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REGLAMENTO PARA LOS ALUMNOS PARTICIPANTES Titulo I CAPÍTULO I GENERALIDADES

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Academic year: 2021

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REGLAMENTO PARA LOS ALUMNOS PARTICIPANTES Titulo I

CAPÍTULO I GENERALIDADES

Artículo 1. El presente Reglamento será de observancia obligatoria para todos los alumnos que participen en alguno de los programas que ofrece la Universidad Regiomontana a través del Departamento de Asuntos Internacionales.

Artículo 2. Se tendrá como alumno participante a la persona que formalice su inscripción en alguno de los programas que ofrece la Universidad.

Artículo 3. El Departamento de Asuntos Internacionales de la UR prestará todo el apoyo logístico necesario para el intercambio estudiantil dentro de su área de responsabilidad.

Artículo 3A. Todas las cuestiones académicas serán tratadas con los directores de carrera y el Departamento de Servicios Escolares.

Artículo 4. Toda la comunicación oficial se hará vía correo electrónico, por lo que el alumno se comprometerá a revisar su correo personal con regularidad y contestar al Departamento de Asuntos Internacionales con prontitud. Artículo 5. Antes de recibir la carta de aceptación de la universidad huésped, el alumno se abstendrá de contactar a aquella institución y sólo podrá ponerse en contacto con la oficina de Asuntos Internacionales para conocer el avance de su proceso de aceptación.

Artículo 6. Al momento de ser asignado para participar en un Programa Internacional, el alumno recibirá una notificación por escrito, en la cual tendrá que especificar si acepta o no dicha asignación. El alumno tendrá cinco días hábiles para regresar dicha forma firmada independientemente de su decisión. En caso de no firmar dicha forma dentro del período establecido, el trámite se dará por cancelado.

Después de firmar el formato antes mencionado, el alumno no podrá pedir ningún cambio incluyendo: programa, universidad huésped, período, etc.

Artículo 6A. El Departamento de Asuntos Internacionales se reserva el derecho de cancelar o corregir dicha asignación. La UR no será responsable de ningún costo asociado con dicha cancelación o cambio.

Artículo 7. Los trámites en cuanto a pasaporte, visa, adquisición del boleto de avión y demás operaciones relacionadas, serán responsabilidad del alumno participante a menos que el programa lo indique de otra forma. Artículo 8. El alumno participante podrá revalidar a nivel licenciatura máximo siete materias por cada tetramestre/semestre que curse en el extranjero (a nivel maestría 3 materias), así mismo la carga mínima a cursar será de tres materias en licenciatura (a nivel maestría una materia). Independientemente del número de materias cursadas deberá pagar carga completa (en licenciatura 6 materias, en maestría 3 materias) (excepto algunos programas).

Artículo 8ª. Durante el periodo de intercambio el alumno no podrá cursar materias virtuales ofrecidas por la Universidad Regiomontana, se aplican excepciones. El alumno que desea cursar una materia virtual tiene que contar con un promedio mínimo general de 90 y debe de obtener la autorización expresa y escrita de su Director de Carrera para la materia en cuestión. Para acreditar la materia virtual tendrá que pagar la materia a su costo como cargo adicional a la colegiatura estipulado para el periodo de intercambio.

Artículo 9. En el momento del intercambio será respetado el porcentaje de beca actual (excepto algunos programas y tipos de beca). Al momento de regresar a Monterrey, el porcentaje de beca será respetado por la Universidad Regiomontana, siempre y cuando se mantenga el rendimiento académico mínimo requerido para cada caso. Aplican algunas restricciones.

Artículo 10. En caso de ser necesaria la cancelación de la inscripción a un programa internacional, el alumno deberá entregar un escrito explicando los motivos de la misma. El dinero pagado como parte de la inscripción al programa se reembolsará dependiendo de las características de cada programa. Si la cancelación por parte del

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estudiante se entrega después de haber recibido carta de aceptación por parte de la institución huésped, no se podrá realizar la devolución de la inscripción.

Artículo 11. El alumno deberá informar al Departamento de Asuntos Internacionales de la Universidad Regiomontana sobre cualquier inconformidad o problema al que se enfrente durante su estancia en el extranjero. El alumno autoriza al Departamento de Asuntos Internacionales a todos los trámites internos necesarios.

CAPITULO II REQUISITOS GENERALES

Artículo 12. Para participar en cualquiera de los programas ofertados por esta Universidad, el alumno no deberá estar condicionado por mala escolaridad, ni ser candidato a ingresar al Programa de Recuperación Académica. Artículo 13. Antes de cualquier trámite, el alumno participante deberá de estar al corriente de los adeudos pendientes, y en caso de tenerlos deberá acudir al Departamento de Tesorería para finiquitar la situación.

Artículo 14. Para participar en los programas internacionales que esta Institución ofrece, es necesario cumplir con un mínimo de tres tetramestres continuos inscrito como alumno regular de la Universidad, anterior a la fecha de partida.

Artículo 15. Es requisito para participar en un programa de intercambio contar con un promedio general en el kárdex mayor o igual a 80.

Artículo 16. El alumno deberá cubrir los pagos que correspondan a cada programa en el tiempo y forma que Asuntos Internacionales señale. La Universidad Regiomontana no reembolsará cantidad alguna por causa de baja o deserción a cualquiera de los programas especificados en el presente reglamento.

Artículo 17. Durante los programas de intercambio, el alumno deberá cursar, a nivel licenciatura, al menos tres materias en la universidad huésped (a nivel maestría una materia).

Título II CAPITULO I

DE LOS PROGRAMAS INTERNACIONALES

Artículo 18. La Universidad Regiomontana pone a disposición de su alumnado los siguientes programas internacionales:

I. Convenio Directo II. Doble Titulación III. Programa ISEP IV. Programa SUMA

V. Programa DAAD para Ingenieros VI. Programa de Idiomas

VII. Prácticas Profesionales en el Extranjero VIII. Programas de Verano

CAPITULO II

DEL CONVENIO DIRECTO Y DOBLE TITULACIÓN

Artículo 19. Se entiende por Convenio Directo aquel programa que tiene su base en un acuerdo formal y directo entre la Universidad Regiomontana y la Universidad Huésped.

Artículo 20. Para participar en este programa se estará en la observancia de los siguientes requisitos: I. Llenar la presolicitud otorgada por el departamento de intercambios.

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II. Una vez autorizado a participar en el programa, el alumno deberá pagar la cuota de inscripción establecida, utilizando la forma que se le entregue para tal efecto.

III. Llenar la solicitud de intercambio de la Universidad Huésped

IV. Formular el proyecto de materias a revalidar (ver Título IV capítulo I de este Reglamento)

V. El hospedaje y la alimentación quedan a cuenta del alumno participante, recibiendo asesoría de la universidad huésped y de la Universidad Regiomontana.

Artículo 21. El Programa de Doble Titulación es una modalidad del Convenio Directo, el cual permite estudiar una parte considerable de la carrera en la Universidad Regiomontana, y la otra, en alguna de las universidades en el extranjero con las que se ha firmado este tipo de convenio. Al finalizar los estudios el alumno participante recibirá diploma de ambas instituciones.

Artículo 22. Para participar en esta modalidad de Convenio Directo se estará sujeto a los siguientes requisitos: I. Llenar la presolicitud otorgada por el Departamento de Intercambios.

II. Contar con un promedio de al menos 85.

III. Cursar a partir del sexto tetramestre al momento de iniciar el programa. IV. Una vez autorizado a participar en el programa, el alumno deberá pagar la

cuota de inscripción establecida, utilizando la forma que se le entregue para tal efecto.

V. Llenar la solicitud de intercambio de la Universidad Huésped VI. Las materias a cursar serán indicadas por la Universidad Huésped

VII. El hospedaje y la alimentación quedan a cuenta del alumno participante con apoyo de la universidad huésped y de la Universidad Regiomontana.

VIII. El período de intercambio será de un año, iniciando en otoño de cada año. IX. Cumplir con los demás requisitos que imponga la universidad huésped.

X. En el caso de la doble titulación, todas las cuestiones de requisitos, papelería y trámites académicos y archivos necesarios para obtener el título de la universidad huésped dependerán únicamente del alumno y la institución extranjera.

CAPITULO III DEL PROGRAMA ISEP

Artículo 23. El Programa ISEP (International Student Exchange Program) es un Programa de Intercambio Internacional con sede en Washington, DC que tiene como finalidad ofrecer de una forma accesible períodos de intercambio en las mejores instituciones educativas del mundo.

Artículo 24. Para participar en el programa ISEP es necesario cubrir los siguientes requisitos: I. Llenar la presolicitud otorgada por el Departamento de Asuntos Internacionales. II. Una vez autorizado para participar en este programa, el alumno deberá hacer

el pago de inscripción establecido, utilizando la forma que se le entregue para este efecto. III. Llenar la solicitud de intercambio que proporciona ISEP.

IV. Formular el proyecto de materias a revalidar (ver Título IV capítulo I de este Reglamento)

V. Pago de la cuota establecida para Alimentación y Hospedaje en el Departamento de Tesorería. Dicha cantidad deberá quedar liquidada un mes antes del comienzo de clases en la Universidad Huésped. Con esto el alumno cubre los costos de alimentación y hospedaje por un semestre/tetramestre independientemente del país destino.

VI. Pago de seguro de gastos médicos de ISEP.

En algunos casos se deberá presentar examen TOEFL oficial en el Instituto Mexicano Norteamericano de Relaciones Culturales, AC. Dicho procedimiento y gasto queda a cuenta del alumno interesado. El resultado deberá ser reportado directamente al ISEP.

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CAPITULO IV DEL PROGRAMA SUMA

Artículo 25. El programa de SUMA es el programa que permite realizar un intercambio estudiantil dentro del territorio nacional, en alguna de las Universidades miembro de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES)

Artículo 26. Para participar de este programa se deberán cumplir previamente los siguientes requisitos: I. Llenar la presolicitud otorgada por el departamento de intercambios.

II. Una vez autorizado a participar en el programa el alumno deberá pagar la cuota de inscripción establecida, utilizando la forma que se le entregue para este efecto.

III. Llenar la solicitud de intercambio del Programa SUMA

IV. Formular el proyecto de materias a revalidar (ver Título IV capítulo I de este Reglamento)

V. El hospedaje y la alimentación quedan a cuenta del alumno participante, con apoyo de la universidad huésped y la UR.

CAPITULO V

PROGRAMA DAAD PARA INGENIEROS

Articulo 27. El Programa DAAD para Ingenieros es un programa que permite a estudiantes de ingeniera realizar un intercambio estudiantil a Alemania, apoyado y subsidiado por el Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD).

Articulo 28. Para participar de este programa, los estudiantes deberán llenar los siguientes requisitos: I. No tener una edad mayor de 28 años al iniciar la estadía en Alemania;

II. Haber completado aproximadamente 60% de los créditos de la carrera; III. Tener un promedio mínimo de 8.5;

IV. Tener buenos conocimientos de inglés; V. Tener conocimientos básicos de alemán;

VI. Ser seleccionado por una comisión de expertos de la Universidad Regiomontana y del DAAD; *Los estudiantes deberán tener un puntaje de 550 en el TOEFL en caso de seleccionar uno de los cursos dictados en Inglés.

Articulo 30. El financiamiento de las estadías será responsabilidad compartida del estudiante beneficiario, de la Universidad Regiomontana y del DAAD.

Aporte del DAAD:

- Colegiatura del curso de alemán intensivo en Alemania y costos de alojamiento durante el curso. - Seguro médico durante el año en Alemania

- Beca parcial de 200 Euros mensuales durante la estadía en la universidad alemana - Pago único de instalación de 460 Euros

- El DAAD selecciona las universidades alemanas y les otorga un subsidio para que puedan contratar un tutor por grupo de estudiantes. Éste, junto con la universidad anfitriona, tendrá como una de sus tareas al ayudar al estudiante en la búsqueda de una pasantía en una industria, para el segundo semestre.

Aporte del participante:

- Curso de alemán preparatorio en el país de origen

- Boleto de avión redondo a Alemania (La Universidad Regiomontana otorgará una cantidad fija única de ayuda inicial de 500 Euros, destinada a pagar el boleto de avión).

- Costos de manutención (500 Euros por 12 meses)

- Cuota de seguimiento académico y administrativo a pagarse al DAAD de 1300 Euros por estudiante participante (costo que será asumido por la Universidad Regiomontana).

- Además, durante el periodo del programa, el alumno pagará únicamente la cuota correspondiente a las materias en la Universidad Regiomontana que cursa en el extranjero y que quiere convalidar en la Universidad Regiomontana al regreso. Se respetará el monto de la beca académica con la que cuente el alumno internamente (cobro mínimo de 20 créditos).

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- La Universidad Regiomontana verificará que todos los participantes del programa salgan del país con los recursos necesarios para su estadía en Alemania (500 Euros mensualmente, por un máximo de 10 a 12 meses, incluyendo el tiempo del curso de alemán intensivo). Lo anterior lo podrán hacer entregando a la Universidad Regiomontana la misma documentación requerida por el Consulado de Alemania en México para solicitar visa de estudiante.

- Gastos menores por concepto de servicios estudiantiles correrán por cuenta del beneficiado.

Articulo 31. La Universidad Regiomontana y el DAAD no se responsabilizarán de ningún financiamiento que no esté especificado en el presente Acuerdo.

Articulo 32. En el caso de que un estudiante abandone el curso de idioma o los estudios en la universidad alemana por razones de su propia responsabilidad, el DAAD podrá solicitar al estudiante la devolución total o parcial de los fondos invertidos por el DAAD.

CAPITULO VI

DE LOS PROGRAMAS DE IDIOMAS

Artículo 33. El Programa de Idiomas es un programa por medio del cual, el alumno puede tomar cursos de diversos idiomas en el extranjero. Cabe señalar que no es necesario ser alumno inscrito de la Universidad Regiomontana para participar en este programa.

Artículo 34. El trámite se deberá hacer al menos un mes y medio antes de la fecha de salida. Artículo 35. Para participar dentro del Programa de Idiomas se requiere:

I. Llenar la presolicitud otorgada por el departamento de intercambios.

II. Pagar la cuota de inscripción establecida utilizando la forma que se le entregue para este efecto. III. Llenar la solicitud de la universidad/ instituto huésped.

IV. El costo de la colegiatura se pagará directamente en la Universidad Huésped. V. El Hospedaje y la alimentación quedan a cuenta del interesado, recibiendo apoyo de la UR y la universidad huésped.

Artículo 36. Se podrán acreditar materias de idiomas del plan de estudios cumpliendo con los siguientes requisitos: I. Formular el proyecto de materias a revalidar, previo a la salida del programa.

II. Cursar satisfactoriamente las horas equivalentes a los créditos de las materias a convalidar y contar con la constancia correspondiente.

III. Pagar la cuota de acreditación por cada materia.

IV. En su caso, presentar el examen de idioma correspondiente.

CAPITULO VII

DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES

Artículo 37. El Programa de Prácticas Profesionales es aquél, destinado para que los alumnos de la Universidad Regiomontana realicen actividades acorde a su carrera dentro de empresas y dependencias públicas del extranjero para incursionar en el ámbito laboral de otro país.

Artículo 38. Para participar en este programa, se deberá estar ajustado a los siguientes requisitos: I. Una vez autorizado a participar en el programa el alumno deberá pagar

la cuota de inscripción establecida utilizando la forma que se le entregue para este efecto.

II. Observar los requisitos específicos del programa al que se desee entrar.

Artículo 39. Si el alumno desea convalidar materias deberá de hacer un proyecto con su director de carrera y cumplir los requisitos que él le indique.

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CAPITULO VIII

DE LOS PROGRAMAS DE VERANO

Artículo 40. Los Programas de Verano han sido creados con la finalidad de cursar estudios en el extranjero en períodos cortos de tiempo.

Artículo 41. Para participar en este programa, se deberá estar ajustado a los siguientes requisitos:

I. Una vez autorizado a participar en el programa el alumno deberá pagar la cuota de inscripción de $350 utilizando la forma que se le entregue para tal efecto.

II. Observar los requisitos específicos del programa al que se desee entrar. Título III

CAPITULO I DEL SEGURO MÉDICO

Artículo 42. Ningún alumno deberá abandonar el país sin contar con un seguro de gastos médicos de cobertura directa internacional.

Artículo 43. El alumno participante del programa ISEP deberá adquirir el seguro de gastos médicos que le sea indicado.

Artículo 44. Algunos países cuentan con su propio seguro para estudiantes y exigirán que el alumno lo adquiera. Artículo 45. Los alumnos participantes del Convenio Directo primeramente deberán investigar si es requisito indispensable adquirir un seguro de gastos médicos determinado o si pueden comprar su seguro médico en donde más les convenga.

Artículo 46. Es responsabilidad del alumno participante investigar el procedimiento para utilizar el seguro médico y tener conocimiento de la cobertura del mismo.

Título IV CAPITULO I

DE LA ACREDITACION ACADEMICA

Artículo 47. Es requisito indispensable para tramitar la aceptación, que el alumno realice una búsqueda de las materias ofrecidas por la Universidad Huésped y que pudieran ser acreditadas en lugar de sus materias.

Artículo 48. Para formular el proyecto de acreditación, el alumno interesado recabará información en la página de Internet de la institución de su interés.

Artículo 49. Dicho proyecto deberá llevarlo ante su Director de Carrera, mismo que dará su Visto Bueno y deberá entregarlo al Departamento Asuntos Internacionales, debidamente firmado.

Artículo 50. Cualquier caso de problemas con la acreditación, matrícula, o calificación en el extranjero debe ser reportado inmediatamente a la oficina de Asuntos Internacionales.

Artículo 51. La calificación y acreditación de materias en el extranjero está fuera del área de atribuciones del Departamento de Asuntos Internacionales.

Artículo 52. La Dirección Académica de la carrera correspondiente y el Departamento de Escolar son las autoridades competentes para dirimir los asuntos de acreditación y convalidación.

Artículo 53. El Departamento de Asuntos Internacionales entregará al departamento de Escolar el original del certificado de estudios donde el alumno participó.

Artículo 54. El Departamento de Servicios Escolares realizará las convalidaciones que el director haya autorizado en el proyecto de acreditación tan pronto como reciba el certificado oficial con la firma de Asuntos Internacionales. El alumno deberá de estar consciente de que cada universidad envía dichos certificados según sus tiempos internos y que la UR no podrá influir en el proceso. En promedio, los certificados tardan 4 meses en llegar, si el alumno está

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próximo a graduarse deberá estar consciente de que no se podrá inscribir a la graduación hasta que las convalidaciones se hayan realizado.

Artículo 55. Las convalidaciones se realizarán tomando en cuenta la calificación obtenida y la cantidad de créditos obtenidos. Las calificaciones y créditos serán convertidos por el departamento de Servicios Escolares para hacer las equivalencias con el sistema de la UR. Las materias deberán de estar aprobadas y la cantidad de horas cursadas deberá de ser equivalente a las materias de la UR para poder ser convalidada.

Título V CAPITULO I DE LA DISCIPLINA

Artículo 56. La disciplina que observará el alumno deberá ser acorde a su status de representante tanto de la Universidad Regiomontana como de México.

Artículo 57. El alumno deberá respetar en todo momento los Reglamentos de la Universidad Regiomontana mientras se encuentre en el extranjero, así como los reglamentos de la universidad huésped y las leyes públicas del lugar donde se encuentre.

Artículo 58. En caso que la Dirección de Asuntos Internacionales llegara a tener noticias de fuentes oficiales donde conste que algún alumno no respeta los mencionados ordenamientos, se procederá según lo indica el Reglamento de Alumnos de la Universidad Regiomontana.

Artículo 59. Son aplicables las medidas disciplinarias contenidas en los Capítulos V, VI, VII y VIII del Reglamento de Alumnos vigente, y es su deber conocerlo y respetarlo.

Referencias

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