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Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de noviembre de 2014 (OR. en)

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Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de noviembre de 2014 (OR. en) 15701/1/14 REV 1 JAI 897 DAPIX 175 CRIMORG 109 ENFOPOL 372 NOTA PUNTO "I/A"

De: Secretaría General del Consejo

A: Comité de Representantes Permanentes/Consejo N.º doc. prec.: 11153/2/14 REV 2

Asunto: Proyecto de Conclusiones del Consejo sobre una Estrategia actualizada de gestión de la información para la seguridad interior de la UE

1. El 30 de noviembre de 2009, el Consejo aprobó las Conclusiones sobre una Estrategia de gestión de la información para la seguridad interior de la UE1. La Estrategia como tal está concebida para el largo plazo y puede seguir desarrollándose y actualizándose a medida que se va desarrollando la visión global. Por tanto, el Consejo aprobó la Estrategia en 2009 entendiéndose que habría de revisarse antes del término de 2014.

2. La Estrategia está destinada a respaldar, racionalizar y facilitar la gestión de la información necesaria para llevar a cabo un intercambio transfronterizo de información ágil entre autoridades policiales, autoridades responsables de la gestión de fronteras y autoridades judiciales encargadas de asuntos penales. La Estrategia facilita orientaciones sobre la manera de plasmar las necesidades de la actividad en estructuras y contenidos, e incluye los fines estratégicos que deben lograrse, clasificados en varias áreas de interés.

1 Documento 16637/09 JAI 873 CATS 131 ASIM 137 JUSTCIV 249 JURINFO 145.

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3. La Estrategia se complementa mediante una lista de acciones u hoja de ruta en la que se definen objetivos, procesos, funciones y plazos concretos. Hasta la fecha se han hecho públicas tres listas de acciones con una vigencia de dieciocho meses cada una. El segundo informe provisional sobre la aplicación de las listas de acción de la Estrategia2 expone los

objetivos y resultados logrados hasta ahora.

4. El Grupo DAPIX debatió la evaluación y revisión de la Estrategia en sus reuniones de los días 1 de julio y 23 de septiembre. Las Delegaciones recomendaron que se distinguiera claramente entre la Estrategia en sí, la aplicación a nivel nacional o de la UE y el establecimiento de nuevas listas de acción. Los debates concluyeron que la Estrategia se consideraba un instrumento suficientemente sólido cuya validez debía reafirmarse a condición de aportar algunas actualizaciones. No obstante, respecto de la aplicación de la Estrategia a través de listas de acción, las Delegaciones solicitaron un mayor compromiso de los interesados e insistieron en los resultados prácticos, y en aspectos operativos y de coordinación. 5. En consecuencia la Presidencia sugirió que se elaborasen unas Conclusiones del Consejo

sobre una Estrategia renovada de gestión de la información para la seguridad interior de la UE que tengan en cuenta el trabajo realizado durante la práctica en los últimos cinco años.

6. El Grupo DAPIX examinó la propuesta y llegó a un acuerdo sobre el proyecto de

Conclusiones del Consejo en su reunión del 19 de noviembre, con una reserva de estudio de UK. Dicha reserva se retiró el 24 de noviembre.

7. Por consiguiente, se solicita al Coreper que invite al Consejo a que apruebe el proyecto de Conclusiones del Consejo sobre una Estrategia actualizada de gestión de la información para la seguridad interior de la UE, que figura en el anexo.

2 Documento 13032/14 JAI 663 DAPIX 111 CRIMORG 76 ENFOPOL 260.

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ANEXO PROYECTO DE CONCLUSIONES DEL CONSEJO

SOBRE UNA ESTRATEGIA ACTUALIZADA DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA SEGURIDAD INTERIOR DE LA UE

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, RECORDANDO

– El Programa de la Haya sobre la consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea3, y en particular su sección 2.1, que propugna una mejora del intercambio de

información para luchar contra la delincuencia, establece el principio de disponibilidad del intercambio de información transfronteriza y especifica lo siguiente: "Los métodos de intercambio de información deberán hacer pleno uso de las nuevas tecnologías y adaptarse a cada tipo de información".

– El reconocimiento por parte del Consejo Europeo, en el Programa de Estocolmo, de la necesidad de coherencia y consolidación en el desarrollo de la gestión y el intercambio de la información, que invitaba al Consejo a adoptar y aplicar una estrategia de gestión de la información de la UE que incluya el desarrollo centrado en las actividades, un régimen sólido de protección de datos, interoperabilidad de los sistemas de TI y racionalización de los

instrumentos, así como coordinación, convergencia y coherencia generalizadas.

– Las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 26 y 27 de junio de 20144, en particular su capítulo 1 sobre libertad, seguridad y justicia, en el que se afirma que"En su combate contra la delincuencia y el terrorismo, la Unión debe apoyar a las autoridades nacionales

movilizando todos los instrumentos de la cooperación judicial y policial, y otorgando a Europol y Eurojust un papel de coordinación, en la mejora de los intercambios

transfronterizos de información, en particular sobre los registros de antecedentes penales".

3 Documento 16504/04 JAI 559.

4 Documento EUCO 79/14 CO EUR 4 CONCL 2.

(4)

TENIENDO EN CUENTA

– El proyecto de Conclusiones del Consejo sobre intensificar la aplicación de las "Decisiones Prüm" después de la fecha del 26 de agosto de 20115.

– Las Conclusiones del Consejo sobre la aplicación de la Decisión marco 2006/960/JAI del Consejo (Decisión marco "Iniciativa Sueca")6.

– El proyecto de Conclusiones del Consejo sobre el refuerzo de la eficacia del intercambio transfronterizo de información sobre la aplicación de las leyes7.

– La Comunicación de la Comisión Europea, de 7 de diciembre de 2012, sobre el Modelo Europeo para el Intercambio de Información (EIXM), y las Conclusiones del Consejo sobre la misma8, en particular en lo que se refiere a la tarea de seguir debatiendo la automatización de

los procesos de intercambio de los datos en el marco de la Estrategia de gestión de la información.

DESTACANDO QUE

– El objetivo estratégico de la futura Estrategia renovada de Seguridad Interior (ISS) de la UE es fortalecer un planteamiento inclusivo y coherente en la lucha contra la delincuencia y el terrorismo trasnacionales, en particular mediante el acceso a la información, su disponibilidad y su intercambio, y será respaldado persiguiendo la interoperabilidad de los sistemas y la mejora y simplificación de los instrumentos existentes para el intercambio transfronterizo de información policial, en cumplimiento de la legislación existente sobre protección de datos.

5 Documento 17762/11 JAI 892 DAPIX 163 CRIMORG 233 ENFOPOL 441

ENFOCUSTOM 160.

6 Documento 15277/11 JAI 714 DAPIX 129 CRIMORG 176 ENFOPOL 346

ENFOCUSTOM 115 COMIX 719.

7 Documento 10333/12 JAI 356 DAPIX 65 CRIMORG 57 ENFOCUSTOM 43

ENFOPOL 147.

8 Documento 9811/13 JAI 400 DAPIX 82 CRIMORG 76 ENFOCUSTOM 88

ENFOPOL 146.

(5)

TENIENDO EN CUENTA QUE

– Las Conclusiones del Consejo sobre una Estrategia de gestión de la información para la seguridad interior de la UE9 fueron aprobadas por el Consejo entendiéndose que la Estrategia

estaba diseñada para el largo plazo y podría seguir desarrollándose y actualizándose y por tanto habría que revisarla antes del término de 2014.

– Hasta la fecha la Estrategia se había completado mediante tres listas de acciones con una vigencia de dieciocho meses cada una, en las que se definían objetivos, procesos, funciones y plazos concretos.

– Se consideraba que la Estrategia era un instrumento suficientemente sólido cuya validez debería reafirmarse a condición de aportar algunas actualizaciones.

– A la vista de los objetivos y resultados destacados en el segundo informe provisional sobre la aplicación de las listas de acciones de la Estrategia10, la continuidad de la aplicación de la Estrategia requiere un mayor compromiso de los interesados tanto a escala nacional como de la UE, así como centrarse en los resultados prácticos, y en aspectos operativos y de

coordinación.

– Eu-LISA dio comienzo a sus operaciones el 1 de diciembre de 2012 con la finalidad de facilitar soluciones viables y a largo plazo para la gestión de sistemas informáticos de gran magnitud y desarrollarse gradualmente como centro de excelencia.

– El volumen de intercambio transfronterizo de información ha aumentado en los últimos años y que los Estados miembros esperan que esta tendencia continúe, algo que puede mitigarse mediante el uso eficaz de las tecnologías modernas, por ejemplo la automatización, así como con la racionalización de los procedimientos habituales y de la organización del trabajo.

9 Documento 16637/09 JAI 873 CATS 131 ASIM 137 JUSTCIV 249 JURINFO 145. 10 Documento 13032/14 JAI 663 DAPIX 111 CRIMORG 76 ENFOPOL 260.

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RECONOCIENDO QUE

– Un intercambio transfronterizo efectivo y seguro de la información11 es una condición previa

para lograr los objetivos de seguridad interior en la Unión Europea.

– Las tareas de la seguridad interna (el aspecto de "actividad" económica) se reparten entre diversos organismos que dependen de estructuras, competencias y marcos legales nacionales, y que este reparto es diferente de un Estado miembro a otro.

– La gestión de la información entre sectores facilita un planteamiento multidisciplinar

necesario para desarrollar el espacio de libertad, seguridad y justicia, en particular el potencial de una mejora del intercambio de información y la cooperación más estrecha entre todos los interesados para aumentar la eficacia en la lucha contra la delincuencia transfronteriza.

– En lo que se refiere al panorama muy dividido del intercambio de información transfronteriza, los Estados miembros han manifestado en varias ocasiones que debe darse prioridad a una aplicación coherente y consolidada de los instrumentos y mecanismos existentes, y no embarcarse en iniciativas nuevas.

– La necesidad de un planteamiento transfronterizo coherente y eficaz va aumentando debido a la creciente movilidad de los ciudadanos, al aumento de la complejidad de los fenómenos delictivos, y por tanto de las políticas de la UE para hacerles frente, así como a la necesidad de que la UE y los Estados miembros aprovechen al máximo sus recursos.

– Los ciudadanos exigen que haya un equilibrio adecuado entre la intimidad y las expectativas de seguridad.

11 En este contexto, se entiende por "información" la información e inteligencia solicitada por

las autoridades nacionales competentes y disponible para estas en virtud del marco

reglamentario correspondiente con el objetivo de mejorar la seguridad interior a escala de esta de los ciudadanos de la UE.

(7)

DESTACANDO QUE

– La Estrategia tiene por objeto impartir orientación sobre la manera de garantizar una oferta de información que tenga en cuenta tanto las necesidades de la actividad como los derechos de la persona.

– La Estrategia tiene por objeto definir las condiciones previas de un desarrollo y gestión de las TI profesional, motivado por la actividad y con una relación coste-beneficio favorable. – La Estrategia tiene por objeto indicar el camino hacia un intercambio de información

estructurado y sienta las bases para unos procesos decisorios y una gobernanza mejorados. CELEBRANDO Y ALENTANDO

– El trabajo sobre las modalidades tecnológicas del intercambio de información transfronterizo y, en particular, los avances realizados sobre el formato universal de mensajes (UMF) para un intercambio estructurado de información transfronterizo mejorado.

– El desarrollo ulterior del formato universal de mensajes (UMF) como uno de los elementos clave de la arquitectura de intercambio de información de la UE, según se indica en las conclusiones definitivas de la conferencia UMF 212.

– El trabajo en curso sobre la interoperabilidad y posterior sinergia de los sistemas, y la automatización del intercambio de información.

RESUELVE

Reafirmar y proseguir la aplicación de la Estrategia para la gestión de la información con miras a apoyar, perfeccionar y facilitar una gestión de la información, que

a) se base en los siguientes principios:

12 Documento 1015814 DAPIX 69.

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– la gestión de la información en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia es una herramienta fundamental para cumplir los objetivos de incrementar la seguridad interna de la UE y proteger a sus ciudadanos,

– el intercambio transfronterizo de información policial tiene que establecer un equilibrio entre las necesidades de la actividad y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos,

– las prioridades fijadas para la gestión y el intercambio de la información deben

corresponder a las prioridades políticas, normativas y operativas y apoyar la visión de la actividad en cuanto a la manera de cumplir los objetivos arriba mencionados,

– la protección de los datos y la seguridad y la calidad de los mismos deben respetarse en todo momento,

– el desarrollo y la gestión de las TI deben ser profesionales, motivados por la actividad y con una relación coste-beneficio favorable,

– la gestión de la información se define funcionalmente, esto es, depende de la función que ha de desempeñar, en lugar de basarse en las competencias o estar definida de modo organizativo,

– la gestión de la información debe ofrecer el planteamiento pluridisciplinario necesario para desarrollar un espacio de libertad, seguridad y justicia;

b) conste de ámbitos de interés agrupados bajo los siguientes temas y desarrollados en el anexo:

I. Necesidades y requisitos

• las necesidades, los requisitos y el valor añadido se evalúan, como condición previa del desarrollo

• el desarrollo sigue unos flujos de trabajo policial y unos modelos de inteligencia penal acordados

• el desarrollo apoya tanto los requisitos de protección de los datos como las necesidades operativas de la actividad

II. Interoperabilidad y relación coste-beneficio

• la interoperabilidad y la coordinación se garantizan tanto en los procesos de la actividad como en las soluciones técnicas

(9)

III. Procesos de decisión y de desarrollo

• los Estados miembros intervienen desde el comienzo mismo del proceso

• hay una responsabilidad clara para cada parte del proceso, que garantiza la competencia, la calidad y la eficacia

IV. Planteamiento pluridisciplinario

• la coordinación pluridisciplinaria queda asegurada dentro del ámbito JAI

Tomar las medidas necesarias para desarrollar y actualizar en caso necesario unos futuros planes de acción detallados con plazos realistas y concentración en los resultados prácticos con objeto de cumplir las metas y objetivos globales de la presente Estrategia.

INSTA

– A los órganos preparatorios del Consejo que se ocupan de las cuestiones del intercambio de información y del desarrollo de las TI a que prosigan la aplicación de la Estrategia.

– A los funcionarios de la UE y a los representantes y expertos de los Estados miembros en las estructuras y organismos de la UE a que tengan en cuenta la Estrategia en su trabajo de preparación de las decisiones, también sobre el intercambio de información a escala bilateral o regional y con terceros países u organizaciones, así como en la preparación y ejecución de programas y proyectos de intercambio de información y desarrollo de las TI.

– A los Estados miembros a que apoyen los esfuerzos comunes a nivel de la UE adoptando la Estrategia en el ámbito nacional como directriz para los responsables políticos y otros

responsables de tomar decisiones dentro de sus autoridades competentes cuando traten temas en relación con el intercambio internacional de información y el desarrollo de las TI (incluida la "administración nacional" y los discusiones con terceros países u organizaciones).

– A la Comisión a que aplique la metodología acordada en estas Conclusiones cuando prosiga la elaboración de su Modelo Europeo para el Intercambio de Información (EIXM) y a que proporcione financiación suficiente para las acciones necesarias con objeto de seguir aplicando esta Estrategia.

– A la Comisión a que estudie la posibilidad de consolidar e incrementar la eficiencia de la legislación vigente en materia de intercambio de información de carácter policial.

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ANEXO DEL ANEXO

I. NECESIDADES Y REQUISITOS

1. Las necesidades, los requisitos y el valor añadido se evalúan como condición previa del desarrollo.

Este centro de interés establece el requisito de que se evalúe el valor añadido de cualquier nuevo intercambio de información antes de que se establezca. Asimismo refleja la visión de la

disponibilidad de la información en función del propósito, la necesidad y la proporcionalidad. Requerirá una evaluación de las necesidades de la actividad así como de los requisitos de la

actividad y jurídicos para la cooperación de que se trate, incluida la manera en que se utilizarán las soluciones, y hasta qué punto serán útiles para mejorar la cooperación operativa y los métodos de trabajo reales.

Como consecuencia de lo anterior, el desarrollo se basará en, y se guiará por, las necesidades y requisitos de las autoridades implicadas. Una evaluación de la utilidad (incluido el análisis coste-beneficio) contribuirá también a fijar las prioridades del desarrollo.

Esto significa que:

cuando se incluyan en el orden del día iniciativas relativas al intercambio de información o soluciones técnicas, los usuarios finales y el nivel de gestión en los diferentes ámbitos tienen que intervenir. Sin su apoyo es imposible evaluar la importancia y el valor de una iniciativa. Su participación es oportuna también cuando se trata de aclarar el equilibrio entre la protección de los datos y las necesidades de la actividad;

las ideas o debates relativos a las soluciones técnicas tienen que estar supeditados al análisis de las necesidades y requisitos;

el trabajo sobre los instrumentos legislativos o estudios previos de soluciones técnicas no deben comenzar antes de que los requisitos de la actividad estén definidos y documentados;

cualquier iniciativa en el ámbito del intercambio de información tiene que basarse en un análisis en profundidad de las soluciones existentes en el nivel de la UE y en los Estados miembros, la definición de las necesidades, los requisitos y el valor añadido, así como en una evaluación del impacto jurídico, técnico y financiero de la nueva iniciativa;

deben elaborarse unos criterios de evaluación claros, apoyados en unos programas de evaluación sistemática;

la evaluación de la utilidad del desarrollo, por ejemplo de tipos específicos de información, debe derivarse de un proceso estratégico de fijación de prioridades;

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2. El desarrollo sigue unos flujos de trabajo y unos modelos de inteligencia penal acordados.

La mejora del intercambio de información depende estrechamente del apoyo de las soluciones de TI. Para que las TI sirvan de apoyo al intercambio de información, tienen que apoyar los procesos de actividad de la cooperación internacional en materia policial.

Los procesos de actividad deben permitir un intercambio de información e inteligencia penal rápido, eficiente, asequible al usuario y con una relación coste-eficacia favorable. Los flujos de trabajo, por lo tanto, deben estar descritos y ser conocidos y accesibles. Deben formar parte integrante del trabajo de desarrollo y consecución de sistemas. Así mejorará la gestión y la documentación del desarrollo, que estará guiado por las necesidades de la cooperación internacional en materia policial.

Esto significa que:

la labor en torno a la visión de los requisitos comunes debe ser completada por análisis de los requisitos sustanciales, hechos por las autoridades nacionales y junto con estas;

un "mapa de información" debería ofrecer constantemente una visión de conjunto de los procesos de actividad y los correspondientes flujos de información de la cooperación internacional, con objeto de distinguir, a tenor de lo anterior, las interfaces en las cuales es necesaria la

armonización.

3. El desarrollo apoya tanto los requisitos de protección de los datos como las necesidades operativas de la actividad.

La cooperación con miras a garantizar la seguridad interior de la UE impone gran exigencia a la protección de los datos, incluida la seguridad de los mismos. Tienen que garantizarse tanto la intimidad personal como la seguridad de la actividad, sin dejar de atender la necesidad de usar y compartir la información por parte de la actividad.

Un alto nivel de seguridad protegerá los intereses de la actividad así como la vida privada de los ciudadanos, sin disminuir la disponibilidad de información, con el fin de que se pueda poner a disposición de los usuarios autorizados la información correcta, de forma que pueda localizarse, cuando así lo requiera y permita la legislación vigente. Esto viene facilitado por el uso adecuado de las tecnologías modernas, pero también por la adaptación de los procesos de actividad y las medidas de aplicación de la protección de los datos. El aumento de la confianza en estos ámbitos entre las autoridades competentes es un paso importante en el desarrollo de una actitud de puesta en común de los datos por defecto.

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Esto significa que:

los requisitos jurídicos de la protección de los datos personales y de las normas de seguridad deben evaluarse junto con las necesidades de uso e intercambio de información que tenga la actividad, de manera que se garanticen los niveles correctos en materia de normas de seguridad técnicas y de la actividad para el intercambio de información en los sistemas de TI;

la recopilación de datos debe estar bien centrada, con el fin de proteger la intimidad personal y evitar la saturación de información para las autoridades competentes, y facilitar el control eficaz de la información;

la seguridad de los datos es una condición previa de la protección de los mismos y debe garantizarse por medios organizativos así como por medios técnicos;

las diferentes herramientas, como las aplicaciones y las herramientas de apoyo, deben

racionalizarse con objeto de simplificar el trabajo de las autoridades competentes y de los usuarios finales; esto, junto con la formación acerca de las herramientas disponibles y su uso, reducirá al mínimo los riesgos de daños;

unas medidas adecuadas para aplicar la protección de los datos deberán prever unas

comprobaciones operativas adecuadas y periódicas y garantizar que se apliquen las oportunas sanciones en caso de infracción;

deberán desarrollarse unos mecanismos de evaluación y observación sistemáticos para evaluar la calidad y el efecto de las medidas de protección de datos.

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II.INTEROPERABILIDAD Y EFICACIA ECONÓMICA

4. La interoperabilidad y la coordinación se garantizarán tanto en los procesos de funcionamiento como en las soluciones técnicas.

La interoperabilidad abarca múltiples aspectos, como son el jurídico, el semántico, el operativo y el técnico. Constituye tanto un requisito fundamental como un factor favorable para el intercambio eficaz de la información. Las soluciones y las capacidades interoperativas se basan en iniciativas y propuestas derivadas de las necesidades y los requisitos de los profesionales.

Técnicamente, las soluciones de TI y sus componentes deberán ajustarse a unas pautas y principios establecidos de común acuerdo. Las soluciones estándar deberán emplearse lo menos posible y reducirse al mínimo.

Su utilización dará mayor coherencia tanto al desarrollo como a la gestión de las soluciones. Esto, a su vez, favorecerá la interoperabilidad y la coordinación entre los sistemas. Aplicando estos medios, se conseguirá un mejor y mayor empleo de las soluciones existentes, y los sistemas de TI podrán admitir una mayor proporción de procesos de trabajo. Disminuirá la necesidad del doble almacenamiento y registro, y el soporte informático ofrecerá mayor facilidad de uso. Al aplicar unas pautas establecidas de común acuerdo, el intercambio de información podrá verse respaldado por diferentes proveedores y no solo por unos pocos, reduciéndose así la dependencia de los

proveedores especiales. A largo plazo, también disminuirá el coste de adaptación en los Estados miembros.

Esto significa que:

el "mapa de la información" deberá ofrecer una visión comparativa de la situación jurídica de la UE y los Estados miembros en el ámbito del intercambio de información;

deberá aplicarse la Estrategia europea de interoperabilidad [propuesta];

deberán utilizarse las funciones de acreditación y normalización existentes, establecidas de común acuerdo;

deberán determinarse los habilitadores de la integración, como son las tecnologías y las capacidades normalizadas, que faciliten la integración y estén concebidos para proporcionar seguridad, escalabilidad y rendimiento;

deberán coordinarse las medidas de aplicación de la protección de datos y de la seguridad de estos, a nivel nacional, a nivel de la UE y entre ambos niveles.

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5. La reutilización es la norma

El desarrollo no solo significa altos costes y una inversión considerable, sino también gastos de gestión, mantenimiento y apoyo a largo plazo. Por lo general, en la fase de desarrollo solo se invierte una pequeña parte de los costes totales. Esto no es una cuestión de mero desarrollo técnico, sino que también se trata de no crear nuevas bases jurídicas o arreglos prácticos si pueden utilizarse o ampliarse los ya existentes.

En consecuencia, compartir y reutilizar las soluciones sostenibles debe ser una prioridad para el desarrollo y las mejoras técnicas. La reutilización contribuye a evitar soluciones paralelas y a mantener el desarrollo de los instrumentos y sistemas existentes, de su integración y utilidad. Recurriendo a ella, se conseguirá un mayor aprovechamiento de la inversión pasada y una menor necesidad de nueva inversión. El tiempo necesario para el desarrollo también disminuirá en función de la cuantía de los componentes disponibles.

Una reutilización eficaz requiere un "mapa de la información" que ofrezca una visión de conjunto de los flujos de información, de las funciones y los componentes existentes. La (re)utilización eficaz de las soluciones satisfactorias requiere asimismo un proceso constante de evaluación y un

mecanismo de seguimiento para valorar la forma en que funciona el intercambio de información. Esto significa que:

el "mapa de información" deberá incluir los flujos de información, sus funciones y soluciones; deberá presentarse un mecanismo de evaluación que resulte práctico, pertinente y eficaz en cuanto a recursos. Debería basarse en los objetivos y no en las competencias; no debería limitarse a determinados instrumentos (jurídicos); convendría cerciorarse de la posibilidad de aplicar las lecciones que depare la evaluación;

para evaluar las repercusiones de sus trabajos, la UE ha de crear instrumentos para medir no solamente la actividad delictiva, sino también los efectos de su labor de lucha contra la delincuencia;

deberá elaborarse un modelo sobre cómo compartir y reutilizar las soluciones sostenibles, teniendo en cuenta las prácticas no solo de la UE, sino también de terceros países;

una revisión crítica de los instrumentos actualmente en uso para el intercambio de información deberá valorar su eficiencia y su eficacia, con objeto de permitir racionalizarlo, y en cualquier caso antes de comenzar a desarrollar nuevos instrumentos.

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III.TOMA DE DECISIONES Y PROCESOS DE DESARROLLO

6. Los Estados miembros se implicarán desde el comienzo del proceso.

Las decisiones a escala de la UE sobre cooperación, intercambio de información y desarrollo de TI tienen una repercusión considerable en los procesos de funcionamiento, las estructuras, las

inversiones y los presupuestos de los Estados miembros, tanto en el corto plazo como en el ciclo de vida. Un resultado final plenamente operativo requiere una intensa coordinación a escala nacional, así como una reciprocidad y una interacción entre los niveles nacional y de la UE.

Las autoridades de los Estados miembros responsables de la aplicación nacional de los flujos de trabajo, los métodos y el desarrollo deberán estar implicadas desde el principio de los procesos de desarrollo a nivel europeo. Para poder contribuir plenamente, los Estados miembros deberán trabajar en su propia interoperabilidad operativa y técnica, y establecer sus propios procesos de desarrollo.

Esto significa que:

las estrategias y políticas nacionales y de la UE en materia de gestión de la información deberán estar en recíproca consonancia;

deberá implicarse a los usuarios finales y a las principales partes interesadas, tanto a escala nacional como de la UE;

las autoridades de los Estados miembros deberán determinar y desarrollar sus propios procesos de desarrollo.

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7. Se asignará una clara responsabilidad a cada parte del proceso, asegurando así la competencia, la calidad y la eficiencia.

Para conducir mejor los procesos de desarrollo, conviene clarificar las funciones y las

responsabilidades de los agentes implicados. Se necesitan competencias especiales en distintos ámbitos, como son la arquitectura operativa y técnica, los métodos y modelos, la gestión, las

finanzas y el control. Deben mantenerse debates sobre soluciones (técnicas) en un nivel que ofrezca la competencia técnica y arquitectónica adecuada. Las decisiones sobre los niveles político y de gestión deben tratar los asuntos adecuados para dicho nivel.

Esto significa que deben determinarse las funciones, definirse las responsabilidades y establecerse las estructuras para asegurar que estén implicadas todas las partes interesadas en el nivel correcto y en la fase adecuada del proceso, pero también mantener una coherencia y una coordinación

generales.

Esto significa que:

deberán determinarse y organizarse los cometidos y las competencias en los distintos niveles (dentro de las autoridades nacionales existentes o previstas, las instituciones de la UE, los organismos y agencias, etc.);

deberán determinarse/establecerse las funciones para preparar las decisiones estratégicas sobre la gestión de la información y el desarrollo informático;

deberán instaurarse las funciones para la gestión, el desarrollo y la evaluación subsiguientes de las soluciones (operativas y técnicas).

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IV.PLANTEAMIENTO PLURIDISCIPLINARIO

8. Se asegurará la coordinación pluridisciplinaria.

La actual Estrategia de gestión de la información pretende apoyar, racionalizar y facilitar la gestión de la información necesaria para que las autoridades competentes puedan garantizar la seguridad interior de la UE. En la práctica, las autoridades de que se trata serán, esencialmente, las autoridades policiales y las autoridades judiciales encargadas de asuntos penales; sin embargo, también será necesario intercambiar información con otras autoridades y fuentes. La Estrategia de gestión de la información reconocerá y ofrecerá el enfoque pluridisciplinario indispensable para lograr la

seguridad interior y facilitar la transferencia y la reutilización de la información, con independencia del organismo que la posea. La tecnología moderna permite conseguir el nivel deseado de

disponibilidad, que a su vez puede minimizar las interrupciones y el registro manual y mejorar la calidad de la información. Esta misma tecnología permite mantener o aumentar el nivel de la protección de los datos, incluyendo la seguridad de estos.

La Estrategia pretende facilitar las funcionalidades y las características técnicas del intercambio de información entre las autoridades correspondientes, siempre y cuando la legislación lo permita. Así pues, la Estrategia pide y aporta los medios necesarios para garantizar la interoperabilidad. En sí misma no crea vínculos entre distintas bases de datos ni establece el intercambio de unos tipos de datos específicos, pero garantiza que, cuando existan los requisitos operativos y la base jurídica, se encuentre la solución más sencilla, fácil de seguir y rentable.

Esto significa que los esfuerzos para lograr la interoperabilidad requieren la interacción de todas las autoridades y organizaciones pertinentes. Cuáles sean esas autoridades y organizaciones dependerá de la necesidad concreta que haya que atender. La metodología expuesta en la Estrategia, y en particular en las áreas de focalización 1 a 3, garantizará la interoperabilidad, cuando esta resulte necesaria y proporcional, entre las autoridades directamente responsables de la seguridad interior de la UE y más allá de ellas, y también la limitación a esos casos.

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Esto significa que:

no deberá reducirse el intercambio de la información por motivos de competencia (reconocimiento mutuo de las distintas estructuras nacionales);

el soporte de TI y la normalización (incluidos los principios arquitectónicos y los modelos para la información/los datos) deberán ser horizontales en la medida de lo posible y estar basados en principios comunes y en la coordinación;

deberán coordinarse entre los niveles de la UE y de los Estados miembros las medidas de aplicación de la protección de los datos y de la seguridad de estos;

en el marco de este planteamiento pluridisciplinario se tendrá en cuenta un análisis de impacto entre sistemas.

Referencias

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