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I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN.

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INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL SANTA ISABEL, UBICADO EN LA DELEGACION DEL HUAJUCO, EN EL MUNICIPIO MONTERREY, N. L."

De conformidad con las disposiciones regulatorias que competen a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y con el objeto de obtener la autorización correspondiente para el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, conforme a lo establecido en los Artículos 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y 29 y 30 de su Reglamento en materia del Impacto Ambiental, se presenta a consideración de esa Dependencia el presente Informe Preventivo (IP), solicitando el cambio de uso de suelo en 226,669.01 m2 de un predio irregular, con una superficie total de

264,813.23m2, para la construcción de un Fraccionamiento Habitacional

denominado Santa Isabel, este se encuentra ubicado en el municipio de Monterrey, en el estado de Nuevo León. Lo anterior así como por lo señalado en el TÉRMINO SEGUNDO de la Autorización otorgada de manera condicionada mediante el Oficio S.G.P.A.-DGIRA.-DIA.-0859/03, emitido por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental el 28 de noviembre del 2003 para el proyecto “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Cañón del Huajuco, Monterrey, Estado de N. L.”. A manera de antecedentes es importante mencionar que el proyecto fue evaluado de manera local en la delegación de N. L. a manera de MIA-P, por lo que fue dado de baja debido a que se debió de haber presentado un IP como lo señala el termino segundo de dicho plan.

I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN.

a) Nombre y ubicación del proyecto.

El nombre del proyecto es “Fraccionamiento Habitacional Santa Isabel, ubicado en el municipio de Monterrey, N. L.”. Este se ubica en un predio de forma irregular conformado por tres polígonos con una superficie total de 264,813.23 m2, los inmuebles se ubican en la zona denominada hacienda de los Cristales identificado

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con el numero 137, ubicado en el municipio de Monterrey, N. L. con el número de expediente catastral 52-007-324, 52-007-229 y 52-007.185.

El proyecto se localiza en el Estado de Nuevo León, específicamente en el municipio de Monterrey, próximo a la mancha urbana del Área Metropolitana de Monterrey (AMM) (Figura.1). En la Carta Topográfica, se observa la ubicación del proyecto en la mancha urbana del AMM, así como las vías de comunicación existentes en la zona, entre otras características (Anexo Cartográfico).

Figura 1. Planta de ubicación (sin escala) del área de estudio en el municipio de Monterrey, N. L. En la Tabla.1 se listan las coordenadas extremas del polígono. Dado que éste se ubica próximo de áreas urbanas ya establecidas y otras en proceso de construcción, la obra contará con la factibilidad de poder conectarse a los servicios públicos de agua potable, red de drenaje y energía eléctrica; además de contar

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con servicios de apoyo telefónico, limpia y seguridad. En lo referente al acceso al predio, partiendo de la Av. Eugenio Garza Sada hacia la Carretera Federal No. 85 en el sentido Monterrey-Linares, pasando el centro diversiones mundo de a deberás se toma el primer retorno a la izquierda y la entrada al fraccionamiento es por la calle Vía las Retamas. Y a aproximadamente 800 metros inicia el fraccionamiento en comento.

Como antecedente, es importante hacer notar que las áreas de matorral que caracterizan la zona habían sostenido escasos impactos antropogénicos anteriormente; sin embargo, con la concentración actual de la población del Estado en el AMM (aproximadamente 4/5 del total), ha emergido un elevado número de conjuntos habitacionales de diversos tipos para satisfacer la gran demanda de vivienda unifamiliar en la región (Foto 1).

Tabla 1. Coordenadas UTM (Datum Nad 27 México) que conforman el perímetro del predio.

Vértice X Y 1 379286.43 2824325.80 2 379314.25 2824358.42 3 379304.25 2824372.85 4 379436.77 2824502.24 5 379405.73 2824413.27 6 379458.71 2824327.58 7 379473.51 2824128.11 8 379484.77 2824091.75 9 379493.46 2824095.61 10 379497.32 2824197.60 11 379481.23 2824315.04 12 379513.40 2824292.84 13 379557.48 2824344.80 14 379601.19 2824478.70 15 379595.03 2824511.31 16 379562.77 2824528.88 17 379532.83 2824570.35 18 379690.65 2824668.98 19 379753.94 2824614.47 20 379814.80 2824623.44 21 379847.27 2824581.40 22 379812.35 2824517.08 23 379818.31 2824494.24

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25 379811.73 2824407.87

264,813.23 m2

Foto I.1. Panorámica de la zona en donde se pretende establecer el fraccionamiento habitacional

A continuación se presenta la zonificación del área donde se pretende establecer el Fraccionamiento habitacional Santa Isabel.

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Figura 2. Panorámica de la zona en donde se pretende establecer el fraccionamiento habitacional Tabla 2.- Muestra las coordenadas enumeradas de cada una de las áreas que conforman el predio.

Área con Vegetación Nativa 1

Vértice X Y 1 379286.43 2824325.80 2 379314.25 2824358.42 3 379304.25 2824372.85 4 379436.77 2824502.24 5 379405.73 2824413.27 6 379458.71 2824327.58

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Vértice X Y 8 379484.77 2824091.75 9 379493.46 2824095.61 10 379497.32 2824197.60 11 379481.23 2824315.04 12 379513.40 2824292.84 13 379557.48 2824344.80 14 379601.19 2824478.70 15 379595.03 2824511.31 16 379562.77 2824528.88 17 379532.83 2824570.35 18 379690.65 2824668.98 19 379753.94 2824614.47 20 379814.80 2824623.44 21 379847.27 2824581.40 22 379812.35 2824517.08 23 379818.31 2824494.24 24 379773.95 2824462.57 25 379811.73 2824407.87 26 379902.83 2824408.32 27 379915.37 2824379.39 28 379623.77 2824157.50 29 379657.04 2824098.30 30 379686.77 2823920.47 31 379644.79 2823894.08 32 379654.39 2823865.46 33 379579.24 2823816.46 34 379414.36 2824040.30 35 379366.32 2824002.01 36 379252.02 2824200.03 37 379316.43 2824249.23 38 379358.27 2824186.22 39 379417.20 2824054.48 40 379426.91 2824059.68 41 379387.74 2824165.42 42 379369.01 2824191.77 43 379325.63 2824256.52 44 379346.07 2824272.72 45 379312.45 2824308.43 46 379295.00 2824308.25 47 379779.86 2824404.23

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Vértice X Y 48 379800.04 2824404.18 49 379799.99 2824384.33 50 379779.86 2824384.33 51 379534.55 2824210.51 52 379591.93 2824204.10 53 379583.14 2824156.35 54 379514.99 2824156.65 226,669.01 m2 Quinta 2 Vértice X Y 1 379436.77 2824502.24 2 379447.09 2824517.24 3 379532.83 2824570.35 4 379589.98 2824478.33 5 379477.06 2824419.41 6 379406.42 2824398.68 7 379405.73 2824413.27 8 379422.76 2824422.52 9 379438.48 2824477.54 11,600.16 m2

Área sin Vegetación 3

Vértice X Y 1 379406.42 2824398.68 2 379477.059 2824419.41 3 379589.981 2824478.33 4 379563.673 2824528.45 5 379595.031 2824511.31 6 379601.185 2824478.7 7 379594.321 2824460.68 8 379574.159 2824452.1 9 379553.943 2824400.46 10 379548.795 2824322.92 11 379513.403 2824292.84 12 379481.229 2824315.04 13 379493.455 2824095.61 14 379484.768 2824091.75 15 379458.707 2824327.58

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Área sin Vegetación 4

Vértice X Y 1 379779.86 2824404.23 2 379800.04 2824404.18 3 379799.99 2824384.33 4 379779.86 2824384.33 401.17 m2

Área sin Vegetación 5

Vértice X Y 1 379644.79 2823894.08 2 379686.77 2823920.47 3 379694.80 2823891.81 4 379654.39 2823865.46 1,411.92 m2

Área sin Vegetación 6

Vértice X Y 1 379316.43 2824249.23 2 379325.63 2824256.52 3 379356.88 2824216.90 4 379387.74 2824165.42 5 379426.91 2824059.68 6 379417.20 2824054.48 7 379381.15 2824161.60 8 379358.27 2824186.22 9 379353.41 2824204.25 2,194.54 m2 Tanque de agua 7 Vértice X Y 1 379534.55 2824210.51 2 379591.93 2824204.10 3 379583.14 2824156.35 4 379514.99 2824156.65 3,200.00 m2

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Área sin vegetación 8

Vértice X Y 1 379170.81 2824144.54 2 379169.32 2824170.21 3 379200.68 2824213.44 4 379228.88 2824230.50 5 379260.79 2824301.94 6 379286.43 2824325.80 7 279435.80 2824308.43 8 379312.45 2824308.43 9 379346.07 2824272.72 10 379252.02 2824200.03 11 379243.91 2824209.98 7,864.91 m2

b).- Datos generales de promovente. Nombre o razón social.

BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. DE C.V. FIDEICOMISO 111360-5 Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

BNM-0801027-QE5 (Se anexa copia simple de las cédulas correspondientes). Nombre y cargo del representante legal

Arq. Mirna Peña Garza

Dirección del promovente o representante legal para recibir u oír notificaciones. Hidalgo No. 526 Norte.

Colonia Centro. San Pedro Garza García, Nuevo León. C.P. 66230.Teléfono: (81) 81245454

Fax: (81) 83380018

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c) Datos generales del responsable de la elaboración del Informe. Nombre o razón social:

Sistemas de Innovación y Desarrollo Ambiental, S. C. Registro Federal de Contribuyentes o CURP

SID060727A99.

Nombre del Responsable técnico del estudio: Ing. José Manuel Mata Balderas.

Cédula Profesional Nº 4203984. RFC: MABM800530-LF0.

CURP: MABM800530HTSTLN08.

Se anexa copia simple de la Cédula Profesional y del Registro ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como Persona Física Prestadora de Servicios Técnicos Forestales (Libro Nuevo León, Tipo UI: Volumen 2, Número 15).

Dirección del Responsable técnico del estudio: Tepeyac No. 142-A.

Colonia: Churubusco. Monterrey, N. L. C.P. 64590.

Teléfono: (81) 8334.74.59

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II.- REFERENCIA, SEGÚN CORRESPONDA.

a) A las normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas o el aprovechamiento de recursos naturales, aplicables a la obra o actividad.

NOM-041-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

NOM-044-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, bióxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas suspendidas totales y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizan para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3,857 Kg. NOM-059-SEMARNAT-2001. Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.

NOM-080-SEMARNAT-1994. Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación y su método de medición.

Decretos y Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas

Es importante resaltar que la ubicación del proyecto no concuerda con los límites de las ANP´s de regulación federal ubicadas en Nuevo León (Ver Anexo cartográfico); las cuales se localizan a una distancia considerable. Referente a las decretadas estatalmente durante los últimos años, no se prevé afectación de ninguna de ellas por el establecimiento del Fraccionamiento Habitacional en el

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Bandos y reglamentos municipales

El Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga poder al Municipio para administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano, lo que implica que dicha Autoridad tiene a cargo las funciones de autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia y dentro de su jurisdicción.

ARTICULO 115. I al IV…

V.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;

b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;

c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;

d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;

e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) e i)…

Leyes y Reglamentos

a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988)

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………..

SECCION V. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I a VI...

VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;

………..

El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.

b) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia del Impacto Ambiental (Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo del 2000)

………..

Capítulo II. De las obras o actividades que requieren autorización en materia de

impacto ambiental y de las excepciones.

Artículo 5º.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de

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A) a N) ...

O) Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas:

I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1,000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;

II a III…..

• Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la Federación

del 25 de febrero de 2003) Son atribuciones de la SEMARNAT en materia

forestal, autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y la forestación, así como evaluar y supervisar su manejo e impacto ambiental. La Secretaría solo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión del Consejo Regional de que se trate y con base a los estudios técnicos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución de su captación. Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, disponga el ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

• Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la Federación del 21 de febrero de 2005)

………..

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Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, el interesado deberá solicitarlo mediante el formato que expida la Secretaría, el cual contendrá lo siguiente:

I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante; II. Lugar y fecha;

III. Datos de ubicación del predio o conjunto de predios, y

IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso del suelo y el tipo de vegetación por afectar.

Junto con la solicitud, deberá presentarse el estudio técnico justificativo, así como copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada del título de propiedad debidamente inscrita en el registro público que corresponda o en su caso, del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como copia simple para su cotejo. Tratándose de ejidos o comunidades agrarias deberá presentarse original o copia certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo de cambio de uso de suelo en el terreno respectivo, así como copia simple para su cotejo.

Artículo 121. Los estudios técnicos justificativos..., deberán contener lo siguiente:

I. Usos que se pretendan dar al terreno.

II. Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la delimitación de la porción en que se pretenda realizar el cambio de uso de suelo en los terrenos forestales a través de planos georeferenciados.

III. Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológica forestal en donde se ubica el predio.

IV. Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté destinado, clima, tipos de suelo, pendiente media, relieve, hidrografía y tipos de vegetación y de fauna.

V. Estimación del volumen por especie de las materias primas forestales derivadas del cambio de uso de suelo.

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VII. Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles.

VIII. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestres, aplicables durante las distintas etapas de desarrollo del cambio de uso de suelo.

IX. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso de suelo propuesto.

X. Justificación técnica, económica y social que motive la autorización excepcional del cambio de uso de suelo.

XI. Datos de inscripción en el registro de la persona que haya formulado el estudio y en su caso, del responsable de dirigir la ejecución.

XII. Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento ecológico del territorio en sus diferentes categorías.

XIII. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta al cambio de uso de suelo.

XIV. Estimación del costo de las actividades de restauración por motivo del cambio de uso de suelo.

XV. En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones aplicables.

e) Ley Ambiental del Estado de Nuevo León (publicada en el Periódico Oficial del Estado No. 84 de fecha 15 de Julio de 2005 – Decreto Núm. 252)

Con el objeto de propiciar la conservación y restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente y el desarrollo sustentable del Estado, y establecer las bases para propiciar el derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para el desarrollo, salud y bienestar de la población; y evaluar el impacto ambiental de las obras o actividades que no sean competencia de la Federación, entre otros.

………..

CAPÍTULO II. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y COORDINACIÓN DE AUTORIDADES

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Artículo 5.- El Estado y los Municipios ejercerán sus atribuciones en materia de preservación, restauración y conservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, de conformidad con la distribución de competencias previstas en la Ley General, en ésta Ley y en otros ordenamientos aplicables. Los Municipios, en el ámbito de su competencia, podrán aplicar de manera supletoria lo dispuesto en esta Ley, a falta de reglamentación municipal específica en la materia.

Artículo 6.- En la entidad son autoridades en materia ambiental: I. El Estado a través de:

a. El Titular del Ejecutivo del Estado; y b. La Agencia.

II. Los Municipios a través de: a. Los Ayuntamientos; b. El Presidente Municipal; y

c. Las dependencias o unidades administrativas que al efecto designen, en los términos de la reglamentación aplicable al ámbito municipal.

III. ………..

CAPÍTULO IV. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DEL ESTADO SECCIÓN V. REGULACIÓN AMBIENTAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DEL DESARROLLO URBANO

Artículo 34.- La planeación del desarrollo urbano, de los asentamientos humanos y los programas de ordenamiento territorial, deberán ser acordes con la política ambiental, además de cumplir con lo dispuesto en los ordenamientos aplicables, tomando en consideración los siguientes criterios:

I. Los planes en materia de desarrollo urbano, asentamientos humanos y ordenamiento territorial, deberán tomar en cuenta los lineamientos y estrategias contenidas en los planes de ordenamiento ecológico regional y local;

II. En la determinación de los usos del suelo, se buscará lograr una diversidad y eficiencia de los mismos y se evitará el desarrollo de esquemas segregados o unifuncionales, así como las tendencias al crecimiento

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III. En la determinación de las áreas para el crecimiento de los centros de población, se fomentará la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representen riesgos o daños a la salud de la población o al ambiente y se evitará que se afecten áreas con alto valor ambiental; IV. ...

V. Se establecerán y manejarán en forma prioritaria las áreas de preservación ecológica en torno a los asentamientos humanos;

VI. ...

VII. El aprovechamiento del agua para usos urbanos, deberá de llevarse a cabo en forma sustentable considerando la afectación a la calidad del recurso y la cantidad que se utilice, previendo el uso de agua tratada en el riego de área verde y en los procesos industriales, comerciales y de servicio que lo permitan.

Para el cumplimiento de estos criterios deberá asegurarse la eficiente coordinación entre las diferentes dependencias que tengan competencia.

Artículo 35.- La regulación ambiental de los asentamientos humanos deberá comprender el conjunto de normas, disposiciones y medidas de desarrollo urbano y vivienda que determinen llevar a cabo el Estado y los Municipios, con objeto de mantener, mejorar y restaurar el equilibrio de los propios asentamientos humanos con la naturaleza, a fin de propiciar una mejor calidad de vida de la población. Artículo 36.- Los principios de regulación ambiental de los asentamientos humanos en la entidad serán considerados en:

I. La formulación y aplicación de la política estatal y municipal de desarrollo urbano y vivienda;

II. La formulación de planes y programas de desarrollo urbano y vivienda estatal y municipal; El establecimiento de normas de diseño ecoeficientes, tecnología de construcción, uso y aprovechamiento de vivienda y, en general, las de desarrollo urbano estatal;

III. El señalamiento de la proporción que debe existir entre áreas verdes y edificaciones;

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IV. La integración de áreas verdes a inmuebles de alto valor histórico y cultural y a zonas de convivencia social;

V. La delimitación de zonas habitacionales, industriales, turísticas, agrícolas o ganaderas y otras;

VI. La regulación ambiental de los fraccionamientos, la vialidad y el transporte urbano locales; y

VII. La creación de áreas verdes mediante la delimitación del crecimiento urbano.

SECCIÓN VI. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

Artículo 37.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Agencia, establecerá las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en los ordenamientos aplicables para proteger al ambiente, preservar y restaurar a los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.

Para ello, en los casos que determine el Reglamento de esta Ley, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las obras o actividades señaladas en este artículo, solicitarán a la Agencia, previamente al inicio de la obra o actividad, la autorización en materia de impacto ambiental.

Corresponde a la Agencia, evaluar el impacto ambiental de las siguientes obras y actividades:

I a XI…..

XII. Conjuntos habitacionales, fraccionamientos y nuevos centros de población. En términos generales, de acuerdo a lo establecido en los criterios normativos analizados se concluye que el establecimiento del Proyecto “Fraccionamiento Habitacional Santa Isabel, ubicado en el municipio de Monterrey, N. L.” es congruente con la regulación federal en materia de cambio de uso de suelo, acorde a los diferentes instrumentos jurídicos y de planeación examinados. Como fue citado anteriormente, además de la presentación de esta MIA-P.

(20)

b) Al plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico en el cual queda incluida la obra o actividad.

A nivel nacional se cuenta con una serie de criterios de ordenamiento ecológico, mismos que no existen a nivel municipal ni para el estado de Nuevo León, los cuales abarcan temas que van desde el control de la contaminación sobre los recursos naturales (agua, aire y suelo), hasta la reglamentación de ciertas actividades sectoriales. De los que se encuentran disponibles para su consulta, ninguno incide directamente sobre el predio donde se pretende desarrollar el proyecto urbanístico; sin embargo, por la naturaleza de su contenido se recomienda aplicar los siguientes criterios durante las diferentes fases de implementación, teniendo como propósito lograr el aprovechamiento racional y sostenido de los recursos naturales, así como aminorar los impactos adversos sobre el ambiente.

En materia de aire:

• Prohibir la descarga o emisión de contaminantes que alteren la atmósfera o que provoquen degradación en perjuicio del ecosistema.

• Prohibir la emisión de contaminantes por energía térmica y ruido en contravención de las disposiciones legales relativas.

• Tomar medidas técnicas preventivas para evitar efectos nocivos en la salud de la población.

En materia de suelo:

• Prohibir la descarga, depósito o infiltración de contaminantes en los suelos sin el cumplimiento de las normas reglamentarias y los lineamientos técnicos correspondientes.

• Todos los contaminantes que se depositen o se infiltren en el suelo deberán contar con un tratamiento previo a efecto de reunir las condiciones necesarias para evitar o prevenir su contaminación, alteraciones nocivas en el proceso biológico y alteraciones en el aprovechamiento, uso y explotación.

(21)

En materia forestal (considerando toda cubierta vegetal constituida por árboles,

arbustos y vegetación espontánea que tenga influencia directa contra la erosión normal en el régimen hidrográfico, sobre las condiciones climatológicas y que pueda además desempeñar funciones de producción y de recreo. Se excluyen los terrenos con fines agrícola, hortícola o ganadero):

• Prohibir el uso del fuego en forma que pueda propagarse en los terrenos forestales y sus colindancias.

• Se determinará la vegetación que deba respetarse para constituir barreras rompevientos, proteger los cauces hidráulicos y procurar la conservación del suelo y agua.

• Observar las recomendaciones emanadas de la aplicación del procedimiento de impacto ambiental, con objeto de mitigar los efectos negativos al medio ambiente.

• Evitar desmontes totales en todos los casos, permitiendo la permanencia de vegetación arbórea, arbustiva o herbácea en las áreas rurales para evitar deslaves y azolvamiento de cuerpos de agua, como resultado de la denudación del suelo expuesto a la acción del viento y del agua.

• Utilizar la vegetación natural y fijadores de suelo en áreas afectadas por los movimientos de tierra.

• Disponer adecuadamente los desechos resultantes de movimientos de tierra, de la remoción de la cubierta vegetal y de materiales de construcción excedentes.

• Seleccionar las áreas de depósito que permitan la incorporación de dichos materiales al suelo sin efectos colaterales adversos al medio ambiente, o bien utilizar los materiales para la restauración de los bancos explotados.

Planes y Programas de Desarrollo Urbano Estatales y Municipales o en su caso, del Centro de Población

a) Plan Estatal de Desarrollo, Nuevo León, 2004-2009

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caminos, transporte, tenencia de la tierra y el desarrollo regional, buscando mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural entre otros aspectos, mediante:

• La vinculación del desarrollo urbano con la concertación social de la población; • La adecuada interrelación socioeconómica de los centros de población, el

desarrollo urbano sustentable de Estado;

• El impulso del desarrollo de los centros de población estratégicos; • La concertación de las zonas metropolitanas;

• La concertación y concertación de la inversión pública y privada.

En la sección “Por un desarrollo ordenado y sustentable”, el Plan establece como uno de sus objetivos estratégicos la promoción de una nueva cultura para la protección del ambiente y los recursos naturales en el ámbito estatal, mediante 10 grandes estrategias que abordan los temas prioritarios de la agenda ambiental: nuevo marco jurídico y administrativo, mejora en la gestión ambiental, manejo integral del agua, educación e información ambiental, manejo integral de los residuos y fomento del reciclaje, aprovechamiento y desarrollo sustentable de los recursos forestales y la vida silvestre, gestión para el desarrollo tecnológico sustentable, fomento a la participación ciudadana, aprovechamiento del patrimonio ecológico de la entidad y ordenamiento ecológico regional y local. El Plan Estatal de Desarrollo recoge la legítima inquietud de la sociedad por contar con un entorno habitable y armonioso, propio al desarrollo de las actividades de quienes la integran. De ahí se señala la necesidad de afrontar los retos y problemas que entrañan los centros urbanos como necesarios generadores de contaminación bajo una forma planificada y coherente con una visión de conjunto, con el propósito de lograr un desarrollo ordenado y sustentable.

(23)

b) Plan Parcial de Desarrollo de la Delegación del Huajuco.

De acuerdo a la Planta de ubicación presentada en el Anexo Cartografico, según el Plan el área de estudio presenta un uso de suelo habitacional unifamiliar; siendo factible para desarrollar las funciones solicitadas con el proyecto.

Programas de recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración ecológica

No se cuenta con este tipo de programas en el área de estudio.

III. LA SIGUIENTE INFORMACION:

a) La descripción general de la obra o actividad proyectada

El propósito de la presentación de este Estudio es someter a consideración de la Autoridad Federal la correspondiente solicitud de cambio de uso del suelo en terrenos con aptitud forestal para una superficie de de 226,669.01 m2 (metros

cuadrados), en un predio de forma irregular conformado por tres polígonos, ubicados en el municipio de Monterrey N. L. (Ver Plano Topográfico anexo).

La totalidad de la obra, sin contemplar la posterior edificación de vivienda, se desarrollará en un período de 48 meses de acuerdo a los lineamientos que marque la autoridad municipal; siendo las principales actividades a realizar las siguientes:

• Desmonte y despalme de la capa superficial del suelo.

• Trazo de vialidades con secciones tipo de 50m (metros), 35m, 24m, 15m y 12m.

• Excavación e instalación de las redes de drenaje sanitario y agua potable. • Construcción de la red de energía eléctrica.

• Habilitación de áreas verdes municipales. • Futura edificación de viviendas.

(24)

No se consideraron sitios alternativos para desarrollar el proyecto; siendo el criterio económico primordial para determinar su ubicación. Además, resultó de suma importancia la disponibilidad de servicios y mano de obra capacitada en la zona, ya que al ser parte integrante del AMM esta consideración representa uno de los mayores pesos específicos en la planeación administrativa del Fraccionamiento Habitacional propuesto. Desde el punto de vista operacional, el desarrollo de las actividades en el sitio no requiere de la aplicación de tecnologías sofisticadas para su implementación, por lo que este aspecto fue también de gran consideración en los criterios de selección.

Ubicación física del proyecto y planos de localización

El terreno colinda en parte con zonas urbanizadas y vialidades existentes, distribuyéndose en el resto de los limitantes espacios de matorral sin afectación evidente. A continuación se muestra la Planta de ubicación de la zona del proyecto, para mejor referencia se anexa copia del Proyecto Urbanístico, Escala Gráfica 1:1,000; mismo que detallan la poligonal y dimensiones de los lotes a desarrollar con la correspondiente superficie a impactar.

(25)

Figura 3. Esquema urbanístico del Desarrollo propuesto. Inversión requerida

El capital total aproximado para la ejecución del proyecto es de $85´000,000.00 (Ciento veinte millones de pesos 00/100 M. N.), conllevando a la ejecución de los siguientes rubros:

a) Anteproyecto: 1.2% ($102,000.00). - Elaboración del Proyecto ejecutivo.

- Elaboración de estudios y tramitación de autorizaciones (pago de derechos y servicios técnicos).

b) Urbanización: 97.00% ($824,500.00) con una superficie vendible de 264,813.23

(26)

c) Medidas de prevención y mitigación: 0.80% ($ 680,000.00). - Recolección y disposición de residuos.

- Programa de Reforestación con especies nativas.

Dimensiones del proyecto

La Tabla 3 especifica la superficie total desglosada para el establecimiento del Fraccionamiento Habitacional y la cuantificación que se hace a la Autoridad como solicitud para el cambio de uso de suelo en el área vendible (Tabla 4), además de contabilizar la superficie que cubrirán las vialidades en el terreno y los derechos; presentando posteriormente en la Tabla 5 la clasificación de superficies requerida en la Guía para la presentación de este Estudio.

Tabla 3. Superficie total requerida para el establecimiento del Fraccionamiento habitacional. Descripción de obra Superficie (m2) Porcentaje (%)

Superficie a desarrollar 264,813.23 N/A

Área vial 72,671.80 27.44

Área urbanizable 128,544.27 48.54

Área municipal 34,306.61 12.96

Derechos de Paso 9,401.83 3.55

Área Neta a Desarrollar 244,924.51 92.49

Numero de Lotes 284 N/A

Tabla 4. Superficie total requerida para el C.U.S.

Descripción de obra Superficie (m2) Porcentaje (%)

Superficie a desarrollar 264,813.23 N/A

(27)

Tabla 5. Zonificación de las superficies del predio.

Zonas Clasificaciones Superficie (ha) %

Zonas de conservación y aprovechamiento

restringido

Áreas Naturales Protegidas 0 0

Superficie arriba de 3,000 msnm 0 0

Superficie con vegetación de manglar o bosque mesófilo

de montaña 0 0

Superficie con vegetación en galería 0 0

Zona de producción

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal

de productividad maderable alta 0 0

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal

de productividad maderable media 0 0

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal

de productividad maderable baja 22.666 85.59 Terrenos con vegetación forestal de zonas áridas 0 0

Terrenos adecuados para realizar re forestaciones 0 0

Zonas de restauración

Terrenos con degradación alta 0 0

Terrenos con degradación media 0 0

Terrenos con degradación baja 0 0

Terrenos degradados que ya estén sometidos a

tratamientos de recuperación y regeneración 0 0

Uso actual del suelo.

Según el INEGI, en las Cartas de Uso de Suelo “Monterrey G14C26” y “Monterrey G14-7”, Escala 1:50,000 y Escala 1:250,000 respectivamente, el tipo de vegetación dominante en el predio es matorral submontano (Mb), información que se constató durante los monitoreos de reconocimiento (Foto 2). Los matorrales son vegetación arbustiva que generalmente presentan ramificaciones desde la base del tallo, cerca de la superficie del suelo y con una altura variable, pero casi siempre inferior a los cuatro metros; distribuyéndose principalmente en las zonas áridas y semiáridas del país (INEGI, 1981).

El área de estudio no se localiza en zonas de condición especial o de atención prioritaria, motivo por el cual no se señalan áreas de reproducción ni conservación de especies en alguna categoría de protección de acuerdo con la normatividad vigente; de la misma manera que no se indican áreas de restauración del hábitat,

(28)

zonas de aprovechamiento restringido o de veda forestal y de fauna. En resumen, el área propuesta no se encuentra muy distante de desarrollos habitacionales totalmente construidos; motivo por el cual se señala que se distribuyen en la zona extensas superficies con gran presión antropogénica, por la emergencia de nuevos proyectos urbanísticos; aún y cuando en la mayor proporción de las colindancias del predio se presentan condiciones de vegetación moderadamente perturbadas. Con respecto al uso común o regular del suelo, para el predio se clasifica como forestal sin uso evidente.

Foto 2. Registro de datos durante los muestreos de campo.

A continuación se presenta el programa de trabajo desglosado, solicitando en la autorización requerida a la Secretaría solicita una vigencia en la autorización de 48 meses (sin incluir la edificación de vivienda unifamiliar), previendo que algún eventual contratiempo no dificulte la ejecución de los trabajos técnicos por eventos climáticos.

(29)

Tabla 6 Programa tetramestral de trabajo para los cuatro años de actividad.

Etapa Obras y actividades Duración (Tetramestres)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Preparación del sitio

Desmonte y despalme del terreno Trazo de vialidades

Picado de productos resultantes y extracción de residuos aprovechables

Cortes y terraplenes

Excavaciones

Construcción

Construcción de caseta de ventas y bodega

Compactación y pavimentación de vialidades

Cordones y banquetas

Electrificación

Redes de agua potable y drenaje sanitario

Señalización

Habilitación de áreas municipales Equipamiento y mobiliario urbano Constitución de lotes (la edificación de

vivienda será a futuro) Limpieza del sitio Operación y

mantenimiento

Venta de lotes

Mantenimiento y vigilancia

La Tabla 7 señala las obras principales y asociadas por etapa de desarrollo aplicables al proyecto; no siendo necesario el establecimiento de servicios de apoyo por ubicarse el sitio como parte integrante de la Zona conurbada.

(30)

Tabla 7. Obras y actividades a realizar por etapa del proyecto. Planeación Elaboración de proyectos de ingeniería.

Estudios técnicos y gestión de autorizaciones.

Etapa de preparación del sitio Desmonte y despalme del terreno.

Trazo de vialidades.

Picado de productos resultantes y extracción de residuos aprovechables. Cortes, terraplenes y excavaciones.

Etapa de construcción Construcción de caseta de ventas y bodega.

Compactación y pavimentación de vialidades. Construcción de cordones y banquetas.

Tendido de la red de agua potable, drenaje sanitario y electrificación, Señalización.

Establecimiento y habilitación de áreas municipales; equipamiento y mobiliario urbano. Constitución de lotes habitacionales.

Limpieza del sitio.

Etapa de operación y mantenimiento Venta de lotes

Mantenimiento y vigilancia.

Etapa de abandono del sitio ---

PREPARACIÓN DEL SITIO.

Se pretende iniciar con la aplicación de los procedimientos de protección de las especies de vida silvestre que llegaran a registrarse previo al proceso de desmonte, independientemente de sus regímenes de protección. La cubierta será eliminada de manera sistemática y permanente utilizando maquinaria pesada, lo cual significa que dicha acción se realizará de manera paulatina con la finalidad de que la apertura del terreno permita el desplazamiento de las especies de fauna; despalmando el terreno hasta eliminar la capa vegetal que contenga la materia orgánica. El proyecto contempla las siguientes fases durante la etapa de preparación del sitio:

(31)

Desmonte y despalme del suelo.- Esta actividad antecede a todas las de operaciones de cortes y terracería, consistente en la eliminación y disposición de la vegetación, así como de la capa superficial del suelo que requiera ser removida conforme a las especificaciones del proyecto para:

- Áreas viales y nivelaciones para vivienda: Proceso de desmonte completo, eliminando toda la vegetación además de efectuar el despalme, que consiste en la remoción de la capa orgánica del suelo.

Trazo de Vialidades.- Delimitación de las vialidades en el terreno y marcaje de los niveles por parte de la brigada topográfica.

Cortes y terraplenes.- Operaciones de terracería para la nivelación de vialidades y terraplenes contemplados en el proyecto, incluyendo principalmente las siguientes actividades:

- Cortes: Excavaciones ejecutadas a cielo abierto en el terreno natural para nivelación de vialidades, despalmes de la capa orgánica del suelo y conformación de escalones y terraplenes.

- Rellenos: Los materiales provenientes de los cortes serán empleados para el relleno de zonas que así lo requieran o para la formación de terraplenes conforme a los requerimientos del proyecto.

- Préstamos: Excavaciones ejecutadas en los lugares específicos fijados en el proyecto, a fin de obtener materiales para la formación de vialidades y terraplenes no compensados por los cortes; en caso de que no existan volúmenes aprovechables estos serán ofertados de algún banco autorizado.

(32)

contempla únicamente trabajar con materiales usados exclusivamente para la construcción; además de que no se contempla el uso de explosivos.

™ Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto.

Para el desarrollo del proyecto no se prevé la apertura de nuevos caminos de acceso, dado que se pueden utilizar las vías existentes en la zona. No se contempla el establecimiento de talleres, patios de servicio ni obras de abastecimiento de combustible, ya que no se realizarán en el sitio actividades de mantenimiento o reparación de equipos, maquinaria ni tratamiento de ningún tipo de desechos.

• ETAPA DE CONSTRUCCIÓN.

La ejecución del proyecto contempla las siguientes fases en el proceso de construcción del Fraccionamiento Habitacional:

Excavaciones.- El proyecto considera realizar excavaciones para diversas obras, siendo las principales:

- Drenaje pluvial: Este habrá de diseñarse en base a la configuración natural del terreno y al arreglo planimétrico y altimétrico de las calles, procurando utilizar al máximo las cunetas de las vialidades para encauzar el caudal de las lluvias, y mediante una adecuada red de drenaje para conducir los escurrimientos pluviales hasta los colectores municipales.

- Drenaje sanitario: Excavaciones requeridas para la instalación de la red de tuberías y colectores de drenaje sanitario, en estricto apego a las especificaciones que dicten las autoridades locales.

- Agua potable: Actividades de excavación para la instalación de la red de agua potable.

(33)

Compactación y pavimentación de vialidades.-. Las obras viales y de conexión se realizarán con estricto apego a la normatividad estatal y municipal vigentes, considerando como actividades principales:

- Terracería y compactación: Nivelación final de terracerías con el material adecuado y compactación mínima al 95% con respecto a las normas Proctor, con el fin de evitar que las cargas provoquen deformaciones permanentes a la vialidad. - Sub-base: Colocación de material constituido principalmente por triturados pétreos y compactación del mismo a una humedad óptima de hasta 95 grados Proctor como mínimo. El espesor de la sub-base deberá cumplir con las especificaciones de diseño para cada caso en lo particular.

- Base: Colocación del material y compactación a las mismas especificaciones que la sub-base e impregnación con asfalto rebajado de fraguado medio para estabilizarla y proporcionar una transición entre esta y la carpeta asfáltica.

- Carpeta asfáltica: Colocación y compactación con la granulometría especificada, a fin de que no varíe la cantidad de asfalto que se haya determinado como óptima.

Construcción de cordones y banquetas.- Conforme a lo especificado en el proyecto urbanístico que observen las autoridades locales.

Electrificación y alumbrado público.- Instalación de postes, cables, mangueras y arbotantes, conforme a las normas y lineamientos de proyectos de construcción que especificar la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Señalización.- Instalación de señalamientos conforme a la normatividad local vigente y la nomenclatura que apruebe el municipio de Monterrey.

(34)

Áreas municipales.- Delimitación, reforestación y equipamiento de parques, camellones, rotondas y áreas deportivas.

Equipamiento y mobiliario urbano.- Establecimiento de instalaciones deportivas y/o construcción de mobiliario urbano (bancas, jardineras, fuentes, basureros, etc.).

Para la ejecución constructiva del proyecto se utilizará el siguiente equipo: • Retroexcavadoras.

• Motoconformadoras. • Bulldozers.

• Cargadoras frontales. • Vibrocompactadoras.

• Pipas para el abastecimiento de asfalto.

• Pipas para el abastecimiento de agua no potable. • Revolvedoras de concreto.

• Camiones de carga de materiales. • Herramientas manuales.

Para la preparación de las nivelaciones, se utilizarán al máximo los materiales provenientes de los cortes, minimizando así los materiales de préstamo de los bancos de explotación. Para la obra civil se utilizarán materiales adecuados al tipo de construcciones que prevé el proyecto, tales como triturados pétreos, asfalto, concreto premezclado, varilla, block, lámina, estructuras metálicas, vidrio, aluminio, material aislante, material eléctrico y de plomería, tierra orgánica y especies vegetales para jardinería y reforestación. Se considera que durante la ejecución del proyecto se requerirá de 60 a 90 personas, variando la cantidad de personal empleado en concordancia con la etapa constructiva y la velocidad de ejecución de las obras.

El consumo de energía eléctrica es muy variable durante la ejecución de proyectos urbanísticos, por lo que en caso de requerirse en las primeras etapas, se utilizarán

(35)

plantas de energía a base de gasolina o diesel; mismos combustibles requeridos durante esta fase para la operación de maquinaria y equipos de construcción. Su abastecimiento se llevará a cabo en los centros de distribución (gasolineras) de Petróleos Mexicanos (franquicias PEMEX) en la zona; previendo almacenar fuera de los límites del área de afectación cantidades mínimas como previsión para posibles casos de desabasto, las cuales serán almacenados en tambos cerrados cumpliendo con los criterios de seguridad. En relación a los requerimientos de agua, se tiene considerado utilizar agua no potable transportada en camiones-cisterna (pipas).

Una vez finalizada la etapa constructiva, se procederá a la limpieza del área siguiendo el criterio de re-utilización de los materiales utilizados. Para aquellos que no reúnan esa condición, se adoptarán los criterios establecidos por la autoridad correspondiente en materia de disposición final para residuos de manejo especial. • ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO.

Esta fase contempla como actividades la venta de los lotes y posterior edificación de las viviendas unifamiliares, así como el mantenimiento de la infraestructura del Fraccionamiento; no pretendiendo ofrecer servicios adicionales que tengan relación directa con la emisión y control de residuos líquidos, sólidos o gaseosos; ni reparaciones a sistemas, equipos, etc. En referencia a los requerimientos de energía eléctrica, estos serán definidos en la fase final siendo cubiertos por la oferta promocionada por la CFE en la zona metropolitana. Con relación a las necesidades de gas para consumo doméstico, estas serán satisfechas mediante la conexión a la red de gas natural concesionada a compañías privadas en el Municipio; de la misma manera que los requerimientos de agua potable se abastecerán por conexión a la red local que opera Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey.

(36)

• Descripción de obras asociadas al proyecto

No se contempla la realización de obras asociadas, a excepción del establecimiento de la caseta de vigilancia y bodega.

• Etapa de abandono del sitio

La expectativa de la vida útil de proyectos habitacionales es de plazo permanente, por lo que no se define un horizonte de tiempo que sea representativo del presente proyecto. Se considera que debido a este carácter, no aplica el desarrollo de un Programa de Restitución del sitio.

b) La identificación de las sustancias o productos que vayan a emplearse y que puedan impactar el medio ambiente, así como sus características físicas y químicas.

En la ejecución de las obras de preparación del sitio no se requiere la utilización de explosivos ni sustancias corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas, debido a que se contempla trabajar exclusivamente con materiales para construcción. Los combustibles requeridos durante la segunda fase consistirán principalmente en diesel y gasolina para la operación de maquinaria, considerando su abastecimiento de los centros de distribución ubicados en el AMM (franquicias de Petróleos Mexicanos –PEMEX-). En relación a los requerimientos de agua para la nivelación y compactación del terreno, se ha considerado utilizar agua no potable transportada en camiones cisterna.

c) La identificación y estimación de las emisiones, descargas y residuos cuya generación se prevea, así como las medidas de control que se pretendan llevar a cabo.

Se contempla generar diferentes tipos de residuos durante la ejecución del proyecto, los cuales en su mayor porcentaje pertenecerán al grupo de los no peligrosos, previendo que estos sean susceptibles de control al dedicar esfuerzos encaminados a su reducción.

(37)

ƒ Etapa de preparación del sitio

Durante esta fase se generan residuos domésticos y orgánicos. La fuente emisora de los primeros serán los trabajadores y los últimos se constituirán por los productos resultantes de las prácticas de desmonte y despalme en las áreas de construcción de vialidades y lotificación, principalmente. En la estancia de los trabajadores en el sitio se generarán residuos no contaminantes, que serán depositados en contenedores que serán distribuidos en los diversos frentes de trabajo, los cuales serán recolectados y dispuestos por el servicio de limpia municipal. Los residuos orgánicos estarán conformados por la biomasa generada durante la remoción de la cubierta vegetal, mismos que no requieren de infraestructura para su disposición al contemplar su dispersión en las áreas municipales en forma de materia orgánica o conforme lo disponga la autoridad ambiental.

En esta etapa, la fuente de generación de emisiones a la atmósfera será la maquinaria que laborará en el derribo del componente arbustivo, así como de los camiones cisterna y de carga que transiten por el área. Las emisiones consistirán en ruido, polvos y productos resultantes de la combustión; dándose su generación de forma temporal y de manera eventual. Se considera que dichas emisiones no serán significativas por su duración e intensidad. Las medidas de control a implementar estarán en función de la correcta operación mecánica de los equipos. ƒ Etapa de Construcción

Caracterizada por la generación de residuos de construcción y del tipo doméstico, se cuentan como principales fuentes la implementación de la infraestructura de servicios, la futura construcción de viviendas y los emitidos por los trabajadores contratados. Dichos residuos serán almacenados temporalmente de la misma manera que en la fase inicial y extraídos del área mediante el uso de camiones de carga para su trasladado a sitios autorizados.

(38)

ƒ Etapa de Operación y mantenimiento

La constitución del Fraccionamiento generará únicamente residuos domiciliarios sin factibilidad de reciclaje “in situ”; sin embargo, se recomienda la implementación de programas de concientización para la separación de basura por tipo de residuo (orgánico, papel, metal y plástico), efectuándose posteriormente su disposición mediante los servicios del Departamento de Limpia municipal.

Durante la fase de operación, las emisiones a la atmósfera provendrán exclusivamente de la generación de los vehículos automotores propiedad de los futuros habitantes, las cuales no se consideran de importancia significativa; de manera que no coadyuvarán relevantemente en la calidad del aire de la región. No se considera que existan descargas al subsuelo y se prevé que la operación y mantenimiento del Fraccionamiento Habitacional no genere ruidos molestos ni contaminantes en frecuencia o volumen (nivel de decibeles).

d) La descripción del ambiente y, en su caso, la identificación de otras fuentes de emisión de contaminantes existentes en el área de influencia del proyecto.

A continuación se ofrece una caracterización de los elementos bióticos y abióticos del sitio, describiendo y analizando de manera integral los componentes ambientales del ecosistema donde se pretende establecer el proyecto.

• Delimitación del área de estudio.

La delimitación (misma circunscripción de los límites del predio) se ha realizado con base a las dimensiones de la obra propuesta. En virtud de que no existe un Ordenamiento Ecológico decretado en el sitio, se justificará la delimitación con respecto a las dimensiones del proyecto inmobiliario, la distribución de obras a desarrollar, factores sociales, rasgos hidrográficos y tipos de vegetación presentes, entre otros, así como el uso de suelo permitido en la zona de acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano aplicable

(39)

El predio cuenta con una vía principal de acceso denominado Avenida Vía de las Retamas, el cual se acceso por la carretera federal núm. 85, colindando al este con Fraccionamientos establecidos, de acuerdo a los monitoreos realizados en campo. Conforme al Plan Parcial de Desarrollo Urbano municipal, el terreno se localiza en una zona apta para el desarrollo propuesto, motivo por el cual se proyecta este en el sitio. Es necesario mencionar que el área circundante cuenta actualmente con los servicios públicos requeridos, por lo que no se prevé que su disponibilidad sea uno de los factores que pudieran poner en riesgo el uso propuesto. En los mapas a anexos de ubicación se pueden observarse las características de ubicación, localidades próximas y vías de comunicación existentes en la zona.

El proyecto se ha planificado en un terreno con una superficie total de 26.481 has, requiriendo del cambio de uso de suelo en 22.666 ha. Dado lo anterior, el objetivo del presente apartado es caracterizar la superficie de matorral submontano, donde se planea efectuar el cambio de uso de suelo para la conformación del área vial y habitacional, monitoreando también la superficie urbanizable para la infraestructura primaria y la adecuación de áreas verdes municipales.

• Tipo de clima.

De acuerdo a la metodología de Wladimir Köppen modificada por Enriqueta García para la República Mexicana, el tipo de clima presente en la zona es el BS1hw,

Semiseco con Invierno fresco, con Lluvias de verano; del Grupo de Climas Secos (B) del Tipo de Climas Semiseco (BS1) y del Subtipo Semisecos Semicálidos con

un invierno fresco, lluvias de verano; presentando una temperatura media anual de 21.3°C y % de precipitación invernal entre 5 y 10.2.

En la Fig. 4 se presenta la ubicación fisiográfica de los tipos de climas que se distribuyen en Nuevo León.

(40)

(41)

• Temperatura promedio.

La zona presenta una temperatura media anual de 21.3° C. La temperatura media mensual más alta se registra en julio y oscila entre los 28 y 29° C, siendo la mínima en enero de los 14 a 15° C. Según la Carta Hidrológica de Aguas Superficiales, Escala 1:250,000 del INEGI (1981), el predio se ubica entre las isotermas medias anuales con valores de 20 y 22º C. (Fig. 5).

• Precipitación promedio.

Con base en la información recabada en el período 1941-1993, en la zona se presenta una precipitación promedio anual de 623.5 mm, la figura 6 ilustra los rangos de precipitación en la entidad y la tabla 8 nos muestra la precipitación promedio anual que se distribuye de la siguiente manera:

Tabla 8.- Precipitación promedio anual registrada en el área de estudio.

Mes Precipitación media (mm)

Enero 15.4 Febrero 19.8 Marzo 14.5 Abril 25.8 Mayo 38.9 Junio 76.2 Julio 57.9 Agosto 83.5 Septiembre 163.1 Octubre . 87.7 Noviembre 24.0 Diciembre 16.5 Promedio anual 623.5

(42)

Las precipitaciones durante los meses de mayo a octubre varían de 125 a 150 mm (milímetros) y para los meses de noviembre a abril de 800 a 900 mm, con un rango de 29 a 59 días de lluvias apreciables durante todo el año. La Fig. 7 nos muestra los patrones pluviales de la zona recabados de la estación meteorológica Monterrey durante los años 1886-1999. El análisis del diagrama ombrotérmico indica que casi toda el área tiene mayor influencia de las lluvias estacionales de verano, donde las precipitaciones originan fuertes chubascos de tipo convectivo y solo hacia el sur y suroeste las lluvias que se presentan son de tipo orográfico, siendo por lo tanto abundantes.

0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 55 60 65 70 EN E FEBMZOABRMY O JUN JULAGO SEPOC T NO V DIC

MESES

Tem

p

eratura

º

C

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 130 140 150

Preci

pi

taci

ón (

m

m

)

Temperatura Precipitación Precipitación promedio anual

585.3 mm

Figura 7. Diagrama ombrotérmico generado a partir de los datos de la estación climática del municipio de Monterrey.

(43)

(44)

(45)

• Fenómenos climatológicos.

Dentro de las diferentes contingencias de origen hidrometeorológico junto con las de origen químico son las que más daños generan, a la población nuevoleonesa, las de mayor importancia por su periodicidad son las inundaciones, las sequías y las bajas temperaturas y en menor escala las tormentas severas y granizadas. Cada año se presentan inundaciones en las diversas cuencas de nuestro Estado y en consecuencia causan graves pérdidas económicas, tanto en los sectores agropecuario y forestal, como en los industriales y de servicio y en general en todos los sectores, llegando en ocasiones a causar la pérdida de vidas humanas (http://www.nl.gob.mx). Por general, se presentan los siguientes fenómenos climatológicos:

Heladas. Son producidas por masas de aire polar con muy poco contenido de

humedad y el aire alcanza temperaturas inferiores a los cero grados centígrados. Cuando la temperatura es más baja, más intensa resulta; por ello cuando ocurren, dejan sentir secuelas de efectos negativos como, los daños particularmente importantes que provocan la pérdida total o parcial de las cosechas, y la muerte de personas de escasos recursos, como son los que viven en la intemperie o bajo techos desprotegidos. En las zonas urbanas, suelen provocar la rotura de tuberías de conducción de agua al congelarse ésta. Son muy esporádicas no tienen un patrón anual ni una frecuencia definida, existe la posibilidad de que ocurran en los meses de enero, febrero, noviembre y diciembre. No obstante, en octubre se presentan ocasionalmente heladas tempranas y en marzo heladas tardías.

La frecuencia en los climas semicálidos y cálidos de la Llanura Costera del Golfo Norte es de cero a 20 días al año, debido básicamente al régimen térmico elevado que solo permite la presencia de dichos fenómenos en los meses de diciembre y enero, distribuidos de manera irregular.

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definido. En las zonas con climas muy secos, secos y semisecos, este fenómeno es inapreciable. Generalmente se presenta entre los meses de mayo a septiembre.

Nevadas. Las nevadas ocurren por la influencia de las corrientes frías

provenientes del Norte del país; asimismo, ocurren cuando las condiciones de temperaturas y presión referidas a la latitud de un lugar y el cambio de humedad del ambiente, se conjugan para confrontar la precipitación de la nieve. Aun cuando la ocurrencia de estos fenómenos no es propia de nuestro país, suelen afectar con mayor intensidad a la porción noreste, ocasionando daños importantes a pequeñas poblaciones y principalmente a las vías de comunicación. Su distribución es muy irregular y no cuentan con un comportamiento definido, sin embargo, su ocurrencia es de cada tres o cuatro años aproximadamente.

Sequías. Se denomina sequía cuando el agua de lluvia no es suficiente para

satisfacer las necesidades de los ecosistemas y las que demanda la supervivencia humana y sus múltiples actividades relacionadas con el agua. Este es un fenómeno climatológico al que es muy vulnerable prácticamente todo Nuevo León, siendo una de las entidades federativas que sufrieron el mayor número de sequías anuales durante 1979-1988, ocho años de ocurrencia en el periodo.

Nortes. Durante el invierno el aire polar fluye hacia los centros de baja presión que

se forman sobre los mares, que al pasar sobre las aguas del Golfo de México recoge humedad y se calienta, llegando a las costas mexicanas como aire polar modificado, pero aun conservando una temperatura menor que la del aire que priva en esos lugares. De esta forma, produce un descenso en la temperatura y lluvias sobre las montañas de la parte oriental de la República Mexicana. A los vientos generados por este aire polar se le conocen como “Nortes” y estos son muy comunes en los meses invernales.

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Huracanes. Los ciclones tropicales son un remolino gigantesco que cubre cientos

de miles de kilómetros cuadrados y tiene lugar, primordialmente, sobre los espacios oceánicos tropicales. Cuando las condiciones oceánicas y atmosféricas propician que se genere un ciclón tropical, la evolución y desarrollo de éste, puede llegar a convertirlo en huracán. El Atlas Nacional de Riesgos establece, tanto al centro como al norte del Estado, como una zona afectable por perturbaciones ciclónicas tropicales a lo largo del año; la frecuencia de huracanes corresponde a uno cada tres años en promedio, en los últimos 100 años.

En la Fig. 8 se observan los huracanes y las tormentas tropicales que han penetrado en el Estado históricamente, de acuerdo al Plan de contingencias de fenómenos hidrometeorológicos para la temporada de lluvias 2008, desarrollado por el Gobierno del estado de Nuevo León.

Con base a lo anterior y a la utilización de las estadísticas y el análisis del comportamiento, evolución y trayectorias tomadas por los diversos ciclones tropicales que han ocurrido con anterioridad, se puede pronosticar con un alto grado de confiabilidad las posibles zonas de afectación de estos fenómenos para el Estado de Nuevo León, tal y como se muestra en la Fig. 9.

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Figura 8. Huracanes y tormentas tropicales que más han afectado a Nuevo León, de acuerdo a registros históricos.

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Figura 9. Zonas pronosticadas con una mayor afectación por el embate de ciclones tropicales para el estado de Nuevo León (http://www.nl.gob.mx)

Inundaciones. Es el producto de flujo de una corriente que sobrepasa las

condiciones normales alcanzando niveles extremos que no pueden ser contenidas por los cauces, dando origen a la invasión de agua en las zonas urbanas, tierras productivas y en general, en valles y sitios bajos; las inundaciones no son exclusivamente hidrológicas, ya que el fenómeno involucra la geomorfología del lugar, la infraestructura y la administración de los mismos recursos hidráulicos; por otro lado, la capacidad del cauce depende de factores geológicos y topográficos del área en cuestión.

La magnitud de la inundación, dependen de la intensidad de la lluvia, su distribución en el tiempo y espacio, en el tamaño de la cuenca, características del drenaje, la infraestructura hidráulica y el volumen de escurrimiento que se genere; todo ello, dará origen a inundaciones de corta o larga duración. En la Figura siguiente, se muestran las zonas de inundaciones frecuentes en el estado de

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Nuevo León. Es importante manifestar que para el sitio del proyecto se realizo un estudio hidrológico el cual muestra los siguientes resultados.

De acuerdo a los resultados del Estudio hidrológico realizado en el predio en donde se pretende el establecimiento del Fraccionamiento Habitacional Santa Isabel, se obtuvieron las siguientes conclusiones y recomendaciones.

Considerar los escurrimientos pluviales identificados que tienen incidencia en el predio en estudio y tomarlos en cuenta en la elaboración del proyecto urbanístico, con la finalidad de establecer las condiciones necesarias para la elaboración del proyecto de drenaje pluvial para el futuro desarrollo, por lo que se recomienda:

- La principal recomendación para la posible conducción es evitar en la medida de lo posible la modificación de la trayectoria natural de los escurrimientos pluviales, generando en el proyecto urbanístico los espacios necesarios para el paso del agua pluvial.

- Para la adecuada y eficiente transición del agua del posible sistema pluvial para el predio hacia los cauces naturales existente, se recomienda la instalación de estructuras de salida tipo abanico; permitiendo de esta forma que prevalezcan las condiciones de flujo pluvial aguas abajo.

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• Geomorfología general

El área de estudio se localiza en la región noreste de México dentro de la Provincia Geológica de la SMO, la cual limita al sur con el Cinturón Volcánico Mexicano, al norte con la Región del Big-Bend en los Estados Unidos de América, al este con la Plataforma Burro Picachos y la Cuenca Tampico-Misantla y al oeste con el Altiplano Mexicano (INEGI, 1986; López-Ramos, 1982).

La SMO consiste en una cadena montañosa de origen estructural, formada por una serie de plegamientos alargados orientados nornordeste-sursureste en su mayoría y tiene una longitud de alrededor de 600 Km con una anchura promedio de 80 Km. Sus principales estructuras están constituidas por pliegues anticlinales y sinclinales, afectadas por grandes fallas de tipo normal y numerosas fallas inversas (INEGI, 1986).

En el área, de acuerdo a la Carta Geológica Escala 1:50,000 del INEGI “Garza García” G14C25, se encuentran rocas sedimentarias de tipo Aluvión (Al) y lutitas (lu) (INEGI, 1977). Los tipos de suelos, su origen y el período de su formación en el Estado se enlistan en la tabla 9 y observan en la Fig. 10.

Tabla 9. Caracterización litológica del estado de Nuevo León.

Era Período Roca o suelo % de la superficie estatal

Cenozoico

Cuaternario Suelo 26.27

Terciario Ígnea intrusiva 0.46

Sedimentaria 24.95

Mesozoico Cretácico Sedimentaria 45.76

Jurásico Sedimentaria 2.49

Precámbrico Precámbrico Metamórfica 0.07

Referencias

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