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Número Término Definición Instalación eléctrica (de edificios)

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Academic year: 2021

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SECCION 7 INSTALACIONES ELECTRICAS EN EDIFICACIONES

070 CARACTERISTICAS DE LAS INSTALACIONES

Número Término Definición

07-70-01 Instalación eléctrica (de edificios)

Conjunto de equipos eléctricos asociados para cumplir un fin o fines específicos y que presentan características coordinadas.

07-70-02 Instalación al interior Es una instalación eléctrica o de comunicaciones, dentro de un edificio o una envolvente, cuyos medios de servicio están protegidos contra las influencias atmosféricas. 07-70-03 Instalación a la

intemperie

Es una instalación eléctrica o de comunicaciones al aire libre, expuesta directamente a la radiación solar.

07-70-04 Instalación al exterior Es una instalación eléctrica o de comunicaciones, protegida contra la radiación solar directa y precipitaciones atmosféricas, se incluye el viento en casos especiales. Por lo demás, equivale al aire libre.

07-70-05 Origen de una instalación eléctrica

Punto a partir del cual la energía eléctrica es enviada a una instalación.

07-70-06 A prueba de explosión Significa la capacidad de soportar alguna explosión de gas que pueda ocurrir en su interior, sin dañar y sin transmitir flama al exterior.

07-70-07 Sumergible Construido de manera tal que funcione con regularidad cuando este sumergido en el agua bajo condiciones específicas de presión y de tiempo.

07-70-08 Blindaje Metálico Encerramiento completo de partes conductoras en una caja, celda o cubierta metálica.

07-70-09 Conductor neutro Conductor conectado a un punto neutro de un sistema y capaz de contribuir con la transmisión de la energía eléctrica.

07-70-10 Temperatura ambiente Temperatura del aire u otro medio donde se utilizará el equipo.

07-70-11 Sistema de

alimentación eléctrica para servicios de seguridad

Sistema de alimentación encargado de mantener la operación del equipo y de las instalaciones básicas: - Para la salud y seguridad de las personas, y/o - Si lo exige el reglamento, para evitar daños

importantes al ambiente o a otros equipos. Nota:

El sistema de alimentación incluye la fuente y los circuitos hasta los terminales del equipo. En ciertos casos también podría incluir el equipo. 07-70-12 Sistema de doble

alimentación

Sistema de alimentación destinado a mantener el funcionamiento del equipo básico para la seguridad de las personas.

Nota:

Sistema de alimentación previsto para mantener, por razones que no sean las de seguridad, el funcionamiento de una instalación o de partes de la misma, en caso de interrupción de la alimentación normal. 07-70-13 Fuente eléctrica de

seguridad

Fuente destinada a mantener el sistema de alimentación eléctrica para los servicios de seguridad.

07-70-14 Fuente eléctrica de reserva

Fuente destinada a mantener, por razones diferentes a la seguridad, la alimentación de una instalación o las partes o una parte de la misma, en caso de interrupción de la alimentación normal.

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071 TENSIONES

Número Término Definición

07-71-01 Tensión nominal (de una instalación)

Tensión mediante la cual se diseña a una instalación o una parte de la misma.

Nota:

La tensión normal podría diferir de la tensión nominal en los límites de las tolerancias admisibles.

07-71-02 Tensión de contacto Tensión que aparece durante una falla de aislamiento, simultáneamente entre partes accesibles.

Notas:

1. Convencionalmente, este término se utiliza únicamente en conexión

con la protección frente a contactos indirectos.

2. En ciertos casos, el valor de la tensión de contacto podría verse

apreciablemente influenciado por la impedancia de la persona que se encuentre en contacto con estas partes.

07-71-03 Tensión de contacto prevista

La tensión de contacto más alta sujeta a aparecer en el caso de un defecto de una impedancia insignificante en la instalación eléctrica.

07-71-04 Tensión de contacto convencional límite

Valor máximo de tensión de contacto permitido que puede mantenerse indefinidamente en condiciones específicas de influencias externas.

072 CHOQUE ELECTRICO

Número Término Definición

07-72-01 Parte activa Conductor o parte conductora que se energizará en uso normal, incluyendo un conductor neutro pero, por convección, no un conductor PEN.

Nota:

Este término no necesariamente implica un riesgo de choque eléctrico. 07-72-02 Parte conductora

accesible

Parte conductora de un equipo eléctrico que puede ser tocada y que normalmente no se encuentra activa, pero que puede activarse en condiciones de falla.

Nota:

Parte conductora de un equipo eléctrico que únicamente puede volverse activa en condiciones de falla a través de un parte conductora, y no se considera una parte conductora expuesta.

07-72-03 Elemento conductor (extraño a la instalación eléctrica)

Parte conductora que no forma parte de la instalación eléctrica y expuesta a introducir un potencial, generalmente un potencial a tierra.

07-72-04 Choque eléctrico Efecto patofisiológico generado como consecuencia de una corriente eléctrica que atraviesa un cuerpo humano o animal.

07-72-05 Contacto directo Contacto de personas o ganado con partes activas. 07-72-06 Contacto indirecto Contacto de personas o ganado con partes conductoras

accesibles que se han vuelto activas en condiciones de falla.

07-72-07 Corriente de choque Corriente que atraviesa el cuerpo de una persona o animal y que presenta características que probablemente causen efectos patofisiológicos.

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07-72-08 Corriente de fuga (en una instalación)

Corriente que, en ausencia de una falla, fluye a la tierra o a partes conductoras extrañas a la instalación eléctrica en un circuito.

Nota:

Esta corriente podría tener un componente capacitivo que incluye aquel que resulte del uso deliberado de los condensadores.

07-72-09 Corriente diferencial residual

Suma algebraica de los valores instantáneos de la corriente que fluye a través de todos los conductores activos de un circuito en un punto de la instalación eléctrica.

07-72-10 Partes

simultáneamente accesibles

Conductores o partes conductoras que pueden ser tocadas simultáneamente por una persona, o de ser el caso, por ganado.

Nota:

Las partes simultáneamente accesibles pueden ser:

- partes activas

- Partes conductoras accesibles

- Partes conductoras extrañas

- Conductores de protección,

- Electrodos de tierra

07-72-11 Volumen accesible a la mano

Zona que se extiende desde cualquier punto de la superficie donde las personas caminan o circulan habitualmente hasta los límites a los que alcanza una persona con la mano en cualquier dirección sin ayuda. 07-72-12 Envolvente Parte que protege al equipo frente a ciertas influencias

externas y, en cualquier dirección, protección frente al contacto directo.

El Código Nacional de Electricidad - Suministro amplía esta definición y considera a envolvente como envoltura o carcasa de un aparato, o cerca o paredes que rodean una instalación para evitar que las personas puedan entrar en contacto accidental con partes energizadas o para proteger al equipo contra daños físicos

07-72-13 Barrera Parte que protege frente al contacto directo desde

cualquier dirección inusual de acceso.

07-72-14 Obstáculo Parte que evita el contacto directo no intencional, pero que no evita el contacto directo intencional.

07-72-15 Parte activa peligrosa Parte activa que puede generar, bajo ciertas condiciones de influencias externas, un choque eléctrico.

07-72-16 Protección por limitación de la corriente permanente y de la cantidad de electricidad.

Protección frente a un choque eléctrico mediante el diseño del circuito o del equipo de manera tal que bajo condiciones normales y de falla la corriente estacionaria y la carga estén limitadas a un nivel por debajo del nivel de peligro.

07-72-17 Aislamiento principal Aislamiento aplicado a las partes activas para proveer una protección básica frente al choque eléctrico.

Nota:

El aislamiento básico no incluye el aislamiento utilizado exclusivamente con fines funcionales.

07-72-18 Aislamiento suplementario

Aislamiento independiente aplicado además del aislamiento básico para proporcionar protección frente a choque eléctrico en el caso de una falla del aislamiento básico.

07-72-19 Doble aislamiento Aislamiento que incluye el aislamiento básico y el aislamiento suplementario.

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07-72-20 Aislamiento reforzado Aislamiento de las partes activas peligrosas que proporciona un grado de protección frente a un choque eléctrico equivalente a un doble aislamiento.

Nota:

El aislamiento reforzado podría comprender varias capas que no pueden ensayarse individualmente como aislamiento básico o suplementario.

073 PUESTA A TIERRA

Número Término Definición

07-73-01 Tierra Masa conductora de la tierra, cuyo potencial eléctrico en cualquier punto se toma convencionalmente como igual a cero.

07-73-02 Toma de tierra Parte conductora o grupo de partes conductoras en contacto íntimo y que proveen una conexión a tierra. 07-73-03 Resistencia total de

puesta a tierra

Resistencia entre el terminal a tierra principal y la tierra. 07-73-04 Toma de tierra eléctrica

independiente; toma de tierra independiente

Tomas de tierra localizadas a una distancia tal una de la otra que probablemente la corriente máxima que atraviese a una de ellas no afecte significativamente el potencial de las otras.

07-73-05 Conductor de protección

Conductor requerido por algunas medidas de protección frente a choques eléctricos para conectar eléctricamente cualquiera de las partes siguientes:

- Partes conductoras accesibles - Partes conductoras extrañas - Barra principal de tierra, - Toma de tierra

- Punto de alimentación a tierra o a un punto neutro artificial.

07-73-06 Conductor PEN Conductor de tierra que combina las funciones del conductor protector y del conductor neutral.

Nota:

El acrónimo PEN resulta de la combinación de PE, por conductor protector, y N por conductor neutro.

07-73-07 Conductor de tierra Conductor protector que se conecta a la barra principal de tierra o a la barra de la toma de tierra.

07-73-08 Borne principal de tierra; barra principal de tierra

Terminal o barra prevista para la conexión de los dispositivos de puesta a tierra de los conductores de protección, y que comprende los conductores de equipotencialidad y eventualmente los conductores que aseguran una puesta a tierra funcional.

07-73-09 Conexión equipotencial Conexión eléctrica que pone diversas partes conductoras expuestas y partes conductoras extrañas a un potencial prácticamente igual.

El Código Nacional de Electricidad - Suministro lo considera como una conexión permanente de baja impedancia, de partes metálicas normalmente no energizadas, para formar una vía eléctricamente conductiva que asegure continuidad eléctrica y la capacidad para conducir con seguridad cualquier corriente impuesta.

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07-73-10 Conductor de equipotencial

Conductor protector que asegura la conexión equipotencial.

074 CIRCUITOS ELECTRICOS

Número Término Definición

07-74-01 Circuito eléctrico (de una instalación)

Conjunto de equipos eléctricos de la instalación alimentada a partir del mismo origen y protegido frente sobreintensidades por el (los) mismo(s) dispositivo(s) de protección.

07-74-02 Circuito de distribución (de edificios)

Circuito que abastece un tablero de distribución. 07-74-03 Circuito terminal (de

edificios)

Circuito conectado directamente a la corriente utilizando equipo o a un tomacorriente.

07-74-04 Circuito Derivado Circuito comprendido entre un dispositivo de protección y los puntos de utilización.

07-74-05 Circuito de Fuerza Circuito derivado usado para la conexión de artefactos y/o máquinas eléctricas.

07-74-06 Corriente de diseño (de un circuito)

Corriente destinada a ser transportada por un circuito en servicio normal.

07-74-07 Corriente (permanente) accesible (de un conductor)

Corriente máxima que puede ser transportada continuamente por un conductor en condiciones específicas sin que su temperatura estacionaria exceda un valor específico.

07-74-08 Sobreintensidad; sobrecorriente

Cualquier corriente que exceda el valor asignado. En el caso de conductores, el valor asignado consiste en la capacidad de transportar la corriente.

07-74-09 Corriente de sobrecarga (de un circuito)

Sobreintensidad que ocurre en un circuito en ausencia de una falla eléctrica.

07-74-10 Corriente de cortocircuito (franco)

Sobreintensidad que se deriva de una falla de impedancia insignificante entre conductores activos con una diferencia de potencial bajo condiciones de operación normales. 07-74-11 Corriente convencional

de funcionamiento (de un dispositivo de protección)

Valor específico de la corriente que hace que el dispositivo de protección funcione dentro de un tiempo específico, denominado tiempo convencional.

07-74-12 Detección de sobreintensidad

Función que establece que el valor de la corriente en un circuito excede un valor predeterminado para una duración de tiempo específica.

075 CANALIZACIONES ELECTRICAS

Número Término Definición

07-75-01 Cámara para transformador

Un recinto cerrado encima o debajo del suelo con paredes, piso y techo resistentes al fuego, en el cual los transformadores y su equipo asociado son instalados, y que no es atendida de manera continua durante su operación. Ver también: cámara.

07-75-02 Canalización (eléctrica) Conjunto formado por un cable o cables o barras y las partes que los aseguran, y, de ser necesario, recubren el cable (s) o las barras.

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07-75-03 Huecos en la construcción

Espacio dentro de la estructura o los componentes de un edificio accesible únicamente en ciertos puntos.

Notas:

1. Ejemplos: espacio con divisiones, cielos rasos, techos y ciertos

tipos de marcos de ventanas, marcos de puertas y arquitrabes.

2. Hueco formado especialmente en un elemento del edifico también

conocido como ducto.

07-75-04 Conducto Parte de un sistema de canalización eléctrica cerrada, de sección transversal circular o no para conductores aislados y/o cables en instalaciones eléctricas, permitiéndoles ser arrastrados y/o cambiados.

Nota:

Los conductos deben estar suficientemente unidos de manera tal que los conductores aislados y/o cables que únicamente pueden ser arrastrados y no insertados lateralmente.

Un conducto puede indicar una tubería metálica, un ducto a nivel de una superficie, etc. Si un conducto contiene solamente un ducto es llamado un conducto simple, si contiene más de un ducto se denomina conducto múltiple, usualmente precisando el número de ductos, por ejemplo conducto de dos ductos.

07-75-05 Sistema de conductos Una combinación de conductos, buzones de inspección, buzones de registro y cámaras, unidos para formar un solo conjunto.

07-75-06 Canal Sistema de envolventes cerrados que comprende una

base con cubierta removible destinada a envolver completamente los conductores aislados, cables, cordones, y para el alojamiento de otros equipos eléctricos.

07-75-07 Cajetín Elemento de una canalización eléctrica sobre o a nivel del terreno o piso, abierto, ventilado o cerrado, y con dimensiones que no permitan el ingreso de personas pero si el acceso de conductos y/o cables durante y después de la instalación.

07-75-08 Bandeja Soporte de cables compuesto por una base continua y

rebordes y sin cubierta. Nota:

La bandeja puede ser perforada o no perforada.

07-75-09 Escalera de cables Soporte para cables formado por una serie de elementos transversales rígidamente fijos a los montantes longitudinales principales.

07-75-10 Repisa Soportes horizontales para cables fijos en un extremo,

espaciados a intervalos en los cuales se ubican los cables.

07-75-11 Bridas Soportes espaciados a intervalos y que retienen

mecánicamente un cable o un conducto.

076 OTROS EQUIPOS

Número Término Definición

07-76-01 Material eléctrico Cualquier elemento utilizado con fines de generación, conversión, transmisión, distribución u utilización de la energía eléctrica, como por ejemplo, máquinas, transformadores, aparatos, instrumentos de medición, dispositivos de protección, equipos para canalizaciones eléctricas, artefactos.

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07-76-02 Material que utiliza la corriente eléctrica

Equipos destinados a convertir la energía eléctrica en otra forma de energía, por ejemplo luz, calor, fuerza motriz. 07-76-03 Aparamenta Equipo proporcionado para ser conectado a un circuito

eléctrico con la finalidad de realizar una o más de las siguientes funciones: protección, control, aislamiento, maniobra.

07-76-04 Material móvil Equipo que se desplaza durante su funcionamiento o que puede moverse fácilmente de un lugar a otro mientras está conectado al suministro.

07-76-05 Material portátil manualmente

Equipo portátil destinado a ser llevado en la mano durante su uso normal, en el cual el motor, si tuviera alguno, es parte integral del equipo.

07-76-06 Material fijo Cualquier equipo fijo o equipo que no incluya una manija de transporte y que tenga una masa tal que no pueda ser movido con facilidad.

07-76-07 Material instalado en un lugar fijo

Equipo asegurado a un soporte o asegurado, por otro medio, a una ubicación específica.

077 AISLAMIENTO Y CONEXION

Número Término Definición

07-77-01 Seccionamiento Función destinada a cortar, por razones de seguridad, el suministro de alimentación de todas o una sección separada de la instalación mediante la separación o seccionamiento de cada fuente de energía eléctrica. 07-77-02 Desconexión para

mantenimiento mecánico

Operación destinada a desactivar un elemento o elementos de equipos accionados eléctricamente con la finalidad de evitar peligros que no se deban al choque eléctrico o al arco, durante el trabajo no eléctrico en este equipo.

07-77-03 Desconexión de emergencia

Operación destinada a eliminar tan rápido como sea posible el peligro que podría haberse generado inesperadamente.

07-77-04 Parada de emergencia Parada de emergencia destinada a detener un movimiento que se ha vuelto peligroso.

07-77-05 Maniobra funcional Operación destinada a conectar o desconectar o variar el suministro de energía eléctrica a toda o parte de una instalación con fines de realizar una operación.

078 CALIFICACION DEL PERSONAL

Número Término Definición

07-78-01 Persona calificada Persona con formación profesional y experiencia que lo hacen capaz de evitar peligros y evitar los riesgos que podría generar la electricidad.

07-78-02 Persona designada Una persona calificada designada para realizar tareas específicas bajo condiciones existentes

07-78-03 Persona advertida Persona suficientemente informada o supervisada por personas calificadas que le permitan evitar peligros y los riesgos que podría generar la electricidad.

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07-78-05 Trabajador autorizado Aquella persona debidamente entrenada y que tiene conocimiento y pericia en la ejecución de los trabajos propios del sector y que ha sido autorizado por su jefatura correspondiente.

07-78-06 Trabajador especializado en trabajos en posiciones elevadas (liniero)

Un trabajador que debido a su formación y experiencia conoce los métodos de trabajo en posiciones elevadas y ha demostrado de manera continua su destreza y su conocimiento de los peligros asociados.

Referencias

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