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CONTRATO ADMINISTRATIVO de Obra No. DIECISEIS GUION DOS MIL DOCE ( ).

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CONTRATO ADMINISTRATIVO de Obra No. DIECISEIS GUION DOS

MIL DOCE (16-2012).

En la población de Jerez, del departamento de Jutiapa, el día veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil doce. NOSOTROS, por una parte el señor CARLOS EFRAIN MELGAR TORRES, de cincuenta y Siete (57) años de edad, casado, guatemalteco, oficinista, originario, vecino y residente en la cabecera del municipio Jerez, del departamento de Jutiapa con cédula de vecindad número de orden u guión veintidós (U-22) y Registro dos mil doscientos treinta y ocho (2,238), extendida en la municipalidad de Jerez, actúo en carácter de alcalde en funciones y en representación de la municipalidad del municipio de Jerez departamento de Jutiapa calidad que acredito con certificación de acta de toma de posesión número cero tres guión dos mil doce (03-2012) de fecha quince de enero del dos mil doce (15-01-(03-2012) de la Municipalidad de Jerez, Jutiapa, Acta Extraordinaria número cero dos guion dos mil doce (02-2012) de fecha treinta de marzo del dos mil doce (30-03-12) y por otra parte el señor DARBIN MAMNAEL CORADO LINARES de treinta y cinco años (35) de edad con cédula de vecindad numero de ordenU guión veintidós (U-22) y de registro once mil cuatrocientos ochenta y siete (11,487), extendida por la municipalidad de El Adelanto, departamento de Jutiapa, Soltero, guatemalteco,Comerciante, con domicilio en 3ra Calle 1-44, zona 5 Residenciales El Tabacal, del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, lugar señalado para recibir notificaciones, quien actúa en nombre propio y

representación Legal de la empresa

DESARROLLO

INTEGRAL

CORPORATIVO, SOCIEDAD ANONIMA “DICORSA”.

inscrita en el Registro Mercantil General de la República, bajo el número trescientos dieciséis mil quinientos uno (316,501) a folio trescientos veintiséis (326) libro doscientos setenta y ocho (278) de Empresas Mercantiles, categoría Única, también en el Registro Cincuenta y tres mil setenta y siete (53,077), folio setecientos catorce (714), del libro ciento cuarenta y seis (146) de Sociedades; Ambos otorgantes manifestamos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, y que la representación que ejercitamos es suficiente conforme a la ley, para la celebración del presente CONTRATO, a los cuales en lo sucesivo se les denominará por su nombre institucional o como contratante y

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contratista respectivamente, el que contiene las cláusulas siguientes:

-PRIMERA: BASE LEGAL: El presente Contrato se suscribe con base a: 1.-) Lo

preceptuado por los Artículos 1, 9, 38, 47, 48 y 49 de la Ley de Contrataciones del Estado y los Artículos 1, 26, 36 y 38 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 2.-) Acta número treinta y Cuatro guion dos mil Doce (34-2012) de fecha veintinueve de Agosto del dos mil doce (29-08-2012) del libro de Secciones Ordinarias del Honorable Consejo Municipal, punto Tercero donde se aprueba el financiamiento y la Ejecución del Proyecto: “MEJORAMIENTO CALLE DESDE CASA SEÑOR CARLOS VASQUEZ HASTA ESQUINA CASA SEÑORA ENOISA MAYORGA, BARRIO LA BOLSA, ALDEA ESMERALDA, JEREZ, JUTIAPA.” 3.-) Acta número treinta y tres guion dos mil doce y treinta y cuatro guion dos mil doce (33-2012 y 34-2012) del libro número cinco mil seiscientos cuarenta y siete (5,667), autorizado por la Contraloría General de Cuentas de fecha veintidós de junio del dos mil once, de Cotizaciones, donde se aperturan los sobres con las ofertas, califican y adjudican las ofertas de dicho proyecto. 4.-) Acta número treinta y ocho guion dos mil doce (38-2012) de fecha veinticinco de septiembre del dos mil doce (25/09/2012) del libro de Sesiones Ordinarias del Honorable Consejo Municipal, punto Segundo donde se aprueba la adjudicación del Proyecto: “MEJORAMIENTO CALLE DESDE CASA SEÑOR CARLOS VASQUEZ HASTA ESQUINA CASA SEÑORA ENOISA MAYORGA, BARRIO LA BOLSA, ALDEA ESMERALDA, JEREZ, JUTIAPA.” - - -

SEGUNDA: DOCUMENTOS DE COTIZACION: Forman parte del presente contrato

planos constructivos, presupuesto general, costos unitarios, las bases y especificaciones generales, especificaciones técnicas, y la oferta para la ejecución del proyecto “MEJORAMIENTO CALLE DESDE CASA SEÑOR CARLOS VASQUEZ HASTA ESQUINA CASA SEÑORA ENOISA MAYORGA, BARRIO LA BOLSA, ALDEA ESMERALDA, JEREZ, JUTIAPA.” Documentos que tendrán prevalecía en el orden en que se citan en este contrato

-TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO: El contratista se compromete a ejecutar para la

municipalidad de Jerez, el proyecto: “MEJORAMIENTO CALLE DESDE CASA SEÑOR CARLOS VASQUEZ HASTA ESQUINA CASA SEÑORA ENOISA MAYORGA, BARRIO LA BOLSA, ALDEA ESMERALDA, JEREZ, JUTIAPA.” Número oficial de

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Guatecompras (NOG) Dos millón doscientos cuarenta y cuatro mil noventa y ocho (2,244,098). El proyecto consiste en la en pavimentar una longitud de de aproximadamente de 118.00 metros lineales de largo por 6.00 Metros de ancho promedio (720.00 m²) con un espesor de 0.15 metros de concreto sobre una base de material selecto de 0.15 metros de espesor y compactada al 85% proctor modificado a la densidad máxima y humedad optima(sub. base), además se construirán 230.00 metros lineales de bordillo a los lados del camino con dimensiones de 0.30 metros de alto por 0.15 metros de ancho, y juntas de asfalto al centro de la calle a lo largo y transversalmente a cada 3.00 metros o bien siguiendo las dimensiones de planchas que indique el supervisor. Se fundirán 108.00 metros cúbicos de concreto en planchas de 3.00 metros de ancho por 3.00 de largo se colocaran 530.00 metros lineales de sello elastómero y 720.00 metros cuadros de anti-sol de conformidad con planos y especificaciones en este proyecto. Todo se ejecutara de conformidad con planos y especificaciones elaborados para este proyecto, quedando los costos unitarios de la siguiente manera:- - -

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL

TRABAJOS PRELIMINARES GLOBAL 1.00 Q12,735.75 Q12,735.75

PREPARACION DE SUB BASE METROS² 720.00 Q47.76 Q34,387.20

PREPARACION DE BASE METROS² 720.00 Q51.56 Q37,123.20

PAVIMENTACION DE CALLES METROS² 720.00 Q331.68 Q238,809.60

BORDILLO O INGRESO A VIVIENDAS METROS LINEAL 230.00 Q116.30 Q26,749.00

Q349,804.75 TOTAL DE PRESUPUESTO

INTEGRACION DE COSTOS UNITARIOS

CUARTA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: el valor total del presente

contrato asciende a la cantidad de: TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUATRO QUETZALES CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (Q 349,804.75) que serán cargados a la partida presupuestaria en vigencia del presupuesto de egresos de esta municipalidad. FORMA DE PAGO: ANTICIPO: se otorgará al contratista un veinte por ciento (20%) del valor total del contrato el que asciende a la suma de SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA QUETZALES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS (Q69,960.95) el que deberá deducirse en un máximo de cinco desembolsos. PAGOS: Los pagos se efectuaran de acuerdo a el avance físico que informe el supervisor de obras de esta municipalidad, debiendo presentar para el efecto, Estimación de avance, solicitud de pago y factura

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detallada por el monto a cobrar incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA) y el timbre de ingeniería.- - -

QUINTA: PLAZO DEL CONTRATO Y PRORROGA: el plazo del presente contrato es

de Ciento veinte días (120) ó 4.00 meses calendario, contados a partir de la entrega del anticipo autorizado y la firma del acta de inicio respectiva, previo a la firma del presente contrato. PRORROGA DEL PLAZO: a solicitud del contratista, el plazo contractual para terminación de la obra, podrá prorrogarse por caso fortuito o causa de fuerza mayor, o por cualquier otra causa no imputable al contratita, siguiéndose para el efecto el procedimiento que establece el articulo 27 de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Los hechos que ocurran considerados como caso fortuito en el tiempo convenido o en forma definitiva, relevan a las partes de responsabilidad, debiendo producirse la comunicación escrita en la que se prueba el hecho ocurrido.

-SEXTA: GARANTIAS O SEGUROS: El contratista se obliga a presentar las garantías o

seguros siguientes: 1.- DE CUMPLIMIENTO: Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, el contratista queda obligado a presentar una fianza por el diez por ciento (10%) del monto del contrato, cubrirá además las fallas o desperfectos que aparezcan durante la ejecución de la obra y antes de que se construya la garantía de conservación de obra, 2.- DE ANTICIPO: Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento (100 %) del mismo. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor de anticipo cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización, 3.- DE CONSERVACION DE OBRA: EL contratista responderá por la conservación de la obra, mediante fianza que cubrirá el valor de las reparaciones, de las fallas, o desperfectos que le sean imputables y que aparezcan durante el tiempo de responsabilidad de veinticuatro (24) meses contado a partir de la fecha de recepción de la obra, Dicha garantía deberá otorgarse por el equivalente del quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad no exime al contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra, debido a dolo o culpa de su parte, que ocurran dentro de los cinco (5) años siguientes a la recepción definitiva de la misma 4.- DE

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SALDOS DEUDORES: El contratista deberá presentar la fianza o depósito en efectivo, constituir hipoteca o prenda a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra, como requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelara esta garantía.---

SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 1. DEL CONTRATISTA: a) se obliga

a ejecutar los trabajos relacionados en este contrato, con mano de obra no calificada estrictamente del municipio de Jerez, con entera sujeción a los planos, plazos, disposiciones especiales, especificaciones generales y técnicas, suministrados para el efecto por la municipalidad. b) a pagar los salarios de sus trabajadores, de conformidad con el código de trabajo y demás disposiciones legales. c) Debe inscribirse como patrono en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social “IGSS”, y cubrir las cuotas correspondientes al mismo, y otorgar las prestaciones laborales a sus trabajadores siendo una obligación del contratista y en ningún momento de la municipalidad. d) Aportar todo el equipo, maquinaria, herramienta, combustible, lubricantes, materiales, mano de obra y demás elementos necesarios. e) el contratista no podrá reclamar por concepto de trabajos adicionales, si estos no están respaldados por la emisión de una orden de trabajo suplementario o un acuerdo de trabajo extra. f) Suscribir el presente contrato dentro del plazo legal 2.- DE LA MUNICIPALIDAD: a) Efectuar los pagos, en la forma, modo y tiempo conveniente en el presente contrato. b) Comunicar al contratista el nombre del Supervisor.---

OCTAVA: SANCIONES: a) El retraso del contratista en la entrega de la obra, en el

tiempo convenido por causas imputables a el, se sancionará con el pago de una multa equivalente al 0.5 por millar del valor del contrato por cada día de atraso. b) El contratista que contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare los intereses municipales, variando la calidad o cantidad del objeto de mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación.---

NOVENA: PROHIBICIONES: Al contratista le queda prohibido ceder los derechos del

presente contrato.

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constituir las fianzas de conservación de obra y saldos deudores, y dará aviso por escrito a la municipalidad de la conclusión de los trabajos, la que hará la inspección final dentro de los quince días hábiles siguientes, plazo dentro del cual, si la obra no esta conforme a los planos y especificaciones, manifestará por escrito sus observaciones al contratista, para que éste proceda a corregir las deficiencias observadas; si los trabajos estuvieran correctamente concluidos la municipalidad dentro de los cinco (5) días siguientes, nombrará la comisión receptora y liquidadora de la obra, según lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado.

---DECIMA PRIMERA: RESOLUCION DE CONTROVERSIA: las partes convienen en

que las diferencias se resolverán de formar conciliatoria, no obstante si no fuere posible llegar a un acuerdo, las mismas se resolverán por la vía judicial correspondiente.---

DECIMA SEGUNDA: CASO DE INCUMPLIMIENTO: la empresa responsable de la

ejecución del proyecto se compromete a reintegrar a la Municipalidad de Jerez, el monto total resultante de lo recibido que se estableciera mediante la evaluación física, administrativa y financiera; realizada en el momento de detectar dicho incumplimiento por causas imputables a la empresa ejecutora. Además deben hacerse efectivas las fianzas respectivas de sostenimiento de oferta, de cumplimiento, de anticipo, de conservación de obra de calidad o de funcionamiento, de saldos a deudores.---

DECIMA TERCERA: DE LA DISOLUSION DEL CONTRATO, el presente contrato

podrá disolverse o terminarse sin necesidad de declaración judicial, si cualquiera de las partes incumple las obligaciones a que están sujetas según el presente documento debiendo la empresa ejecutora reintegrar a la municipalidad de Jerez dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la fecha de formalizarse la disolución del presente contrato, el monto correspondiente al saldo que resulte de la evaluación física financiera que realice la municipalidad de Jerez.---

DECIMA CUARTA: RELATIVA AL COHECHO: Yo el Contratista manifiesto que

conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como a disposiciones contenidas en el capitulo III del titulo XIII, del decreto 17-73 del congreso de la república, código penal, adicionalmente conozco las normas jurídicas que facultan a la autoridad superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema de Guatecompras. ---

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DECIMA QUINTA: ACEPTACION: Los otorgantes dimos integra lectura a lo escrito y bien enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos de entera conformidad. Conste.

Carlos Efraín Melgar Torres Darbin Mamnael Corado Linares

Alcalde Municipal Representante Legal

Jerez, Jutiapa “DICORSA”.

ENLACIUDAD JEREZ, JUTIAPA,ELDÌAVEINTISEIS DESEPTIEMBRE DELAÑODOSMIL DOCE,YO;ELINFRACRITONOTARIO,DOYFE: QUELASFIRMASQUEANTECEDENSON AUTÈNTICASPOR HABERSIDO PUESTASEN MIPRESENCIAEL DÌADE HOY DE PUÑO Y LETRADELOSSEÑORES: CARLOS EFRAIN MELGAR TORRES QUIEN SEIDENTIFICA CON CÈDULA DE VECINDAD NÙMERO DE ORDEN U GUIÒN VEINTIDOS NÙMERO DE REGISTRODOS MILDOSCIENTOS TREINTAYOCHO(U-22 2,238), EXTENDIDAPOREL ALCALDE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JEREZ, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA; Y EL SEÑOR DARBIN MAMNAEL CORADO LINARES QUIEN SEIDENTIFICACONCÈDULA DE VECINDAD NÙMERO DE ORDEN “U” GUIÒN VEINTIDOS Y NÙMERO DE REGISTRO ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (U-19 11,487), EXTENDIDA POR EL ALCALDE MUNICIPAL DE EL MUNICIPION DEL ADELANTO DEPARTAMENTO DE JUTIAPA. LEIDOLOANTERIOR LORATIFICAN, ACEPTANY FIRMANJUNTAMENTE CON ELNOTARIOAUTORIZANTE QUE DE TODO LOACTUADODAFE.

Carlos Efraín Melgar Torres Darbin Mamnael Corado Linares

Alcalde Municipal Representante Legal

Referencias

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