El 10 de octubre 2021, la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte y las organizaciones abolicionistas del mundo entero celebraremos la
19ª Jornada Mundial contra la Pena de Muerte .
Este año, la Jornada Mundial se dedica a las mujeres que pueden ser condenadas a muerte, las que han sido condenadas a muerte y las que han
sido ejecutadas, así como a aquellas que han sido indultadas o reconocidas inocentes... Sus historias son realidades invisibles.
• Después de los años 70, el movimiento abolicionista mundial ha ganado victorias cada vez más numerosas y decisivas. Hoy día, 144 paises1 son abolicionistas en la ley o en la práctica, que representa más de dos tercios de los países del mundo. Aunque las estadísticas que cuantifican el número de mujeres condenadas a muerte actualmente son escasas, según el informe de Amnistía Internacional sobre la pena de muerte el 2020, al menos 28.567 personas estaban en el corredor de la muerte en todo el mundo, entre las cuales al menos 113 mujeres.
• Así mismo, esta cifra se refiere sólo a cifras confirmadas de siete paísesy no tiene en cuenta las mujeres condenadas a muerte en otros países de los que no se dispone de cifras y detalles precisos ni de desglosamiento por sexo. En el informe de 2018 titulado Judged for More than Her Crime2, se estima que al menos 800 mujeres han sido condenadas a muerte en todo el mundo, de las cuales más de 100 fueron ejecutadas en el periodo entre el 2008 y el 2018.
• Los instrumentos legales internacionales tienen como objetivo excluir a las mujeres embarazadas y las madres de niños pequeños de la aplicación de la pena de muerte (ved la página 6). No obstante esto, estos instrumentos no abordan la discriminación legal i socioeconómica basada en el género a que se enfrentan continuamente las mujeres. Las muchas formas de discriminación basadas en el sexo y el género, a menudo asociadas a otros elementos de identidad, como la edad, la orientación sexual, la discapacidad y la raza, exponen a las mujeres a formas de desigualdades estructurales que se entrecruzan. Estos sesgos pueden pesar mucho en la sentencia, especialmente cuando las mujeres son estereotipadas como mala madre, bruja o mujer fatal. Esta discriminación también puede provocar que no se tengan en cuenta circunstancias atenuantes esenciales durante la detención y el juicio, como el ser víctima de violencia y abuso de género. La no discriminación es un principio fundamental de los derechos humanos recogido en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros tratados fundamentales sobre derechos humanos.
1Amnistia Internacional, https://www.amnesty.org/es/documents/act50/3760/2021/es/
2 Centro Cornell sobre la pena de muerte en el mundo. https://deathpenaltyworldwide.org/fr/publication/judged-more-than-her- crime/
GLOSARIO
3• El "género": identidad en relación con el "masculino" y el "femenino“. Estas nociones se construyen socialmente en lugar de basarse en características físicas.
• Discriminación basada en el género: una forma de discriminación contra la persona por su género, que es puede manifestar de diversas maneras, visible o no.
• Violencia machista: violencia dirigida contra una persona a causa de su sexo biológico o identidad de género y basada en relaciones de poder desigual. Comprende la violencia física, sexual, verbal, emocional y económica, así como amenazas y coacciones. No se ha de confundir con la expresión violencia contra las mujeres, que excluye una comprensión amplia de género.
• El concepto "interseccionalidad: reconoce que la discriminación estructural, basada, por ejemplo, en el sexo, el género, la raza, la clase, la casta o cualquier otro motivo prohibido, no opera aisladamente; los individuos pueden sufrir formas de discriminación adicional o única por la combinación de diferentes formas de discriminación a las que están sometidas.
3 Definiciones proporcionadas por Cornell Center on the Death Penalty Worldwide i Harm Reduction International.
• TANZANIA: Ghati Mwita
(Fuente: Reprieve)Cumplió 3 años de prisión por el asesinato de un hombre muerto en el incendio accidental en su casa.
«Como muchas mujeres en la cárcel, Ghati tuvo una vida difícil y superó muchos retos. Se casó por primera vez cuando tenía 13 años i dio a luz a su único hijo. Infeliz en su matrimonio, huyó y se unió a la fuerza policial, donde destacó. Mientras trabajaba, fue violada por su supervisor y tuvo que dejar el trabajo. Después de abandonar la policía, conoció a su segundo marido, Manfred, de nacionalidad alemana, que trabajaba en Tanzania. Se casaron y se establecieron en Alemania, donde fueron felices durante casi 20 años. En 2007, Ghati regresó a Tanzania donde creó una organización benéfica para luchar contra la mutilación genital femenina (MGF), a la que había sido sometida de joven. El feliz retorno duró poco. [Después del incendio accidental de su casa,] Ghati fue puesta bajo custodia policial seis días sin poder consultar un abogado. En el juicio, no había pruebas claras contra ella y todos los testimonios estaban llenos de incongruencias y contradicciones. A pesar de ello, Ghati fue condenada a muerte y pasó muchos años en el corredor de la muerte. Ghati siempre ha proclamado su inocencia»
• JAPÓN: Masumi Hayashi
(Fuente : Japan Innocence & Death Penalty)Está en el corredor de la muerte en Japón desde 2002.
«En julio de 1998 murieron cuatro personas después de comer curri envenenado en un festival de mi distrito. Había ayudado a preparar el curri, y mi marido usaba arsénico con frecuencia en su negocio de erradicación. Cuando se descubrió que el curri contenía arsénico, me convertí en sospechosa y los medios de comunicación se presentaron como chacales. Las 24 horas del día, subían y nos fotografiaron a mi, mi marido y nuestros cuatro hijos. A mis hijos les preguntaron: “¿Crees que tu madre es asesina? ¿Qué harás si es arrestada?” Incluso fueron a revolver nuestras papeleras. Según la legislación japonesa, la fiscalía ha de proporcionar un motivo penal al tribunal. La supuesta razón era venganza, mi rabia por los insultos de la gente del barrio. Nunca se ha demostrado nada. A los medios de comunicación les encanta la mujer fatal y mi foto apareció en la portada de los periódicos más importantes. A pesar de la falta de evidencias, he sido condenada a muerte.»
• IRÁN: Fatemah Haqiqatpajuh
(Fuente : Centro Abdorrahaman Boroumand)Fue ejecutada el 2008 por haber defendido a su hija de una violación
4«La Sra. Haqiqatpajuh fue arrestada en 2001 después de la desaparición de su marido, Mohammad, y el descubrimiento de su cuerpo en un río cerca de Teherán. Durante el juicio por el asesinato de su marido, ella dijo [...] que se despertó al oír ruidos procedentes del dormitorio de su hija. Corrió hacia allí y vio el cuerpo desnudo y desamparado de su hija en las manos de su marido. Ella lo atacó. [...] “Mi hija tenía sólo 15 años y quedó aplastada bajo su cuerpo. Luché con él". [Durante su juicio] sólo hubo una vista y la señora Haqiqatpajuh tuvo que defenderse sin abogado.»
4 Historia completa de Fatemah en inglés en: https://www.iranrights.org/memorial/story/-7767/fatemeh- haqiqatpajuh
• INDONESIA: Merri Utami
(Fuente: LBH Masyarakat del Community Legal Aid Institute)Condenada en 2002 por tráfico de estupefacientes, acusación de la que ella asegura no ser en absoluto nunca consciente
5«Catorce años después de su condena, fue trasladada a la isla de Nusakambangan, en Cilacap, donde suelen tener lugar las ejecuciones. “La primera vez que entré en el centro de detención de Tangerang, estaba aterrorizada. Cuando los jueces me condenaron a muerte, me emocionaron intensamente. Mientras vivía en la prisión, intenté hacer las paces con este entorno inimaginable. He llenado los días de jardinería [...] participé en muchas actividades, desde la música hasta la oración [...] Una noche, dos guardias de la prisión me despertaron. Los guardias me informaron que debía ir a Cilacap, en el centro de Java. Enmudecí. Mis ojos miraban hacia la celda donde antes vivía el desaparecido Rani Andriyani, otro interno del corredor de la muerte con la misma situación que yo. En Nusakambangan, perdí el apetito. Durante dos días, no conocí a nadie, excepto a los guardias. En los siguientes días (pocos) me visitó mi hija que llevó a mi pequeño nieto. Fue un gran dolor. Todo en la prisión de Cilacap parecía tan desconocido. Cada vez que oía que se abrían las puertas o se desbloqueaban los cerrojos, me hervía l sangre; ¡duró tanto! Espero estar libre, con mi familia y los otros, y volver a ser ciudadana sin la condición de condenada en el corredor de la muerte".»
5La narración completa de Merri en inglés aquí: https://www.thejakartapost.com/academia/2020/08/28/if-only-iwere- given-a-chance-to-be-free.html
• USA, Arizona: Debra Milke
(Fuente: Japan Innocence and Death Penalty Information Center i Witness to Innocence)Estuvo 22 años en el corredor de la muerte por el asesinato de su hijo . Fue totalmente exonerada en 2015.
«En diciembre de 1989, yo era mare soltera con un hijo de cuatro años, Christopher. Un
amigo, con quién vivía, llevó a mi hijo a ver el Papá Noel al centro comercial. Sin
saberlo, Christopher fue conducido al desierto por mi amigo y otro cómplice, donde le
dispararon tres tiros en la cabeza. Después, nos mintieron a mi y a la policía afirmando
que Christopher había desaparecido en el centro comercial. Mientras esperaba
desesperadamente el regreso de mi hijo, me informaron de su asesinato y al mismo
tiempo, me detuvieron. El detective que cubría el caso afirmó que había confesado
haber participado en el crimen. No fue así. A pesar de esta acusación, no renuncié a mi
derecho a ser defendida por un abogado. No había pruebas de admisión: sin
testimonios, sin cinta de audio / video y sin confesión firmada. Tampoco había pruebas
que me relacionasen con el crimen. Los motivos sugeridos eran recibir un seguro de vida
de 5.000 dólares y el miedo de que Christopher se convirtiese en un adicto como su
padre. El fiscal escondió las fechorías de este detective y decidió explicar esta versión al
jurado, en lugar de dejar que las pruebas lo hiciesen. Mi integridad fue asesinada y me
encontraron criminal a causa de mi asociación, sin saberlo, con hombres peligrosos. El
Estado, en este asunto ha violado la feminidad, la maternidad y la ley, y durante 22
años languidecí en el corredor de la muerte. He sido liberada hoy gracias a tres jueces
federales norteamericanos que examinaron mi caso y me concedieron el Habeas
Corpus.»
POEMA de Victoria Drain
6Una mujer trans, condenada a muerte en 2020 en el Estado de Ohio,
en los Estados Unidos de Norteamérica.
TIEMPO
La arena resbala, perdiendo la adherencia con las manos del tiempo como la vida de una chica olvidada que cae por las grietas, perdida
en algún lugar entre bloques de hormigón y alambre de púas.
Una autobiografía elegante grabada e las paredes de la prisión Con uñas simpáticas y maquillaje casero
rodeado de jeroglíficos misóginos
como una sola rosa femenina ahogada en un mar de espinas.
Junto a fotos de desconocidos que cree recordar
si los recuerdos pudiesen ser más que enemigos para ella.
Derivando continuamente por sus pensamientos y sueños como un largo río solitario que fluye y se niega a rendirse.
Mientras camina alrededor de su celda y finalmente se da cuenta que este tiempo nunca puede curarse ni sentirse.
Sólo revelará que incluso los espejos son capaces de mentir.
Y esta eternidad, perdón, amor y redención Nunca eran cosas que podía obtener o adquirir.
Mientras los mañanas mueren y resucitan como los ayer.
Espera y reza por las mujeres que están ante ella.
Y las cicatrices en sus brazos, sus únicos amigos restantes Permanecerán a su lado hasta su último suspiro ...
(Escrito el 4 de abril de 2021)
LA PENA DE MORT EN LA PRÀCTICA
(Fuente: Amnesty International, https://www.amnesty.org/fr/documents/act50/3760/2021/fr/)
NORMAS Y LEYES INTERNACIONALES RELATIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS – MUJERES Y DISCRIMINACIÓN
• La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, comentario general nº 3 sobre el derecho a la vida, afirma (art. 4, § 25) "Sea cual sea el delito o circunstancias del proceso, la ejecución de mujeres embarazadas o que dan el pecho [...] siempre constituirá una vulneración del derecho a la vida."
• El artículo 4 (5) de la Convenció Americana de Derechos Humanos establece que "la pena de muerte no se puede imponer a las personas que, en el momento en que se cometió el delito, tenían menos de dieciocho años o más de setenta años; de la misma manera no se puede aplicar a las mujeres embarazadas."
• El artículo 7 (b) de la Carta Árabe de derechos humanos establece que "la pena de muerte no se puede aplicar a una mujer embarazada hasta que haya dado a luz o a una madre lactante, y esto en un periodo de dos años después del parto, en todos los casos por el mejor interés del niño”.
• El artículo 6, párrafo 5, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege las nuevas madres contra la pena de muerte y el artículo 26 garantiza la igualdad ante la ley.
• El derecho a la no discriminación está recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 2) y en los principales tratados sobre derechos humanos, en particular el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art 2) y la Convención sobre los Derechos Humanos del Niño (art 2).
• El Comité para la eliminación de la discriminación contra las mujeres, en su recomendación general nº 28 (art. 2), afirma que “la discriminación por sexo o género está indisolublemente ligada a otros factores como la raza, la etnia, la religión o las creencias, la salud, estado civil, edad, clase, casta y orientación de género e identidad de género. Puede afectar a las mujeres que pertenecen a estos grupos en grados o formas diferentes a los hombres. Los Estados parte han de prever legalmente estas formas de discriminación sobrepuestas y el efecto acumulativo de sus consecuencias negativas para los interesados, y han de prohibirlas."
108
países han abolido la pena de muerte para todo los crímenes
8
países la han abolido para todos los delitos del derecho común
28
países son abolicionistas en la práctica
55
países son retencionistes
1r China 2on Irán
3r Egipto 4rt Iraq
5è Arabia Saudita Son los 5 países que tienen la mayoría de ejecutados en
el mundo en 2020.
AVANCES HACIA LA PROHIBICIÓN DE LA PENA DE MUERTE
En 2020, las ejecuciones registradas por Amnistía Internacional continuaron disminuyendo llegando al nivel más bajo en diez años, favorecido por la pandemia COVID-19. Incluso países firmes partidarios de la pena de muerte como Irán –segundo ejecutor del mundo después de China- vieron bajar el número de ejecuciones.
Estados Unidos, con Colorado y después Virginia (marzo 2021) lograron 23 estados abolicionistas, pero las ejecuciones federales se reanudaron en julio de 2020 después de una moratoria de 17 años. Chad abolió la pena de muerte por actos de terrorismo en mayo de 2020. Malawi abolió la pena de muerte en mayo de 2021. Kazakstán firmó el 2º Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos a fin de abolir la pena de muerte en setiembre de 2020 y Armenia ratificó el mismo tratado en marzo.
En todo el mundo, 175 de 193 estados miembros de Naciones Unidas no llevaron a cabo ninguna ejecución en 2020. En diciembre de 2020, la Asamblea General de la ONU votó con 123 votos a favor la resolución bienal por la moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte, con 38 en contra y 24 abstenciones.
CONDENAS A MUERTE I EJECUCIONES 5
En 2020, se registraron al menos 483 ejecuciones y se dictaron 1.477 sentencias de muerte en 54 países (contra unas 2.307 en 56 países en 2019). Con la falta de información y transparencia de muchos gobiernos retencionistas, como China, las cifras serian superiores. En 2020, se identificaron 28.567 personas condenadas a muerte.
[África Subsahariana]
En 2020, sólo Botsuana, Somalia y Sudan del Sur llevaron a cabo ejecuciones en África subsahariana. En general, ha habido una caída significativa de las ejecuciones y las condenas a muerte. En 2019 se dictaron 385 sentencias de muerte y se ejecutaron 25 personas, en comparación con 305 y 16, respectivamente, el 2020. Además, Tanzania hizo conmutaciones masivas de sentencias de muerte, con 309 sentencias conmutadas. El presidente de Camerún, Paul Biya, firmó un decreto presidencial el 15 de abril de 2020, para cambiar y emitir sentencias, aunque su alcance reducido cuestiona su eficacia.
[América]
Por 12º año consecutivo, Estados Unidos fue el único que llevó a cabo ejecuciones en Américas: 18 sentencias de muerte en 7 estados en 2020 (35 en 2019), a pesar de la reanudación del gobierno federal en julio 2020. Las autoridades militares no ejecutaron desde 1961. A pesar de la preocupante situación, la región ha registrado cifras más bajas de ejecuciones: 17 ejecuciones en 2020 (en comparación con las 22 de 2019), incluidas 10 ejecuciones federales. La pena de muerte aún se utiliza contra personas con discapacidad mental o intelectual. Fuera de Estados Unidos, sólo Trinidad y Tobago dictaron 1 nueva pena de muerte en 2020.
[Asia]
Las organizaciones de derechos humanos en China calculan en miles las ejecuciones en 2020; las cifras de pena de muerte son secreto de Estado en China, como en Corea del Norte y Vietnam. India y Taiwán han retomado las ejecuciones después de moratorias no oficiales: 4 años para India y 1 año para Taiwán. No se produjeron ejecuciones en Japón, Pakistán y Singapur. La región ha experimentado una fuerte descenso de nuevas condenas a muerte: 517 registradas en 2020, frente a las 1.227 de 2019. Muchas de las sentencias dictadas fueron una violación de las normas internacionales de derechos humanos, por aplicarse a delitos no definidos como "delito más grave” (p. ej., la pena de muerte por delitos relacionados con drogas y económicos). Según Amnistía Internacional, las personas menores de 18 años en el momento del delito han sido condenadas a muerte en Maldivas.
[Oriente Medio y África del Norte]
A diferencia de 2019, cuando aumentaron las ejecuciones, Oriente Medio y el Norte de África registraron un 25% menos de ejecuciones, con sólo 8 países sumando 437 ejecuciones registradas, y una disminución de las ejecuciones en estados como Arabia Saudita e Iraq. Pero Egipto aumentó las ejecuciones, mientras que Omán y Qatar las retomaron en 2020. A los ejecutados en Egipto, se estima que les extrajeron "confesiones"
bajo tortura i se dictaron sentencias de muerte a pesar de no cumplir el procedimientos para un juicio justo.
10 RAZONES
PARA ABOLIR LA PENA DE MUERTE
1
Ningún Estado habría de tener el poder de quitar la vida a un ciudadano/na.
2
Es irreversible. Ninguna justicia es inmune al error de autoridades judiciales y, en todos los países, hay personas inocentes condenadas.
3
Es injusta. La pena de muerte es discriminatoria, a menudo se utiliza ampliamente contra pobres, personas con discapacidad intelectual o psíquica, víctimas de discriminación por su orientación sexual o pertenencia a un grupo racial, étnico, nacional o religioso.
4
Es inhumana, cruel y degradante.
Las condiciones de vida en los corredores de la muerte provocan sufrimientos psicológicos extremos y la propia ejecución constituye una forma de tortura.
5
Prohíbe cualquier posibilidad de rehabilitación para el criminal.
6
Crea más sufrimientos indirectos, especialmente para las personas próximas a la persona condenada que serán sometidas a la violencia el
7
Se aplica infringiendo normas internacionales. No respeta los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que dice "todos tiene derecho a la vida y [que] nadie puede estar sometido a tortura o trato cruel e inhumano o degradante”. Y se contradice con la tendencia internacional hacia la abolición, reconocida 8 veces seguidas por la Asamblea General de Naciones Unidas, pidiendo establecer una moratoria universal del uso de la pena de muerte (resoluciones nº 62/149 en 2007, 63/168 en 2008, 65/206 en 2010, 67/176 en 2012, 69/186 en 2014, 71/187 en 2016, 73/175 en 2018 y 75/183 en 2020).
8
Es contraproducente, mediante la institución del asesinato de un ser humano como solución criminal, la pena de muerte refuerza más que combate la idea de asesinato.
9
No garantiza una mejor seguridad para todos/as. Nunca se ha demostrado de forma concluyente que la pena de muerte haya tenido un efecto disuasivo.
10
No todas las familias de víctimas de
asesinato admiten la pena de muerte. Un
número elevado y creciente de familias de
víctimas de todo el mundo rechazan la
sentencia a muerte, reivindicándolo
abiertamente. Ellas creen que esta pena no
recuperará su ser querido asesinado y no
honrará su memoria, que no les curará del
10 COSAS
QUE PODEMOS HACER PARA ABOLIR LA PENA DE MUERTE
ACI POSAR COSES QUE FAREM NOSALTRES, ex pregària dia x a Paròquia del Carme, etc i coses a l’abast nostre
• 1
• Organisez une manifestation. Au regard de la pandémie de Covid-19, si vous décidez d’organiser une manifestation publique, veillez à vous référer aux politiques publiques en vigueur et à faire preuve de bon sens.
• 2
• Organisez un rassemblement en visioconférence. Elle peut prendre la forme d'un webinaire, d'un atelier à distance, d'une conversation, d’un débat public [virtuel], d’une exposition ou encore d’une projection de lm [virtuelle] pour sensibiliser les
participant·e·s.
• 3
• Établir des partenariats avec des organisations de défense des droits des femmes afin de faire prendre conscience de la présence de préjugés sexistes dans l'application de la peine de mort.
• 4
• Participez à une émission télévisée et/ou radiophonique à une association oeuvrant contre la peine de mort.
• 5
• Organisez un entretien avec une femme dans le couloir de la mort pour aider à diffuser son histoire.
• 6
• Participez à un événement organisé par les abolitionnistes à travers le monde.
• 7
• Faites un don à une association oeuvrant contre la peine de mort.
• 8
• Suivez et soutenez la campagne sur les réseaux sociaux via Facebook, Instagram ou Twitter avec le hashtag : #nodeathpenalty
• 9
• Mobilisez les médias pour les sensibiliser à la question de la peine de mort.
• 10
• Participez à Cities Against the Death Penalty / Cities for Life le 30 novembre 2021.