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Plan 2013)
In fo rm a c ió n e la b o ra d a p o r A G R O C A S E R . E s ta i n fo rm a c ió n N O c o n s ti tu y e d o c u m e n ta c ió n c o n tr a c tu a l. C o n s u lt a r C o n d ic io n e s E s p e c ia le s . NOVEDADES• Se reduce un 20% la tasa de resto de adversidades climáticas para las parcelas de regadío, en todas las comarcas excepto en La Loma y Campiña Sur de la provincia de Jaén, en las que se realizo una reducción el plan anterior.
• La elección del garantizado en los modulo 1 y 2, solamente podrá variar en 10 puntos respecto al garantizado asegurado en el plan anterior (tanto en sentido ascendente como descendente).
• Las explotaciones que no hubiera asegurado el plan anterior en los módulos 1 ó 2 con más del 50% de la superficie de hojiblanca en secano, sólo podrán asegurar el garantizado del 50%
• Se mantiene la bonificación del 5% para aquellos asegurados que renueven o el modulo 1 o 2.
• Se modifica el ratio y los tramos de aplicación, para la limitación del garantizado por siniestralidad, en explotaciones con mas un año de siniestro de los últimos cuatro de riesgos distintos a pedrisco y riesgos excepcionales.
• El precio mínimo asegurable se ajusta aproximadamente al 66% del máximo.
• Definición de regadío:”aquella parcela que tenga infraestructura de riego y se aporte la dotación de agua suficiente para cubrir las necesidades hídricas de la producción asegurada en el cultivo.
1. OBJETO DEL SEGURO
a. GARANTIA A LA PRODUCCION.
Se cubren los daños en cantidad que se ocasionen sobre la producción de olivar, para los riesgos de Pedrisco, riesgos excepcionales (Fauna Silvestre, Incendio, Inundación-Lluvia Torrencial, lluvia persistente y viento huracanado) y Resto de Adversidades Climáticas (Sequia, Helada, golpe de calor, mala floración…).
Excepcionalmente se cubren los daños en calidad que se producen por el riesgo de pedrisco en el caso de producciones de aptitud mesa
Específicamente para Adversidades climáticas, se cubre la diferencia que se registre en el conjunto de la explotación, entre el valor de la producción garantizada y el valor de la producción real final, incrementada con las perdidas indemnizables del resto de riesgos.
En las producciones de mesa (variedades Manzanilla Cacereña, Fina, Carrasqueña, Serrana y Morona) se tendrá una garantía excepcional dentro de adversidades climáticas por la pérdida de aptitud para ser comercializada como tal.
Página 2 de 5 In fo rm a c ió n e la b o ra d a p o r A G R O C A S E R . E s ta i n fo rm a c ió n N O c o n s ti tu y e d o c u m e n ta c ió n c o n tr a c tu a l. C o n s u lt a r C o n d ic io n e s E s p e c ia le s . b. GARANTÍA A LA PLANTACION.
Se cubren los daños ocasionados sobre las plantaciones por los riesgos especificados en la garantía a la producción, excepto sequía.
c. GARANTÍA A LAS INSTALACIONES.
Se cubren los daños ocasionados sobre las instalaciones, por los riesgos especificados en la garantía a la producción.
2. EXPLOTACIONES y BIENES ASEGURABLES.
a. GARANTIA A LA PRODUCCION.
Se debe asegurar todas las parcelas de olivar asegurables, de secano y de regadío, que se encuentren en el territorio Nacional.
Serán explotaciones asegurables en el MODULO 1 y 2, todas aquellas cuyo titular tenga asignado un rendimiento en la base de datos de MAGRAMA, a excepción de las que consten únicamente de parcelas superintensivas (olivares en regadío con mas de 1.200 olivos/ha) o de plantones, que no tendrán por qué estar incluidos en la base de datos.
Si el titular del seguro es perceptor del Pago Único por explotación, serán asegurables todas las parcelas incluidas en la solicitud de Ayudas de la campaña en curso (2014), es decir, estará obligado a incluir todas las parcelas que declare en dicha solicitud.
b. GARANTÍA A LAS INSTALACIONES.
Se consideran instalaciones asegurables los cabezales de riego y la red de riego (tuberías,) siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el Anexo V de las CCEE.
3. PLAZO DE SUSCRIPCION.
MODULOS INICIO DE
CONTRATACION
FINAL DE
CONTRATACION ULTIMO DIA DE PAGO
1, 2 (*) 01/10/2013 15/12/2013 16/12/2013
P
15/03/2014 30/06/2014 01/07/2014
C1, y C2
(*) Se admitirán modificaciones en la Declaración de Seguro hasta el 15 de abril como fecha límite, siempre que las mismas se deban a causas justificadas y que a la recepción de la solicitud en AGROSEGURO las parcelas afectadas por dichas modificaciones no hayan tenido siniestro causado por los riesgos cubiertos.
Página 3 de 5 o c u m e n ta c ió n c o n tr a c tu a l. C o n s u lt a r C o n d ic io n e s E s p e c ia le s . In fo rm a c ió n e la b o ra d a p o r A G R O C A S E R . E s ta i n fo rm a c ió n N O c o n s ti tu y e d o c u m e n ta c ió n c o n tr a c tu a l. C o n s u lt a r C o n d ic io n e s E s p e c ia le s . 4. RENDIMIENTO ASEGURABLE. MODALIDADES DE CONTRATACION
TIPO DE PARCELAS RENDIMIENTO ASEGURABLE
MODULO 1 Y 2
SUPERINTENSIVAS (regadío+ 1200 oli/ha)
Rendimiento máximo asegurable fijado en el anexo III de las CCEE para este tipo de plantaciones expresado en Kg/ha
En caso de haber sufrido podas severas estas parcelas no podrán exceder del rendimiento fijado para este tipo de práctica cultural en el anexo III
RESTO DE PARCELAS
La suma de la producción de estas parcelas entre el numero de arboles (sin incluir los plantones) no deberá exceder del rendimiento máximo asignado por el MAGRAMA a cada agricultor expresado en Kg/olivo (puede consultarlo en las condiciones especiales del asegurado)(*)
Además en las parcelas de nueva plantación o las que se han efectuado podas severas, no podrán superar los rendimiento máximos que se indican en el Anexo III de las CCEE. La producción no asegurada (con respecto a la base de datos) en estas parcelas, no se podrá incrementar en el aseguramiento del resto de parcelas
MODULO P TODAS LIBRE
(*) Cuando el asegurado considere que los rendimientos asignados no se ajustan a la realidad productiva de su explotación, puede solicitar una revisión de rendimientos dirigida a ENESA, antes del 30 de abril de 2014 de aplicación en el Plan siguiente (consultar Normas)
En ambos grupos de parcelas, y aplicándose de forma separada para cada uno de los dos grupos, la producción asegurada no puede ser inferior al 50% de la máxima asegurable establecida según los criterios indicados anteriormente.
El asegurado que opte por el modulo 1, 2, podrá contratar un MODULO COMPLEMENTARIO (C1, C2) para los riesgos de pedrisco y riesgos excepcionales, cuya finalidad es aumentar la producción asegurada inicialmente (limitada bien por DNI o por parcela) hasta las esperanzas reales de producción.
5. PERIODO DE GARANTÍAS y CARENCIA.
Las garantías a la producción se inician con la toma de efecto, una vez transcurrido el periodo de carencia, y nunca antes de:
• Floración (estado fenológico “F”). Para los riesgos de pedrisco, fauna silvestre, inundación e incendio
• Endurecimiento del hueso (estado fenológico “H”) para los riesgos de lluvia persistente y viento huracanado.
Se establece un periodo de carencia de seis días desde la entrada en vigor de la póliza. Esta carencia no será de aplicación para aquellos asegurados que contrataron alguno de los módulos del seguro para explotaciones olivareras y en los modulos complementarios.
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El final de garantías es la fecha más temprana entre el momento de la recolección, que los frutos superen la madurez comercial o la siguiente fecha:
TIPO DE DAÑOS VARIEDADES AMBITO FINAL DE GARANTIAS Provincia Comarca CANTIDAD Daños producidos a consecuencia de caída de frutos (1) TODAS
Tarragona Bajo Ebro
15 de octubre 2014 Teruel Bajo Aragón
Castellón Alto Maestrazgo, Bajo Maestrazgo, Litoral Norte Resto de provincias y comarcas 15 noviembre 2014 Resto de daños Todas la provincias y
comarcas 28 de febrero de 2015 CALIDAD (aceituna de mesa) manzanilla fina, carrasqueña,
serrana y gordal Todas la provincias y comarcas 31 de octubre de 2014 Resto de variedades 30 noviembre de 2014
(1) En siniestros acaecidos con posterioridad al 15 de octubre o al 15 de noviembre, según ámbito indicado, estará cubierta la caída de aceitunas hasta el 28 de febrero de 2015 siempre que quede imposibilitada la recolección de las mismas.
La garantía a las instalaciones y plantación comienzan con la toma de efecto y finalizan 12 meses después o con la toma de efecto de la campaña siguiente.
6. MODALIDADES DE CONTRATACION-.
a. GARANTIA A LA PRODUCCION/PLANTACION
El asegurado deberá elegir, para todas las parcelas de su explotación, entre las diferentes opciones de contratación (Módulos) que a continuación detallan:
MODULO 1
-GARANTIA RIESGO CAPITAL
GARANTIZADO CALCULO DE LA INDEMNIZACION MIN. INDEM FRANQUICIA PRODUCCION Adversidades climáticas 70, 60 ó 50%
(elegible) por explotación (comarca) - 60 € Pedrisco Riesgos excepcionales PLANTACION Arboles en
producción Todos excepto
sequia
300%
30% 20%
absoluta
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producción excepto Todos
sequia
300%
20% 20%
absoluta
plantones 100%
(*) Para pedriscos tempranos (anteriores al endurecimiento del hueso) el mínimo indemnizable será de un 20%
MODULO P
GARANTIA RIESGO CAPITAL
ASEGURADO CALCULO DE LA INDEMNIZACION MIN. INDEM FRANQUICIA PRODUCCION Adversidades climáticas NO CUBIERTO Pedrisco 100% Por parcela 10%(*) 10% daños Riesgos excepcionales 20% 20% absoluta PLANTACION Arboles en producción Todos excepto sequia 100% 20% 20% absoluta plantones
(*) Para pedriscos tempranos (anteriores al endurecimiento del hueso) el mínimo indemnizable será de un 20%
b. GARANTIA A LAS INSTALACIONES
La cobertura adicional sobre las instalaciones, tiene carácter opcional. Siempre que se opte por esta cobertura se aseguraran todas las instalaciones que se posea en la explotación del mismo tipo que cumpla con las características mínimas descritas en las CCEE
BIENES
ASEGURABLES CAPITAL ASEGURADO
CÁLCULO INDEMNIZACIÓN MÍNIMO INDEMNIZABLE (*) FRANQUICIA Cabezal de riego 100% parcela 1.000 € No se aplica Red de riego localizado 300 €
(*) El mínimo indemnizable es la cantidad menor entre el 10% del capital asegurado y la cantidad indicada en tabla por tipo de instalación.