ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN A PERSONAS EN
SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
UNIDAD 4
La atención en
centros
residenciales
1. Los centros residenciales
Estrictamente, los centros residenciales son exclusivamente aquellos en los que se da una atención continuada a los usuarios. Sin embargo, a efectos organizativos y metodológicos, contemplaremos en esta unidad otro tipo de centros diferentes al que constituye el domicilio institucional del usuario.
Una primera clasificación de estos centros atiende a la continuidad o no de la intervención que se lleva a cabo con los usuarios. De este modo encontramos:
Centros de Atención continuada.
La mayor parte del tiempo del usuario transcurre en el centro.
Realiza en él la mayoría de sus actividades cotidianas: comida, dormir, aseo…
Existe pernocta en el centro.
Ejemplos de este tipo de centros serían: residencias, viviendas tuteladas, centros ocupacionales con residencia…
Centros de Atención no continuada.
No suponen la mayor parte del tiempo del usuario, aunque pueden llegar a ocupar una porción significativa del mismo.
No existe pernocta. Ciertas actividades cotidianas se desarrollan fuera del centro.
En todos los casos, podemos hablar siempre de la posibilidad de estancias temporales y permanentes, atendiendo a si la previsión es que el usuario asista al centro durante un plazo marcado más o menos breve o si, por el contrario, el usuario tiene previsión de estar en el centro de manera indefinida.
2.Tipología de los centros y
cuestiones generales de
organización.
2.1 Tipología de los centros
Residenciales.
Residencias para personas válidas
Residencias para personas asistidas
Viviendas tuteladas
Centros de día
Centros ocupacionales y de apoyo a la integración
Con residencia
Sin residencia
Centros de educación especial
Con residencia
Sin residencia
2.2Algunas cuestiones sobre la gestión y
titularidad
Existen ciertas diferencias entre la titularidad del centro y la gestión del mismo que conviene matizar y tener claras:
Titularidad: Se refiere a quien es el propietario del centro. Permite definir el modelo de gestión y las grandes líneas del trabajo a llevar en el centro (siempre dentro de la normativa).
Gestión. Se refiere a quien se ocupa del día a día, y puede ser distinta a la titularidad.
Asimismo, encontramos tres posibles modalidades de financiación/gestión:
La titularidad es de las administraciones públicas. Generalmente estas pagan una parte importante del gasto, existiendo la posibilidad de cobrar el resto al usuario.
Se puede ceder la gestión a una entidad privada mediante concesión administrativa (gestión indirecta) o llevar esta gestión de forma directa por la administración titular.
Centros concertados.
La titularidad es de una entidad privada, que tiene suscrito un concierto con la administración. La administración paga todo o parte del gasto, existiendo la posibilidad por parte del titular del centro de cobrar el resto al usuario (siempre dentro de lo dispuesto en el respectivo concierto).
Centros privados.
La titularidad es privada y no existe concierto con la administración. El pago de los gastos se repercute íntegro a los usuarios (o es asumido por la entidad, que tiene abierta la vía de subvenciones, donaciones…).
Las competencias dependen en todo caso de las diferentes comunidades autónomas, e incluyen:
La autorización de centros y la supervisión de los mismos para asegurar que se ciñen en su funcionamiento a la normativa. Esto afecta tanto a centros públicos como privados y cualquiera que sea el modelo de gestión.
Creación de centros públicos y definición de la gestión de los mismos (directa, indirecta…)
Suscripción de conciertos con entidades para la financiación pública de centros privados-concertados.
La cofinanciación a cargo de los usuarios es otro de los temas que debemos estudiar, y consiste en el cobro al usuario de un precio público por el uso del centro y sus servicios.
Se aplica a centros públicos y concertados.
Se trata de una modalidad posible y generalmente utilizada.
Generalmente la cuantía a pagar se establece en función de los ingresos del usuario.
Viene definida por el titular o por el concierto firmado en el caso de los centros privado-concertados.
2.3 El voluntariado en centros residenciales.
La figura del voluntario viene definida como la del colaborador que destina parte de su tiempo sin recibir una remuneración.
ningún caso ni sobreponerse a ella, sino que ambos perfiles, el de voluntario y el de profesional se complementan.
La ley establece el estatuto del voluntario y sus condiciones de prestación del servicio, entre las que podemos señalar:
Ausencia de interés económico
Derecho a reconocimiento / certificación
Seguro que cubra posibles incidencias
Derecho a recibir aquel material, vestuario… necesario
Ser reembolsado en los gastos
3. Centros y características
principales
3.1Los centros residenciales
Existe en estos centros la modalidad exclusiva para asistidos, modalidad exclusiva para personas válidas y centros de carácter mixto. De igual modo, existen centros que admiten exclusivamente residentes de uno u otro sexo.
La tipología y tamaño de estos centros es muy variada, así como la cartera de servicios que se ofrece:
Desde “macrocentros” a pequeñas residencias.
Pueden existir servicios prestados en diferente régimen, de modo que algunos de estos entren en el concierto firmado y otros no (en este caso son financiados exclusivamente por los usuarios).
La normativa autonómica establece las condiciones mínimas que deber reunir en lo que se refiere a servicios prestados, instalaciones, accesibilidad, personal y titulación…
Instalaciones
Habitaciones para usuarios (adaptadas en función de si van destinadas a personas válidas o asistidas).
Cocina, comedor, lavandería…
Zona exterior de ocio y descanso.
Sala polivalente y de ocio.
También pueden existir zonas específicas para trabajo administrativo, uso del personal…
3.2Viviendas tuteladas
Son espacios de tipo residencial, destinados a personas con un grado suficiente de autonomía, en las que se pretende la realización de una vida normalizada bajo la tutela de un equipo de profesionales.
Se trata de centros de reducido tamaño, donde se pretende la vida con la mayor familiaridad. En ellos los usuarios participan de las tareas cotidianas de la vivienda con el apoyo de los profesionales.
Carecen de servicios internos (médico, enfermería, terapias…) más allá de los necesarios para la vida diaria y sus instalaciones son las propias de un domicilio.
La viviendas tuteladas pueden estar vinculados a otro servicio: centro de educación especial, centro ocupacional…
3.3 Centros de día
Los centros de estancias diurnas están destinados a recibir a personas mayores o con algún tipo de discapacidad durante una serie de horas cada día.
Existe gran variedad en el tipo de servicios que se ofrecen, pudiendo estar especializados los centros en algún tipo de actividad o colectivo. Entre la posible oferta de servicios y actividades encontramos:
Actividades de rehabilitación, animación y ocio…
Servicio de comedor
Servicios de asistencia sanitaria…
La normativa establece las condiciones mínimas del centro y del personal.
Se puede dar la variedad de “centro de noche”, destinado exclusivamente a la pernocta de los usuarios.
Instalaciones:
Salas de actividad
Salas de descanso
Zona de higiene y cambios
Espacios de atención especializada: fisioterapia, cuidados de enfermería, trabajo social…
Y también pueden estar presentes
Zona exterior de ocio y descanso
3.4 Centros ocupacionales y de apoyo a la
integración.
Son centros en los que se ofrece formación, apoyo social e incluso una ocupación regular a personas con algún tipo de dependencia. Estos centros suelen estar especializados en algún tipo de tarea: jardinería, manufactura artística, artes gráficas…
Existe la posibilidad de que estos centros suscriban contratos con empresas para realizar parte de los procesos productivos y también el que realicen operaciones de comercialización de sus propios productos o servicios.
Pueden contar o no con servicio de residencia para los usuarios. Instalaciones:
Instalaciones especializadas según la actividad desarrollada: taller, imprenta, huerto…
Aulas para formación y orientación
Espacios de ocio y descanso.
Zona de aseo, duchas, vestuario…
Y también aquellas necesarias en función de la residencia, zona de ventas o demostraciones, espacios administrativos…
3.5 Centros de educación especial
La principal característica de estos centros es su carácter educativo, atienden a usuarios con un variado grado de discapacidad/dependencia y ofrecen enseñanzas dentro de los diferentes niveles del sistema educativo.
Pueden tener continuación con centros ocupacionales e igualmente pueden ser genéricos o estar especializados en algún tipo de discapacidad concreta.
4. Diseño de espacios y
edificios para la residencia de
personas con dependencia
Entre las diferentes cuestiones a analizar en un centro destinado a la residencia de personas con dependencia debemos señalar:
El diseño interior / exterior del edificio. Se trata de cuestiones arquitectónicas en las que muchas veces no podremos intervenir, pero que afectan a nuestro trabajo con los usuarios.
La relación con el entorno, dependiendo de la ubicación del centro y que puede facilitar la integración social de nuestros residentes y su presencia en la sociedad y sus recursos.
La utilización previsible que se vaya a a realizar del centro y la tipología de los usuarios.
Debemos pensar igualmente en la accesibilidad, que sus características permitan el uso por cualquier persona.
Siempre tendremos presente que el diseño del edificio puede favorecer o limitar las capacidades de la persona y que por tanto, debemos realizar las adaptaciones que sean necesarias para lograr optimizar nuestras instalaciones.
Adaptación: En un edificio es la modificación de alguno de sus elementos constructivos para resolver problemas de accesibilidad.
Rampas, para salvar escalones
Pavimentos anti deslizamientos
Ascensor, complementario a escaleras.
Tamaño de las puertas
Etc…
Principio de normalización: Las personas en situación de dependencia deben poder disfrutar de los edificios e instalaciones que se ponen al servicio de la ciudadanía en general
4.1 Técnicas para la evaluación de entornos
residenciales
Observación documental
Consultar documentos informativos sobre el entorno que deseamos analizar: planos, informes…
Conocer la instalación “in situ”, registrando las informaciones relevantes.
Entrevista
Diálogo intencionado con el usuario o técnico. Más o menos estructurada.
4.2 Organización de los espacios
Esta organización llega a influir en la vida de las personas, en la calidad de vida. Su modificación facilita o dificulta la integración y
normalización por tanto.
Conviene reflexionar sobre los objetivos y la actividad antes de optar por una u otra forma de organización. Debemos pensar en las
dimensiones en función de la actividad y el número de usuarios. Podemos hablar de
Relaciones entre espacios
Organización interna 4.2.1La organización interna
Mobiliario. Cantidad, distribución, estilo, funcionalidad… Incluye también aparatos, electrónica… y menaje (sábanas, toallas,
cubertería…)
Decoración. Colores, cuadros, adornos… afecta al estilo de ánimo.
Iluminación. Ventanas, cortinas, lámparas, espejos…
Salubridad. Orden, limpieza, ventilación, temperatura…
Identidad. Fotografías, recuerdos, objetos… que hagan sentir el espacio como propio.
Seguridad. Electricidad, puertas, ventanas, apoyos y sujeciones, barreras, balizas luminosas…
4.2.2Relaciones entre espacios
Pensar en secuencia de actividades.
Situar espacios de forma contigua conforme a la secuencia prevista, para evitar desplazamientos innecesarios.
Calcular dimensiones / número de espacios teniendo en cuenta los usos simultáneos que se van a realizar.
Pensar en la interrelación de espacios. P.ej. Cocina/comedor, separar zonas ruidosas de las de descanso…
Pensar en la disponibilidad cercana de aseos.
5. Requisitos mínimos de
espacios y servicios
residenciales
La normativa básica en este sentido en Castilla-La Mancha es la Orden de 21 de mayo de 2001, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de Castilla La Mancha, por la que se regulan las condiciones mínimas de los centros destinados a las personas mayores de Castilla La Mancha. Modificada por Orden de 4 de junio de 2013, de la Consejería de Bienestar Social.
Esta normativa establece la condiciones mínimas de centros residenciales para Castilla-La Mancha.
En lo que se refiere al tamaño de los centros, y teniendo que este factor es decisivo para ciertos requisitos, la norma actual en Castilla-La
Mancha establece:
Minirresidencias: hasta 45 plazas.
Tamaño medio: 46-80 plazas.
Grandes residencias: más de 80 plazas.
Habitaciones
Dedicación exclusiva, ventilación e iluminación naturales
Superficie mínima útil, sin contar baño, de 10 m2 (individual) y 16 m2 (dobles). Al menos un 25% de plazas del centro en habitaciones individuales.
Puertas con apertura hacia exterior, sin invadir el pasillo
Deben contar con sistema de alarma (activación personal), enchufe eléctrico y toma de TV y teléfono.
Equipamiento mínimo
Cama de 90 (articulada para personas inmovilizadas).
Mesilla de noche
Armario con llave de al menos 1m3 de capacidad.
Silla de brazos
mesa Cuarto de baño
En todas las habitaciones, al menos 4 m2. Cierre hidraúlico y suelo antideslizante.
Lavabo sin pedestal, con grifo monomando.
Ducha accesible con asiento seguro.
Puerta corredera o apertura hacia afuera, de 80.
Ayudas técnicas y asideros al lado de cada aparato sanitario.
Al menos 1 baño geriátrico (2 en grandes residencias).
Mínimo 12 metros cuadrados.
Puerta de 1,20
Bañera q permita lavado por inmersión y acceso por tres lados con grúa.
Al menos 1 aseo de uso común diferenciado por sexo y accesible en cada centro (hasta 45 plazas).
Accesos y pasillos
Anchura mínima de 1,50 metros.
Barandillas de apoyo a ambos lados, a 90 cm. De altura
Las puertas tendrán un paso libre de al menos 80 cm. No invadirán el ancho mínimo del pasillo.
Si más de una planta: ascensor con capacidad para 1 camilla. Espacios de convivencia
Mínimo 1 sala de visitas (no podrá ser acceso a otras dependencias).
Mínimo de dos salas de estar (se pueden separar mediante mamparas) con ventilación e iluminación natural.
Comedor
Al menos 2 m2 por usuario, máximo de dos turnos.
Dimensiones mínimas
30 m2 miniresidencias.
40 m2 tamaño medio.
80 m2 grandes residencias.
Ventilación e iluminación natural
Mesan deben permitir su uso por personas en silla de ruedas.
Se puede habilitar espacios de comedor en planta, con un mínimo de 20 m2,
Cocina
Al menos 20 m2.
Zonas diferenciadas para
Preparación de alimentos
Lavado de menaje
Deberá contar con espacio independiente para almacén de víveres y cuarto frío.
Lavandería
Espacios diferenciados para lavado, secado, planchado y almacenamiento.
Otros requisitos
Cuarto de residuos con un mínimo de 6 m2.
Desratización, desodorización y desinfección anual.
Grupo electrógeno autónomo.
Peluquería
Espacio propio en grandes residencias.
En el resto, garantizar servicio.
Sala de vela (habilitable) si no existe tanatorio en la localidad.
Obligatorio contar con espacio al aire libre.
Sala polivalente (actividades) de la menos 20 m2.
Dos salas en residencias medias y grandes residencias.
Si se ofrece estancia diurna, se contará con otras dos salas de actividades.
Otras cuestiones de seguridad
Prohibidos los generadores de calor directo en habitaciones y estancias.
Señalización obligatoria de salidas y dependencias.
Elementos textiles no inmediatamente inflamables.
6. Personal y servicios
Dirección del centro
Titulado universitario.
Puede compatibilizar con otra función en el centro que no requiera plena dedicación o entre dos centros (con menos de 1 hora de desplazamiento, máximo 35 kmt. De distancia y menos de 70 plazas en total).
En su ausencia designa al trabajador que asume la supervisión. Médico.
En grandes y medianas residencias, complementario al sistema público de salud.
Más de 45 plazas: 5 horas semanales (1 más por cada 10 residentes)
A partir de 120 plazas: 17 horas semanales (8 más por cada 20 usuarios).
Enfermería.
Tamaño medio: 40 horas semanales.
Grandes residencias: 40 horas semanales hasta los 8º residentes, desde ahí 20 horas más por cada 40 usuarios. Auxiliares / gerocultores.
Presencia durante las 24 horas del día.
Residentes dependientes: 1 aux / 6 usuarios.
Residentes no depend.: 1 aux. / 15 usuarios.