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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

ALCALDIA POPULAR 2004 – 2007 ¡De la Mano con el Pueblo!

(2)

EQUIPO DE TRABAJO

Alcaldía Municipal

William Escobar

Alcalde Municipal

Yofre Fandiño

Secretario Administrativo

Humberto Rodríguez

Secretario de Hacienda

Mario Portela

Secretario de Planeación

Asesores

Jaime Monroy Carrillo

Asesor Jurídico

Cesar Góngora

Asesor Contable

Roberto Vásquez

Asesor de Presupuesto

Consultor

(3)

CONTENIDO

Página

INTRODUCCION

3

CONCEPTO DE MANUAL DE FUNCIONES

5

IMPLICACIONES

LEGALES

DE

LOS

MANUALES

DE

FUNCIONES

5

ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN

6

CONCEPTO DE ORGANIZACION

6

MISION

7

VISION

7

ESTRUCTURA

7

ESTRUCTURA INTERNA

8

FUNCIONES GENERALES

10

Despacho del Alcalde

10

Secretaría Administrativa

15

Secretaría de Planeación y Obras Públicas

19

Secretaría de Hacienda

23

Inspección Municipal de Policía

26

SISTEMA DE NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE

FUNCIONES Y REQUISITOS GENERALES

27

NOCION DE EMPLEO

27

NIVELES JERARQUICOS DE LOS EMPLEOS

27

NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES

27

FACTORES Y ESTUDIOS PARA LA DETERMINACION DE

REQUISITOS

28

Estudios

28

Experiencia

28

COMPETENCIAS LABORALES PARA EL EJECICIO DE LOS

EMPLEOS

30

Definición de Competencias

30

Componentes de las Competencias

30

Contenido Funcional del Empleo

30

Competencias Funcionales

31

Competencias Comportamentales

31

(4)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 2 “De la Mano con el Pueblo”

Competencias Comportamentales por Nivel Jerárquico

32

REQUISITOS PARA EL EJERICIO DE LOS EMPLEOS

34

NOMENCLATURA,

CLASIFICACION

Y

CODIGO

DE

EMPLEOS

35

Nomenclatura de Empleos

35

Equivalencia de Empleos

36

EQUIVALENCIA ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA

38

PLANTA DE PERSONAL

42

DEFINICION

42

ESTRUCTURA DE LA PLANTA DE PERSONAL

43

DISTRIBUCIÓN INTERNA DE LA PLANTA

43

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS

LABORALES

45

DECRETO No. 033 de 2005

46

(5)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 3 “De la Mano con el Pueblo”

INTRODUCCION

Con la expedición del decreto 785 de 2005 el cual reglamenta

la Ley 909 de 2004, se determino un nuevo sistema de

nomenclatura, clasificación de funciones y requisitos generales

de los empleos de las Entidades Territoriales, lo cual implica la

necesidad de hacer un ajuste en cuanto a la denominación y

códigos de los mismos los cuales se regían por el decreto 1569

de 1998.

Adicionalmente al cambio en la nomenclatura, clasificación de

las funciones y requisitos de los empleos, el gobierno nacional en

desarrollo de lo establecido en el artículo 13 del decreto 785

introduce el concepto de competencias laborales, las cuales

deben ser tenidas en cuenta para el ajuste de los respectivos

manuales de funciones.

El proceso de ajuste al nuevo sistema de nomenclatura lleva

consigo 2 etapas, de las cuales la primera consiste en realizar un

ajuste de las plantas de personal a las nuevas denominaciones y

códigos de los empleos contenidas en la misma y en segunda

instancia se tiene la realización del ajuste al manual de

funciones, en el cual se deben tener en cuenta aspectos

importantes tales como la identificación del empleo que debe

estar acorde con la nueva codificación, la definición del

propósito principal o razón de ser del empleo a partir de las

funciones esenciales, la determinación de las funciones

esenciales del empleo, definición de las contribuciones

individuales de quien este llamado a desempeñar el empleo, la

definición de los conocimientos básicos o esenciales que debe

poseer quien ocupe el empleo, los nuevos requisitos de estudio

y experiencia establecidos para los empleos, la inclusión en el

manual de funciones de las competencias comunes a los

servidores públicos y las competencias comportamentales por el

niveles jerárquicos de empleo.

(6)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 4 “De la Mano con el Pueblo”

Los aspectos antes relacionados son la principal justificación

para la elaboración del presente manual de funciones y

competencias laborales, ya que con el mismo se busca en

primer lugar darle una orientación a la gestión del talento

humano dentro de la Alcaldía Municipal, frente a un nuevo

modelo de gestión pública, y de otra parte se encuentra el

deber que tiene la Administración Municipal en dar

cumplimiento al marco legal que lo regula.

(7)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 5 “De la Mano con el Pueblo”

CONCEPTO DE MANUAL DE FUNCIONES

Es el instrumento de administración de personal a través del cual

se establecen las funciones y las competencias laborales de los

empleos que conforman la planta de personal de una entidad

en particular y los requerimientos exigidos para el desempeño

de los mismos. Se constituye en el soporte técnico que justifica y

da sentido a la existencia de los cargos en una organización.

Implicaciones Legales de los Manuales de Funciones:

De acuerdo a lo establecido en el artículo 122 de la

Constitución Política de Colombia “No habrá empleo público

que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento”, lo cual

indica el deber que tienen las entidades públicas de establecer

sus manuales de funciones.

De otra parte el artículo 1º. de la ley 87 de 1993 define que el

control interno, “… deberá concebirse y organizarse de tal

manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las

funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en

particular

de

las

asignadas

a

aquellos

que

tengan

responsabilidad de mando.”; igualmente se establece en el

parágrafo de éste artículo, que el control interno se expresará

entre otras, a través de la verificación y evaluación de

regulaciones administrativas, de manuales de funciones y

procedimientos.

Otro de los argumentos legales que soportan la existencia de

manuales de funciones en las entidades públicas se encuentra

definido en el artículo 9°. de la Ley 190 de 1995, el cual dice

“..las entidades públicas elaboraran un manual de funciones en

el cual se especifiquen claramente las tareas que debe cumplir

cada funcionario de la entidad. Aquellas que dispongan de

manual de funciones deberán asegurar que respecto de cada

servidor público se precisen de manera clara sus funciones.”

(8)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 6 “De la Mano con el Pueblo”

Finalmente el artículo 29 del Decreto Ley 785 de 2005 establece

que: “Para efectos de la aplicación del sistema de

nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el

presente decreto, las autoridades territoriales competentes

procederán a ajustar las plantas de personal y los respectivos

manuales de funciones y de requisitos, dentro del año siguiente

a la vigencia de este decreto.

Para ello tendrán en cuenta las nuevas denominaciones de

empleo, la naturaleza general de las funciones de los mismos y

las competencias laborales exigibles, en relación con las

funciones que tenía establecido el

empleo anterior.”

ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ADMINISTRACION

CONCEPTO DE ORGANIZACIÓN

Antes de describir la estructura orgánica de la administración

municipal es pertinente definir el concepto de estructura el cual

de acuerdo con las metodologías establecidas por el

Departamento Administrativo de la Función Pública ésta se

entiende como, el ente social creado intencionalmente para el

logro de determinados objetivos, mediante el trabajo humano y

la utilización de recursos materiales (tecnología, equipos,

maquinaria, instalaciones físicas, etc.). Disponen de una

determinada estructura jerárquica y de cargos arreglados en

unidades; están orientadas a ciertos objetivos y se caracterizan

por una serie de relaciones entre sus componentes: poder,

control, división del trabajo, comunicaciones, liderazgo,

motivación, fijación y logros de objetivos.

(9)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 7 “De la Mano con el Pueblo”

MISIÓN

El municipio de Cunday, como fruto de un proceso de

descentralización político Administrativo del Estado, existe para

garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos,

promover el progreso de su territorio y organizar su desarrollo,

mediante la coordinación de procesos participativos que

conduzcan al mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

VISION

La

administración

municipal

se

constituirá

como

una

organización moderna y adaptable a los cambios propuestos

por la realidad social del municipio, cuyas características

principales serán la eficiencia y la eficacia en la prestación de

los servicios públicos a su cargo, en donde el ciudadano debe

ser considerado como el principal cliente y para quien todos los

esfuerzos de la administración estarán dirigidos con el fin último

de dar soluciones oportunas a sus requerimientos.

ESTRUCTURA

La Alcaldía municipal de Cunday, se encuentra conformada

por un nivel central y uno descentralizado. El Nivel Central está

constituido por el Despacho del Alcalde, los Órganos de

Asesoría y Coordinación, la Secretaría administrativa, la

Secretaría de Planeación y Obras Públicas, la Secretaría de

Hacienda y la Inspección Municipal de Policía.

El nivel descentralizado se encuentra constituido por la Empresa

de Servicios Públicos y el Hospital Federico Arbelaez.

(10)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 8 “De la Mano con el Pueblo”

ESTRUCTURA INTERNA

• DESPACHO DEL ALCALDE

• ORGANOS DE COORDINACION Y ASESORIA

• Consejo de Gobierno

• Consejo Municipal de Planeación

• Consejo Municipal de Política Fiscal.

• Consejo Municipal de Política Social

• Consejo Municipal de Desarrollo Rural

• Comité de Atención y Prevención de Desastres

• SECRETARIA ADMINISTRATIVA

• Area de Recurso Humano

• Area de Desarrollo Comunitario

• Area de Seguridad Ciudadana

• Area de Recursos Físicos

• Area de Asuntos Jurídicos

• SECRETARIA DE PLANEACION Y OBRAS PUBLICAS

• Area de Planeación

• Area de Obras Públicas e Infraestructura

• Area de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

• Area de Desarrollo Territorial

• Area de SISBEN y Estratificación Socio – económica

• Area de Control Interno y Mejoramiento Continuo

• SECRETARIA DE HACIENDA

• Area de Presupuesto

• Area de Tesorería

• Area de Contabilidad

• Area de Rentas

(11)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 9 “De la Mano con el Pueblo”

(12)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 10 “De la Mano con el Pueblo”

FUNCIONES GENERALES

Despacho Del Alcalde

Funciones

Además de las atribuciones contenidas en la Constitución

Política, el Régimen Municipal Colombiano define que los

alcaldes ejercerán las funciones que le asignan la Constitución,

la ley, las ordenanzas, los acuerdos y las que le fueren

delegadas por el Presidente de la República o gobernador

respectivo. Así mismo, la ley 136 de 1994 establece como

funciones del alcalde las siguientes:

A. En relación con el Concejo:

-

Presentar

los

proyectos

de

acuerdo

que

juzgue

convenientes para la buena marcha del municipio.

-

Presentar oportunamente los proyectos de acuerdo sobre

planes y programas de desarrollo económico y social, y de

obras públicas, que deberá estar coordinados con los

planes departamentales y nacionales.

-

Presentar dentro del término legal el proyecto de acuerdo

sobre el presupuesto anual de rentas y gastos.

-

Colaborar con el concejo para el buen desempeño de sus

funciones; presentarles informes generales sobre su

administración en la primera sesión ordinaria de cada año,

y convocarlo a sesiones extraordinarias en las que solo se

ocupará de los temas y materias para los cuales fue

citado.

-

Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere

aprobado el concejo y objetar los que considere

inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.

-

Reglamentar los acuerdos municipales.

-

Enviar al gobernador, dentro de los cinco (5) días

siguientes a su sanción o expedición los acuerdos del

Concejo, los decretos de carácter general que expida, los

(13)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 11 “De la Mano con el Pueblo”

actos mediante se reconozca y decrete honorarios a los

concejales y los demás de carácter particular que el

gobernador le solicite.

-

Aceptar la renuncia o conceder licencias a los concejales

cuando el concejo esté en receso.

B. En relación con el orden público:

-

Conservar el orden público en el municipio de

conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente

de la República y del respectivo Gobernador. La Policía

Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las ordenes

que le imparta el alcalde por conducto del respectivo

comandante.

-

Dictar para el mantenimiento del orden público o su

restablecimiento de conformidad con la ley, si fuera del

caso, medidas tales como:

 Restringir y vigilar la circulación de las personas

por vías y lugares públicos;

 Decretar el toque de queda;

 Restringir o prohibir el expendio y consumo de

bebidas embriagantes;

 Requerir el auxilio de la fuerza armada en los

casos permitidos por la Constitución y la Ley;

 Dictar dentro del área de su competencia, los

reglamentos de policía local necesarios para el

cumplimiento

de

las

normas

superiores,

conforme el artículo 9° del Decreto 1355 de 1970

y demás disposiciones que los modifiquen o

adicionen.

(14)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 12 “De la Mano con el Pueblo”

C. En relación con la Nación, al Departamento y a las

autoridades jurisdiccionales:

-

Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los

empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el

municipio, cuando no haya disposición que determine la

autoridad que deba hacerlo, en casos de fuerza mayor o

caso fortuito o cuando reciba tal delegación.

-

Coordinar y supervisar los servicios que presten en el

municipio entidades nacionales o departamentales e

informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del

cumplimiento de los deberes por parte de los funcionarios

respectivos en concordancia con los planes y programas

de desarrollo Municipal.

-

Visitar periódicamente las dependencias administrativas y

las obras públicas que se ejecuten en el territorio de la

jurisdicción.

-

Ejercer las funciones que le delegue el gobernador.

-

Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando

éstas requieran de su apoyo e intervención.

D. En relación con la administración municipal:

-

Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el

cumplimiento de las funciones y de la prestación de los

servicios

a

su

cargo,

representarlo

judicial

y

extrajudicialmente.

-

Nombrar y remover los funcionarios de sus dependencias y

a los gerentes y directivos de los establecimientos públicos,

y las entidades industriales y comerciales de carácter local

de acuerdo con las disposiciones pertinentes.

-

Suprimir o fusionar entidades o dependencias municipales

de conformidad con los acuerdos respectivos.

-

Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias,

señalarle funciones especiales y fijarle sus emolumentos

con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrán

crear obligaciones que excedan el monto global fijado

(15)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 13 “De la Mano con el Pueblo”

para gastos de personal en el presupuesto inicialmente

aprobado.

Los acuerdos que sobre este particular se expidan podrán

facultar al alcalde para que sin exceder el monto

presupuestal fijado ejerza dicha función pro – tempore, en

los términos del artículo 209 de la Constitución Política.

-

Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios

municipales de acuerdo con el plan de desarrollo

económico, social y con el presupuesto, observando las

normas jurídicas aplicables.

-

Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro

de las obligaciones a favor del municipio. Esta función

puede ser delegada en las tesorerías municipales y se

ejercerá conforme a lo establecido en la Legislación

Contencioso Administrativa y de Procedimiento Civil.

-

Velar por el cumplimiento de las funciones de los

empleados oficiales municipales y dictar los actos

necesarios para su administración.

-

Apoyar con recursos humanos y materiales el buen

funcionamiento de las juntas administradoras locales.

-

Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos diarios,

según la gravedad, a quienes le desobedezcan, o le falten

el respeto, previo procedimiento sumario administrativo

donde se observe el debido proceso y el derecho de

defensa,

de

conformidad

con

los

acuerdos

correspondientes.

La oportunidad para el pago y la conversión de las sumas

en arresto se gobiernan por lo prescrito en la ley.

-

Ejercer el poder disciplinario respecto de los empleados

oficiales bajo su dependencia.

-

Señalar el día o los días en que deba tener lugar el

mercado público.

-

Conceder licencias y aceptar renuncias a los funcionarios

y miembros de las juntas, consejos y demás organismos

cuyos nombramientos correspondan al Concejo, cuando

(16)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 14 “De la Mano con el Pueblo”

éste no se encuentre reunido, y nombrar interinamente a

quien deba remplazarlos, excepto en los casos en que

ésta ley disponga otra cosa.

-

Coordinar

las

actividades

y

servicios

de

los

establecimientos

públicos,

empresas

industriales

y

comerciales, sociedades de economía mixta, fondos

rotatorios y unidades administrativas especiales del

municipio.

-

Distribuir los negocios según su naturaleza, entre las

secretarías,

departamentos

administrativos

y

establecimientos públicos.

-

Conceder permisos a los empleados públicos municipales

de carrera administrativa para aceptar con carácter

temporal cargos de la nación o el departamento.

-

Adelantar

acciones

encaminadas

a

promover

el

mejoramiento económico de los habitantes del municipio.

-

Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la

promoción de la solidaridad y la convivencia entre los

habitantes del municipio, diseñando mecanismos que

permitan la participación de la comunidad en la

planeación del desarrollo, la concertación y la toma de

decisiones municipales.

-

Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las

entidades que determine la ley.

-

Ejecutar acciones tendientes a la protección de las

personas, niños e indigentes y su integración a la familia y

a la vida social, productiva y comunitaria.

E. En relación con la ciudadanía:

-

Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía

de la siguiente manera: en los municipio de 3°, 4°, 5° y 6°

categoría, a través de los bandos y medios de

comunicación local que dispongan. En los municipio de las

categorías 1°, 2° y especial a través de la oficina de prensa

de la Alcaldía.

(17)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 15 “De la Mano con el Pueblo”

-

Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las

organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para

presentar los informes de gestión y de los más importantes

proyectos que serán desarrollados por la administración.

-

Difundir de manera amplia y suficiente el plan de

desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones

sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general.

-

Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del

plan de desarrollo municipal.

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Áreas Funcionales

Área de Recurso Humano: En cuanto a la administración del

recurso humano, le corresponde a la Secretaría Administrativa

las siguientes funciones:

-

Dirigir, coordinar y organizar los procesos de reclutamiento

e inducción de las personas que se vayan a vincular a los

distintos empleos de la administración, con estricta

observancia de las normas de administración de personal

del sector público territorial.

-

Planear, programar y coordinar con las distintas

dependencias

de

la

Administración

procesos

de

capacitación del recurso humano, que permita el

desarrollo eficiente de las funciones de cada uno de los

empleos.

-

Controlar y administrar las hojas de vida de los funcionarios

de la administración y actualizar la información en cada

una de ellas, así como, llevar un control de las situaciones

administrativas en que se encuentre cada uno de los

funcionarios (licencias, permisos, encargos, comisiones,

vacaciones, servicio activo, permiso, servicio militar y

suspensión)

-

Coordinar y responder por la liquidación y trámite

oportuno de las nóminas, así como, diligenciar las planillas

(18)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 16 “De la Mano con el Pueblo”

de pagos correspondientes a los aportes a salud, pensión,

riesgos profesionales y parafiscales.

-

Dirigir y promover la política de bienestar social de la

administración municipal.

-

Ejercer la función de Control Interno Disciplinario de

conformidad con lo establecido en la ley 734 de 2002.

-

Elaborar y mantener actualizado el manual de funciones y

requisitos de conformidad con la planta de personal

vigente.

Área de Desarrollo Comunitario: En cuanto al Desarrollo

Comunitario, le corresponde a la Secretaría Administrativa las

siguientes funciones:

-

Administrar la documentación correspondiente de cada

una de las Juntas de Acción Comunal legalmente

constituidas.

-

Organizar, dirigir y coordinar los procesos de elección de

los miembros de la Junta de Acción Comunal que operan

en el municipio, de conformidad con lo establecido en las

normas vigentes y en los estatutos.

-

Promover y apoyar la conformación de las veedurías

ciudadanas.

-

Promover los mecanismos de participación ciudadana a

través de programas y proyectos que permitan la

capacitación de los habitantes en el tema del Control

Social a la Gestión Pública.

Área de Seguridad Ciudadana: En cuanto a la Seguridad

Ciudadana, le corresponde a la Secretaría Administrativa las

siguientes funciones:

-

Participar en los Consejos de Seguridad que cite el señor

Alcalde y adoptar las medidas que permitan la

conservación y reestablecimiento del orden público en el

municipio.

(19)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 17 “De la Mano con el Pueblo”

-

Expedir los permisos y licencias para la realización de

eventos en sitios públicos.

-

Conocer

en

segunda

instancia

de

los

procesos

adelantados por la Inspección de Policía Municipal.

-

Apoyar y prestar asistencia a las autoridades civiles,

militares, de policía y judiciales, de los niveles municipal,

departamental y nacional, para el desempeño de sus

funciones.

-

Coordinar con la estación de Policía Municipal el

desarrollo de las actividades que garanticen la seguridad

ciudadana y la convivencia pacífica, previa instrucción

del señor Alcalde Municipal.

-

Velar por el cumplimiento de las ordenes e instrucciones

que imparta el señor alcalde municipal en uso de sus

facultades como máxima autoridad de policía en el

municipio.

-

Velar por el cumplimiento de las normas sobre precios

máximos de venta al público de bienes y servicios bajo

control del municipio.

-

Vigilar el cumplimiento de las normas con el fin de prevenir

delitos e infracciones; administrar y controlar el transporte

público de pasajeros de carga y mixto; el sacrificio de

ganado y expedir los certificados correspondientes.

Área de Recursos Físicos: En cuanto a la administración de los

Recursos Físicos, le corresponde a la Secretaría Administrativa las

siguientes funciones:

-

Administrar el almacén y controlar los inventarios de los

bienes de propiedad del municipio.

-

Elaborar el Plan Anual de Compras, en coordinación con

las dependencias de la administración.

-

Suministrar los bienes de consumo y devolutivos, que

requieran las diferentes dependencias.

-

Velar por el correcto almacenamiento y estado de los

bienes en bodega.

(20)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 18 “De la Mano con el Pueblo”

-

Controlar la vigencia de las pólizas que se constituyan

para el aseguramiento de los bienes y equipos del

municipio.

-

Elaborar los informes que requiera la contraloría y demás

entes del control, relacionados con los bienes de

propiedad del municipio.

Área de Asuntos Jurídicos: En cuanto a los Asuntos Jurídicos, le

corresponde a la Secretaría Administrativa las siguientes

funciones:

-

Llevar un control del estado de los procesos que se

encuentren en contra y a favor del municipio; y

proporcionar la información requerida por las autoridades

judiciales y administrativas, con observancia de los

términos previstos en la ley.

-

Llevar un control de las acciones de tutela interpuestas en

contra del municipio, velando por la oportuna respuesta a

las mismas.

-

Llevar un registro de los derechos de petición que

interpongan los particulares y velar por la oportuna

respuesta a los mismos, por parte de las distintas

dependencias, dentro del término previstos por la ley.

-

Coordinar y controlar con las distintas dependencias, los

procesos de contratación que adelante la administración

municipal.

-

Tramitar los proyectos de acuerdo ante la secretaría del

Concejo y velar por la sanción y publicación de los

acuerdos aprobados.

-

Llevar un control de los decretos, resoluciones, contratos,

ordenes de prestación de servicios y demás actos

administrativos que expida la administración municipal.

(21)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 19 “De la Mano con el Pueblo”

Área de Correspondencia y Archivo: En cuanto al área de

Correspondencia y Archivo, le corresponde a la Secretaría

Administrativa las siguientes funciones:

-

Responder por la radicación y distribución de la

correspondencia

externa,

entre

las

diferentes

dependencias de la administración; enviar la que éstas

generen hacia las distintas entidades.

-

Administrar y manejar el archivo municipal de acuerdo

con la normatividad vigente; y elaborar las tablas de

retención documental.

-

Conservar y almacenar los documentos generados por las

dependencias con destino al archivo muerto del

municipio.

SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS

Áreas Funcionales

Área de Planeación: En cuanto al área de Planeación, le

corresponde a la Secretaría de Planeación y Obras Públicas las

siguientes funciones:

-

Administrar y organizar el Banco de Programas y Proyectos

de Inversión Municipal.

-

Formular, elaborar y evaluar los proyectos y programas de

inversión municipal.

-

Elaborar en coordinación con la Secretaría de Hacienda el

Plan Operativo Anual de Inversiones.

-

Elaborar y controlar la ejecución del Plan Municipal de

Desarrollo.

-

Elaborar en coordinación con las dependencias los Planes

de Acción y diseñar los indicadores que permitan la

evaluación de los mismos.

-

Gestionar ante las entidades del nivel departamental y

nacional proyectos de inversión municipal.

(22)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 20 “De la Mano con el Pueblo”

-

Coordinar, controlar y dirigir la ejecución de los planes,

programas y proyectos de inversión de los sectores salud y

educación, de conformidad con las competencias

atribuidas al municipio en la Ley 715 de 2001.

Área de Obras Públicas e Infraestructura: En cuanto al área de

Obras Públicas e Infraestructura, le corresponde a la Secretaría

de Planeación y Obras Públicas las siguientes funciones:

-

Realizar directamente o indirectamente los estudios y

diseños para la construcción de las obras públicas que

requiera el municipio.

-

Ejercer las funciones de interventoría sobre las obras

públicas que contrate la administración y aquellas

financiadas con recursos provenientes del Departamento

o la Nación, cuando así quede estipulado en los

respectivos convenios.

-

Dar inicio y recibir las obras públicas contratadas por la

administración y realizar la inspección durante la ejecución

de las mismas.

-

Supervisar la ejecución de los contratos de interventoría

técnica, cuando éste servicio sea prestado por los

particulares; y los demás contratos relacionados con la

Secretaría.

-

Realizar directa o indirectamente las obras que conduzcan

a la construcción, mantenimiento, mejoramiento y

rehabilitación de la infraestructura municipal.

Área de Desarrollo Rural y Medio Ambiente: En cuanto al área

de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, le corresponde a la

Secretaría de Planeación y Obras Públicas las siguientes

funciones:

-

Prestar directa o indirectamente el servicio de asistencia

técnica agropecuaria a los pequeños y medianos

productores.

(23)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 21 “De la Mano con el Pueblo”

-

Formular, elaborar, ejecutar y evaluar los proyectos

agropecuarios, y del medio ambiente, directa o

indirectamente.

-

Gestionar los proyectos del sector agropecuario y del

medio ambiente ante las entidades departamentales y

nacionales para su viabilización y financiación.

-

Coordinar

con

las

entidades

municipales,

departamentales y nacionales, las acciones relacionadas

con el desarrollo del sector agropecuario y del medio

ambiente.

-

Adelantar las acciones que busquen mitigar el impacto

ambiental de las actividades humanas y que permitan la

preservación y conservación del medio ambiente.

-

Adelantar las acciones conducentes a la protección de

las fuentes hídricas y los bosques de importancia

estratégica del municipio.

-

Adelantar procesos de capacitación en el manejo y

conservación de los recursos naturales y realizar la

construcción de obras que permitan la conservación,

recuperación y preservación del mismo.

Área de Desarrollo Territorial: En cuanto al Desarrollo Territorial,

le corresponde a la Secretaría de Planeación y Obras Públicas

las siguientes funciones:

-

Controlar, ejecutar y evaluar los programas y proyectos

contenidos en el Esquema de Ordenamiento Territorial.

-

Expedir las licencias urbanísticas de conformidad con los

requisitos establecidos en el Esquema de Ordenamiento

Territorial.

-

Autorizar la segregación de predios en el área urbana y

rural que impliquen la modificación de la propiedad, de

acuerdo con los parámetros establecidos en las leyes

vigentes y en el Esquema de Ordenamiento Territorial.

-

Adelantar las acciones pertinentes, que conduzcan a la

defensa y reestablecimiento del espacio público.

(24)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 22 “De la Mano con el Pueblo”

Área de SISBEN y Estratificación Socio – Económica: En cuanto al

área de SISBEN y Estratificación Socio- Económica, le

corresponde a la Secretaría de Planeación y Obras Públicas las

siguientes funciones:

-

Administrar la base de datos del SISBEN y registrar las

novedades correspondientes, actualizándola de acuerdo

con la programación establecida por el Departamento

Nacional de Planeación.

-

Aplicar la encuesta del SISBEN, a las personas que lo

soliciten y velar por la conservación de las fichas.

-

Generar y suministrar a los beneficiarios las certificaciones

que le sean solicitadas.

-

Rendir los informes correspondientes a las entidades

departamentales y nacionales.

-

Suministrar la información de las personas priorizadas, a ser

beneficiarias de los programas sociales, para la asignación

de subsidios.

-

Realizar y actualizar el estudio de estratificación urbana y

rural, de acuerdo con las metodologías establecidas por el

Departamento Nacional de Planeación.

-

Velar por el funcionamiento del Comité Permanente de

Estratificación y realizar las novedades pertinentes.

-

Expedir las certificaciones relacionadas con el estrato

socio – económico y predios del municipio.

Área de Control Interno y Mejoramiento Continuo: En cuanto al

área de Control Interno y Mejoramiento Continuo, le

corresponde a la Secretaría de Planeación y Obras Públicas las

siguientes funciones:

-

Garantizar y promover la aplicación del Sistema de Control

Interno en la organización municipal.

-

Diseñar e implementar indicadores de gestión y resultados,

que permitan evaluar el desempeño en las diferentes

dependencias de la administración.

(25)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 23 “De la Mano con el Pueblo”

-

Evaluar

el

cumplimiento

de

las

funciones

y

los

procedimientos de las dependencias de conformidad con

la normatividad vigente y los manuales correspondientes.

-

Informar al alcalde municipal el resultado de las

evaluaciones

junto

con

las

recomendaciones

correspondientes.

-

Promover proyectos que conduzcan a la documentación

de los procesos y procedimientos de la entidad.

-

Promover la cultura del autocontrol y del mejoramiento

continuo en la prestación de los servicios a cargo de la

alcaldía municipal.

SECRETARÍA DE HACIENDA

Áreas Funcionales

Área de Presupuesto: En cuanto al área de Presupuesto, le

corresponde a la Secretaría de Hacienda las siguientes

funciones:

-

Elaborar el Proyecto de Presupuesto de conformidad con

las metas establecidas en el Plan Financiero.

-

Elaborar en coordinación con la secretaría de Planeación

y Obras Públicas el Plan Operativo Anual de Inversiones.

-

Velar por el cumplimiento de las etapas previas a la

aprobación del presupuesto municipal de acuerdo con el

Estatuto Orgánico de Presupuesto.

-

Tramitar el Decreto de liquidación del presupuesto

municipal.

-

Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal, los

registros presupuestales cuando el ordenador del gasto lo

solicite, para la formalización de los compromisos del

municipio.

-

Realizar las modificaciones presupuestales pertinentes

(créditos, contra créditos, aplazamientos, reducciones y

adiciones) y evaluar la ejecución del presupuesto.

(26)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 24 “De la Mano con el Pueblo”

-

Elaborar el Plan Operativo Anual Mensualizado de Caja,

PAC.

-

Elaborar los informes de la ejecución presupuestal con

destino a la Contraloría Departamental y a la Contraloría

General de la República.

-

Constituir las reservas presupuestales y las cuentas por

pagar de la vigencia, de conformidad con lo dispuestos

en el Estatuto Orgánico de Presupuesto.

Área de Tesorería: En cuanto al área de Tesorería, le

corresponde a la Secretaría de Hacienda las siguientes

funciones:

-

Administrar los recursos financieros disponibles de la

alcaldía municipal, atendiendo los principios de eficiencia,

eficacia, economía y transparencia.

-

Ejercer la gerencia financiera de la totalidad de los

recursos fuentes de financiamiento del presupuesto.

-

Recaudar los recursos y las fuentes de financiación del

presupuesto; y efectuar el pago de las obligaciones de la

administración.

-

Llevar el control de las disponibilidades y flujos de fondos

de la administración.

-

Controlar el saldo de los recursos disponibles en caja y

bancos;

y

realizar

las

conciliaciones

bancarias

correspondientes.

-

Rendir los informes del estado de la tesorería municipal, a

solicitud del alcalde y los que requieran los organismos de

control.

Área de Contabilidad: En cuanto al área de Contabilidad, le

corresponde a la Secretaría de Hacienda las siguientes

funciones:

-

Registrar sistemáticamente todas las transacciones que se

produzcan y que afecten o puedan afectar la situación

económico – financiera de la administración municipal.

(27)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 25 “De la Mano con el Pueblo”

-

Elaborar los informes financieros que faciliten la toma de

decisiones por parte del ordenador del gasto y los

secretarios de despacho.

-

Presentar

la

información

contable,

junto

con

la

documentación de soporte, que soliciten los órganos de

control.

Área de Rentas: En cuanto al área de Rentas, le corresponde a

la Secretaría de Hacienda las siguientes funciones:

-

Planear y programar la aplicación de las políticas

relacionadas con la gestión fiscal y tributaria, de

conformidad con lo establecido en la Constitución y la

Ley.

-

Fortalecer los ingresos del municipio a través de acciones

que conduzcan al mejoramiento del recaudo de las

rentas municipales.

-

Mantener actualizado el Estatuto de Rentas Municipales y

proponer estrategias para un efectivo recaudo.

-

Efectuar análisis del comportamiento de los recaudos,

adelantar

los

cobros

administrativos

y

según

el

procedimiento, realizar el cobro coactivo de la cartera

morosa.

-

Diseñar e implementar sistemas de información, que

garanticen la correcta liquidación de los impuestos,

contribuciones, tasas y demás ingresos; así como,

adelantar las acciones fiscalizadoras que permitan el

control a la evasión y la elusión, en los términos

establecidos en el Estatuto de Rentas del Municipio y las

demás disposiciones legales pertinentes.

-

Suministrar oportunamente las estadísticas fiscales del

Municipio, que permitan la toma de decisiones en materia

financiera.

(28)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 26 “De la Mano con el Pueblo”

INSPECCIÓN MUNICIPAL DE POLICÍA

Funciones

Para el cumplimiento de su misión, la Inspección Municipal de

Policía tiene bajo su responsabilidad el cumplimiento de las

siguientes funciones:

-

Conocer de los asuntos o negocios que les asignen la ley,

las ordenanzas y los acuerdos del Concejo.

-

Conocer, en primera instancia, de las contravenciones

especiales a que se refiere el decreto – ley No. 522 de

1971. La segunda instancia de estas contravenciones se

surte ante el alcalde o funcionario que haga sus veces

para estos efectos.

-

Conocer, en única instancia, de las contravenciones

comunes ordinarias de que trata el decreto – ley No. 1355

de 1970, excepción hecha de las que competen a la

Policía Nacional.

(29)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 27 “De la Mano con el Pueblo”

SISTEMA DE NOMENCLATURA, CLASIFICACION DE FUNCIONES Y

REQUISITOS GENERALES

NOCIÓN DE EMPLEO

Se entiende por empleo el conjunto de funciones, tareas y

responsabilidades que se asignan a una persona y las

competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el

propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de

desarrollo y los fines del Estado.

NIVELES JERÁRQUICOS DE LOS EMPLEOS

Según la naturaleza general de sus funciones, las competencias

y los requisitos exigidos para su desempeño, los empleos de las

entidades territoriales se clasifican en los siguientes niveles

jerárquicos: Nivel Directivo, Nivel Técnico y Nivel Asistencial.

NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES

A los empleos agrupados en los niveles jerárquicos antes

mencionados, les corresponden las siguientes funciones

generales:

Nivel Directivo. Comprende los empleos a los cuales

corresponden funciones de Dirección General, de

formulación de políticas institucionales y de adopción de

planes, programas y proyectos.

Nivel Técnico. Comprende los empleos cuyas funciones

exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en

labores técnicas misionales y de apoyo, así como las

relacionadas con la aplicación de la ciencia y la

tecnología.

(30)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 28 “De la Mano con el Pueblo”

Nivel Asistencial. Comprende los empleos cuyas funciones

implican el ejercicio de actividades de apoyo y

complementarias de las tareas propias de los niveles

superiores o de labores que se caracterizan por el

predominio de actividades manuales o tareas de simple

ejecución.

FACTORES Y ESTUDIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS

REQUISITOS

Estudios.

Se entiende por estudios los conocimientos académicos

adquiridos en instituciones públicas o privadas, debidamente

reconocidas por el Gobierno Nacional, correspondientes a la

educación

básica

primaria,

básica

secundaria,

media

vocacional, superior en los programas de pregrado en las

modalidades de formación técnica profesional, tecnológica y

profesional y en programas de postgrado en las modalidades

de especialización, maestría, doctorado y postdoctorado.

Experiencia.

Se entiende por experiencia los conocimientos, las habilidades y

las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio

de una profesión, arte u oficio. La experiencia se clasifica en

profesional, relacionada, laboral y docente.

Experiencia Profesional. Es la adquirida a partir de la

terminación y aprobación de todas las materias que

conforman el pénsum académico de la respectiva

formación profesional, tecnológica o técnica profesional,

en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o

disciplina exigida para el desempeño del empleo.

(31)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 29 “De la Mano con el Pueblo”

Experiencia Relacionada. Es la adquirida en el ejercicio de

empleos que tengan funciones similares a las del cargo a

proveer o en una determinada área de trabajo o área de

la profesión, ocupación, arte u oficio.

Experiencia Laboral. Es la adquirida con el ejercicio de

cualquier empleo, ocupación, arte u oficio.

Experiencia Docente. Es la adquirida en el ejercicio de las

actividades de divulgación del conocimiento obtenida en

instituciones educativas debidamente reconocidas.

(32)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 30 “De la Mano con el Pueblo”

COMPETENCIAS LABORALES PARA EL EJERCICIO DE LOS EMPLEOS

Definición de competencias.

Las competencias laborales se definen como la capacidad de

una persona para desempeñar

,

en diferentes contextos y con

base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en

el sector público, las funciones inherentes a un empleo;

capacidad que está determinada por los conocimientos,

destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe

poseer y demostrar el empleado público.

Componentes de las Competencias.

Las competencias laborales se determinarán con base en el

contenido funcional de un empleo, e incluirán los siguientes

aspectos:

• Requisitos de estudio y experiencia del empleo, los cuales

deben estar en armonía con lo dispuesto en el decreto ley

785 de 2005, y sus decretos reglamentarios, según el nivel

jerárquico en que se agrupen los empleos.

• Las competencias funcionales del empleo.

• Las competencias comportamentales.

Contenido funcional del empleo.

Con

el

objeto

de

identificar

las

responsabilidades

y

competencias exigidas al titular de un empleo, deberá

describirse el contenido funcional de éste, teniendo en cuenta

los siguientes aspectos:

• La identificación del propósito principal del empleo que

explica la necesidad de su existencia o su razón de ser dentro

(33)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 31 “De la Mano con el Pueblo”

de la estructura de procesos y misión encomendados al área

a la cual pertenece.

• Las funciones esenciales del empleo con las cuales se

garantice el cumplimiento del propósito principal o razón de

ser del mismo.

Competencias funcionales.

Las competencias funcionales precisarán y

detallarán lo que debe estar en capacidad de hacer el

empleado para ejercer un cargo y se definirán una vez se haya

determinado el contenido funcional de aquél, conforme a los

siguientes parámetros:

• Los criterios de desempeño o resultados de la actividad

laboral, que dan cuenta de la calidad que exige el buen

ejercicio de sus funciones.

• Los conocimientos básicos que se correspondan con cada

criterio de desempeño de un empleo.

• Los

contextos

en

donde

deberán

demostrarse

las

contribuciones

del

empleado

para

evidenciar

su

competencia.

• Las evidencias requeridas que demuestren las competencias

laborales de los empleados.

Competencias comportamentales.

Las competencias comportamentales se describirán teniendo

en cuenta los siguientes criterios:

• Responsabilidad por personal a cargo.

• Habilidades y aptitudes laborales.

• Responsabilidad frente al proceso de toma de decisiones.

• Iniciativa de innovación en la gestión.

(34)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 32 “De la Mano con el Pueblo”

Competencias comunes a los servidores públicos.

Todos los servidores públicos a quienes se aplican el Decreto Ley

785 de 2005, deberán poseer y evidenciar las siguientes

competencias:

• Orientación a resultados: Realizar las funciones y cumplir los

compromisos organizacionales con eficacia y calidad.

• Orientación al usuario y al ciudadano: Dirigir las decisiones y

acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de

los usuarios internos y externos, de conformidad con las

responsabilidades públicas asignadas a la entidad.

• Transparencia: Hacer uso responsable y claro de los recursos

públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en

su utilización y garantizar el acceso a la información

gubernamental.

• Compromiso con la organización: Alinear el propio

comportamiento a las necesidades, prioridades y metas

organizacionales.

Competencias Comportamentales por nivel jerárquico.

Las siguientes son las competencias comportamentales que,

como mínimo, deben establecer las entidades para cada nivel

jerárquico de empleos; cada entidad con fundamento en sus

particularidades podrá adicionarlas:

Nivel Directivo

• Liderazgo: Guiar y dirigir grupos, establecer y mantener la

cohesión de grupo necesaria para alcanzar los objetivos

organizacionales.

(35)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 33 “De la Mano con el Pueblo”

• Planeación: Determinar eficazmente las metas y prioridades

institucionales, identificando las acciones, los responsables, los

plazos y los recursos requeridos para alcanzarlas.

• Toma de Decisiones: Elegir entre una o varias alternativas

para solucionar un problema o atender una situación,

comprometiéndose con acciones concretas y consecuentes

con la decisión.

• Dirección y Desarrollo de Personal: Favorecer el aprendizaje y

desarrollo

de

sus

colaboradores,

articulando

las

potencialidades y necesidades individuales con las de la

organización para optimizar la calidad de las contribuciones

de los equipos de trabajo y de las personas, en el

cumplimiento de los objetivos y metas organizacionales

presentes y futuras.

• Conocimiento del Entorno: Estar al tanto de las circunstancias

y las relaciones de poder que influyen en el entorno

organizacional.

Nivel Técnico:

• Experticia Técnica: Entender y aplicar los conocimientos

técnicos del

área de desempeño y mantenerlos actualizados.

• Trabajo en equipo: Trabajar con otros para conseguir metas

comunes.

• Creatividad e innovación: Presentar ideas y métodos

novedosos y concretarlos en acciones.

Nivel Asistencial:

• Manejo

de

Información:

Manejar

con

respeto

las

informaciones personales e institucionales de que dispone.

• Adaptación al Cambio: Enfrentarse con flexibilidad y

versatilidad a situaciones nuevas para aceptar los cambios

positiva y constructivamente.

(36)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 34 “De la Mano con el Pueblo”

• Disciplina: Adaptarse a las políticas institucionales y buscar

información de los cambios en la autoridad competente.

• Relaciones Interpersonales: Establecer y mantener relaciones

de trabajo amistosas y positivas, basadas en la comunicación

abierta y fluida y en el respeto por los demás.

• Colaboración: Cooperar con los demás con el fin de alcanzar

los objetivos institucionales.

REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LOS EMPLEOS

Nivel Directivo

Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia.

Máximo:

Título

profesional,

título

de

postgrado

y

experiencia.

Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por

la Constitución Política o la ley.

Nivel Técnico

Mínimo: Terminación y aprobación de cuatro (4) años de

educación básica secundaria y curso específico, mínimo

de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del

cargo.

Máximo: Al fijar el requisito específico podrá optar por título

de formación tecnológica y experiencia o terminación y

aprobación del pénsum académico de educación

superior en formación profesional y experiencia.

(37)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 35 “De la Mano con el Pueblo”

Nivel Asistencial

Mínimo: Terminación y aprobación de tres (3) años de

educación básica primaria.

Máximo: Diploma de bachiller en cualquier modalidad y

experiencia.

NOMENCLATURA, CLASIFICACION Y CODIGO DE EMPLEOS

Nomenclatura de Empleos.

A cada uno de los niveles señalados, le corresponde una

nomenclatura y clasificación especifica de empleo.

Para el manejo de la nomenclatura y clasificación, cada

empleo se identifica con un código de tres dígitos. El primero

señala el nivel al cual pertenece y los dos restantes indican la

denominación del cargo.

Este código deberá ser adicionado con dos dígitos más que

corresponden a los grados de asignación básica fijados a las

diferentes denominaciones de empleos.

Nivel Directivo: El Nivel Directivo de la Administración Central del

Municipio de Cunday Tolima está integrado por la siguiente

nomenclatura y clasificación específica de empleos:

Código

Denominación

005

Alcalde

(38)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 36 “De la Mano con el Pueblo”

Nivel Técnico: El Nivel Técnico de la Administración Central del

Municipio de Cunday Tolima está integrado por la siguiente

nomenclatura y clasificación específica de empleos:

Código

Denominación

303

Inspector de Policía 3ª a 6ª Categoría

306

Inspector de Policía Rural

367

Técnico Administrativo

Nivel Asistencial: El Nivel Asistencial de la Administración Central

del Municipio de Cunday Tolima está integrado por la siguiente

nomenclatura y clasificación específica de empleos:

Código

Denominación

407

Auxiliar Administrativo

438

Secretario Ejecutivo del Despacho del Alcalde

470

Auxiliar de servicios generales

477

Celador

Equivalencias de Empleos

Para el ajuste de las nomenclaturas, se fijaron las siguientes

equivalencias

correspondientes

a

los

empleos

de

la

Administración Central del Municipio de Cunday Tolima, así:

Situación Anterior

Situación Nueva

Nivel Directivo

Nivel Directivo

Cod. Denominación

Cod

.

Denominación

005

Alcalde

005 Alcalde

020

Secretario

de

Despacho

020 Secretario

de

Despacho

(39)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 37 “De la Mano con el Pueblo”

Situación Anterior

Situación Nueva

Nivel Técnico

Nivel Técnico

Cod. Denominación

Cod

.

Denominación

401

Técnico

367 Técnico Administrativo

405

Inspector de Policía 3ª

a 6ª Categoría

303 Inspector de Policía 3ª a

6ª Categoría

406

Inspector de Policía

Rural

306 Inspector

de

Policía

Rural

Situación Anterior

Situación Nueva

Nivel Administrativo, Auxiliar

y Operativo

Nivel Asistencial

Cod. Denominación

Cod

.

Denominación

501

Coordinador

407 Auxiliar Administrativo

550

Auxiliar Administrativo

407 Auxiliar Administrativo

605

Auxiliar

Servicios

Generales

470 Auxiliar

Servicios

Generales

(40)

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 38 “De la Mano con el Pueblo”

EQUIVALENCIA ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA

NIVEL DIRECTIVO

REQUISITO

EQUIVALENCIA

Dos (2) años de experiencia

profesional

y

viceversa,

siempre que se acredite el

titulo profesional.

Titulo profesional adicional al

exigido en el requisito del

respectivo empleo, siempre y

cuando

dicha

formación

adicional sea a fin con las

funciones del cargo.

Titulo de pos grado en la

modalidad de especialización

por:

Terminación y aprobación de

estudios

profesionales

adicionales al titulo profesional

exigido en el requisito del

respectivo empleo, siempre y

cuando

dicha

formación

adicional sea a fin con las

funciones del cargo y un (1)

año

de

experiencia

profesional.

Tres (3) años de experiencia

profesional

y

viceversa,

siempre que se acredite el

titulo profesional.

Titulo profesional adicional al

exigido en el requisito del

respectivo empleo, siempre y

cuando

dicha

formación

adicional sea a fin con las

funciones del cargo.

Titulo de pos grado en la

modalidad de Maestría por:

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