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Sección tercera. Administración Local

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Academic year: 2021

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AYUnTAMIEnTO DE PEñAsCOsA

AnUnCIO

Según resolución de Alcaldía n.º 72 de fecha 7 de julio de 2021, se aprueban las siguientes bases:

Bases para la selección de un Auxiliar Administrativo laboral fijo

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria, la contratación mediante concurso-oposición, de la plaza de Auxiliar Administrativo, en régimen laboral fijo, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento de Peñascosa. (Albacete).

Denominación de la plaza Auxiliar Administrativo laboral Régimen Personal laboral fijo

Unidad/Área Oficinas

Categoría profesional Auxiliar Administrativo

Titulación exigible ESO, Graduado Escolar o equivalente Sistema selectivo Libre por concurso-oposición

N.º de vacantes Una

Funciones encomendadas – Actualizar archivos y registro de todo tipo de documentos y custodia de los mismos.

– Manejo de diversas tecnologías informáticas (correos electrónicos, etc.). – Manejo de los paquetes de ofimática (Microsoft Office con Excel y Word).

– Expedir el correo tradicional y realizar fotocopias. – Cálculos sencillos y manejo del programa contable. – Tramitación de expedientes.

– Atender llamadas telefónicas. – Atención al público.

Segunda. Modalidad del contrato

La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de personal laboral de carácter fijo a tiempo completo, regulada en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, apro-bado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es fijo a tiempo completo. La jornada de trabajo será de 37 horas y 30 minutos semanales, fijando como días de descanso sábados y domingos, salvo necesidades del servicio en casos excepcionales. El horario de trabajo será de 8 a 15 y 30 minutos.

Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legis-lativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de oc-tubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administra-ciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso

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al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Poseer la titulación exigida o cumplir las condiciones de obtenerlos, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro Electrónico Ge-neral de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín

oficial de la Provincia.

La instancia deberá ir acompañada de: 1.– Fotocopia del DNI o pasaporte.

2.– Fotocopia del título académico que dé derecho a acudir a la convocatoria. 3.– Méritos que aporten para su valoración en la fase de concurso.

Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios

de este Ayuntamiento. Igualmente, quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayun-tamiento de Peñascosa, dirección www.peñascosa.es

Quinta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, de-clarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Peñascosa y sede electrónica

(dirección www.peñascosa.es), se señalará un plazo de diez días hábiles para la subsanación.

En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede del Ayuntamiento, con un plazo mínimo de antelación de doce horas, si se trata de un mismo ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de veinticuatro horas. Igualmente, se hará constar la designación nominal del Tribunal.

Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para pre-sentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.

Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín oficial de la

Provin-cia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección www.peñascosa.es, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

Al no presentarse reclamaciones la lista se elevará a definitiva. Sexta. Tribunal calificador

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcia-lidad y profesionaimparcia-lidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no po-drán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El número de los miembros de los tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

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El Tribunal calificador estará constituido por:

Presidente: Funcionario de carrera designado por el Sr. Alcalde. Vocales: Tres funcionarios de carrera designados por el Sr. Alcalde.

Secretario: El de la Corporación de Peñascosa, que actuará con voz pero sin voto.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: – Oposición.

– Concurso. · Fase oposición:

La fase de oposición consistirá en la realización de 2 pruebas de capacidad y aptitud eliminatorias y obli-gatorias para los aspirantes.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no com-parezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miem-bros del Tribunal.

Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:

Primer ejercicio: Ejercicio teórico consistente en preguntas tipo test.

El primer ejercicio tendrá una duración de 35 minutos para contestar 40 preguntas más 5 de reserva para posibles anulaciones tipo test sobre el contenido del temario con cuatro respuestas alternativas de las que solo una será correcta y se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 5 puntos.

Cada acierto se valorará a 0,25 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizarán con arreglo a la siguiente fórmula: Número de aciertos - (número de errores/3).

Segundo ejercicio: Supuesto práctico.

El segundo ejercicio tendrá una duración de 60 minutos y se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 5 puntos.

La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la puntuación media de las dos pruebas superadas, hasta un máximo de 10 puntos.

· Fase concurso: Méritos computables: a) Formación:

Por poseer título superior al exigido en la convocatoria

0,60 puntos Cursos de formación relacionados con la materia

De 20 a 30 horas De 31 a 50 horas De más de 50 horas

Hasta un máximo de 1 punto, atendiendo al número total de horas de formación directamente relacionadas con las funciones del puesto

0,20 puntos 0,30 puntos 0,50 puntos

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b) Experiencia: b) Experiencia:

Por servicios prestados en cualquier Administración Pública como personal funcionario o laboral con fun-ciones y contenidos iguales o similares a los del pues-to convocado

0,1 puntos por cada mes trabajado o fracción, con máximo de 1,20 puntos

Por el desempeño de puestos de trabajo con funcio-nes y contenidos iguales o similares a los del puesto convocado en el sector privado

0,05 puntos por cada mes trabajado o fracción, con máximo de 1,20 puntos

Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la Corporación o entidad, y los prestados en el sector privado se acreditarán mediante certificado de la Seguridad Social al que se acompañará el oportuno contrato de trabajo y la vida laboral, o, en defecto del último docu-mento, cualquiera en el que se haga constar la categoría desempeñada.

En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

Octava. Calificación

La puntuación de todos los ejercicios será de 0 a 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 5 puntos.

La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato

Concluidas las pruebas, el Tribunal hará público el resultado final, con expresión de los datos del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección https://www. peñascosa.es, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes con-vocadas.

Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de cinco días ante el Tribunal, y este deberá resolver en idéntico plazo la reclamación.

El Tribunal elevará a la consideración de la Alcaldía la propuesta de contratación que, además, será publi-cada en el Boletín oficial de la Provincia, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días

hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria (base III).

Si no se presentara la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá establecerse ninguna vinculación laboral con este Ayuntamiento de Peñascosa, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación, requiriéndose la documentación al siguiente en el orden de puntuación.

Décima. Incompatibilidades

Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Undécima. Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolu-ción del contrato laboral será la jurisdicresolu-ción social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo

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de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete o, a su elección, el que correspon-da a su domicilio, si este radica en lugar distinto al de la provincia, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Em-pleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Lo-cal, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Anexo I temArio

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. Los derechos fundamentales en la Constitución. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial.

Tema 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Go-bierno.

Tema 4. La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Competencias de la UE.

Tema 5. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población: Especial referencia al empadronamiento. La organización. Competencias municipales.

Tema 6. La provincia. Organización provincial. Competencias.

Tema 7. Otras entidades locales. Mancomunidades, comarcas u otras entidades que agrupen varios munici-pios. Las áreas metropolitanas. Las entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

Tema 8. Sometimiento de la Administración a la ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: especial referencia a la ley y a los reglamentos. La potestad reglamentaria en la esfera local; ordenanzas, regla-mentos y bandos; procedimiento de elaboración y aprobación e infracciones.

Tema 9. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Requisitos de los actos administrativos: Mo-tivación, notificación y publicación. Eficacia de los actos administrativos. Validez de los actos administrativos. Revisión de los actos administrativos: De oficio y en vía de recurso administrativo.

Tema 10. El procedimiento administrativo: Consideraciones generales. Las fases del procedimiento admi-nistrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento. Referen-cia a los procedimientos espeReferen-ciales.

Tema 11. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de docu-mentos. Funcionamiento de los órganos colegiados locales; régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certifica-ciones de acuerdos. Las resolurégimen de sesiones y acuerdos. Actas y certifica-ciones del Presidente de la Corporación.

Tema 12. Los bienes de las entidades locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas. Tema 13. La contratación administrativa en la esfera local. Clases de contratos. La selección del contratista. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos. La revisión de los precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.

Tema 14. El personal al servicio de las entidades locales: Concepto y clases. Derechos, deberes e incom-patibilidades.

Tema 15. Las haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Las ordenanzas fiscales.

Tema 16. Estudio especial de los ingresos tributarios: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos.

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Tema 17. Los presupuestos de las entidades locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Principios generales de ejecución del presupuesto. Modificacio-nes presupuestarias: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transparencias de créditos y otras figuras. Liquidación del presupuesto.

Tema 18. El gasto público local: Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.

Tema 19. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archi-vo. Especial consideración al archivo de gestión. Criterios de ordenación del archiarchi-vo.

Tema 20. Políticas de igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efec-tiva de Mujeres y Hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciem-bre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

modelodesolicitud Apellidos y nombre:

DNI/CIF: Fecha nacimiento:

Dirección completa:

Población/Municipio: C.P.: Provincia: Teléfono móvil: E-mail:

Que teniendo conocimiento de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Peñascosa para la provisión de una plaza fija de Auxiliar Administrativo y constitución de bolsa de trabajo a través del sistema de concurso-oposición libre, conocidas las bases aprobadas al efecto, que acepta íntegramente y reuniendo las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria, solicito ser admitido/a al procedimiento de selec-ción convocado, aportando a tal efecto la siguiente documentaselec-ción:

1.– Fotocopia del DNI o pasaporte.

2.– Fotocopia del título académico que da derecho a tomar parte en la convocatoria. 3.– Justificante de méritos alegados.

El/La interesado/a

Referencias

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