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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS

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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS

El derecho es el conjunto de condiciones que permiten a la libertad de cada uno acomodarse a la libertad de todos

Immanuel Kant Un hombre no debe negar sus capacidades manifiestas, porque significa evadir sus obligaciones Robert Louis Stevenson

Objetivos

La noción de convivencia en un espacio compartido por otros seres humanos significó, desde un primer momento, la necesidad de establecer derechos y deberes como forma de organización social. A partir de la vida en sociedad es que resulta la solidaridad o la dependencia mutua entre los miembros que constituyen el grupo social, donde la solidaridad social que estos lleguen a construir dará cuenta de la calidad de las relaciones interpersonales existentes y del grado de influencia que ejercen unos grupos frente a otros.

Por el solo hecho de vivir en sociedad, todas las personas disfrutan de las ventajas de la vida social: seguridad, protección, desarrollo físico, intelectual, entre otros.

Por ende, adquieren derechos, pero también deben participar en las cargas comunes por medio del cumplimiento de sus obligaciones, las cuales tendrán el límite impuesto de sus posibilidades reales.

En forma paralela, toda sociedad requiere protección social frente a las contingencias que se presentan, donde los sistemas de seguridad social configuran los mecanismos idóneos para la resolución de las mismas. De manera independiente del modelo ideológico y operativo que adopten dichos sistemas, las cartas magnas de las naciones colocan en cabeza del Estado Nacional velar por el respeto a los derechos, la protección y el bienestar de sus habitantes.

En tal sentido, el cumplimiento de las obligaciones impositivas frente a la sociedad y una actitud responsable en el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas se torna de vital importancia.

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En ese marco de responsabilidades conjuntas, cuando cada persona asume y cumple sus obligaciones, genera una convivencia sana entre individuos que integran una sociedad; de otra manera, cuando una persona no cumple con su obligación, por lo general tiende a “auto eximirse” de responsabilidad y a refugiarse en una concepción de incumplimiento colectivo de dicha obligación, pensando y actuando de acuerdo con el supuesto de que “si nadie cumple por qué tendría que hacerlo yo.” Por otro lado, cuando se requiere cubrir una necesidad cuya obligación de cobertura recae en el Estado, en el caso de que no pueda brindarse la protección adecuada, ese mismo individuo se sentirá defraudado e incluso puede llevar a cabo una serie de manifestaciones de enojo y protesta.

Llama la atención el número de personas que carecen de sentido con respecto al cumplimiento de las obligaciones que les demanda la sociedad por el simple hecho de pertenecer a ella y adoptan actitudes negativas o evasivas para librarse del compromiso sin considerar que van en contra de su bienestar personal y del bienestar social, y lejos de rechazar este tipo de actitud, pareciera que se reconoce a quienes incurren en faltas e incluso se les pregunta sobre los mecanismos que siguieron, sin considerar que para exigir también hay que cumplir, esto se vincula con los valores y la responsabilidad individual.

De esta manera, se va gestando en la sociedad un círculo perverso, donde cada vez menos personas cumplen sus obligaciones y, por tanto, el Estado cuenta con menos recursos para satisfacer las necesidades sociales. El dilema central de cómo cortar esa cadena de incumplimientos, proyecta como única solución la concientización continua respecto a que en una comunidad es necesaria la participación de todos, sin exclusión alguna.

Por lo anterior, el objetivo de educar en derechos y deberes se orienta a fortalecer la toma de conciencia de que para alcanzar una convivencia armónica, que contenga parámetros razonables y consensuados de igualdad y justicia social, es necesario que cada persona conozca sus derechos y exija que sean respetados, pero también que tenga noción de la importancia del cumplimiento de sus deberes y obligaciones como ciudadano. El ejercicio de estas actitudes favorecerá el fortalecimiento de la cohesión social que toda sociedad requiere para un desarrollo óptimo de las relaciones interpersonales e intergrupales.

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Presentación general del módulo

Se entiende por ciudadano a toda persona que vive en una ciudad y que forma parte de una sociedad, de manera independiente a su nacionalidad, condición o edad, con derechos y obligaciones para con sus semejantes.

A su vez, en el ámbito político, el término ciudadano denota una condición político-jurídica que se aplica a toda aquella persona que, como mayor de edad, tiene determinados deberes y derechos políticos para con sus compañeros ciudadanos.

En líneas generales, la noción de ciudadano implica la convivencia en comunidad con otras personas, que en conjunto conforman determinado tipo de sociedad la cual debe estar jurídica y políticamente ordenada. Es decir, las personas que integran una sociedad son sujetos de derecho independientemente de su condición o edad.

A partir de la Revolución Francesa en 1789 surgió el término de ciudadanía. Un ciudadano es aquel sujeto que posee ciertos derechos políticos (acceder a la participación política, elegir representantes), sociales (el acceso a determinados servicios sociales) o jurídicos (igualdad ante la ley sin distinción de origen étnico o clase social), pero que también cuenta con deberes relacionados con el cumplimiento de leyes; como el respeto por los derechos de los demás, por el mantenimiento de ciertas pautas de conducta, por el compromiso con la sociedad misma.

La ciudadanía se define como el derecho y la disposición de las personas a participar en una comunidad por medio de una acción autorregulada, inclusiva, pacífica y responsable, con el objeto de optimizar el bienestar público.

La noción de ser ciudadano contribuye al desarrollo de la identidad y al sentido de pertenencia a una comunidad. La persona debe ejercer su ciudadanía con responsabilidad, exigiendo respeto por sus derechos y, a la vez, cumpliendo con sus obligaciones. De este modo se construye una sociedad democrática y más justa.

El concepto tradicional de ciudadanía se sustenta en la tesis de que ser miembro de una comunidad se define por el goce de derechos civiles y por el ejercicio de los derechos políticos. Esta concepción deja fuera del estatus de ciudadano a los inmigrantes, situación que en el marco de la fuerte globalización mundial representa un peligro serio para los estados democráticos.

A partir de esta problemática, nuevas corrientes de pensamiento han introducido el concepto de “ciudadanía social”, el cual complementa la definición tradicional

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de ciudadanía ya que, por un lado, propugna el reconocimiento de los derechos políticos a los integrantes de un cuerpo social, pero por el otro plantea que es necesario revisar las condiciones en las que deben estar los individuos para actuar como ciudadanos participantes, siendo necesario el reconocimiento y el respeto de sus derechos en un sentido de inclusión social. Según Marshall (Ciudadanía y clase social, 1950), el objetivo de la ciudadanía social es asegurar que cada cual sea tratado como un miembro pleno de una sociedad de iguales, entendiendo a la ciudadanía como un estatus conformado por el acceso a los recursos básicos para el ejercicio de derechos y deberes. La no discriminación en el acceso a estos recursos constituye la condición necesaria y suficiente de la ciudadanía.

Para que la convivencia en sociedad sea viable, es necesario establecer ciertas normas que regulen el comportamiento individual y grupal. Por una parte, existen obligaciones que el individuo tiene hacia la comunidad y, por otra, la comunidad garantiza a los individuos ciertos derechos que les permiten vivir respetando su libertad. Existe una relación entre lo individual y lo social que se manifiesta en los llamados derechos y deberes ciudadanos.

Si el ser humano tiene el deber de obrar bien, también debe tener el poder de hacerlo sin que alguien se lo impida. A esta facultad que tiene el individuo se denomina derecho, el cual representa el poder que tiene para hacer, omitir, poseer o exigir algo de acuerdo con las normas morales o con las leyes civiles que la sociedad ha establecido. El derecho natural es inviolable, absoluto y universal.

La universalidad del derecho y del deber de un individuo radica en que resulta tan imposible concebir a un ser humano desprovisto de todo derecho, como liberado de todo deber.

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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS UNIDAD I. DERECHOS

Introducción

Una característica de la persona es su sociabilidad. El medio social es en donde hombres y mujeres se desarrollan como personas mediante el respeto a las normas morales y leyes que ha impuesto la sociedad sin que esto signifique la pérdida de ejercer su derecho y tener la libertad de tomar decisiones que conllevan una responsabilidad para consigo mismo y con la sociedad.

Las personas que forman grupos, pueden tener distintos propósitos individuales, pero intereses comunes, en tal sentido: cuando se quiere realizar una tarea común en beneficio de todos los integrantes del grupo, es preciso pasar del antagonismo a la convergencia, es decir; definir el objetivo con el fin de que sea acordado y aceptado por todos para que se realice. Esta idea está presente cuando se forma una sociedad, una organización de personas.

Conscientes de que en el transcurso de la vida de una persona surgen necesidades de diversa índole, la sociedad ha ido estableciendo mecanismos de protección social que han permitido cubrir estas necesidades en diversos niveles. De esta manera, todos los seres humanos tienen derecho a recibir esta protección social la cual debe brindarse en igualdad de condiciones a la comunidad en su conjunto.

Por tal motivo, los sistemas de seguridad social implementados por el Estado deben contemplar que, a igual circunstancia o necesidad corresponde brindar idéntica protección a todas las personas.

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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS UNIDAD I. DERECHOS TEMA. A IGUAL NECESIDAD, IDÉNTICA PROTECCIÓN

EXPECTATIVAS DE LOGRO Que el participante:

• Identifique el papel de la protección como un derecho humano.

• Reflexione acerca de la importancia de garantizar protección frente a necesidades para cada integrante de la sociedad.

INTRODUCCIÓN

La palabra “derecho” proviene del latín directum, que significa “lo que está conforme a la regla”.

En general, la formulación de los derechos se ha inspirado en postulados de justicia, constituyendo el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. Es decir, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad, y su sustento está dado por las relaciones sociales existentes en un grupo, las cuales determinan su contenido y carácter.

El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, las normativas, los reglamentos y las resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos, basadas en la corriente de pensamiento “positivista”, la cual configura una línea de pensamiento jurídico que considera al derecho como una creación del ser humano. El derecho positivo descansa en la teoría del “normativismo”, que de acuerdo con el teórico jurídico Hans Kelsen, se refiere a la estructura del derecho con base en una jerarquía de normas.

Sin embargo, esta corriente se contrapone con el pensamiento que postula el derecho natural, estableciendo que el derecho se encontraba en el mundo previamente y el ser humano solo se limitó a descubrirlo y aplicarlo.

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El derecho subjetivo, en cambio, es la facultad de un sujeto para realizar o no cierta conducta. Se trata de la potestad que las personas tienen, en conformidad con una norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro. Es decir, el derecho subjetivo conlleva un poder reconocido a la persona, con base en un ordenamiento jurídico para que esta, dentro de su ámbito de libertad, actúe de la manera que estime más conveniente a fin de satisfacer sus necesidades e intereses junto a una correspondiente protección o tutela en su defensa, aunque siempre delimitado por el interés general de la sociedad.

El derecho subjetivo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley o un contrato, por medio de un acuerdo de voluntades para que este derecho pueda hacerse efectivo sobre otra persona.

El ciudadano, en general, es la persona que forma parte de una comunidad política; la condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos que cada ciudadano debe respetar y exigir que se cumplan.

Para ser ciudadano no basta con pertenecer a una comunidad, participar e interactuar con los demás, sino que hace falta asumir las responsabilidades que esto supone. La ciudadanía implica conocer y ejercer derechos, pero también respetar y observar obligaciones. En otras palabras, entre derechos y obligaciones se presenta una correspondencia biunívoca, por lo que a todo derecho corresponde una obligación.

DERECHO ↔ OBLIGACIÓN

En ese sentido, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) establece el sentido del deber cuyo cumplimiento atañe no solo al Estado sino también a quienes forman parte de esa sociedad:

Todos los seres humanos (...), dotados como están de razón y de conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Y el deber de fraternidad exige igualdad, justicia y solidaridad.

La igualdad social es una situación que presupone que las personas tienen las mismas oportunidades o los mismos derechos en determinado aspecto. En este sentido, para el desarrollo de una sociedad armónica, resulta necesario que sus integrantes trabajen en favor de la igualdad social, garantizando a todos sus miembros un grado mínimo de protección frente a la ocurrencia de determinadas situaciones naturales o imprevistas que generan necesidades al individuo, sin distinción de raza, género, religión o situación económica.

La igualdad social es el contexto o la situación donde las personas presentan los mismos derechos y las mismas oportunidades. La igualdad de género hace

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referencia a estandarizar las oportunidades existentes de modo que puedan repartirse de manera justa entre hombres y mujeres. La igualdad ante la ley es un principio que reconoce que todos los ciudadanos tienen capacidad para gozar de los mismos derechos.

Por tal motivo, el ideal de la igualdad social debe ser un componente primordial en la generación de políticas sociales implementadas por los Estados, ya que de esa forma se garantiza el respeto por los derechos de sus integrantes y se asegura un acceso generalizado a las oportunidades en la vida.

La construcción de una sociedad armónica, con una cohesión social sólida, requiere que esta contemple una organización tal que consiga generar en cada miembro la conciencia de que pertenece a ella, de que esa sociedad, compuesta por el resto de sus integrantes, se preocupa por él y en consecuencia el individuo adquiera la convicción de que vale la pena trabajar de manera conjunta con los demás por mantenerla y mejorarla.

El reconocimiento de la sociedad hacia sus miembros y la adhesión por parte de estos a los proyectos comunes son dos caras de una misma moneda que componen ese concepto de ciudadanía que es la razón de ser de la civilidad.

PREGUNTAS DE REFLEXIÓN Reflexione acerca de lo siguiente:

• ¿Considera que todas las personas tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones? Argumente su respuesta

• Frente a una misma necesidad, ¿por qué todos debemos recibir la misma protección?

• ¿Cree que en su entorno se vivencia la certeza de recibir cobertura y ayuda ante la ocurrencia de una contingencia o necesidad?

Comparta sus experiencias en el foro, lea y comente las aportaciones de sus compañeros.

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9 CONSTRUCCIÓN DE CONCEPTOS Vida en sociedad. Derechos

El individuo es un ser social por naturaleza, por tanto, la convivencia es el estado natural de las personas. En todas las épocas, en todos los lugares, el ser humano aparece siempre conviviendo con un grupo en el que se establecen relaciones de diversos niveles, ante determinadas circunstancias o situaciones. Estar abierto y relacionado con otros, forma parte esencial de nuestro ser.

De la vida en sociedad resulta la solidaridad o la dependencia mutua entre los miembros que constituyen el grupo social. La solidaridad social determina las relaciones de los hombres entre sí, es decir, las influencias que ejercen unos sobre otros, de ahí que sea una relación mutua y de reciprocidad. Dicho de otra manera, existe una interdependencia en mayor o menor escala entre los integrantes de una sociedad.

La vida comunitaria provee a las personas el resguardo y la seguridad de afrontar algunas circunstancias desfavorables que les resultaría imposible atender por cuenta propia o de manera individual, como por ejemplo: la seguridad, la protección, en ocasiones el desarrollo físico o intelectual, etcétera. Pero esas ventajas de la vida social materializadas en “derechos” también se encuentran asociadas con cargas comunes, que las personas deben afrontar observando su cumplimiento de manera integral y oportuna.

En el seno de una sociedad armónica, corresponde materializar el goce de determinados derechos en un marco de igualdad, es decir, brindando idéntico respeto y consideración a todos los integrantes, ya que existe una obligación moral de respetar a las personas, en virtud de que estas son valiosas por sí mismas: el ser humano posee una dignidad innata que es reconocida y defendida por derechos humanos.

Sin embargo, cabe señalar que la noción de igualdad presenta varias dificultades.

Por ejemplo, sus límites no siempre son precisos, su definición lleva a la confrontación de opiniones y denota una situación polémica, y su inclusión en instrumentos operativos resulta problemática.

Si bien es claro que existen múltiples formas de desigualdad social (etnia, discapacidad, situación socioeconómica, estatus migratorio, edad, entre otros), los postulados de los derechos humanos presentan a la igualdad como un principio básico y fundamental, lo que le otorga sustancia y razón de ser. Los derechos son producto del pensamiento ilustrado y, por tanto, del primado de la razón, y su primer postulado indica que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

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Al afirmar que existe una serie de prerrogativas inherentes a la persona, se aplica precisamente un nivel de igualdad. Por ende, más allá de las diferencias innegables entre los seres humanos (rasgos físicos, capacidad intelectual, clase social, nivel educativo, color de piel), la cualidad común de disfrutar de derechos básicos los iguala como personas.

Sin embargo, estos conceptos de igualdad y derechos humanos han registrado una evolución a lo largo de la historia. Por ejemplo, en la antigua Grecia no llegó a constituirse un concepto de dignidad humana frente a la comunidad que pudiera articularse en forma de derecho, sino que se entendió que las personas pertenecían a la sociedad como partes de un todo y eran los fines de esta los que prevalecían sobre los individuales.

La sociedad griega se dividía en tres grupos principales: los ciudadanos, los metecos o extranjeros y los esclavos. La esclavitud se consideraba natural y no existía noción de derechos del individuo (por lo menos en el sentido moderno), pues los conceptos de derechos y libertades se diluían en la polis y solo eran de algunos, en este caso de los ciudadanos.

En la antigua Roma sucedió algo similar, pues su organización se basaba en la distinción entre potestad pública y la potestad de pater familias, de modo que los individuos solo tenían los derechos que les correspondían de acuerdo con su ubicación en ese esquema.

El orden feudal y los primeros tiempos del Estado moderno se basaron en una desigualdad institucionalizada en la cual los derechos de los individuos dependían de su posición, es decir, de su pertenencia a alguna categoría social o estamento.

Por ello, cuando se utilizaba el concepto de derechos, estos referían a los fueros o privilegios que se tuvieran, o sea, no se atendían derechos universales sino particulares, restringidos a un grupo, como una familia, un estamento, una ciudad o una región.

De esta manera puede verse que en las sociedades tradicionales existe un orden jerárquico que se deriva de la naturaleza (las cosas son como son y no hay manera de cambiarlas), del destino (así ha sido y así será siempre) o de mandatos divinos (es la voluntad de Dios). Todo tiene un lugar en un orden social y político que se considera externo a cada persona; los privilegios de unos cuantos y la correlativa subordinación de otros se originan en el nacimiento y son inmutables, por ende, el orden tradicional es estático y se pretende inmodificable. Las jerarquías y cualquier forma de organización asimétrica se toman como algo inevitable, por lo que en ese transcurrir de evidencias no hay dudas ni cuestionamientos. Todo tiene un lugar específico e inamovible.

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11 Derechos humanos

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro “el Grande” tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. El Cilindro de Ciro fue descubierto en 1879 y traducido por la ONU a todos sus idiomas oficiales en el año 1971.

El material puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C. Cabe destacar también a Hammurabi de Babilonia y su famoso código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso siendo considerado como la primera declaración de derechos humanos.

En el año 1948 tuvo lugar la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se trata de un documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre en la ciudad de París, que recoge en 30 artículos los derechos humanos considerados básicos dirigidos a salvaguardar la integridad del ser humano en los que se definen las facultades, libertades y reivindicaciones inherentes a cada persona por el solo hecho de su condición humana. Este documento establece que los derechos son inalienables para todas las personas.

Inalienable significa que nadie, bajo ningún concepto, puede privar de estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico existente e independiente de cualquier factor particular, como nacionalidad, religión, género o ideología.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades. El objetivo de esta declaración es el establecimiento de estándares internacionales mínimos para la protección de los derechos y las libertades fundamentales del individuo, en un sentido amplio están considerados como el pilar básico de una legislación internacional común que no requiere suscripción o ratificación por parte de ningún Estado.

Los derechos humanos representan el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de las personas, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de los individuos que viven en una sociedad jurídicamente organizada. Con relación al Estado como institución particular, los derechos humanos forman un conjunto de derechos que la normativa jurídica de cada país contempla como forma de limitar y reglamentar la actuación estatal. Representan la libertad del individuo frente al Estado y la garantizan en el sentido de una meta

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que hay que alcanzar de forma conjunta, por medio del tejido solidario inherente a la sociedad, dando cuenta de la existencia de facultades y deberes recíprocos.

Otra definición considera a los derechos humanos como aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.

Los derechos humanos no dependen de factores como factores como el estatus socioeconómico, el género, la orientación sexual, el origen étnico o la nacionalidad; tampoco dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Los derechos humanos se consideran fuente del derecho, enmarcada en la corriente jurídica de pensamiento del derecho natural.

Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser sujetos jurídicos, identificándose consigo mismos y con los otros.

Entre las características que entrañan los derechos humanos se destacan:

• Son irrevocables: esto significa que no pueden abolirse, adicionalmente son intransferibles lo que quiere decir que una persona no puede “ceder” estos derechos a otra.

• Son irrenunciables: nadie puede renunciar a sus derechos básicos. En este sentido los derechos humanos suponen una base moral y ética que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas.

• Son individuales: representan un derecho inherente a la condición humana y a su dignidad. Se le reconoce a la persona por su condición de tal, independientemente de su profesión o condición laboral.

• Son universales: pertenecen a toda persona en condiciones de igualdad y sin discriminación en cuanto a edad, género, color, nacionalidad, religión, ideología. Este principio de universalidad representa la piedra angular del derecho internacional, debiendo los Estados promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales independientemente de sus sistemas políticos, ya que ante una violación de los mismos no cabe la invocación del principio de no intervención que pudieran hacer los estados que toleren o sean partícipes activos de violaciones a estos derechos.

• Son inalienables e imprescriptibles: no tienen vigencia.

• Son interdependientes e indivisibles: más allá de que se traten de derechos civiles y políticos (derecho a la vida, a la igualdad ante la ley, a la libertad de expresión); de derechos económicos, sociales y culturales (derecho al trabajo, a la seguridad social, a la educación), o a los derechos colectivos (derechos al desarrollo, a la libre determinación). El avance de uno de ellos

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facilita en avance de los demás, así como la privación de un derecho afecta negativamente a los otros.

A lo largo del tiempo, los derechos humanos han surgido y se han reconocido en sucesivas etapas, de manera progresiva, dando lugar a diferentes “generaciones”

conforme la clasificación realizada por el jurista francés Karl Basak en el año 1979. Esta clasificación se vincula a los valores proclamados en la Revolución Francesa de 1789: libertad, igualdad y fraternidad, dando lugar a tres generaciones de derechos humanos.

El concepto de derechos como libertades reconocidas o conquistadas y en oposición al soberano como “cartas de triunfo” o “derechos de defensa” es propio de la Edad Contemporánea, a partir de la revolución liberal; comprenden a los derechos civiles y políticos y se basan en el valor de la libertad, ya que surgen como respuesta a la necesidad de oponerse al exceso de autoridad. El derecho a la dignidad de la persona, a su autonomía y a su libertad frente al Estado, a su integridad física, las garantías procesales, son derechos que tienen como soporte la filosofía de la ilustración y las teorías del contrato social. Sus características son:

• Imponen al Estado el deber de respetarlos siempre y solo pueden ser limitados en los casos y bajo las condiciones previstas en la Constitución.

• La titularidad está dada en los derechos civiles, por todo ser humano, y en los derechos políticos por el ciudadano.

• Su reclamo corresponde al propio individuo.

A partir del siglo XX, comienzan a formularse los derechos sociales o derechos de segunda generación, los cuales son de tipo colectivo y de naturaleza económica y social. Estos derechos se basan en el principio de la igualdad entre los individuos y presentan un contenido social a modo de procurar las mejores condiciones de vida. Fueron incorporados en la Declaración Universal de Derechos Humanos del año 1948, dando lugar a la transformación del “Estado de Derecho” en el “Estado Social de Derecho”. Por lo anterior, la segunda generación de derechos humanos se refiere al principio de igualdad, lo cual incluye el derecho a ser empleados, el derecho a la vivienda y a la salud, así como a la seguridad social y prestaciones por desempleo.

Los derechos de primera generación defendían a los ciudadanos frente al poder del Estado, pero la provisión de los derechos sociales y económicos exigen la participación activa de los individuos para garantizar el acceso igualitario a las oportunidades y los servicios, facilitando la compensación de las desigualdades naturales creadas por las ventajas y desventajas de etnias, clases y religiones que caracterizan las diferencias sociales del individuo desde su nacimiento. Su titular es el individuo en comunidad, el cual se asocia para su defensa.

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La cristalización de estos derechos requiere que el Estado presente una participación concreta, pues tiene la obligación de crear las condiciones necesarias para satisfacer las necesidades económicas, sociales y culturales de todas las personas por igual, las cuales deben posibilitar el ejercicio de las libertades individuales. Es decir, estos derechos constituyen una obligación de actuar del Estado y su satisfacción es progresiva conforme las posibilidades económicas de este.

A fines del siglo XX se reivindicaron derechos difusos, denominados de tercera generación, los cuales surgen como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones y entre los distintos grupos que las integran, con base en el principio de la solidaridad. Su motor impulsor nace con la acción de determinados colectivos que reclaman legítimos derechos, y se inspiran en la armonía que debe existir tanto entre las personas y las sociedades, como entre las sociedades y la naturaleza, concibiéndose la vida humana como una vida en comunidad. Por lo tanto, la tercera generación de derechos humanos se vincula con el principio de la solidaridad, estableciendo que todo individuo tiene derecho a la calidad de vida, a la paz y a un medio ambiente sano.

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Los derechos se dividen en dos categorías: positivos y negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente al Estado — aunque ya no de manera exclusiva—, la realización de determinadas actividades.

Los derechos humanos se vinculan con los derechos naturales. Los derechos humanos representan una fuerza moral, asimismo se reconocen legalmente en el derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo.

Necesidades humanas

El respeto y la observancia de los derechos humanos implican la creación de condiciones básicas para gozar de una vida digna, en donde las personas logren un nivel mínimo de bienestar y se logre la satisfacción de las necesidades humanas esenciales.

Las necesidades humanas tienden a ser infinitas y se encuentran en constante cambio. Cada necesidad varía de una cultura a otra y son diferentes en cada periodo histórico. Sin embargo, tales suposiciones emergen como incorrectas, puesto que son producto del error conceptual de confundir las necesidades con los satisfactores de esas necesidades.

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Las necesidades humanas fundamentales son finitas, pocas y clasificables. Por otro lado, son las mismas en todas las culturas y en todos los periodos históricos. Lo que cambia, con el tiempo y las culturas, es la manera o los medios utilizados para satisfacerlas.

Una necesidad representa la carencia de algo considerado como imprescindible para el desarrollo y el buen funcionamiento del ser humano. Una necesidad se refiere a una falta o un deterioro que se debe satisfacer o solucionar, ya sea de manera física, psicológica o social, dependiendo del tipo de carencia a cubrir.

Todas las necesidades del individuo son igualmente importantes, lo que varía es el grado de urgencia ante la satisfacción de esa necesidad y las carencias que la persona haya saciado anteriormente. No debe dejarse de lado que el individuo nace con necesidades congénitas o hereditarias, que son las fisiológicas, y a medida que va creciendo y desarrollándose se presentan necesidades nuevas de nivel superior.

Una de las teorías que goza de mayor reconocimiento y es de las más difundidas en el nivel internacional es la teoría sobre la motivación humana propuesta por Abraham Maslow en el año 1943 en su obra Una teoría sobre la motivación humana (A Theory of Human Motivation), que aborda el tema de las necesidades.

La Pirámide de Maslow (o jerarquía de las necesidades humanas) establece que, conforme se satisfacen las necesidades más básicas —colocadas en la parte inferior de la pirámide— los seres humanos desarrollan necesidades y deseos más elevados, que figuran en la parte superior de la pirámide.

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La escala de las necesidades de Maslow es una pirámide que consta de cinco niveles: los cuatro niveles inferiores son agrupados y las necesidades que contemplan se denominan “necesidades de déficit”; al nivel superior se lo denomina “autorrealización”, “motivación de crecimiento” o “necesidad de ser.”

La idea básica de esta jerarquía es que las necesidades más altas ocupan nuestra atención solo cuando han satisfecho las necesidades inferiores. Las fuerzas de crecimiento dan lugar a un movimiento ascendente en la jerarquía, mientras que las fuerzas regresivas empujan las necesidades más urgentes hacia abajo.

En términos de desarrollo general, las personas se mueven en estos niveles como si fueran estadios. De recién nacidos, el foco o el complejo de necesidades se abocan a lo fisiológico. Inmediatamente, se comienza a reconocer que se requiere seguridad. Poco tiempo después, las personas buscan atención y afecto. Un poco más tarde, buscan la autoestima. A nivel personal, el paso en estos estadios se presentan en los primeros dos años de vida.

Bajo condiciones de estrés, o en caso de que la supervivencia este amenazada, es posible regresar a un nivel de necesidad inferior dentro de la pirámide. Esta situación también podría ocurrir en una sociedad con un nivel de bienestar establecido, es decir, cuando la sociedad abruptamente cae, las personas empiezan a pedir a un nuevo líder que tome las riendas y haga las cosas correctamente. Cuando las bombas empiezan a caer, buscan seguridad; cuando la comida no llega a las tiendas, sus necesidades se tornan incluso más básicas.

El psicólogo estadounidense, Abraham Maslow, propuso una corriente de pensamiento psicología humanista. Dicha corriente postula la existencia de una tendencia básica hacia la salud mental conduciendo a un proceso de búsqueda de autoactualización y autorrealización. Maslow, en su propuesta teórica, sugiere la formulación de preguntas sobre la filosofía del futuro, es decir, una filosofía relacionada con el ideal de vida o del mundo, y de esta forma conseguir suficiente información sobre cuáles de sus necesidades están cubiertas y cuáles no.

Maslow propone una pirámide de necesidades la cual se integra por los siguientes elementos:

Necesidades básicas o fisiológicas: dentro de estas necesidades se encuentran las relacionadas con la sobrevivencia del individuo, es decir, las primordiales, básicas, esenciales, elementales, las más importantes para el mantenimiento de la vida.

Son necesidades fisiológicas básicas para mantener la homeostasis (conjunto de fenómenos de autorregulación que mantienen el equilibrio entre la necesidad y su satisfacción) y, por lo general, se vinculan a la salud.

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Dentro de estas necesidades, las más evidentes son:

• Necesidad de respirar, beber agua, y alimentarse.

• Necesidad de mantener el equilibrio del pH y la temperatura corporal.

• Necesidad de dormir, descansar y eliminar los desechos.

• Necesidad de evitar el dolor y tener relaciones sexuales.

Necesidades de seguridad y protección: representan las necesidades de sentir seguridad y protección. Cuando se satisfacen razonablemente las necesidades fisiológicas, entonces estas se activan.

El individuo, por su naturaleza, desea estar, en la medida de lo posible, protegido contra el peligro o la privación, cubierto de los problemas futuros; requiere sentir seguridad en el futuro, estar libre de peligros y vivir en un ambiente agradable, en mantenimiento del orden para él y para su familia.

Entre estas necesidades se destacan:

• Seguridad física y de salud

• Seguridad de empleo, de ingresos y recursos

• Seguridad moral, familiar y de propiedad privada

Necesidades de afiliación y afecto: se refieren a las necesidades sociales, relacionadas con el sentido de pertenencia o de afecto. Están relacionadas con el desarrollo afectivo del individuo y se satisfacen mediante las funciones de servicios y prestaciones que incluyen actividades deportivas, culturales y recreativas. La necesidad de afiliación se entiende porque el ser humano por naturaleza siente la necesidad de relacionarse, ser parte de una comunidad, de agruparse en familias, con amistades o en organizaciones sociales. Estas necesidades se forman a partir del esquema social y se vinculan con las necesidades:

• Asociación

• Participación

• Aceptación

Necesidades de estima: Maslow asimismo describió dos tipos de necesidades de estima, una alta y otra baja.

• La estima alta concierne a la necesidad del respeto a uno mismo, e incluye sentimientos como confianza, competencia, maestría, logros, independencia y libertad.

• La estima baja concierne al respeto de las demás personas: la necesidad de atención, aprecio, reconocimiento, reputación, estatus, dignidad, fama, gloria, e incluso dominio.

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La merma de estas necesidades se refleja en una baja autoestima y el complejo de inferioridad. En sentido inverso, la satisfacción de estas necesidades refuerza en las personas el sentido que dan a su vida y su valoración como individuo y profesional, situación que les facilita avanzar hacia un nivel superior: la necesidad de la autorrealización.

Necesidad de autorrealización: se vinculan con las necesidades más elevadas del reconocimiento del ser. Dichas necesidades se hallan en la cima de la jerarquía y, por medio de su satisfacción, se encuentra un sentido a la vida mediante el desarrollo potencial de una actividad. Es posible alcanzar dicho nivel cual cuando todos los niveles anteriores han sido alcanzados y completados, al menos, hasta cierto punto.

En 1971, Maslow agregó a su jerarquía de necesidades dos clases más: la necesidad de saber y comprender (cognitivas), y las necesidades estéticas.

Las características generales de la teoría de Maslow son:

• Solo las necesidades no satisfechas influyen en el comportamiento de las personas, pues la necesidad satisfecha no genera comportamiento alguno.

• Las necesidades fisiológicas nacen con la persona, el resto de las necesidades surgen con el transcurso del tiempo.

• A medida que la persona logra controlar sus necesidades básicas aparecen gradualmente necesidades de orden superior; no todos los individuos sienten necesidades de autorrealización, debido a que es una conquista individual.

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• Las necesidades más elevadas no surgen en la medida en que las más bajas van siendo satisfechas. Pueden ser concomitantes, pero las básicas predominarán sobre las superiores.

• Las necesidades básicas requieren para su satisfacción un ciclo motivador relativamente corto. En contraposición, las necesidades superiores requieren un ciclo más largo.

Los autores Manfred Max-Neef en su libro Desarrollo a escala humana de 1986, y Paul Ekins en su publicación Riquezas sin límites hacen una crítica a la teoría de Maslow. Ambas propuestas teóricas cuestionan la concepción de Maslow sobre la noción de pirámide social, es decir, se discute si las necesidades se encuentran jerarquizadas y son infinitas, y cómo la sociedad se organiza también de manera jerárquica. Seguido de una crítica al esquema en que para acceder a la cúspide solo podrá lograrse si se mantienen en los niveles más bajos a la mayoría de la población en términos de acceso a bienes y oportunidades. Asimismo, la visión de Manfred Max-Neef establece que las necesidades son pocas, finitas, clasificables y universales, y forman un sistema de nueve necesidades con cuatro formas de realización: subsistencia, protección, afecto, comprensión, participación, creación, recreo, identidad y libertad, las cuales se satisfacen mediante ser, tener, hacer y relacionarse.

Por otro lado, también se señala como un punto débil en la teoría de Maslow las notorias diferencias en la amplitud con que las personas satisfacen sus necesidades antes de mudarse a un nivel superior, además de que para algunas personas las necesidades de respeto o estimación pueden ser de mayor importancia que las necesidades sociales.

Otra crítica se vincula con que varias de las necesidades se superponen, y una necesidad dada puede llenar más de una categoría. Por ejemplo, el dinero es quizá la más importante fuente de satisfacción de necesidades, aún dependiendo de las circunstancias, este puede satisfacer cualquiera de las necesidades de la jerarquía.

Una persona común puede enfrentar necesidades básicas con el dinero, pero una persona rica puede usarlo para afrontar sus necesidades de autorrealización.

Protección social

Con relación a las necesidades humanas, una de ellas se refiere a la necesidad seguridad y protección. Los sistemas sociales tienen su fundamento en concepciones de seguridad y protección, en donde los individuos esperan que la sociedad de la que forman parte, los proteja frente a la ocurrencia de riesgos o ante la presencia de necesidades. También tiene que ver con el sentimiento de pertenencia a una comunidad, el cual favorece la cohesión social.

El acceso a un nivel adecuado de protección social es un derecho fundamental de todos los individuos reconocido por las normas internacionales del trabajo y por

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Naciones Unidas y sus agencias. Además, la protección social es considerada un instrumento para la promoción del bienestar humano y para el fortalecimiento del consenso social, los cuales favorecen la paz social.

De acuerdo con cifras de Naciones Unidas (2014), tan sólo el 20 por ciento de la población mundial cuenta con una protección social adecuada, y más de la mitad no tiene ninguna cobertura. Las personas en situación de vulnerabilidad enfrentan peligros y situaciones adversas en los distintos ámbitos de su vida, y se encuentran en situación de desprotección y vulnerabilidad frente a ellas.

En materia de protección social, la OIT (2012) ha establecido tres objetivos principales que reflejan las tres dimensiones fundamentales de la protección social:

1. Aumentar la eficacia y extender la cobertura de los sistemas de seguridad social.

2. Promover la protección de los trabajadores, lo cual incluye establecer condiciones de trabajo decente, como salarios y tiempo de trabajo apropiados, mecanismos de salud y seguridad en el trabajo.

3. Promover la protección de grupos vulnerables, como los trabajadores migrantes, sus familias y los trabajadores en la economía informal, mediante programas y actividades específicos.

Actualmente, la Oficina Internacional del Trabajo lidera la iniciativa para implementar el Piso de Protección Social, propuesta adoptada en abril de 2009 como una de las nueve iniciativas conjuntas de Naciones Unidas dirigidas a abordar los efectos de la crisis económica acaecida en 2008. La iniciativa del Piso de Protección Social es liderada por la OIT y la OMS e involucra a 17 agencias, incluyendo algunas de Naciones Unidas así como instituciones financieras internacionales como el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico.

El enfoque del Piso de Protección Social promueve el acceso a transferencias sociales básicas y servicios sociales esenciales en las áreas de salud, agua y saneamiento, educación, alimentos y vivienda. Destaca la necesidad de implementar políticas de protección social exhaustivas, coordinadas y coherentes, y políticas de empleo focalizadas a garantizar servicios y transferencias sociales a lo largo de todo el ciclo vital de las personas, con particular atención en los grupos vulnerables.

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Piso de Protección Social propuesto por la OIT

La protección social debe contemplar un conjunto de instrumentos que permitan la reducción de la brecha existente en la calidad de vida entre las capas sociales vulnerables y las menos vulnerables, disminuyendo su exposición a los riesgos con el objetivo de mejorar la capacidad individual de protección frente a peligros potenciales, como la pérdida del ingreso.

El carácter redistributivo de la mayoría de las políticas de protección social provocó que estas no fueran favorecidas o impulsadas por políticas neoliberales de las décadas de los ochenta y noventa que reducían la intervención del Estado.

Sin embargo, la protección social es necesaria en cualquier sociedad puesto que los beneficios del crecimiento económico no siempre llegan a todas las personas, limitando la capacidad de las personas para superar los distintos riesgos presentes a lo largo de la vida.

Dada la apremiante necesidad de erradicar la pobreza, actualmente la protección social ocupa un lugar prioritario de la agenda de desarrollo social de los gobiernos.

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Protección social y seguridad social. El papel del Estado

De acuerdo con los Artículos 1 y 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 1948 (Artículos 1 y 2):

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

¿Qué significa afirmar que los hombres nacen y viven libres e iguales en derechos?

Significa que la ley debe ser igual para todos, que debe proteger a todas las personas y ofrecerles igual oportunidad para el desarrollo de una vida digna.

Durante el desarrollo de la vida de las personas, pueden presentarse situaciones adversas llamadas contingencias (ya sean naturales, culturales, económicas o sociales). Las contingencias por lo general, imponen un estado particular de necesidad. En el marco de la aplicación de los derechos humanos, todos los miembros de la sociedad tienen derecho a recibir la cobertura necesaria para paliar dicha necesidad.

El sentimiento de vulnerabilidad frente a las contingencias que pudiera presentarse es universal e integra el imaginario colectivo de una sociedad; esa emoción origina una noción de igualdad entre las personas donde el hecho de compartir situaciones naturales o socioculturales particulares tienden a igualar el trato de unos a otros y a hacer que los intereses de todos pesen lo mismo.

Frente a esto, el Estado, por medio de los sistemas de seguridad social, garantiza la protección a todos sus miembros. Los sistemas de seguridad social se refieren a una serie de medidas públicas contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, provocarían la desaparición o una fuerte reducción de sus ingresos por causa de enfermedad, accidentes de trabajo, maternidad, vejez, entre otras.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) resalta el derecho a una vida digna para todos los seres humanos y la importancia del acceso a la seguridad social para todos los integrantes de la sociedad.

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

La OIT, en un documento publicado en 1991 denominado Administración de la seguridad social, define la seguridad social como “la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las

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privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte;

y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.”

En el mismo sentido, el Artículo 25 de la Declaración de los Derechos Humanos agrega que “… toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.”

A fin de mantener y promover un amplio apoyo público y la solidaridad nacional, es esencial que los sistemas públicos de seguridad social incluyan a todos los estratos de la población y cuenten con su respaldo.

Los sistemas de seguridad social deben regirse por el principio de “a igual necesidad corresponde brindar una atención o reparo similar”, sin que ello implique que todos deban recibir lo mismo. Por ejemplo, si una persona necesita realizarse una revisión médica por las condiciones de salud que presenta, corresponde recibir la atención necesaria para la concreción de dichos estudios, lo cual es diferente a que se promueva hacer una revisión a todas las personas aún sin necesitarlo. Si una persona tiene un grupo familiar numeroso y presenta problemas para su manutención, corresponde que el Estado lo asista temporalmente con la entrega de un subsidio particular, lo cual no implica que el gobierno deba otorgar ayudas económicas a todas las personas por igual.

La existencia de un mínimo de ingresos asegurado por el Estado a todas las familias conforma una base material que facilita su funcionamiento y desarrollo.

Dicha base de ingresos mínimos sustenta la cohesión social en torno a la cual funcionan las sociedades dado su vínculo con el gobierno. Si no existe un mínimo de protección social y seguridad material, el compromiso de gran parte de la sociedad hacia un Estado democrático estará en riesgo.

Existen evidencias palpables acerca de la reducción de la pobreza registrada a partir de la implementación de programas de protección social. La presencia de un nivel básico de protección social representa una condición previa para salir de la pobreza, para favorecer la cohesión social y desarrollar una fuerza de trabajo empleable y productiva. La protección social es un elemento indispensable para

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promover el crecimiento económico y aumentar el nivel de bienestar de todas las personas.

La seguridad social representa el derecho a que toda persona goce de una protección básica para satisfacer estados de necesidad y tengan una vida digna, lo cual conduce a la generación de normas claras de entendimiento popular y donde las sociedades adquieran una consciencia del significado de la igualdad de derechos en aspectos de educación, salud, trabajo, y asuman la responsabilidad de sus obligaciones.

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25 MIS CONOCIMIENTOS

Pregunta 1

Mencione y describa tres características de los derechos humanos.

Guía de respuesta:

Los derechos humanos se caracterizan por ser irrevocables (no se pueden abolir ni cederse), irrenunciables (nadie puede renunciar a ellos), individuales (son para las personas por su simple condición humana y su dignidad), inalienables e imprescriptibles (no tienen vigencia), interdependientes e indivisibles y universales (pertenecen a toda persona en condiciones de igualdad y sin discriminación en cuanto edad, género, raza, color, nacionalidad, ideología o religión).

Pregunta 2

¿Cuál es el papel que debe ejecutar el Estado en relación con la protección social de sus miembros?

Guía de respuesta:

El Estado debe garantizar a sus ciudadanos un mínimo nivel de vida, suministrando ingresos suplementarios y/o servicios que brinden protección social frente a las necesidades de las personas y garanticen igualdad de oportunidades a todos sus habitantes.

A fin de mantener y promover un amplio apoyo público y la solidaridad nacional, es esencial que los sistemas públicos de seguridad social incluyan a todos los estratos de la población y cuenten con su respaldo.

La presencia de, al menos, un nivel básico de protección social es una condición previa para salir de la pobreza, crear cohesión social y desarrollar una fuerza de trabajo empleable y productiva, es decir, es lo que permite sentar las bases para promover el crecimiento económico y aumentar el nivel de bienestar de todas las personas.

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26 Actividad

Responde verdadero o falso

1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es el primer documento en la historia de la humanidad que reconoce las garantías individuales.

Verdadero / Falso

2. Las principales características de los derechos humanos es que son irrevocables, irrenunciables, individuales, universales, inalienables e indivisibles.

Verdadero /Falso

3. Los derechos humanos son irrenunciables porque representan un derecho inherente a la condición humana y a su dignidad.

Verdadero /Falso

4. La pirámide de necesidades de Maslow consta de cinco niveles agrupados por necesidades de déficit y autorrealización.

Verdadero / Falso

5. Las necesidades de seguridad y protección se relacionan con la sobrevivencia del individuo como respirar o alimentarse.

Verdadero / Falso

6. Las necesidades de afiliación se vinculan con la necesidad de afiliación, participación y exclusión.

Verdadero / Falso

7. El acceso a un nivel adecuado de protección social es un derecho fundamental de todos los individuos reconocido por las normas internacionales del trabajo.

Verdadero / Falso

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8. De acuerdo con la OIT (2012), es necesario aumentar la eficacia y reducir la cobertura de los sistemas de protección social y asegurar condiciones de trabajo decente.

Verdadero / Falso

9. El piso de protección social promueve el acceso a transferencias sociales básicas y servicios sociales esenciales en las áreas de salud, agua y saneamiento, educación, alimentos y vivienda.

Verdadero / Falso

10. Los sistemas de seguridad social deben regirse por el principio de “a igual necesidad corresponde brindar una atención o reparo similar”

Verdadero / Falso

Solución

1. Falso, el documento más antiguo es el Cilindro de Ciro, de origen babilonia que fuera descubierto en 1879 y traducido por la ONU en 1971.

2. Verdadero

3. Falso, los derechos son irrenunciables porque nadie puede renunciar a ellos.

4. Verdadero

5. Falso / las necesidades de seguridad y protección se satisfacen una vez que las necesidades fisiológicas están cubiertas, como la seguridad física, de empleo, de ingresos, recursos, entre otras.

6. Falso, Se vinculan con la necesidad de afiliación, participación y aceptación 7. Verdadero

8. Falso, de acuerdo con la OIT (2012) es necesario aumentar la eficacia y extender la cobertura de los sistemas de protección social y asegurar condiciones de trabajo decente.

9. Verdadero 10. Verdadero

Pregunta de elaboración:

¿Considera que en la ciudad en la que vive se atienden y se protegen por igual las necesidades de todos los habitantes?

Explique el principio “a igual necesidad corresponde idéntica protección” y utilice ejemplos prácticos para argumentar su respuesta.

Envíe el trabajo a su tutor mediante el espacio de esta plataforma establecido para tal efecto.

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28 REFERENCIAS

Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Disponible en: http://www.un.org/es/documents/udhr/ Consultado el 30-12-2011.

Naciones Unidas (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Disponible en: http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/1966- PactoDerechosCivilesyPoliticos.htm Consultado el 30-12-2011.

Derechos y deberes de los ciudadanos. Disponible en:

http://www.educarchile.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?ID=133301 Consultado el 30-12-2011.

Jerarquía de las necesidades humanas. Disponible en:

http://www.12manage.com/methods_maslow_hierarchy_needs_es.html Consultado el 30-11-2011.

Boeree, G. (2003). Teorías de la personalidad, de Abraham Maslow. Traducción:

Rafael Gautier. Disponible en:

http://webspace.ship.edu/cgboer/maslowesp.html Consultado el 30-12-2011.

López, C. (2001). Teoría y pensamiento administrativo. Disponible en:

http://www.gestiopolis.com/canales/gerencial/articulos/18/jerarquia.htm Consultado el 30-12-2012.

Veenhoven, R. Igualdad social y esfuerzo del Estado de Bienestar. Publicación presentada en la conferencia internacional de sociología ‘Towards the Good Society. Applying the Social Sciences’. Traducción realizada por Jorge Ramos

Palacio. Disponible en: http://www.fun-humanismo-

ciencia.es/felicidad/empresa/empresa7.htm Consultado el 30-12-2011.

CIPPEC, CEPAL (2011). Seminario: Diálogos de protección social. La protección social argentina en perspectiva latinoamericana: retos de inclusión e integralidad.

Disponible en: www.cepal.org/dds/noticias/.../Doc-proteccion-social-Argentina.pdf Consultado el 30-12-2011.

Cetrangolo, O. (2010). Los desafíos de la protección social que la Argentina no pudo resolver. Revista de la CEPAL, Núm. 89, agosto, Santiago de Chile.

Max-Neef, Manfred (1993). Desarrollo a escala humana. Disponible en:

http://www.max-neef.cl/download/Max-Neef_Desarrollo_a_escala_humana.pdf Consultado el 10-1-2012.

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Pedrassoli, Alexandre. Maslow e as pessoas auto-realizadoras. Disponible en:

http://www.buscadorerrante.com/wp/2009/maslow-e-as-pessoas-auto- realizadoras/ Consultado el 10-1-2012.

Comportamiento humano en las organizaciones. Críticas a las teorías de la motivación.

Disponible en:

http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r5380.PDF Consultado el 10-1-2012.

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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS UNIDAD II. OBLIGACIONES

Introducción

Las sociedades son una forma de agrupación humana en la cual sus integrantes se unen de acuerdo a intereses comunes. Para llegar a la meta, la sociedad se organiza estableciendo normas y procedimientos a seguir; asimismo elige autoridades, las cuales delimitan responsabilidades que se apoyan en una escala de valores común a todos los integrantes de la sociedad.

En la observancia de los deberes y las obligaciones por parte de las personas, requiere la puesta en practica de valores y principios como la solidaridad, el respeto, la igualdad y la equidad, los cuales promueven la responsabilidad social.

Esta responsabilidad social denota el compromiso y obligación que cada integrante de la sociedad tiene para promover el bienestar del conjunto.

La participación y el compromiso en el cumplimiento de los deberes ciudadanos no implican que todas las personas deban realizar el mismo esfuerzo, ya que no todas se encuentran en idénticas condiciones culturales, sociales, económicas y/o personales de llevarlas a cabo. Por el contrario, la equidad y la solidaridad social requieren que cada miembro de la sociedad realice el aporte necesario según sus posibilidades, y quienes se encuentren en mejores condiciones puedan realizar un esfuerzo mayor, favoreciendo el bienestar del conjunto y trabajando por el logro de una vida digna para toda la sociedad.

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MÓDULO III. VIDA COMUNITARIA:

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS UNIDAD II. OBLIGACIONES

TEMA. LAS OBLIGACIONES CON RELACIÓN A LA CONDICIÓN SOCIOECONÓMICA DE LA PERSONA

El desarrollo de una sociedad depende cada vez menos de sus riquezas naturales y más de su capacidad para crear conocimiento y usarlo comunitariamente.

Kōichirō Matsuura Tokio, Japón Director general de la UNESCO entre 1999 y 2009.

EXPECTATIVAS DE LOGRO Que el participante:

• Comprenda la importancia de cumplir con las obligaciones y los deberes ciudadanos y su impacto en el bienestar del conjunto social.

• Identifique la relación existente entre el grado de responsabilidad con la sociedad y la situación socioeconómica y cultural de las personas.

• Analice las dificultades de las personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica para cumplir con sus obligaciones.

INTRODUCCIÓN

Desde su origen, el ser humano ha estado sometido a acontecimientos y a riesgos que originan una necesidad susceptible de ser atendida. El motor de la evolución en los comienzos del desarrollo era la lucha por la supervivencia, en donde el individuo estaba sujeto a su propia suerte respecto a la provisión de los elementos indispensables para satisfacer las necesidades básicas de su vida. Con la evolución de la civilización y el ejercicio de una vida social esos requerimientos pudieron ser compartidos con los demás integrantes del grupo social.

Cuando una sociedad se desarrolla, los individuos tienden a transferirle la búsqueda de seguridad y protección individual frente a las adversidades. Esta situación deja al descubierto diversos procesos o situaciones de diferenciación social que denotan la presencia de capas sociales más vulnerables que otras frente a situaciones o contingencias similares.

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Cuando ese proceso de diferenciación social alcanza niveles altos, la sociedad comienza a crear modos para disminuir la vulnerabilidad en la que se puede encontrar una persona, un grupo o una comunidad, retribuyendo a esos sectores una proporción de los resultados económicos como forma de ayudarlos a sobrellevar su existencia.

El nivel de certeza en la percepción oportuna de la cobertura o de la protección necesaria para disminuir los efectos de una contingencia social (es decir, aquellas situaciones futuras e inciertas susceptibles de producir la disminución o la pérdida de la capacidad de ingreso habitual), representa el grado en que la solidaridad social se manifiesta en las relaciones interpersonales e intergrupales.

El sentimiento de seguridad y protección ante las adversidades que surge del conjunto social configura la principal motivación para la participación activa del ciudadano en la sociedad y, en muchos casos, la que justifica su actitud.

Las actitudes empáticas y la confianza en los otros contribuyen a la cohesión dentro de cada comunidad. Dichas actitudes promueven el deseo de sus integrantes de participar en los asuntos locales y de cooperar en cuestiones cotidianas. A partir de esa comunión entre los actores sociales se construye el capital social el cual se asocia con el sentimiento de comunidad que poseen las personas que forman parte de un grupo determinado. Por ejemplo, el sentimiento de pertenecer a un barrio, a una colonia, de preocuparse y ejecutar acciones que benefician a la gente que reside en él y por creer que existe una reciprocidad de que esa gente se preocupa a su vez por los demás.

En el ejercicio de la solidaridad social, el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas e impositivas es de vital relevancia. Aquellas personas que se encuentran en mejores condiciones socioeconómicas están comprometidas a realizar un mayor esfuerzo. Esa responsabilidad ante la sociedad, ejecutada por los grupos o personas más favorecidos, es la actitud que facilita la instrumentación de políticas de estado y sociales que permiten equilibrar las asimetrías sociales. Por ejemplo: un caso en el que se establece realizar una aportación “obligatoria” de determinado porcentaje en función del nivel del ingreso, las aportaciones en cantidad serán directamente proporcionales al ingreso percibido por cada persona, esto es, a mayor ingreso, mayor aportación y a menor ingreso menor aportación.

Los sistemas de seguridad social administrados por el Estado están encaminados a garantizar un mínimo de satisfacción de necesidades y buscar el bienestar del individuo desde su concepción hasta su deceso. Los sistemas de seguridad social dependen de las aportaciones que la sociedad económicamente activa realiza (trabajadores y patrones) así como del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de toda la sociedad, por ejemplo, mediante el pago de los impuestos.

Referencias

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