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C om pr ob an tes fi sc al es

Tramite el certificado de sello digital

Generación de la solicitud,

ensobretado, envío y recuperación

L.C. y E.F. Miguel Ángel Toriz García

Licenciado en contaduría y especialista en fiscal por la FCA de la UNAM. Colaborador en el departamento de Consultoría Telefónica de Suscriptores de Grupo Gasca. mtoriz@grupogasca.com.mx

Introducción

El uso de la factura electrónica en nuestro país es cada vez más generalizado, diariamente más contribuyentes se incorporan a la fac- turación electrónica y se tendrán que incorporar más debido a que en 2013 ya no se podrán expedir comprobantes fiscales impresos (CFI) con cédula de identificación fiscal (CIF), ya que se irá disminuyendo de manera paulatina el monto para no estar obligado a expedirla, por lo que recomendamos estar bien preparado para, en su caso, emitirla. El presente artículo está dirigido a aquellos contribuyentes que para el ejercicio fiscal de 2013 se encuentren obligados a expedir comproban- tes fiscales electrónicos, situación en la cual tendrán que contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente y tramitar al menos un certificado de sello digital (CSD), y uno por cada local o estableci- miento, así como contratar los servicios de un proveedor autorizado de certificación (PAC). De igual forma veremos cómo tramitar el CSD, esperando le sea de utilidad.

Certificados de sellos digitales

Si usted ya cuenta con su Fiel, el siguiente paso para expedir compro- bantes fiscales digitales por internet (CFDI) es contar con un CSD amparado por un certificado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Este sello digital permitirá acreditar la autoría de los comprobantes fiscales digitales (CFD) que emita, y de esta manera sus clientes sabrán que usted fue el autor de dicho CFD.

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¿Qué es un certificado de sello digital?

Es un elemento de seguridad que rigurosamente debe estar en cada CFD y, a diferencia de la Fiel, sólo sirve para hacer facturas. El CSD es distinto para cada factura elec- trónica.

Los CSD son expedidos por el SAT y son para uso específico del CDFI, por medio de ellos el con- tribuyente podrá sellar electrónica- mente la cadena original de los comprobantes que emita; así se tendrá identificado el origen del CFD, junto con la unicidad y las demás características que tienen los certificados digitales (integri- dad, no repudio, autenticidad y confidencialidad). Los contribuyen- tes podrán solicitar un CSD para la emisión de CFDI en su domicilio fiscal y, en su caso, como máximo uno para cada una de sus sucur- sales o establecimientos; en el caso de unidades de transporte utilizarán el CSD del domicilio fiscal, sucursal o establecimiento al cual estén asignados (regla II.2.5.1.2. de la Resolución Misce- lánea Fiscal para 2012 [RMF-12]).

Conforme al artículo 17-G del Código Fiscal de la Federación (CFF), los certificados que emita el SAT, para ser considerados válidos, deberán contener los si- guientes datos:

• La mención de que se expiden como tales. Tratándose de CSD, se deberán especificar las limi- tantes que tengan para su uso.

• El código de identificación único del certificado.

• La mención de que fue emitido por el SAT y una dirección elec- trónica.

• Nombre del titular del certifica- do y su clave del Registro Fe- deral de Contribuyentes (RFC).

• Periodo de vigencia del certifi- cado, especificando el día de inicio de su vigencia y la fecha de su terminación.

• La mención de la tecnología empleada en la creación de la Fiel contenida en el certificado.

• La clave pública del titular del certificado.

• El código de identificación único del certificado deberá contener los datos del emisor y su núme- ro de serie (regla I.2.2.3 de la RMF-12).

Es importante que el contribu- yente que emite este tipo de com- probantes se asegure que el CSD que se está utilizando para la emisión de los CFDI es el del sello digital para la expedición de factu- ras y no el de la Fiel, ya que de no ser así, el comprobante que se expida no estará cumpliendo con los requisitos fiscales y no podrá ser utilizado por sus clientes en la deducción de gastos y el acredita- miento de impuestos y, por parte del emisor, se estaría cometiendo una infracción a las disposiciones fiscales, siendo acreedora a la imposición de una multa conforme a los artículos 83, fracción VII y 84, fracción IV, del CFF.

Para poder verificar que los CFDI cumplen con este requisito se puede utilizar la aplicación que proporciona el SAT para verificar la estructura, el sello y cadena original de un CFD o de un CFDI:

• Validador oficial de la estructu- ra, el sello y cadena original del CFDI: http://goo.gl/ADNKK, o bien, https://www.consulta.sat.

gob.mx/sicofi_web/modulo ECFD_plus/ValidadorCFDI/

Validador%20cfdi.html

• Validador oficial de la estructu- ra, el sello y cadena original del CFD: http://goo.gl/fhlBD, o bien, https://www.consulta.sat.

gob.mx/SICOFI_WEB/Modu- loECFD_Plus/ValidadorCom- probantes/Validador.asp Las aplicaciones anteriores re- quieren tener instalado en el orde- nador las versiones más recientes del sistema Java.

Cómo diferenciar un CSD de una Fiel

El CSD se tramita a través de la aplicación Solicitud de Certificados Digitales (Solcedi) y es similar al de la Fiel y ambos certificados pueden llegar a confundirse, ya que los dos son archivos con ex- tensión *.cer, que asocian una llave pública con la identidad de su propietario.

Ambos están conformados por un juego de llaves, los cuales son los archivos necesarios para la generación y validación, tanto de la Fiel como del CSD. El juego de llaves está conformado por una llave privada (*.key), la cual no debe ser revelada a nadie, ya que con ella se genera la Fiel o sello digital, y la llave pública contenida dentro del certificado digital que valida la Fiel o el CSD.

La Fiel es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, como si se tratara de una firma autógra- fa, estos archivos electrónicos servirán para generar trámites fiscales en el portal de SAT, entre ellos, solicitar un CSD.

El CSD es un elemento de se- guridad que rigurosamente debe estar en cada CFDI y a diferencia de la Fiel, sólo sirve para emitir facturas.

Una manera de identificar entre estos dos tipos de certificados es tratar de iniciar sesión en el portal del SAT; en caso de que se pueda,

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entonces se trata de la Fiel, en caso contrario, es posible que se trate del CSD. Para lo anterior, verifique bien la contraseña, ya que es posible que no nos deje debido a que la contraseña sea incorrec- ta, o se haya intentado con los archivos intercalados entre otros certificados(.key de Fiel con *.cer de CSD).

Solicitud de CSD

Conforme a la regla II.2.5.1.2. de la RMF-12, los contribuyentes que deban expedir CFDI deberán ge- nerar, a través del software

“SOLCEDI”, a que se refiere la fi- cha 120/CFF “Solicitud de certifi- cado de sello digital” contenida en el Anexo 1-A, dos archivos, con- teniendo uno la clave privada y el otro el requerimiento de genera- ción de CSD.

El proceso para obtener el CSD es similar al de la Fiel. La aplicación Solcedi se utilizará para que el contribuyente (persona moral o persona física) pueda generar el archivo de requerimiento del CSD, su clave o llave privada de sello digital y un tercer archivo que se obtiene ensobretando el archivo de requerimiento (*.req), el cual se convertirá en un archivo (*.sdg), este último es el que se envía al SAT vía internet.

Este programa genera los si- guientes archivos:

De requerimiento de CSD, que contiene los datos mínimos para la generación del certificado de sello digital (*.req).

De la llave o clave privada de sellos digital (*.key).

De requerimiento del CSD (*.req), se ensobreta y se gene- ra un (*.sdg).

La diferencia principal entre este proceso y el que realiza

cuando solicita su certificado digital de la Fiel, es que ya no tendrá que acudir a su Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) para concluir el trámite. Y se realiza cuando el contribuyente elija la opción o esté obligado a emitir CFDI.

De manera general, para solicitar el CSD deberá realizar lo si- guiente:

• Contar con la Fiel.

• Debe ingresar en la página electrónica del SAT y descargar el pro- grama denominado “SOLCEDI”.

• Usando el programa Solcedi, debe generar dos archivos que con- tienen: clave privada y requerimiento de generación de CSD.

• Ensobretar los archivos de requerimientos usando su certificado de Fiel en el programa Solcedi.

• Enviar el archivo *.sdg a través de la aplicación “CERTISAT WEB”.

• Una vez hecho esto, recibirá un número de operación y en un lapso no mayor a 24 horas podrá descargar su CSD.

Para obtener el CSD, debe ingresar en el siguiente link, para iniciar con el proceso: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_

firma/60_6626.html

O bien, en la siguiente ruta dentro de la página del SAT: InICIo InFoRMACIÓn Y SERVICIoS FIRMA ELECTRÓnICA AVAnZADA (FIEL).

Una vez ubicados en dicha página se deberá descargar e instalar en su computadora el programa Solcedi:

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Descargar e instalar el programa Solcedi en nuestra computadora:

El programa requiere de los siguientes datos para la generación de su llave privada y del archivo de requerimiento:

• RFC del contribuyente.

• Clave Única de Registro de Población (CURP) en el caso de personas físicas.

• Correo electrónico.

• Una contraseña de revocación para cancelar su certificado digital a través de internet.

• Una contraseña de acceso que protege su llave privada.

Generación de la solicitud de certificado de sello digital

1. Una vez instalado el programa, abrir el programa Solcedi, en el menú “Sistema” ir a “Requerimiento Sellos”.

2. Posteriormente aparece una ventana que pide ingresar el certificado digital de la Fiel del contribuyente al dar clic en el signo de interrogación.

3. Seleccionar la unidad o sucursal donde será uti- lizado el CSD que se está tramitando. Cuando no se cuente con sucursales, se puede colocar el dato que identifique la ubicación del lugar donde se expedirán los comprobantes y una contraseña de revocación, que se podrá usar cuando se quiera cancelar el sello y al finalizar damos clic en el botón “Continuar”.

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4. Ingresar una contraseña para el manejo del sello solicitado, la contraseña debe contener mínimo ocho caracteres y máximo 255, combinada por letras y números y caracteres especiales. Le recomendamos anotarla en una libreta.

5. En la parte inferior de la pantalla se localizan dos signos de interrogación que sirven para ubicar el destino de los archivos que se van a generar (archivos *.req y *.key). Es recomen- dable tener una carpeta llamada factura elec- trónica o algo similar para conjuntar todos los archivos que requiere el trámite del CSD y evitar confusiones con archivos de la Fiel.

6. Dar clic en el botón “Generar” y el botón de “Sí”. Al finalizar se mostrará la siguiente pantalla. Siga las instrucciones como se muestran.

7. Mover el mouse varias veces, ya que con dicho movimiento se generan números aleatorios para generación del requerimiento del CSD.

8. Al terminar el proceso, el sistema le enviará el siguiente mensaje. Si desea generar otro re- querimiento de clic en “Sí”, en caso contrario, presione “No”.

9. En la siguiente ventana presionamos “Aceptar”.

Se despliega una vez más la ventana de “Inicio” y seleccionamos la opción “Ensobreta Sellos”.

Ensobretado del sello digital

Para continuar con la generación del CSD, debemos ensobretar y enviar el archivo por medio de la página del SAT.

Sólo se debe ensobretar el que tiene la extensión .req, misma que se generó en el proceso anterior.

Este proceso generará otro archivo con extensión *.sdg, que es el ensobretado del archivo *.req que acaba de generar.

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La contraseña de la clave privada que se requiere, es la de la Fiel, no es la que se acaba de generar.

1. Continuar con el programa Solcedi, ir al menú “Sis- tema” en el submenú, se despliega una vez más la ventana de inicio, y seleccionamos la opción “Enso- breta Sellos”. Sólo se debe ensobretar el que tiene la extensión *.req, misma que se generó en el pro- ceso anterior.

2. Nuevamente nos pide identificarnos con la Fiel, y buscar los archivos, seleccionamos los signos de interrogación y anotamos la contraseña de la firma electrónica (la contraseña del sello únicamente se utiliza hasta que estamos facturando).

3. En la parte inferior el sistema nos pide que busquemos el archivo *.req que generamos anteriormente, el explorador nos ayudará a localizar el archivo, dándole clic en la flecha que indica hacia adelante para que pase ese archivo de lado derecho.

4. En la parte inferior se encuentra un signo de interrogación, el cual nos sirve para indicar el lugar en donde se va a guardar el archivo ensobretado a generar, que tiene extensión *.sdg (nota: Es recomen- dable no cambiar el nombre a este archivo), presione guardar y dé clic en el botón “Generar” para formar el ensobretamiento.

Si los datos son correctos, el sistema abre un mensaje para decirnos que el archivo *.sdg se guardó correctamente en la ubicación que le indicamos.

Envío de solicitud de certificados de sello digital

1. El siguiente paso es entrar al portal del SAT, a la aplicación “CER- TISAT WEB”, puede ingresar en la siguiente liga, e ingresar al sis- tema utilizando su RFC y Clave de Identificación Electrónica Confi- dencial (CIEC) o RFC y Fiel: https://www.acceso.sat.gob.

mx/_mem_bin/FormsLogin.asp?/Acceso/CertiSAT.asp

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2. Dentro de la aplicación seleccionamos la opción “Envío de solicitud de certificados de Sello Digital”.

Localizamos el archivo ensobretado *.sdg dando clic en el botón “Examinar”. Finalmente enviamos el requerimiento dándole clic al botón “Enviar requerimiento”.

3. Una vez enviado el archivo de requerimiento aparecerá el acuse de recibo con el escudo nacional y el número de operación.

Seguimiento del estado de la solicitud del CSD

Con el número de operación puede dar seguimiento a su solicitud de CSD utilizando igualmente la aplicación

“CERTISAT WEB”. Para estos efectos, la aplicación le solicitará el número de operación que contiene el acuse de recibo que recibió al enviar el requerimiento.

Recuperación del CSD

Para recuperar el CSD deberá ingresar nuevamente al “CERTISAT WEB”, en la opción “Recuperación de certificados”, con este certificado podrá generar facturas electrónicas. En esta opción podrá rea- lizar la recuperación de todos los certificados expedidos, o bien, del último certificado expedido al contribuyente. Puede realizar la recuperación del mismo utilizando el RFC del contribuyente o el nú- mero de serie.

S Si usted ya cuenta con su Fiel, el siguiente paso para

expedir comprobantes fiscales digitales por internet

(CFDI) es contar con un CSD amparado por un

certificado expedido por el SAT

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Vigencia de los certificados de sellos digitales

La vigencia del sello digital está publicada dentro del archivo en la pestaña “general” en los campos de válido desde: dd/mm/aa, hasta: dd/mm/aa, si está dentro de la fecha publicada puede consultar el listado público LCO en la liga: ftp://ftp2.sat.gob.mx//agti_servicio_ftp/verifica_comprobante_ftp

Si no se encuentra el número de serie en esta lista, su certificado no está publicado aún o ha sido re- vocado, en la última columna aparecen las letras “A” y “R” que indican autorizado o revocado, respectiva- mente.

De conformidad con el artículo 17-D del CFF, para los efectos fiscales los certificados tendrán una vigencia máxima de cuatro años, contada a partir de la fecha en que se hayan expedido. Antes de que concluya el periodo de vi- gencia de un certificado, su titular podrá solicitar uno nuevo. A partir del 2012 los CSD y la Fiel es de cuatro años.

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Una vez solicitado el CSD, para poder usarlo requiere esperar entre 24 y 72 horas naturales para que sea publicado por el SAT. Cuando el SAT revoque un certificado expedido por él, se anotará en el mismo la fecha y hora de su revocación.

Para los terceros de buena fe, la revocación de un certificado que emita el SAT, surtirá efectos a partir de la fecha y hora que se dé a conocer la revocación en la página electrónica en comento.

¿Cuándo queda sin efectos un CSD?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17-H del CFF, los certificados que emita el SAT quedarán sin efectos cuando:

• Lo solicite el firmante.

• Lo ordene una resolución judicial o administrativa.

• Fallezca la persona física titular del certificado. Se tiene que designar un albacea para el cumplimien- to de las obligaciones relativas, éste no podrá seguir utilizando el CSD, debiendo solicitar su revocación. La solicitud deberá efectuarla el alba- cea, quien acreditará fehacientemente su calidad ante el fisco acompañando al efecto el acta de defunción correspondiente.

• Se disuelvan, liquiden o extingan las sociedades, asociaciones y demás personas morales. En este caso, serán los liquidadores quienes pre- senten la solicitud correspondiente.

• La sociedad escindente o la sociedad fusionada desaparezca con motivo de la escisión o fusión, res pectivamente. En el primer caso, la cancelación la podrá solicitar cualquiera de las sociedades es- cindidas; en el segundo, la sociedad que subsista.

• Transcurra el plazo de vigencia del certificado.

• Se pierda o inutilice por daños, el medio electró- nico en el que se contengan los certificados.

• Se compruebe que al momento de su expedición, el certificado no cumplió los requisitos legales, situación que no afectará los derechos de terceros de buena fe.

• Cuando se ponga en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de Fiel del SAT.

Solicitud de

revocación del CSD

Revocación por internet. Se realiza ingresando a la aplicación “CERTISAT WEB”, para tener acceso es necesario contar con la clave Clave de Identificación

E l e c t r ó n i c a

l CSD es un elemento de

seguridad que rigurosamente debe estar en cada CFDI

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Confidencial Fortalecida (CIECF), así como la contraseña de revocación para su CSD generado a través del software Solcedi y con el certificado Fiel a revocar y la contraseña de revocación.

Revocación de forma presencial. En caso de que no recuerde la contraseña de revocación, puede acudir a las ALSC o módulos de servicios tributarios donde se brinda el servicio, presentan- do la siguiente documentación:

– Escrito libre (por duplicado), en su caso, don- de se señale la causa por la cual se solicita la revocación del certificado.

– Original de cualquier identificación oficial vi- gente con fotografía y firma expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del con- tribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones del Anexo 1-A, como:

credencial para votar del Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente, cédula pro- fesional, cartilla del Servicio Militar Nacional, certificado de matrícula consular. Tratándose de extranjeros: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad com- petente (en su caso, prórroga o refrendo mi- gratorio).

– En caso de representación legal, poder espe- cial otorgado para efectos de presentar la solicitud de revocación del certificado de que se trate, o poder general para actos de domi- nio o de administración con el que se acredi- te la personalidad del representante legal (Ficha 118/CFF Revocación de los certificados, del Anexo 1 de la RMF-12).

Relación entre la Fiel y el CSD

La única relación que hay entre la Fiel y el CSD, es que la primera es indispensable para solicitar el CSD, la modificación en la Fiel se encuentra asociada con el cumplimiento de ciertas obligaciones fiscales del

contribuyente, que nada tienen que ver con el proceso de facturación electrónica donde radica exclusivamente la utilidad del CSD, así que dichos certificados no están vinculados. La cancelación del certificado de Fiel no dejaría sin efecto al CSD, puesto que son independientes, por lo que es me- nester cancelar ambos.

Conclusión

El CSD está compuesto de una llave pública, una privada y su respectiva contraseña; sin embargo, es fundamental entender que el CSD es diferente pero no totalmente independiente de la Fiel (para tramitar un CSD el SAT necesita una Fiel) pero no pueden ser usadas para el mismo objetivo. Su manejo debe ser bien diferenciado y utilizarlos correctamente para los trámites y procedimientos correspondientes.

Un CSD consta de:

• Archivo “.cer” (llave pública).

• Archivo “.key” (llave privada).

• Contraseña de llave privada.

• Adicionalmente, y en caso de requerir cancelar, se tendrá la “contraseña de revocación”.

Recomendamos:

• No olvide resguardar su llave privada y contrase- ña de acceso en un lugar seguro. Estos elementos sólo deben ser conocidos por el titular.

• Guardar en carpetas diferentes la Fiel y el CSD.

• Guardar en un archivo de bloc de notas la con- traseña de clave privada, la cual será indispen- sable en la utilización de su CSD. No modificar el nombre de los archivos de CSD y el de la llave privada.

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