NO 1001
6
aMODIFICACION PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR N°12. "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ
FEBRERO 2010
Javier González-Lizasoain I Sergio García Legido Arquitectos
ARQUITECTURA, INGENIERfA Y URBANISMO
elJase Erbina 5, bajo. 01005 Vitoria-Gasleiz. Tel.; 945 133869 Fax: 945133402
_ ..1
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
0.- INTRODUCCiÓN
El Plan Parcial de Ordenación Urbana del Sector 12 "Arcayate" ha seguido la siguiente tramitación y modificaciones:
Documento Inicial:
Con fecha 29 de Octubre de 2004, el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz acordó aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector 12 de Salburua, publicándose en el B.O,T.H.A. con fecha 8 de noviembre de 2004.
Primera Modificación. Texto Refundido con el Documento Inicial:
Posteriormente, con fecha 26 de mayo de 2005, el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz acordó aprobar definitivamente la Modificación del Plan Parcial del Sector 12 de Salburua, publicándose en el B.O.T.H.A, con fecha 23 de junio de 2006 que introducía las siguientes consideraciones:
• Determinaciones, puntualizaciones y matizaciones señaladas o indicadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, más concretamente su sociedad urbanística "Ensanche 21 Zabalgunea" y el Centro de Estudios Ambientales "CEA" para el desarrollo urbanístico del citado sector.
• Determinaciones originadas durante la redacción del Proyecto de Urbanización.
Tanto el Plan Parcial como la Primera Modificación del Plan Parcial fueron promovidos por la Sociedad Urbanística Municipal Ensanche 21 Zabalgunea y redactados por los arquitectos D.
Ángel Luis Bellido Botella, D. Juan Adrián Bueno Agero y D. Pablo Carretón Gil.
Segunda Modificación Puntual:
Con fecha 28 de julio de 2006, el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz acordó aprobar definitivamente la 2a Modificación del Plan Parcial del Sector 12 de Salburua, publicándose en el B.O.T.H.A. con fecha 16 de Agosto de 2006 con el objeto de:
• Aclarar el alcance y limitaciones de la normativa de compatibilidad de usos.
Tercera Modificación Puntual:
Con fecha 19 de Diciembre de 2008 el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz aprobó definitivamente la 3a Modificación del Plan Parcial del Sector 12, promovida por VISESA, con objeto de:
• Modificar el número de viviendas de la parcela RCP-7 hasta 264 viviendas, manteniendo el parámetro de la edificabilidad.
Cuarta Modificación Puntual:
Con fecha 29 de Mayo de 2009, el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz aprobó definitivamente la 4a Modificación del Plan Parcial del Sector 12, promovida por la Sociedad Urbanística Municipal "Ensanche 21 Zabalgunea" con objeto de re ger las modificaciones propuestas en los proyectos ganadores de los concursos sobr las arcelas de vivienda colectiva de protección pública.
Quinta Modificación Puntual:
Con fecha 31 de Julio de 2009, el Pleno del Ayuntamient de itoria-Gasteiz aprobó definitivamente la 5a Modificación del Plan Parcial del Sector 1 ,pror ovida por la Sociedad Urbanística Municipal "Ensanche 21 Zabalgunea" con motivo de 1 aprobación de la "2a Adenda al Convenio para las ampliaciones de la ciudad:JII<II'IEIIRst
e','
alM®Il..elC~Etn¡¡¡allil.ldr'l'1'aJjaYZabalgana" lorma parte de 1, I ./,MaDI C jONDELPLANPARCIAL
. DEL SECTOR _DEL P.G.U VITORIA-GASTEIZ
aprobada dcfini . a, 1(mlc
no
cuerdo 25 de junio de 2010 del Ayuntamie o de ' '. ·GaslpizyplJ "cado en el Boletin Oficial del TerItOriOHIstórico de Ala'Ia el 1 de Julio de 2010.1001.- 6'MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE'. VITORIA-GASTEIZ.
D~.Susana VizcarraSéUasol~- -1-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
1.- OBJETO
El objeto de esta 6' Modificación Puntual es la adecuación de las Ordenanzas Reguladoras y los planos del Plan Parcial a los programas de las promociones previstas por VISESA para las parcelas RCP-7, RCP-11, RCP-12, RCP-14 y RCP-15, respetando el techo de edificabilidad total asignada al conjunto de dichas parcelas.
Asimismo se transformarán las coordenadas al nuevo Datum Cartográfico ETRS 89, tal como ordena el Real Decreto 1071/2007 de 27 de Julio.
Este cambio de Datum supone a efectos prácticos un cambio de coordenadas de todos los elementos representados en la cartografía, así como de los puntos que constituyen la infraestructura topográfica en la que se apoya dicha cartografía.
Por esta razón los planos que forman parte del Plan Parcial del Sector 12 se verán modificados en sus coordenadas absolutas adoptando las nuevas que vienen marcadas por el cambio de Datum. Este cambio no supone en ningún caso la modificación de forma ni superficie de las parcelas.
2.- INICIATIVA
La iniciativa para la redacción de la presente Modificación Puntual corre a cargo de:
- Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. - Euskadiko Etxebizitza eta Lurra E.A. IVISESA).
Portal de Gamarra N° 1-A, 2' Planta O10 13 Vitoria-Gasteiz
3.- DESCRIPCiÓN DE LA PROPUESTA
Las modificaciones a introducir en el articulado de la normativa y los planos del Plan Parcial, se concretan en los siguientes apartados:
3.1. Modificación del ámbito de las parcelas, afecta a las 5 parcelas: RCP-7, RCP-11, RCP-12, RCP-14 y RCP-15.
Se propone la agrupación de las parcelas RCP-11 y RCP-1 2 en una sola RCP-11
+
12 y de las parcelas RCP-14 y RCP-15 en la parcela RCP-14+
15. A su vez la parcela RCP-7 se desdobla en dos parcelas RCP-7A y RCP-7B. De esta forma se consigue resolver el problema de superficie en planta de sótano para conseguir el número necesario de plazas de aparcamiento sin recurrir a un tercer sótano en las parcelas RCP-11, RCP-12, RCP-14 Y RCP-15. En la parcela RCP-7 se consigue acelerar la promoción del edificio ubicado en la parte Norte, dejando el desarrollo de la edificación situada al Sur para una segunda fase.Como consecuencia de esta modificación de ámbitos, aumenta la superficie de zona verde en 578,00 m' y disminuye en la misma cifra la superfici r sidencial colectiva de Protección Pública y Promoción Pública. Estos datos se r flej n en el apartado 1.04.06.01 "Calificación Pormenorizada", de la Memoria yen I C adro del plano 03.
-2- LlI Oiroclor¡ del Ocpml·)mCnlo MlJnlcipéI! de rbaoismo D~.SIlS\lnJVizc.m<lSarasola
3.2.
1001,- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P,P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ.
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
3.3. Modificación del número maxlmo de alturas, que se concreta en B
+
8 para las 5 parcelas afectadas, frente a la altura de B+
8+
A señalada en la 5" Modificación Puntual.Se ha realizado un alzado de la calle situada al Sur del sector con la composición de los futuros volúmenes edificatorios al objeto de poder comprobar las transiciones entre bloques contiguos.
3.4. Modificación de la altura libre mínima de planta baja, pasando de 3,80 m. a 3,50 m., que de esa forma coincide con la del Plan General, con objeto de facilitar la consecución de una altura de evacuación inferior a 28,00 m. para B
+
9 alturas.3.5. Trasvase de edificabilidad residencial desde la parcela RCP-7 al resto de las parcelas afectadas y reorganización del nO de viviendas.
3.6. Trasvase de edificabilidad de Uso Terciario desde las parcelas RCP-14 y RCP-15 a las RCP-11 y RCP-12.
A continuación se refleja un cuadro con el nO de viviendas y la edificabilidad actual y futura de las 5 parcelas afectadas.
PLANEAMIENTO ACTUAL PLANEAMIENTO SEGUN 6' MODIFICACiÓN
PARCELAS M' M' N° M' M' N°
RESIDENCIAL TERCIARIO VIVIENDAS RESIDENCIAL TERCIARIO VIVIENDAS
RCP-7A 14.200,00 570 189
RCP-7B 21.231,62 570 283
2.611,62 ---- 38
RCP-11 3.780,00 175 51
12.500,00 714 166
RCP-12 6.510,00 297 87
RCP-14 3.780,00 175 51
12.500,00 230 166
RCP-15 6.510,00 297 87
TOTAL 41.811,62 1.514 559 41.811,62 1.514 559
4.- PLANEAMIENTO ACTUAL
La presente Modificación supone la reforma de los siguientes documentos del Plan Parcial.
- Memoria: Apartado 1.04.06.01 Calificación Pormenorizada.
Cuadro General de Parcelas Residenciales.
Ordenanzas Reguladoras: Artrculos 38.2 y 38.3, Planos: 0-1 Alineaciones y Rasantes básicas,
0-3 Calificación pormenorizada,
0-4 Red viaria, Trazado y Características, Secciones ti
Referencias para el replanteo. DILIGENCIA lI'to" " , I
. . . .. . ffit'P,·!.J1 1{1'
''''4:''
"cpamlélrer conslar que Csla h .0-5 CondiCiones Vinculantes de la edificaCión. (¡~rrJdc' :
''''er- :
tl'ejipar,.olll¡;l.~~PlANPARC¡oAIL"vC. {'J" JI'l PG U "E VIT
tl~r(lO.1(/,'1oO,li, IIv•.11,'I{+1lpor',u:-.rdL' - ~ ORIA·GASTEll dmAYUI111\nlll.lfl rdi'I/ilorl", 'lI'I~Z odl)b~Pde¡II/lIO eJe 2010 Ofle/u!(ft<'TUlf 1(1j'/,o.;l"/:o'"'dr. ' ; yPI¡! Icad:J en el Bclelin
. , w " ' í1vae l.Jdcjuliode2010.
I.a OireCI il tltl DeparlAmenlf\} ,
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12,·ARCA')'AJ;¡¡;~.v'IJº~\i\;.~~!3TEI
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
A continuación se refleja el Estado Actual del Texto de la Memoria y Ordenanzas Reguladoras afectado por esta 6" Modificación, en el cual se ha distinguido en color azul los párrafos que serán objeto de modificación.
El resto de los puntos de la Memoria y de las Ordenanzas Reguladoras quedan vigentes según aprobación del Plan Parcial y sus modificaciones posteriores enumeradas en el Punto O de esta Memoria.
1de Utoanisnlet Da. SusantlViZCi1fr!,"~S~ar!>tM¡¡¡·!J."---~
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12. "ARCAYATE", VITORIA-GASTEIZ. -4-
(
rrAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
(MEMORIA)
1.04.06.01. CAlIFICACION PORMENORIZADA
Como se refleja en el plano correspondiente de "CALIFICACiÓN PORMENORIZADA", el resultado de la ordenación proyectada es el siguiente:
a) RESIDENCIAL:
- Residencial Colectiva de Protección Pública y Promoción Pública.
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAl N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCP-1, RCP-2, RCP-4, RCP-6, RCP-7, 28.553,00 15,90 % 1.533 v.
RCP-9, RCP-1 O, RCP-11, RCP-12, RCP- 13, RCP-14, RCP-15, RCP-16
- Residencial Colectiva de Protección Pública y Promoción Privada.
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAl N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCP-3, RCP-5 y RCP-8 3.979,00 0,96% 250 v.
- Residencial Colectiva Libre, Promoción Privada y Promoción Pública.
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAl N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCl-1, RCl-2, RCl-3, RCl-4, RCl-6, RCl-7, RCl-8, RCl-9, RCl-10, y RCl-
11 Promoción Privada 15.508,00 3,75 % 609 v.
RCl-5 Promoción Pública 842,00 0,20 % 42 v.
TOTAL 16.350,00 3,95 % 651 v.
- Residencial Unifamiliar en Hilera Libre, Promoción Privada y Pública.
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAl N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
/"\
RUl-1 a RUl-26 6.557,00 /1,58 % 39°v.
- Residencial Unifamiliar Jardín.
/ /
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE YoT,UrAl N°
M2. AM TO VIVIENDAS
If\q~~}!~:!lendeP,lf< lace!! constar que es!"110i¡
,
."
RUJ-1 a RUJ-26 31.82~~Qfro-
roR Xi
17(;69J%)( DE'VíTO'R'2:Q9~~\t." "\ :Al _. ~;l~~1~~CIJ oda 25 de Junio de 2010 del~yunlalll.(:"o d,¡: _.'L<·G;¡s!eJ, '/l}UoI:cackJ en el O"'elin OfiCIal del Te moría Hslonco d!!A1¡;~'cI14 deiu'jo rl...-:;ó-ifi"1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12,·ARCAY.A1Eédl1)JliW!1l!pQIMil;r~il Id U -p-
o , 1, Un! Ipa e rbamsmo DI.SusanaV,zcarJ.l - ...
(
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
- Equipamiento Múltiple Local.
SUPERFICIE %TOTAL (TECHO MAX.
M2. AMBITO (CONSTRUIDO)
E.M.1 5.805,00 1,40 % 11.610,00
TOTAL E. MULTIPLE
(6,00 M2.C!Vivienda) 5.805,00 1,40 % 11.610,00
- Equipamiento Múltiple de Sistema General.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
EM-SG 16.284,00 3,94 %
e) SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PUBLICO:
- Zonas verdes-jardines y áreas de juegos.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMI3ITO
ZV (15,00 M2!Vivienda) 29.025.00 7.01 %
AJ ( 6,00 M2!Vivienda) 11.610,00 2,81 %
Total zonas verdes (21,12 M2!Vivienda) 40.635,00 9,82 % - Espacios libres y zonas estanciales.
SUPERFICIE %TOTAL M2. AIIIIBITO
ELP 14.606,00 3,53 %
- Espacio libre parque urbano de Sistema General.
SUPERFICI
1
~ TOTALM2. J IIIIBITO
7
PU 65.419, 00 1'15,81 %
DIl.IG:::NCIAque exlien .e parahac~rconsl<l¡Q\leesta hoja fonn.1 parte de la S ·XTA iOOIFIChCIDN DCL PLAN PARCiAL DEL SECTOR I DE _ r.G.o.LJ DE V!TORIA-GASTEIZ aprobada deflfliti'l ¡lB ,le por ¿el' rno de 25 de ¡liniO de 20lO del Ayuntamiento , iloris·(j<l I.~z y publicélUO en el Bolelin Oficial del rerritori lislórico "Al va el 14 de julio de 2010.
La Directora d Departamento Mun :~al de Urbanismo DJ.Susana Izcarra S<lrasola
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12. "ARCAYATE". VrmRill.-GASTEIZ. -7-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
d) SISTEMA DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES:
- Red viaria local.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
VL 42.439,00 10,26 %
- Red viaria-sistema general.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
TC-SG 94.407,00 22,82 %
SUPERFICIE TOTAL DEL AMBITO 413.791,00 M2. 100%
1.04.0G.03.APROVECHAMIENTO, EDIFICABILlDAD, DENSIDAD al APROVECHAMIENTO LUCRATIVO DEL SECTOR.
N" VIV. SUPo CONSTo M2.
Residencial Colectiva Protección Pública y
Promoción Pública 1 .5::13 114.471,62
Residencial Colectiva Protección Pública y
Promoción Privada 250 18.878,38
Residencial Colectiva Libre 651 53.130,00
Residencial Unifamiliar en Hilera Libre 39 3.900,00 Residencial Unifamiliar en Hilera Jardín Libre 209 21.750,00
Residencial Jardín Libre 46 4.800,00
TOTAL APROVECHAMIENTO RESIDENCIAL 2.728 216.930,00
Terciario en Residencial de Protección Pública,
Promoción Pública 4.513,06
Terciario en Residencial de Protección Pública,
l '
Promoción Privada 1.459,00
Terciario en Residencial Colectiva Libre 6.851,94
TOTAL APROVECHAMIENTO TERCIARIO 12.824,00
/
/
APROVECHAMIENTO TOTAL LUCRATIVO O'UGHJCI/\m;-so e)lif1',./¡'~CÓ;,, ""","",,2Z11.7,54.00
for"" ¡¡,rfedJ 1,SO;([~JN DEL PlANPARCIAL DEL SECTOR 12 D' I'.GO.Ur,EVITDRIA·GASTEIZ
"rob3<lade~~,
el"
',(.Hij( •ele 25 eleIUnlOdo 2010c'JIAyunta"'iento do " a
.(J"", "
:~\len el Bolelín Of1C~31dél TeUllorl' I~u¡l ¡co d Uav,'¡E: í4 dij julio de2010.~:l Dlréclortl JIO~p~113IflMto MUflic¡paJ leUrbaniSffilJ
1001.- 6'MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR12,·~RM""A'/JE':¡"\11'r0RIA-~Z. -8-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
el DENSIDAD
BRUTA 2.728/41,3791 65,927 VIV / Ha.
(Resoeeto ámbito total sector)
NETA 2.728/23,7350 114,935 VIV / Ha.
(Sin sistemas aeneralesl
D~.Susana Vizcarra Sarasola
icipiJl de Urbanismo
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ. -9-
rTAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
SECTOR 12
CUADRO GENERAL DE PARCELAS RESIDENCIALES
mo
CI~lho:a TEIZ 2010 elin 010.
PARCELA SUPERFICIE APROVECHAMIENTO N' MÁXIMO
MODALIDAD N' MÁXIMO
1m2) TERCIARIO RESIDENCIAL VIVIENDAS PLANTAS
RC.L-l 2.854 991,94 8.453,16 104 LIBRE B+7+A
B+8+A
RC.L-2 1.143 580 4.830 59 LIBRE B+7+A
RC.L-3 1.015 5BO 4.600 56 LIBRE B+7+A
RC.L-4 1.015 580 4.600 56 LIBRE B+7+A
RC.L-5 842 400 3.506,84 42 LIBRE B+6+A
RC.L-6 2.141 700 5.290 65 LIBRE B+6+A
RC.L-7 2.164 700 5.290 65 LIBRE B+6+A
RC.L-B 1.290 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-9 1.314 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-l0 1.282 5BO 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-ll 1.290 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.P-l 1.611 394 9.450 126 V.P.P. B+ 11
RC.P-2 1.861 365 8.820 118 V.P.P. B+B+A
RC.P-3 1.643 6.300 84 V.P.P. B+ 11
RC.P-4 2.035 706,06 10.710 143 V.P.P. B+8+A
RC.P-5 1.433 956 7.74B,38 104 V.P.P. B+12
RC.P-6 2.056 6.300 84 V.P.P. B+ 11
RC.P-7 7.062 570 21.231,62 283 V.P.P. 8+8+A
RC.P-B 903 503 4.620 62 V.P.P. B+8+A
RC.P-9 903 300 4.830 65 V.P.P. B+8+A
RC.P-l0 6.393 640 19.740 264 V.P.P. B+ 11
RC.P-ll 661 175 3.780 51 V.P.P. 8+8+A
RC.P-12 1.353 297 6.510 87 V.P.P. 8+8+A
RC.P-13 1.301 297 6.510 87 V.P.P. B+9
RC.P-14 661 175 3.780 51 V.P.P. 8+8+A
RC.P-15 1.321 297 6.510 87 V.P.P. 8+8+A
RC.P-l6 1.335 297 6.510 87 V.P.P. B+9
RU.L-l á 4 889 600 6 LIBRE B+l
RU.L-5á 12 2.000 1.200 12 LIBRE B+l
RU.L-13 á20 2.000 1.200 12 LIBRE B+l
RU.L-21 á24 1.160 600 6 LIBRE B+l
RU.L-25 á26 508 300 3 LIBRE B+l
(\
DILIGENCiA que" •o;'li e p h
~É~~~~'N~~~ ·XJ~· '~I~~¡~';tl~J,~~f~
b .. ' " -. . DE VITORIA·GAS apro adade~mllva .l~ por acu~do ce 25da d'l;lDireclorati Oepa <1 wnlo Mu icipal de Urbanis O",Sus.'lnJ ízcarmSflrilSOJo1
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ. -10-
rTAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
(ORDENANZAS REGULADORAS)
ArtO 38.2 Residencial Colectiva Protección Pública. Edificación Abierta.
Manzanas RCP-1, 2, 3,4,5,6,8,9,11.12,13,14,15 Y 16 al Régimen de Usos
Predominante el uso Residencial, con Terciario-Comercial en Planta Baja.
Las compatibilidades de usos, con carácter general serán las indicadas en la Ordenanza OR-4 (Normativa del Plan General).
En su caso, las superficies destinadas a infraestructuras básicas ¡Centros de Transformación, RSU y otros) no computarán como aprovechamiento.
a. 1) Plantas de Sótano
Se destinará a aparcamiento, pudiendo alojar además trasteros, cuartos e instalaciones comunitarias.
En caso de parcelaciones, tendrá funcionamiento unitario o común, con accesos únicos; estableciéndose en el Proyecto de Compensación del Sector las oportunas servidumbres recíprocas necesarias entre las distintas parcelas.
a.2) Planta Baja
Se destinará preferentemente a los siguientes usos:
- Portales preferentemente pasantes desde la fachada exterior.
- Terciario- Comercial hacia la fachada a viario público y/o espacios libres, y con la superficie máxima indicada para cada parcela en el Cuadro General de Parcelas Residenciales.
- Usos complementarios del residencial, no lucrativos, de carácter comunitario, que no computan aprovechamiento.
- Trasteros a cota de planta baja, complementarios y vinculados al uso residencial no lucrativos, que no computan aprovechamiento.
- Accesos, salidas y emergencias del aparcamiento en sótano (comunes para toda la manzana).
- Pequeñas zonas destinadas a alojar infraestructuras básicas (Centros de Transformación Eléctricos, etc ... ) necesarios, que no computan aprovechamiento.
- Espacios libres de dominio y uso privado en parte no ocupada por /a edificación.
a.3) Planta de Entrecubierta
Únicamente se admite en aquellas erl,itiBaci nes q e no dispongan de ático,
OTl..l:l...NClA:lIe_5~ tt)(J~':; dep¡¡r:)h"'''cr ¡;"QO!;'a'n¡J"¡:1C:IFb"Nl
siendo sus usos de trasteros, instalac~w;¡esid'hIIDll; IQi!Y~tifr:!\<u,:ªl\.i~~¡l.t\~ljpbles.
<l":1. SECT ~,í2 Or.l p.e O,U DE vrTOf~IA.GASTErz
"pro~J(]~_de.~ rl¡van¡ ~tepor<:l:errloclt125 do junio dc 2010 g~1 ~t'nl"mUJr. ,d YI\orrp ui.l.'!f!ilypublicadoCrIel Bol(;!lín lel,.I del Temlo, ' Hisl • o de . 13va el 14 dI) julio de 2010.
la Directora 1Departamenlo~.lu Clpell de Urbanismo O'. SusnnaVizCart3Sarfls !
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "AR AYATE". VITORIA-GASTEIZ. -11-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
b) Régimen de la edificación b.1 ) Planta de Sótano
Podrá ocuparse la totalidad de la superficie de la parcela. Se podrán en su caso, realizar más plantas de sótano conforme a las condiciones establecidas en las Normas Generales de la Edificación y los Usos del P.G.O.U.
b.2) Planta Baja
La edificación se ceñirá obligatoriamente a la alineación de parcela hacia el viario público en toda su longitud, conforme a lo indicado en Plano de Vinculaciones.
Su altura libre mínima será de 3,80 m y la máxima de 5,50 m.
Fondo máximo el correspondiente a la calificación de uso característico residencial.
De existir cierres delimitadores con espacios públicos exteriores, serán conforme a lo dispuesto en el artO 15.a del presenta Plan.
b3) Plantas Superiores
La rasante de los forjados de las distintas plantas y de cornisa será coincidente.
La edificación se ceñirá obligatoriamente a las alineaciones marcadas en el plano "Condiciones Vinculantes de la Edificación", con los fondos máximos allí señalados.
Los fondos son los vinculantes de las alineaciones obligatorias marcadas en plano.
Se prohíben los patios abiertos en fachada hacia viario o espacio público.
Los vuelos, que computan superficie a los efectos de aprovechamiento máximo lucrativo de cada manzana, serán permitidos en las fachadas a viario, a zonas verdes y a espacios libres públicos, con un máximo de 1,50 m, con distribución libre en todas las plantas; quedando prohibidos en las alineaciones de la edificación de RCP- 4 y 5, que conforman las pla a sobre prolongación de calle Florida.
En el caso de que por parcelaciones, edificaciones ca tig as tengan diferente fondo edificable, deberá tratarse como
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "AR8#l<'ACfE".
DJ SusanaVIZC3fraSil"",""_..._ _~
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
regulándose a través de Estudio de Detalle de conformidad con el arto. 13 del presente Plan.
La altura máximas libre interior de plantas superiores serán de 2,90 m y la mínima libre interior de 2,60 m.
El tratamiento de la totalidad de las fachadas se realizará con similares criterios arquitectónicos en cuanto a calidad de acabados en cada manzana.
Las fachadas de testero dispondrán, obligatoriamente de huecos de ventilación e iluminación.
La terraza de planta ático dispondrá de un fondo mínimo de 3 metros respecto a la alineación longitudinal, marcada en Plano de Vinculaciones. Se permite un máximo del 30% de contacto con esta alineación, pudiendo en su fachada opuesta alcanzar la alineación coincidente con su planta inferior.
b4) Planta de Entrecubierta y Cubierta
La envolvente máxima estará conformada por un plano de pendiente máxima 70 % (35°) que será común en cada manzana. Como punto de origen, en altura de cornisa, se tomará una distancia horizontal de 1,50 m. en las fachadas longitudinales.
Sobre este plano envolvente, se permite ser rebasado por la instalación de cajas de ascensores, casetones de escaleras, elementos de instalaciones comunes, chimeneas, lucernarios; y cualquiera otros el,ementos constructivos, decorativos y ornamentales.
c) Aprovechamiento Urbanístico
El Aprovechamiento Urbanístico máximo de cada manzana y en cada uso, así como el número máximo de plantas de la edificación, el número máximo de viviendas y su modalidad (Régimen Administrativo y Tipo de Promoción) es el indicado en el Cuadro General de Parcelas Residenciales del presente Plan Parcial y que se muestra en el plano de Condiciones Vinculantes de la Edificación.
EIZ. -13- ln Directora
No obstante, y en los casos de optar por la reducción de la superficie media mínima en m2. construidos de las viviendas de cada manzana que figuran en la relación del Cuadro General de Parcelas residenciales del presente Plan Parcial, en aplicación de la 2" Adenda al convenio pa las ampliaciones de la ciudad al Este y al Oeste en Salburua y Zabalgan (Ac erdo municipal de 1 de Agosto de 2008), con mantenimiento de sus apr vecha ientos urbanísticos, y cuya materialización obligara a alterar los parám tras d nO máximo de plantas, fondos de edificación y ocupación.
1001.- 6'MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR12."~i'<GA<
ITAU ARQUITECTURA. INGENIERIA Y URBANISMO
Se podrá ejecutar la misma mediante la oportuna redacción de Estudio de Detalle por manzana, que en cualquier caso deberán guardar coherencia, proporción y armonía, con la trama en que se encuentran con las siguientes condiciones:
- Incremento maxlmo de 2 plantas respecto a las establecidas en el Cuadro General de Parcelas Residenciales del plano de Condiciones Vinculantes.
- Los fondos de la edificación serán libres
- La ocupación máxima permitida bajorasante será del 100 %.
ArtO 38.3 Residencial Colectiva. Protección Pública. Edificación Manzanas Cerradas. Manzanas RCP-7 y 10.
al Régimen de Usos
Predominante el uso Residencial, con Terciario-Comercial en Planta baja.
Las compatibilidades de usos, con carácter general serán las indicadas en la Ordenanza OR-3 (Normativa del Plan Genera!).
En su caso, las superficies destinadas a infraestructuras básicas (Centros de Transformación, RSU y otros) no computarán como aprovechamiento.
a. 1) Plantas de Sótano
Se destinará a aparcamiento, pudiendo alojar además trasteros, cuartos e instalaciones comunitarias.
En caso de parcelaciones, tendrá funcionamiento unitario o común, con accesos únicos; estableciéndose en el Proyecto de Compensación del Sector las oportunas servidumbres recíprocas necesarias entre las distintas parcelas.
a.2) Planta Baja
Se destinará preferentemente a los siguientes usos:
- Portales.
- Terciario- Comercial hacia la fachada a viario público y/o espacios libres, y con la superficie máxima indicada para cada parcela en el Cuadro General de Parcelas Residenciales.
- Usos complementarios del residencial, no lucrativos, de carácter comunitario, que no computan aprovechamiento.
- Trasteros a cota de planta baja, complemen arios vinculados al uso residencial no lucrativos, que no computan apro echa iento.
- Accesos, salidas y emergencias del Slpar,caJlJ ento
r -
_J ...1'1..:jll_ 5' l::.<[,e'IUe ¡Jaran sótano (comuneshace¡ cnnslar lue 1ho¡apara toda la manzana). riE~ag~¿e/okas Af,~ _IFICACIÓNDEl.PlAN~~C'~
nprobad::ldel1nili~~ l;~~~ '~~O.U ,DE VI;ORIA·GASTEIZ del/,\y"nrr'lnl'II!OdiVII fO..<lCl! rGO¡Jo2,)de¡UnlOde 201D
. " ','l·l-ua!)' "Jy' ~f 1
OfiCial delT~rnlOrjo ~ 'ÓrtC~i)d' '\ ", ::l; .lcaCOen elBoletirl
'- l; 11 lat.":14 dCJI.I:'flde2DIO.
l;¡!)rrectora del' epJ lento I.¡...
" 'pa}del;~smo O'. SU3...1'1:1VI' JrraSnr,lsO'<J
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12. "ARCAYATE". VITORIA-G -14-
(Centros de computan ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
- Pequeñas zonas destinadas a alojar infraestructuras básicas Transformación Eléctricos, etc ... ) necesarios, que no aprovechamiento.
- Espacios libres de dominio y uso privado en las manzanas.
a.3) Planta de Entrecubierta No se admite.
b) Régimen de la edificación b.1 ) Planta de Sótano
La ocupación máxima de sótano es del 100% en RCP 7 y10.
En los dos casos, se podrán realizar más plantas de sótano conforme a las condiciones establecidas en las Normas Generales de la Edificación y los Usos del P.G.O.U.
b.2) Planta Baja
La edificación se ceñirá obligatoriamente en cada manzana, a las alineaciones de la Calificación de Uso Característico Residencial.
Su altura libre mínima será de 3,80 m y la máxima de 5,50 m.
b3) Plantas Superiores
La rasante de los forjados de las distintas plantas y de cornisa será coincidente.
La edificación se ceñirá, obligatoriamente a las alineaciones marcadas en el plano "Condiciones Vinculantes de la Edificación" con los siguientes fondos:
Fondos máximos los señalados en Plano de Ordenación y Vinculantes.
Se prohíben los patios abiertos en fachada hacia viario o espacio público.
En el caso de que por parcelaciones, edificaciones contiguas tengan diferente fondo edificable, deberá tratarse como fachada la parte vista de medianera;
regulándose a través de Estudio de Detalle de conformidad con el arto. 13 del presente Plan.
Los vuelos, que computan superficie a los efectos el aprovechamiento máximo lucrativo de cada manzana, serán permitidos a a f chada a viario y a zona verde, con un máximo de 1,50 m, con distrib ción ibre en todas las plantas.
La altura máxima libre interior de mínima libre interior de 2,60 m.
ITAU ARQUITECTURA. INGENIERIA Y URBANISMO
La terraza de planta ático dispondrá de un fondo mínimo de 3 metros respecto a la alineación longitudinal marcada en plano de vinculaciones. Se permite un máximo del 30% de contacto con esta alineación, pudiendo en su fachada opuesta alcanzar la alineación coincidente con su planta inferior.
b4) Planta de Entrecubierta y Cubierta
La envolvente máxima estará conformada por un plano de pendiente máxima 70 % (35°) que será común en cada manzana. Como punto de origen, en altura de cornisa, se tomará una distancia horizontal de 1,50 m. en las fachadas longitudinales.
Sobre este plano envolvente, se permite ser rebasado por la instalación de cajas de ascensores, casetones de escaleras, elementos de instalaciones comunes, chimeneas, lucernarios; y cualquiera otros elementos constructivos, decorativos y ornamentales.
c) Aprovechamiento Urbanístico
El Aprovechamiento Urbanístico máximo de cada manzana y en cada uso, así como el número máximo de plantas de la edificación, el número máximo de viviendas y su modalidad (Régimen Administrativo y Tipo de Promoción) es el indicado en el Cuadro General de Parcelas Residenciales del presente Plan Parcial y que se muestra en el plano de Condiciones Vinculantes de la Edificación.
No obstante, y en los casos de optar por la reducción de la superficie media mínima en m2. construidos de las viviendas de cada manzana que figuran en la relación del Cuadro General de Parcelas residenciales del presente Plan Parcial, en aplicación de la 2" Adenda al convenio para las ampliaciones de la ciudad al Este y al Oeste en Salburua y Zabalgana (Acuerdo municipal de 1 de Agosto de 2008). con mantenimiento de sus aprovechamientos urbanísticos, y cuya materialización obligara a alterar los parámetros de n° máximo de plantas, fondos de edificación y ocupación.
Se podrá ejecutar la misma mediante la oportuna redacción de Estudio de Detalle por manzana, que en cualquier caso deberán guardar coherencia, proporción y armonía, con la trama en que se encu n ran con las siguientes condiciones:
- Incremento máximo de 2 plantas respecto a General de Parcelas Residenciales del plano de - Los fondos de la edificación serán libres
- La ocupación máxima permitida baE~!~IaJJle~'!1 t,ác·,elaa,Q,Qor.Q'"Que.,la hn"
DEl i;E~TOri' ~i,[r~ti' g'~cecON OEL IHNP,IRC,JL
;:¡Prob:¡d;¡de:,nlliv.:lfTIC~l;pl;¡r~(;(;c!' ~~ \iJ~~IA-G/~S·(1:.11.
delAyunlaIl1K:¡¡lo de\i'n--C"'~- .01
.°
vjU110 de2010Of.cial delTemlo¡io~' si.·~ ...~A',1:~:p,'.J!:CCldo. en elOoletin
l.: n "Ye. e¡11de julio de 2010.
la O"ectora d ' Of!p?113mento ñ:unrc;p?Jt~ U~oa¡¡ismo 1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARéilyi\ 'E03~' -16-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
5.- PlANEAMIENTO PROPUESTO
A continuación se refleja el Texto Reformado de la Memoria y Ordenanzas Reguladoras afectado por esta 6a Modificación Puntual, en el cual se han distinguido en color rojo los párrafos que han sufrido modificación.
El resto de los puntos de la memoria y de las Ordenanzas Reguladoras quedan vigentes según aprobación del Plan Parcial y sus modificaciones posteriores enumeradas en el Punto
°
de esta Memoria.(MEMORIA)
1.04.06.01. CAlIFICACION PORMENORIZADA
Como se refleja en el plano correspondiente de "CALIFICACiÓN PORMENORIZADA", el resultado de la ordenación proyectada es el siguiente:
a) RESIDENCIAl:
- Residencial Colectiva de Protección Pública y Promoción Pública.
TIPOlOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAl N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCP-1, RCP-2, RCP-4, RCP-6, RCP-7A, 27.975,00 6.76 % 1.533 v.
RCP-7B, RCP-9, RCP-10, RCP-11 +12, RCP-13, RCP-14+ 15, RCP-16
- Residencial Colectiva de Protección Pública y Promoción Privada.
TIPOLOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCP-3, RCP-5 y RCP-B 3.979,00 0,96% 250 v.
- Residencial Colectiva Libre, Promoción Privada y Promoción Pública.
TIPOLOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RCl-1, RCl-2, RCL-3, RCL-4, RCL-6, RCL-7, RCL-B, RCL-9, RCL-10, y RCL-
1'175%
11 Promoción Privada 15.50B,00 609 v.
RCL-5 Promoción Pública B42,00 / 0,\20 % 42 v.
TOTAL 16.350,00 31.95 % 651 v.
OIUGENCIAqllO
~c
lXti!!.,i". '1001.- 6'MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12,·~Rc¡~It:At "1 ;f¡,Q,'ij,!1\\¡lijASTEIZ. '-17- enÓliTunrcrpal e Urbanismo (}1.Susana Vlzcarra S:¡¡;ara:;Osoñ",a;----
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
- Residencial Unifamiliar en Hilera Libre, Promoción Privada y Pública.
TIPOLOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RUL-1 a RUL-26 6.557,00 1,58 % 39 v.
- Residencial Unifamiliar Jardín.
TIPOLOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RUJ-1 a RUJ-26 31.826,00 7,69 % 209 v.
- Residencial Manzana Jardín.
TIPOLOGIA EDIFICATORIA SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
RJL-1 a RJL-3 8.213,00 1,98 % 46 v.
SUPERFICIE %TOTAL N°
M2. AMBITO VIVIENDAS
TOTAL RESIDENCIAL 94.900,00 22,93 % 2.728 v.
De todas las viviendas, 1.783 (65,36 %) son de Protección Pública y de éstas, 250 son de propiedad privada y el resto corresponden al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
b) SISTEMA DE EQUIPAMIENTO:
- Equipamiento Educativo.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
E,E. 1 2.176,00 / ,\0,53 %
E.E.2 14.366,00
/
~,47 %E.E. 3 6.681,00 1,61 %
TOTAL E. EDUCATIVO 23.223,00 ~,61 %
DILIGENCIA que a ex!ienr p3rahac~rconslarquees!a hoja IO,"l:lpart.óela~¡ oXTA LOOIF!CACll NOUFLANPAHC!AL DEL SECTOR 1. OE'~ P.GO~U ' _VITORIA~GASTE!Z
aprobada delinll!'Ja na'lepor acun1io1de 25 de¡UIlIOde 2010 OJicial del TcrnlOfI ;1 ',~ cAlélV<J 14dcju!lode2010.
laDIHlclcra "1 Dcparlamenlo Municipal "Urbanismo O'. Susana Vlzcarra Sarasola
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ.
-
-18-rTAU ARQUITECTURA, INGENIERIAYURBANISMO
- Equipamiento Deportivo.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
E.D. 1 4.951,00 1,19 %
E.D.2 4.766,00 1,15 %
E.D.3 2.545,00 0,62 %
E.D.4 3.233,00 0,78 %
TOTAL E. DEPORTIVO 15.495.00 3,74 %
- Equipamiento Múltiple Local.
SUPERFICIE %TOTAL (TECHO MAX.
M2. AMBITO (CONSTRUIDO)
E.M. 1 5.805,00 1,40 % 11.610,00
TOTAL E. MULTIPLE 5.805,00 1,40 % 11.610,00
- Equipamiento Múltiple de Sistema General.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
EM-SG 16.284,00 3,94 %
el SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PUBLICO:
- Zonas verdes-jardines y áreas de juegos.
o
S:J.>ana Vtzcarra SarasolaSUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
ZV 29.603,00 7,15 %
AJ 11.610,00 2.81 %
Total zonas verdes 41.213,00 9,95 %
- Espacios libres y zonas estanciales.
( \
SUPERFICIE %10TAL M2. AiÍllBlTO
/
ELP , ,.:J.f}.60P.,OQ
/
3,53 %¡,,"
DLl S[CroR 12 DEL ¡'.C.O.U DE¡'¡'¡"'¡'~¡""
'~i üRIA-GASTEJZc;1,,"
"",ouada Mol,,,".m",,' ,")[",,<,do.e2~~de2010 o'JIA}u'l13::W!rJio {!eV.,oria· '::;slei'"IplJbl:r.a¡ En el Bolelin Om)31,j¿¡r¿--;!Il(,Q".;ilóflCJ d2: 3\!3el14de . de 2010.
1001.- 6'MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12,"'ARGAYAO.fPl¡NIl1i@RIAI@AS,:fE!V'rbanismo -19-
,
-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
- Espacio libre parque urbano de Sistema General.
SUPERFICIE %TOTAL M2. AIVlBITO
PU 65.419,00 15,81 %
d) SISTEMA DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES:
- Red viaria local.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
VL 42.439,00 10,26 %
- Red viaria-sistema general.
SUPERFICIE %TOTAL
M2. AMBITO
TC-SG 94.407,00 22,82 %
SUPERFICIE TOTAL DEL AMBITO 413.791,00 M2. 100 %
la Olrectorade eparlamcnlo Municlpol • 6UrOé\nJf:010
Da,Susana Vi7.carra Smasola
~----
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORlA-GASTEIZ. -20-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
1.04.06.03.APROVECHAMIENTO, EDIFICABllIDAD, DENSIDAD a) APROVECHAMIENTO LUCRATIVO DEL SECTOR.
WVIV. SUPo CONSTo
M2.
Residencial Colectiva Protección Pública y
Promoción Pública 1.533 114.471,62
Residencial Colectiva Protección Pública y
Promoción Privada 250 18.878,38
Residencial Colectiva Libre 651 53.130,00
Residencial Unifamiliar en Hilera Libre 39 3.900,00 Residencial Unifamiliar en Hilera Jardín Libre 209 21.750,00
Residencial Jardín Libre 46 4.800,00
TOTAL APROVECHAMIENTO RESIDENCIAL 2.728 216.930,00
Terciario en Residencial de Protección Pública,
Promoción Pública 4.513,06
Terciario en Residencial de Protección Pública,
Promoción Privada 1.459,00
Terciario en Residencial Colectiva Libre 6.851,94
TOTAL APROVECHAMIENTO TERCIARIO 12.824,00
APROVECHAMIENTO TOTAL LUCRATIVO 229.754,00
c) DENSIDAD
BRUTA 2.728/41,3791 65,927 VIV / Ha.
(Respecto ámbito total sector)
NETA 2.728/23,7350 114,935 VIV / Ha.
(Sin sistemas generales)
la Directora de cparlamento Municipa, de Urbanismo D1SusanaVizcarra:'.:S~.~r(l~so!!J!I._ _~/
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ. -21-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
SECTOR 12
CUADRO GENERAL DE PARCELAS RESIDENCIALES
PARCELA SUPERFICIE APROVECHAMIENTO NO MÁXIMO
MODALIDAD N' MÁXIMO
1m2! TERCIARIO RESIDENCIAL VIVIENDAS PLANTAS
RC.L-1 2.854 991,94 8.453,16 104 LIBRE B+7+A
B+8+A
RC.L-2 1.143 580 4.830 59 LIBRE B+7+A
RC.L-3 1.015 580 4.600 56 LIBRE B+7+A
RC.L-4 1.015 580 4.600 56 LIBRE B+7+A
RC.L-5 842 400 3.506,84 42 LIBRE B+6+A
RC.L-6 2.141 700 5.290 65 LIBRE B+6+A
RC.L-7 2.164 700 5.290 65 LIBRE B+6+A
RC.L-8 1.290 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-9 1.314 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-l0 1.282 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.L-ll 1.290 580 4.140 51 LIBRE B+6+A
RC.P-l 1.611 394 9.450 126 V.P.P. B+ 11
RC.P-2 1.861 365 8.820 118 V.P.P. B+8+A
RC.P-3 1.643 6.300 84 V.P.P. B+ 11
RC.P-4 2.035 706,06 10.710 143 V.P.P. B+8+A
RC.P-5 1.433 956 7.748,38 104 V.P.P. B+ 12
RC.P-6 2.056 6.300 84 V.P.P. B+ 11
RC.P-7A 2.906 570 14.200,00 189 V.P.P. 8+8
RC.P-78 2.932 ---- 2.611,62 38 V.P.P. 8+8
RC.P-8 903 503 4.620 62 V.P.P. B+8+A
RC.P-9 903 300 4.830 65 V.P.P. B+8+A
RC.P-l0 6.393 640 19.740 264 V.P.P. B+ 11
RC.P·11 + 12 2.337 714 12.500 166 V,P.P. 8+8
RC.P-13 1.301 297 6.510 87 V.P.P. B+9
RC.P·14+ 15 2.305 230 12.500 166 V.P.P. 8+8
RC.P·16 1.335 297 6.510 87 V.P.P. B+9
RU.L-l á4 889 600 6 LIBRE B+l
RU.L·5 á 12 2.000 1.200 12 LIBRE B+l
RU.L·13 á 20 2.000 1.200 12 LIBRE B+l
RU.L·21 á 24 1.160 600 6 L18RE B+l
RU.L·25 á 26 508 300 3 LIBRE 8+1
DI, Susana Vlzcarra SarasolJ
1001.· 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYATE". VITORIA-GASTEIZ. ·22-
arte no ocupada por la a alojar infraestructuras básicas (Centros de etc ... ) necesarios, que no computan ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
(ORDENANZAS REGULADORAS)
ArtO 38.2 Residencial Colectiva Protección Pública. Edificación Abierta.
Manzanas RCP·1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 11
+
12, 13, 14+
15 y 16 a) Régimen de UsosPredominante el uso Residencial, con Terciario-Comercial en Planta Baja.
Las compatibilidades de usos, con carácter general serán las indicadas en la Ordenanza OR-4 (Normativa del Plan General).
En su caso, las superficies destinadas a infraestructuras básicas (Centros de Transformación, RSU y otros) no computarán como aprovechamiento.
a.1 ) Plantas de Sótano
Se destinará a aparcamiento, pudiendo alojar además trasteros, cuartos e instalaciones comunitarias.
En caso de parcelaciones, tendrá funcionamiento unitario o común, con accesos únicos; estableciéndose en el Proyecto de Compensación del Sector las oportunas servidumbres recíprocas necesarias entre las distintas parcelas.
a.2) Planta Baja
Se destinará preferentemente a los siguientes usos:
- Portales preferentemente pasantes desde la fachada exterior.
- Terciario- Comercial hacia la fachada a viario público y/o espacios libres, y con la superficie máxima indicada para cada parcela en el Cuadro General de Parcelas Residenciales.
. Usos complementarios del residencial, no lucrativos, de carácter comunitario, que no computan aprovechamiento.
- Trasteros a cota de planta baja, complementarios y vinculados al uso residencial no lucrativos, que no computan aprovechamiento .
. Accesos, salidas y emergencias del aparcamiento en s6tano (comunes para toda la manzana).
- Pequeñas zonas destinadas Transformación Eléctricos, aprovechamiento.
- Espacios libres de dominio edificación.
a.3) Planta de Entreéubierta
Únicamente se admite en aquellas edificacio es qu no dispongan de ático, siendo sus usos de trasteros, instalaci.umes:we.b .difFl>" ,¡ter,raZasQtransitables.
forma parte de'la 'EXTA 1,:ODIr "ACIÓN DEL PLAN PAR:.:I...~ OEl SECTOH 1 DE P.G. J.U DEVITORIA·G.~STElZ 'lprobt,d;¡ d€finiti\\ni ¡te por. 3CUC do ce 25 deJuniO(le 2010 del Ayunt;lrniol1!o o \filor;~ J"sh~lz)'nubtlcatlo ell ej Bolelil1 OrJci;¡l del Terrilofi HISlOflCOde;Át¡lVé'll.'11\ do Julio do 2010.
LH Clrcc!ora ' 1Oeparlzmel'llo MUnlci',nl do: Urbanismo
1001.' 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR12,DlAR0AY·Á'1'E".\11T0FM-GASTEIZ. -23-
rTAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
b) Régimen de la edificación b.1) Planta de Sótano
Podrá ocuparse la totalidad de la superficie de la parcela. Se podrán en su caso, realizar más plantas de sótano conforme a las condiciones establecidas en las Normas Generales de la Edificación y los Usos del P.G.O.U.
b.2) Planta Baja
La edificación se ceñirá obligatoriamente a la alineación de parcela hacia el viario público en toda su longitud, conforme a lo indicado en Plano de Vinculaciones.
Su altura libre mínima será de 3.50 m y la máxima de 5,50 m.
Fondo máximo el correspondiente a la calificación de uso característico residencial.
De existir cierres delimitadores con espacios públicos exteriores, serán conforme a lo dispuesto en el artO 15.a del presenta Plan.
b3) Plantas Superiores
La rasante de los forjados de las distintas plantas y de cornisa será coincidente.
La edificación se ceñirá obligatoriamente a las alineaciones marcadas en el plano "Condiciones Vinculantes de la Edificación", con los fondos máximos allí señalados.
Los fondos son los vinculantes de las alineaciones obligatorias marcadas en plano.
Se prohíben los patios abiertos en fachada hacia viario o espacio público.
Los vuelos, que computan superficie a los efectos de aprovechamiento máximo lucrativo de cada manzana, serán permitidos en las fachadas a viario, a zonas verdes y a espacios libres públicos, con un máximo de 1,50 m, con distribución libre en todas las plantas; quedando prohib' s en las alineaciones de la edificación de RCP· 4 y 5, que conforman las aza sobre prolongación de calle Florida.
En el caso de que por parcelaciones, edificaciones fondo edificable, deberá tratarse
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR12,"ARGAYA1E",'
1 C,,;,1"1 \'" ''C!'::'";'",...-:..,---
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
deberán guardar coherencia, proporclon y armonía, con la trama en que se encuentran con las siguientes condiciones:
- Incremento máximo de 2 plantas respecto a las establecidas en el Cuadro General de Parcelas Residenciales del plano de Condiciones Vinculantes.
- Los fondos de la edificación serán libres
- La ocupación máxima permitida bajorasante será del 100 %.
ArtO 38.3 Residencial Colectiva. Protección Pública. Edificación Manzanas Cerradas. Manzanas RCP-7A, RCP-7B y RCP-10
al Régimen de Usos
Predominante el uso Residencial, con Terciario-Comercial en Planta baja.
Las compatibilidades de usos, con carácter general serán las indicadas en la Ordenanza OR-3 (Normativa del Plan General).
En su caso, las superficies destinadas a infraestructuras básicas (Centros de Transformación, RSU y otros) no computarán como aprovechamiento.
a. 1l Plantas de Sótano
Se destinará a aparcamiento, pudiendo alojar además trasteros, cuartos e instalaciones comunitarias.
En caso de parcelaciones, tendrá funcionamiento unitario o común, con accesos únicos; estableciéndose en el Proyecto de Compensación del Sector las oportunas servidumbres recíprocas necesarias entre las distintas parcelas.
-26- y vinculados al uso
lento.
n sótano (comunes a.2) Planta Baja
Se destinará preferentemente a los siguientes usos:
- Portales.
- Terciario- Comercial hacia la fachada a viario público y/o espacios libres, y con la superficie máxima indicada para cada parcela en el Cuadro General de Parcelas Residenciales.
- Usos complementarios del residencial, no lucrativos, de carácter comunitario, que no computan aprovechamiento.
- Trasteros a cota de planta baja, complement residencial no lucrativos, que no computan apro echa - Accesos, salidas y emergencias del aparca ento para toda la manzana).
- Pequeñas zonas destinadas Transformación Eléctricos, aprovechamiento.
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARC7VW\;rS'P.IfF6Rti-
ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
- Espacios libres de dominio y uso privado en las manzanas.
a.3) Planta de Entrecubierta
Únicamente se admite en aquellas edificaciones que no dispongan de ático, siendo sus usos de trasteros, instalaciones del edificio y terrazas transitables.
b) Régimen de la edificación b.1 ) Planta de Sótano
La ocupación máxima de sótano es del 100% en RCP-7A, RCP-7B y RCP-10 En los tres casos, se podrán realizar más plantas de sótano conforme a las condiciones establecidas en las Normas Generales de la Edificación y los Usos del P.G.O.U.
b.2) Planta Baja
La edificación se ceñirá obligatoriamente en cada manzana, a las alineaciones de la Calificación de Uso Característico Residencial.
Su altura libre mínima será de 3,50 m y la máxima de 5,50 m, b3) Plantas Superiores
La rasante de los forjados de las distintas plantas y de cornisa será coincidente.
La edificación se ceñirá, obligatoriamente a las alineaciones marcadas en el plano "Condiciones Vinculantes de la Edificación" con los siguientes fondos:
Fondos máximos los señalados en Plano de Ordenación y Vinculantes.
Se prohíben los patios abiertos en fachada hacia viario o espacio público.
En el caso de que por parcelaciones, edificaciones contiguas tengan diferente fondo edificable, deberá tratarse como fachada la parte vista de medianera;
regulándose a través de Estudio de Detalle de conformidad con el arto. 13 del presente Plan.
Los vuelos, que computan superficie a los efectos del aprovechamiento máximo lucrativo de cada manzana, serán permitid s a a fachada a viario y a zona verde, con un máximo de 1,50 m, con di tribuci n libre en todas las plantas.
La altura máxima libre interior de mínima libre interior de 2,60 m.
pl~nta_s supe iores erán de 2,90 m y la
¡UGENC1¡\que se eX!i<'ndt1 .JIJhacer conslar quee~J.'lhOJa forma pa}1c de la SE TAi\~O;lfrCAC ON DEL PLANPAr~CIAL DEL SECTüR.12 DEL' G.O,U I E VITORIA.GASTEIZ apmboda defl!llll':ari un' .¡:u ClC'lcrr. e <fe 25 de junio úe 2010 de!~y¡¡nl<ll~llmlto de \,~JTIi1-(;:·¡<;II\" ~I,uIJllc(¡:ioflflelBllll:!lin mel;;!dellerlllorio , I .[Or¡I;!) ri •Ilova f.' 1.1 tic jut:o de 2010.
l<l Dir,~clor:1 (1; DúP;¡rl.',11cn!o !,1l!llicipi" de Urbanismo D' S1l5::nJ L::C.Jrr;¡S;'l,,~,'::~l
1001.- 6' MODIFICACION PUNTUAL DEL P.P. DEL SECTOR 12, "ARCAYA1F. VITORIA-GASTEIZ. -27-
cid as en el ondiciones ITAU ARQUITECTURA, INGENIERIA Y URBANISMO
La terraza de planta ático dispondrá de un fondo mínimo de 3 metros respecto a la alineación longitudinal marcada en plano de vinculaciones. Se permite un máximo del 30% de contacto con esta alineación, pudiendo en su fachada opuesta alcanzar la alineación coincidente con su planta inferior.
b4} Planta de Entrecubierta y Cubierta
La envolvente máxima estará conformada por un plano de pendiente máxima 70 % (35°) que será común en cada manzana. Como punto de origen, en altura de cornisa, se tomará una distancia horizontal de 1,50 m. en las fachadas longitudinales.
Sobre este plano envolvente, se permite ser rebasado por la instalación de cajas de ascensores, casetones de escaleras, elementos de instalaciones comunes, chimeneas, lucernarios; y cualquiera otros el,ementos constructivos, decorativos y ornamentales.
cl Aprovechamiento Urbanístico
El Aprovechamiento Urbanístico máximo de cada manzana y en cada uso, así como el número máximo de plantas de la edificación, el número máximo de viviendas y su modalidad (Régimen Administrativo y Tipo de Promoción) es el indicado en el Cuadro General de Parcelas Residenciales del presente Plan Parcial y que se muestra en el plano de Condiciones Vinculantes de la Edificación.
No obstante, y en los casos de optar por la reducción de la superficie media mínima en m2. construidos de las viviendas de cada manzana que figuran en la relación del Cuadro General de Parcelas residenciales del presente Plan Parcial, en aplicación de la 2" Adenda al convenio para¡ las ampliaciones de la ciudad al Este y al Oeste en Salburua y Zabalgana (Acuerdo municipal de 1 de Agosto de 2008). con mantenimiento de sus aprovechamientos urbanísticos, y cuya materialización obligara a alterar los parámetros de, nO máximo de plantas, fondos de edificación y ocupación, se podrá ejecutar la misma mediante la oportuna redacción de Estudio de Detalle por manzana,. que en cualquier caso deberán guardar coherencia, proporción y armonía, con la trama en que se encuentran con las siguientes condiciones:
- Incremento máximo de 2 plantas respecto a las es b Cuadro General de Parcelas Residenciales del plano de Vinculantes.
- Los fondos de la edificación serán libres
a ocupación máxima permitida baio rasant~II~~rª1ael3,0@1:9'oo1r,lh<1r:?rco.'1s~a¡Q'j!l csldil~tI
O
OEr~13PJ:¡e (le la SE :(1;\ MO .IFIC'/\ -. IDEIPl·HI¡-''':JCI'II' ti SECTOR 12 DEL P -, . . ,.,1', rtlh ",-ICOA~NI "U",,,.",,,,w,,,,""m,,,,,-,.'''"GOO'''''''~l''''l'l
'" '" . ..
DE I¡ITORI•.'\-GA.:'JTEIZI--4i ARABAKOORDEZKARlr/.A I~rtia:-f;.d'
l ff
I ,11' 'ber··
de;i2 ,1,(;lie7.0rorWLEG,\CIONENALAVA tu .~~", ""'1'1:, IdL S",,-, Ol·l<,ICJ:J)' 181 '::~~J:;7-- ""0 COLUi,OOHCIAI.I)I!ARQUlTECfOSVASCO.NAVARR3IlcidrdtiITc' 011(1 I ,i.' OG,"I", ',i"~'dl~, ne, 2f:'!r~1
\. EXPEDIENTE: 2010/80017 10/03/2010 _.. e¡ IIOC~¿OIO
TIPO: MODIFICACION DE PLAN PARCIAL @1OrFcctJ.1<.!It' ,.1f! E',iJM
JAVIER GONZALEZ-L:~SOAITRABAJO'F1GURADEPLANEAMIENTOSIlEYDELSUEL@, " ,
SE
I ,"'ASE: DOCUMENTOPARAAP.INICIAL W.:>.:>-11, ·'_.IJ,1 '~,I
~MPLAZAMIENTO: SALBURUA SECTOR 12 ~
==----;::;:-;-=========-:/AUNICIPIO: GASTEIZ
1001,- 6' MODIFICACION PUNTUAL pupEdil' D N'V¡>e o PEM, 0,00. roRI1- ASTEIZ. -28-
IJ,RQTOS: GONZALEZ-L1ZASOAIN ALADRO, Feo. Javier GARCIA LEGIDO, Sergio
CUENTE: VISESA