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Nuevo Documento Básico de Seguridad de utilización y accesibilidad (SUA)

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Nuevo Documento Básico de

Nuevo Documento Básico de

“Seguridad de utilización y

“Seguridad de utilización y

accesibilidad” (SUA)

accesibilidad” (SUA)

Juan

Juan QueipoQueipo de Llano Moyade Llano Moya

Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo

(2)

Cuestiones generales

ƒ

Antecedentes

ƒ

Necesidad de homogeneidad.

ƒ

Elaboración de la propuesta

ƒ

Integración en el CTE

ƒ

Comisión de accesibilidad

(3)

Aspectos más destacables

ƒ

Evacuación de personas con discapacidad en caso de

incendio

ƒ

Eliminación del nivel practicable

ƒ

Edificios existentes

ƒ

Modificaciones Seguridad de Utilización

(4)

La LOE, los Requisitos Básicos y el CTE

La LOE establece los requisitos básicos que se deben

cumplir en el proyecto, construcción, mantenimiento y

conservación de los edificios

CTE

“… se regirán por su normativa específica” SEGURIDAD SE Estructural SI En caso de incendio SU De utilización FUNCIONALIDAD - Utilización - Accesibilidad para personas con discapacidad - Acceso servicios telecomunicación HABITABILIDAD HS Salubridad HR Protección frente al ruido HE Ahorro de energía

El CTE es el marco normativo que establece las exigencias básicas que permiten

(5)
(6)
(7)
(8)
(9)

Real Decreto 505/2007

ƒ

Establece que las de los edificios se incorporen a la Parte I del

CTE antes del 1-enero-2009 y que simultáneamente se

incorpore a la Parte II un documento básico sobre accesibilidad

ƒ

Establece su obligatoriedad:

- a partir del 1-enero-2010 en obras nuevas y de reforma

- a partir del 1-enero-2019 en edificios existentes susceptibles

de ajustes razonables

ƒ

Aprueba las condiciones

básicas de accesibilidad

en los edificios (también

las de los espacios

(10)

Accesibilidad, requisito básicos del CTE

La LOE establece los requisitos básicos que se deben

cumplir en el proyecto, construcción, mantenimiento y

conservación de los edificios

CTE

“… se regirán por su normativa específica” SEGURIDAD SE Estructural SI En caso de incendio SU De utilización FUNCIONALIDAD - Utilización - Accesibilidad para personas con discapacidad - Acceso servicios telecomunicación HABITABILIDAD HS Salubridad HR Protección frente al ruido HE Ahorro de energía

El CTE es el marco normativo que establece las exigencias básicas que permiten

cumplir los requisitos básicos

?? Accesibilidad

+A

(11)

ƒ

Entrada en vigor: 12-marzo-2010

ƒ

No obligatorio para proyectos

- con licencia concedida a la entrada en vigor

- para los que se pida licencia hasta seis meses después

En ambos casos se deben comenzar las obras en el plazo

previsto por la licencia, o en su defecto hasta 9 meses después

de su concesión. En caso contrario hay que adecuar el proyecto

al RD.

ƒ

Deroga la Orden del MOPU de 3-III-1980 sobre accesos,

ascensores y condiciones de VPO para minusválidos.

ƒ

Deroga el RD 556/1989, de 19 de mayo, sobre medidas mínimas

de accesibilidad a los edificios.

(12)

ƒ

Modifica el RD 505/2007 de forma que el mandato de incorporar

las condiciones básicas de accesibilidad al CTE se considere

cumplido, aunque no se hayan incorporado literalmente.

ƒ

Modifica la Parte I del CTE:

- Validando que la accesibilidad, a pesar de ser un requisito de

“funcionalidad”, se desarrolle en el CTE. (art. 1.3 y 9.1)

- Incorporando al objetivo global del requisito básico SUA los

objetivos específicos de accesibilidad

- Ampliando las exigencias básicas de SUA con una más:

“SUA 9. Accesibilidad”.

(13)

ƒ

Según la Parte I del CTE su objetivo consiste en:

“... reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios

sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios,

como consecuencia de sus características de diseño,

construcción

y mantenimiento…

… así como en facilitar el acceso y la utilización no

discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las

personas con discapacidad.” (RD 173/2010)

CTE Parte I - Requisito Básico

(14)

Para satisfacer el requisito básico, los edificios se deben

proyectar, construir, mantener y utilizar

de forma que se

cumplan las exigencias básicas de seguridad frente a:

SUA 1 Caídas

SUA 2 Impacto o de atrapamiento

SUA 3 Aprisionamiento

SUA 4 Iluminación inadecuada

SUA 5 Altas ocupaciones

SUA 6 Ahogamiento

SUA 7 Vehículos en movimiento

SUA 8 Acción del rayo

SUA 9

Accesibilidad

“Se facilitará el acceso y la utilización no discriminatoria,

independiente y segura de los edificios a las personas con

discapacidad”

CTE Parte I - Requisito Básico

(15)

Recopilación de respuestas del

Ministerio de Vivienda a las

consultas sobre aplicación del

DB SI y del DB SUA.

Ultima actualización:

18 - mayo - 2010

http://www.vivienda.es

Normativa → Código Técnico

de la Edificación → Descargas

de documentación PDF al final

de la página

Criterios para interpretación y

aplicación de los DB SI y DB SUA

(16)

II Ámbito de aplicación

No contempla riesgos específicos de:

- las instalaciones

- las actividades laborales

- las zonas y elementos reservados

para personal especializado en

mantenimiento, reparaciones, etc.

DB SUA – Introducción

- los elementos para el público singulares y característicos de las

infraestructuras del transporte: andenes, pasarelas, pasos

inferiores, etc. incluso condiciones de accesibilidad.

(17)

III Criterios generales de aplicación

ƒ

En edificios protegidos existentes, cuando la aplicación de las

condiciones del DB SUA sea técnica o económicamente inviable

o sea incompatible con el grado de protección del edificio se

podrán aplicar las soluciones alternativas que permitan la mayor

adecuación posible.

ƒ

En edificios existentes pueden aceptarse elementos y

dispositivos mecánicos que aporten prestaciones equivalentes.

ƒ

En el libro del edificio deberá quedar constancia de las

limitaciones al uso del edificio necesarias como consecuencia

del grado final de adecuación alcanzado, que deban ser tenidas

en cuenta por el titular de la actividad.

(18)

DB SUA – Zonas de uso “público y “privado”

Alojamientos, oficinas, cocinas Zonas comunes y de circulación,

comedores, salones Residencial Público Habitaciones, quirófanos, despachos, almacenes, cocinas

Consultas, zonas de espera Sanitario

Trastiendas, almacenes, oficinas

Zonas de venta, zonas comunes de centros comerciales

Comercial

Zonas restringidas al público Todas las zonas, excepto las

restringidas al público Pública

Concurrencia

Despachos Aulas, salón de actos, bibliotecas,

zonas de circulación Docente

Zonas de trabajo Espacios de atención al público

Administrativo

Todas Ninguna

Residencial Vivienda

Zonas de uso privado:

Las que no sean de uso público

Zonas de uso público:

Utilizables por el público en general, personas no familiarizadas con el edificio

(19)

III Criterios generales de aplicación

ƒ

Cuando se cambie de uso un establecimiento integrado en un

edificio existente (*) debe aplicarse el DB SUA a ese

establecimiento,

incluso dotarlo de un itinerario accesible desde

la vía pública cuando sea exigible conforme a SUA 9.

(*) Solo se entiende por “cambio de uso” el cambio del uso principal de un establecimiento.

ƒ

Limita severamente la implantación de nuevos establecimientos

en plantas de piso de edificios existentes. Por ejemplo:

- Cualquier establecimiento destinado a uso público.

- Cualquier establecimiento de uso privado con más de 200 m

2

útiles o que obligue a salvar más de dos plantas desde una

entrada principal accesible del edificio.

(20)

- Únicamente se admiten 1 ó 2 peldaños aislados

(nunca en un

itinerario accesible)

:

- en zonas de uso restringido

- en zonas comunes de edificios de vivienda

(1)

- en accesos y salidas de los edificios

(1)

- en estrados o escenarios

(1) Cuando deban ser itinerario accesible, precisan anchura

suficiente para el paso con peldaños y el paso por rampa

DB SUA-1: Caídas

2 Discontinuidades en el pavimento

- No se admiten juntas con más de 4

mm de resalto, excepto en zonas de

uso restringido o exteriores.

- Los desniveles ≤ 5 cm se deben

resolver con pendiente ≤ 25%

(21)

DB SUA-1: Caídas

2 peldaños x 17,5 = 35 cm Itinerario no accesible

Rampa

Itinerario accesible

10% → longitud 3,5 m → no admisible (max. 3 m)

8% → longitud 4,4 m → admisible (max. 6 m) 6% → longitud 5,8 m → admisible (max. 9 m)

>1 m >1,20 m

(22)

DB SUA-1: Caídas

Escaleras

• Condiciones más restrictivas a las escaleras en zonas de uso

público

o cuando no haya alternativa por ascensor

Contrahuella, altura de tramos, prolongación

pasamanos, continuidad (uso sanitario),

• En zonas de uso público franja de pavimento visual y táctil en el

arranque en mesetas de planta, de 80 cm de fondo, anchura la del

tramo y acanaladuras perpendiculares al eje de la escalera

“En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no

viabilidad técnica y económica de otras alternativas que no supongan dicha reducción de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la seguridad que en cada caso se estimen necesarias”.

(23)
(24)

DB SUA-1: Caídas

4.3 Rampas

(Con pendiente ≤ 4% no se consideran “rampa”)

Pendiente

≤ 12% si no precisa ser itinerario accesible, p. ej. si

existe alternativa por ascensor accesible

Si son para vehículos y personas ≤ 16%

Cuando deban ser itinerario accesible:

- 10% para longitud < 3 m

(altura salvada ≤ 30 cm)

- 8% “ “

≥ 3 - 6 m ( “ “ ≤ 48 cm)

- 6% “ “

≥ 6 - 9 m ( “ “ ≤ 54 cm)

- pendiente transversal ≤ 2%

Tramos

Longitud ≤ 15 m.

Si es itinerario accesibles ≤ 9 m, con

meseta de longitud ≥1,50 m al principio y final del tramo

En itinerarios accesibles, rectos

o con radio ≥ 30 m

Anchura como escaleras (en itinerario accesible

≥ 1,20 m )

(25)

DB SUA-1: Caídas

4.3 Rampas

(pendientes ≤ 4% no se consideran rampa)

Mesetas

≈ escaleras

Pasamanos A un lado si salva más de 55 cm con pendiente ≥ 6%

Si es itinerario accesible, a ambos lados y continuos

en todo el recorrido, incluso mesetas, si la pendiente

es ≥ 6 % y salva más de 18,5 cm.

Si la longitud es > 3 m, prolongación horizontal de 30

cm en los extremos.

(26)

DB SUA-2: Impacto o atrapamiento

Impacto con elementos fijos:

- A

ltura mínima libre 2,20 m en general

2,10 m en uso restringido

2,00 m en puertas

- S

alientes en fachadas a h ≥ 2,20 m

- En paredes de zonas de circulación no habrá elementos

salientes que no arranquen del suelo y vuelen más de 15 cm a

altura entre 15 cm y 2,20 m

- Evitar impacto con cuerpos volados

a h < 2 m instalando elementos fijos

detectables por los bastones de

(27)

DB SUA-3: Aprisionamiento en recintos

ƒ

Sistema de desbloqueo de puertas desde el exterior.

ƒ

Control de iluminación desde el interior, excepto en baños y

aseos de viviendas.

ƒ

En zonas de uso público, los aseos accesibles y las cabinas de

vestuarios accesibles deben tener un dispositivo fácilmente

accesible para transmitir una llamada de asistencia a un punto

de control, que permita verificar que la llamada ha sido

recibida, o a un punto de paso frecuente de personas.

ƒ

Fuerza de apertura de puertas ≤ 140 N.

En itinerarios

accesibles

≤ 25 N, en general, ≤ 65 N en puertas resistentes al

fuego.

(28)

DB SUA-4: Iluminación

1 Alumbrado normal en zonas de circulación

- Iluminancia ≥ 100 lux en zonas interiores y ≥ 20 lux en exteriores.

- Uniformidad ≥ 40%.

- En establecimientos de Pública Concurrencia con baja

iluminación (p. ej. cines, teatros, auditorios, discotecas, etc.)

iluminación de balizamiento en rampas y peldaños.

(29)

DB SUA-4: Iluminación

2

Alumbrado de emergencia

-

En recintos para más de 100 pers.

-

En recorridos desde todo origen de evacuación hasta

espacio exterior seguro

y hasta las zonas de refugio,

incluyendo dichas zonas

-

En aparcamientos >100 m

2

-

En locales de riesgo especial o para instalaciones de p.c.i.

-

En aseos generales de planta

-

En cuadros de distribución o de accionamiento de iluminación

-

En las señales de seguridad, excepto las fotoluminiscentes

-

En itinerarios accesibles

-

Posición de las luminarias y características de la instalación:

tiempo de respuesta, autonomía, iluminancia, uniformidad, etc.

(30)

DB SUA-7: Riesgo por vehículos en movimiento

Excepto en garajes de una vivienda unifamiliar:

ƒ

Espacio de acceso y espera. Longitud ≥ 4,5 m. Pendiente ≤ 5%

ƒ

Los recorridos peatonales previstos por rampas para vehículos tendrán anchura ≥ 0,80 m y estarán protegidos con barreras de h ≥ 0,80 m o por diferencia de nivel (bordillo).

ƒ

En aparcamientos de uso público con más de 200 vehículos o 5.000 m2

- recorridos peatonales marcados (pintura, relieve o desnivel) no incluidos en la anchura de los viales.

- frente a puertas de acceso al aparcamiento, barreras de protección con h ≥ 0,80 m y separación ≥ 1,20 m.

ƒ

Señalización: sentido de circulación, velocidad máxima, zonas de peatonas, gálibos, zonas de carga y descarga.

ƒ

En los accesos a viales exteriores desde establecimientos de uso

aparcamiento debe haber un dispositivo que alerte de la presencia de peatones (p. ej.: espejo).

(31)

DB SUA-9 - Accesibilidad

Para edificios existentes (reformas, rehabilitación, etc.):

ƒ

El DB SU no define una accesibilidad de “segundo nivel”

(“adaptada”). El objetivo sigue siendo la accesibilidad de

“primer nivel”, pero teniendo en cuenta en cada caso lo que se

establece en SUA - Introducción, apdo. III:

“En edificios existentes, cuando la aplicación de las

condiciones del DB SUA sea técnica o económicamente

inviable o sea incompatible con el grado de protección del

edificio se podrán aplicar las soluciones alternativas que

permitan la mayor adecuación posible”.

ƒ

Se admite la utilización

de dispositivos

mecánicos que cumplan

la misma función

(32)

• Baja + 4

• 2 viv. / planta

• 8 viviendas

• 40 personas

• Cabina 0,65 x

1,10 m

(33)

DB SUA-9 - Accesibilidad

En obras en edificios existentes (reformas, rehabilitación, etc.) las

condiciones de accesibilidad son aplicables, con el mismo

alcance que las demás:

ƒ

En reformas sin cambio

de uso, a los elementos

modificados con la

reforma, siempre que

mejore la accesibilidad

final.

ƒ

En obras con cambio de uso, a todo el edificio o establecimiento.

Cuando se trate de un establecimiento no comunicado

directamente con la vía pública, la adecuación debe incluir la

accesibilidad desde ella que sea exigible mediante un itinerario

(34)

DB SUA-9 - Accesibilidad

Las condiciones de SUA 9 hacen referencia a dos términos hasta

ahora propios del DB SI:

Zona de ocupación nula

Con presencia ocasional de personas o solo para mantenimiento:

salas de máquinas, instalaciones, locales para limpieza,

determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc.

Origen de evacuación

Es todo punto ocupable, excepto el interior de viviendas y de todo

recinto de densidad baja (< 1 pers/5 m

2

) y superficie ≤ 50 m², p.

ej. habitaciones de hotel, residencia u hospital, despachos de

oficinas, etc.

Los puntos de los locales de riesgo especial son origen de

evacuación a efectos del DB SI, pero quedan excluidos a efectos

del DB SUA, por ser zonas de ocupación nula.

(35)

DB SUA-9 - Accesibilidad

Estructura de esta sección

• Condiciones funcionales

• Dotación de elementos accesibles

• Información y señalización

Las características de los elementos accesibles se encuentran en

la sección de terminología

(36)

Vía pública

Zonas comunes exteriores Entrada principal Itinerario accesible Piscinas Zonas deportivas

Edificio

Aparcamiento exterior Jardines

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Accesibilidad en la parcela del edificio

Establecimiento

Entrada principal

(37)

Vía pública

Itinerario accesible

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Accesibilidad a edificios sin parcela

Entrada principal

Edificio

Establecimiento Entrada principal

Si el edificio no tiene “parcela” se sigue aplicando lo mismo:

Todo edificio y todo establecimiento comunicado directamente

con la vía pública debe tener al menos una entrada principal

Entrada

principal

Edificio

Establecimiento

Entrada principal

(38)

Vía pública

Zonas comunitarias exteriores

Agrupación de viviendas unifamiliares

Zonas privativas de cada vivienda

Dentro de ellas no se exigen condiciones de accesibilidad

Aparcamiento exterior

Jardines Piscinas Zonas deportivas

Itinerarios accesibles

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Accesibilidad en la parcela del edificio

(39)

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Edificios de Vivienda - Accesibilidad entre plantas

En edificios con más de 12

viviendas en plantas sin entrada accesible al edificio… Aparcamiento Trasteros Más de 12 viviendas en plantas de piso Aparcamiento Trasteros

… o con más de dos plantas desde las de entrada accesible hasta

alguna vivienda o zona comunitaria Viviendas

En los demás casos, se debe prever estructural y dimensionalmente la Ascensor accesible (rampa) Ascensor accesible (rampa)

Debe haber ascensor accesible (o rampa ) que comunique las plantas que no sean de ocupación nula con las de entrada accesible al edificio.

(40)

Las plantas con viviendas accesibles para usuario de silla de ruedas deben disponer de ascensor accesible

(rampa) que las comunique con…

… las plantas con elementos asociados a ellas: trastero, plaza de aparcamiento accesible, tendedero, sala de

comunidad…

Vivienda accesible

TENDEDERO

… las plantas con entrada accesible al edificio Ascensor accesible (rampa) Trastero, sala común. Plaza de aparcam.

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Edificios de Vivienda - Accesibilidad entre plantas

(41)

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Edificios de Vivienda - Accesibilidad en las plantas

Acceso accesible a la planta

Entrada principal accesible al edificio Ascensor accesible (o previsión del mismo)

Rampa accesible

Toda vivienda de la planta

Itinerario accesible (ambos sentidos)

Elementos asociados a

viviendas para usuarios de

silla de ruedas

→ Trastero

→ Plaza de aparcamiento accesible

Zonas comunitarias de

la planta

(42)

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Edificios de otros usos - Accesibilidad entre plantas

Aparcamiento

Instalaciones

En edificios con más de dos plantas desde las de entrada accesible…

Planta ocupable

Y en toda planta con más de 100 m2 útiles de uso público o con elementos

accesibles: plazas de aparcamiento, alojamientos, plazas reservadas, etc. Ascensor

accesible

(rampa)

… o con más de 200 m2 útiles

totales en plantas sin entrada accesible al edificio Aparcamiento Instalaciones Más de 200 m2 útiles Ascensor accesible (rampa)

Debe haber ascensor accesible (o rampa) que comunique las plantas con las de entrada accesible al edificio.

(43)

DB SUA-9 - Condiciones funcionales de accesibilidad Edificios de otros usos - Accesibilidad en las plantas

Acceso accesible a la planta

Entrada principal accesible al edificio Ascensor o rampa accesible

Toda zona de uso público

Itinerario accesible (ambos sentidos)

Elementos accesibles

→ Plazas reservadas (usuario silla de ruedas)

→ Alojamientos accesibles

→ Plazas de aparcamiento accesible → Servicios higiénicos accesibles

Todo origen de

evacuación de zonas de

uso privado

(44)

DB SUA-9 – Dotación de elementos accesibles

Viviendas accesibles

La dotación la determina la reglamentación aplicable.

Alojamientos accesibles

De 5 a 50 alojamientos totales 1 accesible De 51 a 100 2

De 101 a 150 4 De 151 a 200 6

Más de 200 8 + 1 / 50 adicionales a 250

Plazas reservadas en auditorios, cines, salones de actos, espectáculos, etc.

Para usuarios de silla de ruedas: 1 plaza / 100 plazas o fracción

Para personas con discapacidad auditiva en espacios con más de 50 asientos fijos y actividad con componente auditiva: 1 plaza / 50 plazas o fracción.

(45)

DB SUA-9 – Dotación de elementos accesibles

Plazas de aparcamiento accesibles

En edificios de viviendas con aparcamiento propio, una por cada vivienda accesible para usuario de silla de ruedas (u.s.r.)

En uso Residencial Público, una por cada alojamiento accesible

En uso Comercial, Pública Concurrencia y Aparcamiento de uso público, una por cada 33 plazas o fracción

En otros usos una por cada 50 plazas o fracción, hasta 200 plazas y una más por cada 100 plazas más o fracción

En todo caso, al menos una por cada plaza reservada para u.s.r.

Piscinas (excluidas las infantiles)

Las de uso público, las de establecimientos de uso Residencial Público con alojamientos accesibles y las de edificios con viviendas accesibles para u.s.r., deben disponer de entrada al vaso mediante grúa u otro elemento adaptado

(46)

DB SUA-9 – Dotación de elementos accesibles

Servicios higiénicos accesibles, cuando sean exigibles aseos o

vestuarios

Un aseo accesible por cada 10 inodoros o fracción instalados, pudiendo ser de uso compartido para ambos sexos.

En cada vestuario, una cabina accesible, un aseo accesible y una ducha accesible por cada 10 unidades o fracción instalados. Si el vestuario no tiene cabinas individuales, se dispondrá al menos una cabina accesible.

Mobiliario fijo

En zonas de atención al público, al menos un punto de atención

accesible. Como alternativa, un punto de llamada accesible para recibir

asistencia.

Mecanismos

Excepto en las viviendas y en zonas de ocupación nula, los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los pulsadores de alarma serán

(47)

DB SUA-9 – Información y señalización para accesibilidad

Señalización de elementos accesibles en función de su localización

En todo caso

---Itinerario accesible que comunique la vía pública con

los puntos de llamada accesibles o, en su ausencia, con los puntos de atención accesibles

En todo caso

---Servicios higiénicos de uso general

En todo caso

---Servicios higiénicos accesibles (aseo accesible, ducha

accesible, cabina de vestuario accesible)

En todo caso En todo caso, excepto en uso

Residencial Vivienda las

vinculadas a un residente

Plazas de aparcamiento accesibles

En todo caso

Ascensores accesibles

Plazas reservadas

Zonas dotadas con bucle magnético u otros sistemas adaptados para personas con discapacidad auditiva

En todo caso Cuando existan varios recorridos

alternativos

Itinerarios accesibles

En todo caso Cuando existan varias entradas al

edificio Entradas al edificio accesibles

En zonas de uso

público

En zonas de uso privado Elementos accesibles

(48)

DB SUA-9 – Información y señalización. Características

Pictogramas normalizados de sexo en alto relieve y contraste cromático.

A altura 0,80-1,20 m, junto al marco, a la derecha de la puerta y en el sentido de la entrada.

Servicios higiénicos de uso

general

SIA e indicación en Braille y arábigo en alto relieve a una altura entre 0,80 y 1,20 m, del número de planta en la jamba derecha en sentido salida de la cabina.

Ascensores accesibles

SIA (UNE 41501) complementado, en su caso, con flecha direccional

Entradas accesibles al edificio, itinerarios

accesibles, plazas de

aparcamiento accesibles y

los servicios higiénicos

accesibles (aseo, cabina de

(49)

DB SUA-9 – Información y señalización. Características

Color contrastado con el pavimento, con relieve de altura 3±1 mm en interiores y 5±1 mm en exteriores.

Las del arranque de escaleras, de 80 cm de longitud en el sentido de la marcha, anchura la del itinerario y acanaladuras perpendiculares al eje de la escalera.

Las de señalización del itinerario accesible hasta un punto de llamada accesible o hasta un punto

de atención accesible, de acanaladura paralela a

la dirección de la marcha y de anchura 40 cm. Bandas señalizadoras

(50)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Se establecen en el Anejo SUA A Terminología, en la definición de cada término

Alojamiento accesible (habitación de hotel, de albergue, de residencia

de estudiantes, apartamento turístico, etc.)

Cumple las características que le sean aplicables de las viviendas

accesibles para usuarios de silla de ruedas y personas con discapacidad auditiva. Cuenta con un sistema de alarma que transmita señales visibles

desde todo punto interior, incluido el aseo.

Ascensor accesible

Cumple UNE EN 81-70 y además:

- Botonera en Braille y alto relieve, con contraste cromático

- En ascensores agrupados, el accesible debe tener llamada individual / propia

- Cuando además de accesible deba ser de emergencia conforme a DB SI debe cumplir las características que se establecen para estos

(51)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Ascensor accesible

(*) Cuando además deba ser ascensor de emergencia conforme a DB SI 4-1: - 1,20x2,10 m en zonas de hospitalización con altura de evacuación h > 15 m - 1,00 x 1,40 m y en otros usos con h > 28 m.

1,10 x 1,40 (*) 1,40 x 1,40 1,00 x 1,25 (*)

1,40 x 1,40 Una puerta o dos

enfrentadas

Dos puertas en ángulo

> 1.000 m2

≤ 1.000 m2

En otros edificios, con superficie útil en plantas distintas a las de acceso

con viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas sin viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas

En uso Residencial Vivienda Dimensiones mínimas

de la cabina

(52)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Itinerario accesible (condiciones aplicables en ambos sentidos) Desniveles

- Se salvan mediante rampa accesible o ascensor accesible - No se admiten escalones, ni escaleras mecánicas

Espacio para giro

- Ø 1,50 m libre de obstáculos en el vestíbulo de entrada, o portal, al

fondo de pasillos de más de 10 m y frente a ascensores accesibles o al espacio dejado en previsión para ellos

Pasillos y pasos

- Anchura libre ≥ 1,20 m. En zonas comunes de edificios de uso

Residencial Vivienda se admite ≥ 1,10 m, pero delante de cada puerta

debe haber un espacio para giro Ø 1,20 m libre del barrido de las hojas - Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m, y

(53)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Itinerario accesible (condiciones aplicables en ambos sentidos) Puertas

- Anchura libre de paso ≥ 0,80 m medida en el marco y aportada por no más de una hoja. En la máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta debe ser ≥ 0,78 m - Mecanismos de apertura y cierre situados a altura 0,80-1,20 m, de

funcionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano, si no son automáticos

- En ambas caras de las puertas existe un espacio horizontal libre del barrido de las hojas de Ø 1,20 m

- Desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón ≥ 0,30 m - Fuerza de apertura de las puertas de salida ≤ 25 N, en general, ≤ 65 N

(54)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Itinerario accesible (condiciones aplicables en ambos sentidos) Pavimento

- Sin piezas ni elementos sueltos: grava, arena, etc. Los felpudos y moquetas están encastrados o fijados al suelo.

- Resistentes a la deformación para permitir la circulación y arrastre de elementos pesados, sillas de ruedas, etc.

Pendiente

- En sentido de la marcha ≤ 4%, o cumple las condiciones de rampa accesible. Pendiente trasversal al sentido de la marcha es ≤ 2%

(55)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Mecanismos accesibles

- A altura 80-120 cm los elementos de mando y control, y 40-120 cm las tomas de corriente o de señal.

- A distancia ≥ 35 cm de encuentros en rincón.

- Interruptores y pulsadores de alarma de fácil accionamiento con puño cerrado, codo y una mano, o bien son automáticos.

- Con contraste cromático respecto del entorno. - No se admiten interruptores de giro y palanca.

- No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos accesibles y de vestuarios accesibles.

(56)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Plaza de aparcamiento accesible

- Próxima al acceso peatonal al aparcamiento y comunicada con él mediante un itinerario accesible.

- Con espacio anejo de aproximación y transferencia lateral de anchura ≥ 1,20 m si la plaza es en batería, pudiendo compartirse por dos plazas contiguas, y trasero de anchura ≥ 3,00 m si la plaza es en línea.

5,00 + 3,00

(57)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Plaza reservada para personas con discapacidad auditiva

Dispone de un sistema de mejora acústica mediante bucle de inducción o cualquier otro dispositivo adaptado a tal efecto.

Plaza reservada para usuarios de silla de ruedas

- Próxima al acceso y salida del recinto y comunicada con ambos mediante un itinerario accesible.

- Dimensiones mínimas 0,80 x 1,20 m, para aproximación frontal, y 0,80 x 1,50 m, para aproximación lateral.

(58)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Punto de atención accesible (de atención al público: ventanillas,

taquillas, mostradores de información, etc.)

- Comunicado por un itinerario accesible con una entrada principal accesible al edificio.

- Plano de trabajo con anchura ≥ 0,80 m y altura de ≤ 0,85 m. Con espacio libre inferior de 70 x 80 x 50 cm (altura x anchura x prof.).

- Si dispone de dispositivo de intercomunicación, está dotado con bucle de inducción u otro sistema adaptado a tal efecto.

≥ 80

≤ 85

≥ 50

(59)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Punto de llamada accesible

- Punto de llamada para recibir asistencia

- Comunicado por un itinerario accesible con una entrada principal accesible al edificio.

- Con un sistema intercomunicador con mecanismo accesible y rótulo indicativo de su función, que permite la comunicación bidireccional con personas con discapacidad auditiva.

(60)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Servicios higiénicos accesibles

- Dimensiones de la plaza de usuarios de silla de ruedas 0,80 x 1,20 m

- En recinto cerrado, espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos

- Con barras de apoyo, mecanismos, accesorios y asientos de apoyo diferenciados cromáticamente del entorno

Duchas accesibles, vestuarios accesibles

- Cumplen como aseos accesibles Aseos

accesibles

- En baterías de lavabos, duchas, vestuarios, espacios de taquillas, etc., anchura libre de paso ≥ 1,20 m

- Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos

- Puertas con características de itinerario accesible. Las puertas de cabinas de vestuario, aseos y duchas accesibles son abatibles hacia el exterior o correderas.

Espacio de circulación

Está comunicado con un itinerario accesible Vestuario con

elementos accesibles

- Comunicado con un itinerario accesible - Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos

- Puertas que cumplen las condiciones del itinerario accesible. Abatibles hacia el exterior o correderas

- Con barras de apoyo, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno

(61)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Servicios higiénicos accesibles (equipamiento)

- Cuando haya más de 5 unidades, al menos una con altura del borde 30-40 cm

Urinario

- Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm al lado del asiento - Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%

Ducha

- Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm y ≥ 75 cm de fondo hasta el borde frontal del inodoro. En uso público, espacio de transferencia a ambos lados

- Altura del asiento entre 45 – 50 cm Inodoro

- Espacio libre inferior mínimo de 70 (altura) x 50 (profundidad) cm. Sin pedestal

- Altura de la cara superior ≤ 85 cm Lavabo

Aparatos sanitarios accesibles

(62)

DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Servicios higiénicos accesibles (equipamiento)

- En el lado del asiento, barras de apoyo horizontal de forma

perimetral en al menos dos paredes que formen esquina y una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento En duchas

- Barra horizontal a cada lado, separadas entre sí 65–70 cm En inodoros

- Se sitúan a una altura entre 70-75 cm - De longitud ≥ 70 cm

- Son abatibles las del lado de la transferencia Barras

horizontales

Fijación y soporte soportan una fuerza de 1 kN en cualquier dirección

Fáciles de asir, sección circular de diámetro 30-40 mm. Separadas del paramento 45-55 mm

Barras de apoyo

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Servicios higiénicos accesibles (equipamiento)

- Dispondrán de asiento de 40 (profundidad) x 40 (anchura) x 45-50 cm (altura), abatible y con respaldo

- Espacio de transferencia lateral ≥ 80 cm a un lado Asientos de

apoyo en duchas y vestuarios

- Mecanismos de descarga a presión o palanca, con pulsadores de gran superficie - Grifería automática dotada de un sistema de detección de presencia o manual de tipo

monomando con palanca alargada de tipo gerontológico. Alcance horizontal desde asiento ≤ 60 cm

- Espejo, altura del borde inferior del espejo ≤ 0,90 m, o es orientable hasta al menos 10º sobre la vertical

- Altura de uso de mecanismos y accesorios entre 0,70 – 1,20 m Mecanismos y

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Vivienda accesible para usuarios de silla de ruedas Desniveles

- No se admiten escalones

Pasillos y pasos

- Anchura libre ≥ 1,20 m. Se admite 1,10 m si en ambas caras de las puertas existe un espacio Ø 1,20 m libre del barrido de las hojas

- Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m y con separación ≥ 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección

Vestíbulo

- Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos. Se puede invadir con el barrido de puertas, pero cumpliendo las condiciones aplicables a éstas

Mecanismos

- Cumplen las condiciones de los mecanismos accesibles: interruptores, enchufes, válvulas y llaves de corte, cuadros eléctricos,

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Vivienda accesible para usuarios de silla de ruedas Puertas

- Anchura libre ≥ 0,80 m, medida en el marco y aportada por no más de una hoja. En la máxima apertura, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta debe ser ≥ 0,78 m

- Mecanismos de apertura y cierre a altura 0,80-1,20 m, de

accionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano, o automáticos

- En ambas caras de las puertas existe un espacio horizontal libre del barrido de las hojas de diámetro Ø 1,20 m

- Desde el mecanismo de apertura hasta el rincón ≥ 0,30 m

Estancia principal

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Vivienda accesible para usuarios de silla de ruedas Dormitorios (todos los de la vivienda)

- Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos considerando amueblamiento - Espacio en un lado de la cama de anchura ≥ 0,90 m

- Espacio de paso a los pies de la cama de anchura ≥ 0,90 m

Cocina

- Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos considerando amueblamiento - Altura de la encimera ≤ 85 cm

- Espacio libre bajo el fregadero y la cocina, mínimo 70 (altura) x 80 (anchura) x 60 (prof.) cm

Terraza

- Espacio Ø 1,20 m libre de obstáculos

- Carpintería enrasada o con resalto de cercos ≤ 5 cm

- Espacio exterior o jardín con itinerarios accesibles que permitan su disfrute por usuarios de silla de ruedas

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Vivienda accesible para usuarios de silla de ruedas Baño (al menos uno)

- Espacio Ø 1,50 m libre de obstáculos

- Puertas cumplen las condiciones del itinerario accesible. Son abatibles hacia el exterior o correderas

- Lavabo Espacio libre inferior mín. 70 (altura) x 50 (prof.) cm Altura de la cara superior ≤ 85 cm

- Inodoro Espacio lateral de anchura ≥ 80 cm a un lado Altura del asiento 45–50 cm

- Ducha Espacio lateral de anchura ≥ 80 cm a un lado

Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2% - Grifería Automática con detección de presencia o manual

monomando con palanca alargada de tipo gerontológico Alcance horizontal desde asiento ≤ 60 cm

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DB SUA-9 – Características de los elementos accesibles

Vivienda accesible para usuarios con discapacidad auditiva

- Con avisador luminoso y sonoro de timbre para apertura de la puerta del edificio y de la vivienda visible desde todos los recintos de la

vivienda

- Con sistema de bucle magnético y vídeo-comunicador bidireccional para apertura de la puerta del edificio.

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Referencias

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