EMPRESARIALES DE LA FACEE
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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y
EMPRESARIALES
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES
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INDICE
Pag.
TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES 04
CAPÍTULO I: GENERALIDADES 04
TÍTULO SEGUNDO: FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FACULTAD 07
CAPÌTULO I: Funciones de la Facultad 07
CAPÌTULO II: Estructura Orgánica de la Facultad 08
TÍTULO TERCERO: ÓRGANO DE GOBIERNO 09
CAPÍTULO I: Consejo de Facultad 09
• Funciones del Consejo de Facultad 09 • Planta Orgánica del Consejo de Facultad 10
TÍTULO CUARTO: ÓRGANO DE DIRECCIÓN 11
CAPÍTULO I: Decanato 11
• Funciones del Decano 11 • Planta Orgánica del Decanato 12
CAPÍTULO II: Secretaría Académica 12
• Funciones del Secretario Académico 12 • Planta Orgánica de la Secretaría Académica 13
CAPÍTULO III: Secretaria Administrativa 13
• Funciones del Secretario Administrativo 13 • Planta Orgánica de la Secretaría Administrativa 14
TÍTULO QUINTO: ÓRGANO ADSCRITO A LA FACEE 15
CAPÍTULO I: Departamento de Ciencias Económicas y Empresariales 15
• Funciones del Departamento Académico de Ciencias
Económicas y Empresariales. 15
• Planta Orgánica del Departamento Académico de Ciencias
Económicas y Empresariales 16
TÍTULO SEXTO: ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE ASESORAMIENTO 17
Capítulo I: Comité Consultivo 17
• Funciones del Comité Consultivo 17 • Planta Orgánica del Comité Consultivo 17 CAPÍTULO II: Unidad de Planificación 17
• Funciones de la Unidad de Planificación 17 • Planta Orgánica de la Unidad de Planificación 18
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TÍTULO SÉPTIMO: ÓRGANOS DE APOYO 19
Capítulo I: Oficina de Registros Académicos y Matrícula 19
• Funciones de la Oficina de Registros Académicos y Matrícula 19 • Planta Orgánica de la Oficina de Registros Académicos y Matrícula 19
Capítulo II: Oficina de Grados y Títulos 19
• Funciones de la Oficina de Grados y Títulos 20 • Planta Orgánica de la Oficina de Grados y Títulos 20
Capítulo III: Biblioteca Especializada 20
• Funciones de la Biblioteca Especializada 21 • Planta Orgánica de la Biblioteca Especializada 21
Capítulo IV: Laboratorio de Cómputo e Informática 21
• Funciones del Laboratorio de Cómputo e Informática 22 • Planta Orgánica del Laboratorio de Cómputo e Informática 22
TÍTULO OCTAVO: ÓRGANO DE LÍNEA 23
Capítulo I: Escuelas Académico Profesionales 23
• Funciones de las Escuelas Académico Profesionales 23 • Planta Orgánica de la Escuela Académico Profesionales 24 Capítulo II: Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral
Certificada 25
• Funciones del Programa de Estudios Profesionales 25 • Planta Orgánica de EPEL 26
Capítulo III: Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social 26
• Funciones de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección
Social 27
• Planta Orgánica de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección
Social 28
Capítulo IV: Programa de Tutoría 28
• Funciones del Programa de Tutoría 28 • Planta Orgánica del Programa de Tutoría 29 Capítulo V: Iinstituto de Investigación Económica, Social y Empresarial y del
Medio Ambiente 29
• Funciones del Iinstituto de Investigación Económico, Social
y Empresarial y del Medio Ambiente 29
• Planta Orgánica del Instituto de Investigación Económica, Social
y Empresarial y del Medio Ambiente 30
Capítulo VI: Centro de Innovación Y Creatividad Empresarial 30
• Funciones del Centro de Innovación y Creatividad Empresarial 30 • Planta Orgánica del Eentro de Innovación y Creatividad
Empresarial 31
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TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I: GENERALIDADES
Artículo 1° Finalidad
El Reglamento de Organización y Funciones de la FACEE, tiene por finalidad definir su planta orgánica hasta el segundo nivel. Delimitar las funciones y atribuciones de los órganos que son parte integrante de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales,
Artículo 2° Naturaleza Orgánica
La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, es un órgano de la Universidad Ricardo Palma, que depende funcional y orgánicamente del rectorado. Es el órgano operativo en el proceso de enseñanza aprendizaje. Para la realización de sus funciones tiene asignado un centro de costos en el presupuesto otorgado. Realiza sus funciones en el Campus de la Universidad Ricardo Palma.
Artículo 3° Alcance del Reglamento de Organización y Funciones
El presente Reglamento es de aplicación a todas las unidades orgánicas, proyectos, comisiones y órganos de coordinación que forman la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
• Órgano de Gobierno
- Consejo de Facultad
• Órgano de Dirección
- Decanato
• Órgano Adscritos a la Facultad
- Departamento Académico de Ciencias Económicas y Empresariales
• Órganos Consultivos y de Asesoramiento
- Comité Consultivo - Oficina de Planificación
• Órganos de Apoyo
- Oficina de Registros Académicos y Matrícula - Oficina de Grados y Títulos
- Biblioteca Especializada
- Laboratorio de Cómputo e Informática
• Órganos de Línea
- Escuelas Académico Profesionales,
- Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral (EPEL).
- Programa de Tutoría
- Instituto de Investigación Económicas, Sociales y del Medio Ambiente
- Centro de Innovación y Creatividad Empresarial (CICE) - Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social.
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Artículo 4º Sustento Legal
Este reglamento se sustenta, en la Ley de creación de la Universidad Ricardo Palma y de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. La Universidad Ricardo Palma tiene su creación en la antigua Universidad de Ciencias y Tecnología, que permitiría luego su creación, además su sustento son las normas legales emitidas en forma oportuna:
a) Ley 16112 (12/04/66); se crea la Universidad de Ciencias y Tecnología, se dispone impartir la educación superior através de sus facultades. En el articulo 2., literal e), se crea la Facultad de Economía y Comerciales.
b) La comisión reorganizadora de la Universidad con Resolución Nª 160-PCD del (10-09-67), dirigida a los Directores de los Programas Académicos, se
nombra al Director del Programa de Ciencias Económicas y Administrativos, para su funcionamiento
c) Decreto Ley 17437; Ley Universitaria, del (28-02-1969), articulo adicional Nª 166 se reconoce a todas las universidades del país, por estar funcionando,
entre ellas se nombra a la Universidad Peruana de Ciencias y Tecnología. d) Decreto ley 17723 del (01-07-69); se crea Universidad Ricardo Palma y se le reconoce por Ley 23733 del (09-12-83).
e) Decreto Ley 17577 (08/04/69), en el art. 4; se autoriza el funcionamiento de la Universidad Ricardo Palma, en remplazo de la Universidad de Ciencias y Tecnología.
f) Resolución del Consejo de la Universidad Peruana Nº 74-69, se crean las Carreras Académico Profesionales de Administración, Contabilidad y Economía, de la Universidad Ricardo Palma.
g) Resolución No. 160-69-PCO (19-09-69), La Comisión Organizadora nombra a la Dirección del Programa Académico de Economía y Administración; que tendrá a su cargo los Programas de Economía, de Administración y de Contabilidad.
h) Resolución No. 307-71-CONUP (05-02-71) se autoriza el funcionamiento de la Universidad Ricardo Palma, en art. 3º, numero II) Nivel de Especialización, numeral 4) se menciona la Dirección de los Programas de Ciencias Económicas comprende: a) Programa Académico de Economía; b) Programa Académico de Contabilidad y Programa Académico de Administración.
I) Asamblea Universitaria del 09-12-97 aprueba la Resolución del Consejo Universitario Nº 973934-SG-URP del 10-12-97, creando la Escuela Académico Profesional de Gestión en Turismo y Hotelería.
i) Resolución de la Asamblea Universitaria Nº 1293-99 del 21-09-99; se aprueba el cambio de nombre de Facultad de Ciencias Económicas a Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
j) Resolución de la Asamblea Universitaria Nº 530015-AU-R-SG del 12-10-04 y del Consejo Universitario Nº 512257- CU-R-SG-AAC, del 29-09-04 se aprueba el cambio de escuela académico profesional de administración por el de Escuela Académico Profesional de Administración y Gerencia.
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K) Acuerdo De Consejo Universitario Nº 1021-2004, aprueba el plan de estudios de las Carrearas de Administración y Contabilidad y se ratifica el inicio del Programa de Profesionalización para Adultos con Experiencia Laboral, aprobado por la Asamblea Universitaria.
l) Resolución de la Asamblea Universitaria Nº 530021-AU-R-SG del 12-10-04 y del Consejo Universitario Nº 512302-CU-R-SG-AAC, del 06-10-04 se aprueba el cambio de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad por Escuela Académico Profesional de Contabilidad y Finanzas.
ll) Resolución de Asamblea Universitaria Nº 530006-AU-R-SG del 22-03-04 y el Acuerdo de Consejo Universitario Nº 0536-2004 de 16-0.3-04, se aprueba la creación de la Escuela Académico Profesional de Negocios Globales
m) Acuerdo del Consejo Universitario Nº 3323-2011, del 27-12-11 se autoriza el inicio de las actividades académicas de la Escuela Académico Profesional de Marketing Global y Administración Comercial en el semestre regular
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TÍTULO SEGUNDO: FUNCIONES Y ESTRUCTURA
ORGÁNICA DE LA FACULTAD
CAPÍTULO I:
FUNCIONES DE LA FACULTAD
Artículo 5º Las funciones de la Facultad de Ciencias Económica y Empresariales son
las siguientes:
a) Formular el perfil de formación académica y profesional de las carreras que estén funcionado o se instauren por el avance de las ciencias económicas y empresariales que sean de necesidad en la sociedad para su desarrollo de la economía.
b) Promover y dirigir las actividades de investigación científica y tecnológica en las áreas y disciplinas de las ciencias económicas y empresariales que sean de su competencia, relacionados con los problemas nacionales.
c) Programar y ejecutar con sentido crítico las acciones de proyección social, extensión universitaria y responsabilidad social.
d) Apoyar a través de las prácticas pre-profesionales, las prestaciones de servicios específicos, orientadas a contribuir con la solución de los problemas sociales, empresariales e institucionales.
e) Concertar y trasmitir las políticas de desarrollo, los valores culturales, éticos y cívicos, en el marco de las disciplinas de su ámbito.
f) Promover y desarrollar actividades de capacitación del personal docente y no docente.
g) Determinar el número de vacantes, para la admisión de estudiantes de cada una de las carreras profesionales de la facultad, a nivel de pre grado.
h) Dirigir y firmar los convenios específicos con instituciones, públicas y privadas, nacionales e internacionales, conducentes al mejoramiento de la facultad
y/o para la contribución del desarrollo de sectores o áreas críticas en el país.
i). Promover la creación y desarrollo de nuevas escuelas académico profesionales y
Centros de Producción en las especialidades de las ciencias económicas y empresariales.
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CAPÍTULO II: ESTRUTURA ORGÁNICA DE LA FACULTAD
Artículo 6º De la estructura orgánica de la FACEE es la siguiente:EMPRESARIALES DE LA FACEE
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TÍTULO TERCERO: ÓRGANO DE GOBIERNO
CAPÍTULO I: CONSEJO DE FACULTAD
Artículo 7º Consejo de Facultad, es el órgano de gobierno de la FACEE; es presidida
por el decano, que es elegido por los miembros del consejo, entre los profesores principales ordinarios, de conformidad con artículo 37º de la ley universitaria Nº 23733. Las funciones que desarrolla son de decisión, coordinación y supervisión.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE FACULTAD
Artículo 8° Las funciones del consejo de facultad, son las siguientes;
a) Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones, y todas las normas que se
requiera para el normal funcionamiento de la FACEE, deberán ser ratificado por el Consejo Universitario.
b) Elegir al Decanato entre los profesores principales de la Facultad que reúnan los
requisitos exigidos, en el art. 98 del presente Estatuto.
c) Declarar la vacancia del Decano de acuerdo a lo señalado en el artículo 99 del
presente Estatuto.
d) Aprobar el cuadro de necesidades de la Facultad, deberán ser ratificado por el
consejo universitario.
e) Aprobar el currículo de formación profesional de las escuelas académico
profesionales, deberán ser ratificados por el consejo universitario.
f) Aprobar los proyectos de Investigación, los que deberán ser ratificados por el
Consejo Universitario.
g) Aprobar los planes de extensión universitaria y proyección social, los de
educación continua y de producción de bienes y presentación de servicios, elaborados por los órganos y comisiones respectivas de la Facultad.
h) Aprobar, la creación, fusión y supresión de las Escuelas Académico
Profesionales, y otros órganos, deberán ser ratificado por el consejo universitario.
i) Aprobar las plazas vacantes para el concurso de docentes de acuerdo a las
necesidades de la facultad, las que deberán ser ratificadas por el consejo universitario.
j) Aprobar los grados académicos y distinciones de Bachiller, Títulos profesionales
y distinciones académicas, proponerlas a consideración al consejo universitario
para su ratificación.
k) Proponer al consejo universitario el número de vacantes para el Concurso de
Admisión de los ingresantes, en concordancia con el plan de desarrollo y el presupuesto de la Universidad.
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l) Designar a los miembros integrantes de las comisiones técnicas, académicas y
de asesoría de la Facultad.
m) Autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.
n) Proponer al Consejo Universitario el receso de la Facultad, cuando su
funcionamiento no garantice el normal desarrollo de sus actividades académicas.
o) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Estatuto, del Reglamento General
de la Universidad, Reglamento de la Facultad y otras disposiciones emanadas del Consejo Universitario y del Consejo de Facultad.
p) El Consejo de Facultad sesionara ordinariamente, cada quince días por lo
menos.
PLANTA ORGÁNICA DEL CONSEJO DE FACULTAD
Artículo 9º El Consejo de Facultad esta integrado por los representantes elegidos de
cada estamento de la universidad; docentes, estudiantes y egresados de acuerdo con el proceso electoral realizado para dicho efecto.
•••• Decano, quien es el presidente el consejo,
•••• Tres profesores principales,
•••• Dos profesores asociados,
•••• Un profesor auxiliar.
•••• La representación estudiantil en número igual al tercio de los miembros de consejo
•••• Un representante de los graduados en calidad de supernumerario.
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TÍTULO CUARTO: ÓRGANO DE DIRECCIÓN
CAPÍTULO I: DECANATO
Artículo 10º. El Decano es la autoridad elegida por el Consejo de Facultad, es el
represente ante el Consejo Universitario, la Asamblea Universitaria y otras instituciones donde se requiera de su participación oficial. Preside las sesiones de consejo y ejecuta los acuerdos, de conformidad con el artículo 100° del Estatuto de la Universidad.
Artículo 11º. El cargo es ejercido, a dedicación exclusiva y es incompatible con cualquier
otra función o actividad pública o privada; por un periodo de tres años conforme al artículo 98° del estatuto de la U.R.P.
Artículo 12º. En caso de vacancia el decanato, lo asume el profesor principal, más
antiguo en la categoría del consejo de facultad, quien convocará a elecciones, en un plazo no mayor de quince días. En el caso de igualdad entre los docentes, se tomará en cuenta la antigüedad del docente en la Universidad.
FUNCIONES DEL DECANATO
Artículo 13° Las funciones del decano son las siguientes:
a) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del consejo de
facultad.
b) Dirigir la gestión académica y administrativa de la facultad, ejecutar los acuerdos
de Consejo.
c) Integrar la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, cumplir y hacer
cumplir, el estatuto, el reglamento general y normas que estén vigentes.
d) Elaborar el cuadro de necesidades del personal docente y proponerlo al C. F.,
para su aprobación.
e) Supervisar las actividades académicas de la Facultad y el funcionamiento de sus
diferentes dependencias, de conformidad con el plan de acciones establecido.
f) Proponer al C.F. la racionalización del personal no docente de la facultad, así
como la infraestructura, equipos y otros patrimonios.
g) Emitir resoluciones, con cargo a dar cuenta al C. F., si la urgencia del caso lo
requiriera o cuente con la delegación de facultades.
h) Firmar los diplomas de grado de bachiller y título profesional correspondientes a
cada una de las especialidades de las escuelas académico profesionales de la facultad, previa resolución del Consejo Universitario.
i) Elevar al rectorado oportunamente, el proyecto del presupuesto anual
debidamente fundamentado para el año académico siguiente, conjuntamente con el plan académico y las actividades de la Facultad, previa aprobación por el C. F..
j) Aprobar las resoluciones de composición de cada uno de los jurados de tesis y
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k) Emitir informes, para los fines de evaluación de los docentes, en relación con sus
actividades de enseñanza, investigación, proyección social, capacitación y las labores administrativas, de acuerdo a lo establecido en el plan académico.
l) Velar por el cumplimiento de los planes de estudio y los proyectos de investigación,
extensión universitaria y proyección social, y producción de bienes y servicios.
m) Promover y autorizar las publicaciones de la facultad con acuerdo de consejo. n) Proponer ante el C.F. los permisos del personal docente y administrativo por un
tiempo máximo de treinta días.
PLANTA ORGÁNICA DEL DECANATO
Artículo 14° Planta orgánica del decanato de la FACEE
Órgano de dirección - Decano
Órgano de apoyo del decanato
- Dos Secretarias (turno mañana y turno tarde) - Un Asistente
- Dos Auxiliar
CAPÍTULO II: SECRETARÍA ACADÉMICA
Artículo 15º. La secretaría académica es el órgano de apoyo-académico del decanato,
esta a cargo de un profesor ordinario, al que se le asignará una carga no lectiva de
tiempo completo,; quien presta servicios a los órganos; de gobierno, de dirección y a las unidades funcionales de la Facultad, es nombrado por el Consejo de Facultad, a propuesta del decano, actúa como secretario del C. F. y del decanato, con voz pero sin voto, es el fedatario de la Facultad, certifica los documentos oficiales de la Facultad, con su firma.
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA
Artículo 16° Las funciones de la secretaría académica son las siguientes:
a) Producir, registrar y transcribir las resoluciones, constancias y disposiciones
emanadas de los órganos de gobierno de la Facultad y disponer la oportuna difusión.
b) Recortar y mantener al día el libro de actas y las hojas tramadas de las secciones
de C.F., para ser empastadas..
c) Apoyar al C.F. y al decano en la elaboración del contenido de la agenda de la
sección del consejo a realizar las convocatorias para la realización del C.F...
d) Archivar y preservar la documentación oficial de la Facultad, secretaria académica
y administrativa de la FACEE.
e) Refrendar las transcripciones de las resoluciones y demás documentos oficiales
otorgados por la facultad y realizar su registro.
f) Tramitar la documentación oficial, tanto interna como externa.
g) Informar sobre el estado del trámite de los expedientes, prestando orientación
adecuada a los recurrentes.
h) Uniformar las tareas de la secretaría y archivo de las secretarías periféricas de la
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i) Difundir las comunicaciones oficiales de interés general para conocimiento de la
comunidad universitaria.
j) Extender certificaciones de documentos oficiales de la facultad.
k) Disponer la publicación de las revistas de la Facultad, memoria anual del decano
e investigaciones aprobadas por el consejo, así como las demás publicaciones propias de la facultad.
l) Establecer, en coordinación con el decanato, el protocolo institucional.
PLANTA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA ACADÈMICA
Artículo 17° Planta orgánica de la secretaria académica - Secretaria Académico
- Profesor adjunto
CAPÍTULO III: SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Artículo 18° La secretaría administrativa, es un órgano de apoyo de la Facultad, está a
cargo de un profesor ordinario, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, quien presta servicios a los órganos de gobierno y de dirección; como al
Secretario Académico y a las unidades funcionales y de línea de la facultad., es nombrado por el Consejo de Facultad, a propuesta del decano
.
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Artículo 19°. Las funciones de la secretaria administrativa son las siguientes:
a) Organizar, coordinar y ejecutar con el decanato, secretario académico, directores
de escuela, personal administrativo y personal de servicio; las actividades que se deben realizar para la solución de los problemas, en beneficio de los profesores y alumnos de la Facultad.
b) Coordinar con la oficina de planificación de la oficina central; las mejoras en
infraestructura de la FACEE, para que se prevean los recursos presupuestales.
c) Llevar el control de la asistencia de los docentes de la Facultad, estableciendo las
tardanzas, faltas y permisos que han sido autorizados, informando su consolidación respectiva, a la oficina de personal vía el decano de la FACEE.
d) Coordinar, y tramitar con las oficinas administrativas de la Universidad las compras
de máquinas, equipos y enseres, que se requieren para el mejor funcionamiento de la Facultad.
e) Programar y coordinar los eventos que se realizan en el auditorio y otros
ambientes de la FACEE, para el mejor funcionamiento del mismo.
f) Programar y supervisar el mantenimiento del inventario de útiles de oficina,
necesarios para el mejor funcionamiento de la Facultad.
g) Supervisar el mantenimiento de las relaciones funcionales, entre las diversas
dependencias de la Facultad.
h) Atender las necesidades de los docentes en equipamiento portátil.
i) Custodiar, capacitar y promover el uso adecuado de los equipos técnicos, que
cuenta la facultad.
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k) Ejecutar las tareas de control y cumplimiento del personal no docente.
l) Informar sobre la conservación y mantenimiento del local e inventarios del activo
fijo.
m) Ejecutar oportunamente, el aprovisionamiento de recursos materiales.
n) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emita el Decano y el Secretario
Académico.
PLANTA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Artículo 20° Planta orgánica de la secretaría administrativa, es la siguiente;
Secretaria administrativa - Secretario
Órgano de apoyo del decanato - Un asistente
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TÍTULO QUINTO: ÓRGANO ADSCRITO A LA FACEE
CAPÍTULO I:
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÒMICAS Y
EMPRESARIALES
Artículo 21º El Departamento Académico de Ciencias Económicas y Empresariales, es
un órgano adscrito a la FACEE, jerárquicamente y funcionalmente depende del Rectorado. Como unidad de servicios académico, reúne a los profesores que cultivan disciplinas afines. Se elige entre los profesores ordinarios del departamento, que sea principal o asociado, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo o a dedicación exclusiva. Es miembro nato en los procesos de admisión de la carrera docente, promoción, ratificación y remoción de los mismos.
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS ECONÒMICAS Y EMPRESARIALES
Artículo 22º Las funciones del Departamento Académico de Ciencias Económicas y
Empresariales son las siguientes:
a)
Representar al departamento académico en los Consejos de Facultad y Consejo Universitario ampliado, cuando sea invitado para la aprobación de la carga lectiva y otras actividades académicas que se le requiera;b)
Coordinar las actividades académicas de los docentes del Departamento Académico, con los decanos, directores de las escuelas académico-profesionales de la Universidad, por las asignaturas pertenecientes al departamento académico.c)
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias de la Universidad, los acuerdos del departamento y Consejo Universitario en lo que le concierne a su jefatura.d)
Presidir las reuniones del Departamento Académico a su cargo.e)
Elaborar el plan de actividades del Departamento Académico, concordado con el plan de actividades de las Facultades.f)
Coordinar con los directores de las Escuelas Académicos Profesionales, la elaboración de los sílabos.g)
Presentar al Consejo de Facultad las propuestas de, las cargas lectivas de los profesores nombrados y contratados, ascensos, ratificaciones y contrataciones de los docentes del departamento.h)
Presentar al Consejo de Facultad, el plan de capacitación, de perfeccionamiento y especialización de los docentesi)
Presentar las propuestas de los representantes del Departamento Académico ante las unidades académicas.EMPRESARIALES DE LA FACEE
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j)
Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación la contratación o invitación de profesores no ordinarios.k)
Evaluar permanentemente a los docentes a su cargo y coordinar con los decanos las rectificaciones necesarias para el buen desarrollo académico.l)
Supervisar en coordinación con la dirección de cada escuela; el proceso de enseñanza-aprendizaje, el desarrollo de las asignaturas y de los proyectos de investigación que realizan los profesores de acuerdo al plan presentado y aprobado.m)
Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, el otorgamiento del año sabático para los profesores, previo informe.PLANTA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES
Artículo 23° Planta orgánica del departamento académico;
- Jefe del Departamento Académico
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TÍTULO SEXTO: ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE
ASESORAMIENTO
CAPÍTULO I: COMITÉ CONSULTIVO
Artículo 24º El Comité Consultivo es el órgano asesor del Consejo de Facultad y del
decanato, su misión es recomendar la solución a los problemas académico-administrativos en diferentes campos, transferir experiencias y conocimientos. Está conformado por docentes ordinarios y contratados entre ellos ex decanos, profesionales y docentes de reconocido prestigio académico y profesional, designados por el consejo a propuesta del decano.
FUNCIONES DEL COMITÉ CONSULTIVO
Artículo 25° Las funciones del comité consultivo son las siguientes:
a) Prestar asesoría directa al Consejo de Facultad y al Decano, con la información
técnica adecuada para la toma de decisiones en asuntos de carácter académico-administrativo.
b) Formular y/o revisar los proyectos de normas académico-administrativos
relativos a áreas específicas de la Facultad.
c) Desarrollar procesos técnicos relacionados con la gestión académica y
administrativa de la Facultad, encomendados por el Decano.
d) Opinar sobre los proyectos de implementación del plan de desarrollo de la
Facultad a solicitud del Consejo de Facultad..
e) Asesorar al Decano en los asuntos que éste lo requiera para su consideración, a
título personal o por encargo del consejo.
PLANTA ORGÁNICA DEL COMITÉ CONSULTIVO
Artículo 26° Planta orgánica comité consultivo;
- Cinco Profesores Principales
CAPÍTULO II: UNIDAD DE PLANIFICACIÓN
Artículo 27° La Unidad de Planificación es el órgano descentralizado de la oficina
central de planificación, asignado al decanato de FACEE, responsable de promover y coordinar los procesos técnicos de planeación y presupuestos, para lograr los objetivos, políticas y metas institucionales.
FUNCIONES DE LA UNIDAD DE PLANIFICACION
Artículo 28° Las funciones de la Unidad de Planificación son las siguientes:
a) Proponer las políticas académicos y administrativas de la Facultad en
concordancia con los lineamientos del plan de desarrollo de la universidad.
b) Definir y proponer los objetivos del plan de desarrollo de la Facultad con metas
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c) Orientar y coordinar las tareas de la formulación de los planes operativos de las
unidades orgánicas de la Facultad; así como consolidar los planes de acuerdo con la política de desarrollo y las directivas técnicas correspondientes.
d) Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos, metas y acciones
previstas en los planes, detectando los problemas y recomendando las soluciones correctivas que sean necesarias, presentando informes periódicos al decano.
e) Identificar y evaluar proyectos y programas de desarrollo de acuerdo con los
objetivos, metas y políticas del plan de desarrollo de la Universidad y efectuar el seguimiento al plan operativo de la Facultad.
f) Coordinar y evaluar el proceso informático y estadístico para los requerimientos de
la planificación de la Facultad.
g) Participar en la formulación y evaluación del presupuesto de la Facultad,
asegurando que expresen los lineamientos de los planes de desarrollo e informar periódicamente de su cumplimiento al decano y proponer las medidas correctivas del caso.
h) Emitir opinión previa en las modificaciones de los proyectos y convenios.
i) Absolver consultas y brindar el asesoramiento y apoyo que requieran las demás
oficinas de la Facultad.
j) Realizar estudios sobre el uso racional de los recursos materiales, servicios y del
potencial humano.
k) Cumplir los encargos que expresamente le asigne el Decano en materia de su
competencia.
PLANTA ORGÁNICA DE LA UNIDAD DE PLANIFICACION
Articulo 29° Planta orgánica de la unidad de planificación
DECANATURA
- Decano de la FACEE - Un Asistente de Planificación
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TÍTULO SÈPTIMO: ÓRGANOS DE APOYO
CAPÍTULO I: OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y
MATRÍCULA
Artículo 30° La Oficina de Registros Académicos y Matrícula es un órgano de apoyo de
la Facultad, depende jerárquica y funcionalmente del decanato. Es la oficina, encargada de programar y ejecutar el proceso de registros académicos y de matrícula, concordante con el reglamento general de matrícula de la Universidad. Está a cargo de un docente ordinario al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, nombrado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano
.
FUNCIONES DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA
Artículo 31° Las funciones de la Oficina de Registros Académicos y Matrícula son las
siguientes:
a) Programar, dirigir y controlar el proceso del registro académico de los estudiantes
de la FACEE.
b) Informar y orientar a los estudiantes sobre los trámites académico- administrativos
de su competencia.
c) Dirigir y controlar el proceso de registro de notas de calificación de los profesores. d) Preparar y distribuir la documentación pertinente en cada proceso de matrícula. e) Coordinar el proceso de matrícula con el centro de cómputo, la oficina de
planificación y las escuelas académico profesionales de la FACEE.
PLANTA ORGÁNICA DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS Y MATRÍCULA
Artículo 32° Planta orgánica de la Oficina de Registros Académicos y Matrícula
•••• Jefatura de la Oficina
•••• Un Profesor Asistente de Registros y Matricula
•••• Un Asistente Técnico
•••• Una Secretaria
CAPÍTULO II: OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS
Artículo 33°
La Oficina de Grados y Títulos es el órgano de apoyo de la Facultad,
depende jerárquica y funcionalmente del decanato. Esta encargada de programar y
conducir el proceso de graduación y titulación de los egresados de las carreras
académicas profesionales de la FACEE.
Artículo 34º La comisión encargada de la oficina, esta integrada por seis profesores
ordinarios; cada uno en representación de cada una de las Escuelas Académico Profesional correspondiente de la FACEE.
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Artículo 35º El presidente de la comisión es un profesor ordinario, al que se le asignará
una carga no lectiva de tiempo completo, de mayor jerarquía; ante la igualdad de jerarquía, la presidirá el profesor ordinario de mayor antigüedad en la Universidad; son nombrados por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano.
FUNCIONES DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS
Artículo 36° Las funciones del Presidente de la Oficina de Grados y Títulos son las
siguientes:
a) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de
graduación y titulación en todas sus modalidades.
b) Verificar la conformidad de los expedientes para la obtención del grado académico
o título profesional.
c) Proponer los métodos, técnicas y procedimientos adecuados para la obtención del
grado académico y título profesional.
d) Mantener un registro de inscripciones de tesis, cuidando que éstas sean inéditas. e) Proponer el nombramiento de los jurados examinadores y fechas en que se
realizarán los exámenes y sustentaciones.
f) Orientar e informar a los egresados, sobre los procesos de graduación y/o
titulación.
g) Promover, organizar e implementar eventos científicos y/o tecnológicos afines. h) Proyectar y supervisar el desarrollo de los programas de titulación extraordinaria. i) Mantener actualizado el padrón de graduados y titulados, desde la fundación de la
Universidad.
j) Mantener los expedientes con indicación del estado en trámite en que se
encuentran, así como el archivo documentario.
k) Evaluar los informes de los asesores de tesis. I) Formular el plan operativo de la oficina.
II) Hacer cumplir el reglamento de la Oficina de Grados y Títulos m) Gestionar la provisión de servicios y recursos requeridos.
PLANTA ORGÁNICA DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS
Articulo 37º Planta orgánica de la oficina de grados y títulos
- Presidente
- Seis profesores representantes de cada una de las Escuelas Académico Profesionales
- Un Asistente de oficina - Dos Secretaria
CAPÍTULO III: BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
Artículo 38° La Biblioteca Especializada, es un órgano de apoyo encargado de
seleccionar, organizar y proveer a los usuarios de la información bibliográfica de acuerdo con los criterios técnicos establecidos.
Artículo 39º La biblioteca está conformada por dos áreas: el centro de documentación y
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Artículo 40º La Jefatura de la biblioteca especializada depende jerárquica y
funcionalmente de la decanatura de la Facultad. La jefatura es desempeñada por un docente ordinario principal o asociado, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, propuesta por el Decano de la Facultad y aprobada por el consejo de facultad.
FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
Artículo 41° Las funciones de la Biblioteca Especializada son las siguientes:
a) Planificar, catalogar, organizar y controlar la información bibliográfica de la
facultad.
b) Ofrecer los servicios de lectura en sala de referencia y de reproducción, tanto física
como virtual, así como de préstamo a domicilio y de préstamo inter bibliotecario a nivel local y nacional.
c) Promover la creación e integración a redes de intercambio bibliográfico.
d) Coordinar y realizar la selección de información bibliográfica con participación de
los docentes para su adquisición y gestionar su aprobación por el Consejo de Facultad.
e) Sistematizar la información, captando, procesando, almacenando y difundiendo a
la comunidad universitaria sobre los avances científicos y tecnológicos en las áreas académicas que ofrece la Facultad.
f) Proponer al decano la suscripción de revistas, diarios, folletos y boletines
especializados para mantener actualizada la hemeroteca.
g) Velar por el adecuado mantenimiento de los ambientes de lectura y ubicación de
libros, así como una esmerada conservación del material bibliográfico.
h) Coordinar con las escuelas académicas profesionales de la FACEE la
reproducción de separatas, confección de boletines y otros documentos de divulgación.
i) Organizar el centro de investigación bibliográfica para los estudiantes, docentes y
público en general.
PLANTA ORGÁNICA DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
Artículo 42° La planta orgánica de la biblioteca especializada
- Jefatura;
- Un bibliotecólogo
- Cinco asistente de la biblioteca - Una secretaria
CAPÍTULO IV: LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTICA
Artículo 43° El Laboratorio de Cómputo e Informática es un órgano de apoyo de la
Facultad altamente especializado, responsable de aplicar los avances tecnológicos y de informática, a la formación profesional, a la investigación científica, la extensión universitaria y proyección social y a la administración de los sistemas de información.
Artículo 44° Esta a cargo de un profesor principal o asociado ordinario, al que se le
asignará una carga no lectiva de tiempo completo, propuesto por el Decano de la Facultad y aprobado por el Consejo de Facultad.
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Artículo 45° Desarrolla sus actividades en tres turnos, en los horarios de atención de;
lunes a viernes de 7:30 hasta las 22:30hrs y los sábados de 8:00 a 19:00hrs.
FUNCIONES DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTICA
Artículo 46° Las funciones del Laboratorio de Cómputo e Informática son las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir y controlar el procesamiento de datos mediante el uso
del procesador para proporcionar información oportuna y adecuada de su competencia, para una eficaz toma de decisiones.
b) Apoyar y asesorar en la enseñanza de procesamiento de datos, dar soporte al uso
de programas para las especialidades de la facultad; así como, el desarrollo de sistemas de instrucción con ayuda del computador.
c) Crear el archivo de datos, que deriven en bancos de información de usos.
d) Desarrollar la prestación de actividades de capacitación para estudiantes,
docentes, profesionales, administrativos y público en general en las áreas de su competencia.
e) Promover la investigación brindando el apoyo a los sistemas de procesamiento de
datos.
f) Desarrollar la prestación de servicios de computación e informática para terceros g) en coordinación con la oficina de bienes y servicios.
PLANTA ORGÁNICA DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO E INFORMÁTICA
Artículo 47° Planta orgánica del laboratorio de cómputo e informática
- Jefe del Laboratorio - Un Docente de Apoyo - Un Asistente Administrativo - Tres Personal Técnico - Siete Practicantes
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TÍTULO OCTAVO: ÓRGANOS DE LINEA
CAPÍTULO I:
ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES
Artículo 48° Las Escuelas Académico Profesionales de Ciencias Económicas y
Empresariales; son órganos académicos de línea; jerárquica y funcionalmente dependen del decanato de la Facultad, realizan funciones académico – administrativas.
Artículo 49° El cargo es desempeñado por un docente ordinario, Principal o Asociado;
designado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano, por un período de tres (3) años, ratificado anualmente, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo o dedicación exclusiva.
Artículo 50° Las unidades académicas agrupan a docentes de disciplinas afines,
encargados de formar a los estudiantes como profesionales en sus carreras. Estas unidades ofrecen programas curriculares actualizados que permitan la excelencia, adecuación permanentemente de los sílabos, para el desarrollo de la enseñanza - aprendizaje.
FUNCIONES DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES
Artículo 51° Las funciones de las Escuelas Académicas Profesional son las siguientes: a) Formar profesionales competentes basados en la rigurosidad académica en cada
una de las especialidades, preparándolos para la creación de empresas; desempeñarse en cargos gerenciales y realizar investigaciones de las necesidades de la sociedad; diseñando y aplicando modelos de estrategias para el desarrollo empresarial, regional, nacional y global.
b) Planificar, organizar y realizar estudios relacionados con la oferta y demanda del
sector empresarial, mercado laboral y avance tecnológico del país, que sustenten los planes de estudio para los futuros profesionales que se forman.
c) Planificar, desarrollar y actualizar los planes de estudios y sílabos de las carreras
profesionales, tomando en cuenta, las metodologías válidas de la tecnología educativa profesional.
d) Diseñar y mantener actualizado el perfil profesional de la carrera, potenciando el
contenido de la planta curricular aprobada.
e) Coordinar con las oficinas del centro pre - universitario, admisión y la escuela
de posgrado de la universidad; para fortalecer las acciones académicas comunes.
f) Planificar, organizar y evaluar el proceso de matrícula, identificando las
deficiencias; planteando soluciones correctivas de horarios y normas vigentes, para superar las deficiencias en los programas informáticos y asignación de aulas.
g) Mantener la relación de coordinación funcional con el Jefe del Departamento
Académico, para la asignación de la carga lectiva de los docentes.
h) Organizar la creación y mantiene, el padrón actualizado de los egresados de las
Escuelas Académicos Profesionales, velando por su autenticidad.
i) Proponer al Decano la participación de los docentes en certámenes nacionales e
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j) Planificar, coordinar y supervisar la elaboración del plan táctico y el presupuesto
de la escuela, en función a las directivas de los órganos correspondientes y las necesidades académicas.
k) Programar, organizar y evaluar periódicamente el desarrollo y funcionamiento del
currículo de estudios de las carreras, proponer los cambios necesarios de la modernización y eficacia.
l) Organizar, dirigir y evaluar los sílabos de cada una de las asignaturas y proponer
los cambios necesarios para su optimización.
m) Planificar, coordinar y dirigir, la participación activa en los programas de
promoción de las carreras, en eventos y charlas a los postulantes que organiza el centro pre - universitario y la oficina de admisión de la URP, de forma tal, que permitan captar e incrementar el número de postulantes.
n) Planificar, organizar y dirigir, el óptimo asesoramiento de los estudiantes: en la
matrícula, convalidaciones, reincorporaciones, traslados y otros que hagan expeditivo el procesamiento de la información.
o) Planificar, organizar, coordinar y dirigir; los planes y programas para el logro de
los objetivos a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con el plan estratégico y táctico de la Universidad, los que propician el desarrollo de investigaciones.
p) Organizar y coordinar con la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección
Social de la Facultad, la participación de profesores y alumnos en los proyectos de prácticas pre profesionales que los requieran, para el cumplimiento de su plan de estudios; asimismo, ejerciendo una permanente supervisión.
q) Planificar, organizar, dirigir el desarrollo y actualización del plan de estudios y
sílabos del programa EPEL, según corresponda su aprobación, respetando su modalidad.
PLANTA ORGÁNICA DE LA ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL
Artículo 52º Planta orgánica de cada una de las Escuelas Académico Profesional es la
siguiente;
Órganos de Dirección
Dirección
Órganos de Ejecución
Coordinación Académica (un docente) Coordinación Administrativa (un docente) Comisión de trabajo docente (tres docentes)
Órgano de Asesoría
Comité Consultivo (cuatro docentes)
Órgano de Apoyo
Secretaría
ÓRGANOS DE EJECUCION:
- Escuela Académico Profesional de Turismo, Hotelería y Gastronomía - Centro de Prácticas
- Centro de Servicios Productivos - Centro de Viajes y Turismo
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- Mesón del Estudiante - Taller de Lavandería - Servicios de Producción
- Taller de Coordinación de Servicios Productivos
- Escuela Académico Profesional de Administración de Negocios Globales - Dos Coordinadores del Programa de Idiomas
- Un Asistente
Artículo 53° Las Escuelas Académicas Profesionales de la FACEE, cuentan con un
órgano de ejecución el Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral (EPEL), que los requiera la sociedad.
CAPÍTULO II: PROGRAMA DE ESTUDIOS PROFESIONALES
POR EXPERIENCIA LABORAL CERTIFICADA - EPEL
Artículo 54° El Programa de Estudios Profesionales por Experiencia Laboral Certificada
(EPEL), es un órgano de línea, jerárquica y funcionalmente dependen del decanato de la FACEE, realiza funciones académico – administrativas.
Artículo 55° El coordinador es el encargado del Programa, es realizado por un docente
ordinario, en la categoría de Principal o Asociado, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, designado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano y ratificado periódicamente.
Artículo 56° El EPEL forma profesionales competitivos, de las carreras profesionales
que se implementen de acuerdo a la necesidad de la sociedad; ofrecen programas
curriculares que buscan la excelencia, en el proceso de enseñanza – aprendizaje.
FUNCIONES DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS PROFESIONALES
Artículo 57° L as funciones generales del EPEL son las siguientes:
a) Formar profesionales competentes en base a la rigurosidad académica de cada
una de las especialidades que se desarrollen. Los que estarán preparados para la creación de empresas, desempeñarse en cargos gerenciales y realizar investigaciones que requiere la sociedad.
b) Planificar, organizar y realizar estudios relacionados con la oferta y demanda del
sector empresarial, mercado laboral y avance tecnológico del país, que sustenten los planes de estudio para los futuros profesionales que se deben formar.
c) Planificar, desarrollar y actualizar el plan de estudios y sílabos de las carreras
profesionales, tomando en cuenta las metodologías válidas de la tecnología educativa profesional.
d) Diseñar y mantener actualizado el perfil profesional de la carrera, potenciando el
contenido de la planta curricular aprobada en coordinación con los directores de las escuelas profesionales.
e) Planificar, organizar y evaluar el proceso de matrícula, identificando las
deficiencias, planteando soluciones correctivas de horarios y normas vigentes, para superar las deficiencias en los programas informáticos y asignación de aulas.
f) Mantener la relación de coordinación funcional con los jefes de los departamentos
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g) Organizar la creación y mantener, el padrón actualizado de los egresados de las
Escuelas Académicos Profesionales, velando por su autenticidad.
h) Planificar, coordinar y supervisar la elaboración del plan táctico y el presupuesto
del programa, en función a las directivas de los órganos correspondientes y las necesidades académicas.
i) Programar, organizar y evaluar periódicamente el desarrollo y funcionamiento del
currículo de estudios de las carreras, proponer los cambios necesarios de la
j) modernización y eficacia, en coordinación con los directores de las escuelas
profesionales.
k) Organiza, dirige y evalúa los sílabos de cada una de las asignaturas y proponiendo
los cambios necesarios para su optimización.
l) Planificar, coordinar y dirigir, la participación activa en los programas de promoción
de las carreras en eventos y con la oficina de admisión de la URP, de forma tal, que permitan captar e incrementar el número de postulantes.
m) Planificar, organizar y dirigir, el óptimo asesoramiento de los estudiantes; en la
matrícula, convalidaciones, reincorporaciones y otros que hagan expeditivo el procesamiento de la información.
n) Planificar, organizar, coordinar y dirigir; los planes y programas para el logro de
los objetivos a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con el plan estratégico y táctico de la universidad.
o) Planifica, organiza, dirigir el desarrollo y actualización del plan de estudios y
sílabos del programa EPEL, según corresponda por su aprobación.
PLANTA ORGÁNICA DE EPEL
Artículo 58º La planta orgánica de EPEL es la siguiente • Coordinador del programa de EPEL
• Cuatro Asistentes del programa
• Secretaria
CAPÍTULO III: OFICINA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Artículo 59° Es el órgano de línea de la Facultad. La Oficina de Extensión Universitaria
y Proyección Social está a cargo de un profesor ordinario, principal o asociado, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo,
Artículo 60° Es la dependencia encargada de intercambiar conocimientos culturales,
científicos, tecnológicos y artísticos con la comunidad local, regional y nacional, a través de estudios, eventos, publicaciones, convenios, exposiciones, capacitación, asesoramiento y proyectos de cooperación con sectores de la sociedad para impulsar el desarrollo integral.
Artículo 61° La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social mantiene relación
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Artículo 62° La Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social, formulará
semestralmente proyectos de prácticas de proyección social y extensión universitaria, que son evaluadas y reconocidas como las prácticas pre profesionales obligatorias para optar el grado académico de bachiller.
FUNCIONES DE LA OFICINA DE EXTENCIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCION SOCIAL
Artículo 63° Las funciones de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social
son las siguientes:
a) Elaborar el plan operativo anual de la oficina, previa coordinación con los otros
órganos de la Facultad que sean afines a sus tareas, en función de un diagnóstico y elevado al decanato para su aprobación.
b) Velar por el fiel cumplimiento del plan de extensión universitaria y proyección social
de la Facultad.
c) Diagnosticar la problemática de la comunidad con el propósito de planificar sus
actividades de extensión hacia ella.
d) Promover las prácticas pre-profesionales de extensión y proyección social que se
realizan en función de las necesidades de la comunidad.
e) Organizar y promover la participación sistemática e institucionalizada de
profesores y estudiantes de la Facultad en tareas de extensión y proyección social.
f) Coordinar con el decanato y las escuelas el otorgamiento de los certificados o
diplomas correspondientes, según reglamento interno.
g) Llevar el registro de los participantes y de las acciones de extensión
universitaria y proyección social desarrolladas.
h) Establecer convenios con instituciones nacionales y/o extranjeras con fines de
realizar prácticas pre profesionales de extensión universitaria y proyección universitaria.
i) Desarrollar actividades de extensión universitaria y proyección social de acuerdo a
las características y disponibilidad de recursos de la Facultad.
j) Organizar eventos internos con el fin de exponer, discutir y divulgar a toda la
comunidad universitaria los trabajos de extensión universitaria y proyección social que se realizan, y publicar el resumen anual informativo de estas actividades.
k) Coordinar y propiciar la realización de prácticas pre-profesionales en instituciones
públicas o privadas.
l) Motivar la participación de docentes y estudiantes para el desarrollo de las
actividades programadas de esta oficina.
m) Programar y dirigir eventos de capacitación relacionados con la micro y pequeña
empresa orientados a la comunidad.
n) Orientar el desarrollo de trabajos en la comunidad, ligados a la problemática
social y laboral.
o) Organizar y dirigir la emisión de publicaciones, como producto de la investigación
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p) Establecer relaciones con el sector empresarial y celebrar convenios para
desarrollar las prácticas pre profesionales de los estudiantes.
PLANTA ORGÁNICA DE LA OFICINA DE EXTENCIÒN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÒN SOCIAL
Artículo 64° Planta orgánica de la Oficina de Extensión Universitaria y Proyección Social - Jefe de Oficina
- Tres Profesores Asistentes
- Una Secretaria
CAPÍTULO IV: PROGRAMA DE TUTORÍA
Artículo 65° El Programa de Tutoría es un órgano de línea; jerárquica y funcionalmente
depende del decanato de la Facultad., El Programa de Tutoría, está a cargo de un docente ordinario, Principal o Asociado, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, designado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano, ratificado anualmente.
Artículo 66° El Programa de Tutoría realiza funciones académico – administrativas.
Orgánicamente el Programa de Tutoría, es un comité compuesto por los profesores ordinarios (tutores), uno por cada escuela, quienes desarrollaran el Programa de Tutoría de la FACEE.
Artículo 67° El Programa de Tutoría es un servicio educativo complementario al servicio
de la formación académico profesional, desarrollado por docentes tutores en forma individual y/o grupal, por medio de tutorías académicas, seminarios extracurriculares y tutorías virtuales.
Artículo 68° La tutoría es un proceso continuo de orientación y acompañamiento de tipo
personal y académico a través de su proceso en la educación universitaria; para mejorar el rendimiento académico, profesional y humano del tutorado, solucionando; problemas de estudio, hábitos de estudio, de trabajo, de reflexión y convivencia social.
Artículo 69° La tutoría la realiza un profesor nombrado como tutor, quien apoya al
tutorado hasta superar la deficiencia diagnosticada en el transcurso de su carrera, y se
complementara con otras actividades que organiza el programa de tutoría, para atender las necesidades de los alumnos.
Artículo 70° La tutoría se apoya en la estrategia pedagógica entre un profesor (tutor) y
un estudiante (tutorado) con el fin de potenciar las capacidades de los alumnos brindándoles una educación complementaria que fortalezcan las debilidades surgidas, en el proceso de aprendizaje por medio de la accesoria académica y orientación que contribuya al éxito académico y personal.
FUNCIONES DEL PROGRAMA DE TUTORÍA
Artículo 71° Las funciones del programa de tutoría son las siguientes:
a) Proponer las políticas y estrategias de tutoría y orientación educativa relacionadas
con las áreas de la tutoría y la educación superior basada en valores.
b) Formular y ejecutar investigaciones que permitan sustentar y reajustar las políticas
EMPRESARIALES DE LA FACEE
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c) Proponer capacidades y contenidos de aprendizaje vinculados a la educación para
ser incorporados en los currículos de diferentes modalidades del sistema educativo.
d) Establecer las necesidades, proponer contenidos y estrategias de formación
docente relacionadas con la tutoría y orientación educativa, que deberán tener en cuenta la formación continúa de los docentes.
e) Producir, publicar, distribuir y evaluar el uso de los materiales educativos para las
diferentes modalidades de la educación relacionadas con la tutoría y orientación educativa.
f) Coordinar con los diferentes sectores públicos, privados y la sociedad civil a nivel
nacional.
g) Promover el intercambio de experiencias significativas a nivel nacional e
internacional para mejorar las acciones de tutoría y orientación educativa.
PLANTA ORGÁNICA DEL PROGRAMA DE TUTORÍA
Artículo 72° Planta orgánica del programa de tutoría y del medio ambiente
- Jefe del programa de tutoría - cinco Profesores Tutores
CAPÍTULO V: INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMICAS,
SOCIALES Y EMPRESARIALES Y DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 73° Es un órgano de línea, que depende jerárquicamente y funcionalmente del
decanato. El Jefe del Instituto es desempeñado por un profesor ordinario en la categoría de Principal, al que se le asignará una carga no lectiva de tiempo completo, con los grado de Doctor o Maestro, designado por el Decano de la Facultad y aprobado por los Órganos de Gobierno de la Universidad.
Artículo 74° Permite la creación y transferencia de conocimientos y tecnologías
apropiadas para el mejoramiento de la formación profesional y el desarrollo de la cultura, a través del Banco de Datos de los proyectos, trabajos de investigación y de la labor de investigación de los docentes de la Facultad. La investigación de las ciencias y tecnologías de las disciplinas y especialidades de las carreras profesionales se identifica, analiza y orientada a la solución de los problemas de su competencia.
.Artículo 75° Anualmente, a 30 días de iniciado el primer semestre académico, se aprueba el plan de investigación del Instituto de Investigación, elaborado en coordinación con las direcciones de las escuelas académico profesionales, la sección de pos - grado, y el jefe de departamento académico de ciencias económicas quienes impulsan a los profesores a asumir y desarrollar investigaciones especializadas vinculados a la realidad nacional.
FUNCIONES DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMICAS, SOCIALES Y EMPRESARIALES Y DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 76° Las funciones del Instituto de Investigación y del Medio Ambiente son las