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BECA CORONA DE LAUREL II,

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CONVOCATORIA No. 32

La Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana tiene el gusto de convocar a los estudiantes de la comunidad universitaria del

territorio colombiano, interesados en ser beneficiarios de la BECA

CORONA DE LAUREL II, cuyo objetivo es el de otorgar becas a estudiantes matriculados en Programas de Nivel de Pregrado según definición del Ministerio de Educación Nacional de las Instituciones de Educación Superior del País, que demuestren excelencia académica,

asociados y/o beneficiarios de la Cooperativa Universitaria

Bolivariana.

Agradecemos que antes de oficializar su postulación, lea detenidamente el siguiente reglamento en el cual se establecen todas las condiciones y lineamientos del Fondo.

Toda la información que sea enviada por el solicitante debe cumplir cuanto se establece en el Reglamento, en los formatos que se presentan, y debe ser remitida en físico a la Oficina de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana dentro las fechas establecidas (Horarios de atención: de Lunes a Viernes de 7:30a.m. a 12:30m. y de 1:30p.m. a 5:30p.m.).

Para ampliar información puede comunicarse al número de teléfono: (4)

354 84 33 o al siguiente: [email protected]; estamos ubicados en

la UPB Medellín (Laureles), Campus Extendido UPB Bloque Externo No. 22, circular 1ª. No. 73 – 34.

Las solicitudes con los soportes de los documentos solicitados en la convocatoria se reciben desde el 14 de septiembre hasta el 15 de Octubre de 2014. El proceso de evaluación de solicitudes y entrevistas se realizará entre el Octubre y Noviembre de 2014; y la toma de decisiones con publicación de resultados se hará entre en el mes de Noviembre de 2014.

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REGLAMENTO

BECA CORONA DE LAUREL II

El Director Ejecutivo de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana, Monseñor Jorge Aníbal Rojas Bustamante, convoca a

participar en la BECA CORONA DE LAUREL II a asociados y/o

beneficiarios de la Cooperativa Universitaria Bolivariana.

1. Objetivo

Otorgar Becas a estudiantes matriculados en programas de Nivel Pregrado según definición del Ministerio de Educación Nacional, en Instituciones de Educación Superior Públicas y Privadas del País, con excelencia académica y con disposición para vincularse a los programas de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana.

2. Vigencia

La BECA CORONA DE LAUREL II tendrá vigencia mientras la Cooperativa

Universitaria Bolivariana disponga de los recursos necesarios, para

beneficiar a estudiantes según el presente reglamento. 3. Financiación

La BECA CORONA DE LAUREL II se financiará con el aporte de la Cooperativa Universitaria Bolivariana.

4. Lineamientos

4.1 La BECA CORONA DE LAUREL II procura asegurar la permanencia de estudiantes pregrado en Instituciones de Educación Superior del país, matriculados en programas que cuenten con Registro Calificado.

4.2 Es una Beca personal e intransferible.

4.3 La forma de pago de la Beca por parte de la Fundación Solidaria UPB a los beneficiarios, se realizará para los estudiantes de la UPB previo al proceso de matrícula y para quienes estudien en otra Institución de Educación Superior bajo la modalidad de reembolso, una vez el beneficiario haya realizado la cancelación de la totalidad de su matrícula.

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Se recomienda al estudiante, realizar el pago en las fechas establecidas con el fin de que no incurra en recargos.

4.4 Se integrará un Comité Gestor de la BECA CORONA DE LAUREL II, conformado por el Director Ejecutivo y el Profesional de Apoyo Administrativo de la Fundación Solidaria UPB, quienes realizarán el estudio y evaluación de la documentación e información presentada por los aspirantes a la Beca.

4.5 Las fechas a tener en cuenta en esta convocatoria son:

a. Recepción de los documentos solicitados: Desde el 15 de

septiembre hasta el 15 de octubre de 2014.

b. Evaluación de solicitudes y entrevistas: Octubre-Noviembre de

2014.

c. Publicación de resultados: Noviembre de 2014.

4.6 Las solicitudes se recibirán en los días indicados en el horario laboral

de la Fundación Solidaria UPB, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:30

m. y de 1:30 p.m. a 5:30 p.m.

4.7 Al momento de ser aprobada la Beca, el estudiante se compromete

a cumplir con el Convenio pedagógico para Estudiantes Beneficiarios de

la BECA CORONA DE LAUREL II. 4.8 Restricciones de aplicación:

a. El aspirante no podrá aplicar a la BECA CORONA DE LAUREL II

para su semestre de práctica.

b. No aplica para cursos inter-semestrales, cursos dirigidos o cursos

de idiomas.

c. La Fundación Solidaria UPB no se hace responsable de los cobros

por mora, recargos por adiciones y/o cancelaciones de asignaturas, estos deberán ser asumidos por el estudiante.

4.9 La permanencia del estudiante como beneficiario de la BECA CORONA DE LAUREL II se determinará a partir de:

a. Presentar por escrito la solicitud para aspirar a la Beca.

b. Mantener un promedio académico no inferior a 3.5. Una vez

finalizado el semestre deberá presentar el informe de su promedio académico a la Fundación Solidaria UPB.

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d. No haber cancelado semestre o haberse retirado de la Universidad.

e. No tener sanciones disciplinarias o académicas de conformidad con

el Régimen estudiantil de la Institución de Educación Superior donde cursa sus estudios.

f. El estudiante no debe tener deudas vigentes de ningún tipo con la

Institución de Educación Superior, salvo la cancelación de la matrícula del semestre actual de pregrado.

g. Haber cumplido con el Convenio pedagógico para Estudiantes

Beneficiarios de la BECA CORONA DE LAUREL II.

h. Presentar la documentación que certifique las condiciones de su

permanencia a la Fundación Solidaria UPB como Beneficiario, o en caso de ser necesario autorizara la Fundación Solidaria UPB a solicitar los documentos que sean necesarios, en las Dependencias de la Institución de Educación Superior que correspondan para validar los anteriores criterios.

5. Requisitos del solicitante

5.1 Ser asociado de la Cooperativa Universitaria Bolivariana, o cónyuge; o tener parentesco de consanguinidad de primer grado con el asociado, y tener menos de 24 años. Además contar con mínimo un año de permanencia.

5.2 El solicitante deberá haber cursado al menos la mitad de su programa académico, según registro en el Ministerio de Educación Nacional.

5.3 Acreditar un promedio académico mínimo de 3.5 en el período académico inmediatamente anterior a la solicitud.

5.4 Pertenecer a cualquier estrato socioeconómico.

5.5 No haber perdido más de dos cursos en su historia académica. 5.6 No estar laborando.

5.7 No ser beneficiario de Becas o auxilios educativos otorgados por otras instituciones o programas de la Universidad.

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5.8 Cumplir con el proceso de estudio y evaluación de la solicitud de la Beca en los tiempos establecidos.

5.9 Suministrar oportunamente la información que sea requerida para el estudio de su solicitud.

5.10 Presentar entrevista con el Comité Gestor. 6. Documentación a presentar

Presentar la siguiente documentación a la Fundación Solidaria UPB: 6.1 Formulario de solicitud completamente diligenciado.

6.2 Copia de la cédula del asociado de la Cooperativa.

6.3 Fotocopia documento de identidad del solicitante, ampliada al 150%. 6.4 Fotocopia libreta militar.

6.5 Fotocopia cuenta de servicios públicos del lugar de domicilio donde resida.

6.6 Certificación de permanencia del asociado en la Cooperativa Universitaria Bolivariana mayor a un (1) año.

6.7 Copia del Registro Civil que acredite el parentesco de consanguinidad en primer grado si el asociado no es el estudiante.

6.8 Certificación de la universidad o institución universitaria donde indique que semestre o año cursa y el promedio académico.

6.9 Plan de estudios del programa académico. 6.10 Colilla de pago del semestre anterior. 6.11 Historia académica impresa desde el SIGAA.

Parágrafo 1. La presentación de estos documentos no implica necesariamente la elección del aspirante como beneficiario, por lo tanto el alumno exonera a la Fundación Solidaria Universidad Pontificia

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Bolivariana sobre los costos por mora en los que pueda incurrir por el no pago de la colilla de matrícula en el tiempo ordinario establecido por la Universidad.

Parágrafo 2. La información y documentación deberá presentarse en su totalidad en físico en las oficinas de la Fundación Solidaria UPB. La falta de algún documento o información, será causal de nulidad para la postulación por parte del aspirante.

Parágrafo3. En el evento de que el auxilio sea solicitado por el asociado y su beneficiario al mismo tiempo, ambos cumplan con todos los requisitos y ambos son preseleccionados, se le entregara sólo a uno de ellos. No podrá asignarse a los dos en el mismo período académico. Parágrafo 4. En caso de que el solicitante sea beneficiario de un descuento en su matrícula se le aplicará el principio de favorabilidad. 7. Compromisos del beneficiario

7.1 Cumplir con el Convenio pedagógico para Estudiantes Beneficiarios

de la BECA CORONA DE LAUREL II.

7.2 Matricular un mínimo del 60% de la totalidad de créditos del semestre académico.

7.3 Presentar los documentos requeridos cada período que desee aspirar a la Beca.

7.4 Realizar 40 horas de voluntariado al semestre.

7.5 Realizar capacitación en el modelo cooperativo y suministrar el código que certifica la realización de la capacitación.

8. Proceso de estudio y evaluación

8.1 Evaluación de la solicitud de los aspirantes, verificación de la información y documentación suministrada. Cualquier irregularidad o falsedad en la información y/o documentación será causal de nulidad de la solicitud.

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8.2. Entrevista del solicitante con el Comité Gestor. Previa verificación de información.

8.3. Visita domiciliaria en caso de evaluarse como necesario.

8.4. Aprobación o no de la Beca con el visto bueno del Comité Gestor de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana.

9. Resultados

Los resultados de la convocatoria serán informados a la persona directamente vía correo electrónico y telefónico.

9.1 En caso de ser beneficiario de la convocatoria:

a. Se le anuncia al estudiante elegido por escrito y/o correo

electrónico, quien deberá continuar con el proceso para la asignación de la Beca.

b. Firma del Convenio pedagógico para Estudiantes Beneficiarios

de la BECA CORONA DE LAUREL II.

c. Firma del acta y planilla de voluntariado.

9.2 En caso de no ser beneficiario de la convocatoria: Notificación por escrito y/o correo electrónico de la no aprobación de la Beca.

10. Casos especiales

En casos especiales tales como secuestro, desaparición, enfermedad permanente, calamidad doméstica, que obliguen al beneficiario a suspender sus estudios, podrá presentar los documentos que sustenten el denominado Caso Especial al Comité Gestor y solicitar la aplicación a un subsidio.

11.  Convenio Pedagógico

Deberes:

1. Participar activamente en las actividades programadas por Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana y/o la Cooperativa Universitaria Bolivariana, por un total de 40 horas semestrales como mínimo.

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2. Firmar el Acta del Voluntariado de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana.

3. Conocer los lineamientos misionales y programas de la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana y de la Cooperativa Universitaria Bolivariana.

4. Conocer y aceptar el reglamento de la BECA CORONA DE LAUREL II 5. Demostrar un buen proceso educativo y disciplinario, por medio de la comunicación permanente a la Fundación Solidaria de la UPB, del promedio académico e informes de los docentes competentes, para lo cual entregará oportunamente la información toda la documentación que sea requerida.

6. Tomar las asignaciones recomendadas en el plan de estudios.

7. Cumplir con los Principios y el Espíritu Bolivariano, acogiéndose a los lineamientos y procedimientos institucionales.

8. Presentar excusas escritas cada vez que se incumpla con cualquiera de los compromisos derivados del proceso.

Derechos:

1. Recibir una beca bajo los parámetros establecidos en el Reglamento de la BECA CORONA DE LAUREL II.

2. Participar en las actividades que se programen. 3. Recibir asesoría y acompañamiento.

4. Presentar sus inquietudes a la Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana para recibir orientación.

Causas para la desvinculación del programa: 1. A petición del estudiante.

2. Inasistencia reiterativa y sin causa justificada a los compromisos académicos, encuentros de seguimiento y demás actividades resultantes de la ejecución de la BECA CORONA DE LAUREL II.

3. Realizar actividades ilícitas: consumo y venta de drogas, ejercicio mendicidad, robo y otras que a juicio de las partes sean consideradas como inadmisibles y causales de desvinculación.

4. Pérdida de la condición de estudiante universitario de una Institución de Educación Superior.

5. Insuficiencia de fondos para el programa.

Referencias

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