El maestro Ireneo González y Hernández y su doctrina gramatical en el
contexto escolar de las Islas Canarias (s. XIX)
Ireneo González y Hernández and his Teaching of Grammar in School in the Canary Islands
Javier Medina López Universidad de La Laguna
Abstract
Priest Ireneo González y Hernández (La Laguna, Tenerife, 1842-1918) is an unknown figure in the history of Spanish grammar. He played an active role in school teaching in the late nineteenth and early twentieth century. He is the author of two important educational grammar works – the only ones on this subject published in the Canary Islands in the nineteenth century –, targeted at secondary school students: Nociones de gramática castellana conforme a los principios filosóficos
(1882) and Compendio de gramática castellana (1895). This article reviews their main achievements for their inclusion in the history of Spanish linguistics.
Key words: history of Spanish grammar, school grammar, linguistic historiography, grammar teaching, Canary Islands.
Resumen
Una figura desconocida en la historia de la gramática española es la del presbítero canario Ireneo González y Hernández (La Laguna, Tenerife, España 1842- †1918). Se trata de un maestro que desarrolló una gran actividad en el terreno pedagógico y escolar en la segunda mitad del siglo XIX y primeros años del siglo XX. Es el autor de dos obras gramaticales importantes por ser las únicas publicadas en las Islas Canarias en dicha centuria con un claro afán didáctico y destinadas a los alumnos de segunda enseñanza: Nociones de gramática castellana conforme a los principios filosóficos (1882) y Compendio de gramática castellana (1895). En las páginas de este artículo se exponen los principales logros de ambas obras para su incorporación a la historiografía lingüística hispánica.
Palabras clave: historia de la gramática española, gramáticas escolares, historiografía lingüística, enseñanza de la gramática, Islas Canarias.
1. Introducción
En el Tenerife (España) de la segunda mitad decimonónica surge la figura de un maestro que desarrolló una importante labor académica y religiosa que llegará hasta las dos primeras décadas del siglo XX. En efecto, me estoy refiriendo a Ireneo González y Hernández, nacido en la ciudad de La Laguna el 9 de septiembre de 1842 y fallecido en la capital de la isla (Santa Cruz de Tenerife) el 20 de marzo de 1918. La atención a la cultura y a la educación fueron dos pilares en los que nuestro autor creyó y fomentó, dentro de sus posibilidades, como ejes en los que debía asentarse la idea de progreso en su tiempo. Fue, en 1878, catedrático del Establecimiento de Segunda Enseñanza de Santa Cruz de Tenerife, donde puso en marcha su magisterio en varias disciplinas humanísticas como latín, castellano, oratoria, poesía y religión. Ireneo González fue, además, párroco de la Iglesia de la Concepción de Santa Cruz de Tenerife en 1902 (Díaz Martín 1989).
La importancia de Ireneo González radica en haber sido el redactor de dos gramáticas españolas que fueron publicadas en la isla de Tenerife, en la antigua provincia de Canarias, antes de que esta fuera dividida en dos provincias, tal y como la encontramos administrativamente en España desde el año 1927. La producción intelectual del presbítero tinerfeño no es muy amplia, aunque dedicó algunos escritos de variada temática que fueron publicados en 1888 con el título de Cisma y que procedían, a su vez, de los que había editado en el periódico Diario de Avisos y de otros trabajos menores dados a conocer en la Revista de Canarias en 1880 y 1881. Las obras de mayor enjundia, a las que dedicaré las páginas principales de este artículo, llevan por título Nociones de gramática castellana conforme a los principios filosóficos (1882) y el Compendio de gramática castellana (1895).
Nuestro autor ha pasado desapercibido en el devenir de la historia de la gramática española del siglo XIX. Su nombre no aparece reseñado en ningún repertorio bibliográfico (historiográfico) de los conocidos. En los últimos años, mis aportaciones (Medina López 2007-2008, 2008, 2009a, 2009b, 2009c y 2011) han intentando cubrir el vacío que el tiempo, el olvido y la lejanía del resto del territorio español han influido en el general desconocimiento de su obra y de su ideario gramatical. En su época y en años posteriores a su muerte, podemos encontrar algunas referencias a su persona y a su legado, siempre ceñidas al ámbito local. Tal es el caso de las palabras escritas por Enrique Funes, miembro del Gabinete Instructivo de La Laguna, que en un discurso titulado “Tendencias modernas del arte” – pronunciado el 24 de febrero de 1888– se refirió a Ireneo González de la siguiente forma:
Consagra el más respetuoso de sus recuerdos al erudito presbítero Ireneo González, teólogo profundo, que, explicando con evangélica palabra la sinrazón de los conflictos supuestos entre la religión y la ciencia moderna, demuestra inconscusamente que en el seno de la Iglesia Católica (y como católica, universal) y entre los brazos de la Cruz, pueden y deben y han de arrojarse, para llegar al Bien absoluto y a la absoluta Verdad y a la Suprema Belleza y a la Bondad Infinitas, todas las monarquías de la tradición y todas las democracias del progreso (Padrón Acosta 1968: 93).
A las virtudes de las Nociones de gramática castellana se refiere el lanzaroteño Elías Zerolo en la redacción de su La lengua, la Academia y los académicos de 1889, cuando plantea las nuevas disposiciones ortográficas de la Real Academia Española y valora la actitud crítica de Ireneo González:
En los últimos años no tenemos noticia haya visto la luz con ella, aparte alguna reimpresión ó nueva tirada de libro estereotipado sino unas excelentes Nociones de Gramática Castellana, por don Ireneo González Hernández, profesor del Establecimiento de Segunda Enseñanza de Santa Cruz de Tenerife, impresas en aquella capital en 1882. Pero este autor ha sido más lógico que el señor Rivodó, pues usa también la i como conjunción. En Canarias, donde no recordamos hayan existido neógrafos, dudamos mucho que prospere, á pesar de su autoridad, la opinión del ilustrado profesor (Zerolo 1889: 52-53).
Poco después, el mismo Zerolo (1897: 157-158) elogia en su Legajo de varios la publicación del Compendio de gramática castellana, de la que dice que se trata de una “obra maestra de claridad, concisión y excelente doctrina. En ella se sigue la ortografía de la Academia”.
presbítero don Ireneo González” (Padrón Acosta 1968: 46). Este mismo investigador, en la segunda mitad del siglo XX, lo cataloga como “el mejor gramático canario del siglo XIX: el presbítero lagunero don Ireneo González Hernández, autor de una magnífica Gramática de la Lengua Castellana”.
Ireneo González es producto y resultado del tiempo que le tocó vivir y, por tanto, de las circunstancias que también se daban en las Canarias inmersas en un proceso de inestabilidad económica y social, política y de transición del siglo XIX al XX. La enseñanza en las islas no gozaba de los mejores resultados y puede decirse que, en general, la insuficiencia de infraestructuras era uno de los aspectos que pesaban sobremanera en el deficiente sistema escolar. A todo ello hay que añadir la escasez de maestros y un general analfabetismo de la población, circunstancias que se veían agravadas por la ya referida lejanía peninsular, el consabido efecto de la doble insularidad (respecto al propio continente europeo y sobre las propias islas), el desigual desarrollo económico del archipiélago o, incluso, lo poco atractiva que resultaba la profesión de maestro (dada su escasa remuneración), lo que redundaba en su mermada demanda social.
Así pues, el contexto pedagógico en el que girará la vida académica de Ireneo González es también el que vamos a encontrar –con las peculiaridades propias de las Canarias– en el resto de España1 y que pueden encuadrarse en el conjunto de reformas educativas que se iniciaron en el XIX en España desde la propia Constitución de Cádiz de 1812 al Informe Quintana de 1813, el Reglamento de 1821, la Ley de Instrucción Primaria de 1838 hasta la conocida Ley Moyano de 1857, modelo que siguió vigente hasta 1970, cuando se promulgó la Ley General de Educación. Por todo ello, en las islas se empezará a consolidar un verdadero cambio en los viejos esquemas de la educación, como resultado de las iniciativas legislativas, a partir del reinado de Isabel II. El siglo XIX se ofrece todavía pobre y precario en medios, aunque algunas instituciones y entidades darán cobijo a una clase privilegiada de alumnos que tendrá acceso a una educación reglada (González Pérez 2003).
Como ya he puesto de relieve en otra parte (Medina López 2009a), los materiales didácticos conocidos en las islas eran los mismos que, en líneas generales, se tenían en cuenta por la mayoría del alumnado peninsular. El carácter adoctrinador e ideológico estaba muy presente en no pocos textos en función del devenir político-gubernamental. El Boletín Oficial de la Provincia de Canarias en su edición del 21 de mayo de 1866 recoge cuáles eran las obras de obligada consulta y estudio en las islas: el Catecismo de la Doctrina Cristiana del padre Ripalda, el Epítome ó el Compendio de la Gramática Castellana y la Ortografía de la Real Academia Española y el Manual de Agricultura ó la Cartilla Agraria de Oliva. A todo ello hay que añadir las loables iniciativas llevadas a cabo por imprentas insulares, lo que sin duda también propició que pudieran editarse en el archipiélago obras de carácter adoctrinador para la enseñanza en sus distintos niveles. Una parte destacada de toda esta efervescencia educativa es la labor que llevaron a cabo algunos maestros que, durante años, dejaron su impronta en numerosas generaciones de alumnos o en sus obras editadas en la región y que fueron, también, el referente para muchos discípulos. Entre los maestros más conocidos de esta época está el leonés Juan de la Puerta Canseco (1827-1902), quien recaló desde muy joven con su familia en Tenerife, donde tuvo una intensa labor pedagógica y de gestión educativa, pues fue secretario de la Junta de Instrucción Pública de Canarias. Redactó un opúsculo con un alto contenido normativo titulado Ejercicios de lectura para la buena pronunciación de las letras c, s y z en el cual se censura la dicción “defectuosa” de los niños
1 Una visión que combina la historiografía interna y externa sobre la gramaticografía española es el trabajo de
canarios ante el consabido y extendido seseo, asunto al que volverá, tiempo después, el polígrafo Juan Reyes Martín (Ortega Ojeda 2004; Torres González 2004). El sistema educativo, de esta forma, y amparado por la legislación central, alentaba y fomentaba un modelo lingüístico uniforme –desterrando todo vestigio local– en aras de la unidad de la lengua, prestigiando de esta manera también la variedad central castellana frente a otras que podrían considerarse menos valoradas y con menor legitimidad histórica.2
2. El legado gramatical (y escolar) de Ireneo González y Hernández
El primer tratado que da a conocer el presbítero tinerfeño lleva por título Nociones de gramática castellana conforme a los principios filosóficos (1882), que lo dedica al otro gran maestro de la época y al que ya he hecho referencia más arriba, Juan de la Puerta Canseco. El plan general de este opúsculo –redactado con el consabido y viejo método de la pregunta/respuesta (de lo general a lo particular) – contempla cuatro grandes secciones, tal y como aparecerán luego, ampliamente tratadas, en su Compendio de gramática castellana (1895):
Tabla 1. División de la gramática en las Nociones (1882)
Ya desde la “Advertencia” hace notar nuestro autor la lamentable preparación en materia humanística de sus alumnos y la ausencia de una “gramática del texto”, ya que
He venido luchando con el obstáculo que ofrece la defectuosa preparación que, de las escuelas traen los alumnos, debida, sin duda, á la falta de una Gramática de texto que, con la concisión necesaria, se aparte de antiguas rutinas i se sujete á un método filosófico (González y Hernández 1882: 3).
El maestro Ireneo González es consciente, así pues, de las estériles teorías gramaticales que se enseñan en las escuelas, basadas, en la mayoría de los casos, en un ejercicio memorístico pero de escaso o nulo rendimiento académico por parte de los alumnos. Los principios de la lógica y la filosofía frente a la gramática se presentan en numerosas ocasiones como contradictorios, de ahí que el aprendizaje de unos postulados sólidos (basados en el logicismo) en la enseñanza secundaria sentará las bases de la posterior enseñanza superior. Busca González y Hernández que su obra tenga utilidad para sus discípulos y es, además, consciente de sus limitaciones en cuanto a la dimensión teórica de la misma.3
Es el logicismo (Medina López 2007-2008: 708) el que guía su pensamiento, especialmente para explicar la analogía y la sintaxis.4 Como bien dice Calero Vaquera, los principios de la lógica, expuestos en Port-Royal (1660), abren un camino posterior en numerosos países aunque en España su influencia es muy tardía, pues será en el siglo XIX
2 Otros maestros fomentaron la lectoescritura con la publicación de sus propias obras, como es el caso de
Abelardo Borges, autor del Método de lectura de 1885, El silabario infantil o nueva cartilla de la lectura adaptada a las tiernas facultades del niño, de 1885 y el Método de escribir en ocho lecciones, de 1889).
3 En realidad estamos ante un epítome: tratado gramatical destinado a la primera educación, de carácter muy
básico con una fácil estructura didáctica. Cf. Montoro del Arco (2010: 114, n. 5).
4
Cf. Hernando García-Cervigón (2006) para el concepto de analogía en la gramática española. Partes de la
gramática
cuando aparezca masivamente el “paralelismo lógico-idiomático propio de la gramática racionalista”5
(Calero Vaquera 1986: 18). Por su parte, es la Real Academia Española (RAE) y su Ortografía el modelo que ha seguido nuestro gramático, tal y como señala en la “Advertencia”:6
He seguido las últimas reglas de la Academia en la Ortografía, porque creo que en esta no cabe mas lei que el uso i la autoridad competente, á pesar de que contra este ha dictado aquella sábia Corporación algunas reglas en la última edición de su Gramática. He adoptado, no obstante, la i en lugar de la y como conjunción i en los diptongos finales, tanto por venirlo así practicando desde mucho tiempo há mui distinguidos escritores, cuanto porque la Academia autoriza, por mas que no practique, este uso, desde el momento que se ha resuelto á dar á la última de dichas letras el nombre de ye (González y Hernández 1882: 4).
Para Ireneo González la gramática es “el arte que enseña á hablar i escribir correctamente”, idea ya fundamentada en la tradición gramatical desde Diomedes en su Artis Grammaticae y en la 12ª edición de 1870 de la Gramática de la Real Academia (Calero Vaquera 1986: 29). Para nuestro autor, existe una diferencia fundamental que distingue, no obstante, el concepto del “correcto hablar y escribir” que lo vincula una vez más con los principios de la lógica y con el uso de los “buenos hablistas”. Este posicionamiento coincide con el ya expuesto por Ángel María Terradillos en su Compendio de gramática castellana con la parte de ortografía cuando indica que: “[La gramática es el] arte que nos enseña a hablar y escribir fundamentalmente nuestra lengua, exponiendo con orden las doctrinas, reglas y usos autorizados por los buenos hablistas” (Calero Vaquera 1986: 31). Este punto de vista coloca a Ireneo González al lado de los tratadistas que en el XIX recurrían (a veces con matizaciones) a los conceptos de “bien” o “correcto”, tal y como aparecen en Salvá7
o Bello8, entre otros, los cuales introdujeron el criterio del “uso idiomático”. En cuanto a las clases de palabras, su punto de vista queda reflejado en el siguiente cuadro:
Tipo de palabra Clase de palabra Definición
Declinables Nombre
Artículo Adjetivo Pronombre
Verbo
‘admiten variación en su estructura’
Indeclinables Adverbio
Preposición ‘no admiten variación en su estructura’
5 Indica Ramón Sarmiento (GRAE [1771] 1984: 22) que la gramática disertada o teórica era “fruto esencialmente
del humanismo renacentista, que llegó a descubrir que las reglas del uso eran del todo insuficientes, si no iban acompañadas de una justificación teórico-racional. Así nació la gramática disertada o filosófica, con modelo latino, en la que la lógica se aplica a la solución de los problemas concretos del idioma”.
6 En la cuarta parte, “Ortografía”, seguirá también la Gramática de la lengua castellana, edición de 1880.
También serán modelos suyos Salvá, Bello, Noboa y Verbel, a los que califica de “los más notables gramáticos”. Cf. Nociones (1882: 165).
7 “Conjunto ordenado de las reglas de lenguaje que vemos observadas en los escritos o conversación de las
personas doctas que hablan el castellano o español, pues de ambos modos se designa nuestro idioma”. Cf. Salvá ( [1830] 1988: 121).
8 Escribía Bello ([1847] 1981: 139) en su tratado que: “La gramática de una lengua es el arte de hablarla
Conjunción
Simples ‘formadas por una sola’
Compuestas ‘formadas por dos o más’
Primitivas ‘las que no proceden de ninguna otra en la
misma lengua’
Derivadas ‘las que proceden de otras de la misma
lengua’ Tabla 2. Tipos y clases de palabra, Nociones (1882: 9)
Por su parte, en el Compendio de gramática castellana (1895) desaparece el componente didáctico, presente, como hemos visto, en el texto de 1882. Nos ofrece ahora una gramática madura,9 amplia (340 páginas), fruto de la reflexión y experiencia de sus años de docencia y magisterio y que supone, en un análisis contrastivo, un desarrollo pormenorizado de todos y cada uno de los aspectos tratados con anterioridad. Según manifiesta el propio autor, el éxito alcanzado por la publicación de sus Nociones, cuya “edición se agotó prontamente y no me fue posible entonces atender á reimprimirla” fue una de las razones que lo llevaron a redactar el nuevo opúsculo. Pero no fue el único motivo. En efecto, había otro quizá de mayor peso doctrinal y, sobre todo pedagógico, y es el que se refiere a los manuales gramaticales latinos10 en los que estaba muy presente el método analítico-histórico11 que exigía una preparación de la que los alumnos mayoritariamente carecían en los niveles de primera y segunda enseñanza:
Mas en vista de que las diversas Gramáticas latinas que en cada año se imponen para texto, están todas sujetas al método analítico-histórico (que hoy es el que se reconoce como el único aceptable), el cual exige conocimientos previos y adecuados […] (González y Hernández 1895: X).
Esta idea de la independencia en el análisis del peso de la tradición latina puede rastrearse en la obra de Fray Benito de San Pedro en el siglo XVIII, pues reclama, como hicieron otros predecesores, que para la enseñanza de la lengua es necesaria su codificación, ordenándola según sus propias reglas gramaticales y sin la subordinación tradicional a la lengua latina (Lázaro Carreter 1985: 191-201):
[...] casi todos los que poseemos [se refiere a los tratados gramaticales] siguen el antiquísimo sistema rutinario, que entre otros muchos vicios tiene el del empeño en ingerir en la lengua castellana las declinaciones de la latina y amoldar á ésa las conjugaciones de aquella; error gravísimo que nace de no conocer la índole propia de nuestro idioma y de que tales autores, algunos de ellos muy recomendables por su saber, no se han atrevido á separarse del sistema y principios que contiene la Gramática castellana que en el siglo XVI escribió el célebre restaurador de las buenas letras, Antonio de Lebrija, con el mismo método y teorías que había empleado en su Gramática latina; y los que, como Noboa,12 han querido escribir cosas nuevas, han caído generalmente en otro defecto no menor, que es el de las arbitrariedades y extravagancias (González y Hernández 1895: IX).
9 Ireneo González la da a conocer cuando tenía 53 años.
10 La influencia del latín (y en general de la corriente humanística) en los métodos de enseñanza del español ha
sido tratada, entre otros, por Gil Fernández ([1981]1997), Calvo Fernández y Esparza Torres (1993) y Esparza Torres (1996).
11
Cf. las observaciones introductorias que realiza Ramón Sarmiento (Benot [1910] 1991: XX-XXIII), a propósito de la edición del Arte de hablar de Eduardo Benot, en las que se esbozan las principales causas del retroceso en la adopción de los métodos y modelos de la filología histórico-comparada en España, cuando en el resto de Europa (Alemania, Francia, Inglaterra…) ya llevaba años de desarrollo.
12
Las demás reflexiones llevadas a cabo en las páginas dedicadas a la “Advertencia” son muy ilustrativas de los derroteros por los que se encaminaban los estudios filológicos a finales del XIX y los métodos empleados, como hemos visto, en la enseñanza de la lengua materna, siempre condicionada por el gran legado latino. Por ello manifiesta que debe desecharse todo sistema irracional y rutinario del estudio de la gramática, al igual que para las llamadas “artes mecánicas”. La gramática es, fundamentalmente, la disciplina que se ocupa de las reglas del
[…] lenguaje oral, y no siendo éste otra cosa que el conjunto de los signos con que se expresan ó manifiestan las ideas, á los principios ideológicos han de estar subordinadas las reglas y preceptos gramaticales comunes á todas los idiomas, que constituyen el objeto de la Gramática general (González y Hernández 1895: VI).
A partir de de ahí se abordará una descripción de las gramáticas particulares, las cuales darán cuenta de las estructuras y modismos de cada lengua, siguiendo, como se ve, la huella, una vez más, de Port-Royal. Según Ireneo González (1895: VII-VIII) la gramática cumplirá con una serie de reglas:
1. Que las definiciones no sean caprichosas. Bien al contrario: deben ser claras y exactas en lo definido a fin de dar a conocer con toda precisión su naturaleza.
2. La clasificación de las palabras no puede ser arbitraria sino supeditada a las ideas (lógica). En la enseñanza de la gramática, en consonancia con el carácter racional de la misma, debe exponerse primero la clasificación y concepto de las ideas, “los elementos y relaciones generales del juicio y la analogía que existe entre éste y la oración, y entre la idea y la palabra” (Compendio 1895: VIII).
3. La formación de palabras será otra de las partes integrantes de la gramática. Ello facilitará al alumno la comprobación de los hechos compositivos, derivativos y flexivos que experimentan las voces y mostrará, así, los cambios, el cómo y el por qué varían en su significado.
La propuesta para el aprendizaje provechoso de la gramática castellana es la que se basa, según el gramático canario, en el método analítico y razonado (fundamentado en la filosofía gramatical), como se expuso más arriba. A todo ello hay que añadir, para una mejor comprensión, un estudio claro de la sintaxis que albergue como referente las “reglas fundadas en la práctica de los escritores clásicos” (Nociones 1882: VIII). La ausencia de manuales que contengan este tipo de perspectiva hace necesaria su propuesta pedagógica:
Ninguno de los libros que en esta materia sirven de texto, al menos ninguno de los que yo conozco, contienen estos requisitos; y no porque falten personas doctas que las escriban, sino porque las que pueden hacerlo están quizá distraídas por tareas más gratas y de mayor gloria (González y Hernández 1895: IX).
En la sección III de las “Nociones preliminares” aparecen expuestos los principios y fundamentos de la gramática, la división que admite, sus tipos, partes que comprende13 y contenidos de cada una. Los resumo en el siguiente cuadro:
13
Definición y objetivos
Gramática “Es el conjunto ordenado de las reglas del lenguaje oral” Gramática general “trata de los principios generales ó fundamentales de todos los idiomas,
como la clasificación de las palabras, etc.”
Gramática particular “fundada en los principios de la Gramática general, se ocupa de las reglas peculiares y usuales de una lengua particular, como la estructura
de sus conjugaciones, etc.”
Partes de la gramática
Analogía “Los elementos del lenguaje oral, que son las palabras, en su naturaleza, accidentes y propiedades”
Sintaxis “El modo de ordenar y relacionar las palabras para formar las oraciones y cláusulas, que constituyen la estructura del lenguaje”
Prosodia “La recta pronunciación”
Ortografía “La correcta escritura”
Tabla 3. Gramática: definición, objetivos y partes, Compendio (1895: 6)
La mayor amplitud de esta gramática respecto a sus Nociones (1882) hace que el número de lecciones haya aumentado al menos en las dos partes más destacadas; esto es, en los apartados referidos a la analogía (55 lecciones) y a la sintaxis (22 lecciones), mientras que la prosodia (3 lecciones) y la ortografía (8 lecciones) se mantienen prácticamente iguales. Es en las “Nociones Preliminares” donde Ireneo González traza las principales líneas de la estructura del pensamiento y su vinculación con la palabra. Los pensamientos, según él, están constituidos por tres grandes componentes que desarrollan, a su vez, un conjunto de actividades de racionalidad lógica: ideas, juicios y raciocinio.
Pensa
m
ient
os
Idea
Substancia Abstractas
Modo Determinativas
Calificativas Relación
Conexión Enlace Subordinación Juicio
Sujeto Atributo o predicado
Verbo o cópula Raciocinio
Tabla 4. Estructura del pensamiento, Compendio (1895: 1-3)
Tal y como se expone en el cuadro 4, la noción de idea viene definida como “la representación de un objeto en el alma, ó el simple conocimiento de una cosa” (Compendio 1895: 1). Aquella puede ser de tres clases:
a) Substancia: elementos independientes, que tienen subsistencia propia (real o presupuesta), como Dios, árbol, lo bello, la eternidad. La substancia es abstracta cuando representan cualidades sustantivadas, separadas de los seres: lo hermoso, la sabiduría... (Compendio 1895: 1).
c) Relación: las ideas de relación son las de conexión, enlace y subordinación entre otras ideas: “Papel para escribir”.
El concepto de juicio se define como “el acto del entendimiento con que se afirma que una idea de modo conviene á una idea de substancia, ó que está comprendida en ella; por ej.: Dios es justo. Aquí se afirma que Dios (idea de substancia) tiene la cualidad de ser justo (idea de modo)” (Compendio 1895: 2). El juicio está compuesto por tres elementos:
d) Sujeto: constituye la idea de sustancia de la cual se afirma o a la que se le atribuye una modificación.
e) Atributo o predicado: idea de modo de que se afirma del sujeto o que se atribuye al sujeto. f) Verbo o cópula: idea con que se afirma la relación entre el sujeto y el atributo.
En la segunda parte de los “Preliminares” se hace referencia a una variada terminología gramatical propia de estas gramáticas. Por un lado está el concepto de signo: “objeto que nos da el conocimiento de otro objeto diferente, por la relación que tiene con él” (Compendio 1895: 3). Este puede ser de origen natural: “el que nos hace venir en conocimiento de una cosa, por la analogía ó dependencia natural que tiene con ella” (Compendio 1895: 4); o artificial: “aquél que por convención ó costumbre excita en nosotros la idea de una cosa diferente de sí” (Compendio 1895: 4).14 El signo también puede ser oral, en tanto en cuanto este es aquel que se “manifiesta con la boca, por medio de la voz, formado con el aparato vocal” (Compendio 1895: 4). La palabra es el “signo oral de la idea, ó la manifestación de la idea por medio de sonidos y articulaciones orales. La palabra es signo artificial” (Compendio 1895: 4). En lo que se refiere al concepto de lenguaje, nuestro gramático hace las siguientes consideraciones:
1. Lenguaje: conjunto de signos con que se expresan los pensamientos.
2. Lenguaje oral: conjunto de signos orales con que se expresan los pensamientos.
3. Lenguaje de acción o mímico: los signos de las ideas son gestos o ademanes. V. gr.: movimientos de cabeza diciendo sí o no. Son signos, según su opinión, naturales.
4. Lenguaje escrito: es el mismo lenguaje oral representado por signos gráficos. La palabra se hace permanente.
El final de toda esta sección concluye con las explicaciones dadas sobre conceptos como oración, que es aquella que sirve para expresar un juicio mediante la palabra si se atiende únicamente a los componentes gramaticales; proposición, que es también el conjunto de palabras con que se expresa un juicio, pero ahora considerando los elementos lógicos que lo constituyen; frase, definida como “el conjunto de palabras que bastan para formar sentido, pero atendiendo solamente á la estructura material, y no al sentido que encierran” (Compendio 1895: 5). La frase, por otro lado, implica una locución que da a entender más de lo que literalmente se expresa.15 Dos son los conceptos finales. Por un lado el de cláusula: “conjunto de palabras que, formando sentido completo, encierra un pensamiento ó varios pensamientos íntimamente relacionados entre sí” (Compendio 1895: 5); y, por otro, el concepto de idioma o lengua: “conjunto de palabras o modo con que expresa sus pensamientos una nación” (Compendio 1895: 5).
14 Dice Ireneo González que “como la bandera amarilla y encarnada es el signo que representa la nación
española” (Compendio 1895: 4).
15
3. Las partes de la gramática
3. 1. Analogía
En el Compendio está explicada en un total de 55 lecciones y es, con diferencia, la sección más amplia del tratado gramatical. La analogía es la parte de la gramática que estudia la estructura y el valor gramatical de las palabras consideradas aisladamente, con todos sus accidentes y propiedades. Entra aquí en consideración, además, la idea de relación y proporción o “conveniencia” de unas cosas con otras; es decir, la relación o conveniencia de las palabras con las ideas. Ireneo González es uno más de los gramáticos que siguen la estela doctrinal emanada después de la primera edición de la GRAE ([1771] 1984) y que, hasta Bello (1847), entendieron la analogía como el estudio total de las palabras o partes de la oración, tomadas –en todos sus aspectos– separadamente. Se le da mayor importancia al aspecto formal que a las propiedades funcionales de las mismas, tal y como ha señalado Gómez Asencio (1981: 36). En el período analizado por Calero Vaquera (1986), que supone una continuidad temporal en el análisis de Gómez Asencio y que llega hasta 1920, se observa también en los datos de esta investigación cómo la analogía se encarga del estudio de las palabras de forma aislada y ya alejada de la perspectiva diacrónica o evolutiva, presente en gramáticas más antiguas. Ahora conviene poner de relieve cómo se definen las palabras y cómo se catalogan dentro de un grupo, cuáles son sus rasgos, su flexión y su formación y composición.16 Siguiendo el mismo esquema descriptivo que aparece en las Nociones, se parte ahora también de varios conceptos como son los de palabra, voz, articulación y sílaba. Las palabras están compuestas por sílabas y estas las conforman las voces o sonidos (= vocales) o articulaciones (= consonantes). Serán las letras, en la escritura, quienes representen a dichos sonidos.
Todas las lecciones, ahora más desarrolladas, compendian una teoría gramatical que va desde la descripción de los elementos más pequeños de las palabras hasta sus componentes más complejos y sus diferentes formas de relacionarse. Se habla, por todo ello, de la raíz (radical), sufijos y prefijos, palabras derivadas, compuestos, elementos de la yuxtaposición y –de forma destacada como se ve en la Lección 4ª, “Clasificación de las palabras”– se tienen en cuenta las clases de palabras que para Ireneo González son ocho: nombre o substantivo, pronombre, artículo, adjetivo, verbo, adverbio, preposición y conjunción. Una vez más se insiste en que su clasificación está hecha para facilitar el análisis de las palabras según las ideas que representan.17 En esta clasificación, como se puede advertir, no se integran ni la conjunción, ni el participio ni la interjección. La conjunción no es parte de la oración porque no tiene oficio y no forma parte de ninguna de las dos oraciones que relaciona, y no modifica ni fija el significado de las palabras que le preceden o le siguen (Compendio 1895: 167). Distingue Ireneo González varios tipos de conjunciones: copulativas, disyuntivas, adversativas, condicionales, causales, continuativas, comparativas, finales e ilativas. En
16 Escribe Calero Vaquera (1986) que la concepción de la analogía está relacionada con el aspecto formal de las
palabras, quedando fuera así el morfofuncional de las mismas. La GRAE y sus seguidores entran en este grupo. Por el contrario, otros autores denominan la analogía de forma diferente: análisis en Balmes (1847), lexigrafía
en Ovalle (1883), etimología en Terradillos (1869), lexicología en Suárez Escudero (1886), glotología en Pérez Barreiro (1897), analogía o lexicología en Muñiz y Vigo (1899) y morfología en Sánchez Doblas (1910). No obstante, al margen de la estructura formal, la analogía también se encarga del origen de las palabras, como vemos en el caso Salvá (1830), quien concebirá la analogía de esta forma, aunque llamándola terminología
(Calero Vaquera 1986: 46-47, para todas estas referencias).
17 Así también se percibe en Port-Royal: “Ansi l’on peut définir les mots, des sons distincts et articulez dont les
cuanto a la interjección, su propuesta se relaciona con las gramáticas de su época que también la consideraban fuera de la oración, pues es independiente de todos los elementos de esta y no es palabra porque no representa ideas, sino “afectos del ánimo”.18
Del participio escribirá que se trata de modo o a lo menos una especie de modo del verbo, lo que lo aleja de aquellos que sí entendían el participio como una parte de la oración. La clasificación llevada a cabo por Ireneo González se corresponde con las gramáticas que agrupa Calero Vaquera (1986: 58) en el Sistema número 5 de su estudio, en el que se contempla la novedad de la no consideración de la interjección como clase de palabra, bien porque se la cataloga como una oración completa y no una parte de ella –y así aparece en Leandro Boned y Ángel María Terradillos–, bien porque se afirma que la interjección es signo del lenguaje natural y no del lenguaje artificial (como indica José Giró y Roma), donde estarían incluidas las demás clases de palabras.
El espacio reservado al verbo dentro de la analogía destaca por encima de los restantes (27 lecciones). El verbo se define como “la expresión del ser ó de un modo de ser, bajo la modificación variable del tiempo” (Compendio 1895: 77) y para ello consigna las opiniones de Jaime Balmes.19 El estudio llevado a cabo por Calero Vaquera (1986) apunta a que en el análisis semántico extradiscursivo –en el que han prevalecido las definiciones del verbo que significan ‘existencia’, ‘estado’, ‘acción’, ‘esencia’, ‘pasión’ o ‘tiempo’–, encontramos un grupo de autores que apuesta por la introducción de una novedad en la catalogación del verbo: el significado de ‘tiempo’. Balmes (1847: 280, cit. por Calero Vaquera 1986: 105) fue el primero que cronológicamente introduce la característica de significar con tiempo. Esta concepción del verbo es copiada por otros como Isaac Núñez de Arenas, Esteban Ovalle, Manuel Fernández y Fernández-Navamuel, Alfonso Retortillo y Tornos, Alfonso Pogonoski, Eugenio de Eguílaz, Manuel María Díaz-Rubio y Carmena, Bartolomé Galí Claret, Guillermo Núñez Meriel, Pedro Lemus y Rubio y Braulio Tamayo y Zamora. La GRAE (12ª ed. de 1870) señalará en este apartado que el verbo designa acción o estado, con expresión de tiempo y persona. En este contexto gramatical, pues, hay que enmarcar la definición que Ireneo González da a esta categoría.
También puede percibirse cómo en la concepción del verbo que sigue Ireneo González está la conocida teoría del verbo único:20 “Hay en castellano un solo verbo que expresa el ser ó la existencia sin añadir calificación alguna. Este es el verbo ser, que por ello se denomina verbo sustantivo ó esencial” (Compendio 1895: 77). Los demás verbos son denominados adjetivos o atributivos (ya que comprenden en sí la idea de un modo de ser, o cualidad o atributo). Los verbos atributivos se dividen en transitivos, intransitivos, reflexivos, recíprocos, auxiliares, unipersonales, defectivos, regulares e irregulares. La teoría del verbo único implica que, con carácter de gramática general, existe en todas las lenguas el verbo ser, ya que en los demás verbos lo que se halla es una combinación de ser + adjetivo, participio o gerundio, según diversos autores (“El niño estudia, que equivale á decir el niño es estudioso, ó el niño es ó existe estudiando”) (Compendio 1895: 78). El verbo sustantivo no significa ni acción ni pasión, tal y como se encuentra ya en Port-Royal, aunque algunos investigadores de
18
Señala, además, que “generalmente no tienen significación propia, sino que con una misma pueden expresarse varios afectos, como alegría, dolor, sorpresa, enojo, amenaza, etc.; y se diferencian por el tono ó acento con que son pronunciadas las interjecciones” (Compendio 1895: 170).
19 En efecto, en nota a pie de página se lee lo siguiente: “Balmes.— E. Benot define así el verbo: «La forma
gramatical expresiva del objeto de toda enunciación». Estas son las definiciones más exactas que se han dado del verbo” (Compendio 1895: 77).
20 Ya expone este mismo asunto en sus Nociones (1882: 37-41), Lección XV. Del verbo. “Pregunta: ¿En qué se
la historia de la gramática han creído encontrarla, también, en las ideas aristotélicas. Hay verbos que no significan ni acciones ni pasiones y, además, las palabras que no son verbos pueden indicar también acción y pasión o cosas que suceden. El carácter distintivo del verbo está en la “afirmación”, tal y como poco más de un siglo antes lo refirió el padre Benito de San Pedro. Este en su Arte escribe que el oficio principal del verbo es “significar la afirmación o juicio que hacemos de las cosas” (Gómez Asencio 1981: 189). Como parte de la oración, el verbo es el vínculo que une sujeto con atributo, de tal manera que pueda configurarse un juicio. Ser es el verbo por antonomasia y los demás, como repite Ireneo González en sus dos obras, son únicamente modificaciones de este (Ramajo Caño 1987: 141).21 En las fuentes consultadas por Calero Vaquera (1986: 107), que corresponden al período 1847-1920, se perciben tres posturas sobre el asunto del verbo único:
a) Aquellos que con sus ejemplos están a favor de dicha teoría, aunque no se declaren del todo partidarios de la misma: Diego Narciso Herranz y Quirós, Rafael Pérez Barreiro; b) los que con argumentos y diversos razonamientos se adhieren a esta teoría filosófico-gramatical: Antonio Valcárcel y Cordero, Isidoro Fernández Monje, Matías Salleras, Simón López y Anguta y Ángel Rosanes de Larrea.
c) gramáticos que rechazan este punto de vista: Jaime Balmes, Isaac Núñez de Arenas y Andrés Bello. En el caso de este último, por ejemplo, son significativas sus palabras escritas en su gramática:
Años ha no había más que un verbo, el verbo ser; él era el que encarnándose en todos los otros, les daba el carácter de tales. Mas, he aquí un nuevo sistema, en que ser no es rigorosamente (sic) verbo, porque no significa movimiento, y si se le concede ese título es en consideración a los méritos de uno de sus abuelos, que en griego significaba ir (Bello [1847] 1981: 750).
Los accidentes del verbo son:22 voz, modo, tiempo, número y persona, aspectos todos que se encuentran en la mayor parte de los gramáticos contemplados por Calero Vaquera (1986: 102): Jaime Balmes, Manuel María Díaz-Rubio y Carmena, Luis Úbeda y Gallardo, José Sánchez Doblas, Guillermo Núñez Meriel, Ángel Rosanes de Larrea, Alfonso Pogonoski, Pedro Lemus y Rubio y GRAE (31ª ed. de 1920). Voz hace referencia al accidente verbal que denota si el sujeto ejecuta o recibe la acción que expresa el verbo. El modo es “un accidente por medio del cual se indica la manera con que el verbo expresa su significación” (Compendio 1895: 83), definición semántico-formal que se encuentra en numerosas gramáticas.23 Ireneo González establece seis modos:24
Modo Definición
Indicativo “expresa y afirma la idea del verbo, de una manera positiva, cierta, absoluta é independiente, como yo escribo”
Imperativo “denota la idea mandando o exortando [sic] á ejecutarla, como estudia tú”
21
Similar es la opinión de Calero Vaquera (1986: 106): “En España, la teoría del verbo único echa raíces tardíamente, hasta el punto de que es en el XIX cuando únicamente se puede hablar de una gran mayoría de gramáticos que se adhieren a ella (salvo honrosas excepciones, como la de Gómez Hermosilla), ya sea por convencimiento propio, ya sea por seguir mecánicamente la corriente filosófico-gramatical, entonces en boga”.
22 Los trata en la Lección 25ª “Accidentes del verbo”, págs. 82-85. 23
“[Los modos del verbo son] las maneras generales de expresar la acción del verbo”, GRAE (1854, 5ª ed.; ídem
en la 12ª de 1870 y en la 31ª de 1920). Cf. Calero Vaquera (1986: 112, nota 21).
24 D. de Miguel, Ángel María Terradillos, Gregorio Herráinz [y de las Heras], Eduardo Suárez Escudero, Luis
Subjuntivo
“la idea del verbo depende de otro verbo que la determina, y al que está subordinada, por lo cual no puede ocurrir sin la concurrencia de otro verbo expreso ó suplido; por ej.: Deseo que estudies. Estudies no forma por sí solo
pensamiento completo” Infinitivo
“es el nombre del verbo, ó el verbo sustantivado, pero que conserva la significación y afirmación del mismo verbo. Es un modo indefinido y absoluto,
que no expresa tiempo ni personas”
Gerundio “expresa la idea del verbo de un modo abstracto y con carácter adverbial, significando modo, medio, condición ó alguna otra circunstancia”
Participio
“presenta la idea del verbo en calidad de adjetivo. Se denomina participio porque participa de la índole del verbo, conservando de éste la significación, y la del
adjetivo expresando una cualidad” Tabla 5. Modos del verbo, Compendio (1895: 83)
Tal y como adelantó en sus Nociones, el sistema temporal del verbo español aparece ahora ampliamente descrito. Tiempo es un accidente del verbo mediante el cual se expresa la idea con relación a la época en que se verifica. Son tres los tiempos fundamentales: presente, pasado y venidero,25 ya que todo suceso “ha de ocurrir antes del momento en que se habla, ó en el mismo instante en que se está hablando, ó después de haber hablado” (Compendio 1895: 85). La denominación de los tiempos es la más frecuente en su época:26
Modo Tiempo
Indicativo
Presente: ‘denota que la idea expresada por el verbo coincide con el momento mismo en que se habla’
Pretérito imperfecto: ‘expresa lo que ocurrió en tiempo ya pasado, pero en el mismo instante en que se efectuó otra cosa también pasada’
Pretérito perfecto: ‘denota la afirmación de un suceso absolutamente pasado y terminado’
Futuro absoluto (llamado imperfecto): ‘indica que una cosa ha de suceder en tiempo venidero’
Futuro condicional: ‘significa que una acción se verificará en tiempo venidero, si se realiza otra que podrá o no realizarse. Es, pues, futuro con relación al momento en que hablamos [...] Puede además referirse [...] a un tiempo pasado, expresando
duda ó sospecha’
Imperativo Futuro: ‘se emplea para mandar, exortar (sic) ó rogar que se haga alguna cosa’
Subjuntivo
Presente: ‘dependiendo de otro verbo [...] expresa comúnmente sucesos venideros’
Pretérito imperfecto: ‘denota una acción que puede referirse al pasado, al presente ó á lo futuro, y depender de una condición, según el sentido de la oración’ Futuro imperfecto: ‘indica que la acción se efectuará en tiempo venidero; pero
comprende en sí mismo una condición’ Tabla 6. Tiempos del verbo, Compendio (1895: 85-88)
25 En sus Nociones (1882: 43) aclarará que en el lenguaje gramatical estas denominaciones reciben los nombres
de pretérito, presente y futuro. Cf. GRAE (1984 [1771]: 63).
26 Así lo hace constar en una nota a pie de página en sus Nociones (1882: 44): “Aunque he procurado adoptar las
3. 2. Sintaxis
Veintidós lecciones son las que dedica Ireneo González en su Compendio a la sintaxis, justo el doble respecto a las Nociones. El carácter escolar de esta última, una vez más, desaparece en la explicación de la segunda. En una comparativa de ambos textos se observan los dos modos de redacción y explicación:
Definición de sintaxis (Nociones, 1882) Definición de sintaxis (Compendio, 1895) p. [Pregunta] ¿Qué es Sintaxis?
r. [Respuesta] La parte de la Gramática que enseña la armonía, la dependencia i colocación de las palabras, ó sea la estructura
del lenguaje.
p. ¿Qué quiere decir Sintaxis? r. Lo mismo que construcción.
Parte de la Gramática en que se estudia la estructura del lenguaje, que consiste en la combinación y relaciones que han de tener entre sí las palabras para formar oraciones, y
éstas para construir las cláusulas.
Tabla 7: La sintaxis. Definición en ambas gramáticas (Nociones 1882: 100 / Compendio 1895: 173)
Hay una sintaxis propia [o regular] que “es aquella en que se dan las reglas conformes con la lógica gramatical” y otra figurada “es la que enseña las figuras ó licencias que se observan para dar energía y elegancia á la frase” (Compendio 1895: 173). Y esto es así dado que en la estructura del lenguaje debe atenderse a varios aspectos tales como la armonía o conformidad de las palabras entre sí, la dependencia que tienen unas de otras, su colocación y el oficio que desempeñan; de ahí que la sintaxis comprenda tres grandes partes:
a) Concordancia: “es la conformidad o correspondencia de los accidentes gramaticales entre diferentes clases de palabras variables” (Compendio 1895: 174).
b) Régimen: “es la dependencia que unas palabras tienen de otras, como representación de la que existe entre las ideas” (Compendio 1895: 188).
c) Construcción: “aunque la palabra construcción significa lo mismo que sintaxis, llámase por antonomasia construcción la parte de la sintaxis en que se trata de la colocación de las palabras relacionadas por la concordancia y por el régimen, del uso especial que de ellas ha de hacerse conforme á los modismos y giros peculiares del idioma, y de la estructura de las oraciones y modo de relacionarlas en la cláusula” (Compendio 1895: 206).
o Colocación o coordinación directa: cuando las palabras se colocan según el orden lógico de las ideas.
o Colocación o coordinación inversa: es aquella en la que se altera el orden lógico de las palabras.
Pero no siempre el orden lógico de las ideas27 es el que prevalece en la lengua castellana. El “orden lógico” de las palabras puede verse alterado mediante las llamadas figuras o licencias de transposición, con el objetivo de “dar elegancia y energía al lenguaje” (Compendio 1895: 207), lo que provoca que se antepongan las palabras, se pospongan otras,
27
se intercalen oraciones, etc.28 Todo este procedimiento de ruptura del logicismo solo está permitido si no se falta a los preceptos que son “inmutables” y, de nuevo, al “uso autorizado de los buenos hablistas, al buen sonido de la cláusula, y á que resulte perfectamente inteligible el sentido de ella” (Compendio 1895: 207). De todo ello se desprende un conjunto de reglas que atañen al sujeto y al atributo, a los complementos, a la colocación del artículo (que por el orden lógico van antes de la palabra a la que determinan), al adjetivo, al adverbio, a la preposición y a la conjunción. El concepto de oración (Lección 17ª) está también ligado a la lógica:
Oración es la expresión del juicio por medio de palabras. En la oración han de estar, por lo tanto, contenidos los tres elementos esenciales del juicio: sujeto, verbo y atributo ó predicado, y además puede haber modificativos, complementos y medios conexivos que sean necesarios (González y Hernández 1895: 249).
El juicio lógico está constituido por tres elementos fundamentales: sujeto, atributo y verbo o cópula y todos, como tal, son la manifestación oral del juicio. Ya en el primer cuarto del siglo XVII encontramos esta definición de oración en la obra de Fray Diego de la Encarnación en su Grammaire espagnole expliquée en françois, texto que representa la visión tradicional del logicismo para el que la oración es la representación de un juicio. Con posterioridad a Fray Diego se constata de forma evidente la influencia de Port-Royal en la gramática española.29 De igual forma, la huella de la gramática francesa será perceptible en la segunda mitad del siglo XVIII en Benito de San Pedro a través de su Arte,30 ya que concibe la oración como “la serie de palabras donde se contienen un sugeto i un atributo unidos por medio del Verbo se llaman (sic) oración o proposición” (Ramajo Caño 1987: 49). Esta identificación sujeto-predicado con el juicio o proposición la vemos en Port-Royal:31
Luego de concebir las cosas por medio de nuestras ideas, las comparamos y, encontrando que unas se convienen entre sí y otras no, las unimos o separamos, lo que recibe el nombre de afirmar o negar y, en general, juzgar. El juicio se llama también proposición y a primera vista podemos darnos cuenta de que debe tener dos términos: uno del que se afirma o niega, llamado sujeto, y otro lo que se afirma o niega, llamado atributo o proedicatum (Calero Vaquera 1986: 213-214).
La oración también, dice Ireneo González, puede estar representada solo por un verbo atributivo, aunque puede igualmente omitirse cuando se ha expresado antes. En este caso estamos ante oraciones elípticas. En función del verbo las oraciones se clasifican en sustantivas (o de sustantivo), activas (o de activa) y pasivas (o de pasiva). El verbo ser es el que hace de cópula (enlaza sujeto y atributo). Aristóteles, por ejemplo, ya había puesto de relieve que “El verbo ser por sí solo no es nada; sólo indica, además de su sentido propio,
28 Cf. lo que se dice en la GRAE ([1771] 1984: 326), capítulo III, «De la construcción figurada»: “Por medio de
las figuras se altera con freqüencia el órden y colocación natural de las palabras: se callan unas: se aumentan otras; y se falta á las leyes de la concordancia”.
29 “Le jugement que nous faisons des choses, comme quand je dis: la terre est redonde, s’apelle proposition. Et
ainsi toute proposition enferme necessairement deux termes: l’un apelle sujet, qui est ce dont on affirme, comme
terre, et l’autre appellé atribut, qui est ce qu’on affirme, comme ronde; de plus la liaison entre ces deux termes,
est “. Cf. Ramajo Caño (1987: 49).
30
Benito de San Pedro, Arte de Romance castellano, dispuesta según sus principios generales i uso de los mejores autores (1769). Cf. Lázaro Carreter (1985: 191-201).
31 En el pensamiento aristotélico y en Platón ya pueden rastrearse estas ideas. En este último, por ejemplo, se
cierta combinación, que de ninguna manera puede comprenderse independientemente de las cosas que la forman” (Ramajo Caño 1987: 57, nota 22). Ireneo González es fiel a la costumbre que señala que para que exista una oración habrá un verbo atributivo (estudio) que equivale, en este caso, a yo soy estudiando. El verbo, además, siempre afirma; y cuando se presenta una negación esta afecta al atributo, de tal manera que una oración como Pedro no es bueno equivale a Pedro es no bueno.32 La teoría gramatical del presbítero tinerfeño hay que enmarcarla en todos aquellos que, siguiendo la estela del logicismo, expresan que la oración es la expresión de un juicio o de un pensamiento completo por medio de “una o más palabras”, apuntando que el verbo es la palabra esencial de la misma (Calero Vaquera 1986: 220). Así también lo creía Bello ([1847] 1981: 449): “La proposición puede carecer de sujeto: de atributo nunca; si no lo tiene expreso, hay siempre alguno que puede fácilmente suplirse”.
Las oraciones se dividen en principales (aquellas que contienen un juicio sin tener dependencia de ninguna otra) y subordinadas (no contienen en sí sentido completo e independiente). Para calificar los elementos accesorios de la oración, el gramático emplea (como muchos otros autores en esta época) criterios semánticos. Así los que se refieren a las modificaciones experimentadas por el sustantivo junto a los modificativos (adjetivos), al verbo y sus complementos y a los llamados elementos de relación gracias a la acción de preposiciones y conjunciones.33
La penúltima de las lecciones incluidas en la sintaxis tiene que ver con la llamada sintaxis figurada (Lección 21). Esta es la que permite romper las reglas de la sintaxis regular empleando ciertas licencias autorizadas por el uso, una vez más, de los “buenos hablistas, para dar energía y elegancia al lenguaje” (Compendio 1895: 264). En efecto, desde la antigüedad la vieja retórica atendía a este tipo de estructuras pues a través de ella se podían contemplar y dar explicaciones de todo aquello que no formaba parte de la sintaxis formal (natural y lógica).34 En buena medida esta es la razón por la que ocupó, durante mucho tiempo, un segundo plano y se supeditó a la lógica que estaba, además, regida por las leyes naturales del pensamiento y por el uso de los hablantes cultos. La sintaxis figurada, en contra, sólo tenía una explicación apoyándose en el criterio de la autoridad o de los buenos hablistas.35 Las figuras que forman parte de esta sintaxis figurada son: hipérbaton, elipsis, pleonasmo, silepsis y enálage,36 de las cuales mostrará varios ejemplos. Realmente, las dos sintaxis formaron parte necesaria de las gramáticas, una vez que los autores vieron la necesidad de explicar y describir numerosos usos idiomáticos que no encajaban en el orden lógico del pensamiento. La sintaxis figurada ocupó un segundo plano respecto a la lógica o natural ya que, como tal desviación, no podía tener la misma consideración. Muy al contrario. La sintaxis propia era la verdadera sintaxis, llamada también regular, propia, lógica, directa,
32 Así lo hace ver en sus Nociones (1882: 103).
33 Coincide en buena medida con la opinión de Ángel María Terradillos (Calero Vaquera 1986: 231, nota 12).
Cf. Medina López (2009b).
34
Ramón Sarmiento (GRAE [1771] 1984: 73), en las páginas introductorias a su edición académica hace notar que los términos gramática normativa (la natural) y gramática permisiva (la de los autores y poetas) facilitaba a los gramáticos la identificación de numerosas construcciones. Esta línea de pensamiento recorre toda la tradición gramatical, hallándola ya en la primera edición de la GRAE (1771). Las cuatro primeras figuras son las que aparecen recogidas y comentadas en la GRAE ([1771] 1984: 329-348]).
35 Los límites entre la desviación correcta (sintaxis o construcción figurada) y la desviación incorrecta
(solecismo) se diluyen: es correcta la que viene refrendada por el uso de los cultos; es incorrecta la que se comete por “pura ignorancia”, por ignorancia del orden lógico (que si es “natural” no debería, por tanto, poder ser ignorado) y de los escritos cultos. Se comprende ahora el fracaso a que estaba abocada una sintaxis de este tipo y la inconsistencia y pobreza de sus propuestas, manifiesta Gómez Asencio (1981: 81).
36 A los que añade, al final, los idiotismos: “giros peculiares dados á las frases, puros aunque tomados del uso
gramatical o también ordenada. En ella se atiende al empleo de las reglas gramaticales estableciendo para ello un paralelismo con el orden natural de las cosas. Así, como escribió Gómez de Salazar (1870: 46-47, cit. Calero Vaquera 1986: 199):37 “la palabra regente precede a la regida y que cuando hayan de expresarse dos o más cosas, una de las cuales deba o merezca ocupar puesto preferente respecto de la otra, ya por orden numérico, ya por cronológico, ya por dignidad, etc., no se altere este orden”.
En la Lección 22 nos encontramos con los “Vicios de dicción” que son definidos como “el uso de palabras ó construcciones que no están debidamente autorizadas”. Nuestro gramático resalta como errores o desviaciones los siguientes: barbarismos, solecismos, cacofonías, anfibologías, monotonía y pobreza.38 El cotejo de cada uno de los ejemplos nos muestra cuáles eran las pronunciaciones y dicciones propias del español hacia finales del siglo XIX y, además, pone de relieve los criterios normativos entonces aceptados. Así, como ejemplo de barbarismo es la mala escritura, pronunciación y empleo de las siguientes palabras: cansión por canción, pación, por pasión, avuelo por abuelo, cuala por cual, epígrama y telégrama por epigrama y telegrama, desapercibido por inadvertido, etc. Los barbarismos, en fin, pueden cometerse de varias maneras: a) “usando palabras, frases o construcciones anticuadas y que tienen su equivalencia en el lenguaje corriente [...] esto se le llama arcaísmo” (Compendio 1895: 267); b) “Cuando de emplean palabras nuevas, innecesarias y contrarias á la índole del idioma [...]. Este vicio se llama neologismo” (Compendio 1895: 268); c) “Valiéndose de voces ó locuciones extranjeras que tienen su equivalente en nuestro idioma. Si la palabra se toma del latín, se llama latinismo [...]. Si procede del inglés se denomina anglicismo [...]. Si proviene del francés es galicismo; d) “Pronunciando y escribiendo como en el idioma de que proceden palabras que ya se han castellanizado, ó dando extructura (sic) extraña á dicciones que la tienen propia en nuestra lengua [...]”; e) “Empleando palabras castellanas para expresar ideas muy distintas de las que la palabra significa”.
3. 3. Prosodia
La prosodia es la parte menos extensa tanto en las Nociones como en el Compendio. En ambos casos tienen tres lecciones casi idénticas. La prosodia es la parte de la gramática en que se “enseña la recta pronunciación de las palabras”, divididas estas en sílabas y las mismas en sonidos (vocales) y articulaciones (consonantes). Como ha señalado Dorta (2004: 426), el aspecto prosódico es poco destacado en la tradición gramatical española ya que ocupa un tercer lugar después de la etimología/analogía, sintaxis y ortografía; o, incluso, no llega a aparecer como parte integrante de la gramática. Ireneo González, siguiendo la tradición gramatical, incluye como dos secciones autónomas a la prosodia y a la ortografía, tal y como se advierte ya en Quintiliano (Instituciones Oratoriae) y como es perceptible, por otro lado, en no pocas obras hasta bien entrado el siglo XX. La GRAE (1796: 1-2) define la prosodia como aquella que enseña “el sonido propio y verdadera pronunciación de las letras, sílabas y palabras, de que compone el lenguaje”. Con este carácter prescriptivo vinculado al buen uso de los sonidos afronta Ireneo González algunos aspectos de la prosodia que no resultan del todo claros como partes integrantes de la misma o que pertenecen a otros terrenos como la
37 De esta misma autora es la siguiente apreciación general de este asunto: “La existencia de una sintaxis
figurada (contrapuesta a una sintaxis lógica o natural) es aceptada por la generalidad de los gramáticos, ya sea arbitrariamente, haciendo con ella una parte de la Sintaxis en el cuerpo central de la gramática, ya sea de forma tácita, es decir, estudiando las figuras de construcción o sintácticas (hipérbaton, silepsis, pleonasmo, elipsis y enálage) en un capítulo aparte, sin constituir una de las grandes partes de la Sintaxis (Calero Vaquera 1986: 200).
38 En las Nociones (1882: 136), Lección XI, incluía, además, el neologismo y el arcaísmo. Ahora los ha
fonética o la ortografía. A ellos se añaden los hechos auténticamente prosódicos o suprasegmentales como el tono, la cantidad, el acento, etc.
Sonidos (vocales)
Fuertes: a, e, o Débiles: i, u
Articulaciones (consonantes)
Labiales: b, p, m Guturales: h, j, g+e, i
Labi-dentales: v, f Lingüe-dentales: c+e, i, d, s, t, z Lingüe-palatinales: ch, l, ll, n, ñ, r, rr, y
Palato-guturales: k, qu, gu+e,i Palato-lingüe-dentales: x Cuadro 8. Sonidos y articulaciones en la Prosodia (Compendio 1895: 271-272)
Los aspectos prosódicos se tocan al final de la lección cuando alude al tono como “grado de elevación ó depresión, intensidad ó blandura que se da á la pronunciación de las sílabas y palabras”, cantidad “tiempo que se interviene en pronunciar cada sílaba”, acento prosódico “es propiamente cierta entonación musical que se da á la voz”, aunque hace notar, sin embargo, que “en castellano se da este nombre á la fuerza relativa que se emplea en una sílaba de cada palabra” (Compendio 1895: 276). Es en la Lección 3ª donde describe brevemente los tipos de palabras según el acento prosódico: agudas, graves o llanas y esdrújulas.
3. 4. Ortografía
Catorce son las lecciones que incluye esta parte de la gramática. La definición de ortografía como “parte de la gramática que da reglas para escribir correctamente” (Compendio 1895: 281), se halla muy presente en la tradición gramatical española, desde Nebrija ([1492] 1989: 117) “sciencia de bien τ derecha mente escrivir”, hasta la GRAE (1931: 467) “[la Ortografía] enseña a escribir correctamente las palabras” o la RAE (1999: 1) “La Ortografía es el conjunto de normas que regulan la escritura de una lengua”. En esta última edición, como se sabe, se elimina cualquier alusión a la “corrección” idiomática. Siguiendo los tratados anteriores, Ireneo González señala que los elementos propios de la escritura son las letras y los signos de puntuación. Las letras son los caracteres o los signos con que se representan los sonidos y las articulaciones, mientras que los signos de puntuación son los que se usan para evitar que resulte oscuro el sentido de la cláusula, y para indicar las pausas y entonación en la lectura (Compendio 1895: 281). Se distingue entonces una Ortografía de la palabra (empleo de las letras) y una Ortografía de la frase (buen uso de los signos de puntuación).