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BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE SANTACRUZ DE TENERIFE

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(1)

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Ministerio de Trabajo e Inmigración

16244

Notificación a Pedro Concepción Molina ...

16244

Notificación a Dolores Alicia Moreno Galindo ...

16244

Notificación a Javier Pousada Peña ...

16244

Notificación a Massimo Vestri ...

16244

Notificación a Juan Carlos Cabrera Rodríguez ...

16244

Notificación a Anselmo Armas Zamora ...

16244

Notificación a José Gregorio Linares Plasencia...

16244

Notificación a María Daida Abad Cabrera ...

16244

Notificación a Janis Caroline Sanz Rada ...

16244

Notificación a María Pilar Machín Morales...

16244

Notificación a Ana Cristina Álvarez de León ...

16244

Notificación a Isabel Sandra Plasencia Pérez ...

16244

Notificación a Jitka Kunaskova...

16245

Notificación a Martha Estela Tupiza Sosa ...

16245

Notificación a Carmelo Jesús Acevedo Díaz ...

16245

Notificación a Xarach Román González Méndez ...

16245

Notificación a José Pedro Viña Díaz...

16245

Notificación a Peter Urban ...

16245

Notificación a Estefanía Domínguez Ferrer...

16245

Notificación a Jhonatan Rodríguez Ferreira...

16245

Notificación a Diego Clemente Morales ...

16245

Notificación a José Ángel Ramos Silva ...

16245

Notificación a Carlos Álvarez Díaz ...

16245

Notificación a Wesley Lorenzo González ...

16245

Notificación a Dácil García Morales...

16245

Notificación a Denisa Micanikova ...

16245

Notificación a Dolores Eudelia Cuero Quiñones ...

16245

Notificación a Sandra Marlene Gouveia Alho ...

16303

Notificación a Febles Chinea Ana Isabel y otros ...

Puertos de Tenerife

16229

Información pública sobre la solicitud de concesión administrativa presentada por la entidad Asociación

Ga-ra paGa-ra la Investigación y Conservación de los Fondos Marinos de Canarias ...

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

GOBIERNO DE CANARIAS

Año LXXXIV

Miércoles, 23 de diciembre de 2009

Número 251

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

Servicio de Publicaciones e Información Edificio de Usos Múltiples II, planta baja Avda. José Manuel Guimerá, 8 Tfno.: (922) 47.69.62. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife

Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. C/ San Francisco, 47

Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38002 Santa Cruz de Tenerife

TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm

de altura Suscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la

Consejería de Presidencia y Justicia mediante oficio

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(2)

II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

16276

Documentación referida a los estatutos de la asociación denominada: Asociación Empresarios,

Comercian-tes y Profesionales El Estadio ...

16318

Resolución y convenio colectivo del sector Empaquetado de Plátanos de las islas de Tenerife, Gomera y

Hie-rro ...

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

Cabildo Insular de Tenerife

16300

Expediente sancionador contra Juan Francisco Conrado Rodríguez ...

16319

Procedimiento sancionador en materia de caza a Rafael Hernández Santos y otro ...

16320

Procedimiento sancionador en materia de caza a Eduardo Delgado Mesa ...

16321

Procedimiento sancionador en materia de caza a Darío Hernández González y otro...

16322

Licitación relativo al acuerdo marco para la contratación del equipamiento para el personal de campo del

Ca-bildo de Tenerife, adscrito a los servicios de Medio Ambiente, años 2010-2014 ...

16323

Procedimiento sancionador en materia de caza a Pedro Miguel Mora Afonso...

16287

Convocatoria pública para la provisión de los puestos de trabajo vacantes en la relación de puestos de

tra-bajo vinculados a las plazas Electromecánico...

Cabildo Insular de La Gomera

16279

Período reglamentario de exposición en cumplimiento de las normas que rigen el proceso electoral para la elección

de consejeros del Consejo Insular de Aguas, contempladas en el artículo 7 grupo e) del Estatuto Orgánico...

Ayuntamiento de Arona

16330

Notificación a José Carmelo Rodríguez San Blas...

16325

Notificación a Gonzalo Fabián Núñez Lima...

16326

Notificación a Alejandro Ortiz Murcia...

16327

Notificación a Manuel Magdalena Martín ...

16328

Notificación a Roberto Carlos Fernández Rodríguez ...

16329

Multas de tráfico a Jurado Tellez Miguel Ángel y otros ...

Ayuntamiento de Fasnia

16536

Exposición al público del Presupuesto General Municipal y Plantilla de Personal correspondiente al

ejerci-cio 2010 ...

Ayuntamiento de Granadilla de Abona

16433

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de minimarket a instancias de Candelaria Banessa

Bethen-court Rodríguez ...

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

16294

Modificación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades o clubes deportivos y

de-portistas individuales...

Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna

16527

Licitación para la contratación del servicio de transporte adaptado de personas dependientes del municipio

de La Laguna al centro de día, hospital de Nuestra Sra. de los Dolores ...

16749

Aprobación definitiva y rectificación del proyecto de compensación de la U.A. GE-34 del P.G.O.

presenta-do por la Junta de Compensación de la U.A. GE-34...

16526

Notificación a ABB Soimi Engineering and Contracting, S.L. Unipersonal y otros ...

16535

Resolución nº 449/2009 de 9 de diciembre que resuelve declarar desierto el procedimiento para la adjudicación

del contrato de suministro de material de ferretería vario con destino al Organismo Autónomo de Deportes ...

16310

Notificación a César Alberto Aparicio Pérez y otros ...

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(3)

16314

Notificación a Airán Expósito Chinea y otros...

16315

Notificación a Carlos Eduardo Ayala Gil ...

16316

Notificación a Cristo Francisco del Castillo Álamo y otros...

Ayuntamiento de San Miguel de Abona

16107

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de comercio minorista de toda clase de artículos,

ali-mentación y bebidas a instancias de Trade Contact Tecnologie, S.L...

Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma

13940

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de bar-cafetería a instancias de Yonatan Manuel

Rodrí-guez RodríRodrí-guez...

Ayuntamiento de Santa Úrsula

16324

Aprobación de los padrones fiscales relativos a Suministro de Agua Potable y Recogida Domiciliaria de

Re-siduos Sólidos correspondientes al bimestre septiembre-octubre de dos mil nueve...

Ayuntamiento de Tazacorte

16301

Multas de tráfico a José Domingo Roque Quintana y otros...

16301

Multas de tráfico a María Isabel Luis Rodríguez y otros ...

Ayuntamiento de Tegueste

16275

Multas de tráfico a Torres Herrera Vicente C. y otros...

Ayuntamiento de Valverde

16281

Notificación a Doroteo Óscar Machín Guadarrama...

Ayuntamiento de Valle Gran Rey

16280

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de local destinado a la venta al por menor de productos

alimentarios congelados a instancias de Bozena Lucyna Simeth ...

Ayuntamiento de la Villa de Adeje

16448

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de otros cafés y bares a instancias de Giulio

Bertolacci-ni...

16447

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de cafetería de una taza a instancias de la entidad

Lade-ras del Palmar, S.L. ...

16446

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de cafetería a instancias de Martyn Wayne Edwards ...

16445

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de restaurante de un tenedor a instancias de la entidad

Trattoría Botafogo, S.L. ...

16444

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de restaurante de un tenedor a instancias de la

Comuni-dad de Bienes Barchis ...

16443

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de espectáculos en salas y locales y otros cafés y bares a

instancias de Margaret Elizabeth Crockett...

16442

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de restaurante de dos tenedores a instancias de la entidad

Eis Café Italia, S.L. ...

16441

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de centro sanitario polivalente a instancias de la entidad

Daez Canarias, S.L. ...

16440

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de restaurante de un tenedor a instancias de la entidad

Construcciones y Reformas Ibero Asia, S.L. ...

16439

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de otros cafés y bares a instancias de Luca Maini ...

16348

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de otros cafés y bares a instancias de Peter James Leo

Mcknight ...

16437

Licencia Municipal de Apertura para la instalación de comercio menor de toda clase de artículos,

incluyen-do alimentación a instancias de la entidad Tiendas de Convivencia, S.A...

16299

Aprobación con carácter inicial del Documento de Modificación Puntual número Uno del Plan General de

Adeje-Documento de Adaptación Básica 2008...

Ayuntamiento de la Villa de Hermigua

16278

Adjudicación provisional del contrato para las obras de pista a Los Gomeros...

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(4)

Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla

16531

Sustitución del Secretario de esta Corporación a favor de Pedro Ángel Gómez Barreto funcionario de

carre-ra pacarre-ra ejercer las funciones del puesto de Secretario desde el día 14 de diciembre y hasta el día 6 de enero

ambos inclusive ...

Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

16548

Recurso contencioso administrativo (procedimiento abreviado 552/2009) interpuesto contra este

Consor-cio ...

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Canarias

16267

Recurso de suplicación 960/09 interpuesto por José Alfredo Figueroa contra Aguas Recomendadas Canarias,

S.L. y otros ...

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 4 de Santa Cruz de Tenerife

16247

Procedimiento abreviado a instancias de Davidania Gómez de La Paz contra Subdelegación del Gobierno ...

Juzgado de lo Social Número 1 de Santa Cruz de Tenerife

16248

Juicio nº 501/08 a instancias de Víctor Manuel Escuela García contra María Auxiliadora González Pérez....

16249

Juicio nº 276/08 a instancias de Joao Manuel Marinho de Oliveira contra Edificaciones Técnicas Canarias

2005, S.L. ...

16250

Juicio nº 356/08 a instancias de Jean Charles Debae contra Manicle-Comp, S.L. ...

16251

Juicio nº 508/08 a instancias de José Constenla Iglesias contra Construcciones JJ Alemán, S.L. y otros...

16252

Juicio nº 546/08 a instancias de Ahmed Oulid Sidi Mohamed contra Explotaciones Montesinos, S.L. ...

16253

Juicio nº 687/08 a instancias de Edgar Prieto Ortiz contra Geproven Islas Canarias, S.L.U...

16254

Juicio nº 1043/08 a instancias de Florence Corinne Cerat contra Bel Air Resort, S.A...

16255

Juicio nº 765/08 a instancias de Estrella Álvarez Sánchez contra Virgen del Camino, S.L. ...

16256

Juicio nº 23/09 a instancias de Luisa Fernanda Pérez Arrocha contra Autoescuela Dorta, S.L...

16257

Juicio nº 1274/08 a instancias de José Román Luis Lodeiro y otro contra Magnacomputer, S.L. y otros ...

16258

Juicio nº 65/08 a instancias de María Amelia Pisaca Luis contra Ren 2 Productos Financieros y

Comercia-les, S.L. y otro ...

16259

Juicio nº 1109/08 a instancias de Beatriz Rodríguez Martín contra Especialidades Las Rosas, S.L. ...

16260

Juicio nº 1109/08 a instancias de Beatriz Rodríguez Martín contra Especialidades Las Rosas, S.L. ...

16261

Juicio nº 57/09 a instancias de Javier Toste Díaz contra Construcciones Gonca Canarias, S.L. ...

16262

Juicio nº 57/09 a instancias de Javier Toste Díaz contra Construcciones Gonca Canarias, S.L. ...

16263

Juicio nº 57/09 a instancias de Javier Toste Díaz contra Construcciones Gonca Canarias, S.L. ...

16264

Juicio nº 965/06 a instancias de Eulogio Carlos Santana Suárez contra Novapez, S.L. y otros ...

16266

Juicio nº 275/09 a instancias de Francisco Jesús Pérez Santos contra Tengas, S.L. ...

Juzgado de lo Social Número 5 de Santa Cruz de Tenerife

16332

Juicio nº 517/09 a instancias de José Jonata Mesa González contra José Carlos Domínguez Rodríguez ...

16333

Juicio nº 1200/07 a instancias de Rubén Vázquez Abeijón contra Giovanni Battista Ciarfaglia y otro ...

Juzgado de lo Social Número 1 de Las Palmas de Gran Canaria

16291

Juicio nº 3/08 a instancias de Rubén Vega Almeida contra Pool Atentant, S.L. y otro...

V. ANUNCIOS PARTICULARES

Comunidad de Aguas "Agua de Los Realejos"

16436

Extravío de certificación a nombre de José González Hernández ...

Comunidad de Aguas Mar Dulce

16434

Extravío de certificación a nombre de Anselmo Juan Sosa Acevedo ...

Comunidad de Aguas Pino Soler

16435

Extravío de certificación a nombre de José González Hernández ...

Comunidad Encarnación y Santa Úrsula

16298

Extravío de certificación a nombre de José Rivero Estévez ...

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(5)

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO

E INMIGRACIÓN

Instituto de Empleo

Servicio Público de Empleo Estatal

Dirección Provincial de Santa Cruz de Tenerife

A N U N C I O

21818

16244

Don Pedro Concepción Molina.

Calle Media Cuesta Alta III, nº 3, blq. a 3º-3.

38410-El Toscal-Los Realejos.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 7.100,01 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 319.

• Importe líquido del derecho reconocido 7.106,64

euros.

• En el plazo de un mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 373.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), la Subdirectora

Pro-vincial de Gestión Económica y Servicios, Ana del

Pino Olivares Perales.

A N U N C I O

21819

16244

Doña Dolores Alicia Moreno Galindo.

Calle La Carreta, Cmno. La Calera, edf. Las

Are-nas, nº 1-A.

38400-Puerto de la Cruz.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

(6)

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

Aprobar el abono de la prestación en su modalidad

de pago único en pagos mensuales, en los términos

que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir 599 a

fecha de solicitud.

La efectividad de la presente resolución, y el

abo-no de la prestación capitalizada estarán

condiciona-dos a que en el plazo de un mes desde la fecha de

no-tificación de la misma tramite el alta en Seguridad

Social.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su Oficina de

Empleo del Servicio Canario de Empleo, una

comu-nicación acompañada de los documentos

acreditati-vos de pago de las cuotas de ese mes: boletines de

cotización sellados (TC1/15 para el RETA, TCl/10

para el REAS, TCl/20 para Régimen Especial de

Tra-bajadores del Mar) y/o justificantes bancarios de su

ingreso en la entidad financiera.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), el Subdirector

Provin-cial de Gestión Económica y Servicios, Pedro

Duar-te Vázquez.

A N U N C I O

21820

16244

Don Javier Pousada Peña.

Calle Alemania, nº 2, piso 102.

38612-El Médano, Granadilla, Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

Aprobar el abono de la prestación en su modalidad

de pago único en pagos mensuales, en los términos

que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir 267 a

fecha de solicitud.

La efectividad de la presente resolución, y el

abo-no de la prestación capitalizada estarán

condiciona-dos a que en el plazo de un mes desde la fecha de

no-tificación de la misma tramite el alta en Seguridad

Social.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su Oficina de

Empleo del Servicio Canario de Empleo, una

comu-nicación acompañada de los documentos

acreditati-vos de pago de las cuotas de ese mes: boletines de

cotización sellados (TC1/15 para el RETA, TCl/10

para el REAS, TCl/20 para Régimen Especial de

Tra-bajadores del Mar) y/o justificantes bancarios de su

ingreso en la entidad financiera.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), el Subdirector

Provin-cial de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

(7)

A N U N C I O

21821

16244

Don Massimo Vestri.

Av. Juan Carlos I, edf. Los Ángeles, nº 37, pta. A.

38650-Arona.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 5.500,00 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 137.

• Importe líquido del derecho reconocido 2.307,02

euros.

• En el plazo de un mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 91.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

A N U N C I O

21822

16244

Don Juan Carlos Cabrera Rodríguez.

Calle Virgen de Guadalupe, nº 112, 1º.

38627-Cabo Blanco, Arona.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

(8)

• Cuantía prevista de la inversión 7.380,41 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 320.

• Importe líquido del derecho reconocido 7.428,35

euros.

• En el plazo de un mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 389.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

A N U N C I O

21823

16244

Don Anselmo Armas Zamora.

Calle Davinca, edf. Munat, 1, pt. nº 2, 2 izda.

38010-Santa Cruz de Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 9.969,75 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 288.

• Importe líquido del derecho reconocido 7.004,88

euros.

• En el plazo de un mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 192.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

(9)

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), el Subdirector

Provin-cial de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21824

16244

Don José Gregorio Linares Plasencia.

Calle La Postura, nº 29.

38670-Adeje, Tenerife.

Examinada su solicitud de abono de la prestación

por desempleo en su modalidad de pago único y en

atención a los siguientes:

Hechos.

1.- No es usted beneficiario de ninguna prestación

por desempleo del nivel contributivo.

A los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1.- El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 de Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.) aprobado por Real Decreto 1/1994 de 20

de junio y el n° 2 del artículo 3 del Real Decreto

1044/1985, de 19 de junio.

2.- De acuerdo con lo dispuesto en el número 1 del

artículo 1 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de

ju-nio, sólo podrán ser beneficiarios de la modalidad de

Pago Único de la Prestación por Desempleo,

quie-nes sean titulares del derecho a la prestación por

de-sempleo de nivel contributivo.

Resuelve:

Denegar la modalidad de pago de referencia.

Contra la presente Resolución, conforme a lo

pre-visto en el Artículo 71 del Texto Refundido de la Ley

de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real

De-creto 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer, ante

es-ta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía

jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días

há-biles siguientes a la fecha de notificación de la

pre-sente Resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), el Subdirector

Provin-cial de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21825

16244

Doña María Daida Abad Cabrera.

Ctra. Gral. Sobradillo, nº 115.

38108-Santa Cruz de Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la Disposición Transitoria Cuarta

de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que

desarro-lla el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial,

resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía del desembolso para la adquisición de

acciones o participaciones de la sociedad laboral

7.200,00 euros.

• Días a capitalizar 339.

• Importe líquido del derecho reconocido 6.883,52

euros.

La efectividad de la presente resolución, y el

abo-no de la prestación capitalizada, estarán

condiciona-dos a que, en el plazo de un mes desde la fecha de

notificación de la misma, tramite el alta en la

Segu-ridad Social y presente en su Oficina del Servicio

Ca-nario de Empleo, la siguiente documentación:

• Cuando se trate de incorporación a una sociedad

laboral preexistente:

1.- Acuerdo de admisión como socio trabajador de

la sociedad laboral.

(10)

2.- Justificante de haber realizado el desembolso

para la adquisición de acciones o participaciones de

la misma.

• Cuando se trate de una sociedad laboral de

nue-va creación:

1.- Escritura pública de constitución de la sociedad

laboral y estatutos de la misma.

2.- Documento justificativo de la inscripción de la

sociedad laboral en el correspondiente registro.

B) Denegar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único, por pagos

men-suales, por haber agotado la misma.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(BOE nº 247 de 13.10.2008), el Subdirector

Provin-cial de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21826

16244

D. Janis Caroline Sanz Rada.

Calle La Tosca, n° 3, Mirador de La Gomera,

puer-ta C-3.

38678 Callao Salvaje, Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de

la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla

el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S. Visto todo lo actuado, textos legales

cita-dos y demás de general aplicación esta Dirección

Pro-vincial

Resuelve:

Aprobar el abono de la prestación en su modalidad

de pago único en pagos mensuales, en los términos

que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir 190 a

fecha de solicitud.

La efectividad de la presente resolución, y el

abo-no de la prestación capitalizada estarán

condiciona-dos a que en el plazo de 1 mes desde la fecha de

no-tificación de la misma tramite el alta en Seguridad

Social.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su Oficina de

Empleo del Servicio Canario de Empleo, una

comu-nicación acompañada de los documentos

acreditati-vos de pago de las cuotas de ese mes: boletines de

cotización sellados (TCI/15 para el RETA, TCI/10

para el REAS, TCI/20 para Régimen Especial de

Tra-bajadores del Mar) y/o justificantes bancarios de su

ingreso en la entidad financiera.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21827

16244

D.ª María Pilar Machín Morales.

Av. La Salle, n° 6, piso bajo, pta. C, Edf.

Tingua-ro, 1, 38205 La Laguna.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

(11)

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de

la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla

el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial

Resuelve:

Aprobar el abono de la prestación en su modalidad

de pago único en pagos mensuales, en los términos

que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir 206 a

fecha de solicitud.

La efectividad de la presente resolución, y el

abo-no de la prestación capitalizada estarán

condiciona-dos a que en el plazo de un mes desde la fecha de

no-tificación de la misma tramite el alta en Seguridad

Social.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su Oficina de

Empleo del Servicio Canario de Empleo, una

comu-nicación acompañada de los documentos

acreditati-vos de pago de las cuotas de ese mes: boletines de

cotización sellados (TCI/15 para el RETA, TCI/10

para el REAS, TCI/20 para Régimen Especial de

Tra-bajadores del Mar) y/o justificantes bancarios de su

ingreso en la entidad financiera.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución de 01.06.2005

(B.O.E. nº 169, de 16.07.2005), el Subd. Provincial

de Gestión Económica y Servicios, Pedro Duarte

Váz-quez.

A N U N C I O

21828

16244

D.ª Ana Cristina Álvarez de León.

C. Hércules, B° La Alegría, n° 34.

38160 Santa Cruz de Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de

la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla

el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial

Resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 28.912,24 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 132.

• Importe líquido del derecho reconocido 3.926,47

euros.

• En el plazo de 1 mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

(12)

• Días de prestación pendientes de percibir: 95.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21829

16244

D.ª Isabel Sandra Plasencia Pérez.

Av. de La Libertad, edf. Drago, port. I, piso bajo,

letra C.

38108 La Laguna, Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de la

Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla el

mencionado apartado 3, del artículo 228 de la L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial

Resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 10.500,00 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

40% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 254.

• Importe líquido del derecho reconocido 9.540,79

euros.

• En el plazo de 1 mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 391.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21830

16244

D. Jitka Kunaskova.

C/ Borda, edf. Rosa de Los Vientos, n° 101.

38670 Adeje Tenerife.

Examinada su solicitud de abono de la prestación

por desempleo en su modalidad de pago único y en

atención a los siguientes:

Hechos:

1.- No es usted beneficiario de ninguna prestación

por desempleo del nivel contributivo.

(13)

A los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1.- El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 de Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.) aprobado por R.D. 1/1994 de 20 de junio

y el n° 2 del artículo 3 del Real Decreto 1044/1985,

de 19 de junio.

2.- De acuerdo con lo dispuesto en el número 1 del

artículo 1 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de

ju-nio, sólo podrán ser beneficiarios de la modalidad de

Pago Único de la Prestación por Desempleo,

quie-nes sean titulares del derecho a la prestación por

de-sempleo de nivel contributivo.

Resuelve:

Denegar la modalidad de pago de referencia.

Contra la presente resolución, conforme a lo

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley

de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real

De-creto 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer, ante

es-ta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía

jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días

há-biles siguientes a la fecha de notificación de la

pre-sente resolución.

A N U N C I O

21831

16245

D.ª Martha Estela Tupiza Sosa.

C. Los González, n° 1, San Isidro.

38611 Granadilla de Abona.

Examinada su solicitud de capitalización de

pres-tación contributiva por desempleo en su modalidad

de Pago Único, formulada con fecha 17 de abril de

2009 y en atención a los siguientes

Hechos.

1°.- Con fecha 12 de mayo de 2009 el Servicio

Ca-nario de Empleo le efectuó una notificación que, a

efectos del reconocimiento de su derecho, debía

pre-sentar los siguientes documentos:

- Autorización para trabajar por cuenta propia o

permiso de residencia permanente.

2°.- En dicha notificación se le concedía un plazo

de 15 días hábiles, contados a partir del día

siguien-te del recibo de la misma para aportar la

menciona-da documentación, con el apercibimiento de que si

así no lo hiciere se le tendría por desistida su

peti-ción.

3°.- Transcurrido el plazo concedido, no consta

ha-ya aportado la documentación requerida, siendo

de-vuelta la carta por el Servicio de Correos por

desco-nocida y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia

con fecha 15 de julio de 2009.

A los que son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho.

I. De acuerdo con el apartado 3, del artículo 228

del Texto Refundido de la Ley General de la

Segu-ridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo

1/94, de 20 de junio (B.O.E. n° 154, de 29 de junio),

y con el n° 2 del artículo 3 del Real Decreto 1044/85

de 19 de junio, el Servicio Público de Empleo

Esta-tal es competente para resolver sobre esta materia.

II. El n° 1 del artículo 71 de la Ley 30/92, de

Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común de 26 de

noviembre (B.O.E. 285, de 27 de noviembre), según

la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero

(B.O.E. n° 12 de 14 de enero), dispone que si la

so-licitud de iniciación de un procedimiento no reúne

los requisitos formales, se requerirá al interesado

pa-ra que subsane la falta, con indicación de que, si así

no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su

peti-ción.

Visto todo lo actuado, preceptos legales citados y

demás de general aplicación

Esta Dirección Provincial ha resuelto archivar su

solicitud de pago único, teniéndole por desistido del

mismo.

De no estar conforme con este acuerdo, dispone de

un plazo de 30 días, desde la fecha de notificación

de la presente resolución, para interponer ante esta

Dirección Provincial la preceptiva reclamación

pre-via a la vía judicial, según lo dispuesto en el

artícu-lo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento

Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/95,

de 7 de abril (B.O.E. n° 86, de 11 de abril).

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Gestión Económica y Servicios, Pedro Duarte

Váz-quez.

A N U N C I O

21832

16245

D. Carmelo Jesús Acevedo Díaz.

C. Las Portelas Altas, n° 16, Las Portelas.

38480 Buenavista.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

(14)

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de

la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla

el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial

Resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 5.050,00 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 214.

• Importe líquido del derecho reconocido 4.086,61

euros.

• En el plazo de 1 mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 140.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su Oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a los

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Gestión Económica y Servicios, Pedro Duarte

Váz-quez.

A N U N C I O

21833

16245

D. Xarach Román González Méndez.

C/ Reyes Católicos, n° 50, piso 1, puerta A.

38410 Los Realejos, Tenerife.

Examinada su solicitud de la prestación por

de-sempleo en su modalidad de pago único, y en

aten-ción a los siguientes:

Hechos.

1. Concurren todas las circunstancias para que la

solicitud formulada sea favorablemente acogida, a

los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

1. El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3 del artículo 228 del Texto

Re-fundido de la Ley General de la Seguridad Social

(L.G.S.S.), aprobado por Real Decreto 1/1994, de 20

de junio y el número 2 del artículo 3 del Real

De-creto 1044/1985, de 19 de junio.

2. Lo dispuesto en el Real Decreto 1044/1985, de

19 de junio, y en la disposición transitoria cuarta de

la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, que desarrolla

el mencionado apartado 3, del artículo 228 de la

L.G.S.S.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación esta Dirección Provincial

Resuelve:

A) Aprobar el abono de la prestación en su

moda-lidad de pago único por su valor actual, en los

tér-minos que se indican a continuación:

• Cuantía prevista de la inversión 7.500,00 euros

(en el caso de trabajadores autónomos no afectados

(15)

por minusvalía, el límite máximo a abonar será el

60% de la prestación pendiente de percibir).

• Días a capitalizar 328.

• Importe líquido del derecho reconocido 7.514,70

euros.

• En el plazo de 1 mes desde el abono de la

pres-tación, deberá iniciar la actividad y presentar, en su

Oficina del Servicio Canario de Empleo, la

siguien-te documentación:

1.- Certificado de ingreso en el Colegio

Profesio-nal correspondiente, en el caso de actividades no

su-jetas a cotizaciones a la Seguridad Social.

2.- Justificantes de la inversión realizada.

B) Aprobar el abono de la prestación por

desem-pleo en su modalidad de pago único en pagos

men-suales, en los términos que se indican a continuación:

• Días de prestación pendientes de percibir: 236.

Además, transcurrido el primer mes cotizado tras

el inicio de la actividad, presentará en su oficina del

Servicio Público de Empleo Estatal, una

comunica-ción acompañada de los documentos acreditativos

del pago de cuotas de ese mes.

Contra la presente resolución, conforme a lo

pre-visto en el artículo 71 del Texto Refundido de

Pro-cedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a

la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30

días hábiles siguientes a la fecha de notificación de

la presente resolución.

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Prestaciones, Juan Jorge Gutiérrez Sánchez.

A N U N C I O

21834

16245

Sr. Rastilav Urban.

C/ José Pedro Viña Díaz, n° 11, piso bajo-C.

38770 Tazacorte-La Palma.

Examinada su solicitud de abono de la Prestación

por Desempleo en su modalidad de Pago Único de

fecha 19 de marzo de 2009 y en atención a los

si-guientes:

Hechos.

1.- Que con fecha 3 de junio de 2009 presentó

es-crito mediante el que deseaba desistir de dicha

soli-citud de pago único.

Fundamentos de derecho.

1.- El Servicio Público de Empleo Estatal es

com-petente para resolver por razón de la materia, de

acuer-do con el apartaacuer-do 3, de art. 228 del Texto

Refundi-do de la Ley General de la Seguridad Social (LG.S.S),

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de

junio (B.O.E. n° 154, de 29 de junio), en la

redac-ción dada por el artículo primero de la Ley 45/02, de

12 de diciembre, de Medidas Urgentes para la

refor-ma del sisterefor-ma de protección por desempleo y

me-jora de la ocupabilidad.

2.- El art. 90.1 de la Ley 30/92, de 26 de

noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

según la modificación de la Ley 4/99, de 13 de

ene-ro, estipula que "Todo interesado podrá desistir de su

solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el

Or-denamiento Jurídico, renunciar a sus derechos",

es-tableciendo el art. 91.2 de la citada Ley que "La

Ad-ministración aceptará el desistimiento o la renuncia,

y declarará concluso el procedimiento.

Visto todo lo actuado, textos legales citados y

de-más de general aplicación, esta Dirección Provincial.

Resuelve:

Aceptar el desistimiento formulado por Ud., de la

petición del abono de la Prestación por Desempleo

en su modalidad de pago único.

Se advierte que de no estar conforme con este

acuer-do aacuer-doptaacuer-do, dispone de un plazo de 30 días,

conta-dos desde la recepción de la presente resolución,

pa-ra interponer ante este Organismo, a tpa-ravés de su

Oficina de Empleo, la preceptiva reclamación

pre-via a la vía jurisdiccional, según lo dispuesto en el

art. 71 del Texto Refundido de la Ley de

Procedi-miento Laboral aprobado por R.D. Legislativo 2/95,

de 7 de abril (B.O.E. n° 86, de 11 de abril).

El Director Provincial, p.s. Resolución 6.10.08

(B.O.E. nº 247, de 13.10.2008), el Subd. Provincial

de Gestión Económica y Servicios, Pedro Duarte

Váz-quez.

A N U N C I O

21835

16245

D. Peter Urban.

Calle General Yague, nº 9, 3º A.

38760, Los Llanos de Aridane.

Examinada su solicitud de capitalización de

pres-tación contributiva por desempleo en su modalidad

de Pago Único, formulada con fecha 19 de marzo de

2009 y en atención a los siguientes

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