TALLER VALORES DE LA PAZ Y DERECHOS HUMANOS
2015
DERECHO HUMANO A LA PAZ: CLAVE PARA NUESTRA CULTURA
• https://www.bing.com/videos/search?q=guerras+&go=
Submit+Query&qs=ds&form=QBVR#view=detail&mid=
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• “La paz no es la simple ausencia de guerra”
• Cultura de paz
• Según la definición de las Naciones Unidas, la cultura de paz consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y
previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las
naciones
LA PAZ
• La paz como aspiracion y necesidad humana significa no solo una disminucion de todo tipo de violencia sino condicion indispensable para que los conflictos puedan ser transformados positivamente.
• “ Si la Guerra es una cosa que se hace,
tambien la paz es una cosa que hay que
hacerla, hay que fabricar…..”
LA PAZ COMO DERECHO HUMANO
• Al ser la paz un DERECHO HUMANO
corresponde a todos los seres humanos la construccion de la misma, ya que es un
proceso que implica una forma de relacion de los seres humanos entre si.
• La paz se inicia con el reconocimeinto del
derecho de los demas a una vida digna y para esto es necesario que exitan valores
aceptados universamente.
UNESCO
• La UNESCO ha realizado grandes labores al tartar de reflexionar sobre como alcanzar y entender la paz:
• 1.- la paz es esencialmente el respeto a la vida
• 2.- La paz es el bien mas Preciado de la humanidad
• 3.-La paz es mas que el fin de los conflictos armados
• 4.- La paz es un comportamiento
• 5.- La paz es una adhesion profucnda del ser humando a los principiso de igualdad, libertad, justicia y
solidaridad.
• 6.- La Paz es tambien una asociacion armoniaso entre
ser humano y naturaleza
O.N.U.
• La ONU tambien define a la cultura de paz como un conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en:
• a) El respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la no violencia por medio de la educación, el diálogo y la cooperación;
• b) El respeto pleno de los principios de soberanía, integridad territorial e independencia política de los Estados y de no injerencia en los asuntos que son esencialmente jurisdicción interna de los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional;
• c) El respeto pleno y la promoción de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
• d) El compromiso con el arreglo pacífico de los conflictos;
• e) Los esfuerzos para satisfacer las necesidades de desarrollo y protección del medio ambiente de las generaciones presente y futuras;
• f) El respeto y la promoción del derecho al desarrollo;
• g) El respeto y el fomento de la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;
• h) El respeto y el fomento del derecho de todas las personas a la libertad de expresión, opinión e información;
• i) La adhesión a los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia, solidaridad, cooperación,
pluralismo, diversidad cultural, diálogo y entendimiento a todo
• http://www.unesco.org/cpp/sp/proyectos/sun cofp.pdf
• Leer, analizar, resumir y presentar
• https://www.bing.com/videos/search?q=valor es+de+la+paz+y+derechos+humanos&FORM=
HDRSC3#view=detail&mid=9DB4DCF0F4157E 46FD289DB4DCF0F4157E46FD28
• COMO ESTA RELACIONADA LA PAZ CON LOS
DERECHOS HUMANOS
DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos
derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional
consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional.
El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de
abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger
los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
PRINCIPIOS
UNIVERSALES: El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y
proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
INALIENABLES: Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una
persona es culpable de haber cometido un delito
INTERDEPENDIENTES E INDIVISIBLES: Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el
derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como
el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados
e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta
negativamente a los demás.
IGUALITARIOS Y NO DISCRIMINATORIOS: La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos.
Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El principio se aplica
a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no
exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con
el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres
e iguales en dignidad y derechos”.
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El movimiento internacional de los derechos humanos se fortaleció
con la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos
por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de
diciembre de 1948. Redactada como “un ideal común por el que todos
los pueblos y naciones deben esforzarse”, en la Declaración, por
primera vez en la historia de la humanidad, se establecen claramente
los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos
de los que todos los seres humanos deben gozar. A lo largo de los años
lo establecido en la Declaración ha sido ampliamente aceptado como
las normas fundamentales de derechos humanos que todos deben
respetar y proteger. La Declaración Universal, junto con el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos protocolos
facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales, forman la llamada “Carta Internacional de Derechos
Humanos”.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que los Estados deben respetar. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos.
A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a adoptar medidas y leyes internas compatibles con las obligaciones y deberes dimanantes de los tratados. En caso de que los procedimientos judiciales nacionales no aborden los abusos contra los derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos en el plano regional e internacional para presentar denuncias o comunicaciones individuales, que ayudan a garantizar que las normas internacionales de derechos humanos sean efectivamente
respetadas, aplicadas y acatadas en el plano local.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos .
La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.
La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos.
La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas
positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el
plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos
humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
NECESIDADES BASICAS, DERECHOS Y DIGNIDAD HUMANA
• Las necesidades basicas son universales
• Cada necedidad humana esta ligada a un derecho humano
• Nuestra sociedad no permite la dignidad humana plena sino son satisfechas las necesidad basicas y no son repetadados ls derechos humanos
• DETERMINAR 5 NECESIDADES BASICAS (sin las cuales nos puede vivir ni realizarse como ser humano)
• Se reunen en grupo y comentan sus necesidades basicas y unifican
• Se dividen en dos grupos un grupo escoge las necesidad basicas y el otro hace una lista de los derechos humanos, luego debemos
relacionar las necesidades basicas con los derechos humanos y justificar
• BUSCAR EN LA CONSTITUCION DEL ECUADOR SI ESTAN
GARANTIZADOS LOS DERECHOS HUMANOS
• https://www.bing.com/videos/search?q=valor es+de+la+paz+y+derechos+humanos&FORM=
HDRSC3#view=detail&mid=9DB4DCF0F4157E
46FD289DB4DCF0F4157E46FD28
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS
DERECHOS DE PRIMERA GENERACION
Se les llama así porque fueron los primeros en ser reconocidos por el Estado, también se les conoce como Derechos Civiles y Políticos pues están relacionados con la persona humana, entendida ésta como ser individual y que, por tanto, el ejercicio, aplicación y reconocimiento de estos derechos le corresponde particularmente.
• Derecho a la vida, a la libertad y seguridad personal, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, libertad de opinión, a la libre circulación, el derecho de elegir y ser elegido, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida privada, derecho de reunión y de asociación; a contraer matrimonio; derechos del niño; igualdad en el
acceso a funciones públicas; el destierro y no a las torturas, a la esclavitud y al trabajo forzoso; la prohibición de la propaganda a la guerra, al odio racial y religioso, etc.
• Todos estos derechos están garantizados y consagrados por la Constitución Política
vigente
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION
• Los Derechos de la Segunda Generación toman, también, el nombre de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y, se les llama así por cuanto en el devenir histórico aparecen después de los de Primera Generación, como producto de las luchas reivindicativas de la clase obrera frente al
desarrollo del capitalismo industrial y agresivo.
• Si bien se había materializado la libertad política y consignada derechos civiles que permitían el desenvolvimiento del hombre, sin embargo, esto no era garantía de su bienestar económico, ni mucho menos de una mejora en la satisfacción de sus necesidades. Aun existía la explotación, la miseria no había desaparecido, la fortuna seguía acumulándose en pocas manos; en tanto se hacía presente el avance industrial, la ciencia y la tecnología aplicada al desenvolvimiento económico, revolucionaban al mundo. De producción manual-artesanal se pasaba a la producción fabril-industrial en masa; los humos de las fábricas inundaban e infestaban el ambiente.
• Entre los principales Derechos Económicos, Sociales y Culturales tenemos:
• * Derecho al trabajo.
• * Derecho a una remuneración justa e equitativa en el trabajo.
• * Derecho a seguridad e higiene en el trabajo.
• * Derecho a igualdad de oportunidades para efectos de promoción.
• * Limitación de la jornada laboral (ocho horas).
• * Vacaciones y feriados de descanso y remunerados.
• * Derecho a la sindicación.
• * Derecho a la seguridad social.
• * Derecho a alcanzar un nivel adecuado de vida.
• * Derecho a participación en el desarrollo y vida cultural de la sociedad.
DERECHOS DE TERCERA GENERACION
• Los Derechos de la Tercera Generación, llamadas, también, de solidaridad, son aquellos que buscan el ordenamiento mundial en base al
sostenimiento de la paz como medio fundamental para la preservación de la especie humana, así como la protección del medio ambiente y el
derecho a acceder al patrimonio común de la humanidad.
Entre los derechos de la tercera generación, son los siguientes:
• * Derecho a la autonomía y libre determinación de los pueblos.
• * Derecho a la protección del medio ambiente.
• * Derecho a la paz.
• * Derecho a beneficiarse del patrimonio común de la humanidad
CASOS PRACTICOS
• Una anciana jubilada fue asesinada en su domicilio, según los informes periciales se produjo la muerte por estrangulamiento y golpes en el cráneo. De su domicilio le fueron sustraídos el dinero de la jubilación, artefactos domésticos y joyas varias. Su nieta de 15 años fue llevada como rehén en el auto de los delincuentes para asegurase la huida. Luego es abandonada en las afueras de la ciudad.
• En primer lugar al asesinar a la anciana se viola el derecho a la vida. Al entrar al domicilio y sustraerle el dinero, artefactos domésticos y joyas se está violando el derecho de propiedad; al llevar la nieta como rehén se está afectando el derecho a la libertad y al abandonarla en zona despoblada se produce el abandono de persona, poniendo en peligro la vida de la joven.
• En la ciudad de Santa Teresita se autoriza el funcionamiento de una fábrica que produce desechos químicos industriales contaminantes, los que son arrojados a un arroyo que atraviesa la ciudad y que desemboca en un río interprovincial, ocasionando la mortandad de peces y ganado. Así mismo en los hospitales de la zona concurren pacientes con síntomas relacionados con enfermedades provenientes de la contaminación provocada por dichos de químicos.
• Al autorizar el funcionamiento de una fábrica que produce desechos tóxicos, incluso arrojándolo al arroyo se estaría violando el derecho a un ambiente sano no contaminado, violando un derecho de tercera generación. Al ocasionar tal acto la mortalidad de ganado, se estaría violando el derecho de propiedad, un derecho de primera generación. Al producir los desechos industriales enfermedades en la población, se ve afectada la salud pública; siendo vulnerado un derecho de tercera generación, porque ha producido un daño en la salud de la población. Incluso con la mortalidad de los peces, afecta el derecho a realizar actividades productivas, vulnerando un derecho de tercera generación
• La Empresa Pluma, no abona los salarios establecidos por la ley, ni registra a su personal. A su vez los trabajadores son despedidos cuando pretenden agremiarse y disponer de medidas en defensa de sus derechos.