MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
INSTITUTO DE FOMENTO MUNICIPAL
PROGRAMA DE FOMENTO DEL SECTOR MUNICIPAL I
- INFOM / FSM I -
“FORTALECIMIENTO A LA CAPACIDAD MUNICIPAL”
AFIM – OMP,
FINANCIADO POR BANCO INTERAMERICADO DE DESARROLLO – BID –
(PRÉSTAMO BID 1217/0C-GU)
EN COORDINACIÓN CON
FUNDACIÓN INCIDE
MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES
RETALHULEU, DICIEMBRE DE 2005.
Consultores:
Giovanni Monzón: INFOM/FSM I/AFIM
Amilcar Herrera:INFOM/FSM I/OMP
PRESENTACION
De conformidad con la Asistencia Técnica otorgada a la Municipalidad de Retalhuleu por
el Programa de Fomento del Sector Municipal - FSM I -, financiado parcialmente por el
Banco Interamericano de Desarrollo - BID -; mediante el contrato de préstamo
BID-1217/OC-GU, con el Gobierno de Guatemala; tiene como objetivo general apoyar el
proceso de descentralización en Guatemala y fortalecimiento del desarrollo municipal, y
específicamente establecer mecanismos más equitativos y eficientes para la provisión y el
financiamiento de los servicios municipales.
En el marco anterior se elaboró el presente Manual de Puestos, por los Consultores en
Creación implementación y/o Fortalecimiento de las Unidades Técnicas Municipales:
Administrativa Financiera Integrada Municipal - AFIM - y Oficina Municipal de Planificación
- OMP -, en coordinación con el Consultor de la entidad no gubernamental Fundación
INCIDE, la cual ha estado apoyando a dicha Municipalidad desde hace varios años en el
tema de fortalecimiento institucional municipal.
La coordinación de los profesionales / técnicos de INFOM e INCIDE, desde las
perspectivas de cada institución, concluyen que debe operativizarse dentro de la
estructura orgánica Municipal, las oficinas técnicas descritas en el Código Municipal: OMP
y AFIM, así como aquellas otras dependencias o unidades enmarcadas en el Código
mencionado, estableciendo para el efecto los puestos mínimos necesarios y la hoja
técnica de descripción del puesto.
Por consiguiente el presente manual esta basado en la asignación de competencias
recaídas en los puestos de trabajo, que las reformas al Código Municipal plantea,
implementando una visión de administración que interpreta el contenido de los Acuerdos
de Paz y el enfoque de fortalecimiento de la Municipalidad como la institución que rige el
desarrollo de su Municipio.
Para tal efecto se han utilizado los procedimientos lógicos que implica formular la
organización municipal, es decir;
1.
Definición de las competencias asignadas por el Código Municipal.
2.
Formulación de los objetivos, planes y políticas del Gobierno Municipal.
3.
Identificación, clasificación y análisis de las actividades que permitan alcanzar los
objetivos, planes y políticas; y agrupación de actividades por afinidad técnica.
4.
Delegación de autoridad
5.
Definición de la coordinación horizontal y vertical.
Por consiguiente según Libro de Sesiones del Concejo Municipal de Retalhuleu,
Acta No. 76
– 2005, en su Punto Cuarto, de fecha 28/12/2005; se acuerda por
mayoría de votos, APROBAR el presente MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES DE
LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU; para que tome la vigencia correspondiente.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
INDICE
Pagina
OBJETIVOS
iv
ORGANIGRAMA DEL GOBIERNO MUNICIPAL O NIVEL SUPERIOR
1
ORGANIGRAMA DE PUESTOS DEL CONCEJO MUNICIPAL
1
1. SINDICO 2
2. CONCEJAL 4
3. ALCALDE (SA) MUNICIPAL 6
ORGANIGRAMA DE PUESTOS DEL NIVEL SUPERIOR
8
4. ALCALDE (SA) COMUNITARIO 9
5. ASISTENTE DE ALCALDIA 11
ORGANIGRAMA DE SECRETARIA, REGISTRO CIVIL Y VECINDAD
12
6. REGISTRADOR CIVIL 13
7. OFICIAL PRIMERO DE REGISTRO CIVIL 15
8. OFICIAL SEGUNDO DE REGISTRO CIVIL 17
9. OFICIAL TERCERO DE REGISTRO CIVIL 18
10. OFICIAL CUARTO 19
11. SECRETARIO MUNICIPAL 20
12. OFICIAL PRIMERO DE SECRETARIA 23
13. ENCARGADO DE REGISTRO DE VECINDAD 25
14. OFICIAL PRIMERO DE REGISTRO VECINDAD 27
15. OFICIAL SEGUNDO DE REGISTRO DE VECINDAD 29
ORGANIGRAMA DE LA GERENCIA DE SERVICIOS MUNICIPALES,
ADMINISTRATIVOS Y MANTENIMIENTO
33
16. GERENTE MUNICIPAL 34
17. SECRETARIA DE GERENCIA 36
18. SUB GERENTE DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 37
19. JEFE DE ADMINISTRACION DE MERCADOS 38
20. ADMINISTRADOR DE MERCADO 39
21. JEFE DE AGUA Y DRENAJES 40
22. ASISTENTE DE SECCION DE AGUAS 42
23. JEFE DE FONTANERIA Y PLOMERIA 43
24. FONTANERO Y PLOMEROS 44
25. ENCARGADO DE DRENAJES 45
26. ENCARGADO DE PLANTA DE AGUA 46
27. ENCARGADOS DE PLANTA DE AGUA SERVIDAS 47
28. LECTORES 48
29. JEFE DE SECCION DE SANIDAD Y ORNATO 49
30. ENCARGADO DE TREN DE ASEO 50
31. RECOLECTOR DE BASURA 51
32. PILOTO 52
33. ENCARGADO DE CEMENTERIO 53
Pagina
35. ENCARGADO LIMPIEZA PUBLICA 55
36. ADMINISTRADOR DE PLANTA EL OCOSITO 56
37. ASISTENTE DE ADMINISTRADOR 57
38. SUB GERENTE ADMINISTRATIVO 58
39. JEFE DE RECURSOS HUMANOS 60
40. ASISTENTE DE RECURSOS HUMANOS 61
41. AUXILIAR DE RECURSOS HUMANOS 63
42. ENCARGADO DE INFORMATICA 64
43. JEFE DE RELACIONES PUBLICAS 65
44. SECRETARIA DE RELACIONES PUBLICAS 66
45. JEFE DE CULTURA, DEPORTES Y RECREACION 67
46. ENCARGADO DE BIBLIOTECA 68
47. AUXILIAR DE BIBLIOTECA 69
48. ENCARGADO DE ESTADIO Y GIMNASIO 70
49. ENCARGADO DE PARQUE RECREATIVO OCOSITO 71
50. SUB GERENTE DE MANTENIMIENTO 72
51. CARPINTERO 73
52. ELECTRISISTA 74
53. MECANICO AUTOMOTRIZ Y SOLDADOR 75
54. ALBANILES 76
55. ENCARGADO DE SERVICIOS GENERALES 77
ORGANIGRAMA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
FINANCIERA INTEGRADA MUNICIPAL AFIM
78
56. DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA FINANCIERA
INTEGRADA MUNICIPAL 79
57. TESORERO 82
58. RECEPTOR MUNICIPAL 86
59. AUXILIAR DE RECEPTORIA 88
60. COBRADORES O RECEPTOR AMBULANTE 90
61. AUXILIAR DE TESORERIA 92 62. JEFE DE PRESUPUESTO 94 63. ASISTENTE DE PRESUPUESTO 96 64. AUXILIAR DE PRESUPUESTO 98 65. JEFE DE CONTABILIDAD 100 66. ASISTENTE DE CONTABILIDAD 102 67. AUXILIAR DE CONTABILIDAD 104 68. ENCARGADO DE ADQUISICIONES 106
69. ENCARGADO DE ALMACEN O GUARDA ALMACEN 108
ORGANIGRAMA DE LA OFICINA MUNICIPAL DE PLANIFICACION
110
70. COORDINADOR (A) DE LA OFICINA MUNICIPAL DE PLANIFICACION 111
71. SECRETARIA DE LA OFICINA MUNICIPAL DE PLANIFICACION 115
72. TÉCNICO EN DESARROLLO URBANO Y RURAL 117
73. TECNICO EN PLANIFICACION 120
74. TECNICO EN GESTION Y SUPERVISION DE PROYECTOS 122
75. TÉCNICO EN ESTADISTICAS MUNICIPALES 124
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de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
Pagina
77. TECNICO CATASTRAL DE INFORMACION Y RECEPCION
(TÉCNICO CATASTRAL I) 128
78. TECNICO CATASTRAL DE REGISTRO DE INFORMACION
(TÉCNICO CATASTRAL II) 130
79. INSPECTOR DE CAMPO 132
80. TECNICO EN NOMENCLATURA Y CONSTRUCCIÓN URBANA 134
ORGANIGRAMA DEL JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES
136
81. JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES 137
82. SECRETARIA 139
83. INSPECTOR 140
ORGANIGRAMA DE LA POLICIA MUNICIPAL
141
84. JEFE DE LA POLICIA MUNICIPAL 142
85. SECRETARIO 143
OBJETIVOS
Aprobado el Manual de Organización por parte del Concejo Municipal se procedió a
elaborar el Manual de Descripción de Puestos el cual tiene como objetivos los siguientes:
1 Implementación de las actividades que se deben realizar en cada uno de
los puestos de trabajo y su relación con otros niveles jerárquicos de la
Municipalidad.
2. Contar con un instrumento administrativo, para mejorar el desempeño del
personal, así como en el proceso de reclutamiento del mismo.
3. Facilitar el proceso de inducción al personal, a efecto de propiciar una
mejor prestación de los servicios.
4. Disponer de una base documental para próximas actualizaciones que se
hagan al manual, conforme la creación, modificación o eliminación de
plazas, dentro de la administración municipal. Por lo tanto, se considera
que la aplicación de este Manual, es de utilidad para la Municipalidad en la
ejecución de sus actividades.
5. Contar con una estructura Administrativa que facilite la labor de la
municipalidad en el proceso de descentralización de Gobierno y
Municipalidad.
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de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
ORGANIGRAMA DEL GOBIERNO MUNICIPAL O NIVEL SUPERIOR
ORGANIGRAMA DE PUESTOS DEL CONCEJO MUNICIPAL
Alcalde Municipal
Sindico
Concejales
CONCEJO MUNICIPAL ALCALDIA Asistencia Administrativa de Alcaldía Asesoria Jurídica Auditoria Internao Unidad de Auditoria Interna UDAIM
Comisiones del Concejo
1. SINDICO
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
ÓRGANO: Concejo Municipal
TITULO DEL PUESTO: Síndico
AUTORIDAD SUPERIOR: Ninguno
SUBALTERNOS: Empleados Municipales bajo su
supervisión II. OBJETO DEL PUESTO:
Puesto directivo que se encarga de velar por la integridad del patrimonio municipal (Bienes muebles e inmuebles), en manejo de la hacienda municipal (Producto de arbitrios, tasas, contribuciones, multas etc.), administración del producto proveniente de los impuestos que el Estado traslada a la municipalidad (10% constitucional, rentas, frutos, licores, combustibles y lubricantes, etc.), y los intereses del Concejo Municipal.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Los concejales sustituirán en su orden, al Alcalde (sa) Municipal en caso de ausencia temporal, teniendo el derecho a devengar una remuneración equivalente al sueldo del alcalde (sa) cuando ello suceda.
2. Emitir dictamen en cualquier asunto que el Alcalde (sa) o el Concejo Municipal lo soliciten. El dictamen debe ser razonado técnicamente y entregarse a la mayor brevedad.
3. Fiscalizar la acción administrativa del Alcalde (sa) y exigir el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Concejo Municipal.
4. Interrogar al Alcalde (sa) sobre las medidas que hubiere adoptado en uso o extralimitación de sus funciones, y por mayoría de votos de sus integrantes, aprobar o no las medidas que hubiesen dado lugar a la interrogación.
5. Asistir a las sesiones del Concejo Municipal y tomar parte activa en las discusiones y toma de decisiones.
6. Los síndicos representan a la municipalidad ante los tribunales de justicia y oficinas administrativas teniendo el carácter de mandatarios judiciales, debiendo ser autorizados expresamente por el Concejo Municipal para el ejercicio de facultades especiales de conformidad con la ley. No obstante lo anterior, el Concejo Municipal puede, en casos determinados, nombrar mandatarios específicos.
7. Integrar y desempeñar con prontitud y esmero las comisiones de trabajo, para las cuales sean designados por el Concejo Municipal.
8. El Concejo Municipal deberá extender una autorización al Síndico en casos de un mandato en el cual se requiera un reconocimiento de firmas, en situación de delitos, prestar confesión, desistir de juicios o recursos, celebrar convenios o transacciones con relación a litigios, y/o condonar obligaciones.
9. Deberá emitir dictamen en aquellos casos que el Alcalde (sa) o el Concejo Municipal se lo requieran, especialmente cuando se trate de asuntos relacionados con la hacienda municipal, o bien con la Comisión o Comisiones que el Síndico sea miembro.
10. Proponer medidas que eviten el abuso y cualquier tipo de irregularidades dentro de las oficinas y dependencias de la municipalidad, tales como:
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12. Cobros indebidos por concepto de comisión en compras de materiales y/o suministros. 13. Uso indebido de combustibles y/o lubricantes o materiales similares.
14. Abuso de autoridad contra vecinos que no tienen los medios económicos o legales para impedir atropellos y medidas arbitrarias por parte de personeros de las diferentes oficinas o dependencias de la Municipalidad.
15. Intervenir y supervisar todo lo relativo a avalúos, reevalúo, mediciones, desmembraciones y todo lo que se relacionen con el Impuesto Único sobre Inmuebles.
16. Autorización de la ubicación de puestos de los locatarios de plaza central y mercado municipal.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con los demás miembros del Concejo Municipal, para tratar asuntos de su competencia. 2. Con personal de la Municipalidad, cuando actúe por delegación del Concejo Municipal, para
resolver problemas tendientes a la mejora de la prestación de servicios a los usuarios. 3. Con las comisiones del COMUDE.
4. Con personeros del Ministerio Público, cuando soliciten su participación.
V. AUTORIDAD:
1. Para proponer medidas correctivas en la aplicación de procedimientos anómalos o deficientes, en la administración municipal.
2. El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado, como tal está integrado por personas que tienen la misma jerarquía o categoría, por cuanto en el seno del Concejo, tiene el mismo poder el Alcalde (sa), los Síndicos y Concejales, para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo.
VI. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. 2. Saber leer y escribir;
3. Estar en el goce de sus derechos políticos.
4. No obstante lo anterior, para los candidatos a síndicos dada la importancia y la complejidad de las funciones que tienen a su cargo, se recomienda el nombramiento de personas con titulo de educación media o universitaria, o bien personas que por su trabajo desempeñado y la experiencia adquirida, tienen un mayor nivel de conocimiento.
5. Sus servicios son gratuitos y obligatorios, salvo causa justificada para no aceptarlos o desempeñarlos, sin embargo, podrá ser remunerado cuando los ingresos municipales lo permitan, siempre que sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan o dictamen que emitan.
6. El Síndico podrá ser remunerado con sueldo, cuando el volumen de su trabajo y la importancia del mismo así lo aconseje, debiendo adoptarse la resolución que lo acuerde con el voto de las dos terceras partes del total de miembros del Concejo Municipal.
2. CONCEJAL
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
ÓRGANO: Concejo Municipal
TITULO DEL PUESTO: Concejal
AUTORIDAD SUPERIOR: Ninguno
SUBALTERNOS: Empleados Municipales bajo su
supervisión II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto directivo de regidor, que se encarga de velar por los intereses del Concejo, puede sustituir al Alcalde (sa) en su ausencia, previa autorización y nombramiento del Concejo Municipal y atender actividades cuya facultad le otorga la Ley. Forma parte del máximo órgano de deliberación y decisión municipal.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Proponer las medidas que tiendan a evitar abusos y corruptelas en las oficinas y dependencias municipales.
2. Los concejales sustituirán en su orden, al Alcalde (sa) en caso de ausencia temporal, teniendo el derecho a devengar una remuneración equivalente al sueldo del Alcalde (sa) cuando ello suceda.
3. Emitir dictamen en cualquier asunto que el Alcalde (sa) o el Concejo Municipal lo soliciten. El dictamen debe ser razonado técnicamente y entregarse a la mayor brevedad.
4. Fiscalizar la acción administrativa del Alcalde (sa) y exigir el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Concejo Municipal.
5. Interrogar al Alcalde (sa) sobre las medidas que hubiere adoptado en uso o extralimitación de sus funciones, y por mayoría de votos de sus integrantes, aprobar o no las medidas que hubiesen dado lugar a la interrogación.
6. Los Concejales están obligados, a integrar y desempeñar con prontitud y esmero las comisiones para las cuales sean designadas por el Concejo Municipal.
7. Dentro de su participación en los trabajos de las Comisiones del Concejo deberá rendir informes y dictámenes con la mayor brevedad posible.
8. Estar informado de la marcha de la administración municipal, para poder sugerir soluciones y mejoras en la misma.
9. Fiscalizar la actividad de la administración municipal, reportando al Alcalde (sa) o al Concejo según sea el caso, cualquier irregularidad o deficiencia que encontrara en las diferentes ramas de la Administración.
10. Ser vigilante de que se cumplan todas las disposiciones, resoluciones, reglamentos y demás ordenanzas que emita el Concejo.
11. Observar y cuidar que los empleados de la Municipalidad cumplan con sus responsabilidades, tanto en el trabajo como para con el público que atienden, debiendo informar de inmediato al Alcalde (sa) de cualquier irregularidad y se efectúen los correctivos correspondientes.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con los demás miembros del Concejo Municipal, para tratar asuntos de su competencia. 2. Con personal de la Municipalidad, cuando actúe por delegación del Concejo Municipal, para
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de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
3. Con personeros de otras entidades, para tratar asuntos propios de la Municipalidad.
V. RESPONSABILIDAD:
1. Para recomendar medidas correctivas en la administración municipal, de manera que se mejoren los servicios a los usuarios.
2. Para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo.
3. Para dictaminar sobre los asuntos que se le asignen, dentro de la Comisión que le corresponde desempeñar, como miembro del Concejo Municipal.
4. Para firmar cédulas por delegación del Alcalde (sa). 5. Para sustituir al Alcalde (sa), por delegación expresa.
VI. AUTORIDAD:
1. Para proponer medidas correctivas en la aplicación de procedimientos anómalos o deficientes, en la administración municipal.
2. El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado, como tal está integrado por personas que tienen la misma jerarquía o categoría, por cuanto en el seno del Concejo, tiene el mismo poder el Alcalde (sa), los Síndicos y Concejales, para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. 2. Saber leer y escribir;
3. Estar en el goce de sus derechos políticos.
4. No obstante lo anterior, para los candidatos a Concejales, se recomienda el nombramiento de personas que hayan cursado por lo menos educación primaria completa, o bien personas que por su trabajo desempeñado y la experiencia adquirida, tienen un mayor nivel de conocimiento. 5. Sus servicios son gratuitos y obligatorios, salvo causa justificada para no aceptarlos o
desempeñarlos, sin embargo, podrá ser remunerado cuando los ingresos municipales lo permitan, siempre que sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan o dictamen que emitan.
3. ALCALDE (SA) MUNICIPAL
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UBICACIÓN ADMINISTRATIVA: Alcaldía Municipal TITULO DEL PUESTO: Alcalde (sa) Municipal
INMEDIATO SUPERIOR: Concejo Municipal
SUBALTERNOS: Alcalde (sa) Auxiliar, Secretario, Gerente General, Director de la AFIM, Director de la Oficina Municipal de Planificación,
Juez de Asuntos Municipales, Registro Civil, Registro Vecindad,
y demás unidades subalternas de los mismos. II. OBJETO DEL PUESTO:
Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo en forma popular, a través del voto mayoritario de los vecinos de su municipio y que de conformidad con artículo 53 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 preside y representa a la Municipalidad, es el personero legal de la misma, miembro constitucional del Consejo Departamental y Presidente del Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y de efectuar una efectiva administración de la Municipalidad.
III. ATRIBUCIONES:
1. Dirigir la administración municipal.
2. Representar a la municipalidad y al municipio.
3. Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones ordinarias y extraordinarias de conformidad con el Código Municipal.
4. Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.
5. Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes y proyectos de desarrollo del municipio.
6. Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia, autorizar pagos y rendir cuentas con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
7. Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos y a los Alcaldes (sas) comunitarios o auxiliares al darles, posesión de sus cargos.
8. Presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones extraordinarias, cuando lo considere necesario.
9. Ser el medio de comunicación entre la Municipalidad, las autoridades y funcionarios públicos. 10. Mantener comunicación con el organismo Ejecutivo, a través de sus respectivos Ministerios,
sobre peticiones y propuestas que el Concejo Municipal decida formularles en beneficio de su comunidad.
11. Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta inmediata al pleno del Concejo Municipal.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
13. Informar al Concejo Municipal, de cualquier irregularidad o anomalía en el manejo de los fondos municipales que fueren detectados.
14. Presentar a consideración del Concejo Municipal, el proyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión municipal para el próximo año.
15. Proponer al Concejo Municipal los respectivos cambios en materia de arbitrios, tasas y demás contribuciones que los vecinos deberán pagar por concepto de productos y servicios, en el entendido que los arbitrios deben someterse a la consideración del Congreso de la República para su creación.
16. Impartir las órdenes a sus subalternos en su calidad de Jefe de la Administración Municipal. 17. Nombrar al personal de la Municipalidad a excepción del Tesorero, Secretario y Registrador
Civil.
18. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad, nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidad con la ley a los empleados municipales.
19. Realizar inspecciones donde se realizan obras de infraestructura municipal, para una buena administración.
20. Inspeccionar, dirigir y activar en lo económico y administrativo, las obras, establecimientos de asistencia social y de educación que sean costeados con fondos municipales.
21. Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los bienes municipales, dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año.
22. Ejercer la jefatura de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción de sus funcionarios.
23. Otras atribuciones inherentes al puesto.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Concejo Municipal, para presentar la documentación e información pertinente de conformidad con la ley.
2. Con el personal subalterno, para proporcionar lineamientos de trabajo, supervisar las actividades desarrolladas y conocer el avance de trabajo.
3. Con personeros de otras entidades, nacionales e internacionales, para gestionar recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio.
4. Con los vecinos del municipio.
V. AUTORIDAD:
1. Para actuar como personero legal de la Municipalidad.
2. Para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.
VI. RESPONSABILIDAD:
1. Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos, contratos y cualquier documento legal en donde el municipio adquiere un derecho o una obligación. 2. De ejecutar el Gobierno Municipal conforme las disposiciones del Concejo Municipal.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. 2. Saber leer y escribir.
ORGANIGRAMA DE PUESTOS DEL NIVEL SUPERIOR
ALCALDE (SA) Asistente Administrativa de Alcalde (sa) Asesor Jurídico Auditores Internos Alcaldes AuxiliaresMANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
4. ALCALDE (SA) COMUNITARIO
DESCRIPCION DEL PUESTO I. IDENTIFICACION DEL PUESTO
UBICACIÓN ADMINISTRATIVA: Alcaldía Auxiliar
TITULO DEL PUESTO: Alcalde (sa) Comunitario
INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde (sa) Municipal
SUBALTERNOS: Integrantes de la Alcaldía Comunitaria.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Cargo ejecutivo a cuyo titular le corresponde representar al Alcalde (sa) Municipal, por delegación en el lugar poblado urbano o rural, para el que haya sido nombrado. Es un cargo obligatorio y gratuito, con excepción de aquel Alcalde (sa) auxiliar que por causas justificadas deba ser retribuido, según acuerdo del Concejo Municipal.
III. ATRIBUCIONES:
1. Ejercer y representar, por delegación del Alcalde (sa), a la autoridad municipal.
2. Promover la organización y la participación sistemática y efectiva de la comunidad en la identificación y solución de los problemas locales.
3. Proponer lineamientos e instrumentos de coordinación en la comunidad para la ejecución de programas o proyectos por parte de personas, instituciones o entidades interesadas en el desarrollo de las comunidades.
4. Servir de intermediario y medio de comunicación entre los habitantes de las comunidades y la Municipalidad, para resolver los problemas de las mismas.
5. Informar a las comunidades, de las ordenanzas, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por el Concejo Municipal o el Alcalde (sa) debiendo velar por su cumplimiento e informar inmediatamente aquellos casos de infracción que se cometan.
6. Velar por la conservación, protección y desarrollo de los recursos naturales de su circunscripción territorial.
7. Rendir los informes que le sean requeridos por el Concejo Municipal o el Alcalde (sa).
8. Mediar en los conflictos que los vecinos de la comunidad le presenten, coordinando esfuerzos con el Juzgado de Asuntos Municipales, cuando el caso lo requiera.
9. Identificar las necesidades locales, con el apoyo y participación de las organizaciones comunales, para su integración a los planes de desarrollo y al presupuesto municipal anual. 10. Atender la convocatoria del Alcalde (sa) cuando éste la requiera, para realizar consultas o
solicitarle información sobre las comunidades.
11. Velar por la conservación del medio ambiente en su jurisdicción.
12. Colaborar con los vecinos de su comunidad en la vigilancia para mantener el orden, en eventos sociales, religiosos, deportivos y culturales.
13. Las demás actividades que le sean asignadas por la Ley.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Concejo Municipal y el Alcalde (sa) Municipal para resolver asuntos de su jurisdicción, presentar informes de trabajo y coordinar actividades de su comunidad.
2. Con los vecinos y sus organizaciones para atender asuntos de su competencia. 3. Con otras personas o entidades.
V. AUTORIDAD:
1. Para actuar en representación de la Autoridad Municipal, en su jurisdicción y para dar cumplimiento a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo o el Alcalde (sa).
2. Según el artículo 58 del código municipal: Los funcionarios y empleados municipales, deberán prestar, en lo que les corresponda, la colaboración necesaria para el cumplimiento de las atribuciones del Alcalde (sa) comunitario o Alcalde (sa) auxiliar.
3. Para cumplir las demás atribuciones contempladas por la Ley.
VI. RESPONSABILIDAD:
1. En el mantenimiento, resguardo y custodia de los bienes municipales tales como: edificios públicos, puentes, y caminos vecinales, etc., para su buen funcionamiento.
2. De acatar y dar cumplimiento a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo Municipal o el Alcalde (sa).
3. Hacer valer sus atribuciones contempladas en la Ley.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Pertenecer a la comunidad.
2. No padecer de enfermedad o impedimento para dedicarse al trabajo.
3. Haber manifestado interés y participación en la resolución de los problemas de su comunidad. 4. Haber demostrado liderazgo y buenas relaciones humanas.
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de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
5. ASISTENTE DE ALCALDIA
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UBICACIÓN ADMINISTRATIVA: Alcaldía Municipal
TITULO DEL PUESTO: Asistente de Alcaldía
INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde (sa) Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno.
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo, que le corresponde atender principalmente asuntos de la Alcaldía Municipal referentes a gestiones en general que competen al Alcalde (sa), tanto de carácter interno como externo.
III. ATRIBUCIONES:
1. Llevar bajo control la agenda del Alcalde (sa) Municipal.
2. Recibe correspondencia dirigida tanto al Alcalde (sa), Concejo Municipal y demás oficinas de la municipalidad.
3. Lleva el control de ingresos y salida de correspondencia. 4. Tiene a su cargo el control y manejo de la Planta Telefónica.
5. Tiene bajo su responsabilidad llevar el control de las llamadas telefónicas tanto internas como externas, así como proporcionar información a los usuarios internos y externos.
6. Archivar y mantener actualizada toda documentación relacionada con el Despacho Municipal. 7. Realizar otros trabajos inherentes al puesto o que le sean asignadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Alcalde (sa) Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
2. Con los jefes de departamento, con el objeto de entregar correspondencia que fuera recibida y registrada en los controles internos.
V. AUTORIDAD:
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD:
1. Del cuidado y buen estado de los libros de registro de ingreso y egreso de papelería. 2. Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
3. De la documentación que recibe y entrega. 4. De la planta telefónica.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Educación: Título a nivel medio, preferentemente secretaria comercial.
2. Habilidades y Destrezas: Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir, así como equipo de cómputo y planta telefónica.
ORGANIGRAMA DE SECRETARIA, REGISTRO CIVIL Y VECINDAD
ALCALDE REGISTRADOR CIVIL SECRETARIO OFICIAL SEGUNDO OFICIAL TERCERO OFICIAL CUARTO ENCARGADO DE REGISTRO DE VECINDAD OFICIAL PRIMERO OFICIAL SEGUNDO OFICIAL PRIMERO OFICIAL PRIMERO DE SECRETARIAMANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
6. REGISTRADOR CIVIL
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Registro Civil
TITULO DEL PUESTO: Registrador Civil
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde (sa) Municipal
SUBALTERNOS: Oficiales de Registro Civil
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo, que le corresponde atender asuntos relacionados con el Registro Civil, para lo cual debe distribuir las actividades entre el personal designado y asignar los turnos correspondientes de tal forma que el servicio se proporcione con normalidad y sean cubiertas emergencias en días festivos y de asueto.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Inscribir partidas de nacimiento, recientes y extemporáneas y de defunción, efectuadas en el municipio y extender la respectiva certificación cuando sea solicitada.
2. Presentar de forma mensual un informe de las actividades desarrolladas dentro del departamento, de forma descriptiva y cuantitativa.
3. Elaborar mecanismos de control, que garanticen el buen funcionamiento del departamento. Presentar dichos controles a su jefe inmediato superior para su aprobación.
4. Efectúa la inscripción de:
Extranjeros residentes. Guatemaltecos naturalizados. Personas Jurídicas.
Reconocimientos judiciales de uniones de hecho, Tutelas, pro tutelas y guardas,
Capitulaciones matrimoniales. Defunciones y mortinatos.
5. Gestionar y participar en la realización de matrimonios civiles y uniones de hecho, desde la solicitud, dictamen, resolución y constancias de matrimonio.
6. Inscribir los matrimonios efectuados en el municipio, sea por que se gestionen directamente en la Municipalidad o por medio de Abogados y Notarios o bien por Ministros de Culto autorizados.
7. Elaborar actas de autorización de los padres o quienes ejerzan la patria potestad, para aquellos menores que soliciten contraer matrimonio.
8. Darle trámite a los expedientes de divorcio, así como de adopciones, remitidos por los juzgados correspondientes, a través de la trascripción de la resolución en el libro respectivo y el razonamiento en la partida de matrimonio o de nacimiento, según corresponda.
9. Firma y sello de: Partidas de nacimientos, matrimonios, certificaciones de nacimientos, certificaciones de matrimonio, constancias.
10. Gestionar la autorización y registro de matrículas de Fierro. leyes y acuerdos relacionados con la extensión de cartas de venta, registro de matrículas de fierro.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Alcalde (sa) Municipal, para recibir instrucciones y presentarle los informes correspondientes.
2. Con los Oficiales de Secretaría encargados del Registro de Vecindad, en las gestiones de los usuarios.
V. AUTORIDAD:
1. Para registrar los actos indicados en la ley, relacionados con la Unidad.
VI. RESPONSABILIDAD :
1. Cuidar que los libros se mantengan en buen estado.
2. Responsable del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se remiten a las instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO.
1. Educación
Ser guatemalteco de origen ciudadano en el cumplimiento de sus derechos políticos. Preferentemente Abogado y Notario o con conocimiento de legislación aplicada a Municipalidades o experiencia en el puesto.
2. Habilidades, Destrezas y Otros conocimientos
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible. En el uso de equipo de oficina, maquina de escribir, computadora, calculadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power Point), buenas relaciones interpersonales, para recibir y ejecutar instrucciones inherentes al cargo.
Para redactar informes.
Para atender al público, con amabilidad y respeto.
Del Código Civil, Código Municipal, ley de cédulas, así como otras leyes relacionadas con el trabajo.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
7. OFICIAL PRIMERO DE REGISTRO CIVIL
DESCRIPCION DEL PUESTO I. IDENTIFICACION DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA Registro Civil
TITULO DEL PUESTO Oficial I.
JEFE INMEDIATO SUPERIOR Registrador Civil
SUBALTERNOS Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo que le corresponde atender asuntos relacionados con el registro de todas las inscripciones de los ciudadanos en el municipio.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO
1. Gestionar la autorización y registro de matrículas de Fierro. 2. Asentamiento de partidas de nacimiento
3. Asentamiento de partidas de defunción. 4. Asentamiento de partidas de matrimonio 5. Inscripción de divorcios.
6. Inscripción de uniones de hecho. 7. Índice de todos los libros.
8. Digitalización de partidas de nacimiento 9. Digitalización de partidas de defunción. 10. Digitalización de partidas de matrimonio
11. Recibir los documentos y libros presentados por los encargados de los Registros Civil, para solicitar firma del Registrador civil y/o del Alcalde (sa).
IV. RELACIONES DE TRABAJO
1. Con el Registrador Civil y Oficiales de la Unidad.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna.
VI. RESPONSABILIDAD
1. Las que se derivan de sus atribuciones, libros de registro, así como del equipo de trabajo que tiene asignado.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO
1. Educación y Experiencia
Título a nivel medio, preferentemente Secretaria Ejecutiva Bilingüe, Perito en Administración Pública o Perito contador.
2. Habilidades, Destrezas y Otros Conocimientos
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo de la tesorería municipal, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power Point.)
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
8. OFICIAL SEGUNDO DE REGISTRO CIVIL
DESCRIPCION DEL PUESTO I. IDENTIFICACION DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA Registro Civil
TITULO DEL PUESTO Oficial II
JEFE INMEDIATO SUPERIOR Registrador
SUBALTERNOS Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo que le corresponde atender asuntos relacionados con la extensión de certificaciones que solicitan los ciudadanos en el municipio.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO
1. Elaboración de Certificaciones de partidas de nacimiento. 2. Elaboración de Certificaciones de partidas de defunción. 3. Elaboración de Certificación de partidas de matrimonio. 4. Elaboración de Certificación de divorcios.
5. Elaboración de Certificaciones de uniones de hecho. 6. Digitalización de partidas de nacimiento
7. Digitalización de partidas de defunción. 8. Digitalización de partidas de matrimonio
IV. RELACIONES DE TRABAJO
1. Con el Registrador Civil y Oficiales de la Unidad.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD
1. Las que se derivan de sus atribuciones y del registro en los libros correspondientes.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO
1. Educación y Experiencia
Título a nivel medio, preferentemente, Secretaria Ejecutiva, Perito en Administración de Empresas o Perito Contador.
Con conocimientos relacionados al puesto. 2. Habilidades, Destrezas y Otros Conocimientos
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo del Registro Civil, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power point.) Mecanográficas.
9. OFICIAL TERCERO DE REGISTRO CIVIL
DESCRIPCION DEL PUESTO I. IDENTIFICACION DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA Registro Civil
TITULO DEL PUESTO Oficial III
JEFE INMEDIATO SUPERIOR Registrador
SUBALTERNOS Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo que le corresponde atender asuntos relacionados con la extensión de certificaciones que solicitan los ciudadanos en el municipio.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO
1. Presentar una planificación semanal, mensual y anual a su jefe inmediato superior. 2. Asentamiento de partidas de nacimiento
3. Asentamiento de partidas de defunción. 4. Asentamiento de partidas de matrimonio. 5. Inscripción de divorcios.
6. Inscripción de uniones de hecho. 7. Digitalización de partidas de nacimiento 8. Digitalización de partidas de defunción. 9. Digitalización de partidas de matrimonio
10. Presentar a su jefe inmediato superior un informe mensual y anual de las actividades realizadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO
1. Con el Registrador Civil y Oficiales de la Unidad.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD
1. Las que se derivan de sus atribuciones y del registro en los libros correspondientes.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO
1. Educación y Experiencia
Título a nivel medio, preferentemente, Secretaria Ejecutiva, Perito en Administración de Empresas o Perito Contador.
Con conocimientos relacionados al puesto. 2. Habilidades, Destrezas y Otros Conocimientos
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo de la tesorería municipal, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel,
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
10. OFICIAL CUARTO DE REGISTRO CIVIL
DESCRIPCION DEL PUESTO I. IDENTIFICACION DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA Registro Civil
TITULO DEL PUESTO Oficial IV
JEFE INMEDIATO SUPERIOR Registrador
SUBALTERNOS Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo que le corresponde atender asuntos relacionados con la extensión de certificaciones que solicitan los ciudadanos en el municipio.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO
1. Presentar a su jefe inmediato superior una planificación semanal, mensual y anual del trabajo a realizar.
2. Elaboración de Certificaciones de partidas de nacimiento. 3. Elaboración de Certificaciones de partidas de defunción. 4. Elaboración de Certificación de partidas de matrimonio. 5. Elaboración de Certificación de divorcios.
6. Elaboración de Certificaciones de uniones de hecho. 7. Digitalización de partidas de nacimiento
8. Digitalización de partidas de defunción. 9. Digitalización de partidas de matrimonio
10. Presentar a su jefe inmediato superior un informe mensual y anual del trabajo realizado.
IV. RELACIONES DE TRABAJO
1. Con el Registrador Civil y Oficiales de la Unidad.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD
1. Las que se derivan de sus atribuciones y del registro en los libros correspondientes.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO
1. Educación y Experiencia:
Título a nivel medio, preferentemente, Secretaria Ejecutiva, Perito en Administración de Empresas o Perito Contador.
Con conocimientos relacionados al puesto. 2. Habilidades, Destrezas y Otros Conocimientos:
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo de la tesorería municipal, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power point.)Mecanográficas. De las leyes relacionadas con el trabajo.
11. SECRETARIO MUNICIPAL
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Secretaría
TITULO DEL PUESTO: Secretario Municipal
RESPONSABLE ANTE: Alcalde (sa) Municipal
SUBALTERNOS: Oficiales de Secretaría, Registro de
Vecindad. II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los requerimientos del Alcalde (sa), tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones administrativas presentadas por los vecinos; y que deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde (sa). De igual manera tiene a su cargo la jefatura del personal.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO: Ante el Concejo Municipal
1. Comparecer en todas las sesiones del Concejo, con voz pero sin voto debiendo levantar actas en cada una de ellas.
2. Proporcionar información y orientación a los miembros del Concejo, en lo relativo a aspectos administrativos legales, los cuales debe conocer con el objeto de que las decisiones del Concejo se fundamenten en la ley.
3. Distribuir a las diferentes comisiones del Concejo los expedientes sobre los que deben rendir dictamen.
4. Redactar los Acuerdos y Resoluciones.
5. Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal.
6. Velar porque todos los Acuerdos y disposiciones que deban ser publicadas en el Diario Oficial, se envíen con prontitud a la Tipografía Nacional y que posteriormente cumplido ese requisito adquiera plena vigencia.
Ante el Alcalde (sa) Municipal
1. Dirigir y ejecutar la administración y funcionamiento de la Secretaría Municipal.
2. Organizar y distribuir el trabajo de acuerdo a su volumen y personal disponible, designando dentro de los oficiales, las diferentes funciones, recepción y registro de documentos dentro de la Municipalidad, así como actas y acuerdos del Concejo.
3. Mantener el control permanente de los libros que se llevan en la Administración Municipal, entre ellos los de actas de la alcaldía y demás expedientes.
4. Llevar un adecuado registro de los expedientes que ingresen a la Municipalidad ya que es de suma importancia para la Administración Municipal como para los vecinos, el cual deberá estar siempre actualizado para que en cualquier momento se pueda localizar o saber en poder de quién está un expediente, para lo cual deberá existir el mobiliario adecuado para formar o establecer el archivador correspondiente.
5. Providenciar expedientes por instrucciones del Alcalde (sa).
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
7. Organizar y resguardar el archivo Municipal, para lo cual deberán existir los archiveros correspondientes.
8. Redactar la Memoria de Labores Anual, para lo cual elaborará un proyecto de las labores realizadas el año anterior, lo cual se hará solicitándolo a las distintas dependencias municipales, un informe sobre los logros y realizaciones alcanzadas durante el transcurso del año.
9. Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la Ley o a través del nombramiento o asignación por parte del Alcalde (sa).
10. Someter a consideración del Alcalde (sa) para su autorización, la documentación respectiva para la aplicación de políticas disciplinarias dentro de la Municipalidad.
11. Ordenar la documentación relacionada con el Concejo Municipal.
12. Transcribir los acuerdos del Concejo, identificarlos y distribuirlos según su destino. 13. Elaborar las nóminas de dietas, por cada sesión celebrada.
14. Elaborar las convocatorias para las sesiones del Concejo y distribuirlas oportunamente, conforme le sea indicado.
15. Llevar el control de las audiencias para las sesiones del Concejo. 16. Emitir órdenes de conexiones de agua.
17. Promover las evaluaciones psicológicas de los aspirantes a una plaza, con la finalidad de medir la capacidad de los mismos para desempeñar cualquier puesto dentro de la Municipalidad.
18. Tramitar los diferentes movimientos del personal (nombramientos, contratos, sanciones, licencias, permisos, bajas, reanudación de labores, suspensiones, etc.)
19. Promover el bienestar social de los trabajadores, cooperando en la solución de sus problemas personales y laborales.
20. Promover la capacitación, así como llevar un control sobre la selección y reclutamiento del personal en una mejor forma.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas.
2. Con el Alcalde (sa), para recibir instrucciones, presentar informes proyectos y demás gestiones, así como hacer consultas con personal de secretaria y público en general.
3. Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
4. Con el Concejo Municipal y el Alcalde (sa), en cuanto a la aplicación de normas y ejecución de reglamentos emitidos.
5. Con los vecinos del municipio, para el rendimiento de informes y/o dictámenes emitidos de acuerdo a su resolución de sus solicitudes o requerimientos.
V. AUTORIDAD:
1. Con el personal de la Secretaría Municipal,
2. Con las unidades ejecutoras y subalternas jerárquicamente bajo su responsabilidad 3. Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.
4. Para distribuir el trabajo de Secretaria entre los oficiales.
VI. RESPONSABILIDAD:
1. Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las actas certificadas que extienda por los libros asignados y autorizados por el Alcalde (sa), siempre que se pruebe fehacientemente la falta.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
1. Ser guatemalteco de origen.
2. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.
3. Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su Profesión, o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
12. OFICIAL PRIMERO DE SECRETARIA
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Secretaría Municipal
TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Secretaría JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo que le corresponde atender principalmente a los interesados en gestionar solicitudes relacionadas con servicios públicos municipales.
Dentro de sus actividades, le corresponde elaborar contratos administrativos según corresponda a la gestión.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Redactar correspondencia de la Secretaría, para la gestión de expedientes a otras oficinas de la Municipalidad o bien a otras instituciones, entre las que se encuentran, ventas y traspasos de terrenos, exhumaciones y construcciones en el cementerio, expedientes del mercado.
2. Elaborar contratos varios.
3. Elaborar actas y citaciones varias.
4. Sustituir al Secretario Municipal, en su ausencia.
5. Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas. 6. Elaborar y remitir notificaciones y citaciones.
7. Recibe correspondencia dirigida tanto al Alcalde (sa), Concejo Municipal y demás oficinas de la municipalidad.
8. Tiene bajo su responsabilidad llevar el control de las llamadas telefónicas tanto internas como externas, así como proporcionar información.
9. Atender las solicitudes de desmembraciones, particiones, mediciones requeridas por los interesados.
10. Completar los formularios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- presentados por los interesados, a efecto de hacer constar la supervivencia.
11. Elaborar la correspondencia inherente a las gestiones que realiza, tales como certificaciones y constancias.
12. Extender licencias para actividades bailables, fiestas titulares, cantónales y de la jurisdicción. 13. Elaborar correspondencia de Secretaría.
14. Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.
15. Elaborar otro tipo de correspondencia, conforme las necesidades secretariales del Concejo Municipal.
16. Lleva el control de ingresos y salida de correspondencia.
17. Firma y sello de: Cédulas de Vecindad, Cartas de Venta, matriculas de Fierro, etc. 18. Gestionar la autorización y registro de matrículas de Fierro.
19. Leyes y acuerdos relacionados con la extensión de cartas de venta, registro de matrículas de fierro.
20. Velar por el buen estado de los libros del registro de vecindad.
21. Apoyar al personal que tiene bajo su cargo cuando exista gran demanda de documentos, relacionados con el registro de vecindad.
22. Realizar resoluciones procedentes de los Notarios y del Ministerio Público.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
2. Con el Alcalde (sa), para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados. 3. Con los Departamentos de Infraestructura y Servicios Técnicos Municipales y Departamento de
Servicios Generales en lo relacionado con el servicio de Agua y Limpieza respectivamente.
V. AUTORIDAD:
1. Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal.
VI. RESPONSABILIDAD:
1. Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
2. De la documentación que tenga bajo su custodia y de los documentos que firme y selle en ausencia del Secretario Municipal.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO.
1. Educación:
Título a nivel medio, preferentemente de Secretaria Ejecutiva o Secretaria Ejecutiva Bilingüe.
Con conocimientos relacionados al puesto.
2. Habilidades, destrezas y otros conocimientos:
Para Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de oficina (escribir, calculadora, computadora, etc.), manejo de programas informáticos de oficina (Word, Excel y Power Point) buenas relaciones interpersonales, y para redactar notas, cartas y actas.
Del Código Civil, Código Municipal y en las leyes relacionadas con el trabajo de la Secretaría Municipal.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
13. ENCARGADO DE REGISTRO DE VECINDAD
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Secretaria
TITULO DEL PUESTO: Encargada (o) de Registro de Vecindad
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: SECRETARIO MUNICIPAL
SUBALTERNOS: Oficiales de Registro Vecindad
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo, que le corresponde atender asuntos relacionados con el Registro de Vecindad, para lo cual debe distribuir las actividades entre el personal designado y asignar los turnos correspondientes de tal forma que el servicio se proporcione con normalidad y sean cubiertas emergencias en días festivos y de asueto.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Presentar de forma mensual un informe de las actividades desarrolladas dentro del departamento, de forma descriptiva y cuantitativa.
2. Elaborar mecanismos de control, que garanticen el buen funcionamiento del departamento. Presentar dichos controles a su jefe inmediato superior para su aprobación.
3. Revisión y sello de: Cédulas de Vecindad, Cartas de Venta, matriculas de Fierro, etc. 4. Velar por el buen estado de los libros del registro de vecindad.
5. Apoyar al personal que tiene bajo su cargo cuando exista gran demanda de documentos, relacionados con el registro de vecindad.
6. Realizar resoluciones procedentes de los Notarios y del Ministerio Público. 7. Restauración de los libros de Registro de Vecindad.
8. Informar a las personas de su obligación de empadronarse. 9. Elaboración de Guías de Conducción.
10. Elaboración de cartas de Venta. 11. Elaboración de matrimonios.
12. Elaboración de la documentación para realizar los matrimonios. 13. Elaboración de Buhoneros.
14. Ordenar Boletas de cédulas entregadas.
15. Elaboración de Cédulas, Certificaciones de cedulas de vecindad y constancias varias.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle los informes correspondientes.
2. Con los Oficiales de Secretaría encargados del Registro de Vecindad, en las gestiones de los usuarios.
V. AUTORIDAD:
1. Para registrar los actos indicados en la ley, relacionados con la Unidad.
VI. RESPONSABILIDAD :
2. Responsable del envío oportuno de los informes mensuales que se remiten a las instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO.
1. Educación y Experiencia:
Ser guatemalteco de origen ciudadano en el cumplimiento de sus derechos políticos. Preferentemente Abogado y Notario o tener cinco años mínimo de experiencia en el puesto. 2. Habilidades, Destrezas y Otros Conocimientos:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible. En el uso de equipo de oficina, maquina de escribir, computadora, calculadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power Point), buenas relaciones interpersonales, para recibir y ejecutar instrucciones inherentes al cargo.
Para redactar informes.
Para atender al público, con amabilidad y respeto.
Del Código Civil, Código Municipal, ley de cédulas, así como otras leyes relacionadas con el trabajo.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
14. OFICIAL PRIMERO DE REGISTRO VECINDAD
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Secretaria
TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Registro Vecindad
JEFE INMEDIATO: Encargada (o) de Registro de Vecindad
SUBALTERNOS: Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo, que le corresponde atender a los interesados en gestionar asuntos relacionados con el Registro de Vecindad.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Custodiar y conservar en forma eficiente, los libros y documentación relacionada.
2. Enviar avisos de avecindamiento a otras municipalidades, así como efectuar los razonamientos por los mismos conceptos de acuerdo a los avisos recibidos.
3. Llenar el carné para asignar el Número de Identificación Tributaria (NIT), a quienes se les conceda la primera cédula y enviar los formularios mensualmente a Finanzas Públicas.
4. Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas. 5. Efectuar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio.
6. Extender cédulas, certificaciones o constancia de cédula o bien de carencia de cédula.
7. Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos una vez cumplidos los requisitos establecidos en la ley.
8. Registrar las modificaciones de las características de los vecinos. 9. Razonar aviso de divorcio.
10. Presentar a su jefe inmediato superior un informe mensual y un informe integral de todos los meses cada fin de año.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con su jefe inmediato superior, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
2. Con el Alcalde (sa), para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD
1. Por el cuidado y buen estado de los libros del Registro de Vecindad. 2. Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
3. Del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se remiten a las instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO.
1. Educación y Experiencia
Título a nivel medio, preferentemente Secretaria Ejecutiva, Perito en Administración de Empresas, Perito Contador o Con conocimientos relacionados al puesto acreditados con entidades publicas y privadas que los impartes.
2. Habilidades, destrezas y otros conocimientos:
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo de la tesorería municipal, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power point.)
Para redactar informes.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto,
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
15. OFICIAL SEGUNDO DE REGISTRO DE VECINDAD DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Secretaria
TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Registro Vecindad
JEFE INMEDIATO: Encargada (o) de Registro de Vecindad
SUBALTERNOS: Ninguno
II. OBJETO DEL PUESTO:
Es un puesto administrativo, que le corresponde atender a los interesados en gestionar asuntos relacionados con el Registro de Vecindad.
III. ATRIBUCIONES DEL PUESTO:
1. Orientar al público interesado en realizar gestiones relacionadas con el Registro de Vecindad. 2. Contestar oficios pedidos por el ministerio Público.
3. Efectuar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio. 4. Actualizar el índice de cédulas por orden alfabético y apellidos.
5. Extender cédulas, certificaciones o constancia de cédula o bien de carencia de cédula.
6. Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos una vez cumplidos los requisitos establecidos en la ley.
7. Llenar el carné para asignar el Número de Identificación Tributaria (NIT), a quienes se les conceda la primera cédula y enviar los formularios mensualmente a Finanzas Públicas.
8. Registrar las modificaciones de las características de los vecinos. 9. Razonar avisos de Matrimonios.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
1. Con su jefe inmediato superior, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
2. Con el Alcalde (sa), para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
V. AUTORIDAD
1. Ninguna
VI. RESPONSABILIDAD
1. Por el cuidado y buen estado de los libros del Registro de Vecindad. 2. Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
3. Del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se remiten a las instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO.
1. Educación
Título a nivel medio, preferentemente Secretaria Ejecutiva, Perito en Administración de Empresas, Perito Contador. Con conocimientos relacionados al puesto acreditados con entidades publicas y privadas que los imparten.
2. Habilidades, destrezas y otros conocimientos:
Recibir e interpretar instrucciones de su trabajo, de dar propuestas y alternativas para mejorar el manejo de la tesorería municipal, para el manejo de maquinas de escribir, computadoras, fax, fotocopiadoras, manejo de programas informáticos (Word, Excel, Power point.)
Para redactar informes.
Del Código Civil y Código Municipal en lo relacionado al trabajo y Conocer la Ley de Cédulas.
MANUAL DE PUESTOS Y FUNCIONES Aprobado, según Acta 76-2005, Punto Cuarto
de Fecha 28 de Diciembre de 2005.
ORGANIGRAMA DE LA GERENCIA DE SERVICIOS MUNICIPALES, ADMINISTRATIVOS Y MANTENIMIENTO
ALCALDE
GERENTE MUNICIPAL
Sub Gerente de Servicios Públicos Municipales
Jefe de Mercados
Administrador de Mercados
Sub Gerente Administrativo
SECRETARIA
Sub Gerente de Mantenimiento
Jefe de Aguas y Drenajes
Jefe de Desechos Sólidos
Jefe de Recursos Humanos
Encargado de Informática
Jefe de Relaciones Públicas
Jefe de Cultura, Deportes y Recreación
Carpintero
Electricista
Mecánica Automotriz y Soldadura
Albañiles Asistente de Aguas
Fontaneros y Plomeros
Encargado de Drenajes
Encargado de Planta de Agua
Lectores
Basura
Recolector de Basura Encargado de Agua Servidas
Auxiliar de Recursos Humanos
Encargado de Estadio y Gimnasio
Encargado de Biblioteca
Encargado de Parque Recreativo Ocosito
Encargado de Casa de la Cultura
Auxiliar de Biblioteca