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Año XXV Martes 29 de mayo de 2007
Boletín Oficial de Canarias Depósito Legal TF-37/1983 Edita/Servicio de Publicaciones Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia
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El texto de este B.O.C. puede ser consultado a través de Internet en la siguiente dirección: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/
I. Disposiciones generales
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Decreto 103/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimien- to de Aviónica.
Decreto 104/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
III. Otras Resoluciones
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales
Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Directora, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio de Colaboración entre el Servicio Ca- nario de Empleo y el Ayuntamiento de la Villa de Garafía, para la realización de deter- minadas actuaciones materiales competencia del Organismo.
Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Directora, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio de Colaboración entre el Servicio Ca- nario de Empleo y el Ayuntamiento de Los Silos, para la realización de determinadas ac- tuaciones materiales competencia del Organismo.
Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Directora, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio de Colaboración entre el Servicio Ca- nario de Empleo y el Ayuntamiento de Puntagorda, para la realización de determinadas actuaciones materiales competencia del Organismo.
IV. Anuncios
Anuncios de contratación
Consejería de Sanidad
Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil.- Anuncio de 15 de mayo de 2007, por el que se convoca concur- so, procedimiento abierto, para el suministro de endocortadoras.- Expte. nº CP-CH-17/07.
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naria Dr. Negrín.- Anuncio de 9 de mayo de 2007, por el que se convoca concurso, pro- cedimiento abierto, para el suministro de productos de menaje, loza desechable y artícu- los de higiene.- Expte. nº2007-0-51.
Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Ca- naria Dr. Negrín.- Anuncio de 14 de mayo de 2007, por el que se convoca concurso, pro- cedimiento abierto, para el suministro de productos elaborados: zumos, refrescos y va- rios.- Expte. nº2007-0-53.
Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín.- Anuncio de 14 de mayo de 2007, por el que se convoca concur- so, procedimiento abierto, para el suministro de embutidos y fiambres.- Expte. nº 2007-0-58.
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales
Anuncio de 2 de mayo de 2007, por el que se hace pública la Orden de 26 de abril de 2007, que adjudica el servicio de edición y distribución de la revista Juventud Canaria, mediante concurso, procedimiento abierto.
Canarias Cultura en Red, S.A.
Anuncio de 23 de mayo de 2007, por el que se convoca concurso público, procedimiento abierto y trámite ordinario, para la contratación del servicio relativo a la gestión, man- tenimiento, atención al público del espacio cultural El Tanque y la asistencia a Cana- rias Cultura en Red, S.A. para la planificación, organización y coordinación de even- tos culturales en dicho espacio cultural.
Otros anuncios
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D.
Cagussim Catetue, de la Resolución recaída en el expediente de RR 15/2006.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pú- blica la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notifica- ción a Dña. Clemencia Mesa Arbelo, de la Resolución recaída en el expediente de RR 21/2006.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D.
Cristo Manuel Borges Amador, en representación de la entidad Retevisión Amena, S.A.
(Amena), de la Resolución recaída en el expediente de RR 34/2006.
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Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña.
Carmen Isabel Umpiérrez Corujo, de la Resolución recaída en el expediente de RR 76/2006.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D.
Isidoro Peña Cabrera, de la Resolución recaída en el expediente de RR 77/2006.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 15 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a la entidad Hermanos Tavío Santana, S.L., de la Resolución recaída en el expediente de R.P. 660/2006.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 16 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña.
Gloria María Mendoza Cruz, de la Resolución recaída en el expediente de RR 84/2006.
Consejería de Sanidad
Servicio Canario de la Salud.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de marzo de 2007, de la Directora, que ordena la baja en el Registro de Centros, Servicios, Es- tablecimientos y Actividades Sanitarias, de la Clínica Dental situada en el Centro Comer- cial Las Arenas, local A66, del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Consejería de Turismo
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pú- blica la Resolución de 19 de abril de 2007, sobre notificación de Orden/Resolución de ex- pediente sancionador a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de mayo de 2007, sobre notificación de Resolución de ini- ciación de expediente sancionador, así como los cargos que se imputan a titulares de em- presas y actividades turísticas de ignorado domicilio.
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de mayo de 2007, sobre notificación de Resolución de ini- ciación de expediente sancionador, así como los cargos que se imputan a titulares de em- presas y actividades turísticas de ignorado domicilio.
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de mayo de 2007, sobre notificación de Propuesta de Reso- lución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de mayo de 2007, sobre notificación de Propuesta de Reso- lución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.
Caja General de Ahorros de Canarias
Anuncio de 10 de mayo de 2007, relativo a la Elección de Compromisarios.
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I. Disposiciones generales
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
850 DECRETO 103/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgá- nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, correspon- de a las Administraciones educativas competentes es- tablecer el currículo de las enseñanzas de formación profesional específica, del que formarán parte, en to- do caso, las enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 626/1995, de 21 de abril, estable- ce el Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica y las correspondientes enseñanzas mínimas.
De acuerdo con el artículo 15 del Decreto territo- rial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Forma- ción Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde al Gobierno de Canarias es- tablecer el currículo de los ciclos formativos de For- mación Profesional correspondientes a cada título.
El artículo 16 del citado Decreto territorial 156/1996, determina las características fundamentales de la For- mación Profesional Específica en la Comunidad Autó- noma de Canarias y el marco a partir del cual se esta- blece el presente currículo. En este sentido el currículo del Ciclo Formativo Mantenimiento de Aviónica in- cluye sus objetivos generales; las capacidades actitu- dinales comunes; las orientaciones metodológicas y di- dácticas; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de los módulos de formación en centro educativo; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos/actividades del módulo de formación en centros de trabajo; la funda- mentación curricular del módulo profesional de inte- gración; la distribución en cursos y duraciones míni- mas y máximas de los módulos profesionales; y la atribución docente de los nuevos módulos incorpora- dos en el currículo.
En el mencionado Real Decreto 626/1995, de 21 de abril, se especifica el perfil profesional del Título de referencia que incluye como competencia general:
Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de aeronaves de ala fija, y ala rotatoria, sus sistemas, equipos y componentes en el área de aviónica (siste- mas eléctricos, de navegación, comunicaciones, vue- lo automático, computadores e indicación), abarcan- do la actividad en hangar, línea y taller, participando en la gestión del mismo, todo ello de acuerdo a nor- mativas, y en las condiciones de calidad y seguridad establecidas.
Las unidades de competencia en las que se divide la competencia general del Título son:
1. Mantener los sistemas eléctricos y de instru- mentación de la aeronave, así como los subconjuntos y elementos eléctricos y electrónicos que los consti- tuyen o que forman parte de otros sistemas y los ser- vicios del área de aeromecánica en la línea.
2. Mantener las instalaciones, subconjuntos, com- ponentes y elementos de los sistemas de comunicación y navegación de las aeronaves, de los sistemas de ayu- da en tierra, y de los sistemas de vuelo automático.
3. Mantener los sistemas de computarización de las aeronaves y los subconjuntos, componentes y ele- mentos que los constituyen.
4. Participar en la gestión del mantenimiento, co- laborando y/o controlando partes de su logística, de- cidiendo en ciertos casos sobre las condiciones de aeronavegabilidad de la aeronave.
El currículo establecido en el presente Decreto re- quiere un posterior desarrollo en los proyectos curri- culares y las programaciones didácticas elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo que concrete su adecuación al entorno.
Al elaborar dichas programaciones desarrollando el presente currículo, también se ha de tomar como re- ferencia la competencia profesional característica del título expresada en el correspondiente perfil, en con- cordancia con la primera finalidad de la formación pro- fesional que es la de proporcionar al alumnado la for- mación necesaria para adquirir dicha competencia.
Los módulos profesionales que componen este ci- clo formativo constituyen unidades coherentes de for- mación profesional específica, de carácter teórico- práctico o de carácter práctico en el caso del módulo de formación en centros de trabajo, y su tipología es:
Módulo asociado a una unidad de competencia, cuya formación está vinculada a una sola de las uni- dades en las que se divide la competencia general del título. Excepcionalmente los módulos de este tipo po- drán asociarse a unidades o bloques de competencia que complementan el perfil profesional definido a ni- vel estatal, por las especiales necesidades de cualifi- cación y de desarrollo socio-productivo en la Comu- nidad Autónoma Canaria.
Módulo de base o transversal, que contiene un con- junto de formación profesional específica, de carác- ter más básico, que complementa la formación profe- sional de base, asociado a más de una unidad de competencia.
Módulo de formación y orientación laboral, que obe- dece a objetivos socio-educativos y está asociado a la finalidad de proporcionar al alumnado la formación
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necesaria para comprender la organización y caracte- rísticas del sector correspondiente, los mecanismos de inserción profesional, la legislación laboral básica y los derechos y obligaciones que se derivan de las re- laciones laborales, y para adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para trabajar en condiciones de seguridad y prevenir los posibles riesgos derivados de las situaciones de trabajo.
Módulo de integración, que es un módulo profe- sional específico del currículo de la Comunidad Ca- naria, cuya principal finalidad es la de integrar los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos del ciclo formativo, para posibilitar la adquisición por el alumnado de una visión global y coordinada de los pro- cesos productivos y de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del título.
Además de la finalidad enunciada, este módulo se constituye en un instrumento metodológico alternati- vo con los siguientes objetivos:
- Potenciar la capacidad de los alumnos para tra- bajar en equipo.
- Desarrollar su capacidad de autoaprendizaje.
- Reforzar las capacidades actitudinales más di- rectamente vinculadas al perfil profesional del título.
- Favorecer la integración de la teoría y la prácti- ca.
- Vincular la formación en centro educativo con la formación práctica en centros de trabajo.
- Desarrollar la polivalencia que precisan la evo- lución de la competencia y los cambios del entorno pro- fesional.
- Desarrollar la capacidad de adaptación a las dis- ponibilidades y necesidades del entorno socio-pro- ductivo.
- Desarrollar la iniciativa y autonomía personales para emprender individual y colectivamente tareas y proyectos de inserción profesional.
- Desarrollar el autoconcepto y la autoestima del alum- no para una mejor valoración de sí mismo y de sus ca- pacidades personales y profesionales.
Módulo de formación práctica en centros de trabajo, que presenta unas características propias, diferencia- das de las de otros módulos de formación en centro educativo por sus finalidades específicas, por el ám- bito en el cual se desarrolla y por el tipo de activida- des de formación, que serán reales e identificadas en- tre las tareas productivas de los centros de trabajo. Este módulo tiene finalidades destacadas, entre otras, las de complementar la adquisición por los alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro edu- cativo, evaluando los aspectos más relevantes de la misma.
Finalmente, todo planteamiento metodológico en relación con la nueva formación profesional específi- ca debe estar orientado a favorecer en el alumnado la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos, la capacidad de autoaprendizaje y la ca- pacidad para trabajar en equipo.
La metodología didáctica debe adaptarse no sólo a las peculiaridades colectivas del grupo-clase, sino también a las peculiaridades individuales de cada alumno o alumna, todo ello de acuerdo con el princi- pio de desarrollo de la actividad educativa relativo a la formación personalizada.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educa- ción, Cultura y Deportes, visto el informe del Conse- jo Escolar de Canarias y previa deliberación del Go- bierno en su reunión del día 15 de mayo 2007,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- El presente Decreto establece, en su anexo, el currículo del Ciclo Formativo de Grado Su- perior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica, dispuesto en el Real Decreto 626/1995, de 21 de abril, que determina a su vez las correspondientes enseñanzas mínimas.
La duración total del ciclo formativo, incluida la for- mación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.
El presente Decreto será de aplicación en el ámbi- to territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las características geográficas, so- cio-productivas, laborales y educativas de esta Comunidad Autónoma.
De acuerdo con el Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación Ge- neral de las Enseñanzas de Formación Profesional Es- pecífica en la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización de los ciclos formativos responde a una estructura modular constituida por áreas de conocimientos teórico-prácticos y con duración variable en función de las características de cada Título, y con el denominador común del módulo de Formación en Centros de Tra- bajo.
Artículo 2.- 1. Los objetivos generales del ciclo for- mativo, que expresan el conjunto de capacidades glo- bales que el alumnado ha de haber adquirido o desa- rrollado a la finalización del ciclo, son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.
2. Las capacidades actitudinales comunes a todo el ciclo formativo son las establecidas en el apartado 2 del anexo.
3. La denominación de los módulos profesionales, las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de cada módulo, así como la funda-
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mentación curricular del Módulo Profesional de Inte- gración, son los establecidos en el apartado 3 del ane- xo.
4. Los criterios de evaluación son el referente principal para valorar la adquisición de la competencia profesional por el alumnado.
5. Las orientaciones metodológicas y didácticas del ciclo formativo son las establecidas en el aparta- do 4 del anexo.
6. La ubicación y la duración mínima y máxima de los módulos profesionales están establecidas en el apartado 5 del anexo.
7. La atribución docente de los nuevos módulos pro- fesionales se determina en el apartado 6 del anexo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única.- Dentro de los límites establecidos en el ar- tículo 20.1 y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, la Con- sejería competente en materia de educación podrá adaptar el currículo a que se refiere el presente Decreto a las exigencias de organización y metodología de la educación de adultos, tanto en la modalidad de edu- cación presencial como en la de educación a distan- cia o en la de oferta parcial de enseñanzas, así como adecuarlo a las características del alumnado con ne- cesidades especiales.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para dictar las disposiciones que sean necesarias en el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Decreto y, en particular, las normas relativas a la evaluación y promoción del alumnado.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Ofi- cial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2007.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Isaac Cristóbal Godoy Delgado.
A N E X O
1.- OBJETIVOS GENERALES DEL CICLO FORMATIVO.
- Trabajar en equipo, responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, res-
petando el trabajo y las ideas de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas, y cooperando en la superación de las difi- cultades que se presenten.
- Dominar estrategias de comunicación para trans- mitir y recibir información correctamente y resolver situaciones conflictivas, tanto en el ámbito de las re- laciones en el entorno de trabajo como en las relacio- nes externas.
- Seleccionar, valorar y utilizar canales y fuentes de información y formación relacionadas con el ejer- cicio de la profesión, desarrollando la capacidad de adap- tación a diversos puestos de trabajo, a nuevas situa- ciones laborales y a la evolución de la competencia profesional.
- Poseer una visión global y coordinada de los pro- cesos de creación de servicios a los que está vincula- da la competencia profesional del título, aprehendien- do su lógica, comprendiendo las dimensiones técnica, organizativa, económica y humana de su participación en los mismos, e integrando los conocimientos cientí- ficos, tecnológicos y organizativos adquiridos.
- Desarrollar la iniciativa, el sentido de la respon- sabilidad y la identidad y madurez profesionales que permitan proponer mejoras en los procedimientos es- tablecidos y soluciones a contingencias no previstas, mejorar la calidad del trabajo y la motivación hacia el perfeccionamiento profesional, utilizando con un am- plio grado de autonomía los conocimientos técnicos y el saber hacer necesarios.
- Programar, organizar y participar en procesos y actividades realizables por equipos de trabajo, para al- canzar objetivos identificados entre los comunes del sector correspondiente, teniendo en cuenta los aspec- tos técnicos, organizativos, económicos y humanos, y estableciendo las condiciones de seguridad y calidad necesarias.
- Aprovechar las características y posibilidades per- sonales y del entorno para emprender y desarrollar, in- dividual o colectivamente, proyectos empresariales.
- Analizar, adaptar y, en su caso, generar docu- mentación técnica imprescindible para la informa- ción, orientación y formación del personal colabora- dor dependiente.
- Interpretar el marco legal, económico, organiza- tivo y laboral que regula y condiciona las actividades profesionales del subsector de vehículos autopropul- sados: aeronaves, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones en el en- torno de trabajo, así como los mecanismos y posibi- lidades de inserción profesional.
- Sensibilizarse respecto de los efectos que las con- diciones de trabajo pueden producir sobre la salud
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personal, colectiva y ambiental, con el fin de mejorar las condiciones de realización del trabajo, proponien- do las medidas de previsión, prevención y protección adecuadas.
- Analizar los sistemas de la aeronave, con objeto de determinar averías, utilizando técnicas de diagno- sis, tomando las soluciones para la reparación de las mismas.
- Utilizar de forma adecuada los equipos de diag- nosis y control utilizados para la detección de averías en las aeronaves.
- Interpretar la información técnica asociada tan- to a las aeronaves, como a los equipos e instalacio- nes asociados a los procesos de mantenimiento de las mismas.
- Analizar los procesos de ejecución de manteni- miento en el área de aviónica de las aeronaves, con la calidad y seguridad previstas en las normas, com- prendiendo la interrelación y secuencia lógica de las fases de los trabajos y observando la correspondencia entre dichas fases y los materiales, los equipos y me- dios auxiliares que intervienen en cada uno de ellos.
- Realizar el mantenimiento de los sistemas avió- nicos, operando las herramientas, materiales e instru- mentos necesarios actuando con la calidad y seguri- dad requeridas por normativas y por el buen hacer profesional.
- Sensibilizarse respecto a los efectos que las con- diciones de trabajo pueden producir sobre la salud personal y medioambiental, con el fin de mejorar las condiciones de realización del trabajo, utilizando las medidas correctivas y protecciones adecuadas.
- Comprender el marco legal, económico y orga- nizativo que regula y condiciona la actividad indus- trial, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, adquiriendo la capacidad de seguir los procedimientos establecidos y de actuar con eficacia en las anomalías que pueden presentarse en los mismos.
- Utilizar y buscar cauces de información y formación relacionada con el ejercicio de la profesión, que le po- sibilitan el conocimiento y la inserción en el sector de mantenimiento de aeronaves y la evolución y adapta- ción de sus capacidades profesionales a los cambios tecnológicos y organizativos del sector.
2.- CAPACIDADES ACTITUDINALES COMUNES.
- Reconocer la creciente importancia del trabajo en equipo en el mundo laboral y demostrar capacidad de adaptación e integración en diferentes grupos de tra- bajo, manteniendo relaciones y comunicaciones flui- das, respetando ideas y soluciones aportadas por otros
con actitud de cooperación y tolerancia, compartien- do responsabilidades y dando y recibiendo instrucciones.
- Aceptar la necesidad del autoaprendizaje cons- tante y de la formación continua como instrumentos que facilitan la adaptación a las innovaciones tecno- lógicas y organizativas, la conservación del empleo y la reinserción profesional.
- Valorar positivamente la conveniencia de elegir los itinerarios formativos y profesionalizadores que mejor se adapten a las circunstancias personales, asumiendo el autoempleo como posibilidad factible de inserción profesional.
- Mostrar interés por adquirir una visión global y coordinada de los procesos de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del título.
- Valorar el trabajo riguroso y bien hecho, al pla- nificar, organizar y desarrollar las actividades propias, demostrando iniciativa, creatividad y sentido de la res- ponsabilidad, manteniendo el interés durante todo el proceso, y sintiendo satisfacción personal por los re- sultados conseguidos.
- Reconocer la importancia de establecer una efi- caz comunicación en el marco de las relaciones la- borales y profesionales para el logro de objetivos personales y corporativos.
- Valorar la necesaria participación personal en la aplicación de la gestión y control de la calidad co- mo factor que facilita el logro de mejores resultados y una mayor satisfacción de consumidores o usua- rios.
- Evaluar el desarrollo de la actuación personal y colectiva, identificando aciertos y errores y argu- mentando y proponiendo soluciones alternativas pa- ra mejorar procesos y resultados.
- Asumir el compromiso de mantener y cuidar las instalaciones y los equipos, y sacar el máximo pro- vecho a los medios materiales utilizados en los pro- cesos, evitando costes y desgastes innecesarios.
- Valorar y respetar la normativa de seguridad e higiene y de protección del medio ambiente en el tra- bajo.
- Sensibilizarse ante los problemas de accesibili- dad e integración que afectan a las personas que pa- decen algún tipo de minusvalía, como posibles pro- fesionales o consumidores y usuarios en relación con el subsector de mantenimiento de vehículos auto- propulsados: aeronaves, actuando de forma solida- ria y aportando soluciones prácticas.
- Mostrar satisfacción por la precisión, exactitud, orden y limpieza con que se desarrollan individual y colectivamente las actividades.
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4.- ORIENTACIONES METODOLÓGICAS Y DIDÁCTI- CAS.
La metodología didáctica que programe y apli- que el profesorado en el marco del proyecto curri- cular de centro, de la programación didáctica del ciclo formativo y de la programación de aula de su actividad docente estará orientada a promover en los alumnos y las alumnas:
- Su participación en los procesos de enseñan- za y aprendizaje, de forma que mediante una me- todología activa se desarrolle su capacidad de auto- nomía y responsabilidad personales, de creciente importancia en el mundo profesional.
Con este enfoque metodológico activo se debe evitar, por parte del profesorado, la presentación de soluciones únicas y exclusivas a los problemas o situaciones planteados, que restan al alumnado la posibilidad del descubrimiento propio. Por el con- trario, se debe fomentar que los alumnos y las alumnas participen en la propuesta de actividades que se programen para trabajar los distintos con- tenidos, que deben ser desarrollados, a ser posible, desde lo concreto a lo abstracto. De esta forma se contribuye a que, cuando se integren profesional- mente, sepan intervenir activamente en procesos de decisión compartida de forma creativa y positiva, desarrollando un espíritu crítico constructivo y aportando soluciones alternativas.
Al ser el alumnado quien construye su propio apren- dizaje, el profesor o la profesora actuará como guía y mediador para facilitar la construcción de capa- cidades nuevas sobre la base de las ya adquiridas.
En todo caso, la misión del profesorado, además de orientarse fundamentalmente a facilitar la adquisición de una serie de conocimientos, habilidades cogni- tivas, destrezas manuales y actitudes relativas a la competencia profesional a la que está vinculado el presente currículo, también debe contribuir a que el alumnado descubra su capacidad potencial en re- lación con las ocupaciones implicadas en el perfil profesional correspondiente, reforzando y moti- vando la adquisición de nuevos hábitos de trabajo.
- La adquisición de una visión global y coordi- nada de los procesos de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del título, por medio de la necesaria integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizati- vos.
- El desarrollo de la capacidad para aprender por sí mismos, de modo que adquieran una identidad y madurez profesionales motivadoras de futuros apren- dizajes y adaptaciones al cambio de las cualifica- ciones.
- El desarrollo de la capacidad para trabajar en equipo, por medio de actividades de aprendizaje rea- lizadas en grupo, de forma que cuando en el ám- bito profesional se integren en equipos de trabajo puedan mantener relaciones fluidas con sus miem- bros, colaborando en la consecución de los objeti- vos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas, cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compa- ñeros, y respetando las normas y métodos estable- cidos.
En relación con la forma de organizar el apren- dizaje significativo de los contenidos que se pro- gramen a partir del currículo establecido en este De- creto, el profesorado deberá tener en cuenta las siguientes orientaciones generales:
- La estructuración de los contenidos en blo- ques, tal como se presenta en este currículo, no tie- ne por qué considerarse única e inflexible, ni en mo- do alguno interpretarse como una sucesión ordenada de unidades didácticas o de trabajo.
El profesorado deberá desarrollar y organizar ta- les unidades conforme a los criterios que, a su jui- cio, permitan una mejor adquisición de la compe- tencia profesional. Para ello habrá de tener presente que las actividades de creación de servicios re- quieren de la acción, es decir, del dominio de unos modos operativos, del “saber hacer”. Por esta ra- zón, los aprendizajes en la formación profesional específica deben articularse fundamentalmente en torno a los procedimientos que tomen como refe- rencia los procesos y métodos de prestación de ser- vicios a los que remiten las realizaciones y el do- minio profesional expresados en las unidades de competencia del perfil correspondiente.
Además del “saber hacer”, tiene una importan- cia cada vez más creciente en el mundo producti- vo el dominio del “saber estar”; es decir, de las ac- titudes. A partir de las capacidades y contenidos actitudinales del currículo, el profesorado hará el
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correspondiente desarrollo curricular tomando tam- bién como referencia las capacidades profesiona- les del perfil.
Esta forma de organizar los contenidos educa- tivos, además de posibilitar el desarrollo de las ca- pacidades involucradas en los propios procedi- mientos y actitudes, y de hacer de las actividades materia de aprendizaje directo, metodológicamen- te supone una estrategia para aprender y compren- der significativamente el resto de contenidos: he- chos, conceptos, principios, normas, reglas, descripción de técnicas y procedimientos, terminología, etc.
- Para que el aprendizaje sea eficaz, debe esta- blecerse también una secuencia precisa entre todos los contenidos que se incluyen en el período de en- señanza-aprendizaje del módulo profesional co- rrespondiente. Esta secuencia y organización de los contenidos deberán tener como referencia bá- sica las capacidades terminales de cada módulo profesional. De esta forma, no se deben programar y trabajar contenidos y, por lo tanto, actividades de enseñanza y aprendizaje que no se correspondan con capacidades que se deriven del perfil profesional, de las capacidades terminales y de sus criterios de evaluación del currículo prescriptivo o, en última instancia, de las capacidades identificadas por los propios centros docentes por adaptación a los re- querimientos profesionales de su entorno.
Antes de establecer esta secuencia de conteni- dos y definir las distintas unidades didácticas o de trabajo del módulo profesional correspondiente, es conveniente que el profesorado identifique y enuncie primero un gran contenido organizador, que en los módulos asociados a una unidad de com- petencia casi siempre sería de carácter procedi- mental y globalizador, que sirva de eje integrador del proceso de enseñanza-aprendizaje, a partir del cual se confeccione la secuencia y estructura de los contenidos más específicos y de las distintas acti- vidades. Una buena referencia para enunciar este contenido organizador de carácter procedimental y globalizador lo constituye el propio enunciado de la unidad de competencia.
De esta forma, los contenidos se trabajarían se- gún vayan siendo demandados por las actividades programadas en el marco del gran contenido orga- nizador, construyéndose nuevas capacidades a par- tir de los conocimientos, habilidades cognitivas, des- trezas manuales y actitudes previamente adquiridos
por el alumnado dentro o fuera del aula. Los pro- cedimientos se convertirían así en los contenidos organizadores del proceso de enseñanza-aprendi- zaje, mientras que los conocimientos más teóricos y las actitudes adquirirían la categoría de conteni- dos soporte, que también tendrían que ser trabaja- dos en conexión con los procedimientos. En todo caso habría que hacer las adaptaciones oportunas para aquellos alumnos o alumnas que presenten necesidades educativas especiales.
Una planificación eficaz de las actividades del proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación, en cuanto a su selección, organización y secuencia en el marco de cada unidad didáctica o de trabajo, constituye un aspecto fundamental del desarrollo curricular para la correcta aplicación de la progra- mación de la acción docente en el aula. Puesto que el objetivo fundamental de esta acción docente es facilitarle el aprendizaje al alumnado de modo que alcance las distintas capacidades involucradas en el currículo y en el perfil profesional al que está aso- ciado, la elección del tipo de actividad estará de acuer- do con:
• Las capacidades que debe construir el alum- nado y los contenidos que de ellas se derivan.
• Las capacidades conceptuales, procedimenta- les y actitudinales previas detectadas en el alum- nado, relacionadas con las capacidades del currícu- lo. En relación con ello, para adecuar la programación de aula de la actividad docente resulta muy con- veniente, al comenzar el curso escolar, identificar las capacidades de formación general, de formación profesional de base y, en su caso, de formación profesional específica, especialmente vinculadas al currículo, que el grupo-clase en general y cada alumno o alumna en particular haya podido ad- quirir en etapas, ciclos o enseñanzas anteriores e, incluso, a través de experiencias profesionales pre- vias.
• Los recursos con los que cuenta el centro y las entidades colaboradoras del entorno.
• El tiempo disponible.
Las actividades de enseñanza y aprendizaje, en el ámbito de la formación profesional específica, podrían clasificarse en tres grandes grupos, según el momento de utilización, los recursos requeridos y su finalidad:
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1. Actividades iniciales, que podrían ser de eva- luación inicial, introducción, descubrimiento, orien- tación o adquisición de habilidades cognitivas y des- trezas básicas.
2. Actividades de adiestramiento, desarrollo, análisis o estudio, destinadas a desarrollar habili- dades cognitivas y destrezas más complejas.
3. Actividades de aplicación, generalización, re- sumen y culminación, destinadas a aplicar, medir, evaluar o situar lo aprendido en una estructura más amplia, y a adquirir capacidades que sean transfe- ribles a otras situaciones, lo más próximas a situa- ciones de trabajo reales.
- La teoría y la práctica, como elementos inse- parables del lenguaje tecnológico y del proceso de enseñanza-aprendizaje, están integradas en los ele- mentos del currículo prescriptivo de cada módulo profesional, y también deben integrarse en el de- sarrollo curricular que realice el profesorado y en el proceso educativo adoptado en el aula.
A estos efectos, la teoría y la práctica deben constituir un continuum que facilite la realización de las actividades que lleve a cabo el alumnado. Ca- da unidad didáctica, unidad de trabajo o período de permanencia en el aula puede comenzar por uno u otro aspecto, el que se estime más conveniente por el profesorado, y el paso del uno al otro se dará en cualquier momento del proceso, el que se juzgue más oportuno.
- Para promover la adquisición, por parte del alum- nado, de la aludida visión global y coordinada de los procesos de creación de servicios a los que es- tá vinculada la competencia profesional del título, no sólo es necesario que se programen actividades de enseñanza y aprendizaje que supongan la inte- gración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos en el ámbito de cada módulo profe- sional en particular, sino que resulta indispensable la necesaria programación de actividades de carácter interdisciplinar para todos los módulos del ciclo for- mativo por parte del equipo educativo del mismo, sin perjuicio de la posible utilización a estos efec- tos del módulo profesional transversal de “Inte- gración”.
- Con el fin de fomentar la relación con el en- torno productivo y aproximarse mejor a contextos reales de trabajo, una actividad complementaria de especial importancia para la formación profesional
específica es la visita técnica, que permite un acer- camiento a la realidad profesional a la que está vinculada la competencia profesional del título.
A estos efectos, las visitas técnicas deben estar conectadas con las actividades de enseñanza y aprendizaje desarrolladas en el centro educativo, pu- diendo ser en ocasiones la antesala de una pro- puesta de trabajo concreto, o bien el refuerzo de un conjunto coherente de tareas realizadas en el aula.
En cualquiera de los casos, estas visitas técni- cas deben tener objetivos concretos y programados, y se han de organizar de forma que no impliquen excesiva ruptura con el proceso general de enseñanza y aprendizaje del ciclo formativo en cuestión.
- El perfil profesional al que está asociado el pre- sente currículo implica el desarrollo de trabajos de ejecución, con capacidad de realización de accio- nes de contenido politécnico y/o polifuncional, de forma autónoma o subordinada, utilizando instru- mentos y técnicas que le son inherentes, de acuer- do con directrices y métodos establecidos. Por ello, resulta muy conveniente que se desarrollen activi- dades de aprendizaje que simulen ambientes pro- ductivos reales en los que el profesorado o, en su caso, el alumnado de ciclos superiores afines asu- man funciones de organización y coordinación, su- pervisando y controlando resultados intermedios y finales.
El perfil profesional al que está asociado el pre- sente currículo implica responsabilidades de pla- nificación a su nivel, organización, programación, coordinación, dirección e integración de personal, y/o control, por lo que la metodología didáctica que programe y aplique el profesorado deberá favore- cer en el alumnado la construcción de capacidades que sirvan de soporte a dichas responsabilidades.
A estos efectos, y siempre que sea posible, es muy conveniente desarrollar actividades de aprendiza- je que supongan la simulación del ejercicio de las citadas responsabilidades, actividades que se pue- den desarrollar en el marco del propio grupo-cla- se, o en el contexto de actividades de carácter in- terdisciplinar con grupos de alumnos de programas de garantía social o de ciclos de grado medio, de cuyo perfil profesional asociado se derive algún ti- po de dependencia funcional y técnica en relación con las competencias profesionales involucradas en el ciclo correspondiente.
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851 DECRETO 104/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Superior correspondiente al Tí- tulo de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgá- nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, correspon- de a las Administraciones educativas competentes es- tablecer el currículo de las enseñanzas de formación profesional específica, del que formarán parte, en to- do caso, las enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 2.034/1995, de 22 de diciembre, es- tablece el Título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos y las correspon- dientes enseñanzas mínimas.
De acuerdo con el artículo 15 del Decreto territo- rial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Forma- ción Profesional Específica en la Comunidad Autóno- ma de Canarias, corresponde al Gobierno de Canarias establecer el currículo de los ciclos formativos de For- mación Profesional correspondientes a cada título.
El artículo 16 del citado Decreto territorial 156/1996, determina las características fundamentales de la For- mación Profesional Específica en la Comunidad Autó- noma de Canarias y el marco a partir del cual se esta- blece el presente currículo. En este sentido el currículo del Ciclo Formativo de Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos incluye sus objetivos generales;
las capacidades actitudinales comunes; las orientacio- nes metodológicas y didácticas; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de los mó- dulos de formación en centro educativo; las capacida- des terminales, sus criterios de evaluación y los con- tenidos/actividades del módulo de formación en centros de trabajo; la fundamentación curricular del módulo pro- fesional de integración, la distribución en cursos y du- raciones mínimas y máximas de los módulos profesionales y la atribución docente de los nuevos módulos incor- porados en el currículo.
En el mencionado Real Decreto 2.034/1995, de 22 de diciembre, se especifica el perfil profesional del Tí- tulo de referencia que incluye como competencia ge- neral:
Planificar, organizar, supervisar y gestionar los re- cursos económicos, materiales, técnicos y humanos para la producción de audiovisuales, radio y/o espec- táculos, asegurando el cumplimiento de los planes u ob- jetivos de la producción en el tiempo y las condicio- nes de coste y calidad establecidas.
Las unidades de competencia en las que se divide la competencia general del Título son:
1. Organizar, supervisar y gestionar la producción de productos audiovisuales.
2. Organizar, supervisar y gestionar la producción de programas radiofónicos.
3. Organizar, supervisar y gestionar la producción de representaciones escénicas y espectáculos.
El currículo establecido en el presente Decreto re- quiere un posterior desarrollo en los proyectos curri- culares y las programaciones didácticas elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo que concrete su adecuación al entorno.
Al elaborar dichas programaciones desarrollando el presente currículo, también se ha de tomar como refe- rencia la competencia profesional característica del tí- tulo expresada en el correspondiente perfil, en concordancia con la primera finalidad de la formación profesional que es la de proporcionar al alumnado la formación nece- saria para adquirir dicha competencia.
Los módulos profesionales que componen este ci- clo formativo constituyen unidades coherentes de for- mación profesional específica, de carácter teórico-prác- tico o de carácter práctico en el caso del módulo de formación en centros de trabajo, y su tipología es:
Módulo asociado a una unidad de competencia, cu- ya formación está vinculada a una sola de las unida- des en las que se divide la competencia general del tí- tulo. Excepcionalmente los módulos de este tipo podrán asociarse a unidades o bloques de competencia que com- plementan el perfil profesional definido a nivel esta- tal, por las especiales necesidades de cualificación y de desarrollo socioproductivo en la Comunidad Autóno- ma Canaria.
Módulo de base o transversal, que contiene un con- junto de formación profesional específica, de carácter más básico, que complementa la formación profesio- nal de base, asociado a más de una unidad de compe- tencia.
Módulo de formación y orientación laboral, que obedece a objetivos socio-educativos y está asociado a la finalidad de proporcionar al alumnado la forma- ción necesaria para comprender la organización y ca- racterísticas del sector correspondiente, los mecanis- mos de inserción profesional, la legislación laboral básica y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, y para adquirir los conoci- mientos y habilidades necesarios para trabajar en con- diciones de seguridad y prevenir los posibles riesgos derivados de las situaciones de trabajo.
Módulo de integración, que es un módulo profesional específico del currículo de la Comunidad Canaria, cu- ya principal finalidad es la de integrar los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos del ciclo for- mativo, para posibilitar la adquisición por el alumna- do de una visión global y coordinada de los procesos productivos y de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del título. Ade-
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más de la finalidad enunciada, este módulo se consti- tuye en un instrumento metodológico alternativo con los siguientes objetivos:
- Potenciar la capacidad de los alumnos para traba- jar en equipo.
- Desarrollar su capacidad de autoaprendizaje.
- Reforzar las capacidades actitudinales más direc- tamente vinculadas al perfil profesional del título.
- Favorecer la integración de la teoría y la práctica.
- Vincular la formación en centro educativo con la formación práctica en centros de trabajo.
- Desarrollar la polivalencia que precisan la evolu- ción de la competencia y los cambios del entorno pro- fesional.
- Desarrollar la capacidad de adaptación a las dis- ponibilidades y necesidades del entorno socioproduc- tivo.
- Desarrollar la iniciativa y autonomía personales pa- ra emprender individual y colectivamente tareas y pro- yectos de inserción profesional.
- Desarrollar el autoconcepto y la autoestima del alum- no para una mejor valoración de sí mismo y de sus ca- pacidades personales y profesionales.
Módulo de formación práctica en centros de traba- jo, que presenta unas características propias, diferen- ciadas de las de otros módulos de formación en cen- tro educativo por sus finalidades específicas, por el ámbito en el cual se desarrolla y por el tipo de actividades de formación, que serán reales e identificadas entre las ta- reas productivas de los centros de trabajo. Este módu- lo tiene finalidades destacadas, entre otras, las de com- plementar la adquisición por los alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro educativo, eva- luando los aspectos más relevantes de la misma.
Finalmente, todo planteamiento metodológico en re- lación con la nueva formación profesional específica debe estar orientado a favorecer en el alumnado la in- tegración de contenidos científicos, tecnológicos y or- ganizativos, la capacidad de autoaprendizaje y la ca- pacidad para trabajar en equipo.
La metodología didáctica debe adaptarse no sólo a las peculiaridades colectivas del grupo-clase, sino tam- bién a las peculiaridades individuales de cada alumno o alumna, todo ello de acuerdo con el principio de desarrollo de la actividad educativa relativo a la for- mación personalizada.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educa- ción, Cultura y Deportes, visto el informe del Conse- jo Escolar de Canarias y previa deliberación del Go- bierno en su reunión del día 15 de mayo de 2007,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- El presente Decreto establece, en su ane- xo, el currículo del Ciclo Formativo de Grado Supe- rior correspondiente al Título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos, dispuesto en el Real Decreto 2.034/1995, de 22 de di- ciembre, que determina a su vez las correspondientes enseñanzas mínimas.
La duración total del ciclo formativo, incluida la for- mación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.
El presente Decreto será de aplicación en el ámbi- to territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las características geográficas, so- cio-productivas, laborales y educativas de esta Comu- nidad Autónoma.
De acuerdo con el Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación Ge- neral de las Enseñanzas de Formación Profesional Es- pecífica en la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización de los ciclos formativos responde a una estructura modular constituida por áreas de conoci- mientos teórico-prácticos y con duración variable en función de las características de cada Título, y con el denominador común del módulo de Formación en Centros de Trabajo.
Artículo 2.- 1. Los objetivos generales del ciclo for- mativo, que expresan el conjunto de capacidades glo- bales que el alumnado ha de haber adquirido o desa- rrollado a la finalización del ciclo, son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.
2. Las capacidades actitudinales comunes a todo el ciclo formativo son las establecidas en el apartado 2 del anexo.
3. La denominación de los módulos profesionales, las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de cada módulo, así como la funda- mentación curricular del Módulo Profesional de Inte- gración, son los establecidos en el apartado 3 del anexo.
4. Los criterios de evaluación son el referente prin- cipal para valorar la adquisición de la competencia profesional por el alumnado.
5. Las orientaciones metodológicas y didácticas del ciclo formativo son las establecidas en el apartado 4 del anexo.
6. La ubicación y la duración mínima y máxima de los módulos profesionales están establecidas en el apar- tado 5 del anexo.
7. La atribución docente de los nuevos módulos profesionales se determina en el apartado 6 del anexo.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única.- Dentro de los límites establecidos en el ar- tículo 20.1 y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, la Con- sejería competente en materia de educación podrá adaptar el currículo a que se refiere el presente Decre- to a las exigencias de organización y metodología de la educación de adultos, tanto en la modalidad de edu- cación presencial como en la de educación a distancia o en la de oferta parcial de enseñanzas, así como ade- cuarlo a las características del alumnado con necesi- dades especiales.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para dictar las disposiciones que sean necesarias en el desarrollo y aplicación de lo dis- puesto en este Decreto y, en particular, las normas re- lativas a la evaluación y promoción del alumnado.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2007.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Isaac Cristóbal Godoy Delgado.
A N E X O
1.- OBJETIVOS GENERALES DEL CICLO FORMATIVO.
- Trabajar en equipo, responsabilizándose de la con- secución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo y las ideas de los demás, participando acti- vamente en la organización y desarrollo de tareas co- lectivas, y cooperando en la superación de las dificul- tades que se presenten.
- Dominar estrategias de comunicación para trans- mitir y recibir información correctamente y resolver si- tuaciones conflictivas, tanto en el ámbito de las rela- ciones en el entorno de trabajo como en las relaciones externas.
- Seleccionar, valorar y utilizar canales y fuentes de información y formación relacionadas con el ejercicio de la profesión, desarrollando las capacidades de auto- aprendizaje y adaptación a diversos puestos de traba- jo, a nuevas situaciones laborales y a la evolución de la competencia profesional.
- Poseer una visión global y coordinada de los pro- cesos de creación de servicios a los que está vincula-
da la competencia profesional del título, aprehendien- do su lógica, comprendiendo las dimensiones técnica, organizativa, económica y humana de su participación en los mismos, e integrando los conocimientos cientí- ficos, tecnológicos y organizativos adquiridos.
- Desarrollar la iniciativa, el sentido de la respon- sabilidad y la identidad y madurez profesionales que permitan proponer mejoras en los procedimientos es- tablecidos y soluciones a contingencias no previstas, mejorar la calidad del trabajo y la motivación hacia el perfeccionamiento profesional, utilizando con un am- plio grado de autonomía los conocimientos técnicos y el saber hacer necesarios.
- Programar, organizar, dirigir y participar en pro- cesos y actividades realizables por equipos de trabajo, para alcanzar objetivos de la obra o programa a pro- ducir, teniendo en cuenta los aspectos técnicos, artís- ticos, organizativos, económicos y humanos, y estableciendo las condiciones de seguridad y calidad necesarias.
- Aprovechar las características y posibilidades per- sonales y del entorno para emprender y desarrollar, in- dividual o colectivamente, proyectos empresariales.
- Analizar, seleccionar, adaptar y, en su caso, gene- rar documentación técnica imprescindible para la in- formación, orientación y formación del personal cola- borador dependiente, valorando la adaptación a los cambios tecnológicos y organizativos del sector.
- Interpretar el marco legal, económico, organiza- tivo y laboral que regula y condiciona las actividades profesionales del sector de Comunicación, Imagen y Sonido (áreas de organización, administración y supervisión de la producción, así como la promoción de obras y pro- gramas audiovisuales, radiofónicos y espectáculos), identificando los derechos y las obligaciones que se de- rivan de las relaciones en el entorno de trabajo, así co- mo los mecanismos y posibilidades de inserción pro- fesional.
- Sensibilizarse respecto de los efectos que las con- diciones de trabajo pueden producir sobre la salud per- sonal, colectiva y ambiental, con el fin de mejorar las condiciones de realización del trabajo, proponiendo las medidas de previsión, prevención y protección adecuadas.
- Analizar e interpretar adecuadamente la docu- mentación de los proyectos de producción audiovi- sual, radiofónica o espectáculos (guión literario, guión técnico, “escaletas”, libretos ...), identificando sus ca- racterísticas formales, narrativas y expresivas, y los re- cursos necesarios para su realización.
- Reconocer y analizar las bases tecnológicas de los equipamientos técnicos que intervienen en la produc- ción de audiovisuales, radio y espectáculos.
- Describir y relacionar las distintas fases de la pro- ducción de obras o programas audiovisuales, radiofó-
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