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07- Ley 26331 Protección Ambiental de Bosques Nativos

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(1)

Presupuestos Mínimos

o 

Ley sobre Protección Ambiental de los Bosques

Nativos Nº 26.331

Publicada en BO 26/12/07. Reglamentada por Decreto Nº 91/09 y complementada por Resol. Nº 256/09 modif. por Resol Nº 450/09, Res. 514/09, 447/10 y 1.279/12.

o 

Objeto

. (art. 1)

o 

Establece los presupuestos mínimos para:

n  Protección ambiental para el enriquecimiento, la

restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad.

n  Establece un régimen de fomento y criterios para la

(2)

Presupuestos Mínimos

o 

Excepción:

aprovechamientos realizados en

superficies menores a DIEZ (10) hectáreas que

sean propiedad de comunidades indígenas o de

pequeños productores.

o 

Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos

o 

En un plazo máximo de UN (1) año a partir de la

sanción de la presente ley (28-11-07), a través de

un proceso participativo, cada jurisdicción deberá

realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativos

n  Salta, Ley 7543 (26-1-09) y Mendoza, Ley 8051 (22-5-09), Tucumán Ley 8304 (30-6-10) , Chubut Ley 92-10 (7-7-10), Catamarca Ley 5311 (13-9-10) Jujuy (mayo 2011)

(3)

Presupuestos Mínimos

o  La Autoridad Nacional de Aplicación brindará, si se le

solicita asistencia técnica, económica y financiera necesaria para realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativo.

o  Durante el transcurso del tiempo entre la sanción de la

presente ley y la realización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, no se podrán autorizar desmontes.

o  Cumplido el plazo las jurisdicciones que no hayan

realizado su OTBN

no podrán autorizar desmontes

(4)

Presupuestos Mínimos

o 

Las categorías de conservación de los bosques

nativos son las siguientes:

n  - Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de

conservación que no deben transformarse.

n  - Categoría II (amarillo): sectores de mediano valor

de conservación, que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.

n  - Categoría III (verde): sectores de bajo valor de

(5)

Presupuestos Mínimos

o  Todo desmonte o manejo sostenible de bosques nativos

requerirá autorización por parte de la Autoridad de Aplicación de la jurisdicción correspondiente.

o 

No podrán autorizarse desmontes de bosques

nativos

clasificados en las Categorías I (rojo) y II (amarillo).

n  Se prohíbe la quema a cielo abierto de los residuos derivados de

desmontes o aprovechamientos sostenibles de bosques nativos.

o  Solicitud de autorización para realizar manejo sostenible de

(6)

Presupuestos Mínimos

o 

Solicitud de

desmonte en las categoría III

,

deberán sujetar su actividad a un

Plan de

Aprovechamiento del Uso del Suelo.

o 

Todo proyecto de desmonte o manejo

sostenible de bosques nativos

deberá

reconocer y respetar los derechos de las

comunidades indígenas originarias

del

país que tradicionalmente ocupen esas

(7)

Presupuestos Mínimos

o 

Proc. de EIA obligatorio para desmontes

o 

Para aprovechamientos sostenible solo si tiene

potencial de causar impactos ambientales

significativos que genera por lo menos un efecto

de los que lista taxativamente.

o 

Describe el proc. mínimo del EIA y los requisitos

mínimos de los EsIA.

o 

Analizado el EsIA se emite una DIA de

(8)

Presupuestos Mínimos

o 

Desmonte de BNat

. cumplir arts.

19 a 21 de la

LGA

previo a la autorización.

o 

En todos los casos se deben cumplir los arts.

16 al

18 de la LGA sobre acceso a la información

pública y la Ley 25831.

o 

Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la

(9)

Presupuestos Mínimos

o 

Integra con partidas que no podrán ser inferiores al

0,3% del presupuesto nacional;

o 

Y el

(2%) del total de las retenciones

a las

exportaciones de productos primarios y

secundarios provenientes de la agricultura,

ganadería y sector forestal, correspondientes al año

anterior del ejercicio en consideración.

o 

Distribuye

anualmente entre la jurisdicciones

(10)

Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos

o 

partida no menor del 0,3% del Presupuesto

Nacional = (

$ 1.515 millones

),

o 

2% de las retenciones a las exportaciones de

productos primarios y secundarios…. eleva el

monto a:

$ 2.327 millones.

o 

Presupuesto 2013 asigna al Fondo….:

(11)

Presupuestos Mínimos

o 

De acuerdo a:

% de BN declarados, su relación

con superficie total de la provincia y las cat. de

conservación declaradas.

o 

Destino:

n  70 % para compensar a titulares de tierras que

conserven BN públicos o privados.

n  30 % Monitoreo y sist. de información y Prog. de

asistencia técnica y financiera para tornar sustentables actividades de peq. prod., comunidades indígenas y campesinas

o 

Administra Aut. de Aplic. en conjunto con

(12)

Presupuestos Mínimos

o  Autoridad de Aplicación Nacional: SAyDS

o  Cada Jurisdicción determina su Aut. de Aplic. y fiscaliza el

cumplimiento de la ley y las condiciones de cómo se otorgan las autorizaciones.

o  Salta: Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable.

o  Las Autoridades de Aplicación de cada jurisdicción

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