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NUEVAS EXIGENCIAS EN EL CTE DB HE AHORRO DE ENERGÍA

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Academic year: 2021

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(1)

DB HE 2013

NUEVAS EXIGENCIAS EN EL CTE DB HE AHORRO 

DE ENERGÍA

DEPARTAMENTO DE NORMATIVA Y TECNOLOGÍA

(2)

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO.

ENTRADA EN VIGOR DEL CTE DB HE 2013.

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013.

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS. EJEMPLOS.

JUSTIFICACIÓN

EN

PROYECTOS.

REGULACIÓN

DE

DOCUMENTACIÓN.

EJEMPLO DESARROLLADO DE INTERVENCIÓN EN EDIFICIO

(3)

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MARCO EUROPEO

OBJETIVOS DE LA ACTUALIZACIÓN DEL DB HE

1. CUMPLIR CON LOS COMPROMISOS COMUNITARIOS OBJETIVOS 20 – 20 – 20.

EDIFICIOS DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO (NZEB). 2. ALCANZAR LOS OBJETIVOS NACIONALES.

REDUCIR LA DEPENDENCIA ENERGÉTICA.

MARCO REGLAMENTARIO EUROPEO:

 COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN “EUROPA 2020” (MARZO 2007).

 DIRECTIVA 2009/28/CE RELATIVA AL FOMENTO DEL USO DE ENERGÍA PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES.

(4)

OBJETIVOS 20 – 20 – 20 → HORIZONTE 2020

20% de reducción de gases de efecto invernadero por debajo de los niveles de 1990.

20% del consumo energético

final proceda de fuentes de energía renovable.

(5)

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MARCO EUROPEO

DIRECTIVA 2009/28/CE RELATIVA AL FOMENTO DEL USO DE

ENERGÍA PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES.

OBJETIVOS

Fomentar del uso de la energía procedente de fuentes renovables.

• Objetivos globales y vinculantes: 20% de energías renovables sobre consumo de energía final total

(6)

DIRECTIVA 2010/31/UE RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS

OBJETIVOS

POTENCIAR EDIFICIOS DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO (NZEB).

A PARTIR DE 31 DICIEMBRE 2018: EDIFICIOSNUEVOS DE AUTORIDADES PÚBLICAS.  ANTES DE 31 DICIEMBRE 2020: TODOS LOSEDIFICIOS NUEVOS.

OBLIGAR AL ESTABLECIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS SEGÚN NIVELES ÓPTIMOS DE RENTABILIDAD.

EDIFICIOS NUEVOSYEXISTENTES(edificio completo; parte renovada y/o elementos renovados).

REVISIÓN PERIÓDICA(≤ 5 años).

ESTABLECER UN SISTEMA DE CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS  EDIFICIOSNUEVOSYEXISTENTES

 LA EFICIENCIA INCLUIRÁ UN INDICADOR DELCONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA.

(7)

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MARCO EUROPEO

DIRECTIVA 2010/31/UE RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS

“EDIFICIOS DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO”

«edificio de consumo de energía casi nulo»: edificio con un nivel de eficiencia energética

muy alto, (…). La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta,

en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables, incluida energía procedente de fuentes renovables producida in situ o en el entorno;

(artículo 2º)

“la definición de edificios de consumo de energía casi nulo, (…) incluya un indicador numérico

de uso de energía primaria expresado en kWh/m² al año”

(artículo 9º)

IMPLICACIONES

Limitación de la demanda energética (kWh/m²∙ año).

(8)

DIRECTIVA 2010/31/UE RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS

(9)

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MARCO EUROPEO

DIRECTIVA 2010/31/UE RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS

CONCEPTOS PREVIOS Ecuación fundamental de la eficiencia energética: El consumo es el cociente entre la demanda (arquitectura pasiva)  y el rendimiento (control de las instalaciones)El propietario o usuario  es sensible al consumo energético que abona en términos de factura de energía final (kW*h/m2 año). No obstante, también es sensible a los gastos de conversión de energía primaria a final, ya que le son repercutidos.

El Estado es sensible al consumo energético de energía primaria (kW*h/m2año) que tiene que 

asegurar para proveer a ciudadanos y empresas.  

El Medio Ambiente es sensible a las emisiones (kgCO2/m2año). Los  Estados miembros de la UE

(10)

TRANSPOSICIÓN A NORMATIVA ESPAÑOLA

DIRECTIVA OBJETIVOS NORMATIVA ESPAÑOLA

(11)

PROGRAMA

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO

.

ENTRADA EN VIGOR DEL CTE DB HE 2013.

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013.

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS. EJEMPLOS.

JUSTIFICACIÓN

EN

PROYECTOS.

REGULACIÓN

DE

DOCUMENTACIÓN.

EJEMPLO DESARROLLADO DE INTERVENCIÓN EN EDIFICIO

(12)

Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB‐HE

(13)

ENTRADA EN VIGOR

Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB‐HE

(14)

PROGRAMA

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013:

NOVEDADES GENERALES E INTRODUCCIÓN SECCIÓN A SECCIÓN

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS.

(15)

NOVEDADES GENERALES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Enfoque general

Resumen de los objetivos de la actualización:

Primera fase de aproximación hacia el objetivo de conseguir “edificios de consumo de energía casi nulo”, centrándonos en el conjunto de edificación de nueva planta.

Colaboración en la combinación de objetivos 20‐20‐20. Exigencia más restrictivas hacia todos los consumidores de energía en edificación (intervenciones en edificios existentes, acondicionamiento de edificaciones abiertas,…) Intervenciones edificios existentes (CTE, Ley 8/2013): Ampliaciones, reformas y cambios de uso. (Enfoque HE: Intervención por ampliación = nuevo)

Enfoque general del nuevo DB:

‐ Simplificación del documento normativo, extrayendo contenidos que se desarrollan en otros documentos de apoyo.

‐ Impulso al carácter prestacional. Desaparece el proceso de opción simplificada.

(16)
(17)

Criterios de Intervención Edificios existentes. Aplicación de principios  generales .  Capítulo de Introducción. Criterio de no empeoramiento Criterio de flexibilidad Criterio de reparación de daños Las condiciones preexistentes de ahorro de energía que sean menos exigentes que las establecidas en  este DB no se podrán reducir, y las que sean más exigentes únicamente podrán reducirse hasta el nivel  establecido en el DB. Motivos que pueden justificar no alcanzar el nivel de prestación  establecido por el DB.  ‐Edificios valor histórico‐arquitectónico reconocido, si se pudiera alterar su carácter o aspecto. ‐ No supone una mejora efectiva  ‐ No sean técnica o económicamente viables ‐ Se implican cambios en la envolvente sobre elementos sobre los que no se fuera a actuar  inicialmente  Debe en todo caso justificarse suficientemente tanto el motivo, como que se alcanza el mayor grado  de adecuación posible.  Dejar constancia de nivel de prestación alcanzado  y condicionantes  de uso y  mantenimiento Los elementos no regulados por condiciones del DB podrán mantenerse si  no se presentan daños en  relación a estas prestaciones. En caso contrario deben ser reparados.

(18)

Estructuración del DB

Introducción + Secciones Básicas (+ Apéndices)

(19)
(20)

SECCIÓN HE‐0 LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO

‐Se introduce como novedad normativa en el DB el control de consumo energético.

‐Se centra enedificios nuevos o ampliaciones,así como en edificaciones que deban estar abiertas de forma permanente.

‐ Para edificios nuevos o ampliaciones la exigencia se cuantificará sobre el consumo de energía primaria no renovable, distinguiéndose entre edificios de uso residencial privado y los de uso terciarios.

‐Paraedificios abiertos, representa el empleo obligado de fuentes renovables para su acondicionamiento.

(21)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

SECCIÓN HE‐0 LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO

‐ Como ya ocurre en certificación energética, en el caso de uso residencial privado, los servicios energéticos a computar serán los de calefacción, refrigeración y ACS (kWh/m2 año sup. útil

habitables)

‐ En el caso de terciarios, se añaden a los anteriores el consumo energético relacionado con el sistema de iluminación del edificio. (kWh/m2año sup. útil habitables)

‐ Los coeficientes de paso o conversión entre la energía final a energía primaria no renovable para cada vector energético (electricidad, gas natural, etc.) van a ser fijados de forma oficial.

(22)
(23)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

SECCIÓN HE‐1 LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA

‐Se exigen tanto enedificios nuevos y en todo tipo de intervenciones en edificios existentes.

‐De nuevo, las exigencias de esta sección sobre las ampliaciones son equivalentes a las de nueva planta. El resto de casos de intervenciones en edificios existentes (cambios de uso y reformas) resultan también de aplicación y reciben un tratamiento específico en cuanto a la aplicación de la exigencia HE‐1.

(24)

Edificios nuevos o  ampliaciones de  Uso residencial privado Limitación de la  demanda de calefacción Limitación de la  demanda derefrigeración Limitación de las descompensaciones

SECCIÓN HE‐1 LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA

(25)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013. Introducción a las secciones

Edificios nuevos o  ampliaciones de 

Otros usos (terciarios)

(26)

HE‐1

SECCIÓN HE‐1 LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA

(27)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013. Introducción a las secciones

(28)

HE‐2

SECCIÓN HE‐2 RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS

No se produce cambio alguno (Última modificación RD 238/2013, de 5/04/2013)

SECCIÓN HE‐3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

‐El ámbito de aplicación se amplia para dar más cabida a situaciones diferentes en el ámbito de las intervenciones en edificios existentes:

(29)

SECCIÓN HE‐3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

HE‐3

‐ Se introduce como novedad normativa en la sección HE‐3 el control de la potencia instalada (W/m2) que se une al control del parámetro VEEI (valor de la eficiencia energética de la instalación) ‐ Para los valores VEEI (relación entre la superficie iluminada, el nivel de iluminancia media horizontal conseguida y la potencia empleada para ello), aunque se mantienen zonas diferencias para cualquier  uso, desaparece el concepto de “zonas de representación” en contraposición a “zonas de no representación” que, en algunos casos, llegaba a doblar el valor máximo de VEEI.

(30)
(31)

SECCIÓN HE‐3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

(32)

HE‐4

SECCIÓN HE‐4 CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA

(33)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

HE‐4

SECCIÓN HE‐4 CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA

(34)

HE‐4

(35)

NOVEDADES DEL DOCUMENTO DB HE 2013: Introducción a las secciones

HE‐5

SECCIÓN HE‐5 CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(36)

HE‐5

(37)

PROGRAMA

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS.

JUSTIFICACIÓN EN PROYECTOS

(38)

Sección HE 0. Limitación del consumo energético

Nueva exigencia limitadora del consumo de energía primaria no renovable en el caso de edificios nuevos y ampliaciones de existentes.

La Sección HE 0 se relaciona con el resto de exigencias HE 1 a HE 5, que la complementan para evitar situaciones en las que, aun pudiendo cumplirse la exigencia de consumo, resulten muy descompensadas.

Fuente: Las claves del nuevo DB HE Luis Vega y Rocío Báguena. Ministerio de Fomento

Sección HE 1. Limitación de la demanda energética

Exigencia limitadora de la demanda energética del edificio tanto para edificios nuevos como para intervenciones en existentes.

(39)

SECCIONES HE 0 Y HE 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NIVELES DE EXIGENCIA

HE0 Y HE1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES.

EXIGENCIAS PARA EDIFICIOS NUEVOS Y AMPLIACIONES DE USO RESIDENCIAL PRIVADO.

EXIGENCIAS PARA EDIFICIOS NUEVOS Y AMPLIACIONES DE OTROS USOS.

(40)

HE0. LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO Aplicación: ‐ Edificios de nueva construcción y  ampliaciones de edificios existentes. ‐ Edificaciones o partes de las mismas que,  por sus características de utilización, estén  abiertas de forma permanente y sean  acondicionadas. Exigencia: 

(41)

SECCIONES HE 0 Y HE 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NIVELES DE EXIGENCIA

HE0. LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO

Exclusiones:

‐ Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización ≤ 2 años.

‐ Edificaciones o partes de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, en la parte destinada a talleres industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.

‐ Edificios aislados (exentos) con una superficie útil total < 50 m².

(42)

HE1. LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA

Aplicación:

‐ Edificios de nueva construcción.

‐ Intervenciones en edificios existentes: Ampliaciones: Obras en las que se aumente la superficie o el volumen construido.

Reformas: Obras distintas a las realizadas para mantenimiento. Cambios de uso.

Exigencia:

‐ Demanda energética limitada en función de la zona climática y  del uso previsto.

‐ En uso residencial privado se han de evitar descompensaciones  en la calidad térmica de los espacios habitables y se limitará la  transferencia de calor entre unidades de distinto uso y entre las  unidades de uso y zonas comunes.

‐Limitación de condensaciones en la envolvente térmica.

(43)

SECCIONES HE 0 Y HE 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NIVELES DE EXIGENCIA

HE1. LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA

Exclusiones:

‐ Edificios históricos protegidos cuando así lo determine el órgano competente en materia de protección histórica‐artística.

‐ Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización ≤ 2 años.

‐Edificaciones o partes de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, en la parte destinada a talleres industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.

‐Edificios aislados con una superficie útil total < 50 m².

‐ Edificaciones o partes de las mismas que, por sus características de utilización, estén abiertas de forma permanente.

‐Cambio del uso característico (1) del edificio cuando este no suponga una modificación de su perfil

de uso.

(1)Los usos característicos son los contemplados por la LOE

(44)
(45)

 El consumo de energía primaria no renovable anual del edificio nuevo o de la parte ampliada no debe superar un valor límite.

 La demanda energética de calefaccióndel edificio nuevo o de la parte ampliada no debe superar un valor límite.

 La demanda energética derefrigeracióndel edificio nuevo o de la parte ampliada no debe superar un valor límite.

 Para evitar descompensaciones, los elementos de la envolvente térmica y las particiones interiores entre viviendas, entre viviendas y zonas comunes y entre viviendas y otras unidades de uso diferente, no deben superar unos valores tabulados de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire.

 Las condensaciones intersticiales serán tales que no produzcan mermas significativas en las prestaciones térmicas de la envolvente o un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. La máxima condensación

Cep≤ Cep,lim

Dcal≤ Dcal,lim

(46)

•HE‐0 : Limitación de consumo

Cep,lim= Cep, base+ Fep,sup/ S Cep ≤ Cep,lim(kWh/m2año)

Cep: Consumo energético de energía primaria no renovable del edificio o de la parte ampliada.

Cep,lim: Valor límite del consumo energético de energía primaria no renovable para los servicios de calefacción, refrigeración y ACS, expresada en kWh/m2año, considerada la superficie útil de los espacios habitables;

Cep,base: Valor base del consumo energético de energía primaria no renovable, dependiente de la zona climática de invierno correspondiente a la ubicación del edificio (tabla 2.1 HE0).

Fep,sup: Factor corrector por superficie del consumo energético de energía primaria no renovable (tabla 2.1 HE0).

(47)

•HE‐1 : Limitación de demanda de calefacción

Dcal≤ Dcal,lim(kWh/m2año)

Dcal,lim= Dcal,base+ Fcal,sup/ S

Dcal: Demanda energética de calefacción del edificio o de la parte ampliada.

Dcal,lim: Valor límite de la demanda energética de calefacción, expresada en kWh/m2año, considerada la superficie útil de los espacios habitables.

Dcal,base: Valor base de la demanda energética de calefacción, para cada zona climática de invierno correspondiente al edificio (tabla 2.1 HE1). Fcal,sup: Factor corrector por superficie de la demanda energética de calefacción (tabla 2.1 HE1).

Caso 1. EDIFICIOS NUEVOS Y AMPLIACIONES: USO RESIDENCIAL PRIVADO      

HE0+HE1

(48)

HE‐1 : Limitación de demanda de refrigeración

Dref≤ Dref,lim (kwh/m2año)

Dref,lim= 15 kWh/m2año (zonas 1, 2 y 3)

Dref,lim= 20 kWh/m2año (zonas 4)

Dref: Demanda energética de refrigeración del edificio o de la parte ampliada.

Dref,lim: Valor límite de la demanda energética de refrigeración, expresada en kWh/m2año, considerada la superficie útil de los espacios habitables.

(49)

HE‐1 : Limitación de descompensaciones = Limitación elemento a elemento, que se debe realizar unida las anteriores comprobaciones. Se excluyen los puentes térmicos:

‐Elementos de la envolvente térmica.

‐Particiones interiores verticales y horizontales entre viviendas y otros usos, viviendas y zonas comunes y medianeras.

‐ Particiones interiores verticales y horizontales entre viviendas.

Tabla 2.3 HE1 Umáx, perm. Tabla 2.4 HE1 Ulim Tabla 2.5 HE1 Ulim

La limitación de descompensaciones persigue que no haya elementos débiles térmicamente en la envolvente, así como que no se produzcan situaciones que penalicen a unos usuarios frente a otros por disposiciones poco equilibradas de aislamientos o existencia de perfiles de uso distintos en el edificio. Supone una comprobación añadida, similar en proceso a una opción simplificada, adecuada en el momento de elegir las soluciones constructivas de partida, y que hay que sumar a las comprobaciones

(50)

HE1 2013 HE1 2006 Tabla 2.1 Transmitancia térmica máx. de cerramientos y particiones  interiores de la envolvente térmica U en W/m²K Viviendas‐ Zonas comunes  U ≤ 1,2 W/m2K. Permeabilidad al aire carpinterías.: Zonas A y B ≤ 50 m3/h m2

(51)

CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS

HE‐1 : Control de condensaciones

Para determinar la cuantificación de la exigencia relativa al control de condensaciones es necesario consultar el Documento de Apoyo DA DB HE‐2.

Para las condensaciones superficiales, se puede establecer, mediante procedimiento simplificado, que debe lograrse no superar el 80% como valor límite máximo de humedad relativa media mensual sobre la superficie de los cerramientos. (Cara interior del cerramiento exterior)

El apartado de cuantificación de HE sólo hace mención expresa a las condensaciones intersticiales, si bien el documento DA DB HE‐2 expone procedimientos tanto para el control de condensaciones

superficiales como intersticiales.

Para las condensaciones intersticiales, la cuantificación se

expresa controlando la cantidad acumulada en periodo anual que debe estar contrarrestada por la evaporación de ese mismo periodo. Esto debe conseguirse además de controlar que en todo punto de cada capa del cerramiento la presión de vapor es inferior a la presión de vapor de saturación.

(52)

Ejemplo 1: Ampliación de vivienda unifamiliar en zona (B4). Enunciado

Se trata de una ampliación de una planta de 100 m² sobre planta baja de vivienda unifamiliar  entre medianeras.

a) Determinar los cinco puntos en que se concreta la aplicación de las exigencias aplicables   en aplicación de CTE DB HE‐0 y HE‐1

(53)

HE‐0 Limitación de consumo: La parte ampliada debe tener un consumo de energía primaria no renovable de 55 kWh/m²año como máximo.

HE‐1 Limitación de demanda de calefacción: La parte ampliada debe tener una demanda de calefacción de 15 kWh/m²año como máximo.

HE‐1 Limitación de demanda derefrigeración:La parte ampliada debe tener una demanda de refrigeración de 20 kWh/m²año como máximo.

Ejemplo 1: Ampliación de vivienda unifamiliar en zona climática B4. Resolución

HE‐1 Limitación de descompensaciones:Las transmitancias térmicas y permeabilidad al aire de las soluciones constructivas de la cubierta, fachada, huecos y medianeras de la parte ampliada no deben superar los valores de las tablas 2.3 y 2.4 HE1:

Se trata de una ampliación de una planta de 100 m² sobre planta baja de vivienda unifamiliar entre medianeras.

(54)

La calificación energética para consumo energético de energía

primaria no renovable del edificio o parte ampliada debe ser de

una eficiencia igual o superior a la clase B.

 El porcentaje de ahorro de la demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración, respecto del edificio de referencia, del edificio nuevo o de la parte ampliada debe ser igual o superior a un valor límite.

 Las condensaciones intersticiales serán tales que no produzcan mermas significativas en las prestaciones térmicas de la envolvente o un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. La máxima condensación acumulada en cada período anual no será superior a la cantidad de evaporación posible en el mismo período.

Cep≥ clase B HE0

HE1

HE1

(55)

CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS

HE‐0 : Limitación de consumo:

(56)

Dconjunta = Dcal + 0,70∙Dref (territorio peninsular)  Dconjunta = Dcal+ 0,85∙Dref (territorio extrapeninsular)

Es la demanda energética obtenida como suma ponderada de la demanda energética de calefacción y la demanda energética de

refrigeración. Se expresa en kWh/m2año, considerada la superficie útil de los espacios habitables del edificio.

La ponderación se realiza en función del consumo de energía primaria requerido para combatir cada demanda energética, con mayor peso de la calefacción, lo que se debe al habitual menor rendimiento de los equipos comunes empleados en calefacción frente a refrigeración y al mayor consumo asociado a esta demanda.

HE‐1  El porcentaje de ahorro de la demanda energética conjunta de calefacciónrefrigeración, debe ser inferior al determinado en la Tabla 2.2 del apdo. 2.1 de CTE DB HE‐1

(+)

(+)

(57)
(58)

Se trata de la construcción de nuevos aularios anexos a colegio existente. Determinar las exigencias aplicables  en  aplicación de CTE DB HE‐0 y HE‐1 y los valores límite a cumplir en las mismas:

HE‐0  Limitación deconsumo: La calificación energética para el consumo de energía primaria no renovable de la parte ampliada debe ser de una eficiencia igual o superior a la clase B.

HE‐1Limitación de demanda: El porcentaje de ahorro de la demanda energética conjunta de calefacción y

refrigeración de la parte ampliada con respecto al edificio de referencia debe ser igual o superior al establecido en la tabla 2.2 HE1.

(59)

HE‐0  No es de aplicación

HE‐1  Las intervenciones sobre elementos de la envolvente no pueden suponer en modo alguno

incremento de la demanda energética.

El alcance de la aplicación de HE 1 será diferente según se trate de reforma considerada relevante o resto de reformas.

Reformas relevantes: (Tienen como objeto de actuación el edificio en su conjunto)

Las condensaciones intersticiales serán tales que no produzcan mermas significativas en las prestaciones térmicas de la envolvente o un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. La máxima condensación acumulada en cada período anual no será superior a la cantidad de evaporación posible en el mismo período.

>25% de renovación de la envolvente térmica

Cambios de uso característico

Dconjunta< Dconjunta e.referencia

(60)

Dconjunta = Dcal + 0,70∙Dref (territorio peninsular)  Dconjunta = Dcal+ 0,85∙Dref (territorio extrapeninsular)

Es la demanda energética obtenida como suma ponderada de la demanda energética de calefacción y la demanda energética de

refrigeración. Se expresa en kWh/m2año, considerada la superficie útil de los espacios habitables del edificio.

La ponderación se realiza en función del consumo de energía primaria requerido para combatir cada demanda energética, con mayor peso de la calefacción, lo que se debe al habitual menor rendimiento de los equipos comunes empleados en calefacción frente a refrigeración y al mayor consumo asociado a esta demanda.

HE‐1  La demanda energética conjunta de calefaccióny refrigeración, debe ser inferior a la  del edificio de referencia. No se exige porcentaje alguno, sólo que sea inferior.

CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS

HE‐1  Condensaciones. La cuantificación es la expuesta para uso residencial vivienda, nueva planta o ampliación. 3.1. REFORMAS RELEVANTES

(61)

HE‐1 

CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS

(62)

a) Como en el resto de secciones del DB son aplicables los principios generales incluidos en el capítulo de Introducción: “No empeoramiento, criterio de flexibilidad y reparación de daños” b) Se entiende que el ámbito de actuación de las reformas relevantes es la del edificio en su conjunto. De otra forma, se  podrían llegar a establecer exigencias no alcanzables. Por ejemplo, si una unidad de uso de un edificio prevé en su  reforma la intervención sobre elementos de la envolvente que le pertenece, pero que supera el 25% de la superficie  de la envolvente del edificio, no existe margen posible para obligar al resto del edificio a acometer intervenciones que cumplan:  c) Los cambios de uso característico se entenderían asimismo referidos al edificio en su conjunto y deben ser los definidos  en la LOE (art.2).  No obstante, se recuerda que el ámbito de aplicación de esta sección contempla como excepción el cambio de  uso característico, que no implique cambio del perfil de uso característico.

(63)

Comentarios: d) Respecto a las reformas no relevantes, cuando no sea posible que los elementos de la envolvente sobre los que se  interviene alcancen los valores de la Tabla 2.3, se permiten valores mayores siempre que la demanda energética resultante sea igual o inferior que la obtenida aplicando valores de dicha tabla a los elementos intervenidos.  (Criterio de compensación) Σ Elementos de la envolvente intervenidos cumplen tabla 2.3 

D

conjunta unidad de uso (de los intervenidos  algunos  incumplen,  otros sobrecumplen)

D

conjunta unidad de uso

(64)
(65)
(66)

3.3

Un cliente adquiere una vivienda dentro de un bloque y proyecta realizar los siguientes cambios:  Sustitución de carpinterías exteriores, cambios en la distribución interior, reparación de la cubierta por  humedades puntuales localizadas y dotar de aislamiento a una terraza cubierta integrada en la vivienda  cuyo techo actual no está aislado.  La zona climática de invierno es C. ¿Cuáles son las exigencias que debe cumplir, respecto a HE?  Se trata de intervención en edificio existente, distinta a ampliación: HE‐0 no es exigible. La intervención no afecta al edificio en su conjunto, sino a elementos puntuales de una unidad de  uso. La aplicación de HE‐1 se refiere a exigencias recayentes sobre algunos de los anteriores elementos: ‐Las nuevas carpinterías deben cumplir la Tabla 2.3:

Zona C:  U MÁXIMA HUECOS= 3,10 W/m2K  ;  PERMEABILIDAD 

(67)

‐Las humedades puntuales van a ser reparadas y en ese proceso debe comprobarse cuál es el daño  que ha podido afectar al aislamiento (criterio de reparación de daños). Si hubiera que proceder a  sustitución de elementos en cubierta, porque ya no cumpla su función, debe aislarse dicha cubierta  hasta niveles de la tabla 2.3

Zona C: U MÁXIMA CUBIERTA = 0,50 W/m2K  ; 

(68)
(69)
(70)

3º) Exigencias a justificar:

Demanda energética conjunta del edificio de manera que sea inferior a la del edificio de referencia. DG = Dcalefacción + 0,70∙DRefrigeración < Demanda de referencia.

4º) Operaciones a realizar:  4.1) Modelar el conjunto del edificio para programa de verificación. Implica conocimiento suficiente  del conjunto de soluciones constructivas de la envolvente. 4.2) Comparar el edificio objeto con el de referencia. Éste último tiene las prestaciones descritas en  el Apéndice E, equivalentes a la opción simplificada de CTE 2006 4.3) Analizar las actuaciones necesarias  para que resulte demanda conjunta menor que el de 

referencia, teniendo en cuenta que la Dcalefaccióntiene más peso relativo que Drefrigeración.

Sin embargo, no es exigible “expresamente” el control elemento a elemento mediante las tablas  2.3, 2.4 y 2.5 de descompensaciones.

(71)

PROGRAMA

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO.

ENTRADA EN VIGOR DEL CTE DB HE 2013.

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013.

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS. EJEMPLOS.

JUSTIFICACIÓN

EN

PROYECTOS.

REGULACIÓN

SOBRE

DOCUMENTACIÓN.

EJEMPLO DESARROLLADO DE INTERVENCIÓN EN EDIFICIO

(72)
(73)
(74)
(75)

Aclaración sobre el uso de Lider/Calener y herramienta unificada, y el periodo

transitorio disponible para ello, sólo aplicable a las herramientas, no a las exigencias:

El Ministerio ha publicado nota informativa para aclarar las condiciones 

de utilización tanto de los programas reglamentarios previos (Lider /calener)

como sobre las limitaciones de la versión actual de la herramienta unificada.

Esta nota técnica ha sido complementada en este curso por parte del D.Normativa de Fidas

con algunas indicaciones que se han considerado útiles y que se refieren principalmente a 

la introducción de determinados factores (zona climática reglamentaria o ventilación) 

cuando se emplee Lider o Calener como alternativa para la verificación de las nuevas 

exigencias.

(76)
(77)

PROGRAMA

ANTECEDENTES NORMATIVOS. OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

MARCO EUROPEO.

ENTRADA EN VIGOR DEL CTE DB HE 2013.

NOVEDADES DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE 2013.

SECCIONES HE0 Y HE1. ANÁLISIS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y

DEFINICIÓN DE LOS NIVELES DE EXIGENCIAS. EJEMPLOS.

JUSTIFICACIÓN

EN

PROYECTOS.

REGULACIÓN

DE

DOCUMENTACIÓN.

EJEMPLO DESARROLLADO DE INTERVENCIÓN EN EDIFICIO

(78)
(79)
(80)
(81)
(82)
(83)

Ejemplo desarrollado:

Empleando el proceso para determinar valor U del  cerramiento así descrito, incluido en DA DB HE‐1, por  comprobación manual o cualquier  aplicación  o programa  que lo contemple, determinamos el valor mínimo de 

aislamiento (5 cm)  y el valor total de la transmitancia U de  la nueva cubierta: 0,51 W/m2

cubierta≤ U límite0,65 W/m2

4.2 Reposición de la medianera:

La composición de la medianera se proyecta con las siguientes características (de fuera hacia adentro):

0,51 W/m

2

K ≤ U 

(84)

Empleando el proceso para determinar valor U del cerramiento así descrito, incluido en DA DB HE‐1, por comprobación manual o cualquier programa que lo contemple, determinamos el valor mínimo de aislamiento (2 cm)  y el valor total de la transmitancia U de la nueva  medianera: 0,74 W/m2

medianera≤ U límite1,10 W/m2

4.2  Nuevos huecos acristalados La composición de los nuevos huecos  que se incorporan debe ser: Vidrio doble incoloro vertical 4‐6‐6,  para marco metálico, con rotura de puente térmico (4/12 mm) (1), para un 20% de fracción  del marco sobre el hueco total.

HUECO≤ U límite 4,70 W/m2

PERM. HUECO  ≤ 50 m3/hm2  

3,4 W/m

2

k ≤  4,70 W/m

2

Clase 3 

(2) 

≤  50 m

3

/hm

2

0,74 W/m

2

K ≤ U 

límite

1,10 W/m

2

CUMPLE

(1) Datos obtenidos del CEC para ventanas sin capialzado. Con carpintería sin rotura de puente térmico, se habría obtenido un valor de 

HUECO : 3,8 W/m2k . Es adecuado contrastar con dato de fabricante. 

(2)  Datos obtenidos de fabricante. Las clases 1, 2, 3 y 4 tienen permeabilidad  < 50 m3/hm2

(85)

Ejemplo desarrollado: 5. Control de condensaciones: Como se ha expuesto anteriormente, las condensaciones pueden localizarse tanto superficialmente  como intersticialmente. El mayor hincapié del CTE DB HE se realiza sobre el control de las  condensaciones intersticiales. Además, para las condensaciones superficiales, el cumplimiento de los valores mínimos de transmitancia máxima que se ha asegurado previamente (Tablas 2.3, y 2.4 en su caso) asegura, para recintos de nivel  de higrometría hasta clase 4 inclusive(1) , justificación suficiente. Para las  condensaciones intersticiales, habrá que emplear alguna herramienta de entre las  distintas disponibles (eCondensa, de G.Campos, Condensaciones, de R.Villar Burke) 

(86)
(87)

Ejemplo desarrollado:

6. Justificación documental

Nos remitimos al apartado 3.2 de HE‐1, pero sólo para aquellos puntos que tengan aplicación en el caso descrito. Se adjunta ejemplo de justificación documental.

7. Otras consideraciones

Criterio de reparación de daños: En aplicación del mismo, si se observaran en la reforma elementos distintos de los señalados que evidencien daños, conllevando intervención en los mismos, se analizarán las repercusiones energéticas por si fuera necesario aplicar criterios energéticos (limitación de demanda) a dichas intervenciones.

Optimización energética: el desarrollo del presente ejercicio se atiene a estrictos criterios de cumplimiento normativo. Puede ser recomendable ofrecer al cliente servicios complementarios para la mejora y optimización energética del inmueble adquirido, que pueden comenzar con un mecanismo sencillo, como la certificación energética de existentes.

(88)

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN 

Fundación FIDAS. Dpto. Normativa  y Tecnología CAT Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla, Córdoba y Huelva

o

Referencias

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