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Actas del Honorable Concejo Municipal
Sesión Ordinaria 134
Acta de la Sesión Ordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el salón de sesiones del edificio “Tomás López De El Corral”, a las diecisiete horas quince minutos, del día veinte de noviembre de dos mil doce, con la siguiente asistencia. Ocuparon curul los regidores:
SONIA ZAMORA BOLAÑOS, Presidenta OLGER LAWSON MARCHENA, Vicepresidente
DOUGLAS QUESADA ALTAMIRANO CC/ALTAMIRANO QUESADA DAGUER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ CC/DAUBERTH
ROLANDO LUIS MURILLO CRUZ REINA ACEVEDO ACEVEDO ALEXANDER CANO CASTRO FLOR ZAMORA ALVAREZ
MARÍA EUGENIA RIVERA ARAYA
FLORA EUGENIA BERMÚDEZ SALGUERO PATRICIA MARÍN GÓMEZ
REGIDORES SUPLENTES:
OLGA DINIA PÈREZ BONILLA, MARÍA LINNETT GÓMEZ SÁNCHEZ, ALEXANDRA GARCÍA BROWN, ALFREDO FALLAS QUESADA, JUANA ISABEL LEAL VILLAFUERTE, ORLANDO FRANCISCO RAMÍREZ CASTRO, BLANCA SUÑOL OCAMPO, YAMILETH QUESADA PACHECO, MARVIN MARÍN ZÚÑIGA, MARLON ARAYA BOLAÑOS.
SÍNDICOS PROPIETARIOS:
MARÍA ESTHER CÉSPEDES ARAYA, VÍCTOR HUGO LANZA GUEVARA, JOSÉ MARTÍ ROJAS VALLADARES, JUAN GUILLERMO NÚÑEZ VÁSQUEZ, SONIA PATRICIA ZÚÑIGA JIMÉNEZ, MARÍA ESTHER SALAS GONZÁLEZ, MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ FONSECA, WILLIAM ANTONIO ABARCA VALVERDE, MELVIN SOLANO MIRANDA, DANIEL DOÑA HOOKER CC/DANY DOÑAS HOOKER.
SÍNDICOS SUPLENTES:
MAURICIO ALFREDO OLIVA TORRES (actuando en calidad de propietario), RONALD ENRIQUE NARANJO SOLÍS, LIGIA MARÍA ROJAS DONATO, JOAN CORTÉS CASTRO, KATTIA SIBAJA MOLINA, GUILLERMO VARGAS ZEPEDA, ABELARDO MÉNDEZ GARRO, YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA, KATTIA SOLANO BARRANTES, NIDIA BARRANTES MURILLO.
Alcalde Municipal: INGENIERO JOHNNY ARAYA MONGE
Jefe Departamento Secretaría Municipal: LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN.
Dirección de Auditoría: LICENCIADO ISRAEL BARRANTES SANCHEZ Dirección de Comunicaciones: LICENCIADO GILBERTO LUNA MONTERO Dirección Legal: LICENCIADO MARIO VARGAS SERRANO
Grabación y control de asistencia: SEÑORES, JENNIFER MONTERO MORALES / JUAN CARLOS CÉSPEDES OVIEDO.
Asesores: Licenciados, OSCAR PÉREZ CARPIO, MÓNICA SALAS MURILLO, MAURICIO VALERIO JIMÉNEZ, WALTER CHAVES OLIVARES, ADRIANA ROJAS RIVERO, DIDIER CARRANZA RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS CORDERO OVIEDO. SEÑORES: FABIÁN ROJAS FUERTES, FERNANDO JIMÉNEZ DEBERNADI, SEIDY VEGA ROMERO, MARÍA DE LOS ÁNGELES ELIZONDO CASTRO, ALEIDA SOLANO TORRES. En acatamiento del Acuerdo 9, Artículo V, Sesión Ordinaria 144, del 1 de febrero 2005, punto primero del Por tanto, se incluye el Orden del día a desarrollar en esta sesión.-
Artículo I.- Lectura de actas Artículo II.- Audiencias Artículo III.- Correspondencia
Artículo IV.- Asuntos de trámite urgente
Artículo V.- Dictámenes de comisión e informes de Auditoría Artículo VI.- Mociones de los señores regidores
…es nuestra Red!
Artículo VII.- Mociones del señor Alcalde Artículo VIII.- Control Político.
ARTÍCULO I.-LECTURA DE ACTAS.
APROBACIÓN ACTA SESIÓN ORDINARIA 133.-
Por UNANIMIDAD se aprueba el Acta de la Sesión Ordinaria 133, del día trece de Noviembre de 2012, sin correcciones que hacer a la misma.
Palabras e incidencias constan al final del Acta.
APROBACIÓN ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA 64.-
Por UNANIMIDAD se aprueba el Acta de la Sesión Extraordinaria 64, del día diecinueve de Noviembre de 2012, sin correcciones que hacer a la misma.
Palabras e incidencias constan al final del Acta.
ARTÍCULO II.- AUDIENCIAS -No hay
ARTÍCULO III.- CORRESPONDENCIA.
Se presenta a la mesa la correspondencia que se dispone de la siguiente manera:
DESPACHO DEL ALCALDE.-
A-1 Oficio-Alcaldía 6376-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Ing. Johnny Araya Monge Alcalde, traslada criterio del señor Walter Cortés Hernández, Dirección de Regulación y Seguimiento, indicando que no encuentra objeción al Proyecto de Ley “Modificación Parcial de la Ley No. 7509, Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, del 9 de mayo de 1995, expediente legislativo No. 18.542.
Se toma nota y traslada a Asesores de la Presidencia Municipal.
A-2 Oficio Alcaldía-6318-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Señor Rodney Zúñiga Guzmán, Jefe Despacho del Alcalde, remite informe de cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal, durante el mes de Setiembre 2012.
Se toma nota y traslada a Asesores de la Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
A-3 Oficio DPVA-0264-2012 con fecha de recibido 20 de noviembre 2012. Dra. Sandra García Pérez, Vice Alcaldesa, comunica que disfrutará de vacaciones los días 22 y 23 de noviembre 2012, para asistir a la XVII Asamblea Extraordinaria del Concejo de Facultades Humanísticas de Centroamérica y el Caribe (COFAHCA), invitada por el Presidente de dicha Entidad regional.
Se toma nota y traslada a Recepción e Información, para archivo.
DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS.-
B-1-Oficio DAJ-3088-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Lic. Mario Vargas Serrano, Director Asuntos Jurídicos a.i., indica que el criterio vertido por su dirección a través del oficio DAJ-3036-2-2012, de fecha 12 de noviembre 2012, relacionado con el Proyecto de Ley “Modificación de la Ley No. 2428, Ley Sobre Arredramiento de Locales Municipales”, cuenta con su visto bueno.
Se toma nota y traslada a Asesores de la Presidencia Municipal. (Se adjunta a antecedentes).- AUDITORÍA MUNICIPAL.-
C-1 Oficio A-AI-696-2012 con fecha de recibido 20 de Noviembre 2012. Lic. Israel Barrantes Sánchez, Auditor Municipal, se refiere al oficio A-AI-855-2011 del 09 de noviembre 2011; y modificaciones al Plan Anual de Trabajo de la Dirección de Auditoría Interna, para el período 2012.
Se toma nota y traslada a Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
C-2 Copia de oficio 034-Eseg-AI-2012 con fecha de recibido 20 de Noviembre 2012. Lic. Israel Barrantes Sánchez, Auditor Municipal, comunica al Ing. Rodolfo Sancho Quesada, Jefe Departamento Desarrollo de Obras Publicas,
reiteración de recomendaciones producto del Informe de Auditoría 026-INF-A-2009 denominado “Programa III, Ejecución de Obras”.
Se toma nota y traslada a Recepción e Información, para archivo. Copia a Fracciones.
C-3 Oficio A-AI-699-2012 con fecha de recibido 20 de Noviembre 2012. Lic. Israel Barrantes Sánchez, Auditor Municipal, informa que se dio inicio al estudio sobre “Segregación y sucesión de funciones del personal de TI”.
Se toma nota y traslada a Recepción e Información, para archivo.
DEPARTAMENTOS MUNICIPALES.-
D-1 Oficio 555-SACM-12 con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. Lic. Gustavo Salazar Artavia, Jefe Sección Administración de Cementerios y Mercados, traslada escrito del señor Johnny Castro Jiménez, arrendatario del local 25 suroeste Mercado Central, quien comunica la aceptación del precio de alquiler fijado para el quinquenio 2010-2014.
Se toma nota y traslada a Comisión para el estudio de la Eficiencia y Eficacia del Reglamento de Mercados.
D-2 Oficio 663-DRH-2012 con fecha de recibido 19 de noviembre 2012. Lic. Leví Chaves Chaves, Jefe Departamento de Recursos Humanos, traslada a la señora Sonia Zamora Bolaños, Presidenta Concejo Municipal, oficio DAJ-2996-03-2012 suscrito por el Lic. Robert Arias Olivares, Dirección Asuntos Jurídicos, en relación a beneficios convencionales del Lic. Eric Gutiérrez Desanti, Sub Auditor Interno de la Institución.
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
RECURSOS Y ASUNTOS DE PARTICULARES.-
E-1 Oficio 643-DGT-1-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Lic. José Orlando Esquivel Solís, Jefe Departamento de Gestión Tributaria, remite Expediente Administrativo a nombre de Transportes Costarricenses Panameños SRL, relacionado con Recurso de Revocatoria y Apelación en Subsidio contra la Resolución No. 2202- DGT-2-2011, confirmada a través de la Resolución No. 642-DGT-1-2012. (Impuesto de Patente).-
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
E-2 Oficio 670-DGT-1-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Lic. José Orlando Esquivel Solís, Jefe Departamento de Gestión Tributaria, remite Expediente Administrativo a nombre de Abonos Agro Sociedad Anónima, relacionado con Recurso de Revocatoria y Apelación en Subsidio contra la Resolución No. 2092-DGT-1- 2011, confirmada a través de la Resolución 669-DGT-1-2012. (Impuesto de Patente).-
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
E-3 Oficio sin número con fecha de recibido 13 de Noviembre 2012. Señor Bolívar García Campos y señora Virginia Benavides Porras, adultos mayores vecinos de Pavas, solicitan se les renueve permiso para venta de frutas y golosinas a un costado del Centro Comercial Plaza del Oeste, Pavas.
Se toma nota y traslada al Despacho del Alcalde para el trámite administrativo correspondiente; y notificación de lo pertinente al interesado, en forma directa.
E-4 Oficio 693-DGT-1-2012 con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. Lic. José Orlando Esquivel Solís, Jefe Departamento de Gestión Tributaria, traslada Expediente Administrativo a nombre de INMOBILIARIA SANTIAGOMILLAS S.A., relacionado con Recurso de Revocatoria y Apelación en Subsidio contra la Resolución No. 2354-DGT-1-2011, confirmada mediante Resolución No. 692-DGT-1-2012. (Impuesto de Patente).-
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
E-5 Oficio 685-DGT-1-2012 con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. Lic. José Orlando Esquivel Solís, Jefe Departamento de Gestión Tributaria, traslada Expediente Administrativo a nombre de Corporación Zermat de Costa Rica S.A., relacionado con Recurso de Revocatoria y Apelación en Subsidio contra la Resolución No. 2096-DGT-1- 2011, confirmado mediante Resolución No. 684-DGT-1-2012. (Impuesto de Patente).-
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
E-6 Oficio 668-DGT-1-2012 con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. Lic. José Orlando Esquivel Solís, Jefe Departamento de Gestión Tributaria, traslada Expediente Administrativo a nombre de Corporación Font Sociedad Anónima, relacionado con Recurso de Revocatoria y Apelación Subsidiaria, contra la Resolución No. 2124-DGT-1- 2011, confirmado a través de la Resolución No. 650-DGT-1-2012.
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
E-7 Oficios sin número con fecha de recibido 15 de Noviembre 2012. Señora Natividad Gregoria Soza Jarquín, vecina de Barrio Naciones Unidas, orillas del Río Ocloro, solicita se le autorice permiso para instalar medidor y servicio de agua y luz, en su casa de habitación.
Se toma nota y traslada a la Presidencia Ejecutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, así como a la Gerencia General de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, según corresponda, para estudio y trámite correspondiente.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA - DEFENSORIA DE LOS HABITANTES – PROCURADURÍA – ASAMBLEA LEGISLATIVA – CONTRALORIA.
F-1 Copia de fax con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Señora Presidenta de la República Laura Chinchilla Miranda y el señor Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, decretan Asueto el día 31 de diciembre 2012, para los empleados públicos del Cantón Central de San José, conforme lo indicado en el Acuerdo 9, Sesión Ordinaria 129 del 16 de octubre 2012, de esta Municipalidad.
Se toma nota y traslada a Asesores de la Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
F-2 Oficio PIII-071-2012 con fecha de recibido 16 de Noviembre 2012. Señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área Asamblea Legislativa, con instrucciones de la Comisión Legislativa Plena III, procede a consultar criterio sobre Proyecto “Reforma del Artículo 6 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley 8114 y sus Reformas”, expediente legislativo 17.735.-
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
F-3 Oficio CE-032-11-12 con fecha de recibido 20 de Noviembre 2012. Licda. Nery Agüero Montero, Jefa Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, Asamblea Legislativa, consulta criterio sobre Proyecto de Ley Expediente No. 18.428, “Ley de Traslado del Financiamiento Estatal Electoral al Tribunal Supremo de Elecciones”.
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
F-4 Oficio 12484 (DFOE-SD-1259) con fecha de recibido 20 de Noviembre 2012. Licda. Marjorie Gómez Chaves, Gerente Área de Seguimiento de Disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Contraloría General de la República, solicita información en relación con las disposiciones contenidas en el informe No. DFOE- DL-IF-3-2011, sobre el pago de anualidades al Alcalde Municipal.
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos.
INSTITUCIONES EDUCATIVAS, MINISTERIO DE EDUCACION - JUNTAS.-
G-1 Oficio sin número con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. MSc. Lorena Juárez Zúñiga Directora Colegio Ricardo Fernández Guardia y MSc. Carmen Ledezma Ramírez, Supervisora Circuito Escolar 01, San José Central, remite nómina para el nombramiento de un miembro en la Junta Administrativa de la Institución.
Se toma nota y traslada a Comisión de Gobierno y Administración.
G-2 Oficio sin número con fecha de recibido 16 de noviembre 2012. MSc. Jenny Prado Marín, Directora Escuela Central de San Sebastián, Licda. Gabriela Piedra M., Directora Kínder San Sebastián y MSc. Elizabeth Álvarez R., Directora Kínder Colonia Kennedy, presentan ternas para el nombramiento de la Junta de Educación de dichos Centros Educativos.
Se toma nota y traslada a Comisión de Gobierno y Administración.
G-3 Oficio sin número, remitido vía correo electrónico, con fecha de recibido 20 de noviembre 2012. Señora Hannia Hoffmann, presenta renuncia con carácter irrevocable a su cargo, como integrante de la Junta Administrativa del Liceo Superior de Señoritas.
Se toma nota y traslada a Comisión de Gobierno y Administración.
MINISTERIOS Y OTRAS INSTITUCIONES.-
H-1 Copia de oficio SCM-AC-1914/192-2012 con fecha de recibido 14 de Noviembre 2012. Señora María de los Ángeles Ulate Alfaro, Secretaria Concejo Municipal, Municipalidad de Flores - Heredia, notifica Acuerdo tomado para solicitar a la Asamblea Legislativa, votar negativamente la propuesta del Proyecto de Ley No. 18.070, “LEY PARA LA PRESERVACION DEL USO AGROPECUARIO DE LOS TERRENOS”, por los efectos económicos negativos que sufrirán las Municipalidades.
Se toma nota y traslada a Comisión de Asuntos Jurídicos. Copia a Asesores de la Presidencia Municipal y Fracciones.
H-2 Oficio F-796-11-2012 con fecha de recibido 19 de noviembre 2012. Lic. Juan Antonio Vargas G., Director Ejecutivo Federación Metropolitana de Municipalidades, FEMETROM, invita al Foro Interinstitucional: “Hacia una visión integrada de las políticas públicas de la gestión territorial”, el próximo 29 de noviembre 2012, de 8.30 am a 3.00 pm, en el Auditorio Eduardo Ortiz, Colegio de Abogados, distrito de Zapote.
Se toma nota y traslada a Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
H-3 Oficio sin número con fecha de recibido 20 de noviembre 2012. Señora Marianela Vargas p/Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), invita a participar en el Foro “Acoso y violencia política hacia las mujeres: la experiencia Boliviana”, el miércoles 28 de noviembre 2012 a las 2:00 p.m., en el Auditorio Miguel Blanco Quirós, Corte Suprema de Justicia.
Se toma nota y traslada a Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
H-4 Oficio ACALGL-343-12 con fecha de recibido 20 de noviembre 2012. Señora Marcela Piedra Durán, Coordinadora a.i. Área Ciudadanía Activa, Liderazgo y Gestión Local, Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), invita a participar en el taller de consulta que llevaran a cabo el martes 27 de noviembre, de 8:30 am a 4:00 p.m. en el Hotel Tennis Club; tendiente a la construcción de una estrategia para la incorporación del Enfoque de género en la gestión municipal y en el desarrollo Local.
Se toma nota y traslada a Presidencia Municipal. Copia a Fracciones.
FUNDACIONES – ASOCIACIONES – COOPERATIVAS – COMITES.-
K-1 Oficio sin número con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Señores Vladimir González Arias y Roberto R.
Guell Mora, Asociación Nacional de Excombatientes 1948 y 1955, solicitan se les autorice la exhibición de fotografías alusivas a la revolución de 1948 y 1955, en la página web de la Municipalidad, como un aporte cultural e histórico a la comunidad, y a las nuevas generaciones.
Se toma nota y traslada a Alcaldía Municipal.
K-2 Oficio sin número con fecha de recibido 20 de noviembre 2012. Señor Francisco Segura Jiménez, Presidente de La Fundación Internacional Para El Desarrollo de La Música Latina, solicita nombramiento del representante municipal, ante dicha fundación.
Se toma nota y traslada a Comisión de Gobierno y Administración.
MIEMBROS DEL CONCEJO - SINDICOS - CONCEJOS DE DISTRITO.-
L-1 Oficio 037-SPZJ-2012 con fecha de recibido 14 de noviembre 2012. Señora Sonia P. Zúñiga Jiménez, Síndica Distrito San Francisco de Dos Ríos, presenta Informe de viaje realizado a las Ciudades de San Isidro y Luján, República de Argentina, entre el 22 y 25 de octubre 2012.
Se toma nota y traslada a Recepción e Información, para archivo.
ARTÍCULO IV.- TRÁMITE URGENTE.
Por ocho votos para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba el Dictamen No. 160-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Votan en contra los ediles: HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, RIVERA ARAYA y BERMÚDEZ SALGUERO. Se acuerda:
ACUERDO 1.-ADJUDICAR LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000058-99999 “CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN DE SEGUNDO NIVEL EN CAMILE CLAUDEL CASA INFANTIL DE SAN JUAN DE PAVAS” A LA EMPRESA CONSTRUCTORA CONTEK S.A.-
“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 160-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, ZAMORA ALVAREZ, CANO CASTRO, y MURILLO CRUZ, que dice:
CONSIDERANDO: Licitación Abreviada 2012LA-000058-99999 “CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN DE SEGUNDO NIVEL EN CAMILE CLAUDEL CASA INFANTIL DE SAN JUAN DE PAVAS.
RESULTANDO I: Que se cursó invitación abierta a través del Sistema Compra Red, presentaron ofertas para este concurso:
1. CONSTRUCTORA CONTEK S.A.
2. PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN S.A.
RESULTANDO II: Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a través del oficio DAJ-3114-18-2012, suscrito por el Lic. Henry Contreras Zúñiga, indica que una vez analizadas las ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCTORA CONTEK S.A., y ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCTORA
CONTEK S.A. y PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A., solo la empresa CONSTRUCTORA CONTEK S.A., cumple dado que el monto ofertado se ajusta a la reserva presupuestaria, no así la empresa PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A., dado que supera el límite de reserva presupuestaria.
RESULTANDO III: Que el Lic. Victorino Venegas Sibaja, Jefe Depto. Mejoramiento de Barrios y el Ing. Manuel Ordeña Ayerdis Departamento de Diseño Ingeniería & Arquitectura de Mejoramiento de Barrios por medio del oficio 2378-MB-2012, manifiesta lo siguiente:
La CONSTRUCTORA CONTEK S.A., cumple con todos los parámetros de la tabla de evaluación en el presente cartel.
La Constructora PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN no cumple, con el presupuesto asignado para realizar el proyecto, esto debido a que su oferta sobrepasa el monto establecido.
POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto recomienda al Concejo Municipal, conforme al análisis y revisión de las ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCTORIA CONTEK S.A., y PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN, esto por parte del Departamento de Mejoramiento de Barrios y por contar con el contenido presupuestario, adjudica la LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000058-99999 “CONSULTORIA Y CONSTRUCCIÓN DE SEGUNDO NIVEL EN CAMILE CLAUDEL CASA INFANTIL DE SAN JUAN DE PAVAS, a la empresa CONSTRUCTORA CONTEK S.A., por cumplir con todos los requisitos tanto legales como técnicos, ADEMÁS SE AUTORIZA EL EGRESO CORRESPONDIENTE, por lo que se detalla lo siguiente:
CONSTRUCTORA CONTEK S.A.
CONSULTORIA Y CONSTRUCCION DE SEGUNDO NIVEL EN CAMILE CLAUDEL CASA INFANTIL DE SAN JUAN DE PAVAS.
MONTO OFERTADO: ¢99.976.800.00 Plazo de Entrega: 55 días naturales
Forma de pago: LA ESTABLECIDA EN EL CARTEL”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-
Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba el Dictamen No. 161-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Vota en contra la edil: BERMÚDEZ SALGUERO. Se acuerda:
ACUERDO 2.-ADJUDICAR LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000061-99999 “CONSTRUCCIÓN DE TORRE DE BAÑOS SECTOR SUR Y REMODELACIÓN ALA SUR PARA FUNCIONAMIENTO CENTRO DE CUIDO INFANTIL HATILLO 2” A LA EMPRESA CONSTRUCTORA CONTEK S.A.-
“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 161-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, ZAMORA ALVAREZ, CANO CASTRO, y MURILLO CRUZ, que dice:
CONSIDERANDO: LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000061-99999 “CONSTRUCCIÓN DE UNA TORRE DE BAÑOS SECTOR SUR Y REMODELACIÓN DEL ALA SUR PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CUIDO INFANTIL HATILLO 2.
RESULTANDO I: Que se cursó invitación abierta a través del Sistema Compra Red, presentaron ofertas para este concurso:
3. CONSTRUCTORA CONTEK S.A.
4. PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.
RESULTANDO II: Cabe destacar que la Dirección de Asuntos Jurídicos a través de los oficios DAJ-3112-18-2012 Y 3242-18-2012, suscrito por el Lic. Henry Contreras Zúñiga, indica que una vez analizadas las ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCTORA CONTEK S.A. y PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN S.A, indica que esta última debe de prevenirse por aspectos subsanables.
RESULTANDO III: Que el Lic. Victorino Venegas Sibaja, Jefe Depto. Mejoramiento de Barrios y el Ing. Manrique Calvo Alvarado, Centro de Diseño Ingeniería & Arquitectura de Mejoramiento de Barrios por medio del oficio 2375- MB-2012, manifiesta lo siguiente:
PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A.
La empresa no indica Ing. Eléctrico-Mecánico, siendo el mismo indispensable para llevar a cabo la presente obra, según Sección Ocho del presente Cartel de Licitación.
Cartas presentadas no cumplen con la experiencia solicitada por el presente Cartel de Licitación. Seis cartas de las nueve presentas para comprobar la experiencia de la Empresa, no cumplen de acuerdo a lo siguiente
- Carta número ocho: menciona únicamente experiencia correspondiente a remodelación y mantenimiento, dejando por fuera en todo momento obras de construcción (obra civil) siendo las mismas un requisito indispensable para la presente contratación.
- Carta número diez: trabajos realizados no se consideran similares a los requisitos por la presente contratación ya que únicamente se refieren a trabajos de remodelación dejando por fuera en todo en todo momento obras de construcción (obra civil) siendo las mismas un requisito indispensable para la presente contratación.
- Carta número once: trabajos realizados no se consideran similares a los requeridos por la presente contratación ya que dejan por fuera en todo momento obras de construcción (obra civil), siendo las mismas un requisito indispensable para la presente contratación.
- Además dicha obra fue realizada en un período anterior a la fecha de incorporación de la Empresa ante el CFIA, por lo tanto no aplica para la presente contratación.
- Carta número doce: trabajos realizados no se consideran similares a los requeridos por la presente contratación ya que dejan por fuera en todo momento obras de construcción (obra civil), siendo las mismas un requisito indispensable para la presente contratación.
- Además dicha obra fue realizada en un período anterior a la fecha de incorporación de la Empresa ante el CFIA, por lo tanto no aplica para la presente contratación.
- Carta número trece: trabajos realizados no se consideran similares a los requeridos por la presente contratación ya que únicamente se refieren a trabajos de remodelación dejando por fuera, en todo momento obras de construcción (obra civil) siendo las mismas un requisito indispensable para la presente contratación.
- Carta número catorce: Carta presentada es igual (se repite) a la carta número trece por tanto no aplica.
Al respecto, una vez analizadas las ofertas presentadas, de acuerdo a la tabla de evaluación realizada por la parte técnica se deduce lo siguiente:
La empresa anteriormente indicada NO se recomienda técnicamente, ya que las misma no se ajusta a lo establecido en el cartel.
Se recomienda para participar de esta contratación cumpliendo técnicamente con lo establecido en el cartel supra citado, a la empresa CONTEK S.A
POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto recomienda al Concejo Municipal, conforme al análisis y revisión de las ofertas presentadas por las empresas CONSTRUCTORA CONTEK S.A., y PROYEKTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION, esto por parte del Departamento de Mejoramiento de Barrios y por contar con el contenido presupuestario, adjudicar la LICITACION ABREVIADA 2012LA-000061-99999 “CONSTRUCCIÓN DE UNA TORRE DE BAÑOS SECTOR SUR Y REMODELACIÓN DEL ALA SUR PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CUIDO INFANTIL HATILLO 2, a la empresa CONSTRUCTORA CONTEK S.A., por cumplir con todos los requisitos tanto legales como técnicos, ADEMÁS SE AUTORIZA EL EGRESO CORRESPONDIENTE, por lo que se detalla lo siguiente:
CONSTRUCTORA CONTEK S.A.
CONTRUCCIÓN DE UNA TORRE DE BAÑOS SECTOR SUR Y REMODELACIÓN DEL ALA SUR PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CUIDO INFANTIL HATILLO 2.
MONTO OFERTADO: ¢209.950.000.
Plazo de Entrega: 69 días NATURALES Forma de pago: LA ESTABLECIDA EN EL CARTEL”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-
Por nueve votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 009-CCPRI- 2012 de la Comisión Permanente de Protocolo y Relaciones Internacionales. Vota en contra la edil:
BERMÚDEZ SALGUERO. El Regidor Hernández Vásquez no vota por no encontrarse en el recinto. Se acuerda:
ACUERDO 3.-AUTORIZAR A LA SEÑORA SANDRA GARCÍA PÉREZ VICEALCALDESA, A PARTICIPAR EN LA XXVII REUNIÓN DE COMITÉ SECTORIAL DE CULTURA EN ESPAÑA.-
“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 009-CCPRI-2012 de la COMISION PERMANENTE DE PROTOCOLO Y RELACIONES INTERNACIONALES suscrito por los miembros: RIVERA ARAYA, ZAMORA BOLAÑOS, CANO CASTRO, ZAMORA ALVAREZ, MURILLO CRUZ, LAWSON MARCHENA, ACEVEDO ACEVEDO y MARÍN GÓMEZ, que dice:
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la Comisión Permanente de Protocolo y Relaciones Internacionales, en Sesión Ordinaria, celebrada el 20 de noviembre del presente, a las 17:00 horas, en la Sala de Sesiones de Comisiones, tomó el acuerdo 1 que literalmente dice:
SEGUNDO: Que la señora Alcaldesa de Cádiz Teófila Martínez, ha cursado invitación a participar en la XXVII Reunión de Comité Sectorial de Cultura del 28 de noviembre al 01 de diciembre del 2012, en la ciudad de Cádiz, España.
POR TANTO ESTA COMISIÓN DICTAMINA
PRIMERO: Recomendar al Honorable Concejo Municipal autorizar a la Señora Sandra García Pérez, Primera Vicealcaldesa, a participar del 28 de noviembre al 01 de diciembre del 2012, en la ciudad de Cádiz, España al XXVII Reunión de Comité Sectorial de Cultura.
SEGUNDO: Por motivo de itinerario la Señora García Pérez, saldrá del país el 26 de noviembre para regresar el 02 de diciembre.
TERCERO: Con fundamento en los artículos 34 y 35 del Reglamento de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, se autoriza el 8% para gastos menores, el 12% para almuerzo el 27 de noviembre y 01 de Diciembre y el 12% para las cenas el 27 y 28 de noviembre y 01 de diciembre y la totalidad de los gastos migratorios, de aeropuerto y el seguro de viaje.
CUARTO: Conforme señala el Reglamento Interior de Viajes de este Honorable Concejo Municipal y el de la Contraloría General de la República, la señora García Pérez deberá liquidar los montos recibidos ante la Tesorería Municipal y brindar un informe, de manera verbal y escrita, de su viaje ante la Comisión de Relaciones Internacionales y Protocolo”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-
Por diez votos para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Vota en contra la edil: BERMÚDEZ SALGUERO. Se acuerda:
ACUERDO 4.- AUTORIZAR REMATE DE TARIMAS Y COLOCACIÓN CABAÑAS SANITARIAS PARA TOPE NACIONAL.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por el señor Alcalde Araya Monge, que dice:
El Concejo Municipal acuerda, autorizar a la Comisión de Fiestas de San José 2012-2013 a promover el remate de hasta 35 de espacios para la instalación de tarimas, las que serán dispuestas el día de la celebración del Tope Nacional. La Locación y obtención de los permisos correrán por cuenta del adjudicatario y los precios para las bases de remate los determinará la Comisión de Festejos en función del espacio y cantidad de personas por tarima.
Asimismo se acuerda otorgar la autorización para el uso del espacio para colocación de al menos 100 cabañas sanitarias a lo largo del recorrido del Tope Nacional, en apego a la recomendación del Ministerio de Salud”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Por diez votos para la dispensa, y por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Vota en contra para la Dispensa el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda:
ACUERDO 5.- AUTORIZAR PERMISO A LA FUNDACIÓN ESPERANZA PARA REALIZAR LA FERIA NAVIDEÑA DEL REGALO EN EL PARQUE DE PLAZA GONZÁLEZ VÍQUEZ.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por los señores Regidores Marín Gómez, Lawson Marchena, Zamora Bolaños, Acevedo Acevedo, Rivera Araya, Hernández Vásquez, Murillo Cruz, Cano Castro y Zamora Alvarez, que dice:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que se conoce solicitud de la Fundación Esperanza que es una organización sin fines de lucro, para realizar LA FERIA NAVIDEÑA DEL REGALO, dicho evento se realizaría con el propósito de obtener fondos para atender los programas de prevención de la violencia y obtener regalos para los niños de escasos recursos que cubre la fundación.
SEGUNDO: La feria se estaría llevando a cabo en los fines de semana comprendidos entre los días 30 de noviembre al 16 de diciembre. La misma se estaría realizando en el parque de Plaza González Víquez (ubicado en el costado norte de las instalaciones deportivas de Plaza González Víquez).
TERCERO: La feria se compondría únicamente de stands para venta de artículos de temporada, juegos de niños y venta de golosinas, comidas, sin venta de licor por tratarse de una actividad de enfoque familiar.
CUARTO: Que el uso de los espacios del Dominio Público Municipal son de estricta fiscalización por parte del Gobierno Local, ya que son espacios que pertenecen a toda la colectividad, pero que por mandato constitucional son administrados por el Municipio. Que el uso temporal de estos espacios públicos comprende desde las ventas de periódicos, flores y demás puestos autorizados; hasta las ferias o fiesta (turnos) tradicionales, campañas publicitarias y todas las demás actividades que se estén realizando espacios públicos. Que el Reglamento de Espacios Públicos, Vialidad y Transporte, en su Título II, Capítulo 1, referido a Ocupación y Obras en el Espacio Público, establece claramente que los permisos son temporales y revocables y que serán otorgados vía acuerdo
municipal, tal y como lo establece el Reglamento de Disposiciones Generales del Plan Director Urbano de San José.
QUINTO: Que las actividades que se desarrollen en espacios públicos deben de tener no solo la autorización del espacio público mediante Acuerdo Municipal, sino que además deberán de pagar patente temporal correspondiente a la administración municipal.
POR TANTO ESTE CONCEJO MUNICIPAL, ACUERDA:
1) Autorizar el permiso a la Fundación Esperanza para realizar LA FERIA NAVIDEÑA DEL REGALO, con el propósito de obtener fondos para atender los programas de prevención de la violencia y obtener regalos para los niños de escasos recursos que cubre la fundación. La feria se estaría llevando a cabo en los fines de semana comprendidos entre los días 30 de noviembre al 16 de diciembre. La misma se estaría realizando en el parque de Plaza González Víquez (ubicado en el costado norte de las instalaciones deportivas de Plaza González Víquez)”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Por UNANIMIDAD para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Se acuerda:
ACUERDO 6.- APROBAR PERFILES DE PROYECTOS INVERSIÓN DE ONCE CONCEJOS DE DISTRITO A FINANCIAR POR MEDIO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO DE LA REPÚBLICA DEL AÑO 2011.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por la señora Regidora Zamora Bolaños y acogida para su trámite por los Señores Regidores: Rivera Araya, Cano Castro, Acevedo Acevedo, Marín Gómez, Lawson Marchena, Zamora Alvarez y Murillo Cruz, que dice:
CONSIDERANDO
Que mediante oficio CM-014-2012 del 10 de agosto, 2012 el Poder Ejecutivo incluye en el proyecto de presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013 el monto que será destinado para las Partidas Especificas correspondientes al año 2013.
Que conforme el articulo 4 inciso a) de la Ley 7755 “Ley de Control de Partidas Especificas con cargo al Presupuesto Nacional” y su Reglamento, y en los numerales 10 y 11 del Decreto Ejecutivo N°27810-H-MP-PLAN y sus reformas que reglamenta dicha Ley la Comisión mixta gobierno-municipalidades Partidas Especificas, comunica la propuesta de distribución de los recursos para el Cantón Central de San José.
Que dicha distribución para el ejercicio económico del año 2013, al Cantón Central de San José, es por un monto de ¢ 58.714.374.00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO COLONES).
Que dicho monto se distribuye de la siguiente manera.
Distrito Carmen 1.607.905,1 Distrito Merced 4.547.402,8 Distrito Hospital 5.201.477,7
Distrito Catedral 3.996.152,2 Distrito Zapote 4.277.752,3
Distrito San Francisco de Dos Ríos 4.160.689,3 Distrito Uruca 7.922.779,7 Distrito Mata Redonda 2.563.506,6 Distrito Pavas 9.966.320,9 Distrito Hatillo 7.567.438,1 Distrito San Sebastián 6.902.949,1
Que de igual manera mediante Ley 7755, se establece los requisitos para la presentación ante Ministerio de Hacienda y Asamblea Legislativa, adjunto se encuentran los perfiles de los diferentes proyectos de inversión a ejecutar el año 2013.
POR LO TANTO SE ACUERDA
Aprobar las propuestas de los diferentes Concejos de Distrito, de los proyectos de inversión a financiar por medio del Presupuesto Ordinario de la República para el ejercicio económico 2013, mediante Partidas Especificas, por un monto de ¢ 58.714.374.00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO COLONES).
Que dichos perfiles serán remitidos conforme lo establece la legislación vigente al Ministerio de Hacienda y a la Asamblea Legislativa, para la respectiva aprobación.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Por diez votos para la dispensa, y por nueve votos para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. El Regidor Murillo Cruz no vota por no encontrarse en el recinto. Vota en contra para el fondo y aprobación definitiva la edil: BERMÚDEZ SALGUERO. Se acuerda:
ACUERDO 7.- AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE SUSCRIBIR ESCRITURA EXPROPIACIÓN DERECHO 23 PROPIEDAD DE PINA BOT S.A., INMUEBLE ANTIGUA BOTICA SOLERA.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por el señor Alcalde Araya Monge, que dice:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: La Municipalidad de San José está haciendo un gran esfuerzo para rescatar la denominada zona roja de la capital, la cual es conocida por su alto grado de delincuencia y distribución de droga la cual se ubica en los alrededores del antiguo Cine Líbano, una muestra de ello es que la Municipalidad ha estado comprando y embellecimiento el Edificio de la Antigua Botica Solera, donde se pretende consolidar un centro de cultura e información para todos los jóvenes que viven en sus alrededores, reforzando así el servicio que se brinda por parte de las Bibliotecas del Cantón Central de San José.
SEGUNDO: Con esta expropiación se puede recuperar un inmueble de gran valor arquitectónico y a su vez se estaría dando un servicio cultural que sería de gran utilidad para los vecinos de esa localidad, lo cual es de interés local a la luz de los numerales 169 y 170 de la Carta Magna, en relación con los artículos 1 a 4, siguientes y correspondientes del Código Municipal vigente.
TERCERO: En este caso en concreto, ya se emitió el Avalúo Administrativo No. 112-2010, el cual fue emitido por la Dirección de Tributación Directa donde se determinó con certeza absoluta que la Sociedad Pina Bot S. A. es copropietaria de dicho inmueble específicamente dueña del derecho 23 de la finca inscrita a Folio Real No. 1 024148, es importante indicar que este avalúo fue aceptado en su momento por la señora Emilia Acuña Solera, representante legal de dicha empresa, y existe contenido presupuestario para hacer frente a esa erogación económica, por ende la Municipalidad de San José debe de cancelarle a la sociedad antes mencionada por la compra de su derecho 23, la suma de ¢ 37.235.812.50 colones exactos.
CUARTO: Que conforme a la normativa vigente este acto jurídico debe de perfeccionarse por medio de la confección de una escritura pública de compra venta, para lo cual se necesita autorizar al señor Alcalde Municipal como corresponde por medio de Acuerdo Municipal en calidad de Representante Judicial de la Municipalidad de San José.
POR TANTO:
En consideración de lo antes expuesto y con sustento en lo establecido en los numerales 169 y 170 de la Carta Magna, en relación con los artículos 1 a 4, siguientes y correspondientes del Código Municipal vigente se autoriza al señor Alcalde Municipal, para que en representación de la Municipalidad de San José, proceda a suscribir la escritura de compra venta para expropiar el derecho 23 de la finca Folio Real No. 1-024148, propiedad de la Sociedad Pina Bot S. A, expropiación que se valora en la suma de ¢ 37.235.812.50 lo anterior con fundamento en lo establecido en el Avalúo Administrativo No. 112-2010 emitido por la Dirección de Tributación Directa, para lo cual la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Municipalidad, deberá gestionar lo pertinente ante el Notario Externo de esta Municipalidad, según contratación existente”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Por nueve votos para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Votan en contra los ediles: HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y BERMÚDEZ SALGUERO. Se acuerda:
ACUERDO 8.- AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE SUSCRIBIR CONVENIO DE COOPERACIÓN CON LA FUNDACIÓN PANIAMOR PARA EL DESARROLLO DE CAPACITACIÓN, RECREACIÓN Y PRMOCIÓN DE POBLACIÓN ADOLESCENTE DE BARRIOS DEL SUR MEDIANTE EJECUCIÓN PROYECTO “CLUB HOUSE SAN JOSÉ SUR”.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por el señor Alcalde Araya Monge, que dice:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que la Municipalidad de San José puede disponer de su patrimonio mediante toda clase de actos o contratos permitidos por el Código Municipal y la Ley de Contratación Administrativa; que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines, según lo dispone el artículo 62, párrafo primero del Código Municipal en relación con el artículo 13, inciso e).
SEGUNDO: Que la Municipalidad de San José tiene interés particular en la promoción y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Cantón Central de San José, dando énfasis a aquellos grupos sociales y económicamente vulnerables, promoviendo la participación solidaria, comprometida, de los diferentes actores sociales.
TERCERO: Que Municipalidad de San José ha definido barrios de atención prioritaria con el fin de implementar una política integral de desarrollo local en aquellos sectores donde se presenta mayor problemática social y con el objetivo de brindar mejores oportunidades de desarrollo a los jóvenes.
CUARTO: Que la Fundación PANIAMOR, es una organización privada sin fines de lucro, de carácter técnico y naturaleza preventiva, creada en 1987 y declarada de interés público, mediante Decreto Ejecutivo N° 19212-J-H, del 13 de setiembre de 1989.
QUINTO: Que desde 1999, PANIAMOR ejecuta una serie de proyectos en asocio con INTEL, así como otros actores claves del ámbito tecnológico nacional, en los que se utilizan las Tecnologías de la Información y al Comunicación como herramienta para estimular el crecimiento personal y el progreso social de la población adolescente de comunidades en desventaja social; lo que ha permitido generar un conocimiento en este ámbito reconocido nacional e internacionalmente.
SEXTO: Que el modelo Club House consiste en la creación de un ambiente de aprendizaje creativo y seguro para adolescentes de comunidades con poco acceso a tecnologías, donde pueden aprender junto con mentores y explorar su creatividad, obtener información, desarrollar sus destrezas y fortalecer su autoestima, mediante el uso de la tecnología.
SÉTIMO: Que en conjunto con PANIAMOR, la Municipalidad de San José decidió desarrollar el proyecto denominado: “Club House San José Sur”, el cual está dirigido a adolescentes de comunidades en desventaja social y que para estos efectos ambas organizaciones han seleccionado a la Ciudad de San José, específicamente el Barrio de Hatillo2, para implementar desde allí dicho proyecto con proyección a los barrios al Sur del Cantón Central de San José.
OCTAVO: Que para el desarrollo de estos objetivos la Municipalidad de San José y la Fundación PANIAMOR deberán suscribir un “Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Actividades de Capacitación, Recreación y Promoción de la Población Adolescente de los Barrios al Sur del Cantón Central de San José, Mediante la Ejecución del Proyecto “Club House, San José Sur”.
POR TANTO
Este Concejo Municipal acuerda autorizar al Alcalde de la Municipal de San José, a suscribir un: “CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE CAPACITACIÓN, RECREACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POBLACIÓN ADOSLECENTE DE LOS BARRIOS AL SUR DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ, MEDIANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “CLUB HOUSE SAN JOSÉ, SUR”, POR UN PLAZO DE CUATRO AÑOS PRORROGABLES POR PERIODOS IGUALES, PREVIO ACUERDO DE LAS PARTES”.
CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN, RECREACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POBLACIÓN ADOLESCENTE DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ, MEDIANTE LA
EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR".
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Y FUNDACIÓN PANIAMOR
Entre nosotros JOHNNY ARAYA MONGE, mayor, divorciado, Ingeniero Agrónomo, vecino de San José, portador de la Cédula de Identidad número uno-cuatrocientos setenta y seis — setecientos veinticuatro, vecino de San José, en mi condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ, con cédula jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil cincuenta y ocho- cero nueve, según Resolución Número Diecinueve- E11-2011 a las nueve horas con treinta minutos del tres de enero del año dos mil once, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Número diez, del catorce de enero del dos mil once, debidamente autorizado para este acto de conformidad con el artículo 17 inciso n) del Código Municipal quien se denominará por un lado y para los efectos de este convenio "LA MUNICIPALIDAD", por el otro, la señora MILENA GRILLO RIVERA, mayor de edad, divorciada, portadora de la cédula de identidad uno, trescientos cuarenta y uno, trescientos tres vecina de Escazú, Apoderada Generalísima de la FUNDACIÓN PANIAMOR, con cédula jurídica N° tres- cero seis, cero ochenta y cuatro mil setecientos setenta y nueve, domiciliada en la Avenida Central entre calles 29 y 33, en su condición de parte del convenio de cooperación conjunta entre la compañía INTEL y la Fundación PANIAMOR que selecciona a esta última como organización no gubernamental encargada de la canalización y administración de los recursos económicos destinados por INTEL como parte de su compromiso social con el país, aportándolos a diversos proyectos de desarrollo social, como los requeridos para la implementación del proyecto denominado "COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR"; quien en adelante y para los efectos de este convenio se denominará «PANIAMOR», considerando:
1-Que LA MUNICIPALIDAD de conformidad con lo dispuesto en el numeral ciento sesenta y nueve y ciento setenta de la Constitución Política, en concordancia con lo establecido en los numerales dos, cuatro, párrafo primero e inciso c), es la entidad llamada a velar por la administración de los intereses y servicios locales, en la Jurisdicción de su competencia; sea el Cantón Central de San José. Por lo que al amparo de esa competencia constitucional y legal que el ordenamiento le confiere, puede concertar con personas o entidades nacionales pactos y convenios, necesarios para el cumplimiento de sus fines, tal y como lo dispone el artículo 4 inciso f) del Código Municipal;
2.Que LA MUNICIPALIDAD puede disponer de su patrimonio mediante toda clase de actos o contratos permitidos por el Código Municipal y la Ley de Contratación Administrativa; que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines, según lo dispone el artículo 62, párrafo primero del Código Municipal en relación con el artículo 13, inciso e).
3. Que LA MUNICIPALIDAD, tiene interés particular en la promoción y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Cantón Central de San José, promoviendo la participación solidaria y comprometida de los diferentes actores sociales.
4. Que el Departamento de Servicios Culturales de LA MUNICIPALIDAD, tiene como línea estratégica la planificación, construcción y rediseño de equipamientos de proximidad para brindar igualdad de acceso a los bienes y contenidos culturales; transformando las bibliotecas en centros cívicos y culturales de información comunal, para que distintos sectores de la población puedan acceder a los servicios culturales, artísticos, de información, formación, tecnologías y otros. Además de brindar acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en los barrios y distritos JOSÉfinos. Facilitar la instalación de equipos tecnológicos más potentes en las bibliotecas, realizar talleres, brindar acceso a internet y otros. Además de promover y facilitar capacidades y conocimientos para que la población del Cantón Central de San José, que les permita empoderarse en el ámbito personal, familiar y local, con el fin de que asuman un papel protagónico en la atención, canalización y resolución a sus necesidades y demandas.
5. Que el Departamento de Servicios Culturales cuenta con un sistema de Bibliotecas Municipales, donde se imparten múltiples servicios dirigidos a potencializar el desarrollo integral de los niños, niñas, jóvenes y adultos, y que este Departamento tiene el interés de ampliar este servicio a otras poblaciones, mediante la operación de un Clubhouse en el cual la población adolescente se instruya y desarrolle su creatividad con apoyo de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
6. Que la experiencia y los logros resultantes del proyecto Clubhouse San José Sur desde 2009 hasta 2012, sirven de base para la renovación de este convenio que tiene como finalidad ampliar el alcance y cobertura de los esfuerzos conjuntos realizados hasta la fecha, para servir en adelante a una población más extensa, como lo es la población adolescente que habita en los barrios al Sur del Cantón Central de San José, definidos como de atención prioritaria para LA MUNICIPALIDAD.
7. Que PANIAMOR, es una organización privada sin fines de lucro, de carácter técnico y naturaleza preventiva, creada en 1987 y declarada de interés público, mediante Decreto Ejecutivo No. 19212-J-H, del 13 de Septiembre de 1989.
8. Que la misión de PANIAMOR es "lograr el cumplimiento de los derechos de las personas menores de edad en Costa Rica, a través del desarrollo de programas de movilización social dirigidos a fortalecerlas en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades, prevenir la violencia e impulsar la formulación de políticas públicas y prácticas institucionales que contribuyan a avanzar en dicho cumplimiento".
9. Que PANIAMOR cuenta con un Programa de Desarrollo Social cuyo objetivo es "fortalecer a las personas adolescentes en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en su capacidad de aporte al desarrollo nacional".
10. Que en el marco del Programa de Desarrollo Social, desde 1999, PANIAMOR ejecuta una serie de proyectos en asocio con INTEL, así como otros actores claves del ámbito tecnológico nacional, en los que se utilizan las Tecnologías de la Información y la Comunicación como herramienta para estimular el crecimiento personal y el progreso social de la población adolescente de comunidades en desventaja social, condición definida según indicadores como el Índice de Desarrollo Humano Cantonal; lo que ha permitido generar un conocimiento en este ámbito reconocido nacional e internacionalmente.
11. Que INTEL, como parte de su compromiso social con el país, aporta recursos diversos de Desarrollo Social de Paniamor, y en este marco ha designado a PANIAMOR como organización no gubernamental encargada de la canalización y administración de los recursos económicos requeridos para la implementación del Modelo denominado "CLUBHOUSE", de operación amparada en licencia otorgada a PANIAMOR por el Museo de Ciencias de Boston, E.U.A.
12. Que el Modelo "CLUBHOUSE" consiste en la creación de un ambiente de aprendizaje creativo y seguro para adolescentes de comunidades de poco acceso a la tecnología, donde pueden aprender junto con mentores y explorar su creatividad, obtener información, desarrollar sus destrezas y fortalecer su autoestima, mediante el uso de la tecnología.
13. Que tanto LA MUNCIPALIDAD como PANIAMOR tienen intereses, fines y potestades en común, por lo que han establecido mecanismos para la promoción de espacios y oportunidades a su alrededor, en el ámbito personal, social y local mediante la realización de acciones culturales, deportivas y socioeducativas.
14. Que en conjunto con PANIAMOR, LA MUNICIPALIDAD ha decidido desarrollar el proyecto denominado
"CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR" el cual está dirigido a adolescentes de comunidades en desventaja social y que para estos fines ambas organizaciones han seleccionado a la Ciudad de San José, específicamente el Barrio de Hatillo 2, para implementar desde allí dicho proyecto con proyección a los barrios del Sur del Cantón Central de San José.
Con sustento en lo anterior, hemos convenido suscribir el presente CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN, RECREACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POBLACIÓN
ADOLESCENTE DE LOS BARRIOS AL SUR DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ, MEDIANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO «CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR" el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: Del Objeto: El objeto del presente convenio será el desarrollo de actividades de capacitación, recreación y promoción dirigidas a personas menores de 18 años de los barrios al Sur del Cantón Central de San José, mediante la realización del Proyecto denominado: "CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR". Este proyecto se desarrollará en instalaciones que aporta LA MUNICIPALIDAD, en el Distrito de Hatillo, Barrio Hatillo 2, finca con plano catastro número SJ- 404071-80, con un área de 5.961.59m2; del Centro de Acopio Municipal, primera entrada a mano derecha, 75 metros norte, contiguo a K9. Para esos efectos las instalaciones serán debidamente habilitadas para el adecuado funcionamiento del proyecto, en terrenos de su propiedad.
CLÁUSULA SEGUNDA: De la elección de beneficiarios/as: La elección de las y los beneficiarios adolescentes estará a cargo de PANIAMOR por medio del equipo ejecutor definido para el proyecto, quien velará por el cumplimiento del perfil de ingreso de las y los participantes, en cuanto a edad (12 a 18 años) y residencia dentro del Cantón Central de San José, lo cual estará bajo la supervisión del Departamento de Servicios Culturales de LA MUNICIPALIDAD. PANIAMOR entregará como parte de los informes semestrales, la información de las personas adolescentes inscritas por periodo. En caso de personas adolescentes que no residan dentro del Cantón Central de San José con interés de participar, PANIAMOR presentará debida justificación al Departamento de Servicios Culturales, siempre y cuando esta participación no exceda el 10% de la cantidad de personas adolescentes inscritas en la base de datos del proyecto.
CLAUSULA TERCERA: Del plazo: El presente convenio tendrá un plazo de cuatro años, contados a partir del 1 de enero de 2013. Un año antes de finalizar el convenio, las partes suscribientes valorarán la posibilidad de continuar o no con el proyecto y documentarán por escrito la resolución, de acuerdo, así como los compromisos a asumir en caso de que el convenio sea prorrogado.
CLAUSULA CUARTA. De la terminación. No obstante lo anterior, cualquiera de las partes, mediante la presentación de un oficio comunicará a la otra su decisión de dar por terminado el presente convenio, en el momento que lo considere oportuno. La terminación será efectiva a partir de la fecha que establezca el oficio en cuestión, pero en ningún caso en un plazo menor a dos meses luego de presentado el mismo. En todo caso, las etapas que se hubiesen iniciado deberán ser concluidas, según la programación de las acciones previstas para el semestre en ejecución para ello PANIAMOR entregará anualmente el documento de planificación del COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR al Departamento de Servicios Culturales de LA MUNICIPALIDAD. En el oficio se indicará la forma en que se concluirán las actividades pendientes para el trimestre que se encuentre en ejecución, de haberlas. Se considerará como parte del trabajo a desarrollar durante esta etapa, la preparación de aquellos informes o trabajos requeridos para dar un fin responsable al mismo.
Una vez vencido el plazo establecido para la terminación, las partes podrán retirar los activos de su propiedad de las instalaciones facilitadas por LA MUNICIPALIDAD para la implementación del proyecto. No podrán removerse aquellos activos que hayan quedado incorporados al inmueble a menos que la parte que pretenda removerlos repare cualquier daño o desmejora que sufra el inmueble por efecto de tal remoción. De considerarlo conveniente las partes suscribirán un finiquito al momento de la terminación efectiva de este convenio. Se adjunta lista de activos fijos del proyecto adquiridos con fondos de la Municipalidad de San José y fondos de otras fuentes.
CLÁUSULA QUINTA: De los costos: Los costos en que se incurra para la ejecución total de las acciones objeto del presente Convenio, serán cubiertos por cada una de las partes de la manera que se dirá:
• PANIAMOR: Con fondos propios y fondos recibidos de tercera fuente, en su condición de organización no gubernamental encargada de la canalización y administración de recursos para la implementación del Modelo "CLUBHOUSE", la Fundación PANIAMOR aportará un monto global que asciende $121.051.30, monto que incluye los activos propiedad de la fundación puestos al servicio del proyecto Club House San José Sur, los equipos de hardware y software necesarios para la operación de dicho Modelo, así como piezas de mobiliario de su propiedad contempladas como propias de su diseño original. Para lo cual se adjunta inventario.
• Por su parte, LA MUNICIPALIDAD aportará los fondos totales requeridos para la ejecución del proyecto durante el plazo previsto en este Convenio, con un aporte en efectivo de $368.434 y el aporte del inmueble que asciende a la suma de ¢ 65.000.000, fraccionados durante los cuatro años de vigencia del presente Convenio, de la forma que se dirá posteriormente. El presupuesto para la ejecución del Clubhouse San José, incluirá los siguientes rubros generales a. Recursos Humanos b. Operación y c.
Inversiones; dentro de las cuales se consignarán líneas específicas que den soporte al desarrollo del proyecto.
CLÁUSULA SEXTA: Del órgano Supervisor del Convenio: La supervisión y evaluación del fiel cumplimiento del objeto de este Convenio, le corresponderá al Departamento de Servicios Culturales de LA MUNICIPALIDAD quien se
encargará de revisar y dar seguimiento al plan de trabajo anual, a los informes semestrales de avance, a los informes de ejecución presupuestaria.
Por su parte PANIAMOR, designa como Órgano Supervisor del convenio a su Dirección Ejecutiva
CLÁUSULA SETIMA: De las obligaciones de las partes: Las obligaciones generadas en virtud del presente convenio para cada una de sus partes, son las siguientes:
LA MUNICIPALIDAD:
1. Apoyará la ejecución del proyecto cediendo el uso de instalaciones desde las cuales se implementará el mismo, según se especifica en la Cláusula Primera anterior.
2. Promoverá y realizará en conjunto las convocatorias a todas las actividades programadas.
3. Prestará y/o dotará en la medida de sus posibilidades de equipo y mobiliario recreativo - educativo al inmueble.
4. Aportará los fondos totales de operación del proyecto "COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR"
por la suma de $ 368.434, para los cuatro años de implementación del proyecto. El aporte se girará mediante desembolsos por semestre adelantado. El primer año corresponde a la suma de $ 86.973, el segundo año la suma de
$ 90.027, el tercer año: $ 93.758 y el cuarto año: $ 97.676. El primer desembolso de cada año estará sujeto a la presentación y aprobación del Plan Anual de Trabajo y el segundo desembolso al Informe de Resultados y al informe de ejecución de recursos que presentará PANIAMOR para cada semestre inmediato anterior.
5. Garantizará la custodia debida de los bienes municipales que permanezcan en el inmueble.
6. Proveerá al inmueble del sistema de seguridad y monitoreo necesario para salvaguardar el equipo, mobiliario y materiales y suministros requeridos para el desarrollo del proyecto.
7. Generará alianzas estratégicas con otras instituciones para la consecución de recursos financieros, humanos, técnicos y materiales para el desarrollo de los servicios y programas a ejecutar.
8. Cubrirá los costos relacionados con servicios públicos (agua, electricidad y teléfono), así con mantenimiento de instalaciones y de Aires acondicionados, por el plazo de vigencia del presente convenio.
9. Aportará el servicio de impresión de materiales para apoyar los procesos de difusión y promoción del
"COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR".
10. Apoyará el desarrollo y la gestión de actividades artísticas en el marco de las acciones que se desarrollan en el local del "COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR" o fuera de él.
11. Facilitará en la medida de sus posibilidades recursos como toldos, transporte de materiales, personal y participantes, luces, sonido, y otros equipos; en apoyo del desarrollo de actividades desde el
"COMPUTER CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR" o fuera de él.
PANIAMOR:
1. Pondrá a disposición los equipos de su propiedad como mobiliario, equipos de cómputo, audio, video y software así como otros recursos de tipo lúdico (legos, instrumentos musicales) requeridos para la implementación del Modelo "CLUBHOUSE", aportando el mantenimiento de los mismos, de manera que puedan ser utilizados en el proyecto durante la vigencia de este convenio. Ver el inventario adjunto.
2. Asimismo se compromete a poner a disposición del proyecto, para su uso durante la vigencia de este Convenio, mobiliarios y equipos entregados en calidad de donación a PANIAMOR y que fortalezcan el adecuado desarrollo del CLUBHOUSE por la suma de $121.051.30 durante los cuatro años de convenio.
Se incluye en inventario adjunto.
3. Pondrá al servicio del proyecto la licencia de uso del Modelo CLUBHOUSE, de la cual es concesionaria en virtud de convenio suscrito al respecto con el Museo de Ciencias de Boston, E.U.A.
4. Suscribirá los acuerdos y convenios necesarios con las instituciones que participarán en la implementación del Proyecto "CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR", previa información y aval del Departamento de Servicios Culturales de la MUNICIPALIDAD
5. Apoyará durante la duración de ejecución del proyecto con capacitación a los coordinadores de los programas y proyectos, el acceso a La Red Internacional de CLUBHOUSE y la participación de representantes del proyecto en actividades internacionales de la Red como el Teen Summit (bianual) y el Congreso Internacional Anual de la Red internacional de CLUBHOUSE.
6. Administrará y supervisará la buena ejecución del proyecto "CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR", para el mejor cumplimiento de sus fines.
7. Promoverá y realizará en conjunto con el Departamento de Servicios Culturales de la MUNICIPALIDAD las convocatorias a todas las actividades programadas en la planificación anual del proyecto.
8. Diseñará y administrará los programas socioeducativos y tecnológicos que se desarrollen en el inmueble correspondientes al proyecto "CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR", incluyendo la contratación y supervisión de
personal y manejo de los fondos aportados por LA MUNICIPALIDAD, para lo cual PANIAMOR presentará anualmente los informes financieros auditados del proyecto.
9. Pondrá al servicio del proyecto su Capital Organizacional conformado por su acervo metodológico, su experiencia comprobada de trabajo con población adolescente y comunidades en desventaja social, y la red de instituciones, empresas y personas que apoyan su quehacer en general, cuyo valor se estima, para todo el plazo de ejecución del proyecto en la suma de Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Dólares $ 55.000, según estimación del valor de las aportaciones intangibles de la auditoría de PANIAMOR. los cuales serán un aporte en especie, por lo que no se dará un aporte en efectivo.
10. Promocionará y se ocupará de las relaciones públicas de los programas socioeducativos y tecnológicos correspondientes al proyecto "CLUBHOUSE SAN JOSÉ SUR" que se desarrollen en el inmueble con participación de terceras instancias, con el objetivo de obtener recursos financieros, humanos, técnicos y materiales.
11. Dará seguimiento y evaluará el desarrollo del Proyecto y presentará informes cuatrimestrales y anuales de resultados al Departamento de Servicios Culturales, así como un informe final de actividades al concluir este Convenio por cualquier causa, si así lo convinieren ambas partes.
12. Participará en forma conjunta con las partes del presente convenio, en la elaboración y promoción de proyectos específicos orientados al desarrollo social, cultural y educativo de los y las jóvenes de los barrios al sur del Cantón Central de San José, promoviendo así el desarrollo integral de la población adolescente y todas sus expresiones.
CLÁUSULA OCTAVA: De las modificaciones al Convenio: Ninguna modificación podrá ser introducida al presente convenio, sin el acuerdo previo de las partes firmantes. En caso de acordarse cambios o modificaciones al mismo, se harán constar en documento separado y adjunto como un addendum.
CLAUSULA NOVENA: De la Estimación: Para efectos fiscales, y de conformidad con el artículo 31 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se estima el presente convenio en la suma de $489.485,30, considerando el aporte de ambas partes, durante todo el plazo del convenio, conforme a la Cláusula Sétima.
CLÁUSULA DECIMA: De la Vigencia: Este convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir de la firma del mismo, de conformidad con las disposiciones administrativas propias de LA MUNICIPALIDAD para este aspecto.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: De la autorización para la Firma del Convenio: Con base en el Acuerdo Municipal Número XX, Artículo XX, de la Sesión Ordinaria XX, del XXXX, se autoriza al señor Alcalde para la suscripción de este convenio.
DE CONFORMIDAD LAS PARTES CON LO ANTES EXPUESTO, SUSCRIBIMOS EL PRESENTE CONVENIO EN LA CIUDAD DE SAN JOSÉ A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
Johnny Araya Monge Milena Grillo Rivera
Alcalde de San José Directora Ejecutiva FUNDACION PANIAMOR”
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Por UNANIMIDAD para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Se acuerda:
ACUERDO 9.- TENER POR CONOCIDO Y APROBADO “PLAN ANUAL DE TRABAJO DE LA AUDITORÍA INTERNA CORRESPONDIENTE AL PERÍODO 2013”.-
“Acójase y apruébese moción suscrita por la señora Regidora Zamora Bolaños, que dice:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante oficio No. -A-AI-685-2012, de fecha 13 de noviembre del 2012, la Auditoría Interna remite a este Honorable Concejo Municipal el “PLAN ANUAL DE TRABAJO DE LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ”, para su conocimiento y aprobación.
SEGUNDO: Que siguiendo lo establecido en el apartado 2.2.2. de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna, en el Plan de Trabajo Anual el Auditor Interno y los funcionarios de la Auditoría Interna según proceda, deben formular un Plan de trabajo anual basado en la Planificación estratégica, que comprenda todas las actividades por realizar durante el período, se mantenga actualizado y se exprese en el presupuesto respectivo..”.
TERCERO: Que en virtud de lo anterior el apartado 2.2.3. del referido Manual establece que “El Plan de trabajo anual de la auditoría interna y el requerimiento de recursos necesarios para su ejecución, se debe dar a conocer al jerarca, por parte del auditor interno. Asimismo, se deben valorar las observaciones y solicitudes que, sobre los
contenidos de ese plan, plantee esa autoridad en su condición de responsable principal por el sistema de control interno institucional. Las modificaciones al plan de trabajo anual que se requieran durante su ejecución, deben comunicarse oportunamente al jerarca”.
CUARTO: Que el plan anual y sus modificaciones, se deben remitir a la Contraloría General de la República, en la forma y términos que al efecto disponga ese órgano contralor. La remisión de esa información no tiene como objetivo otorgar una aprobación o visto bueno a lo planificado por la auditoría interna”.
POR TANTO:
Este Concejo Municipal con fundamento en los apartados supra citados acuerda:
Tener por conocido y aprobado el “PLAN ANUAL DE TRABAJO DE LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD SAN JOSÉ, CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2013”.