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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

A:

LUIS MOYA, ZAC.

2009

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 2

2.

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ... 4

INGRESOS ... 4

EGRESOS ... 8

RESULTADO DEL EJERCICIO ... 13

BANCOS ... 15

CUENTAS BALANCE ... 16

DEUDORES DIVERSOS ... 16

ACTIVO FIJO ... 18

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ... 20

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ... 23

4.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL... 31

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 31

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... 34

RAMO 3X1 PARA MIGRANTES... 35

RAMO 23 FONREGION ... 36

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ... 37

5.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ... 38

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS ... 38

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 42

RAMO 20 3X1 PARA MIGRANTES ... 44

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ... 49

REVISION FISICA A LA OBRA ... 50

FONDO REGIONAL ... 51

APORTACION DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO (SECOP) ... 54

RELLENO SANITARIO ... 55

RASTRO MUNICIPAL ... 56

(3)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN

Administración 2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 4

Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 4

Informe a la Auditoría Superior de

la Federación -

Solicitud de Intervención del

Órgano Interno de Control1 36

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal 1

Solicitud de Aclaración 6

Subtotal

51 Acciones Preventivas Recomendación2 40 Recomendación al Desempeño -

Subtotal

40

TOTAL

91

(4)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Luis Moya, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

(5)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Luis Moya, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2009 por un monto total de $33,713,838.61, los cuales se encuentran conformados por $20,327,091.94 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 85.25%. Además de $8,351,471.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $5,035,275.67 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Sin Observación

Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas, son depositados de manera íntegra y oportuna y cumplen con la normatividad aplicable, salvo las observaciones que se mencionan enseguida.

Resultado AF-02, Observación AF-01

Derivado del análisis realizado a los cobros que efectuó el municipio de Luis Moya, Zac., durante el ejercicio 2009, se verificó la aplicación de la Ley de Ingresos autorizada para dicho ejercicio, concluyéndose que el ente fiscalizado cobra tarifas inferiores a las establecidas en el citado ordenamiento legal, mismas que se detallan a continuación: CONCEPTO IMPORTE S/ LEY DE INGRESOS IMPORTE COBRADO POR EL MUNICIPIO DIFERENCIA DE MÁS DE MENOS DERECHOS Constancia de inexistencia 96.04 89.00 -7.04 Constancia de soltería 96.04 89.00 -7.04 Inhumaciones a perpetuidad lote sencillo 446.69 395.00 -51.69 Acta de identificación de cadáver 21.52 19.00 -2.52 De documentos de archivos municipales 43.05 40.00 -3.05 Contrato de compra venta 199.50 166.00 -33.50 AF-09/23-001 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, realizar el cobro de contribuciones de acuerdo a las cuotas y/o tarifas establecidas en su Ley de Ingresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 49 fracción XXIX, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-002 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-02

Derivado del arqueo de caja realizado a la Purificadora de Agua San Francisco, dependiente del Sistema de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Luis

Moya, Zacatecas, se detectaron anomalías e

inconsistencias debido a la falta de control en la venta de botellas y garrafones, ya que no registran de manera

AF-09/23-003 Recomendación

Se recomienda a la Administración

Municipal implementar un control

estricto para tapas y sellos, de manera que éste sea un medio de registro para el ingreso que se percibe por la venta de las botellas y garrafones, asimismo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

oficial la cantidad que expenden, pues no tienen implementados controles diarios para los vendedores y el encargado de la planta sobre la utilización de las tapas y sellos, así como del inventario y registro de dichos insumos, y de los ingresos obtenidos por la actividad citada. Aunado a lo anterior no expiden recibos oficiales incumplimiento con la normatividad vigente.

deberá implementar controles diarios para los vendedores y el encargado de la planta purificadora en la utilización, registro y elaboración de inventarios de

dichos insumos, aunado a la

expedición de recibos oficiales por la venta lo cual reforzará el control implementado y se cumplirá con las disposiciones en materia fiscal. Lo

anterior con fundamento en los

artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de Ley Orgánica del Municipio y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-004 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-04, Observación AF-03

Derivado de la revisión realizada al rubro de Derechos y como seguimiento al ejercicio anterior, se observó y constató que no se realizan conciliaciones periódicas entre la información que genera el responsable de expedir las Licencias y Renovaciones de Bebidas Alcohólicas y la información que emite el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental, ya que el primero informó la cantidad de $243,231.08 mientras que la Tesorería Municipal registró un monto de $262,052.06, resultando una diferencia de más por $18,820.98.

Cabe señalar que respecto de esta observación el municipio comentó lo siguiente: "En lo que respecta al Departamento de Alcoholes, cada que hay algún pago por este concepto, se verifica que este pago se haga y se contabilice correctamente incluyendo el 5% de la UAZ pasándole copia de dichos recibos al encargado de Alcoholes para su debido control por lo que nuevamente haremos una revisión a este respecto para que así se concilie exactamente con lo contabilizado en el SACG.”

AF-09/23-005 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice la conciliación correspondiente entre la Tesorería Municipal y el Departamento de Alcoholes, con el fin de prevenir diferencias en la información que generan las áreas responsables y en caso de existir, integrar la justificación de las mismas con la documentación soporte de los registros contables emitidos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-006 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-05, Observación AF-04

Derivado de la revisión realizada a la información presentada por el municipio con respecto a la expedición y renovación de licencias para la venta de bebidas alcohólicas, se observó que el municipio durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, presentó un universo de 136 licencias de Cerveza y 16 de Vinos y Licores de las cuales se derivaron las siguientes observaciones:

1.- Se detectó que el municipio tiene errores al realizar el cálculo del derecho por Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, derivando en una omisión irrelevante.

2.- Se observó que no cobra lo correspondiente al 10% adicional en algunos de los locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, resultando un importe de $1,532.53 y derivado del mismo no aplica lo correspondiente al 5% de impuesto para la UAZ.

3.- La Tesorería Municipal no tiene implementado un formato autorizado para le renovación de licencias bebidas alcohólicas.

AF-09/23-007 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo considerar lo siguiente:

1) Realizar el cobro correcto de las licencias de bebidas, aplicando las disposiciones legales establecidas en el artículo 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vigente, en el cual se establecen las cuotas y tarifas que deben utilizarse para el pago de Derechos por la venta de bebidas alcohólicas.

2) Aplicar el cobro del 10% adicional en aquellos locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, así como el cálculo del

Impuesto del 5% para la UAZ

correspondiente.

3) Implementar un formato autorizado para la renovación de licencias de bebidas alcohólicas, el cual la Tesorería Municipal deberá de dar a conocer a los titulares de las mismas y solicitarlo como requisito para su renovación anual, de acuerdo a lo establecido en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

Lo anterior con fundamento en los artículos 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracciones I y III, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-008 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa.

Se reitera la

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

intervención del

Órgano Interno de Control.

Resultado AF-06, Observación AF-05

Derivado de la revisión realizada a las 6 cajas recaudadoras del ente auditado, se observó que en todas se dispone de los ingresos diarios para afrontar gastos urgentes del municipio, erogaciones que se reponen posteriormente, pero que afectan de manera momentánea el ingreso, ya que aún cuando éste se deposita íntegro no se hace en una sola exhibición y en un sólo día, complicando así su manejo y control.

AF-09/23-009 Recomendación

Se recomienda a la Administración

Municipal no disponer de la

recaudación diaria para afrontar gastos urgentes del ente auditado, así como depositar el ingreso de manera íntegra y oportuna a las cuentas bancarias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-010 Solicitud de

Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Luis Moya, Zacatecas, fue por $36,686,696.91, los cuales se encuentran conformados por $22,834,442.53 de Gasto Corriente con un alcance de revisión de 39.61%. Además de $917,811.76 de Obra Pública, $7,269,556.79 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $5,664,885.83 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-07, Observación AF-06

Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente fiscalizado realizó erogaciones mediante la expedición de cheques de la cuenta de Gasto Corriente no. 172546203 de la Institución Bancaria Banorte S.A., que no presentan soporte documental o comprobación por un importe total de $137,181.00. Lo que se detalla a continuación:

N o. FECHA No. PÓLI ZA No. SUBC TA No. CHEQ UE IMPOR TE DEL CHEQU E RUBRO O ASPEC TO OBSERVACIO NES IMPORTE OBSERVA DO 1 25/02/2 009 C008 6 2102- 01-0141 2703 117,181 .00 IMSS (Cuotas Obrero Patronal es Conveni o) Se realizó pago parcial del Convenio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por el orden de $117,181.00, sin embargo no exhibe la documentación comprobatoria consistente en recibo expedido por dicha Institución. $ 117,181.00 2 10-sep-09 C003 90 5000- 01-3801 2934 20,000. 00 Gastos de Ceremo nia y Orden Social Corresponde a gastos que según el ente auditado fueron utilizados para la elaboración de alimentos y adquisición de artículos para el Segundo Informe de Gobierno, anexando solamente recibo de egresos número 9185 de fecha 10 de septiembre de 2010 (sic), el cual no se encuentra firmado por el beneficiario, y copia fotostática de la credencial de elector del C. Miguel Ángel Navarro Rodríguez. 20,000.00

AF-09/23-011 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por la

cantidad de $137,181.00

correspondientes a erogaciones con cargo al presupuesto de egresos que no

presentan soporte documental o

comprobación que justifiquen el destino y aplicación de los gastos efectuados, según se detalla en el Resultado que antecede. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

SOLVENTA PARCIALMENT E

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se solicita presentar la documentación comprobatoria que ampare la erogación observada y que reúna los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación o en su defecto el recibo de egresos debidamente firmado de recibido por el beneficiario. TOTAL $ 137,181.00

Resultado AF-08, Observación AF-07

Derivado de la revisión a la cuenta 3402.- Servicios Bancarios, se observó que durante el ejercicio 2009 se realizaron erogaciones por concepto de multas, comisiones bancarias u otros accesorios derivados de negligencia o descuido en el manejo y administración de los recursos.

AF-09/23-012 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal administrar adecuadamente los recursos del Municipio, teniendo el cuidado y la precaución de verificar antes de emitir un cheque que la cuenta bancaria tenga saldo suficiente para cubrirlo. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-09, Observación AF-08

Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de egresos, se detectaron erogaciones que se comprueban con documentación que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación por un monto total de $87,000.00. Lo que se detalla a continuación:

N o . FE CH A No . P ÓL IZ A No. SU BC TA No. CH EQ UE IMP OR TE DEL CH EQ UE BEN EFICI ARIO DEL CHE QUE RUBRO O ASPECT O OBSERVACIONES IMPORT E OBSERV ADO 1 04/ Oct/ 09 C0 04 13 420 9 297 4 75,0 00.0 0 C. Gabri el Medi na Carre ón Subsidio s y Transfer encias En la cuenta 4209, Patronato de la Feria, se registra la cantidad de $75,000.00, anexando recibo de egresos número 8253, carta de aceptación a nombre del C. Gabriel Medina Carreón (El Charro Zacatecano) en donde menciona que no cuenta con documentación que reúna los requisitos fiscales y recibo de Representaciones Artísticas Medina número 103 de fecha 02 de octubre de 2009, por lo que el municipio comenta: "En lo que se refiere a la póliza no. C00413 se le efectuó un pago total al Charro Zacatecano con subsidio al Patronato de la Feria el (sic) cual le elaboramos un recibo oficial, esto debido a que sólo contamos con el recibo no. 103 ya que tampoco no (sic) cuenta con facturación." $ 75,000.00 2 17/ Sep /09 C0 03 70 380 1 294 9 25,0 00.0 0 Muni cipio de Luis Moya , Zacat ecas. Gastos de Ceremon ia y Órden Social En la cuenta 3801, Gastos de Ceremonia y Orden Social se registra la cantidad de $25,000.00, dentro de los cuales se comprueba la cantidad de $12,000.00 mediante recibo de egresos número 7407 de fecha 15 de septiembre de 2009 y credencial de identificación de la C. Velia Guerrero Pérez por concepto de pago del mariachi que amenizó el evento de las fiestas patrias el día 15 de septiembre de 2009, observándose así la falta de un comprobante que cumpla con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación, por la cantidad de $12,000.00.

12,000.00

TOTAL $ 87,000.00

AF-09/23-015 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo efectuar adquisiciones y la contratación de

servicios con personas que se

encuentren inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y emitan comprobantes fiscales con el objeto de que el municipio tenga la certeza de que

sus operaciones se encuentren

debidamente soportadas y a su vez cumpla con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-10, Observación AF-09

Derivado de la revisión a la muestra de egresos se observa que en la póliza de diario número 418 de fecha 31 de diciembre de 2009, en la cuenta 4209.- Patronato de la Feria, se registra el gasto por la cantidad de $40,257.95 derivado de reclasificación del saldo de la cuenta de Deudores Diversos 1105-04-0022.- Patronato de la Feria 2007.

Respecto de esta observación el municipio en aclaración a observaciones de Confronta, comenta lo siguiente: "… son gastos originados por el Patronato de la Feria 2007 y que a

AF-09/23-017 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal para efectos de aclaración presentar ante esta Auditoría Superior del Estado, el acuerdo del H. Ayuntamiento relativo a la cancelación del saldo de Deudores Diversos a nombre del Patronato de la Feria 2007 por el orden de $40,257.95. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica

No se solventa,

y se deriva en una

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la fecha aparecían en la cuenta de Deudores Diversos por lo que hicimos la transferencia a subsidio al mismo patronato por pertenecer a la Administración anterior pero su comprobación ya fue remitida durante el ejercicio 2007”.

del Municipio, así como artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-11, Observación AF-10

Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada del rubro de egresos, se detectó que en el soporte documental de las erogaciones por concepto de Ayudas no integran las solicitudes de apoyo, evidencia documental y fotográfica de la entrega y recepción de los bienes por parte de los beneficiarios, no obstante la documentación comprobatoria cumple con los requisitos fiscales

AF-09/23-018 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo y por lo que se refiere al concepto de Ayudas,

además de la documentación

comprobatoria debidamente requisitada, se incluyan las solicitudes de apoyo por parte de las instituciones o personas que las requieran, relación de los beneficiarios con sus respectivas firmas,

anexando copia fotostática de la

identificación oficial y evidencia fotográfica en su caso, con el fin de transparentar la aplicación y destino de los recursos por ese concepto. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Municipal, en el ámbito de su

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-12, Observación AF-11

Derivado de la revisión realizada a las percepciones otorgadas a los Maestros Comisionados en el municipio de Luis Moya, Zacatecas, se observaron pagos en exceso, tal y como se detalla a continuación:

NOMBRE DE MAESTRO COMISIONADO

PERIODO DEL 1° DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2009 EROGACI ONES NO AUTORIZA DAS OTORGAD AS EN EXCESO A MAESTRO S COMISION ADOS DESCUENT O VÍA PARTICIPAC IONES EGRES O NÓMIN A TOTAL PERCI BIDO PERCEP CIÓN ANUAL INCLUID A EN PLANTIL LA DE PERSON AL

AF-09/23-020 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado

formulará Pliego de Observaciones

relativas a erogaciones realizadas por la Administración Municipal por la cantidad de $262,887.96 correspondientes a erogaciones con cargo al Presupuesto

de Egresos por sueldos,

compensaciones y otras prestaciones

superiores a las percepciones

procedentes. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PROFR. ALEJANDRO HERRERA VERDÍN PRESIDENTE MUNICIPAL $ 155,911.56 $221,2 00.00 $377,1 11.56 $ 224,750. 00 $ 152,361.56 PROFR. OSCAR DELGADO ROBLES ENC. DE LA CASA DE LA CULTURA 154,314.49 55,263. 20 209,57 7.69 55,796.0 0 55,263.20 PROFR. CARLOS LÓPEZ ALONSO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENT O 154,314.49 55,263. 20 209,57 7.69 87,000.0 0 55,263.20 $ 464,540.54 $331,7 26.40 $796,2 66.94 $ 367,546. 00 $ 262,887.96 Remuneración Procedente

Es importante mencionar que el monto observado se determinó analizando lo autorizado en la Plantilla de personal y el descuento vía Participaciones, considerando siempre el monto mayor.

(14)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Luis Moya, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2009 un Déficit de $2,972,858.30, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio y de la contratación de pasivos en el mismo.

(15)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-13, Observación AF-12

Derivado del análisis a los Estados Financieros del municipio de Luis Moya, Zac., se observa que en el Estado de Posición Financiera el saldo en Caja al 31 de diciembre de 2009, es por $10,000.00, el cual corresponde al Fondo Fijo, observándose la falta de un pagaré firmado por la persona encargada del

mismo que garantice su adecuado

manejo, además se observó que dicho importe no es suficiente para afrontar los gastos menores, debido a que no se repone oportunamente, por lo que el ente auditado se ve obligado a disponer de la recaudación diaria para afrontar gastos prioritarios.

AF-09/23-021 Recomendación

Se recomienda a la Administración

Municipal, recabar un documento mercantil que ampare el importe del Fondo Fijo firmado por la persona responsable de su manejo, así como realizar su reposición oportunamente, con el fin de contar siempre con recursos para afrontar gastos menores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la

Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos

recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(16)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-14, Sin Observación

La cuenta de Bancos presentó un saldo de $342,953.88 en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, integrado por 7 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose verificado que el ente fiscalizado realiza en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención,

además de registrar correcta y

oportunamente los cheques expedidos mediante el uso de firmas mancomunadas; cabe mencionar que se encontraron las chequeras resguardadas en la caja fuerte de Tesorería, no detectando cheques firmados en blanco.

(17)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-15, Observación AF-13

Derivado del análisis al rubro de Deudores Diversos, se verificó que el saldo al 31 de diciembre de 2009, en el Estado de Posición Financiera, ascendió a $6,401,480.70 el cual representa un incremento del 24.19% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior y está integrado por adeudos de empleados de base por la cantidad de $112,181.02 (1.75%), Otros Deudores $6,258,175.78 (97.77%), Gastos a Comprobar por $16,911.40 (0.26%) y Plan Cero por $14,212.50 (0.22%).

Cabe señalar que del saldo total, la cantidad de $6,199,621.78 corresponde a préstamos internos entre áreas y la cantidad de $201,858.92 a préstamos a empleados y otros deudores. De la revisión al soporte documental se observó que ninguno de los deudores cuenta con pagaré o documento mercantil alguno que permita al ente auditado efectuar su recuperación legal, de los cuales $53,000.00, corresponden a préstamos otorgados en el ejercicio sujeto a revisión, cuyo desglose es el siguiente:

C U E N T A NOMBRE DE CUENTA SALDO

1105-01 EMPLEADOS DE BASE

1105-01-0146 HERRERA VERDIN ALEJANDRO $ 15,000.00

1105-01-0159 DELGADO ROBLES OSCAR(DESARROLLO ECONOM) 2,000.00 1105-03 OTROS DEUDORES 1105-03-0058 MONTAÑEZ SOTO JOSE

HILARIO 36,000.00

TOTAL $ 53,000.00

Además se observaron préstamos provenientes de ejercicios anteriores que no presentaron movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión por la cantidad de $77,677.90, mismos que se detallan a continuación:

C U E N T A NOMBRE DE CUENTA SALDO

1105-01 EMPLEADOS DE BASE

1105-01-0032 ORTIZ LUEVANO GUSTAVO $ 24,000.00

1105-03 OTROS DEUDORES

1105-03-0033 DEVOLUCION DE DERECHOS 22,554.00

1105-04 GASTOS A COMPROBAR

AF-09/23-023 Pliego de

Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $53,000.00

correspondiente a préstamos

efectuados y no recuperados y que además no cuentan con documento

mercantil que permita la

recuperación legal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa

AF-09/23-024 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la recuperación de los préstamos que se encuentren pendientes y abstenerse de otorgar nuevos préstamos, en virtud de que los recursos públicos tienen fines

específicos definidos en los

programas y presupuestos del ente auditado. Referente a los adeudos

de ejercicios anteriores se

recomienda agotar las gestiones de cobro y en su caso se realice la reclasificación correspondiente como cuentas incobrables debidamente documentado y autorizado por el Cabildo, así mismo con relación a los préstamos internos que se

detallan en el Resultado que

antecede, realizar las transferencias de recursos de los programas federales una vez que estos sean

suministrados, realizando la

amortización correspondiente a los adeudos contraídos entre las áreas administrativas del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-04-0006 NAVARRO MALDONADO

JULIAN 15,411.40

1105-04-0007 CARDONA ADAME HECTOR O. 1,500.00

1105-05 PLAN CERO

1105-05-0001 DE LA RIVA SANCHEZ

GILBERTO 7,827.50

1105-05-0002 GUEVARA RIOS MIGUEL 6,385.00

TOTAL $ 77,677.90

De lo anterior, se determina que el este auditado continuó efectuando préstamos personales, aspecto no contemplado en el Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos tienen fines específicos por lo cual no deben de utilizarse para la realización de empréstitos.

Por otra parte, se observaron préstamos internos que representan el 96.85% del saldo total al final del ejercicio y que ascienden a $6,199,621.78, los cuales se desglosan como sigue:

C U E N T A NOMBRE DE CUENTA FINAL

1105-03-0030 FONDO III $ 798,922.00

1105-03-0035 FINANZAS 10,048.00

1105-03-0038 PROGRAMA 3X1 (2007) 99,440.00

1105-03-0039 TESORERIA MUNICIPAL (FONDO

III) 634,793.16 1105-03-0040 TESORERIA (FONDO IV 2008) 327,847.73 1105-03-0043 TESORERIA (PROGRAMA 3X1 2008) 272,260.00 1105-03-0044 FONDO III(TESORERIA 2008) 754,800.00 1105-03-0045 TESORERIA (APOYOS EXTRAORD.(FONDO III) 1,545,000.00

1105-03-0048 PROGRAMA 3X1 2008(FONDO III) 204,000.00

1105-03-0049 PROGRAMA 3X1(FONDO IV) 8,000.00

1105-03-0050 FONDO IV (PROGRAMA 3X1) 99,351.85

1105-03-0051 PROGRAMA 3X1(FONDO III) 60,000.00

1105-03-0052 AGUA POTABLE 25,451.42

1105-03-0053 FONDO III 2009(TESORERIA2009) 10,000.00

1105-03-0054 TESORERIA (AGUA POTABLE) 1,012.00

1105-03-0055 TESORERIA (PROGRAMA 3X1

2009) 536,376.00

1105-03-0056 TESORERIA (FONDO IV 2009) 604,589.49

1105-03-0057 TESORERIA (FONDO III 2009) 207,730.13

TOTAL $ 6,199,621.78

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos

recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Control.

(19)

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Sin Observación

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 fue por $4‟221,260.28, el cual incluye un monto de $91,274.25 de incorporaciones omitidas en el ejercicio 2008. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $125,051.94, las cuales se realizaron con Recursos Propios.

De las adquisiciones realizadas con recursos propios durante el ejercicio sujeto a revisión por $125,051.94, la más relevante fue la de una bomba sumergible de 100 HP 440 V, marca Otorga de 23 LPS, por un costo total de $75,555.00 de los cuales CONAGUA aportó $35,000.00 y el Municipio $40,555.00, misma que se encuentra instalada en el pozo no. 1 de la cabecera municipal. Derivado de la revisión física a dichos bienes, se corroboró que cuentan con su soporte documental y al servicio de las actividades propias del ente auditado.

Resultado AF-17, Observación AF-14

Derivado de la revisión de los Bienes Inmuebles, se observó que según la información que presentó la Sindicatura de 38 Bienes Inmuebles, sólo 9 cuentan con el documento legal que acredite que son propiedad del Municipio de Luis Moya, Zac., como lo es la escritura y su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. A continuación se detallan los Bienes Inmuebles mencionados:

No. CLAVE CATASTRAL DEL PREDIO

DESCRIPCIÓN UBICACIÓN SUPERFICIE

¿CUENTA CON ESCRITURAS Y SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD? SI NO

1 03.04.05 PALACIO MUNICIPAL CALLE MORELOS S/N 449.03 M2 X 2 N/A

ESC. PRIMARIA FORD NUM. 174 "ING. JULIAN ADAME ALATORRE"

FRACC. EL

MEZQUITAL 10,000. M2 X 3 25-01-188 PANTEÓN MUNICIPAL STA. CRUZ CALLE JULIÁN ADAME 2-82-30 HA. X 4 01-19-14 EX CONASUPO

CALLE AZUCENAS S/N. COL. LAS FLORES

260.00 M2 X

5 N/A PLANTA TRATADORA, AGUAS RESIDUALES

DENTRO DEL LOTE NUM. 23 FRACC. CHARCO DE LA GALLINA SALIDA SUR DEL MPIO 4-00-00 HA X 6 N/A TELESECUNDARIA COMUNIDAD DE ESTEBAN S. CASTORENA 2,500 M2 X 7 02-14-00 TERRENO BALDÍO FRACC. PRADERAS DEL SOL CALLE CEIBA S/N, MANZANA 14, SECC. 02, FRACC. PRADERAS DEL SOL

4,500 M2 X 8 03.04.05 PROP. URBANA ACTUALMENTE. (PARQUE VEHICULAR) PRESIDENCIA MUNICIPAL

CALLE JUAREZ NUM.

5 114.00 MT X

9 02.29.01 POZO POTABLE NUM. 2 DE AGUA

LADO SUR-ESTE DEL FRACC.CAMPESTRE CABECERA MPAL., LOTE 29 600 M2 X AF-09/23-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal

regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que sean inscritos en el

Registro Público de la

Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del

Patrimonio del Estado y

Municipios de Zacatecas. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la

Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia,

realice las acciones de

verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(20)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10 02-28-01 UNIDAD DEPORTIVA CAMPESTRE

CALLE EUCALIPTO, FRACC. CAMPESTRE, LUIS MOYA, ZAC

60,0000.61 M2 X 11 02-00-00 PREDIO URBANO EN FRACCIONAMIENTO SN FCO.(3 LOTES)

CALLE SAN ISIDRO LABRADOR, FRACC. SN FCO

9,950.00 M2. X

12 02-19-00 PREDIO SAN JUDAS TADEO URBANO

AV. SAN JUDAS TADEO FRACC. SAN ANDRÉS, LUIS MOYA, ZAC.

184.13 MT. X

13 N/A ESC. SEC. TEC. NUM. 14 COL. INDEPENDENCIA, LUIS MOYA, ZAC

26, 879.15 M2 X 14 01.07.03 JARDÍN "REYES HEROLES" DE NIÑOS FRACC. SN ANTONIO, LOTE (3) 2,187.26 M2 X

15 02.28.00 UNIDAD DEPORTIVA

FRACC. CHARCO DE LA GALLINA, COL. JULIAN ADAME, LUIS MOYA, ZAC.

2-00-00 HA X 16 N/A RELLENO SANITARIO Y LADRILLERAS SURESTE CABECERA MPAL DE LA 30,000. M2 X 17 N/A RASTRO MUNICIPAL LADO AGS SUR SALIDA S/S X 18 01.30.100 PREDIO URBANO

C. EMILIANO ZAPATA, COL. DE LAS FLORES, LUIS MOYA, ZAC

660.M2 X 19 02. 06.10 PREDIO URBANO C. STA. CRUZ S/N,

FRACC. "SN FCO. III 924.00 M2 X

20 N/A

COBAEZ, ANTES ESC. PRIM. FED. FCO. CASTORENA Y JARDÍN DE NIÑOS DELFINA CASTORENA

C.MORELOS NUM. 8 Y

6, LUIS MOYA, ZAC. 3,279. M2 X

21 25.01.80 PARQUE BOL DE BEIS- LADO CABECERA MPAL. SUR 2-58-35 HA X 22 25.01.258

PLANTA TARTADORA DE AGUAS RESIDUALES

RANCHO SN ANGEL 375.00 M2 X 23 01.21.25 LOTE BALDÍO C. TULIPANES 68.26 M2 X 24 01.03.25 LOTE BALDÍO CALLE GERANIOS 2,304.03 MT X 25 01.08.04 DIF. MUNICIPAL CALLE EMILIANO

ZAPATA 2,017.20 MT. X 26 01.09.02 LOTE BALDÍO CALLE ABEL LÓPEZ 52,586.0 MT X 27 01.09.05 ALMACÉN DICONSA AV.CASTORENA NORTE. 102.00 MT. X 28 25.01.189 LOTE BALDÍO CALLE SIN NOMBRE.- FRACC. SAN MIGUEL 00-30-00 X 29 02.14.01 OFICINAS DES. AGROP. Y SUP. TELESEC. C. MORELOS Y ESQ. NICOLAS BRAVO 462.15 MT X 30 02.05.40 AUDITORIO MPAL C. MORELOS 1, 118.07 MT X 31 N/A LOTE BALDÍO COL. MAGISTERIAL 331.00 MT X 32 03.14.04 BIBLIOTECA MPAL. C. HIDALGO S/N 132.00 MT X 33 01.09.03 TANQUE DE AGUA POTABLE, CABECERA MPAL AV. CASTORENA NORTE 1,690.40 MT X 34 N/A LOTE BALDÍO FRACC. MAGISTERIAL 246.00 MT X 35 N/A LOOTE BALDÍO FRACC. MAGISTERIAL 951.90 MT X 36 N/A LOTE BALDÍO FRACC. COLINAS DE STA. CRUZ 3, 615.30 M2 X 37 N/A LOTE BALDÍO FRACC. LINDAVISTA 1,378.46 M2 X 38 N/A NUEVO CENTRO DE

SALUD

FRACC. LOS CONOS, LADO NORTE CABECERA MPAL.

1-00-00 HA X

Es conveniente señalar que durante el ejercicio 2009 se realizaron los trámites para escriturar el inmueble donde se encuentra la planta tratadora de aguas residuales de la Comunidad de Esteban S. Castorena, y según menciona el Síndico Municipal a inicios del año 2009, él en varias reuniones de Cabildo solicitó se le brindara el apoyo económico para que pudiera realizar la regularización de los bienes a nombre del Municipio, mencionando como ejemplo el acta de cabildo número 25 celebrada el 29 de enero de 2009, sin embargo por la falta de liquidez fue imposible realizar tal acción.

(21)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-18, Sin Observación

El saldo de los adeudos del municipio de Luis Moya, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2009 fue por la cantidad de $11,997,354.60, el cual representa un incremento del 0.44% con relación al saldo registrado

al cierre del ejercicio anterior, debido

fundamentalmente al incremento en Proveedores y Acreedores Diversos, y a desendeudamiento neto con el Gobierno del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-19, Observación AF-15

La cuenta de Proveedores se vió incrementada en un 186.92% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, presentando un monto de $4,886,675.12 al 31 de diciembre de 2009. De la revisión efectuada a este rubro se detectaron saldos que no registraron amortización alguna durante el ejercicio mencionado por un importe de $754,379.38.

AF-09/23-028 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal realizar la confirmación con proveedores a fin de que el

municipio dentro de sus

posibilidades realice el pago

correspondiente, o en su caso, la

cancelación procedente previa

autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo a este Ente Superior de

Fiscalización la evidencia

documental de las acciones

realizadas. Asimismo integrar

expedientes con la información necesaria y suficiente para el control óptimo de dichos rubros. Lo anterior con fundamento en el artículo 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192,193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos

recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-20, Observación AF-16

La cuenta de Acreedores Diversos se incrementó en un 77.45% con relación al saldo del ejercicio anterior, presentando un saldo al cierre del ejercicio 2009 de $3,299,128.49. De la revisión efectuada a éste rubro

se detectaron saldos que no presentaron

AF-09/23-030 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal realizar la confirmación con acreedores diversos a fin de que

el municipio dentro de sus

posibilidades realice el pago

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada

no presentó

documentación ni

(22)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

amortización alguna durante el ejercicio mencionado por un monto de $1,768,667.89.

correspondiente, o en su caso, la

cancelación procedente previa

autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo a este Ente Superior de

Fiscalización la evidencia

documental de las acciones

realizadas. Asimismo integrar

expedientes con la información necesaria y suficiente para el control óptimo de dichos rubros. Lo anterior con fundamento en el artículo 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192,193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio. respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos

recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-21, Observación AF-17

De la revisión practicada a la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar, presentó un incremente de un 0.84% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, presentando un saldo al 31 de diciembre de 2009 por la cantidad de $1,572,196.40, se detectó que $1,129,235.18 no han sido enterados a la Tesorería de la Federación por concepto de Impuesto Sobre la Renta, $376,761.14 corresponden al IMSS y $66,200.08 al Impuesto del 5% para la UAZ, no enterado a la Secretaría de Finanzas.

AF-09/23-032 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal efectuar los enteros correspondientes a los adeudos relativos a la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar en virtud de

que son recursos que no

corresponden al municipio. Lo

anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-09/23-033 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de

verificación tendientes al

cumplimiento de los aspectos

recomendados en el punto que

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(23)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-22, Observación AF-18

Se verificó adeudo con el DIF Estatal, por la cantidad de $166,428.00 correspondiente al ejercicio 2009, desglosado de la siguiente manera, Despensas y Canasta Básica por $48,528.00 y Desayunos Escolares $117,900.00.

AF-09/23-034 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal programar y ejecutar el pago de acuerdo a sus posibilidades del adeudo que se tienen con el Sistema DIF Estatal. Lo anterior de conformidad con los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

que la Entidad Fiscalizada

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

(24)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y

ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra cuotas inferiores a las establecidas en su Ley de Ingresos. Lo anterior se encuentra observado en el apartado de Ingresos del presente Informe de Resultados.

El municipio de Luis Moya, Zacatecas, no realizó modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2009.

En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2009, el municipio recaudó y recibió 3.14% más de lo presupuestado, registrándose aumentos en las cuentas de Aprovechamientos, Agua Potable y Alcantarillado y Otros Programas y Ramo 20, observándose además que el rubro de Deuda Pública fue presupuestado y no tuvo movimiento; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 12.24%, registrándose desfases presupuestales en todos los rubros con excepción de Servicios Personales, Materiales y Suministros y Deuda Pública.

Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, observándose además que el aumento recibido y recaudado en el Ingreso fue menor al sobreejercicio presentando en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Resultado AF-23, Observación AF-19

El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Luis Moya, Zacatecas, presentó en fecha 14 de abril de 2010 ante la LIX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2009, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala lo siguiente: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

AF-09/23-035 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de

Luis Moya, Zacatecas, por no haber

entregado en tiempo ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2009. Lo anterior con fundamento en los artículos 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se

promoverá ante las autoridades

correspondientes según sea el caso,

siendo estas la

Legislatura del Estado o la Contraloría Interna

de Gobierno del

Estado.

Resultado AF-24, Observación AF-20

El H. Ayuntamiento de Luis Moya, Zacatecas, no presentó ante esta Entidad de Fiscalización Superior el Programa Operativo Anual para el ejercicio 2009, infringiendo los artículos 49

AF-09/23-036 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal observar lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a) y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, presentando el Plan

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud

de que la Entidad

Fiscalizada no presentó

(25)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y

ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fracción XXVII inciso a) y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Operativo Anual para cada ejercicio, una vez

que haya sido aprobado por el H.

Ayuntamiento, ya que constituye un

instrumento indispensable para la planeación y ejecución de las actividades del municipio.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-037 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

la solicitud de

intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-25, Observación AF-21

El Municipio de Luis Moya, Zacatecas, no celebró las reuniones de Cabildo ordinarias establecidas en la Ley Orgánica del Municipio en los meses de mayo y agosto de 2009, incumpliendo así con lo previsto en la mencionada Ley.

AF-09/23-038 Recomendación

Se recomienda al H. Ayuntamiento observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que establece: “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegida, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes.”

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/23-039 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

la solicitud de

intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-26, Observación AF-22

Derivado de la revisión realizada al padrón de Licencias de Bebidas Alcohólicas, se detectó que existen 4 licencias que no fueron renovadas durante el ejercicio 2009; sin embargo el municipio no realizó gestión alguna para instaurar la clausura temporal, tal como lo faculta el artículo 107 fracción I de la Ley

AF-09/23-040 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo aplicar las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, entre las cuales se incluye la de aplicar sanciones por concepto de presentación

extemporánea de las solicitudes de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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