVIL ORAL DEL DÉCIMO CUARTO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123057

En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 632/2019 relativo al juicio ordinario civil, promovido por el Instituto del Fondo

Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Alfredo Bernal Jaramillo, por auto dictado el 29 veintinueve de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó sacar a la venta en pública subasta y primera almoneda, el siguiente bien inmueble: “Lote de terreno marcado con el Número (30) treinta, de la manzana número (204) doscientos cuatro, del Fraccionamiento Villas del Carrizalejo, etapa 3- 1, Ubicado en el Municipio de Ciénega de Flores, Nuevo León.

Teniendo como mejoras la finca marcada con el número (1045) mil cuarenta y cinco de la Avenida Los Ruiseñores del citado Fraccionamiento y Municipio antes mencionada Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo los siguientes datos: número 681, volumen 65, libro 28, sección I propiedad, Unidad Ciénega de Flores, de fecha 31 treinta y uno de marzo de 2015 dos mil quince. Sirviendo como Postura Legal la cantidad de $201,333.33 (doscientos un mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional) que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito de la parte actora, el cual asciende a la cantidad de $302,000.00 (trescientos dos mil pesos 00/100 moneda nacional). Venta que deberá anunciarse 2 dos veces una cada tres días, fijándose edictos en la tabla de avisos de este juzgado, y tomando en consideración que el valor del citado inmueble pasa de las cincuenta cuotas, con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del ordenamiento procesal en consulta, publíquense edictos en el Boletín Judicial del Estado, y en un periódico de los de mayor circulación que se edita en la ciudad como lo son el Porvenir, Milenio Diario, el Norte o Periódico ABC. Al efecto, esta autoridad tiene a bien autorizar el desahogo de la audiencia de remate en comento, mediante audiencia a distancia, con la comparecencia personal de las partes y postores que deseen comparecer a través de videoconferencia, señalándose para ello las 12:00 doce horas del 27 veintisiete de agosto de 2021 dos mil veintiuno, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin, ello en términos de lo previsto en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del Acuerdo General Conjunto 8/2020-II y demás relativos, en relación con el acuerdo 13/2020-II, así como del ordinal 468 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, es importante hacer del conocimiento de las partes y postores, que para intervenir en la audiencia de remate señalada a través de videoconferencia, deberán contar con un dispositivo electrónico que permita la trasmisión de audio y video vía internet. Asimismo, las partes deberán proporcionar a la secretaría del juzgado a mi cargo, una dirección de correo electrónico para crear el enlace respectivo. Esto último se deberá realizar con por lo menos 3 tres días antes de la celebración de la audiencia a través de esta vía. En caso de que alguna de las partes o postores no cuente con lo anterior, tiene la opción de comparecer, junto a su abogado, vía remota en la sala de audiencias de este juzgado, en donde se les proporcionará un equipo de cómputo para llevar la conexión con la otra parte y personal del juzgado que llevará a cabo la audiencia a distancia. Lugar ubicado en la calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en la zona centro de Monterrey, Nuevo León; en donde se garantizará que se cumplan estrictamente las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con el virus SARS-CoV2 (COVID-19); y se contará, además, con filtros sanitarios con toma de temperatura corporal y aplicación de gel antibacterial al ingreso, sanitización del lugar, cuidado de la sana distancia de uno punto cinco metros y uso de cubre bocas obligatorio. En el supuesto de que alguna de las partes o postores no cuente con el equipo tecnológico necesario para llevar a cabo la audiencia vía videoconferencia, deberá informarlo ante esta autoridad bajo protesta de decir la verdad, cuando menos 3-tres días hábiles previos a la fecha programada para el desahogo de la audiencia, para efecto de que se le proporcionarle el equipo

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necesario para llevarla a cabo, bajo el apercibiendo de que una vez transcurrido dicho plazo y no haber hecho manifestación alguna, quedaran obligados a incorporarse a la audiencia a distancia programada desde una sede virtual con sus propios medios, lo anterior en términos del artículo 8 del Acuerdo General Conjunto 10/2020-II y 13/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Judicatura del Estado.

En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística dada la situación que vivimos, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia adecuada al caso en particular), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la fecha programada de la audiencia que ahora se señala; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. En el entendido de que dentro del escrito que en su caso presenten, deberán proporcionar a esta autoridad, correo electrónico para efecto de que les pueda ser enviado el enlace de dicha audiencia, así como también acompañar el original del certificado de depósito para participar en la subasta del inmueble antes mencionado, que ampare cuando menos el 10% (diez por ciento), del valor del avalúo que sirve de base para el remate, acorde a lo establecido en el artículo 535 del código de procedimientos civiles del Estado, en relación con el Acuerdo General Conjunto número 13/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor, para la reactivación total de las funciones y el servicio de impartición de justicia, en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus sars-cov2 (covid-19). Doy Fe.

LIC. JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL

EDICTO

123068

En la ciudad de García, Nuevo León, en el Juzgado de lo Civil y de Juicio Civil Oral del Décimo Cuarto Distrito Judicial en el Estado, se señalan las 11:00 once horas del día 13 trece de septiembre del 2021 dos mil veintiuno, para que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primera almoneda dentro del expediente judicial 5/2019, relativo al juicio ordinario civil, promovido por María del Carmen Tovar Acosta, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, sobre los derechos que le correspondan a la parte demandada Eulalio Osorio Escobar y Mónica Tepox Gómez, respecto del bien inmueble consistente en: “Lote de terreno marcado con el número 26, de la manzana 343, del Fraccionamiento Valle de las Grutas, Primera Etapa, ubicado en el Municipio de Villa de García, Nuevo León, con una superficie de 90.00 m2., y las siguientes medidas y colindancias: al NOROESTE mide 6.00 metros y da frente a la calle Grutas del Rosario; al SURESTE mide 6.00 metros y colinda con el lote número 33; al NORESTE mide 15.00 metros y colinda con el lote número 27; y al SUROESTE, mide 15.00 metros y colinda con el lote número 25. La manzana se encuentra circundada por las siguientes calles: al Noroeste, Grutas del Rosario;

al Sureste, Grutas de Chilateca; al Noreste, con Grutas de Cacahuamilpa y al Suroeste, Grutas de Cocona. El lote antes descrito tiene como mejoras que le pertenecen y forman parte del mismo, la finca ubicada en la calle Grutas del Rosario marcada con el número 107 ciento siete, del mencionado Fraccionamiento. ” Siendo la postura legal para intervenir en la subasta la cantidad de

$239,333.33 (doscientos treinta y nueve mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes de $359,000.00 (trescientos cincuenta y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde al valor del bien inmueble, de acuerdo al avalúo pericial que obra en autos. Convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse dos veces una cada tres días en el periódico el Porvenir, el Norte, Milenio, ABC, a elección de la interesada, así como en el Boletín Judicial del Estado y en los estrados de este juzgado. Debiendo los

licitadores consignar en la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado, la cantidad de $35,900.00 (treinta y cinco mil novecientos pesos 00/100 moneda nacional), sin cuyo requisito no serán admitidos. Hágase saber a los interesados en la subasta que en la secretaría del juzgado se les proporcionará mayores informes.

Doy fe. García, Nuevo León a 6 seis de julio de 2021 dos mil veintiuno. Rubricas.-

JORGE EDER GUERRA CAMPOS

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO DE LO CIVIL Y DE JUICIO CIVIL ORAL DEL DÉCIMO CUARTO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123072

A José Eduardo Buendía Espinoza Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 850/2020, relativo al juicio ordinario civil sobre recisión de contrato promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de promover juicio ordinario civil en contra de José Eduardo Buendía Espinoza, dentro del índice de este Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 23 veintitrés de noviembre de 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 29 veintinueve de junio del 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de José Eduardo Buendía Espinoza, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere; debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones;

bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.

LICENCIADO JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

EDICTO

123347

En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 905/2020 relativo al juicio ordinario civil, promovido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Héctor Hernández Treviño y Brenda Almaguer Aguirre, por auto dictado el 07 siete de Julio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó sacar a la venta en pública subasta y primera almoneda, el siguiente bien inmueble: Lote de terreno marcado con el numero 10- diez de la manzana número 416-cuatrocientos dieciséis del fraccionamiento Real de Palmas, Sector Misión de las Palmas, en el municipio de General Zuazua, Nuevo León con una superficie total de 90:00M2(noventa metros cuadrados). Teniendo como mejoras la finca marcada con el numero 3918 (tres mil novecientos dieciocho), de la calle Misión de Osasuna, del Fraccionamiento Real de Palmas, Sector Misión de las Palmas, en General ZUAZUA, Nuevo León.

Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo los siguientes datos:

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número 913, volumen 73, libro 37, sección propiedad, unidad ZUAZUA, de fecha 14 de febrero de 2008. Sirviendo como Postura Legal la cantidad de $176,000.00 (ciento sesenta y seis mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito de la parte actora, el cual asciende a la cantidad de $264,000.00 (doscientos sesenta y cuatro mil pesos 00/100 moneda nacional). Venta que deberá anunciarse 2 dos veces una cada tres días, fijándose edictos en la tabla de avisos de este juzgado, y tomando en consideración que el valor del citado inmueble pasa de las cincuenta cuotas, con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del ordenamiento procesal en consulta, publíquense edictos en el Boletín Judicial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación, como lo son El Norte, Milenio Diario, el Porvenir o Periódico ABC. Al efecto, esta autoridad tiene a bien autorizar el desahogo de la audiencia de remate en comento, mediante audiencia a distancia, con la comparecencia personal de las partes y postores que deseen comparecer a través de videoconferencia, señalándose para ello las 11:30 once horas con

treinta minutos

del 22 veintidós de septiembre de 2021 dos mil veintiuno, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin, ello en términos de lo previsto en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del Acuerdo General Conjunto 8/2020-II y demás relativos, en relación con el acuerdo 13/2020-II, así como del ordinal 468 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.

Asimismo, es importante hacer del conocimiento de las partes y postores, que para intervenir en la audiencia de remate señalada a través de videoconferencia, deberán contar con un dispositivo electrónico que permita la trasmisión de audio y video vía internet.

Asimismo, las partes deberán proporcionar a la secretaría del juzgado a mi cargo, una dirección de correo electrónico para crear el enlace respectivo. Esto último se deberá realizar con por lo menos 3 tres días antes de la celebración de la audiencia a través de esta vía.

En caso de que alguna de las partes o postores no cuente con lo anterior, tiene la opción de comparecer, junto a su abogado, vía remota en la sala de audiencias de este juzgado, en donde se les proporcionará un equipo de cómputo para llevar la conexión con la otra parte y personal del juzgado que llevará a cabo la audiencia a distancia. Lugar ubicado en la calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en la zona centro de Monterrey, Nuevo León; en donde se garantizará que se cumplan estrictamente las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con el virus SARS- CoV2 (COVID-19); y se contará, además, con filtros sanitarios con toma de temperatura corporal y aplicación de gel antibacterial al ingreso, sanitización del lugar, cuidado de la sana distancia de uno punto cinco metros y uso de cubre bocas obligatorio. En el supuesto de que alguna de las partes o postores no cuente con el equipo tecnológico necesario para llevar a cabo la audiencia vía videoconferencia, deberá informarlo ante esta autoridad bajo protesta de decir la verdad, cuando menos 3-tres días hábiles previos a la fecha programada para el desahogo de la audiencia, para efecto de que se le proporcionarle el equipo necesario para llevarla a cabo, bajo el apercibiendo de que una vez transcurrido dicho plazo y no haber hecho manifestación alguna, quedaran obligados a incorporarse a la audiencia a distancia programada desde una sede virtual con sus propios medios, lo anterior en términos del artículo 8 del Acuerdo General Conjunto 10/2020-II y 13/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Judicatura del Estado. En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística dada la situación que vivimos, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia adecuada al caso en particular), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la fecha programada de la audiencia que ahora se señala; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. En el entendido de que dentro del escrito que en su caso presenten, deberán proporcionar a esta autoridad, correo electrónico para efecto de que les pueda ser enviado el enlace de dicha audiencia, así como también acompañar el original del certificado de depósito para participar en la subasta del inmueble antes mencionado, que ampare cuando menos el 10% (diez por ciento), del valor del avalúo que sirve de base para el remate, acorde

a lo establecido en el artículo 535 del código de procedimientos civiles del Estado, en relación con el Acuerdo General Conjunto número 13/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor, para la reactivación total de las funciones y el servicio de impartición de justicia, en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus sars-cov2 (covid-19). Doy Fe.

LIC. JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO

SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL.

EDICTO

123439

En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 939/2019 relativo al juicio ordinario civil, promovido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Jorge de Jesús Granados Muñoz, por auto dictado el 29 veintinueve de Julio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó sacar a la venta en pública subasta y primera almoneda, el siguiente bien inmueble: Lote de terreno marcado con el número 1 (uno), de la manzana 221 (doscientos veintiuno), del FRACCIONAMIENTO PRADERAS DE SAN FRANCISO, SEGUNDO SECTOR, CUARTA ETAPA, ubicado en el Municipio de General Escobedo, Nuevo León. El lote antes descrito tiene como mejoras la finca marcada con el número 236 (doscientos treinta y seis), ubicada en la calle San Carlos De Sezze, del Fraccionamiento PRADERAS DE SAN FRANCISCO, en el Municipio de General Escobedo, Nuevo León. Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo los siguientes datos: número 2630, volumen 100, libro 106, sección Propiedad, unidad Escobedo, de fecha 14 de Junio de 2013. Sirviendo como Postura Legal la cantidad de

$146,000.00 (ciento cuarenta y seis mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito de la parte actora, el cual asciende a la cantidad de $219,000.00 (doscientos diecinueve mil pesos 00/100 moneda nacional). Venta que deberá anunciarse 2 dos veces una cada tres días, fijándose edictos en la tabla de avisos de este juzgado, y tomando en consideración que el valor del citado inmueble pasa de las cincuenta cuotas, con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del ordenamiento procesal en consulta, publíquense edictos en el Boletín Judicial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación, como lo son El Norte, Milenio Diario, el Porvenir o Periódico ABC. Al efecto, esta autoridad tiene a bien autorizar el desahogo de la audiencia de remate en comento, mediante audiencia a distancia, con la comparecencia personal de las partes y postores que deseen comparecer a través de videoconferencia, señalándose para ello las 12:00 doce horas del 5 cinco de octubre de 2021 dos mil veintiuno, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin, ello en términos de lo previsto en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del Acuerdo General Conjunto 8/2020-II y demás relativos, en relación con el acuerdo 13/2020-II, así como del ordinal 468 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, es importante hacer del conocimiento de las partes y postores, que para intervenir en la audiencia de remate señalada a través de videoconferencia, deberán contar con un dispositivo electrónico que permita la trasmisión de audio y video vía internet. Asimismo, las partes deberán proporcionar a la secretaría del juzgado a mi cargo, una dirección de correo electrónico para crear el enlace respectivo. Esto último se deberá realizar con por lo menos 3 tres días antes de la celebración de la audiencia a través de esta vía. En caso de que alguna de las partes o postores no cuente con lo anterior, tiene la opción de comparecer, junto a su abogado, vía remota en la sala de audiencias de este juzgado, en donde se les proporcionará un equipo de cómputo para llevar la conexión con la otra parte y personal del juzgado que llevará a cabo la audiencia a distancia. Lugar ubicado en la calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en la zona centro de Monterrey, Nuevo León; en donde se garantizará que se cumplan estrictamente las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con el virus SARS-CoV2 (COVID-19); y se contará,

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además, con filtros sanitarios con toma de temperatura corporal y aplicación de gel antibacterial al ingreso, sanitización del lugar, cuidado de la sana distancia de uno punto cinco metros y uso de cubre bocas obligatorio. En el supuesto de que alguna de las partes o postores no cuente con el equipo tecnológico necesario para llevar a cabo la audiencia vía videoconferencia, deberá informarlo ante esta autoridad bajo protesta de decir la verdad, cuando menos 3-tres días hábiles previos a la fecha programada para el desahogo de la audiencia, para efecto de que se le proporcionarle el equipo necesario para llevarla a cabo, bajo el apercibiendo de que una vez transcurrido dicho plazo y no haber hecho manifestación alguna, quedaran obligados a incorporarse a la audiencia a distancia programada desde una sede virtual con sus propios medios, lo anterior en términos del artículo 8 del Acuerdo General Conjunto 10/2020-II y 13/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Judicatura del Estado.

En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística dada la situación que vivimos, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia adecuada al caso en particular), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la fecha programada de la audiencia que ahora se señala; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. En el entendido de que dentro del escrito que en su caso presenten, deberán proporcionar a esta autoridad, correo electrónico para efecto de que les pueda ser enviado el enlace de dicha audiencia, así como también acompañar el original del certificado de depósito para participar en la subasta del inmueble antes mencionado, que ampare cuando menos el 10% (diez por ciento), del valor del avalúo que sirve de base para el remate, acorde a lo establecido en el artículo 535 del código de procedimientos civiles del Estado, en relación con el Acuerdo General Conjunto número 13/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor, para la reactivación total de las funciones y el servicio de impartición de justicia, en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus sars-cov2 (covid-19). Doy Fe.

LIC. JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO

SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

EDICTO

123640

13:30 trece con treinta minutos del día 1 primero de Septiembre del año 2021 dos mil veintiuno, en el local de este Juzgado Segundo Mixto de lo Civil y Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en la ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, dentro de los autos del expediente judicial número 893/2018, relativo al juicio ordinario civil promovido por Osvaldo Castillo Velázquez, apoderado legal para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en contra de Humberto Torres Olvera y Perla Abigail Castañeda Vargas, se ordenó sacar a remate en pública subasta y primera almoneda el bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria en primer lugar y grado dentro del contrato base de la acción consistente en: “LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NÚMERO 55 (CINCUENTA Y CINCO), DE LA MANZANA 111 (CIENTO ONCE), DEL FRACCIONAMIENTO BELLA VISTA, TERCER SECTOR, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 90.00 M2 (NOVENTA METROS CUADRADOS) Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE MIDE 15.00 MTS (QUINCE METROS), A COLINDAR CON EL LOTE NÚMERO 56 (CINCUENTA Y SEIS): AL SUROESTE MIDE 15.00 MTS (QUINCE METROS), A COLINDAR CON EL LOTE NÚMERO 54 (CINCUENTA Y CUATRO); AL SURESTE MIDE 6.00 MTS (SEIS METROS), A COLINDAR CON EL LOTE NÚMERO 28 (VEINTIOCHO); AL NOROESTE MIDE 6.00 MTS (SEIS METROS), A DAR FRENTE A LA CALLE VISTA VERDE. LA MANZANA DE

REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORESTE, VISTA HERMOSA; AL SUROESTE, DERECHO DE PASO; AL SURESTE, VISTA AL CIELO Y VISTA CHICA; Y AL NOROESTE, VISTA VERDE. TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO 654 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO), DE LA CALLE VISTA VERDE, DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO”; y cuyos datos de registro son: Inscripción número 2823, Volumen 92, Libro 29, Sección Propiedad, Unidad Cadereyta de fecha 08 ocho de octubre del año 2008. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse por 02 dos veces una cada tres días, en el boletín judicial, en la tabla de avisos de este juzgado, así como en el periódico de elección de la parte actora pudiendo ser en su caso “Milenio Diario”, “El Porvenir” “Periódico ABC” o “El Norte”, (únicamente en los periódicos antes mencionados las publicaciones deberán efectuarse en días naturales respetando esa fórmula, luego que no existe impedimento para ello al no constituir una actuación judicial); en la tabla de avisos de este juzgado y boletín judicial, respetando esa fórmula en días hábiles, luego que al intervenir el Fedatario de la adscripción debe practicarse en esos días, en la inteligencia de que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el segundo al tercer día siguiente; la almoneda que se ordena tendrá como base para el remate la cantidad de $258,000.00 (doscientos cincuenta y ocho mil pesos 00/100 Moneda Nacional), correspondiente al avaluó pericial rendido por el perito de la parte actora, siendo la postura legal la cantidad de

$172,000.00 (ciento setenta y dos mil pesos 00/100 moneda nacional),correspondiente a las dos terceras partes de la cantidad anteriormente mencionada. Haciendo del conocimiento que a los interesados se les proporcionara mayor información en la Secretaría de éste Juzgado, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate un certificado de depósito que ampare el 10%

diez por ciento de la suma que sirve como base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos en dicha subasta y además deberán manifestar en su escrito de comparecencia la postura legal que ofrece. Por otro lado, se hace de conocimiento de las partes, sus representantes o sus abogados, así como a los postores interesados, que debido a las acciones extraordinarias implementadas por la Secretaría de Salud en el Estado de Nuevo León, respecto al el fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19), quedan obligado a observar todas las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con la emergencia sanitaria generado por dicha pandemia, tales como la revisión de temperatura corporal al momento de entrar a las instalaciones de dicho Recinto Judicial, aplicarse gel antibacterial, el uso adecuado cubre bocas, durante el desahogo de la diligencia.- Doy fe.-

MANUEL ABRAHAM PÁMANES VÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO

DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123669

A Unión de Crédito Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable. Con domicilio ignorado. En fecha 4 cuatro de noviembre de 2020 dos mil veinte, se admitió en este Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, el expediente judicial número 689/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por María del Consuelo López Castro de Güemez en su carácter de obligada solidaria y garante hipotecario de Operadora Palo Blanco Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Unión de Crédito Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable; y mediante determinación de fecha 8 ocho de julio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a Unión de Crédito Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección de la parte actora, en el Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 9 nueve días produzca su

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contestación. Quedando a su disposición en este juzgado las correspondientes copias de traslado. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos diez días después contados desde el siguiente de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngasele para que dentro del término conferido con anterioridad señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, las pendientes y de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijará en la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del código de procedimientos civiles.

ADÁN ISSAÍ CORTEZ DE LA CRUZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL

EDICTO

123670

Número de Edicto 123637 PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DITRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L. En fecha 4 cuatro de agosto de 2021 dos mil veintiuno, se admitió en el Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial número 1124/2021, relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de Cruz Antonio Díaz Cebrian, ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Juidicial del Estado, ambos que se editan en ésta ciudad, por medio del cual se convoque a todas aquellas personas que se crean con derecho a la herencia, para que comprazecan a deducirlo al local de éste Juzgado dentro del término de 30 treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado. Ciudad de Monterrey, Nuevo León a 17 diecisiete de agosto de 2021 dos mil veintiuno. DOY FE. ALEJANDRO JOSÉ RANGEL FLORES C. SERETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR

ALEJANDRO JOSÉ RANGEL FLORES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR

EDICTO

123693

En fecha 11 once de agosto del año 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite en este Juzgado Decimotercero de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, bajo el expediente judicial 527/2021, relativo al Procedimiento Oral de Divorcio Incausado promovido por Arturo Velázquez Ramos en contra de Miriam Lilia Sánchez Gómez, y en dicha resolución se ordenó emplazar a la referida Miriam Lilia Sánchez Gómez, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el periódico “El Porvenir”, así como en el Boletín Judicial del Estado, a fin de que dentro del término de 9- nueve días acuda al local de éste Juzgado, a producir contestación a la demanda instaurada en su contra, oponiendo las excepciones y defensas legales de su intención, quedando para tal efecto, a disposición de la parte reo la copia simple de demanda y documentación acompañada a la misma, debidamente selladas y requisitadas por la Secretaria de este Juzgado. En el entendido de que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10 diez días, contados desde el día siguiente al de la última publicación efectuada. Lo anterior de conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Asimismo, prevéngase a la parte demandada Miriam Lilia Sánchez Gómez, a fin de que dentro del término concedido para presente su contestación señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones, dentro de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey,

San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, apercibiéndosele que en caso de no hacerlo así, las notificaciones de carácter personal le serán efectuadas por medio de instructivo fijado en la tabla de avisos de este juzgado. Lo anterior, de conformidad con el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles. Licenciado Emanuel Alejandro Morales Colunga. Ciudadano Secretario.

EMANUEL ALEJANDRO MORALES COLUNGA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO DECIMOTERCERO DE JUICIO FAMILIAR ORAL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL

ESTADO

EDICTO

123697

AL CIUDADANO: BRENDA PATRICIA PÉREZ ESCUDERO.

DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 11 once de junio de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite el incidente de gastos y costas derivada del expediente judicial número 48/2015, formado con motivo del juicio ordinario civil sobre perdida de patria potestad promovido por Brenda Patricia Pérez Escudero en contra de José Sergio González García, posteriormente en fecha 30 treinta de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a la ciudadana Brenda Patricia Pérez Escudero la admisión del incidente, por medio de edictos que se publicarán tres veces consecutivas, tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Porvenir, que se editan en la capital del Estado, a fin de que dentro del término de 3 tres días ocurra a desahogar la vista concedida. Aclaración hecha que la notificación realizada en esa forma comenzará a surtir efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría de este juzgado a su disposición, las copias de traslado del incidente respectivo y demás documentos acompañados, para su debida instrucción, previniéndosele a fin que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, conforme al artículo 68 del Código Procesal Civil en consulta, apercibida que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este juzgado. San Pedro Garza García, Nuevo León a 27 de julio del 2021.

FERMÍN CORTEZ RIVERA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL CUARTO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123698

A la Ciudadana: Lydia Sofía Torres Ramírez. DOMICILIO: Ignorado.

Con fecha 6 seis de julio de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite el Procedimiento Oral de Divorcio Incausado que promueve Reynaldo Arias Rodríguez, por sus propios derechos, en contra de Lydia Sofía Torres Ramírez, identificado bajo el expediente Judicial número 584/2021, ante el Juez Quinto de Juicio Familiar Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado, ordenándose por el citado auto de fecha 11 once de agosto de 2021 dos mil veintiuno, previo a que se realizaron las gestiones correspondientes para localizar un domicilio de la demandada, sin que hubiera resultados favorables, se ordenó emplazar a la demandada Lydia Sofía Torres Ramírez, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y el Periódico El Porvenir, que se editan en la capital del Estado, a fin de que dentro del improrrogable término de 9 nueve días acuda al local de este Juzgado a manifestar lo que a sus derechos legales convenga.

Aclaración hecha de que la notificación realizada en esa forma comenzará a surtir efectos a los DIEZ días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría de este Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda planteada y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Procesal Civil en consulta, se previno a la demandada para el efecto de que señalara domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, apercibido que en caso de no hacerlo así,

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las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le practicaran por medio de los estrados que para tal efecto se lleva en este Juzgado. MONTERREY, NUEVO LEÓN, A 18 DE AGOSTO DE 2021.

ORALIA YADIRA PÉREZ AYALA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DEL JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

123702

Con fecha 29-veintinueve de julio del año 2021-dos mil veintiuno, se admitió en éste Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el número de expediente 1039/2021 relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de Mercedes Chávez Rodríguez y/o Mercedes Chávez de López y/o Mercedes Chávez y/o Mercedes Chabez de López, ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el periódico El Porvenir que se edita en esta Ciudad y en el Boletín Judicial del Estado, a fin de convocar a todas aquellas personas que se crean con derecho a la herencia para que dentro del término de 30-treinta días contados a partir de la publicación del edicto que se ordena comparezcan ante ésta Autoridad a fin de deducir sus derechos hereditarios.- Doy Fe.- Monterrey, Nuevo León, a 18 de agosto del 2021.

LUIS FERNANDO SÁNCHEZ MARTÍNEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR

EDICTO

123708

A la persona moral Unión de Colonos Pedro Duelos Urbina, Asociación Civil, con domicilio ignorado. En fecha 13 trece de octubre de 2020 dos mil veinte, se admitió en este Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, con el expediente judicial número 628/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Roberto Ceja Martínez, en contra de Unión de Colonos Pedro Duelos Urbina, Asociación Civil; Alcalde y/o Presidente Municipal de Pesquería, Nuevo León; Sindico Segundo del Municipio de Pesquería, Nuevo León; y Gerente o Representante Legal de Fomento Metropolitano de Monterrey (Fomerrey), y mediante auto de fecha 18 dieciocho de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a Unión de Colonos Pedro Duelos Urbina, Asociación Civil, por medio de edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección de la parte actora, a fin de que dentro del término de 9 nueve días produzca su contestación.

Quedando a su disposición en este juzgado las correspondientes copias de traslado. En la inteligencia que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos diez días después contados desde el siguiente de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a Unión de Colonos Pedro Duelos Urbina, Asociación Civil para que dentro del término concedido para contestar la demanda, señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, las pendientes y de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijará en la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del código de procedimientos civiles.

ADÁN ISSAÍ CORTEZ DE LA CRUZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL

EDICTO

123720

INFED, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio ignorado. En fecha 18 dieciocho de junio de 2020 dos mil veinte, previo cumplimiento se admitió a trámite en este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado el expediente judicial número 244/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Gerardo Rodríguez Sifuentes, representante legal de Espumas Industriales Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la persona moral denominada Espumas Especiales Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable; de la empresa denominada INFED, Sociedad Anónima de Capital Variable y de Antonio Rojas Esquivel, al haberse realizado la búsqueda de la parte codemandada no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha dieciséis de junio de dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a la persona moral denominada INFED, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos “ABC”, El Porvenir, el Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 9 nueve días ocurran a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a la parte demandada de referencia para dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. En la inteligencia que queda a su disposición en la Secretaria del Juzgado copias simples de la demanda y de los documentos acompañados, debidamente sellados y rubricados. Doy fe.

LIC.ISAAC TIJERINA ALVIZO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

EDICTO

123722

Dentro del expediente judicial número 224/1995, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por Galyba Trade, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Gilberto Ramos Orta y Aída Carolina Lizcano Ruíz de Ramos, donde además fungen como Terceros Acreedores Juan Manuel Arredondo Cantú, Héctor Ovalle Maldonado, Gloria Sánchez Hernández y María de los Ángeles Monsiváis; se procede a sacar a Remate en Pública Subasta y Primer Almoneda el bien inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio a nombre de la parte demandada, bajo los datos siguientes: Inscripción número 2720, volumen 51, libro 55, Sección I Propiedad, Unidad San Nicolás de los Garza, Nuevo León, de fecha 14 catorce de mayo de 1991 mil novecientos noventa y uno, el cual se describe en el certificado de gravámenes de la siguiente manera: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NÚMERO 16 DE LA MANZANA 98 DEL FRACCIONAMIENTO PARQUE DE LA TALAVERNA UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 120.05 M² TENIENDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE 17.15 METROS A COLINDAR CON LOTE 15; AL SUR MIDE 17.15 METROS A COLINDAR CON LOTE 17; AL ORIENTE MIDE 7 METROS Y COLINDA CON LOTE 29. DICHA MANZANA SE

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ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORTE CON LA CALLE SERPENTINO, AL SUR CON LA CALLE CANTERA, AL ORIENTE CON LA CALLE JASPE Y EL PONIENTE CON LA CALLE PEDERNAL, TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO 410 DE LA CALLE JASPE DE DICHO FRACCIONAMIENTO. Así con el propósito de convocar postores, anúnciese la venta de referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 3 tres veces, dentro del término de 9 nueve días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación en la entidad, como lo son “El Norte, “Milenio”,

“ABC” o “El Porvenir”, a elección del ejecutante, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional. En la inteligencia de que los edictos antes ordenados deberán publicarse dentro del mencionado plazo de 9 nueve días. Entendiéndose que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día, el tercero de los mismos en el noveno, y el segundo, en cualquier tiempo que medie conforme al citado término. Siendo aplicable a lo anterior, la siguiente jurisprudencia, que a la letra dice EDICTOS, PUBLICACIÓN DE LOS.

TRATANDOSE DEL REMATE DE BIENES RAÍCES DEBE MEDIAR UN LAPSO DE NUEVE DÍAS ENTRE LA PRIMERA Y ÚLTIMA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1411 DEL CÓDIGO DE COMERCIO). Una correcta interpretación del artículo 1411 del Código de Comercio permite sostener que tratándose de bienes raíces, su remate se anunciará por tres veces, dentro del plazo de nueve días, entendiéndose que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el tercero el noveno, pudiéndose efectuarse el segundo de ellos en cualquier tiempo, ya que su publicación de otra forma reduciría la oportunidad de los terceros extraños a juicio que pudieran interesarse en la adquisición del bien, para enterarse de la diligencia, y de que pudieran prepararse adecuadamente para su adquisición; además debe establecerse que fue intención del legislador distinguir entre el remate de bienes muebles y el de inmuebles, por lo que se otorgó un mayor plazo para el anuncio de estos últimos, distinción que el juzgador no debe desatender. Siendo el valor del inmueble la cantidad de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), de acuerdo al avalúo rendido por los peritos designados por las partes y, como postura legal la cantidad de $333,333.33 (TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N). En el entendido de que la audiencia de remate se llevará a cabo a las 11:00 once horas del 30 treinta de septiembre del 2021 dos mil veintiuno por videoconferencia, a través de la aplicación gratuita denominada Microsoft Teams, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor informacion a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, aplicado supletoriamente a la legislación mercantil, en relación con los numerales 1410 y 1411 del Código de Comercio.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

123731

En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Monterrey, Nuevo León, por auto dictado el 7 siete de julio de 2021 dos mil veintiuno, dentro del expediente judicial número 802/2021 relativo a las diligencias de jurisdicción voluntaria sobre información ad perpetuam, promovidas por José Gerardo Salazar Saldívar, el cual se tramita ante esta autoridad, se ordenó dar una amplia publicidad a las presentes diligencias mediante edictos y por una sola vez en el Boletín Judicial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad como lo son el Porvenir, Milenio Diario, el Norte o Periódico ABC, lo anterior a fin de justificar la posesión como medio para adquirir el dominio pleno del inmueble que a continuación se describe: lote de terreno, que se encuentra ubicado en "Los Fierros"

Municipio de Santiago, Nuevo León, y punto denominado como "El Barreal", el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: Por el Norte mide (112.00) mts. Ciento doce metros y colinda con propiedad del Sr. Eleuterio Silva; Por el Sur mide (112.00)mts. Ciento doce

metros y colinda con propiedad del Sr. Federico Tamez; Por el Oriente mide (14.75)mts. catorce metros setenta y cinco centímetros y colinda con calle Juárez. Con una superficie total de (1,555.53) m2.

Dicha propiedad cuenta con Expediente Catastral número 56) 05-02- 90- 08. Dicho inmueble también se identifica como el ubicado en la calle Benito Juárez No, 1207 A, en San Pedro Los Fierros, en Santiago, Nuevo León.” Doy fe.

LICENCIADO JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.

EDICTO

123733

En la ciudad de Guadalupe, Nuevo León, el día 6-seis de agosto del año 2021-dos mil veintiuno se admitió a trámite el expediente judicial número 1778/2021 relativo al JUICIO SUCESORIO de INTESTADO a bienes de LUIS GONZALO CARMONA CRUZ, denunciado ante este juzgado primero familiar del segundo distrito judicial, en el cual se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez tanto en el Boletín Judicial, como en el periódico “El Porvenir” que se edita en la Entidad, convocándose a los que se crean con derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo ante esta autoridad en el término de 30-treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación del edicto ordenado. Doy Fe.

IRENE ROCHA VELÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123736

En la ciudad de Guadalupe, Nuevo León, el día 16-dieciséis de junio del año 2021-dos mil veintiuno, se admitió a trámite el expediente judicial número 1225/2021 relativo al JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO a bienes de DELFINO JAHIR RUIZ SEPULVEDA,, denunciado ante este juzgado primero familiar del segundo distrito judicial, en el cual se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez tanto en el Boletín Judicial, como en el periódico “El Porvenir”

que se edita en la Entidad, convocándose a los que se crean con derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo ante esta autoridad en el término de 30-treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación del edicto ordenado. Doy Fe.

IRENE ROCHA VELÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123737

En la ciudad de Guadalupe, Nuevo León, el día 13-trece de agosto del año 2021-dos mil veintiuno, se admitió a trámite el expediente judicial número 1877/2021 relativo al JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO a bienes de VICENTA TORRES ZUÑIGA, denunciado ante este juzgado primero familiar del segundo distrito judicial, en el cual se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez tanto en el Boletín Judicial, como en el periódico “El Porvenir” que se edita en la Entidad, convocándose a los que se crean con derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo ante esta autoridad en el término de 30-treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación del edicto ordenado. Doy Fe.

IRENE ROCHA VELÁZQUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

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123740

En fecha treinta de agosto de dos mil diecinueve, dentro del expediente número 888/2019, relativo al juicio sucesorio de intestado acumulado a bienes de José Arnulfo Paz González o José Paz o José Arnulfo Paz o José Arnulfo Paz Glez y Juan Javier Paz Rodríguez, se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez, tanto en el Boletín Judicial del Estado, como en el periódico “El Porvenir” que se edita en esta Entidad, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria, para que acudan a deducirlo al local de este Juzgado, dentro del término de treinta días, contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado. Doy fe.-

AÍDA MARYSOL VALDÉS ULLOA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123741

En fecha diez de agosto de dos mil veintiuno, dentro del expediente número 1019/2021, relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de María Elena Villalobos Jacobo, se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez, tanto en el Boletín Judicial del Estado, como en el periódico “El Porvenir” que se edita en esta Entidad, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria, para que acudan a deducirlo al local de este Juzgado, dentro del término de treinta días, contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado. Doy fe.-

AÍDA MARYSOL VALDÉS ULLOA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

123742

En fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinte, dentro del expediente número 1038/2020, relativo al juicio sucesorio de intestado a bienes de Alfonso Sánchez Ramos se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez, tanto en el Boletín Judicial del Estado, como en el periódico “El Porvenir” que se edita en esta Entidad, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria, para que acudan a deducirlo al local de este Juzgado, dentro del término de treinta días, contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado. Doy fe.-

AÍDA MARYSOL VALDÉS ULLOA

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL

Referencias

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