ÍNDICE
FUNCIÓN EJECUTIVAACUERDOS:
MINISTERIO DE FINANZAS:
Deléguense facultades a las siguientes personas:
0130: Economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Política Fiscal y otro ...4
0132: Refórmese el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012 ...5
0136: Ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial...6
0137: Abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial ...7
0138: Economista Galo Fernando Viteri Díaz, Subsecretario de Política Fiscal Subrogante ...8
0139: Economista Juan Carlos Folleco, Viceministro de Finanzas Subrogante ...9
0147: Economista Juan Eduardo Hidalgo Andrade, Subsecretario de Financiamiento Público Subrogante ...10
0149: Ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial ...11
MINISTERIO DEL INTERIOR: Legalícese la comisión de servicios en el exterior de las siguientes personas: 7362: Ab. Juan Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar ...12
7363: Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, ex Gobernador del Azuay ...14
7364: Ing. Pedro Ruales Hidalgo, Servidor Público 7, de la Dirección de Asuntos Internacionales y otras ...15
La Ley de Propiedad Intelectual, en su artículo 10, literal b, dispone que no son susceptibles de protección de derechos de autor “las disposiciones legales y reglamentarias, las resoluciones judiciales y los actos, acuerdos, de liberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como sus traducciones oficiales”. Registro Oficial es una marca registrada
7365: Srta. Daniela Nájera Peñaherrera, Asesora 4, del Despacho Ministerial (Coordinadora de
Servicio Forense) ...17
7366: Lic. Ricardo David Chicaiza Núñez, Servidor Público 5, de la Dirección de Comunicación
Social ...19
7367: Mast. Walter García Cedeño, Asesor 2 del Despacho Ministerial ...20
7368: Sgop. Luis Alberto Olmedo Alcívar y otro ...22
7369: Cptn. Fredy Guzmán Pepinos, Jefe de Seguridad del Viceministerio de Seguridad Interna y
otro ...24
ACUERDOS INTERMINISTERIALES:
MINISTERIOS DE DEFENSA NACIONAL Y DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA:
011: Traspásese a perpetuidad al MAGAP, el predio “Hacienda Aychapicho”, ubicado en el
cantón Mejía, provincia de Pichincha ...25
012: Transfiérese a perpetuidad al MAGAP, el predio “Base Naval Jaramijó”, ubicado en el
cantón Portoviejo, provincia de Manabí ...28
MINISTERIOS DE DEFENSA NACIONAL Y DE EDUCACIÓN:
018: Modifíquese y sustitúyese el Acuerdo Interministerial No. 018, publicado en la Orden
General Ministerial No. 224 de 10 de diciembre de 2015 ...31
RESOLUCIONES:
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA: AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO: 0173: Modifíquese la Resolución 282 de 15 de agosto del 2014, publicada en el Registro Oficial
No. 168 de 18 de septiembre del 2014 ...33
0191: Iníciese la campaña de vacunación estratégica nacional continua contra la peste porcina
clásica en todo el territorio nacional, con excepción de la provincia insular de Galápagos ...37
0196: Deróguese la Resolución 045 de 16 de abril del 2015 ...40
0197: Adóptese el “Manual de Procedimiento para la Vigilancia y Control de la Inspección Ante
y Post-Mórtem de Animales de Abasto en Mataderos” ...41
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE LA CALIDAD DE LA PRODUCTIVIDAD:
Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntarias las siguientes normas técnicas ecuatorianas:
16 344: NTE INEN-ISO 4649 (Caucho, vulcanizado o termoplástico - Determinación de la resistencia a la abrasión utilizando un dispositivo de tambor cilíndrico giratorio (ISO
4649:2010, IDT)) ...45
16 345: NTE INEN 312 (Coordinación modular de la construcción. Módulo de proyecto.
Requisitos) ...46
16 346: NTE INEN 3029-6 (Equipamiento de las superficies de juego y áreas recreativas. Parte 6:
Sube y baja, equipos basculantes y equipos oscilantes. Requisitos y métodos de ensayo) ...48
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD:
DE-16-021: Deléguense facultades a la o el Procurador de la ARCONEL ...49 PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO:
063: Delégase facultades al Coordinador Nacional Administrativo Financiero ...51
064: Iníciese el proceso precontractual para la contratación del servicio de difusión de varios
eventos ...53
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
DZ3-SZORDRI16-00000148: Deléguense facultades a varias funcionarias y funcionarios ...55 FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA:
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-153: Liquídese en el plazo de hasta dos años, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Intercultural
Tarpuk Runa Ltda, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua ...58
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS ORDENANZAS MUNICIPALES:
s/n: Cantón Las Naves: Que reglamenta la determinación, administración, control y
recaudación del impuesto a los espectáculos públicos ...62
s/n: Cantón San Jacinto de Buena Fe: Que regula las exoneraciones de los servicios registrales
No. 0130
LA MINISTRA DE FINANZAS, SUBROGANTE
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;
Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;
Que por motivos laborales encabezaré la delegación de esta Cartera de Estado, en distintas reuniones oficiales fuera del país, inherentes a las actividades institucionales el 25 y 26 de julio de 2016; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial No. 2,
Acuerda:
Art. 1.- El economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Política Fiscal, subrogará las funciones de
Ministro de Finanzas el 25 y 26 de julio de 2016, inclusive.
Art. 2.- El doctor Paúl Villarreal, Asesor del Despacho Ministerial, subrogará las funciones de Viceministro de
Finanzas el 25 y 26 de julio de 2016, inclusive.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 22 de julio del 2016. f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.-2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
No. 0132
LA MINISTRA DE FINANZAS (S)
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que, la norma ibídem señala en su artículo 89 que los actos administrativos que expidan los órganos y entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa de oficio o a petición del administrado; y el artículo 90, que los actos administrativos podrán extinguirse o reformarse en sede administrativa por razones de legitimidad o de oportunidad;
Que, el señor Ministro de Finanzas emitió el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012, por medio el cual delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa - Financiera, Director(a) de Logística Institucional, Director(a) Financiero y Director(a) de Administración de Talento Humano, varias atribuciones para que en nombre y en representación del Ministro se cumplan las mismas que constan en el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17, 55, 89, 90 y 91 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Reformar el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012, y sustituir el artículo 5 por el siguiente;
"Art. 5.- Facultar a los Subsecretarios, Coordinadores Generales, Auditora General y Jefe de Despacho; y en ausencia de éste último la/el Coordinadora/or General Administrativa/o Financiera/o, para que:
a) Autoricen los gastos y reembolsos correspondientes a viáticos, subsistencias, alimentación y movilización que los
funcionarios y servidores requieran para el cumplimiento de sus funciones; así como, la aprobación de los informes que por las comisiones de servicio otorgadas en el interior y en el exterior deban presentar.
b) Autoricen los gastos de horas extraordinarias y suplementarias del personal a su cargo.
c) Autoricen los gastos de reposición de los fondos de caja chica asignados a la unidad administrativa a su cargo. ".
Art. 2.- Las demás disposiciones del Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012 que expresamente no se
han modificado en el presente Acuerdo, se mantiene plenamente vigente.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 22 de julio del 2016. f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas
(S).
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original. -2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0136
LA MINISTRA DE FINANZAS, SUBROGANTE
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que mediante escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el 19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso denominado AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de gobierno del Fideicomiso, misma que está conformada por un delegado del Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos, un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente de la AGD;
Que mediante Convocatoria Junta Virtual 209 de 26 de julio de 2016, la Ab. Mónica Villacis Quevedo, Delegada Especial del Gerente de la Corporación Financiera Nacional B.P, convoca a la Junta Virtual No. 209 que se llevará a cabo el día 29 de julio de 2016;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial, para que en representación
de la Ministra de Finanzas Subrogante, asista a la reunión de la Junta Virtual No. 209 que se llevará a cabo el día 29 de julio de 2016, como delegado a la Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD
Art. 2.- El delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las diligencias, intervenir, votar y
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 28 de julio del 2016. f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original. -2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0137
LA MINISTRA DE FINANZAS (S)
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que, el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaría, financiera, de seguros y valores. La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los ministerios de Estado responsables de la política económica, de la producción, de las finanzas públicas, el titular de la planificación del Estado y un delegado del Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados;
Que, por disposición del señor Presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, economista Patricio Rivera Yánez, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, y artículo 12 de las Normas para el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la sesión extraordinaria por medios tecnológicos de ese Organismo, el 29 de julio de 2016, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y, En ejercicio de las que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial, para que asista a la sesión
extraordinaria por medios tecnológicos de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, a realizarse el día 29 de julio de 2016.
Art. 2.- La delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en las diligencias, intervenir, votar y
tomar las decisiones que crea pertinentes, para el cabal cumplimiento de esta delegación.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 29 de julio del 2016. f.) Econ. Madeleine Leticia Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.-2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0138
LA MINISTRA DE FINANZAS, SUBROGANTE
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Investigaciones, en su artículo 17 crea el Comité de Comercio Exterior (COMEX) el mismo que se encuentra integrado entre otras autoridades, por el titular o delegado del Ministerio a cargo de las finanzas públicas;
Que mediante Oficio No. MCE-CCOMEX-2016-0342-O de 28 de julio de 2016 el Secretario Técnico del Comité de Comercio Exterior (COMEX) indica que, por disposición de la Presidenta encargada del COMEX convoca a sesión del Pleno de dicho organismo para el día 1 de agosto de 2016; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al economista Galo Fernando Viteri Díaz, Subsecretario de Política Fiscal Subrogante para que, en
representación de esta Cartera de Estado asista a la sesión del Comité de Comercio Exterior - COMEX a realizarse el día 1 de agosto de 2016.
Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 29 de julio del 2016. f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original. -2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0139
LA MINISTRA DE FINANZAS, SUBROGANTE
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas en su artículo 3, sustituido por el por Artículo 23 de Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, publicada en Registro Oficial Suplemento No. 583 de 24 de noviembre de 2011, dispone que: "El Comité de Política Tributaria es la máxima instancia interinstitucional
encargada de la definición y lineamiento de aspectos de política tributaria. Estará integrado por: el Ministro a cargo de la Política Económica, o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas, o su delegado, El Ministro a cargo de la Producción, o su delegado y el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, o su delegado; y el Director del Servicio de Rentas Internas, quien concurrirá con voz y sin derecho a voto; y estará a cargo de la secretaría del Comité. ";
Que mediante Oficio No. SRI-NAC-DGE-2016-0211-OF de 2 de agosto de 2016 el Director General del Servicio de Rentas Internas, en su calidad de Secretario del Comité de Política Tributaria, por disposición del Presidente de dicho Comité convoca a sesión de dicho organismo para el día 4 de agosto de 2016; y,
En ejercicio de las atribuciones que le Confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al economista Juan Carlos Folleco, Viceministro de Finanzas Subrogante para que, en representación
de esta Cartera de Estado asista a la sesión del Comité de Política Tributaria a realizarse el día 4 de agosto de 2016.
Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 03 de agosto del 2016. f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original. -2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0147
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador manda que, a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión; Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16, relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias;
Que el artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público, delegar sus atribuciones y deberes;
Que el Comité de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 123 y 140 numeral 2 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No.017 de 19 de agosto de 2016, resolvió: "Aprobar los términos y condiciones que se aplicarían al compromiso de pasivo contingente relacionado con el Contrato para la Provisión de Servicios Específicos Integrados con Financiamiento de la Contratista para la Prestación de Servicios de Perforación y Completación de Pozos en el Campo Tiputini del Bloque 43, suscrito entre la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS EP, y Sinopec International Petroleum Service Ecuador
S.A., como Contratista y modificado mediante Primer Adendum Modificatorio de 9 de agosto de 2016; sobre la base del informe técnico presentado por la Subsecretaría de Financiamiento Público a través de Memorando Reservado No. MINFIN- SFP-2016-459 de 15 de agosto de 2016 de conformidad con la Constitución, las Leyes, Reglamentos y demás normas de la legislación ecuatoriana vigentes.";
Que el artículo 2 del Acta Resolutiva No. 017 referida en el considerando anterior establece: "Autorizar al Ministro de Finanzas o su delegado para que, a nombre y representación de la República del Ecuador, suscriba el compromiso de pasivo contingente referido en el artículo precedente"; y,
En ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la Constitución de la República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al señor Economista Juan Eduardo Hidalgo Andrade, para que en su calidad de Subsecretario de
Financiamiento Público Subrogante, a nombre y en representación del Gobierno de la República del Ecuador, suscriba el instrumento denominado "COMPROMISO DE PASIVO CONTINGENTE DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR", relacionado con el Contrato para la Provisión de Servicios Específicos Integrados con Financiamiento de la Contratista para la Prestación de Servicios de Perforación y Completación de Pozos en el Campo Tiputini del Bloque 43, suscrito entre la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS EP, y Sinopec International Petroleum Service Ecuador S.A., como Contratista y modificado mediante Primer Adendum Modificatorio de 9 de agosto de 2016.
Artículo 2.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
COMUNÍQUESE.- Quito, 19 de agosto del 2016.
f.) Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.-2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 0149
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que mediante escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el 19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso denominado AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de gobierno del Fideicomiso, misma que
está conformada por un delegado del Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos, un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente de la AGD;
Que mediante Convocatoria Junta Virtual 211 de 23 de agosto de 2016, la Ab. Mónica Villacis Quevedo, Delegada Especial del Gerente de la Corporación Financiera Nacional B.P, convoca a la Junta Virtual No. 211 que se llevará a cabo el día 25 de agosto de 2016;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial, para que en representación
del Ministro de Finanzas, asista a la reunión de la Junta Virtual No. 211 que se llevará a cabo el día 25 de agosto de 2016, como delegado a la Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD.
Art. 2.- El delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las diligencias, intervenir, votar y
tomar las decisiones que crea pertinentes, para el cabal cumplimiento de esta delegación.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 24 de agosto del 2016. f.) Econ. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.-2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.-05 de septiembre del 2016.
No. 7362
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja..."
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1,2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante memorando No. MDI-GCAÑ-2015-0674 del 24 de julio de 2015, remitido por la Gobernación de la provincia del Cañar, se autorizó la comisión de servicios al exterior del Ab. Juan Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar, para que participe en calidad de "Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015", que conmemoró al 10 de agosto de 1809, considerando la invitación realizada por "The Ecuadorian Civic Committee of New York", desarrollado en New York Estados Unidos, del 30 de julio al 03 de agosto de 2015;
Que, con Resolución No. DATH-2015-0048 del 03 de agosto de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Ab. Juan Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar;
Que, mediante memorando No. MDI-DGF-P-0904-2015 del 13 de noviembre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario mencionado;
Que, con solicitud de viaje al exterior No.48900 del 18 de noviembre de 2015, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje del Ab. Juan Cárdenas Espinoza, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Ab. Juan Cárdenas Espinoza,
Gobernador del Cañar, quien participó en calidad de "Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015", que conmemoró al 10 de agosto de 1809, considerando la invitación formulada por "The Ecuadorian Civic Committee of New York", efectuado en New York Estados Unidos, del 30 de julio al 03 de agosto de 2015, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.
Art. 2.- El funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de
servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial
f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7363
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja..."
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1,2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante oficio No. GOBA-DESP-LBC-2015-0544 del 17 de julio de 2015, remitido por la Gobernación de la provincia del Azuay, se autorizó la comisión de servicios al exterior del Dr. Leonardo Berrezueta Camón, para que participe en calidad de "Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015", que conmemoró al 10 de agosto de 1809, considerando la invitación realizada por "The Ecuadorian Civic Committee of New York", desarrollado en New York Estados Unidos, del 31 de julio al 04 de agosto de 2015;
Que, con Resolución No. DATH-2015-0049 del 04 de agosto de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, Gobernador del Azuay;
Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 46254 del 14 de septiembre de 2015, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje del Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, en los parámetros ahí establecidos;
Que, con memorando No. MDI-DF-UP-0721-2015 del 25 de septiembre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionamiento mencionado; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. L- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Dr. Leonardo Berrezueta
Carrión, ex Gobernador del Azuay, quien participó en calidad de "Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015", que conmemoró al 10 de agosto de 1809, considerando la invitación formulada por "The Ecuadorian Civic Committee of New York", efectuado en New York Estados Unidos, del 31 de julio al 04 de agosto de 2015.
Art. 2.- El funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de
servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio del 2016. f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7364
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja..."
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1,2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante memorando 2015-MDI-CGP-DAI-No. 0015 del 24 de agosto de 2015, se autorizó la comisión de servicios al exterior del Ing. Pedro Rúales Hidalgo, Ing. María Fernanda Revelo Benavides, y Ab. María Fernanda Viteri Sánchez, para que asistan al Encuentro de Cancilleres Ecuador Colombia, cuya finalidad fue revisar los compromisos asumidos en el Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Ecuador-Colombia, realizado el 15 de diciembre de 2014, en Río Verde, los días 31 de agosto (nivel técnico con Vicecancilleres) y 01 de septiembre de 2015 (nivel político), desarrollados en Bogotá Colombia;
Que, con Resolución No. DATH-2015-0051 del 04 de septiembre de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Ing. Pedro Rúales Hidalgo, Servidor Público 7, de la Dirección de Asuntos Internacionales; Ing. María Fernanda Revelo Benavides, Servidor Público 5, de la Dirección de Protección de Derechos, y Ab. María Fernanda Viteri Sánchez, Servidor Público 5, de la Dirección de Seguridad Ciudadana - Migración;
Que, mediante memorando No. MDI-DGF-P-783 del 07 de octubre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los servidores mencionados;
Que, mediante memorando No. MDI-MDI-SGD-DPD-2016-MEMO de 27 de enero de 2015, el Director de Protección de Derechos, pone en conocimiento que la dirección a su cargo, que una vez finalizado el período de transición durante el cual se traspasaron al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos las partidas presupuestarias, planes programas y proyectos que se dispusieron en el Decreto 1522 de 17 de mayo de 2013, se continua en este Ministerio con el trabajo desde las competencias que le fueron asignadas;
Que, con solicitudes de viaje al exterior Nos. 46195, 46411 y 48373 del 16 de octubre y 04 de noviembre de 2015, respectivamente, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje de la Ing. María Fernanda Revelo Benavides, Ab. María Fernanda Viteri Sánchez e Ing. Pedro Rúales Hidalgo, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Ing. Pedro Rúales Hidalgo,
Servidor Público 7, de la Dirección de Asuntos Internacionales; Ing. María Fernanda Revelo Benavides, Servidor Público 5, de la Dirección de Protección de Derechos; y, Ab. María Fernanda Viteri Sánchez, Servidor Público 5, de la Dirección de Seguridad Ciudadana - Migración, quienes asistieron al Encuentro de Cancilleres Ecuador Colombia, cuya finalidad fue revisar los compromisos asumidos en el Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Ecuador-Colombia, realizado el 15 de diciembre de 2014, en Río Verde, desarrollados en Bogotá Ecuador-Colombia, del 30 de agosto al 01 de septiembre de 2015, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.
Art. 2.- Los servidores indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de
servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática- SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio del 2016. f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7365
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja... "
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante memorando No. 210-MDI-DM del 18 de septiembre de 2015, se autorizó la comisión de servicios al exterior de la Sita. Daniela Nájera Peñaherrera, para que en atención a la invitación realizada por el Ministerio del Interior de la República de Cuba, participe en representación de esta Cartera de Estado, en el IX Simposio de la Técnica Criminalística Cubana y II Jornada de Identificación Biométrica, evento desarrollado en La Habana, los días 23 al 25 de septiembre de 2015;
Que, con Resolución No. DATH-2015-0057 del 29 de septiembre de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, de la Sita. Daniela Nájera Peñaherrera, Asesora 4, del Despacho Ministerial;
Que, mediante memorando No. 0775-DGF-P del 06 de octubre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de la funcionaría mencionada;
Que, con solicitud de viaje al exterior No. 49748 del 18 de diciembre de 2015, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje de la Sita. Daniela Nájera Peñaherrera, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, de la Sita. Daniela Nájera
Peñaherrera, Asesora 4, del Despacho Ministerial (Coordinadora de Servicio Forense), quien atendiendo la invitación formulada por el Ministerio del Interior de la República de Cuba, participó en representación de esta Cartera de Estado, en el IX Simposio de la Técnica Criminalística Cubana y II Jornada de Identificación Biométrica, evento desarrollado en La Habana Cuba, del 22 al 26 de septiembre de 2015, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.
Art. 2.- La servidora indicada, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios
al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7366
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja... "
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante memorando No. MDI-DCS-2015-0488 del 10 de noviembre de 2015, se autorizó la comisión de servicios al exterior del Lic. Ricardo David Chicaiza Núñez, Servidor Público 5, de la Dirección de Comunicación Social, para que cumpla con la transmisión en vivo vía streaming del evento realizado en México, en la exposición centralizada en los Paneles "Casos lícitos para la reducción de la tasa de homicidios en el hemisferio; y "La esclavitud del siglo XXI estrategias para la prevención y represión de la trata de personas", llevado a cabo en Ciudad de México, del 11 al 14 de noviembre de 2015;
Que, con Resolución No. DATH-2015-0071 del 19 de noviembre de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Lic. Ricardo David Chicaiza Núñez, Servidor Público 5, de la Dirección de Comunicación Social;
Que, mediante memorando No. 0965-DGF-P del 02 de diciembre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del servidor mencionado;
Que, con solicitud de viaje al exterior No. 49552 del 10 de diciembre de 2015, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje del Lic. Ricardo David Chicaiza Núñez, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Lic. Ricardo David Chicaiza
Núñez, Servidor Público 5, de la Dirección de Comunicación Social, quien realizó la transmisión en vivo vía streaming del evento realizado en México, en la exposición centralizada en los Paneles "Casos lícitos para la reducción de la tasa de homicidios en el hemisferio; y "La esclavitud del siglo XXI estrategias para la prevención y represión de la trata de personas", efectuado en Ciudad de México, del 11 al 14 de noviembre de 2015.
Art. 2.- El servidor indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al
exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio del 2016. f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7367
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece: "...Para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen
favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja..."
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, determina: " Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno... "
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1,2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, mediante oficio No. MICS-DM-2015-1200 del 5 de noviembre de 2015, remitido por el Ministerio de Coordinación de Seguridad, se autorizó la comisión de servicios al exterior del Mast. Walter García Cedeño, Asesor 2 del Despacho Ministerial, para que participe en el "Evento Binacional en Temas Referidos al Control, Fiscalización y Erradicación de Actividades de Minería Ilegal y Artesanal no Autorizada", dando cumplimiento a lo establecido en la Hoja de Ruta "Implementación de Acciones Coordinadas en Temas de Prevención y Erradicación de la Minería Ilegal en la Zona de Frontera Perú Ecuador", efectuado en Tumbes Perú, el 17 de noviembre de 2015;
Que, con memorando No. 0902-DGF-P del 13 de noviembre de 2015, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del servidor mencionado;
Que, mediante Resolución No. DATH-2015-0070 del 19 de noviembre de 2015, la Dirección de Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Mast. Walter García Cedeño, Asesor 2 del Despacho Ministerial;
Que, con solicitud de viaje al exterior No. 49037 del 27 de noviembre de 2015, la Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización extemporánea del viaje del Mast. Walter García Cedeño, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Mast. Walter García Cedeño,
Asesor 2 del Despacho Ministerial, quien participó en el "Evento Binacional en Temas Referidos al Control, Fiscalización y Erradicación de Actividades de Minería Ilegal y Artesanal no Autorizada", dando cumplimiento a lo establecido en la Hoja de Ruta "Implementación de Acciones Coordinadas en Temas de Prevención y Erradicación de la Minería Ilegal en la Zona de Frontera Perú Ecuador", llevado a cabo en Tumbes Perú, del 16 al 18 de noviembre de 2015, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.
Art. 2.- El funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de
servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior. Art. 4.-El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio del 2016. f.) José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 7368
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, en el inciso 1 del artículo 18 de la Ley de Extradición, publicada en el Registro Oficial No. 152 de 30 de agosto de 2000, manifiesta que la entrega de la persona cuya extradición haya sido resuelta, se realizará por agentes de la Policía ecuatoriana, previa notificación del lugar y fechas fijados;
Que, en el inciso 2 del artículo 26 de la Ley de Extradición, determina que si se obtiene la extradición del prófugo, solicitará al Ministerio de Interior que lo haga conducir del país en que se encuentre hasta ponerlo a disposición del Presidente de la hoy Corte Nacional de Justicia;
Que, de conformidad con el artículo 104 del Reglamento de la Policía Judicial, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 1651, publicado en el Registro Oficial No. 368 de 13 de julio de 2001, la Oficina Central Nacional de INTERPOL será la dependencia que representa a la Organización Internacional de Policía Criminal (O.I.P.C) del Ecuador, como miembro de dicha organización, de acuerdo a los convenios internacionales respectivos y se rige por estatutos y reglamentos específicos, en concordancia con las leyes ecuatorianas;
Que, conforme al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;
Que, en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre "VIAJES AL EXTERIOR" estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la institución o su delegado;