SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Honorable Asamblea
A la Comisión de Seguridad Pública de la LXIV Legislatura de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente, Proposición con Punto de Acuerdo por el que se condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M. y se exhorta al Gobernador del estado de Chihuahua a dar seguimiento a dicho homicidio y aplicar todo el rigor de la ley para que se juzgue y sentencie a los responsables, presentado por el Senador Cruz Pérez Cuellar, integrante del Grupo Parlamentario Morena.
Esta Comisión, de conformidad con las facultades que establecen el artfculo 77, fracción 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 113, 117 numeral1, numeral 1 fracción 1 del artículo 135, el136, 150 numerales 1, 2 y 3, 174
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 Af'IOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
177, 190,191 numeral 1, 276 párrafo 2 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea, el presente dictamen con base en la siguiente:
METODOLOGÍA
1.- En el apartado de "l. ANTECEDENTES", se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno para el dictamen de la referida Proposición.
2.- En el apartado "11. CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO", se hace referencia a los motivos y alcances de la propuesta, y hace una breve referencia a los temas que la componen.
3.- En el apartado de "111. CONSIDERACIONES", los integrantes de esta Comisión Dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del dictamen.
1.- ANTECEDENTES
1.- En sesión celebrada con fecha del 05 de noviembre de 2020 por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el Senador Cruz Pérez Cuellar del Grupo Parlamentario Morena, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A. M, y se exhorta al Gobernador del estado de Chihuahua a dar seguimiento a dicho homicidio y aplicar todo el rigor de la ley para que se juzgue y sentencie a los responsables.
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
2.- En la misma sesión, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Seguridad Pública el Punto de Acuerdo de mérito, para su estudio y dictamen.
3.- Dicha Proposición con Punto de Acuerdo fue recibida en la Comisión dictaminadora el13 de noviembre de 2020 con el No. De Oficio DGPL.1 P3A.-3531
11.- CONTENIDO DEL PUNTO DE ACUERDO.
El Senador proponente, dentro de su argumentación, recuerda los hechos ocurridos del día 27 de octubre, en el cual, elementos de Inteligencia de la Comisión Estatal de Seguridad del Estado de Chihuahua realizaban un operativo investigando la presunta venta de droga en la Colonia "2 de junio", el cual desembocó en una "balacera" que dejó como víctima a una adolescente de 14 años.
Después de los hechos narrados anteriormente, se dio a conocer que la menor de edad fue identificada como Jennifer Aylin A.M., que lamentablemente murió en el fuego cruzado entre elementos de la Comisión Estatal de Seguridad y las personas detenidas; dichos acontecimientos tuvieron lugar en un domicilio ubicado en la calle "Mecánicos".
El Senador Cuellar abunda en la información recalcando que terminado el enfrentamiento, se encontró en el domicilio antes mencionado, el cuerpo de la joven Jennifer Aylin, con heridas de bala en la cabeza y en la pierna, describiendo a su vez que, la versión dada por los elementos policiales, que fueron parte del enfrentamiento, fue que entraron al domicilio y posteriormente detuvieron a 2 personas "como presuntos responsables de haberlos atacado y haber dado muerte
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AtiOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
a la jovencita", por otra parte, vecinos del lugar comentaron que los policías habían entrado por la fuerza al domicilio y que "le habían disparado a la niña".
Posteriormente a los hechos narrados, la Agencia Estatal de Investigación confirmó que no había señales de un enfrentamiento a fuego cruzado, ya que explicaron que los disparos iban en una sola dirección, asimismo se expone que, en el interrogatorio realizado a los policías involucrados, aseguraron que habían sido amenazados con armas de fuego por las personas que habían detenido.
La versión, expone el Senador, no pudo ser acreditada, por lo que, al encontrarse ante un posible homicidio, los agentes investigadores determinaron presentar a los policías implicados ante el Ministerio Público.
En este mismo sentido, señala el Senador que, la Fiscalía General de Chihuahua informó que, en unas primeras investigaciones, no había elementos que justificaran la actuación de los elementos de la Policía Estatal, posteriormente el Tribunal Superior de Justicia informó que los agentes fueron puestos a disposición de un Juez de Control.
El 30 de octubre del 2020, menciona el Senador proponente, el Juez Samuel Urfas Mendoza Rodríguez dictó Prisión Preventiva por dos años en contra de los 3 agentes de la Comisión Estatal de Seguridad por estar presuntamente implicados en el delito de homicidio agravado y calificado de la adolescente Jennifer Aylin A
M.
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 Af'IOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCAÚA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
El Senador Cruz Pérez Cuellar concluye su exposición de argumentos expresando que no se puede ignorar este tipo de actuar por parte de los elementos de seguridad del estado de Chihuahua, por ello, considera importante condenar este tipo de actuaciones ya que, en todo momento, enfatizó el Senador, se violaron los derechos humanos de las y los afectados, es por ello que llama a esclarecer el homicidio de la joven Jennifer Aylin, por lo que presenta la siguiente proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. -El Senado de la República condena enérgicamente el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre, en la colonia 2 de junio de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, presuntamente por elementos de Inteligencia de la Comisión Estatal de Seguridad del Estado de Chihuahua.
SEGUNDO.-El Senado de la República, con pleno respeto a la división de Poderes y a la soberanía del estado de Chihuahua, exhorta respetuosamente al Gobernador del estado, Javier Corral Jurado, a que dé seguimiento puntual al homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., acaecido el27 de octubre, en la colonia 2 de junio de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, con el objeto de aplicar todo el rigor ae la ley para que se juzgue y sentencie a los responsables de dicho homicidio.
111.- CONSIDERACIONES.
1.- Que esta Comisión resulta competente para dictaminar la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Senador Cruz Pérez Cuellar integrante del Grupo Parlamentario Morena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 135
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 Af;iOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
numeral1 fracción, 147 numeral1 y 150 numeral2, del Reglamento del Senado de la República.
2.- Que, en consecuencia, se procedió a realizar el análisis legal, sobre las facultades estatales que se vinculan con el tema central de la Proposición con Punto de Acuerdo en comento, por lo cual se consideró que la finalidad de esta encuentra sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mismo que establece:
Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas _las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantfas para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones
Artículo 21 ....
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
"La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución."
En concordancia con lo anterior, la Constitución Política del Estado de Chihuahua establece lo siguiente:
Artículo 4°. En el Estado de Chihuahua, toda persona gozará de los derechos reconocidos en la Constitución Federal, los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos, celebrados por el
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Estado Mexicano
y
en esta Constitución. La mujery
el hombre son iguales ante la Ley.El Estado cuenta con un órgano de protección de los derechos humanos denominado Comisión Estatal de los Derechos Humanos, con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, con las siguientes atribuciones y organización:
A. Conocerá de las quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público que tengan carácter estatal o municipal, que violen estos derechos. Este órgano no será competente tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales.
B. Formulará recomendaciones públicas no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que le presente la Comisión. Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa; además, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente, en su caso, podrá llamar, a solicitud de la Comisión, a las autoridades o servidores públicos responsables para que comparezcan ante el Pleno Legislativo, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
C. Aprobará, por medio del Consejo, las disposiciones normativas internas para su eficaz funcionamiento y ejercerá las demás atribuciones en materia de derechos humanos que establezca la ley.
D. Tendrá un Consejo integrado por seis consejeros que deberán cumplir con los requisitos que establezca la ley para ocupar el cargo, mismos que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes de la Legislatura. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas respectivas ante el Pleno. Los consejeros durarán en su encargo tres años y anualmente serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y reelectos para un segundo período. El Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, quien lo será también del Consejo, será elegido en los mismos términos del párrafo anterior. Durará en su encargo cinco años, podrá ser reelecto por una sola vez y solo podrá ser removido de sus funciones en los términos del Título XIII de esta Constitución. El Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos presentará anualmente a los poderes estatales un informe de actividades. Al efecto, comparecerá ante el Congreso del Estado en los términos que disponga la ley.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Todas las mujeres en el Estado tienen derecho a una protección y atención efectiva contra todo tipo de violencia. El incumplimiento de este derecho será sancionado por la Ley.
Artículo 5°. Todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de su vida, desde el momento mismo de la concepción.
Artículo 93. Son atribuciones y obligaciones de quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado:
V. Velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado y por la personal de sus habitantes, protegiéndolos en el uso de sus derechos;
XII. Tener el mando de la fuerza pública en los municipios donde residiere habitual o transitoriamente;
XIII. Organizar conforme a la ley las fuerzas de seguridad pública del Estado, mandarlas en jefe y nombrar y ascender a sus jefes y Oficiales;
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Artículo 138. La ley en materia municipal determinará los ramos que sean de la competencia del gobierno municipal, la que será ejercida por los ayuntamientos en forma exclusiva.
Los ramos a que se refiere el párrafo anterior, en forma enunciativa y no limitativa, serán los siguientes:
l. En materia de funciones y servicios públicos:
a) Seguridad pública en los términos del artículo 21 de la Constitución Federal, policía preventiva municipal y tránsito;
"
En este mismo sentido la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que,
"ARTÍCULO 1. La presente ley tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de observancia general en la República Mexicana.
ARTÍCULO 3.- Todas las medidas que se deriven de la presente ley, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida.
ARTÍCULO 6. Los tipos de violencia contra las mujeres son:
11. La violencia ffsica. - Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;
VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
ARTÍCULO 18.- Violencia Institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
ARTÍCULO 19.- Los tres órdenes de gobierno, a través de los cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, tienen la obligación de organizar el aparato gubernamental de manera tal que sean capaces de asegurar, en el ejercicio de sus funciones, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
ARTÍCULO 20.- Para cumplir con su obligación de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, los tres órdenes de gobierno deben prevenir, atender, investigar, sancionar y reparar el daño que les inflige.
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AiiiOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
ARTÍCULO 21.- Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público
y
privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres."3.-Dada la información proporcionada por el Senador Cruz Pérez Cuellar, esta Comisión dictaminadora se dio a la tarea de revisar por todos los medios posibles el caso expuesto, encontrándose así que diversos medios de comunicación local reportaron que el 27 de octubre que, alrededor de las 16:00 horas, elementos policiacos del estado, realizaron un operativo de investigación por la presunta venta de drogas en un domicilio ubicado en la colonia 2 de junio, en la Ciudad de Chihuahua, en el cual se tiene conocimiento de que los uniformados pidieron refuerzos por "supuestos" ataques en su contra.
En concordancia con lo expuesto por el Senador, se señala en dicha información que, en el interior del domicilio se encontró a la joven de 14 años sin vida, con dos heridas de bala, una en la cabeza y el segundo en la pierna, "cuando llegaron los otros oficiales, los policfas que intervinieron en el supuesto enfrentamiento ya tenían detenidos a dos adultos, como presuntos responsables de haberlos atacado y haber dado muerte a la jovencita"1.
1
Vargas, T. (Octubre 28, 2020) "Detienen a tres agentes por asesinato de una niña durante operativo en Chihuahua". Grupo Fórmula. recuperado de:
https://www.radioformula.eom.mx/noticias/mexico/20201028/detienen-a-tres-agentes-por-asesinato-de-una-n ina-d u ra nte-operativo-e n-eh i huahua/
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR El QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR El QUE El SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AtÍOS, JENNIFER AYLIN A.M., El PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN El ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON El FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Los Medios reportaron que vecinos cercanos declararon que los policías habían entrado por la fuerza al domicilio y que posteriormente le habían disparado a la adolescente, como da cuenta en su argumentación el Senador proponente.
4.- De conformidad con lo anterior, esta Comisión Dictaminadora, encontró en la información de los medios masivos de comunicación que, dados los hechos anteriores, la Fiscalía General del Estado de Chihuahua informó que se habían formulado cargos contra policías estatales por el homicidio de la menor, en donde se estableció que Jasón Constantino R. M., Aaron A. M. y Marco Antonio O. R.,
dispararon en contra del domicilio en donde se encontraba la joven víctima.
"La Fiscalía de Distrito Zona Centro, formuló imputación en contra de tres elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, por su presunta responsabilidad en el homicidio de la menor Jennifer Aylin A. M.
En la carpeta de investigación se estableció que los hechos se suscitaron el pasado 27 de octubre, en la colonia 2 de junio de esta Ciudad, cuando los imputados de nombre Jasón Constantino R. M., Aaron A. M, y Marco Antonio O. R., dispararon contra el domicilio donde habitaba la víctima de 14 años, quien perdió la vida a causa de un disparo en la región cefálica.
Por lo que se procedió con la detención de los imputados en términos de flagrancia, además de asegurarles tres armas de fuego cortas y tres armas largas, las cuales tenían a su cargo, así como el vehículo oficial el cual tripulaban.
SE APRUEBA" PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AIÍIOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Antonio O. R., por el delito de homicidio calificado y agravado, bajo la medida cautelar de prisión preventiva."2
Así mismo, se encontró información que daba cuenta de que el día 3 de noviembre la misma fiscalía informaba la vinculación a proceso a los policías involucrados en el homicidio de la joven de 14 años, permaneciendo en prisión preventiva;
"El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Centro, obtuvo un auto de vinculación a proceso en contra de tres elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, imputados por el homicidio de la menor Jennifer Aylin A. M., ocurrido el pasado 27 de octubre, en la colonia 2 de junio de esta Ciudad.
En la audiencia se estableció que, los imputados de nombre Jasón Constantino R. M., Aarón A. M, y Marco Antonio O. R., dispararon sus armas de cargo contra el domicilio donde habitaba la víctima de 14 años, quien perdió la vida a causa de una herida de bala en la región cefálica.
La detención de los imputados fue en términos de flagrancia, además de asegurarles tres armas de fuego cortas y tres armas de fuego largas, las cuales tenían bajo su cargo, así como el vehículo oficial que tripulaban.
Una vez analizado lo expuesto por la representación social, un Juez resolvió iniciar un proceso penal en contra de Jasón Constantino R. M., Aarón A. M,
2 Ramírez, K. (Octubre 30, 2020) "Formulan cargos contra policías estatales por el homicidio de una menor".
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
y Marco Antonio O. R., por el delito de Homicidio Calificado y Agravado, bajo la medida cautelar de prisión preventiva."3
Esta Comisión Dictaminadora encontró que, como se señala con anterioridad, en la red se da cuenta ampliamente de que los policías involucrados en los hechos señalados en el presente dictamen fueron vinculados a proceso, así como de la presentación del Punto de Acuerdo que se dictamina por el Senador proponente, solicitando se dé celeridad al proceso a fin de lograr el esclarecimiento de los hechos y las sentencias correspondiente.4
5.- De conformidad con lo anterior, esta Comisión Dictaminadora coincide plenamente con el proponente, en la necesidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias, para el esclarecimiento pleno de los hechos y castigar a los culpables a través de una sentencia condenatoria, siempre con el pleno respeto a los derechos humanos, el respeto al debido proceso y la presunción de inocencia de los inculpados.
En este sentido, esta Comisión Dictaminadora considera que la protección de la
'
mujer, a fin de evitar cualquier tipo de violencia en su contra, ha sido preocupación permanente del Estado Mexicano, de ellos da cuenta las diversas acciones
3 Ramirez, K. (Noviembre 3, 2020) "Vinculan a proceso a policías estatales por el homicidio de una menor".
Fiscalía General del Estado de Chihuahua. Recuperado de: http://fiscalia.chihuahua.gob.mx/lnicio/?p•62799
4"¿Qué ha pasado con asesinato de Jennifer Aylín? Exige Cruz Pérez Celeridad". LaparaDoja. Recuperado de:
http:l/www.laparadoja.eom.mx/2020/11/gue-ha-pasado-con-asesinato-de-jennifer-aylin-exige-cruz-perez-celeridad
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR El QUE El SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA El HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AllOS, JENNIFER AYLIN A.M., El PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA Al GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN El ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON El FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
emprendidas por las autoridades en sus respectivos ámbitos de competencia en los tres órdenes de gobierno. Es en este sentido que se refiere en estas consideraciones a la legislación que en esta materia ha emitido el Congreso de Jos Estados Unidos Mexicanos, de carácter general, a fin de darle la relevancia que merece esta protección a las mujeres ante cualquier tipo de violencia en su contra, y las disposiciones de carácter local que en ese sentido se han emitido en las entidades federativas. De igual forma es de destacarse que existen políticas públicas de las áreas ejecutivas de los tres órdenes de gobierno en este mismo sentido.
No obstante, lo anterior, no pasa desapercibido en esta Comisión Dictaminadora que esta violencia contra las mujeres sigue ahí, y de ellos dan cuenta a diarios Jos medios masivos de comunicación, en que se habla de agresiones de todo tipo, psicológica, patrimonial, política, institucional o sexual en contra de las mujeres de todas las edades, ciertamente en forma mayoritaria de mujeres jóvenes.
6.- Esta Comisión Dictaminadora en este sentido, coincidiendo plenamente con el Senador proponente de exhortar al ejecutivo Estatal del cual dependen los policías involucrados en los hechos a que refiere la proposición con Punto de Acuerdo que se dictamina, según las referencias hechas por los medios de comunicación, así como a quien tiene las atribuciones del ejercicio de la acción penal correspondiente, a fin de que se haga justicia de forma pronta y expedita, con relación al asesinato de la menor Jennifer Aylin A. M. y procesando y sentenciando a los culpables, considera pertinente llamar la atención a que este tipo de agresiones en contra de las mujeres se siguen presentando de manera recurrente a lo largo del país, en algunas regiones más que en otras, derivado de diversas circunstancias específicas de las mismas. Es claro que el origen de esta violencia contra las mujeres, como se
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
señala en la ley de la materia es de muchos tipos, y dentro de cada uno de ellos es de apreciarse que también es multifactorial y que hay que atender este fenómeno negativo, de inmediato y con toda la fuerza del Estado Mexicano.
En este sentido, y solo a manera de ejemplo, vale la pena mencionar que la página de la Organización Mundial de la Salud, derivado de un incremento de la violencia contra las mujeres a nivel global derivados del aislamiento social ocasionado por la pandemia, ha publicado una seré de preguntas y respuestas sobre este tema, denominado "Preguntas y respuestas: violencia contra la mujer durante la pandemia de COVID-19."5
En este mismo sentido, esta Comisión Dictaminadora, para reforzar las consideraciones presentadas anteriormente, se procedió a la revisión del documento "Violencia contra las mujeres. Indicadores básicos en tiempos de pandemia" publicado por el Instituto Nacional de las Mujeres, en el que se destaca que las mujeres constituyen el 51% de la población general, equivalente a 65.2 millones en 2020, en este orden de ideas, la institución estima que al menos dos terceras partes (66%) de las mujeres de 15 años y más, han experimentado violencia alguna vez en su vida, y por su parte el 44%; destacando especialmente que en promedio, 1 O mujeres son asesinadas diariamente por el solo hecho de ser mujer.6
Asimismo, presenta información relevante relacionado a la violencia que viven las niñas, niños y jóvenes, expresando que en el periodo de abril a mayo el SNDIF (Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia) registró un total de 2, 215 niñas, niños y adolescentes que sufren violencia, como se muestra en el cuadro siguiente, distribuido por grupo de edad y sexo, mismo que muestra una diferencia significativa en cuanto al sexo y edad.
s Organización Mundial de la Salud. (s.f) Preguntas y respuestas: violencia contra la mujer durante la pandemia de COVID-19 (wbo.int)
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Fuente: Instituto Nacional de las Mujeres (Junio 191 2020) "Violencia contra las mujeres. Indicadores en tiempos de
pandemia". Pág 7. Gobierno de México. Recuperado de: https:ljwww.gob.mx/inmuieres/documentos/violencia~contra
las-mujeres-indlcadores-en-tiempos-de-pandemta
En este mismo sentido, esta Comisión Dictaminadora encontró información en el Sistema Nacional de Seguridad Pública en que da muestra de las estadísticas que dimensiona la gravedad esta violencia en contra de las mujeres, mismo que da muestra que durante el periodo de enero a diciembre de 2020, se registró de manera nacional, 940 delitos tipificados como feminicidio, entre los cuales, el Estado de México lideró con 150 registros, Veracruz con 84, seguido de Nuevo León con 67, Jalisco 66 y la Ciudad de México con 64, como se muestra a continuación:
DICTAMEN DE Ü COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 Af>!OS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PRESUNTOS DELITOS DE FEMINICIDIO*: ESTATAL
Enero - dici<~mbre 2020 16() 150 140 120 100 00 52 Nacional 940 20
1
"'
33 31 31 30 28 1:7 26 2' ' 21 19 18 15 15IIJJliJliiJIII
i i
iii
···~.;.!
Los datos anteriores sobre violencia hacia las mujeres, en delitos tipificados como feminicidios, se refuerzan a continuación con la información de presuntas víctimas mujeres de homicidio doloso, en el que Guanajuato registró 413 casos, Chihuahua 258, Baja California 256 y el Estado de México 253, por mencionar algunos, cabe resaltar que a nivel nacional, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana contabilizó 2, 783 presuntas víctimas mujeres de homicidio doloso, como se muestra en la gráfica siguiente:
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 A~ OS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PI~ESUNTASVfCTIMAS MUJERES DE HOMICIDIO DOLOSO: ESTATAL En"ro- dic1cmbre 2020 450 i 1 400 350 300 250 200 198 150 Nacional 2,783 100
J
105 IYI 93 92 1!4 81.. l.l.lll ..
l.iiJiiiiii_;~~~!~-~~-3_
Es innegable la situación de violencia que viven las mujeres en territorio mexicano, cuenta de ello es el alza en delitos tipificados como feminicidio a nivel nacional, siendo importante recalcar que, desde el año 2015, se visibiliza que este tipo de delitos ha tenido un aumento año con año, siendo que en 2015 se registraron 411 casos de feminicidio, ascendiendo a 605 en 2016, en 2017 se registraron 742, en 2018 contabilizaron 893, 2019 942 y finalmente en 2020 se tuvo el registro de 940 delitos tipificados como feminicidios.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AllOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PRESUNTOS DELITOS DE FEMINICIDIO':TENDENCIA NACIONAL Enero 201S- diciembre 2020
120
¡
1 " '
i
1 " 1
Fuente: Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (2020) Información sobre violencia contra las mujeres. Pág. 14.
7 .• Por las consideraciones anteriormente señaladas y coincidiendo plenamente con el Senador proponente de extender un atento exhorto a las autoridades del estado de chihuahua, señaladas en el presente dictamen, a fin de atender el caso específico relacionado con el homicidio de la la menor Jennifer Aylin A. M., en el27 de octubre de 2020 en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, por lo que las Senadoras y Senadores integrantes de esta Comisión de Seguridad Pública someten a la aprobación del Pleno del Senado de la República el siguiente;
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. -El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
Senado de la República del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 26 dias del mes de abril de 2021.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Suscriben este Dictamen las
y
los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública de la LXIV Legislatura de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión:SENADORES A FAVOR EN ABSTENCIÓN
CONTRA
Sen. Jesús Lucía Trasviña Waldenrath.
PRESIDENTA
Sen. Ismael García Cabeza de Vaca.
SECRETARIO
Sen. Jorge Alberto Habib Abimerhi.
SECRETARIO
Sen. María Marena López Garcia.
INTEGRANTE
Sen. José Ramón Enriquez Herrera.
INTEGRANTE
Sen. Arturo Bours Griffith.
INTEGRANTE
Sen. Ricardo Velázquez Meza.
INTEGRANTE
Sen. José Alejandro Peña Villa.
INTEGRANTE
Sen. Ma. Guadalupe Covarrubias Cervantes.
SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
Suscriben este Dictamen las y los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública de la LXIV Legislatura de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión: SENADORES 1 .. AFAVOR EN ABSTENCIÓN CONTRA . :<.; . . ~ Sen. Primo Dothé Mata. INTEGRANTE
Sen. Raúl Paz Alanzo. INTEGRANTE
Sen. Josefina Vázquez Mota. INTEGRANTE
Sen. Ángel Garcla Yáñez. INTEGRANTE
Sen. Dante Delgado. INTEGRANTE
Sen. Miguel Ángel Mancera Espinosa.
DÉCIMA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL-17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. - El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
SENADORA Sen. Jesús Lucía
Trasvíña Waldenrath.
Presidenta
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA
~
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL- 17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. -El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables
SENADOR Sen. Jorge Alberto
Habib Abimerhi.
Secretario
"""~
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA
~~··
-4
V
"'
DÉCIMA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN
MODALIDAD
A
DISTANCIA.
LUNES
26
DE ABRIL-
17:00
HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE
INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE
A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. - El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de
14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de
Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la
Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas
atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la
acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables
SENADORA
Sen. María Marena
López García
Integrante
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA
~
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL-17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN Sú CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. - El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables
SENADOR Sen. Arturo Bours
Griffith
Integrante
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA
tíilf;:¿ff; __
;::t;?S:fl
DÉCIMA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL- 17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE El- SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. • El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.· El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar. ejercer la . acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
SENADORA
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
/
1
'
/
r \ \ /
/
1\A
EAvoíJI7 -·--E-N
coNTRA~---·
-=---·-
-·~-..
--Sen. Ricardo Ve/ázquez Meza.
Integrante
SEGURIDAD PUBLICA EN MODALIDAD A DIST ANClA.
LUNES 26 DE ABRIL-17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA. PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, .JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. -El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
SENADORA Sen. Josefina Vázquez Mota. / Integrante ~ VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA 1
dJ
v;(
·":.
/ ' ! '
ABSTENCIONDÉCIMA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL-17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER A YLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. - El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
SENADORA A FAVOR EN CONTRA ABSTENCION
Sen. José Ramón
Enrfquez Herrera.
SEGURIDAD PÚBLICA EN MODALIDAD A DISTANCIA.
LUNES 26 DE ABRIL-17:00 HORAS.
REGISTRO DE LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONDENA EL HOMICIDIO DE LA ADOLESCENTE DE 14 AÑOS, JENNIFER AYLIN A.M., EL PASADO 27 DE OCTUBRE DEL 2020, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, Y EXHORTA AL GOBERNADOR Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA A QUE, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, REALICEN LAS ACCIONES NECESARIAS CON EL FIN DE INVESTIGAR, EJERCER LA ACCIÓN PENAL Y, EN SU CASO, SE SANCIONE A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. - El Senado de la República condena el homicidio de la adolescente de 14 años, Jennifer Aylin A.M., el pasado 27 de octubre de 2020, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta tanto al Gobernador como a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones necesarias con el fin de investigar, ejercer la acción penal y, en su caso, se sancione a quien o quienes resulten responsables.
SENADORA Sen. Primo Dothé
Mata.
Integrante
VOTO DICTAMEN SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA